1. Tratados de Cambios
Climáticos
Luis Núñez C. I. 24.162.995
Prof. Yamilee SAIA B
Universidad Fermín Toro
Escuela de Mantenimiento Mecánico
Facultad de Ingeniería
2. Cambios Climáticos
• El cambio climático es uno de los principales problemas
ambientales al que debe enfrentarse la humanidad, con
significativas y crecientes repercusiones sociales y
económicas. El origen del cambio climático se encuentra
en la emisión masiva a la atmósfera de los denominados
gases de efecto invernadero (GEI). El Panel
Intergubernamental sobre Cambio Climático de la ONU
estima que es muy probable que la principal causa de
las variaciones climáticas observadas en las últimas
décadas sea las emisiones antropogénicas (es decir,
causadas por las actividades humanas),
3. Tratados Internacionales
• El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático: Es
un protocolo de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), y un
acuerdo internacional que tiene por objetivo reducir las
emisiones de seis gases de efecto invernadero que
causan el calentamiento global: dióxido de carbono
(CO2), gas metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), y los
otros tres son gases industriales fluorados:
hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y
hexafluoruro de azufre (SF6), en un porcentaje
aproximado de al menos un 5 %, dentro del periodo que
va de 2008 a 2012, en comparación a las emisiones a
1990.
4. Conferencia sobre el Cambio Climático
de París
• El objetivo principal del acuerdo universal
es mantener el aumento de la temperatura
en este siglo muy por debajo de los 2
grados centígrados, e impulsar los
esfuerzos para limitar el aumento de la
temperatura incluso más, por debajo de
1,5 grados centígrados sobre los niveles
preindustriales. Además, el acuerdo busca
reforzar la habilidad para hacer frente a
los impactos del cambio climático.
5. Unión Europea
• Las medidas para luchar contra el cambio
climático y reducir las emisiones de gases de
efecto invernadero son, por tanto, una prioridad
de la UE. En particular, los dirigentes de la UE
se han comprometido a transformar Europa en
una economía hipocarbónica y de alta eficiencia
energética. La propia UE también se ha fijado el
objetivo de reducir las emisiones de gases de
efecto invernadero en un 80-95 % de aquí a
2050 en comparación con los niveles de 1990.
6. Unión Europea
• El Consejo Europeo desempeñó un papel fundamental
en la puesta a punto del marco de actuación en materia
de clima y energía para la Unión Europea, que
constituye una base esencial de la posición de la UE
respecto al nuevo acuerdo mundial sobre el cambio
climático. El 23 de octubre de 2014, al acordar el marco
hasta el año 2030, el Consejo Europeo ratificó asimismo
el objetivo de reducción de las emisiones de gases de
efecto invernadero. La UE cumplirá colectivamente el
objetivo vinculante de una reducción interna del 40%
como mínimo con la participación de todos los Estados
miembros.
7. Tratado de Lisboa
• En consonancia con su naturaleza por la que modifica otros tratados, el
Tratado de Lisboa no está destinado a ser leído como un texto autónomo.
Se compone de una serie de enmiendas del Tratado de la Unión Europea y
del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, este último se
denominará en adelante "Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea".
El Tratado de la Unión Europea que, después de haber sido modificado por
el Tratado de Lisboa, hace referencia a la Carta de los Derechos
Fundamentales de la UE, por lo que es un documento jurídicamente
vinculante.3 El Tratado de la Unión Europea, el Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea y la Carta de los Derechos tienen igual valor jurídico y
constituyen la base jurídica de la Unión Europea. El Tratado de Lisboa,
firmado por la Unión Europea (UE) en Lisboa el 13 de diciembre de 2007,
es el que sustituye a la Constitución para Europa tras el fracasado tratado
constitucional de 2004. Con este tratado, la UE tiene personalidad jurídica
propia para firmar acuerdos internacionales a nivel comunitario.
8. Nairobi
• En la Cumbre de Nairobi de 2006, se
manifestó la necesidad de revisar en 2008
las medidas de mitigación o contención
del Cambio Climático para su aplicación
entre 2008 y 2012 y la creación de un
Fondo de Adaptación con el que ayudar a
luchar contra los efectos adversos
derivados del Cambio Climático.