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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO
TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS-UNACH 2013
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1

Objetivo general

Impulsar el desarrollo de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y
saberes ancestrales en la Universidad Nacional de Chimborazo, a través de la gestión para
el financiamiento de los mismos para su ejecución en el año 2014, en concordancia con las
líneas de investigación de la institución, las necesidades locales, regionales y nacionales de
acuerdo al Plan Nacional del Buen Vivir.
Objetivos específicos
a) Promover la vinculación y colaboración de la Universidad Nacional de Chimborazo
realizando actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, con los
usuarios y beneficiarios de los resultados.
b) Gestionar el financiamiento para la ejecución de proyectos de investigación científica,
desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, cuyos resultados estén orientados a la
obtención de productos, procesos o servicios, nuevos o mejorados para solucionar
problemas de la comunidad.
c) Desarrollar mayores y mejores capacidades científicas y tecnológicas, a través de la
promoción de las actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, que
se orienten a beneficiar a las Unidades Académicas proponentes y a otras organizaciones
sociales, generando importantes impactos económicos y sociales para la re gió n y el
país.
d) Contribuir al desarrollo local, provincial y regional, garantizando que los resultados de los
proyectos se orienten a la solución de problemas de esos territorios, teniendo en
consideración el impacto social, económico y productivo, aprovechando capacidades y
recursos disponibles.
1.2

Definiciones
Para la correcta comprensión y aplicación de estas bases de la convocatoria, los términos
tienen las siguientes definiciones:
1.2.1
ICITS: Es el Instituto de Ciencia, Innovación, Tecnología y Saberes de la
Universidad Nacional de Chimborazo que dirige y coordina el Sistema de Investigación
Institucional, desarrollando y ejecutando las políticas del Vicerrectorado de Postgrado e
Investigación en estos ámbitos.
1.2.2 Convocatoria: Es el proceso por el cual el ICITS, en forma pública y transparente,
invita al Personal Académico de las diferentes Unidades de la Universidad Nacional de
Chimborazo para que presenten sus proyectos y programas de investigación científica,
desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, para evaluarlos, calificarlos y optar o no por
su financiamiento y su ejecución para el 2014.
1.2.3 Recepción: Es el proceso por el cual el ICITS obtiene de los(as)potenciales
Investigadores(as) y Profesores(as) de las diferentes Unidades Académicas de la
Universidad Nacional de Chimborazo convocados(as), los programas y proyectos de
investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible
financiamiento (tanto en forma digital así como una copia física).
1.2.4 Formato: Es el esquema para la presentación de programas y proyectos de
investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible
1
financiamiento, para esta convocatoria, se utilizará la “Estructura General para la
presentación de proyectos de inversión y de cooperación externa no rembolsable”
establecida por la SENPLADES.
1.2.5 Calificación: Se considerará propuesta calificada aquella
que haya sido
entregada de acuerdo a las bases, reglamento, instructivo y formato establecido para
esta convocatoria dentro de la fecha y hora señaladas. Las propuestas calificadas serán
elegibles para ser evaluadas y eventualmente podrán o no ser seleccionadas, aprobadas
y financiadas.
1.2.6 Evaluación: Es un proceso imparcial por el cual el ICITS realiza el análisis y la
calificación del proyecto para conocer su viabilidad técnica, económica, financiera,
institucional y
ambiental, mediante evaluadores calificados tanto internos como
externos.
1.2.7 Selección: Las propuestas que alcancen el puntaje suficiente, serán aprobadas por
el Comité Técnico de Investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo.
1.2.8 Programa: Hace referencia a un conjunto organizado, coherente e integrado de
actividades y
procesos investigativos expresados en varios proyectos de similar
naturaleza y generalmente, encaminados a responder un mismo objetivo general, en un
periodo de tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido.
En el caso de programas se deberá completar el formato hasta la justificación.
Además, es necesario llenar un formulario de aplicación completo para cada uno de los
proyectos del programa.
1.2.9 Proyecto: Conjunto de actividades coordinadas e interrelacionadas que buscan
cumplir con objetivos específicos de investigación muy claramente delimitados, en un
periodo de tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido.
1.2.10 Unidad Beneficiaria: Es aquella Unidad Académica de la Universidad Nacional de
Chimborazo que recibe por gestión del ICITS el financiamiento para la realización de un
proyecto o programa contemplado en esta convocatoria.
1.2.11 Financiamiento: Son aquellos recursos de la Universidad Nacional de Chimborazo
canalizados a través del ICITS, destinados a la realización de programas y proyectos de
investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales.
1.2.12 Consejo de Investigación: Está conformado por el(la) Vicerrector(a) de Postgrado e
Investigación, los(as) Vicedecanos(as) de las Unidades Académicas, el(la) Director(a) del
ICITS, etc. encargado de la ejecución de los procesos de convocatoria, calificación,
evaluación, selección, aprobación y adjudicación del financiamiento para la ejecución de
programas y proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes
ancestrales, que sean presentados en virtud de la presente convocatoria.
1.2.13 Comisión Técnica: El Consejo de Investigación, designará una Comisión Técnica
para realizar el estudio e informe pertinente en cada proceso de evaluación. Su
conformación la realizará el Consejo de Investigación a través de una resolución.

Es el autor intelectual del programa o proyecto
que, para efectos administrativos, representa al programa o proyecto y su desarrollo
posterior, ante el ICITS, el Vicerrectorado de Posgrado e Investigación de la UNACH, y
demás instancias internas y/o externas que correspondan. Además es quien adquiere el
compromiso de la administración del mismo, realiza las gestiones pertinentes a su
ejecución con apoyo de la Unidad de Gestión de Proyectos; presenta los informes técnicos,
financieros y demás requerimientos.
1.2.14 Director del programa o proyecto:

1.2.15

Investigador “Junior”: Se considera al Personal Académico con título de tercer
2
nivel que está terminando o terminó su titulación de maestría más reciente dentro de los
últimos cinco años.

1.2.16

2

Investigador “Sénior”: Se considera al Personal Académico que terminó su título
de maestría más reciente hace más de cinco años o posee título de Ph.D. o su
equivalente.

TIPOS, CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS
2.1 Categorías y Tipos de programas o proyectos
2.1.1 Categorías
Para la presente propuesta se tomarán en cuenta tres categorías de
Programas, 2) proyectos de continuación y 3) proyectos nuevos.

proyectos: 1)

2.1.2 Tipos
INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA.Es la búsqueda intencionada de conocimientos o de
soluciones a problemas de carácter científico; el método científico indica el camino que se ha
de transitar en esa indagación y las técnicas precisan la manera de recorrerlo.
INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA.- Es la búsqueda de soluciones a problemas y situaciones
concretas de la sociedad, en base a la aplicación del conocimiento.
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN BÁSICA.- Son trabajos teóricos con apoyo experimental que
se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los
fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin que su objetivo sea ninguna aplicación
o utilización determinada. Analiza propiedades, estructuras y relaciones y, formula hipótesis,
teorías y leyes.
PROYECTOS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.- Son trabajos sistemáticos basados en los
conocimientos existentes, derivados de la investigación o la experiencia práctica, dirigidos a
la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos, al establecimiento de nuevos
procesos, sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los existentes, que incidan en el
desarrollo tecnológico, agregando al haber técnico y al método científico, un posible beneficio
económico.
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL.- Son proyectos que dan soluciones a problemáticas
amplias detectadas en los diferentes sectores de la realidad social, como los “observatorios”
sobre indicadores macro y micro económicos, sobre empleo, mercados laborales y
profesionales, estructuras agrarias, conflictividad socio-política, violencia urbana y demás que
permitan generar innovaciones en los sectores social, industrial y empresarial.
Estas condiciones deberán ser rigurosamente fundamentadas en la formulación de los
programas o proyectos y en el formulario de presentación de propuestas, deberá indicarse la
tipología de proyecto de que se trate. El formulario de presentación de propuestas se
encontrará disponible en el sitio web de la UNACH.
NOTA: Eventualmente un programa o proyecto de Investigación científica, desarrollo
tecnológico y saberes ancestrales puede pertenecer simultáneamente a más de uno de los
tipos indicados, en cuyo caso el investigador deberá marcar en los casilleros respectivos en
el formulario de aplicación.
2.2 Condiciones y requisitos de los programas o proyectos
Los programas o proyectos deberán ser de investigación científica de excelencia,
3
transferencia tecnológica o innovación, con miras a dar soluciones a problemas concretos o
al aprovechamiento de oportunidades que contribuyan al desarrollo humano sostenible. Los
resultados de los programas y proyectos deberán tener potencial (investigación) o demostrar
(innovación) la generación de un impacto positivo económico y/o social.
Los programas y proyectos deberán cumplir con todas y cada una de las condiciones y
requisitos que se indican a continuación:
•

Cumplir con las líneas de investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo, los
objetivos de esta convocatoria y los especificados en el Plan Nacional para el Buen
Vivir, así como con las Políticas de Ciencia y Tecnología.

•

Las propuestas en innovación deberán contribuir a solucionar problemas o carencias
internas, aprovechar oportunidades y/o satisfacer o crear mercados interno y/o
externo.

•

Los resultados esperados en proyectos de innovación deberán diferenciarse
claramente
de
opciones
alternativas existentes en el mercado nacional
e
internacional o que sean de conocimiento público y que estarán disponibles en el
mediano plazo.

•

Contribuir a elevar el conocimiento, la formación académica de talento humano, y las
capacidades, con que cuenta el país, en las áreas científica y tecnológica.

•

Las actividades
del programa o proyecto, sus resultados
y las innovaciones
esperadas no deberán tener un impacto ambiental negativo; y de tenerlo se
adjuntarán al estudio ambiental los respectivos planes de control, mitigación y manejo
del posible impacto ambiental.

•

En esta convocatoria se considerarán proyectos que hayan recibido financiamiento en
procesos anteriores, que hayan sido evaluados satisfactoriamente, y que por su
naturaleza demuestren la necesidad de continuación para mejorarlos resultados de la
investigación. Se deberá indicar claramente
en su formulación que se trata de
proyectos de continuidad, y que cumplan con los siguientes criterios:
o
o

3

El proyecto deberá ser idealmente presentado y ejecutado por el mismo
investigador principal,
El proyecto deberá complementar y ampliar los resultados de la investigación.

PLAZO Y MONTOS DE FINANCIAMIENTO OTORGADOS POR EL ICITS
3.1 Plazos de ejecución de programas y proyectos
Los proponentes deberán considerar un plazo de hasta 24 meses para la ejecución de los
proyectos, con el objetivo de obtener los resultados e impactos propuestos en el menor
tiempo posible. Excepcionalmente se podría considerar un plazo mayor a 24meses, sin llegar
a exceder los 36 meses, para aquellos proyectos que debido a la naturaleza de los temas
abordados y plenamente justificados así lo requieran. En el caso de los programas estos
podrían tener una duración de 48 meses y excepcionalmente se podría considerar hasta 60
meses si se justifican plenamente las razones.
Los programas y proyectos serán objeto de una evaluación periódica, que tendrá como
propósito principal verificar el avance científico, tecnológico y social que ofrecen así como
verificar el cumplimiento de las metas propuestas de estos proyectos. Los resultados de
estas evaluaciones condicionarán la continuidad o no del financiamiento para las etapas
posteriores de estos programas o proyectos, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento
del SCiTIS de la UNACH.
3.2 Montos de financiamiento de programas y proyectos
4
Los montos de financiamiento máximo para las diferentes categorías de proyectos es la
siguiente:
1) Programas de proyectos: 290.000,00 USD
2) Proyectos presentados por investigadores: “Sénior” 70.000,00 USD
3) Proyectos nuevos presentados por investigadores “Junior”: 30.000,00 USD
NOTA: Excepcionalmente se financiarán, proyectos fuera de los montos indicados siempre
que se consideren su prioridad, con la respectiva justificación técnica financiera.
3.4 Duplicidad de financiamiento.
Un programa o proyecto podría recibir otros Fondos del Estado, en caso de que este
financiamiento sea pertinente y cuando se requiera complementar ciertas categorías de
inversión que no estén cubiertos con el financiamiento con fondos propios de la
Universidad Nacional de Chimborazo y que son inversiones necesarias para la ejecución
normal del proyecto. Este financiamiento complementario
deberá ser incluido y
explicado en el presupuesto total del proyecto.
4

ÁREAS DE INVESTIGACIÓN A SER CONSIDERADAS
Las líneas temáticas de postulación y motivo de esta convocatoria están de acuerdo con
las prioridades del Plan Nacional del Buen Vivir, y son las siguientes:
•
Ingeniería y Tecnología
•
Ciencias Médicas
•
Ciencias Políticas y Administrativas
•
Ciencias de la Educación y Humanidades
NOTA: Otros temas
que se enmarquen dentro de las prioridades nacionales de
Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales podrían ser
eventualmente considerados.

5

CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD
5.1 Elegibilidad de las propuestas
Una propuesta debe reunir los requisitos mínimos de índole general que determinan su
elegibilidad, entre los que se considera:
-

Que sea presentado por un postulante elegible.
Que esté dentro de los temas y áreas arriba indicados.
Que se enmarque dentro de las Políticas de Ciencia, Tecnología y el Plan Nacional para el
Buen Vivir.
Que tenga impacto positivo científico y social.
Que cumpla con los requerimientos de ética, bioética, y conservación del ambiente.

5.3 Participación internacional en los programas o proyectos
Los programas o proyectos a ser presentados, deberán aprovechar al máximo las
experiencias y capacidades científicas internacionales de tal forma que aumenten su calidad,
efectividad y eficiencia. Para ello, se podrá incorporar a asociados internacionales
pertinentes, promoviendo la participación de expertos, universidades e institutos
tecnológicos extranjeros en la formulación, desarrollo, ejecución y transferencia tecnológica
de los proyectos.

5
5.4 Regulaciones específicas
Los programas y proyectos en los que se considere que pueden generar impacto ambiental
deberán presentar una consulta al Ministerio de Ambiente sobre la necesidad de una
evaluación de impacto ambiental, para en lo posterior, dependiendo de la respuesta obtener
la ficha o licencia ambiental, según el caso.
Los programas y proyectos que consideren la introducción de especies vegetales, animales o
fúngicas (terrestres, marinas o dulceacuícolas) al Ecuador, deberán incluirla autorización de
los organismos competentes (MAGAP, MAE u otros) o un documento que indique la
presentación de la solicitud a alguno de los organismos, por parte de los proponentes, como
parte integrante de la postulación. El
programa o proyecto no podrá iniciar sin la
autorización pertinente.
Los programas o proyectos que involucren estudios en especies protegidas, sitios
arqueológicos y áreas silvestres protegidas deberán presentar las autorizaciones emitidas
por los organismos correspondientes.
En los programas y proyectos en los que se involucre la participación de material genético
humano o animal, o animales de experimentación se deberá incluir un informe positivo de
un comité de bioética debidamente reconocido por la Autoridad Sanitaria Nacional de
acuerdo al Reglamento para la Aprobación, Monitoreo, Seguimiento, Evaluación de los
Comités de Bioética que se Relacionan con las áreas atinentes al Ministerio de Salud
Pública, publicado en el Registro Oficial # 361, de 21 de septiembre de 2006. Los
investigadores deberán tomar en cuenta la Política Nacional de Bioética y todos los
aspectos éticos y jurídicos establecidos en las normas nacionales e internacionales.
Los postulantes beneficiarios de un programa o proyecto que pudiera comprometer aspectos
bioéticos (estudios de seres humanos y manipulación genética, entre otros) deberán
presentar una declaración juramentada anexa al proyecto, en la que exprese que sus
actividades, sus posibles resultados y las innovaciones esperadas no presentan controversias
de carácter bioético y que ellas serán prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución
del programa o proyecto. Los programas o proyectos que involucren investigación en seres
humanos y en transgénicos deberán atenerse a lo establecido en las leyes y sus reglamentos
correspondientes.
Los programas o proyectos que incluyan experimentación con animales,
deberán
adjuntar una declaración juramentada de los proponentes beneficiarios que participan en el
programa o proyecto de que sus actividades, posibles resultados y las innovaciones
esperadas han sido analizadas cuidadosamente y no presentan controversia de carácter
bioético y que ellas serán prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del
programa o proyecto.

6

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deben presentarse en digital y adicionalmente se entregará una copia física
en el ICITS, dentro de los plazos previstos y en los formatos aprobados, mismos
que
estarán disponibles en la página web de la institución.
El programa o proyecto deberá estar firmado por el Director postulante.
Listado de documentos y requisitos que se deben presentar adjuntos a la propuesta:
•Oficio de presentación de propuesta según formato preestablecido.
•Detalle que especifique los bienes y recursos que la Unidad beneficiaria pondrá a disposición
del proyecto.
•Declaración juramentada de que el programa o el proyecto no ha sido presentado para
financiamiento con otros Fondos del Estado u otras fuentes de financiamiento y de que el
director del programa o proyecto presentado es el autor del mismo, y no pertenece a un
tercero.
6
•Certificaciones respecto de la consulta que se menciona en el punto 5.4 de esta
convocatoria o de ser el caso el informe de un comité de ética debidamente reconocido.

Toda la documentación
certificada.

descrita

deberá

ser

actualizada,

original

o

copia

Aquellas propuestas que no cumplan con lo establecido en las presentes bases
serán descalificadas automáticamente.
6.1 Documentación y fecha límite para la presentación de propuestas
Las bases de la convocatoria, y demás documentación correspondiente para la presentación
de la propuesta estarán disponibles en la página web de la institución.
Las propuestas receptarán en el ICITS desde el 13 de Mayo de 2013 hasta las 17h00 del 14
de Junio de 2013.
Los términos aquí mencionados deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el
contexto del mismo. En caso de dudas se regirá a lo establecido en el Diccionario de la real
Academia de la Lengua Española.
6.2 Preguntas y aclaraciones
Las preguntas relativas a esta convocatoria, deberán ser dirigidas a la Dirección del
ICITS, durante el tiempo que media entre la publicación de la convocatoria y la fecha de
cierre de la misma, ya que se prestará asesoría a los postulantes, de modo que se cumpla
con estas bases, a través de correo electrónico (icits@unach.edu.ec).
Una vez que el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e
Innovación, ha receptado las propuestas dentro de la hora y día señalados en esta
convocatoria, iniciará el proceso que consta de las siguientes fases:
Fase1.
Fase2.
Fase3.
Fase4.
Fase5.

7

Calificación
Evaluación
Aclaración de dudas
Selección
Aprobación

CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
En esta fase se verificará que las propuestas cumplan con todas las condiciones y requisitos
establecidos en las bases. Cumplidos todos estos requerimientos las propuestas se
considerarán calificadas y pasarán a las fases siguientes de: Evaluación, Aclaración de
dudas y Selección.

8

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas CALIFICADAS
siguientes aspectos:

serán sometidas

a la respectiva

evaluación,

en los

Evaluación Científico-Técnica;
Evaluación Institucional;
Evaluación Financiera y Económica;
8.1 Evaluación Científico-Técnica
Las propuestas serán evaluadas científica y técnicamente por uno o más pares externos
nacionales o internacionales, seleccionados de acuerdo a sus perfiles y designados por el
Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación del
7
ICITS.
La calidad Científico-Técnica
criterios:

de una propuesta se evaluara de acuerdo a los siguientes

8.1.1 Metodología de la Investigación Científica
Lo(s) postulante(s) deberá(n) diferenciar claramente el programa o proyecto propuesto de
otros de las mismas características, realizado so en ejecución, que hayan sido financiados
con aporte de otros Programas o fondos del Estado. Para esto se deberá identificar:
a) Diagnóstico de la situación actual o línea base en el que se establecerá a través del
marco teórico el problema o necesidad y la importancia de realizar la investigación y el
aporte especial que el programa o proyecto aporta con relación a otros anteriores.
b) La calidad de la hipótesis, de los objetivos generales y específicos, las metodologías, los
resultados esperados y la coherencia entre los aspectos anteriores.
c)

Descripción de fuentes de información, el análisis bibliográfico y el estado del arte de la
realidad tecnológica pertinente.

Para proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se identificará además:
d) Características de las innovaciones, resultados esperados, y su nivel de desarrollo,
además se indicará la factibilidad de aplicación y las ventajas competitivas.
d)

Articulación con el sector productivo y fortalecimiento de las capacidades físicas.

f) Búsqueda de patentes que demuestre la inexistencia de productos, procesos o servicios
similares.
8.1.2 Impacto científico y tecnológico
Este criterio se refiere a la vinculación que debe existir entre los resultados esperados y la
contribución de los mismos en el desarrollo social, económico, científico y tecnológico del
país, en el marco del Plan Nacional del Buen Vivir.
Se relaciona con las contribuciones esperadas de los programas o proyectos al desarrollo
científico y tecnológico del país, y se tomará en cuenta los siguientes criterios:
a)
b)
c)
d)
e)

La generación de nuevos conocimientos científicos.
La generación de nuevas líneas de investigación y desarrollo.
La formación académica formal y de capacidades.
Generación de propiedad intelectual.
Perspectivas de desarrollo en el corto y mediano plazo de una línea de investigación en
el tema propuesto.

Para los proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta además:
f)
Impacto potencial de los resultados del programa o proyecto en el ámbito comercial y
la generación de empleo.
g)
La generación de tecnologías nuevas y/o mejoradas y sus usos potenciales
(Productos procesos, servicios tecnológicos).
h)
Factibilidad de aplicación y transferencia de los resultados.

8.1.3 Transferencia de resultados
La transferencia de resultados en proyectos de investigación científica no siempre podrá
cumplirse, a diferencia de los proyectos de Innovación y Desarrollo tecnológico en los que
8
obligatoriamente debe existir este proceso.
a)
Sectores que podrían beneficiarse de los resultados
b)
Nivel de aplicabilidad de los resultados.
c)
Registros de propiedad intelectual e industrial de la tecnología que propone el
proyecto.
d)
La metodología de transferencia de resultados.
e)
Las capacidades de negociación y de comercialización reflejadas en un modelo de
negocios.
8.1.4 Capacidad de gestión
Este criterio tiene relación con la coherencia que debe existir entre el plan de trabajo
(Cronograma de actividades y valorado), la metodología y los resultados esperados
(programación y organización de las actividades, recursos humanos, recursos materiales,
recursos financieros, presupuesto y plazos asignados al proyecto). Se tomara en cuenta:
a) La congruencia de la programación y de la organización de las actividades, la coherencia
con la metodología, los resultados esperados, detalle y descripción de equipos a ser
adquiridos y el presupuesto del proyecto.
b) La asignación pertinente de responsabilidades a profesionales de las instituciones de
investigación y a profesionales de otras instituciones nacionales y extranjeras
participantes en el proyecto.
c) La formación académica, capacidad y o experiencia, tiempo de dedicación al proyecto del
director y del equipo.
d) La formación académica, capacidad y/o experiencia de los colaboradores de otras
instituciones que intervienen en la ejecución y gestión del proyecto.
e) En el caso de proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta la
participación de especialistas en transferencia tecnológica, desarrollo de planes de
negocios o de masificación de productos y servicios, e inserción de productos en el
mercado.
f) Compromiso y grado de participación de las instituciones que colaboran en el proyecto,
que posibilitarán un proceso de transferencia.
Tomando en cuenta los criterios de evaluación, el ICITS asignará una calificación sobre 10
puntos a cada uno de los criterios. Para obtener el puntaje científico-técnico del proyecto, las
calificaciones se ponderarán de la siguiente forma:

CRITERIO
1.-Metodología de la
Investigación
Científica
2.- Impacto
Científico-Tecnológico
3.Difusión/Transferencia
de resultados
4.- Capacidad de
Gestión

CALIFICACIÓN
20

PONDERACIÓN
1,5

PUNTAJE
30

20

1,5

30

5

1,0

5

5

1,0

5
TOTAL

70

La ponderación se refiere a la importancia de la calificación en este sistema.
8.2 Evaluación de Capacidades Técnicas, de Gestión y experiencia.
Esta evaluación se relaciona con las capacidades técnicas, de gestión y la experiencia de
la(s) Unidad(es) académica(s) y/o proponente(s) que ejecutará(n) el proyecto, que
posibilitará un adecuado desarrollo del mismo. Esta evaluación será realizada internamente
9
por el ICITS por una(s) Comisión(es) Técnica(s), que será designada por el Comité de
Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
Los criterios serán los siguientes:
a) Desempeño del postulante en otros proyectos.
b) Contar con la adecuada capacidad científica técnica, administrativa y financiera que
garantice el cabal cumplimiento de los objetivos del proyecto.
c) Contar con la infraestructura y equipamiento necesarios para la ejecución del proyecto.
d) Relación con otras instituciones, es decir, aquellos proyectos propuestos por dos o más
instituciones en un programa de cooperación interinstitucional, además tendrán un valor
agregado las propuestas que tengan cooperación internacional.
e) Se tomará en cuenta la inclusión de investigadores a nivel de maestría o Ph.D
formados con becas.
f) Que el proyecto contemple investigaciones que conlleven a la obtención de un titulo de
maestría o Ph.D
g) Que en el equipo técnico se incluya estudiantes para su formación y capacitación
h) En los programas o proyectos planteados en que se utilice al menos un 30% de
equipamiento que pertenezca o esté siendo utilizado por la unidad académica postulante,
ésta tendrá una puntuación adicional de 2 puntos, sobre el puntaje total.
COMPONENTE

Calif./10

1.
Experiencia en la ejecución
proyectos.

10

2. Capacidad Científico Técnica,
Administrativa y Financiera

10

3.
Contar
con
infraestructura
equipamiento
necesarios
para
ejecución del proyecto

10

la
y

5.
Inclusión
de
ex
becarios con maestría o Ph.D
6.
Que
el
proyecto
incluya investigaciones que
conlleven a
la
formación
de
M.S
o
Ph.D.
7.
Que
incluya
formación
estudiantes en general.

la
de

CALIFICACIÓN
FINAL

0,5

5

0,2

2

0,2

2

10

0,3

3

10

0.3

3

10

0.3

3

10

0.2

2

la

4. Relación con otras unidades
académicas y/o instituciones.

PONDERACIÓN

Total

20

8.3 Evaluación Financiera y Económica
Esta evaluación se relaciona con la determinación de la viabilidad financiera del proyecto y
serán evaluadas internamente por el ICITS por una(s) Comisión (es) Técnica(s), que será
designada por el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e
Innovación, conforme lo dispone el Reglamento de Proyectos del ICITS.
Se tomaran en cuenta los siguientes criterios:
a) Costo total del programa o proyecto.- El monto total debe enmarcarse en las categorías
de inversión y los montos máximos de financiamiento determinados por el ICITS, y al
compromiso
asumido por la entidad postulante respecto a su contribución de la
contraparte.
10
b) Presupuesto.- Se hará un análisis presupuestario para verificar la concordancia del
programa o proyecto con los parámetros establecidos en el plan de actividades,
categorías de inversión y la precisión y claridad en la asignación de recursos.
c) Equipo Financiero: Contar con un equipo humano de calidad, claramente definido para la
administración financiera del proyecto y un responsable del equipo.

COMPONENTE
Costo total del proyecto
enmarcado en las líneas de
investigación.
Presupuesto detallado en
concordancia con el plan de
actividades y categorías de
inversión.
Contar con
un
equipo
humano
de
calidad,
claramente definido para la
administración
financiera
del
proyecto y un
responsable del equipo.

Calif./10

PONDERACIÓN

CALIFICACIÓN
FINAL

10

0,5

5

10

0,2

2

10

0,3

TOTAL

3

10

8.3.1 Categorías de Inversión Financiables por el ICITS
En este sentido, se aplica lo establecido en el Reglamento de Proyectos de Investigación
Científica,
Innovación
y
Desarrollo
Tecnológico.
En el caso de los miembros del equipo de investigación participantes del programa o
proyecto que tengan relación de dependencia
en cualquiera
de las instituciones
participantes se les pagará hasta un máximo de 60 horas
extraordinarias
o
suplementarias al mes. Estas horas serán destinadas para la ejecución del programa o
proyecto, de conformidad a lo establecido en el Art. 121 de la Ley Orgánica de Servicio
Civil y Carrera Administrativa. El valor de las horas extraordinarias se calculará en base a
la remuneración mensual unificada de cada uno de los miembros del equipo de
investigación. Por ejemplo, si un profesor tiene un salario de $1.590 dólares por mes
(servidor público7 MRL) el monto por 60 horas extraordinarias de trabajo sería de $596.25
dólares por mes.
En el caso de personal nuevo que no tenga relación de dependencia con la UNACH se
aplicará la siguiente tabla establecida por el DATH de la UNACH que corresponde a la escala
salarial del Ministerio de Relaciones Laborales, así como la modalidad de contratación.
8.3.2 Rubros elegibles
Con los fondos otorgados por el ICITS podrán financiarse únicamente los siguientes
rubros con los topes máximos de los porcentajes indicados:

RUBROS
1. Recursos humanos

PORCENTAJES
30%
11
2.
3.
4.
5.
6.
7.

Viajes técnicos
Equipos
Recursos bibliográficos y software
Materiales y suministros
Producción Científica y/o Técnica
Subcontratos y servicios

25%
50%
15%
50%
20%
25%

8. ACLARACIÓN DE DUDAS
El Comité podrá convocar al Director del proyecto, como parte del proceso de evaluación, a
una presentación oral o escrita de aspectos concretos del mismo, en temas técnicos
financieros, éticos y ambientales, que contribuya a determinar la consistencia y la
viabilidad global del programa o proyecto. Como por ejemplo:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)

Requerimiento de información complementaria.
Ejecución parcial del programa o proyecto.
Modificaciones a la estructura de costos.
Modificaciones al título del programa o proyecto, cuando los cambios al mismo lo
hicieren recomendable.
Fortalecimiento del equipo de investigación.
Inclusión de aspectos considerados importantes para el desarrollo del programa o
proyecto.
De ser el caso, presentación de un plan de protección ambiental.
Redefinición de los objetivos específicos del programa o proyecto.

El tiempo límite de esta fase será de una semana a partir de la fecha de notificación.
9. SELECCIÓN
Los resultados de las evaluaciones serán resumidos y reportados por el Equipo Técnico del
ICITS en un informe que contenga detalles de la evaluación y posibles recomendaciones a
la Comisión Técnica. Con esta información se elaborará un informe que será enviado
oportunamente a los directores de proyectos. Los directores de programas y proyectos no
seleccionados podrán solicitar este informe, aunque no podrán apelar al mismo.
En esta fase el Equipo Técnico del ICITS tomará en cuenta el puntaje final de las propuestas
que se obtendrá de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los aspectos científicotécnico, financiero e institucional. Para que una propuesta sea seleccionada, deberá
alcanzar como mínimo un puntaje equivalente al
80% en cada una de las tres
evaluaciones. Para el financiamiento de las propuestas se priorizará aquellas que hayan
alcanzado un mayor puntaje y que aporten en mayor medida a alcanzar las metas y
objetivos establecidos en el Plan Nacional del Buen Vivir. Además el comité considerará el
presupuesto disponible del ICITS.
La Comisión Técnica podrá solicitar al Equipo Técnico del ICITS aclaraciones y/o
ampliaciones del informe presentado, dentro del plazo que considere pertinente.
Los resultados de esta fase
serán publicados
en la página
de la UNACH,
dos días laborables después que se haya completado todo el proceso de acuerdo al
cronograma establecido. Esta publicación tendrá una duración de 15 días calendario tiempo
en el cual los proyectos estarán en una fase de oposición y dentro de este plazo podrán ser
objetados documentadamente, en relación a plagios, duplicaciones de financiamiento, falta
de originalidad, o cualquier otra ilegalidad.
10. APROBACIÓN
La aprobación de los programas y proyectos se efectuará mediante resolución del Comité de
Proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales.
12
La resolución de aprobación será notificada a cada postulante, mediante oficio y correo
electrónico.
Las aprobaciones se regirán a las Resoluciones de la Contraloría General del Estado, que fija
Normas y Procedimientos sobre Rendición de Cuentas y las beneficiarias deberán dar
cumplimiento a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas, en cuanto al manejo,
administración y registro de los fondos públicos.
Luego de la aprobación el ICITS, se reserva el derecho de solicitar cambios puntuales en
aspectos del proyecto que juzgue importantes.
11.1 Licencia Ambiental
En los casos en los que el Ministerio de Ambiente determine que se necesita realizar un
estudio de impacto ambiental, previo a la firma del convenio o contrato será necesaria la
obtención de la licencia y ficha ambiental pertinente.
11.2 Evaluación ética
De considerar conveniente la Comisión Técnica podrá conformar un comité
AD-HOC
integrado por un representante del Ministerio de Ambiente, uno del Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Acuacultura y Pesca, uno del Ministerio de Salud y un delegado del Secretario
Nacional de Ciencia y Tecnología, para revisar las evaluaciones de responsabilidad ética y
social de las propuestas, y resolverá en última instancia el tema propuesto.
11. SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS
Los postulantes beneficiarios deberán dar todas las facilidades necesarias para realizar el
seguimiento, control y evaluación de los programas o proyectos, cuatrimestralmente,
conforme a los procedimientos establecidos por el ICITS.
13. PROTECCIÓN
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y DE LA
CONFIDENCIALIDAD
De Conformidad con lo establecido en el artículo 322 de la Constitución de la República del
Ecuador en la cual se reconoce a la propiedad intelectual como un tipo de “Propiedad”, es
obligación del ICITS garantizar que se respete estos derechos, para lo cual se solicita a los
postulantes adjuntar a la presentación de sus proyectos, la declaración expresa de la
autoría responsabilizándose sobre la originalidad de la investigación en todas sus etapas.
La propiedad de los inventos, innovaciones tecnológicas o procedimientos de propiedad
intelectual que resulten de los
proyectos, será propiedad de la UNACH y
de los
proponentes, en los siguientes porcentajes:1) UNACH 82,5% 2) E l investigador principal
17,5%. En el caso de existir aportes adicionales porcentajes corresponderán a los montos de
aporte.
La divulgación de los resultados del proyecto, deberá hacerse
resguardando
las
necesidades de confidencialidad que se establezcan para el efecto y, en ningún caso podrá
atentar contra la eventual obtención de derechos sobre la propiedad intelectual e industrial
generada por el proyecto. En particular, la divulgación de la información obtenida o hallada
durante la ejecución de los proyectos deberá contar, necesariamente, con el acuerdo de las
partes.
Lo expuesto no obstará al derecho de la UNACH a través del ICITS a publicar los informes
que reciba, siempre que a su juicio, tal publicación no afecte a los propósitos establecidos en
el presente numeral.
14. EXTENSIÓN DEL PLAZO Y MONTO DE LOS PROYECTOS
Los postulantes beneficiarios podrán solicitar la extensión del plazo de ejecución, sin
13
embargo, en ningún caso será aplicable la ampliación del monto del financiamiento. Esta
ampliación se aprobará por causas de fuerza mayor, caso fortuito o por causas técnicas
debidamente justificadas.
Para efectos de extensión de plazos, los postulantes beneficiarios deberán realizar una
solicitud fundamentando detalladamente las razones que a su juicio ameritarían dicha
extensión. La extensión del plazo no podrá exceder en ningún caso de un año adicional al
plazo fijado en el proyecto inicialmente aprobado, tal como consta en el numeral 3.1.
15. CALENDARIO
a)
b)
c)
d)
e)
f)

Convocatoria: 13 de Mayo de 2013.
Preguntas y respuestas: hasta el 31 de Mayo de 2013
Cierre de recepción de propuestas: 14 de Junio de 2013, a las 17h00
Convalidación de errores: del 17 al 20 de Junio de 2013
Evaluación: del 21 de Junio de 2013 al 5 de Julio de 2013
Aclaraciones: del 8 al 10 de Julio de 2013

g)
h)

Selección: hasta 12 de Julio de 2013
Notificación de resultados: hasta el 19 de Julio de 2013

NOTA. La no adjudicación del financiamiento de proyectos no dará lugar a ningún tipo de
reclamo por parte de los proponentes; pero si podrán solicitar la devolución de toda la
documentación física entregada al ICITS.

El presente documento fue discutido y aprobado en la sesión de Consejo de
Investigación del 13 de Mayo de 2013.
REFERENCIAS
1.- SENACYT. (2010). Bases de la Convocatoria al Concurso de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo
Tecnológico e Innovación.
2.- UNACH. (2009). Reglamento para la presentación de Proyectos de Investigación y desarrollo tecnológico.
3.- UNACH. (2012). Reglamento del Sistema de Ciencia Tecnología Innovación y Saberes Ancestrales.

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  • 1. BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y SABERES ANCESTRALES ICITS-UNACH 2013 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Objetivo general Impulsar el desarrollo de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales en la Universidad Nacional de Chimborazo, a través de la gestión para el financiamiento de los mismos para su ejecución en el año 2014, en concordancia con las líneas de investigación de la institución, las necesidades locales, regionales y nacionales de acuerdo al Plan Nacional del Buen Vivir. Objetivos específicos a) Promover la vinculación y colaboración de la Universidad Nacional de Chimborazo realizando actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, con los usuarios y beneficiarios de los resultados. b) Gestionar el financiamiento para la ejecución de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, cuyos resultados estén orientados a la obtención de productos, procesos o servicios, nuevos o mejorados para solucionar problemas de la comunidad. c) Desarrollar mayores y mejores capacidades científicas y tecnológicas, a través de la promoción de las actividades de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, que se orienten a beneficiar a las Unidades Académicas proponentes y a otras organizaciones sociales, generando importantes impactos económicos y sociales para la re gió n y el país. d) Contribuir al desarrollo local, provincial y regional, garantizando que los resultados de los proyectos se orienten a la solución de problemas de esos territorios, teniendo en consideración el impacto social, económico y productivo, aprovechando capacidades y recursos disponibles. 1.2 Definiciones Para la correcta comprensión y aplicación de estas bases de la convocatoria, los términos tienen las siguientes definiciones: 1.2.1 ICITS: Es el Instituto de Ciencia, Innovación, Tecnología y Saberes de la Universidad Nacional de Chimborazo que dirige y coordina el Sistema de Investigación Institucional, desarrollando y ejecutando las políticas del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación en estos ámbitos. 1.2.2 Convocatoria: Es el proceso por el cual el ICITS, en forma pública y transparente, invita al Personal Académico de las diferentes Unidades de la Universidad Nacional de Chimborazo para que presenten sus proyectos y programas de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, para evaluarlos, calificarlos y optar o no por su financiamiento y su ejecución para el 2014. 1.2.3 Recepción: Es el proceso por el cual el ICITS obtiene de los(as)potenciales Investigadores(as) y Profesores(as) de las diferentes Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Chimborazo convocados(as), los programas y proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible financiamiento (tanto en forma digital así como una copia física). 1.2.4 Formato: Es el esquema para la presentación de programas y proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales para su posible 1
  • 2. financiamiento, para esta convocatoria, se utilizará la “Estructura General para la presentación de proyectos de inversión y de cooperación externa no rembolsable” establecida por la SENPLADES. 1.2.5 Calificación: Se considerará propuesta calificada aquella que haya sido entregada de acuerdo a las bases, reglamento, instructivo y formato establecido para esta convocatoria dentro de la fecha y hora señaladas. Las propuestas calificadas serán elegibles para ser evaluadas y eventualmente podrán o no ser seleccionadas, aprobadas y financiadas. 1.2.6 Evaluación: Es un proceso imparcial por el cual el ICITS realiza el análisis y la calificación del proyecto para conocer su viabilidad técnica, económica, financiera, institucional y ambiental, mediante evaluadores calificados tanto internos como externos. 1.2.7 Selección: Las propuestas que alcancen el puntaje suficiente, serán aprobadas por el Comité Técnico de Investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo. 1.2.8 Programa: Hace referencia a un conjunto organizado, coherente e integrado de actividades y procesos investigativos expresados en varios proyectos de similar naturaleza y generalmente, encaminados a responder un mismo objetivo general, en un periodo de tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido. En el caso de programas se deberá completar el formato hasta la justificación. Además, es necesario llenar un formulario de aplicación completo para cada uno de los proyectos del programa. 1.2.9 Proyecto: Conjunto de actividades coordinadas e interrelacionadas que buscan cumplir con objetivos específicos de investigación muy claramente delimitados, en un periodo de tiempo previamente definido y respetando un presupuesto establecido. 1.2.10 Unidad Beneficiaria: Es aquella Unidad Académica de la Universidad Nacional de Chimborazo que recibe por gestión del ICITS el financiamiento para la realización de un proyecto o programa contemplado en esta convocatoria. 1.2.11 Financiamiento: Son aquellos recursos de la Universidad Nacional de Chimborazo canalizados a través del ICITS, destinados a la realización de programas y proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales. 1.2.12 Consejo de Investigación: Está conformado por el(la) Vicerrector(a) de Postgrado e Investigación, los(as) Vicedecanos(as) de las Unidades Académicas, el(la) Director(a) del ICITS, etc. encargado de la ejecución de los procesos de convocatoria, calificación, evaluación, selección, aprobación y adjudicación del financiamiento para la ejecución de programas y proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales, que sean presentados en virtud de la presente convocatoria. 1.2.13 Comisión Técnica: El Consejo de Investigación, designará una Comisión Técnica para realizar el estudio e informe pertinente en cada proceso de evaluación. Su conformación la realizará el Consejo de Investigación a través de una resolución. Es el autor intelectual del programa o proyecto que, para efectos administrativos, representa al programa o proyecto y su desarrollo posterior, ante el ICITS, el Vicerrectorado de Posgrado e Investigación de la UNACH, y demás instancias internas y/o externas que correspondan. Además es quien adquiere el compromiso de la administración del mismo, realiza las gestiones pertinentes a su ejecución con apoyo de la Unidad de Gestión de Proyectos; presenta los informes técnicos, financieros y demás requerimientos. 1.2.14 Director del programa o proyecto: 1.2.15 Investigador “Junior”: Se considera al Personal Académico con título de tercer 2
  • 3. nivel que está terminando o terminó su titulación de maestría más reciente dentro de los últimos cinco años. 1.2.16 2 Investigador “Sénior”: Se considera al Personal Académico que terminó su título de maestría más reciente hace más de cinco años o posee título de Ph.D. o su equivalente. TIPOS, CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS 2.1 Categorías y Tipos de programas o proyectos 2.1.1 Categorías Para la presente propuesta se tomarán en cuenta tres categorías de Programas, 2) proyectos de continuación y 3) proyectos nuevos. proyectos: 1) 2.1.2 Tipos INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA.Es la búsqueda intencionada de conocimientos o de soluciones a problemas de carácter científico; el método científico indica el camino que se ha de transitar en esa indagación y las técnicas precisan la manera de recorrerlo. INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA.- Es la búsqueda de soluciones a problemas y situaciones concretas de la sociedad, en base a la aplicación del conocimiento. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN BÁSICA.- Son trabajos teóricos con apoyo experimental que se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin que su objetivo sea ninguna aplicación o utilización determinada. Analiza propiedades, estructuras y relaciones y, formula hipótesis, teorías y leyes. PROYECTOS DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.- Son trabajos sistemáticos basados en los conocimientos existentes, derivados de la investigación o la experiencia práctica, dirigidos a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos, al establecimiento de nuevos procesos, sistemas y servicios, o a la mejora sustancial de los existentes, que incidan en el desarrollo tecnológico, agregando al haber técnico y al método científico, un posible beneficio económico. PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL.- Son proyectos que dan soluciones a problemáticas amplias detectadas en los diferentes sectores de la realidad social, como los “observatorios” sobre indicadores macro y micro económicos, sobre empleo, mercados laborales y profesionales, estructuras agrarias, conflictividad socio-política, violencia urbana y demás que permitan generar innovaciones en los sectores social, industrial y empresarial. Estas condiciones deberán ser rigurosamente fundamentadas en la formulación de los programas o proyectos y en el formulario de presentación de propuestas, deberá indicarse la tipología de proyecto de que se trate. El formulario de presentación de propuestas se encontrará disponible en el sitio web de la UNACH. NOTA: Eventualmente un programa o proyecto de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales puede pertenecer simultáneamente a más de uno de los tipos indicados, en cuyo caso el investigador deberá marcar en los casilleros respectivos en el formulario de aplicación. 2.2 Condiciones y requisitos de los programas o proyectos Los programas o proyectos deberán ser de investigación científica de excelencia, 3
  • 4. transferencia tecnológica o innovación, con miras a dar soluciones a problemas concretos o al aprovechamiento de oportunidades que contribuyan al desarrollo humano sostenible. Los resultados de los programas y proyectos deberán tener potencial (investigación) o demostrar (innovación) la generación de un impacto positivo económico y/o social. Los programas y proyectos deberán cumplir con todas y cada una de las condiciones y requisitos que se indican a continuación: • Cumplir con las líneas de investigación de la Universidad Nacional de Chimborazo, los objetivos de esta convocatoria y los especificados en el Plan Nacional para el Buen Vivir, así como con las Políticas de Ciencia y Tecnología. • Las propuestas en innovación deberán contribuir a solucionar problemas o carencias internas, aprovechar oportunidades y/o satisfacer o crear mercados interno y/o externo. • Los resultados esperados en proyectos de innovación deberán diferenciarse claramente de opciones alternativas existentes en el mercado nacional e internacional o que sean de conocimiento público y que estarán disponibles en el mediano plazo. • Contribuir a elevar el conocimiento, la formación académica de talento humano, y las capacidades, con que cuenta el país, en las áreas científica y tecnológica. • Las actividades del programa o proyecto, sus resultados y las innovaciones esperadas no deberán tener un impacto ambiental negativo; y de tenerlo se adjuntarán al estudio ambiental los respectivos planes de control, mitigación y manejo del posible impacto ambiental. • En esta convocatoria se considerarán proyectos que hayan recibido financiamiento en procesos anteriores, que hayan sido evaluados satisfactoriamente, y que por su naturaleza demuestren la necesidad de continuación para mejorarlos resultados de la investigación. Se deberá indicar claramente en su formulación que se trata de proyectos de continuidad, y que cumplan con los siguientes criterios: o o 3 El proyecto deberá ser idealmente presentado y ejecutado por el mismo investigador principal, El proyecto deberá complementar y ampliar los resultados de la investigación. PLAZO Y MONTOS DE FINANCIAMIENTO OTORGADOS POR EL ICITS 3.1 Plazos de ejecución de programas y proyectos Los proponentes deberán considerar un plazo de hasta 24 meses para la ejecución de los proyectos, con el objetivo de obtener los resultados e impactos propuestos en el menor tiempo posible. Excepcionalmente se podría considerar un plazo mayor a 24meses, sin llegar a exceder los 36 meses, para aquellos proyectos que debido a la naturaleza de los temas abordados y plenamente justificados así lo requieran. En el caso de los programas estos podrían tener una duración de 48 meses y excepcionalmente se podría considerar hasta 60 meses si se justifican plenamente las razones. Los programas y proyectos serán objeto de una evaluación periódica, que tendrá como propósito principal verificar el avance científico, tecnológico y social que ofrecen así como verificar el cumplimiento de las metas propuestas de estos proyectos. Los resultados de estas evaluaciones condicionarán la continuidad o no del financiamiento para las etapas posteriores de estos programas o proyectos, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del SCiTIS de la UNACH. 3.2 Montos de financiamiento de programas y proyectos 4
  • 5. Los montos de financiamiento máximo para las diferentes categorías de proyectos es la siguiente: 1) Programas de proyectos: 290.000,00 USD 2) Proyectos presentados por investigadores: “Sénior” 70.000,00 USD 3) Proyectos nuevos presentados por investigadores “Junior”: 30.000,00 USD NOTA: Excepcionalmente se financiarán, proyectos fuera de los montos indicados siempre que se consideren su prioridad, con la respectiva justificación técnica financiera. 3.4 Duplicidad de financiamiento. Un programa o proyecto podría recibir otros Fondos del Estado, en caso de que este financiamiento sea pertinente y cuando se requiera complementar ciertas categorías de inversión que no estén cubiertos con el financiamiento con fondos propios de la Universidad Nacional de Chimborazo y que son inversiones necesarias para la ejecución normal del proyecto. Este financiamiento complementario deberá ser incluido y explicado en el presupuesto total del proyecto. 4 ÁREAS DE INVESTIGACIÓN A SER CONSIDERADAS Las líneas temáticas de postulación y motivo de esta convocatoria están de acuerdo con las prioridades del Plan Nacional del Buen Vivir, y son las siguientes: • Ingeniería y Tecnología • Ciencias Médicas • Ciencias Políticas y Administrativas • Ciencias de la Educación y Humanidades NOTA: Otros temas que se enmarquen dentro de las prioridades nacionales de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales podrían ser eventualmente considerados. 5 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD 5.1 Elegibilidad de las propuestas Una propuesta debe reunir los requisitos mínimos de índole general que determinan su elegibilidad, entre los que se considera: - Que sea presentado por un postulante elegible. Que esté dentro de los temas y áreas arriba indicados. Que se enmarque dentro de las Políticas de Ciencia, Tecnología y el Plan Nacional para el Buen Vivir. Que tenga impacto positivo científico y social. Que cumpla con los requerimientos de ética, bioética, y conservación del ambiente. 5.3 Participación internacional en los programas o proyectos Los programas o proyectos a ser presentados, deberán aprovechar al máximo las experiencias y capacidades científicas internacionales de tal forma que aumenten su calidad, efectividad y eficiencia. Para ello, se podrá incorporar a asociados internacionales pertinentes, promoviendo la participación de expertos, universidades e institutos tecnológicos extranjeros en la formulación, desarrollo, ejecución y transferencia tecnológica de los proyectos. 5
  • 6. 5.4 Regulaciones específicas Los programas y proyectos en los que se considere que pueden generar impacto ambiental deberán presentar una consulta al Ministerio de Ambiente sobre la necesidad de una evaluación de impacto ambiental, para en lo posterior, dependiendo de la respuesta obtener la ficha o licencia ambiental, según el caso. Los programas y proyectos que consideren la introducción de especies vegetales, animales o fúngicas (terrestres, marinas o dulceacuícolas) al Ecuador, deberán incluirla autorización de los organismos competentes (MAGAP, MAE u otros) o un documento que indique la presentación de la solicitud a alguno de los organismos, por parte de los proponentes, como parte integrante de la postulación. El programa o proyecto no podrá iniciar sin la autorización pertinente. Los programas o proyectos que involucren estudios en especies protegidas, sitios arqueológicos y áreas silvestres protegidas deberán presentar las autorizaciones emitidas por los organismos correspondientes. En los programas y proyectos en los que se involucre la participación de material genético humano o animal, o animales de experimentación se deberá incluir un informe positivo de un comité de bioética debidamente reconocido por la Autoridad Sanitaria Nacional de acuerdo al Reglamento para la Aprobación, Monitoreo, Seguimiento, Evaluación de los Comités de Bioética que se Relacionan con las áreas atinentes al Ministerio de Salud Pública, publicado en el Registro Oficial # 361, de 21 de septiembre de 2006. Los investigadores deberán tomar en cuenta la Política Nacional de Bioética y todos los aspectos éticos y jurídicos establecidos en las normas nacionales e internacionales. Los postulantes beneficiarios de un programa o proyecto que pudiera comprometer aspectos bioéticos (estudios de seres humanos y manipulación genética, entre otros) deberán presentar una declaración juramentada anexa al proyecto, en la que exprese que sus actividades, sus posibles resultados y las innovaciones esperadas no presentan controversias de carácter bioético y que ellas serán prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del programa o proyecto. Los programas o proyectos que involucren investigación en seres humanos y en transgénicos deberán atenerse a lo establecido en las leyes y sus reglamentos correspondientes. Los programas o proyectos que incluyan experimentación con animales, deberán adjuntar una declaración juramentada de los proponentes beneficiarios que participan en el programa o proyecto de que sus actividades, posibles resultados y las innovaciones esperadas han sido analizadas cuidadosamente y no presentan controversia de carácter bioético y que ellas serán prevenidas y corregidas si surgen durante la ejecución del programa o proyecto. 6 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas deben presentarse en digital y adicionalmente se entregará una copia física en el ICITS, dentro de los plazos previstos y en los formatos aprobados, mismos que estarán disponibles en la página web de la institución. El programa o proyecto deberá estar firmado por el Director postulante. Listado de documentos y requisitos que se deben presentar adjuntos a la propuesta: •Oficio de presentación de propuesta según formato preestablecido. •Detalle que especifique los bienes y recursos que la Unidad beneficiaria pondrá a disposición del proyecto. •Declaración juramentada de que el programa o el proyecto no ha sido presentado para financiamiento con otros Fondos del Estado u otras fuentes de financiamiento y de que el director del programa o proyecto presentado es el autor del mismo, y no pertenece a un tercero. 6
  • 7. •Certificaciones respecto de la consulta que se menciona en el punto 5.4 de esta convocatoria o de ser el caso el informe de un comité de ética debidamente reconocido. Toda la documentación certificada. descrita deberá ser actualizada, original o copia Aquellas propuestas que no cumplan con lo establecido en las presentes bases serán descalificadas automáticamente. 6.1 Documentación y fecha límite para la presentación de propuestas Las bases de la convocatoria, y demás documentación correspondiente para la presentación de la propuesta estarán disponibles en la página web de la institución. Las propuestas receptarán en el ICITS desde el 13 de Mayo de 2013 hasta las 17h00 del 14 de Junio de 2013. Los términos aquí mencionados deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo. En caso de dudas se regirá a lo establecido en el Diccionario de la real Academia de la Lengua Española. 6.2 Preguntas y aclaraciones Las preguntas relativas a esta convocatoria, deberán ser dirigidas a la Dirección del ICITS, durante el tiempo que media entre la publicación de la convocatoria y la fecha de cierre de la misma, ya que se prestará asesoría a los postulantes, de modo que se cumpla con estas bases, a través de correo electrónico (icits@unach.edu.ec). Una vez que el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, ha receptado las propuestas dentro de la hora y día señalados en esta convocatoria, iniciará el proceso que consta de las siguientes fases: Fase1. Fase2. Fase3. Fase4. Fase5. 7 Calificación Evaluación Aclaración de dudas Selección Aprobación CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS En esta fase se verificará que las propuestas cumplan con todas las condiciones y requisitos establecidos en las bases. Cumplidos todos estos requerimientos las propuestas se considerarán calificadas y pasarán a las fases siguientes de: Evaluación, Aclaración de dudas y Selección. 8 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas CALIFICADAS siguientes aspectos: serán sometidas a la respectiva evaluación, en los Evaluación Científico-Técnica; Evaluación Institucional; Evaluación Financiera y Económica; 8.1 Evaluación Científico-Técnica Las propuestas serán evaluadas científica y técnicamente por uno o más pares externos nacionales o internacionales, seleccionados de acuerdo a sus perfiles y designados por el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación del 7
  • 8. ICITS. La calidad Científico-Técnica criterios: de una propuesta se evaluara de acuerdo a los siguientes 8.1.1 Metodología de la Investigación Científica Lo(s) postulante(s) deberá(n) diferenciar claramente el programa o proyecto propuesto de otros de las mismas características, realizado so en ejecución, que hayan sido financiados con aporte de otros Programas o fondos del Estado. Para esto se deberá identificar: a) Diagnóstico de la situación actual o línea base en el que se establecerá a través del marco teórico el problema o necesidad y la importancia de realizar la investigación y el aporte especial que el programa o proyecto aporta con relación a otros anteriores. b) La calidad de la hipótesis, de los objetivos generales y específicos, las metodologías, los resultados esperados y la coherencia entre los aspectos anteriores. c) Descripción de fuentes de información, el análisis bibliográfico y el estado del arte de la realidad tecnológica pertinente. Para proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se identificará además: d) Características de las innovaciones, resultados esperados, y su nivel de desarrollo, además se indicará la factibilidad de aplicación y las ventajas competitivas. d) Articulación con el sector productivo y fortalecimiento de las capacidades físicas. f) Búsqueda de patentes que demuestre la inexistencia de productos, procesos o servicios similares. 8.1.2 Impacto científico y tecnológico Este criterio se refiere a la vinculación que debe existir entre los resultados esperados y la contribución de los mismos en el desarrollo social, económico, científico y tecnológico del país, en el marco del Plan Nacional del Buen Vivir. Se relaciona con las contribuciones esperadas de los programas o proyectos al desarrollo científico y tecnológico del país, y se tomará en cuenta los siguientes criterios: a) b) c) d) e) La generación de nuevos conocimientos científicos. La generación de nuevas líneas de investigación y desarrollo. La formación académica formal y de capacidades. Generación de propiedad intelectual. Perspectivas de desarrollo en el corto y mediano plazo de una línea de investigación en el tema propuesto. Para los proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta además: f) Impacto potencial de los resultados del programa o proyecto en el ámbito comercial y la generación de empleo. g) La generación de tecnologías nuevas y/o mejoradas y sus usos potenciales (Productos procesos, servicios tecnológicos). h) Factibilidad de aplicación y transferencia de los resultados. 8.1.3 Transferencia de resultados La transferencia de resultados en proyectos de investigación científica no siempre podrá cumplirse, a diferencia de los proyectos de Innovación y Desarrollo tecnológico en los que 8
  • 9. obligatoriamente debe existir este proceso. a) Sectores que podrían beneficiarse de los resultados b) Nivel de aplicabilidad de los resultados. c) Registros de propiedad intelectual e industrial de la tecnología que propone el proyecto. d) La metodología de transferencia de resultados. e) Las capacidades de negociación y de comercialización reflejadas en un modelo de negocios. 8.1.4 Capacidad de gestión Este criterio tiene relación con la coherencia que debe existir entre el plan de trabajo (Cronograma de actividades y valorado), la metodología y los resultados esperados (programación y organización de las actividades, recursos humanos, recursos materiales, recursos financieros, presupuesto y plazos asignados al proyecto). Se tomara en cuenta: a) La congruencia de la programación y de la organización de las actividades, la coherencia con la metodología, los resultados esperados, detalle y descripción de equipos a ser adquiridos y el presupuesto del proyecto. b) La asignación pertinente de responsabilidades a profesionales de las instituciones de investigación y a profesionales de otras instituciones nacionales y extranjeras participantes en el proyecto. c) La formación académica, capacidad y o experiencia, tiempo de dedicación al proyecto del director y del equipo. d) La formación académica, capacidad y/o experiencia de los colaboradores de otras instituciones que intervienen en la ejecución y gestión del proyecto. e) En el caso de proyectos de Desarrollo e Innovación tecnológica se tomara en cuenta la participación de especialistas en transferencia tecnológica, desarrollo de planes de negocios o de masificación de productos y servicios, e inserción de productos en el mercado. f) Compromiso y grado de participación de las instituciones que colaboran en el proyecto, que posibilitarán un proceso de transferencia. Tomando en cuenta los criterios de evaluación, el ICITS asignará una calificación sobre 10 puntos a cada uno de los criterios. Para obtener el puntaje científico-técnico del proyecto, las calificaciones se ponderarán de la siguiente forma: CRITERIO 1.-Metodología de la Investigación Científica 2.- Impacto Científico-Tecnológico 3.Difusión/Transferencia de resultados 4.- Capacidad de Gestión CALIFICACIÓN 20 PONDERACIÓN 1,5 PUNTAJE 30 20 1,5 30 5 1,0 5 5 1,0 5 TOTAL 70 La ponderación se refiere a la importancia de la calificación en este sistema. 8.2 Evaluación de Capacidades Técnicas, de Gestión y experiencia. Esta evaluación se relaciona con las capacidades técnicas, de gestión y la experiencia de la(s) Unidad(es) académica(s) y/o proponente(s) que ejecutará(n) el proyecto, que posibilitará un adecuado desarrollo del mismo. Esta evaluación será realizada internamente 9
  • 10. por el ICITS por una(s) Comisión(es) Técnica(s), que será designada por el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación. Los criterios serán los siguientes: a) Desempeño del postulante en otros proyectos. b) Contar con la adecuada capacidad científica técnica, administrativa y financiera que garantice el cabal cumplimiento de los objetivos del proyecto. c) Contar con la infraestructura y equipamiento necesarios para la ejecución del proyecto. d) Relación con otras instituciones, es decir, aquellos proyectos propuestos por dos o más instituciones en un programa de cooperación interinstitucional, además tendrán un valor agregado las propuestas que tengan cooperación internacional. e) Se tomará en cuenta la inclusión de investigadores a nivel de maestría o Ph.D formados con becas. f) Que el proyecto contemple investigaciones que conlleven a la obtención de un titulo de maestría o Ph.D g) Que en el equipo técnico se incluya estudiantes para su formación y capacitación h) En los programas o proyectos planteados en que se utilice al menos un 30% de equipamiento que pertenezca o esté siendo utilizado por la unidad académica postulante, ésta tendrá una puntuación adicional de 2 puntos, sobre el puntaje total. COMPONENTE Calif./10 1. Experiencia en la ejecución proyectos. 10 2. Capacidad Científico Técnica, Administrativa y Financiera 10 3. Contar con infraestructura equipamiento necesarios para ejecución del proyecto 10 la y 5. Inclusión de ex becarios con maestría o Ph.D 6. Que el proyecto incluya investigaciones que conlleven a la formación de M.S o Ph.D. 7. Que incluya formación estudiantes en general. la de CALIFICACIÓN FINAL 0,5 5 0,2 2 0,2 2 10 0,3 3 10 0.3 3 10 0.3 3 10 0.2 2 la 4. Relación con otras unidades académicas y/o instituciones. PONDERACIÓN Total 20 8.3 Evaluación Financiera y Económica Esta evaluación se relaciona con la determinación de la viabilidad financiera del proyecto y serán evaluadas internamente por el ICITS por una(s) Comisión (es) Técnica(s), que será designada por el Comité de Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, conforme lo dispone el Reglamento de Proyectos del ICITS. Se tomaran en cuenta los siguientes criterios: a) Costo total del programa o proyecto.- El monto total debe enmarcarse en las categorías de inversión y los montos máximos de financiamiento determinados por el ICITS, y al compromiso asumido por la entidad postulante respecto a su contribución de la contraparte. 10
  • 11. b) Presupuesto.- Se hará un análisis presupuestario para verificar la concordancia del programa o proyecto con los parámetros establecidos en el plan de actividades, categorías de inversión y la precisión y claridad en la asignación de recursos. c) Equipo Financiero: Contar con un equipo humano de calidad, claramente definido para la administración financiera del proyecto y un responsable del equipo. COMPONENTE Costo total del proyecto enmarcado en las líneas de investigación. Presupuesto detallado en concordancia con el plan de actividades y categorías de inversión. Contar con un equipo humano de calidad, claramente definido para la administración financiera del proyecto y un responsable del equipo. Calif./10 PONDERACIÓN CALIFICACIÓN FINAL 10 0,5 5 10 0,2 2 10 0,3 TOTAL 3 10 8.3.1 Categorías de Inversión Financiables por el ICITS En este sentido, se aplica lo establecido en el Reglamento de Proyectos de Investigación Científica, Innovación y Desarrollo Tecnológico. En el caso de los miembros del equipo de investigación participantes del programa o proyecto que tengan relación de dependencia en cualquiera de las instituciones participantes se les pagará hasta un máximo de 60 horas extraordinarias o suplementarias al mes. Estas horas serán destinadas para la ejecución del programa o proyecto, de conformidad a lo establecido en el Art. 121 de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa. El valor de las horas extraordinarias se calculará en base a la remuneración mensual unificada de cada uno de los miembros del equipo de investigación. Por ejemplo, si un profesor tiene un salario de $1.590 dólares por mes (servidor público7 MRL) el monto por 60 horas extraordinarias de trabajo sería de $596.25 dólares por mes. En el caso de personal nuevo que no tenga relación de dependencia con la UNACH se aplicará la siguiente tabla establecida por el DATH de la UNACH que corresponde a la escala salarial del Ministerio de Relaciones Laborales, así como la modalidad de contratación. 8.3.2 Rubros elegibles Con los fondos otorgados por el ICITS podrán financiarse únicamente los siguientes rubros con los topes máximos de los porcentajes indicados: RUBROS 1. Recursos humanos PORCENTAJES 30% 11
  • 12. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Viajes técnicos Equipos Recursos bibliográficos y software Materiales y suministros Producción Científica y/o Técnica Subcontratos y servicios 25% 50% 15% 50% 20% 25% 8. ACLARACIÓN DE DUDAS El Comité podrá convocar al Director del proyecto, como parte del proceso de evaluación, a una presentación oral o escrita de aspectos concretos del mismo, en temas técnicos financieros, éticos y ambientales, que contribuya a determinar la consistencia y la viabilidad global del programa o proyecto. Como por ejemplo: a) b) c) d) e) f) g) h) Requerimiento de información complementaria. Ejecución parcial del programa o proyecto. Modificaciones a la estructura de costos. Modificaciones al título del programa o proyecto, cuando los cambios al mismo lo hicieren recomendable. Fortalecimiento del equipo de investigación. Inclusión de aspectos considerados importantes para el desarrollo del programa o proyecto. De ser el caso, presentación de un plan de protección ambiental. Redefinición de los objetivos específicos del programa o proyecto. El tiempo límite de esta fase será de una semana a partir de la fecha de notificación. 9. SELECCIÓN Los resultados de las evaluaciones serán resumidos y reportados por el Equipo Técnico del ICITS en un informe que contenga detalles de la evaluación y posibles recomendaciones a la Comisión Técnica. Con esta información se elaborará un informe que será enviado oportunamente a los directores de proyectos. Los directores de programas y proyectos no seleccionados podrán solicitar este informe, aunque no podrán apelar al mismo. En esta fase el Equipo Técnico del ICITS tomará en cuenta el puntaje final de las propuestas que se obtendrá de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los aspectos científicotécnico, financiero e institucional. Para que una propuesta sea seleccionada, deberá alcanzar como mínimo un puntaje equivalente al 80% en cada una de las tres evaluaciones. Para el financiamiento de las propuestas se priorizará aquellas que hayan alcanzado un mayor puntaje y que aporten en mayor medida a alcanzar las metas y objetivos establecidos en el Plan Nacional del Buen Vivir. Además el comité considerará el presupuesto disponible del ICITS. La Comisión Técnica podrá solicitar al Equipo Técnico del ICITS aclaraciones y/o ampliaciones del informe presentado, dentro del plazo que considere pertinente. Los resultados de esta fase serán publicados en la página de la UNACH, dos días laborables después que se haya completado todo el proceso de acuerdo al cronograma establecido. Esta publicación tendrá una duración de 15 días calendario tiempo en el cual los proyectos estarán en una fase de oposición y dentro de este plazo podrán ser objetados documentadamente, en relación a plagios, duplicaciones de financiamiento, falta de originalidad, o cualquier otra ilegalidad. 10. APROBACIÓN La aprobación de los programas y proyectos se efectuará mediante resolución del Comité de Proyectos de Investigación científica, desarrollo tecnológico y saberes ancestrales. 12
  • 13. La resolución de aprobación será notificada a cada postulante, mediante oficio y correo electrónico. Las aprobaciones se regirán a las Resoluciones de la Contraloría General del Estado, que fija Normas y Procedimientos sobre Rendición de Cuentas y las beneficiarias deberán dar cumplimiento a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas, en cuanto al manejo, administración y registro de los fondos públicos. Luego de la aprobación el ICITS, se reserva el derecho de solicitar cambios puntuales en aspectos del proyecto que juzgue importantes. 11.1 Licencia Ambiental En los casos en los que el Ministerio de Ambiente determine que se necesita realizar un estudio de impacto ambiental, previo a la firma del convenio o contrato será necesaria la obtención de la licencia y ficha ambiental pertinente. 11.2 Evaluación ética De considerar conveniente la Comisión Técnica podrá conformar un comité AD-HOC integrado por un representante del Ministerio de Ambiente, uno del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, uno del Ministerio de Salud y un delegado del Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología, para revisar las evaluaciones de responsabilidad ética y social de las propuestas, y resolverá en última instancia el tema propuesto. 11. SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS Los postulantes beneficiarios deberán dar todas las facilidades necesarias para realizar el seguimiento, control y evaluación de los programas o proyectos, cuatrimestralmente, conforme a los procedimientos establecidos por el ICITS. 13. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y DE LA CONFIDENCIALIDAD De Conformidad con lo establecido en el artículo 322 de la Constitución de la República del Ecuador en la cual se reconoce a la propiedad intelectual como un tipo de “Propiedad”, es obligación del ICITS garantizar que se respete estos derechos, para lo cual se solicita a los postulantes adjuntar a la presentación de sus proyectos, la declaración expresa de la autoría responsabilizándose sobre la originalidad de la investigación en todas sus etapas. La propiedad de los inventos, innovaciones tecnológicas o procedimientos de propiedad intelectual que resulten de los proyectos, será propiedad de la UNACH y de los proponentes, en los siguientes porcentajes:1) UNACH 82,5% 2) E l investigador principal 17,5%. En el caso de existir aportes adicionales porcentajes corresponderán a los montos de aporte. La divulgación de los resultados del proyecto, deberá hacerse resguardando las necesidades de confidencialidad que se establezcan para el efecto y, en ningún caso podrá atentar contra la eventual obtención de derechos sobre la propiedad intelectual e industrial generada por el proyecto. En particular, la divulgación de la información obtenida o hallada durante la ejecución de los proyectos deberá contar, necesariamente, con el acuerdo de las partes. Lo expuesto no obstará al derecho de la UNACH a través del ICITS a publicar los informes que reciba, siempre que a su juicio, tal publicación no afecte a los propósitos establecidos en el presente numeral. 14. EXTENSIÓN DEL PLAZO Y MONTO DE LOS PROYECTOS Los postulantes beneficiarios podrán solicitar la extensión del plazo de ejecución, sin 13
  • 14. embargo, en ningún caso será aplicable la ampliación del monto del financiamiento. Esta ampliación se aprobará por causas de fuerza mayor, caso fortuito o por causas técnicas debidamente justificadas. Para efectos de extensión de plazos, los postulantes beneficiarios deberán realizar una solicitud fundamentando detalladamente las razones que a su juicio ameritarían dicha extensión. La extensión del plazo no podrá exceder en ningún caso de un año adicional al plazo fijado en el proyecto inicialmente aprobado, tal como consta en el numeral 3.1. 15. CALENDARIO a) b) c) d) e) f) Convocatoria: 13 de Mayo de 2013. Preguntas y respuestas: hasta el 31 de Mayo de 2013 Cierre de recepción de propuestas: 14 de Junio de 2013, a las 17h00 Convalidación de errores: del 17 al 20 de Junio de 2013 Evaluación: del 21 de Junio de 2013 al 5 de Julio de 2013 Aclaraciones: del 8 al 10 de Julio de 2013 g) h) Selección: hasta 12 de Julio de 2013 Notificación de resultados: hasta el 19 de Julio de 2013 NOTA. La no adjudicación del financiamiento de proyectos no dará lugar a ningún tipo de reclamo por parte de los proponentes; pero si podrán solicitar la devolución de toda la documentación física entregada al ICITS. El presente documento fue discutido y aprobado en la sesión de Consejo de Investigación del 13 de Mayo de 2013. REFERENCIAS 1.- SENACYT. (2010). Bases de la Convocatoria al Concurso de Programas y Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación. 2.- UNACH. (2009). Reglamento para la presentación de Proyectos de Investigación y desarrollo tecnológico. 3.- UNACH. (2012). Reglamento del Sistema de Ciencia Tecnología Innovación y Saberes Ancestrales. 14