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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA




              Las instituciones
                          de España
                                         y
         Castilla-La Mancha
                                                 Autores :
                         Antonio , Fernando , Alba y

                         Cristina.
                             Curso 5ºB de primaria
                      Año 2010/2011

Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio   1 de 27
Las instituciones de ESPAÑA y
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I Índice …....................................................................... 2

II Introducción .............................................................................. 3

III La organización territorial de España …........................ 4 - 7

    III.A El territorio de España …........................................................... 4

    III.B Los límites de España ........................................................ 5 - 6

    III.C Cómo se organiza el territorio de España …........................... 7

IV Las instituciones de España …...................................... 8 – 17

    IV.A La constitución española …..................................................... 8 - 9

    IV.B El jefe del Estado ….............................................................. 10 - 13

    IV.C Las cortes generales y los Tribunales de Justicia …........ 14 - 15

    IV.D El Gobierno …...................................................................... 16 - 17

V Las instituciones de Castilla-La Mancha …................. 19 – 27

   V.A El estatuto de Autonomía …............................................... 19 - 20

   V.B Las cortes de Castilla-La Mancha ….................................. 21 - 23

   V.C La presidencia de la comunidad ….................................... 24 - 25

   V.D El consejo de gobierno …................................................... 26 - 27

VI Conclusión …................................................................... 28

VII Bibliografía ….................................................................. 28



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Las instituciones de ESPAÑA y
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                                 Introducción

Había dos temas. Hemos elegido este porque pensamos que es muy
interesante saber sobre tu país y comunidad autónoma.




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                          El territorio de España

España, también denominado Reino de España, es un país soberano,
miembro de la Unión Europea, constituido en estado social y democrático de
derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. Su
territorio, con capital en Madrid, ocupa la mayor parte de la península
Ibérica, al que se añaden los archipiélagos de las islas Baleares (en el mar
Mediterráneo occidental) y de las islas Canarias (en el océano Atlántico
nororiental), así como en el norte del continente africano las ciudades
autónomas de Ceuta y Melilla, además de los distritos y posesiones menores
de las islas Chafarinas, el peñón de Vélez de la Gomera y el peñón de
Alhucemas. El municipio de Llívia, rodeado totalmente por territorio francés,
en los Pirineos, completa el conjunto de territorios junto con la isla de
Alborán, las islas Columbretes y una serie de islas e islotes frente a sus
propias costas.

Tiene una extensión de 504.645 km², siendo el cuarto país más extenso del
continente, tras Rusia, Ucrania y Francia. Con una altitud media de 650
metros es uno de los países más montañosos de Europa. Su población es de
47.021.031 habitantes, según datos del padrón municipal de 2010.

De acuerdo con la Constitución Española, el castellano o español es la lengua
oficial del Estado y todos los españoles tienen el deber de conocerla y el
derecho a usarla. En 2006, era la lengua materna del 89% de los españoles.
Otras lenguas, también españolas, son reconocidas como cooficiales en
diversas comunidades autónomas, conforme a los estatutos de autonomía.

La economía española es la 9ª economía mundial en términos de PIB, por
delante de Canadá y de Rusia, y según Eurostat, el PIB per cápita español se
situó, en 2009, en el 103% de la media de la Unión Europea, por delante de
Italia. Además, según el informe de 2010 de la ONU, tiene un índice de
desarrollo humano de 0.863, el 20.º mayor del mundo, por delante de otros
grandes países europeos como, Grecia, Italia o Reino Unido.

El territorio peninsular comparte fronteras terrestres con Francia y con el
principado de Andorra al norte, con Portugal al oeste y con el territorio
británico de Gibraltar al sur. En sus territorios africanos, comparte fronteras
terrestres y marítimas con Marruecos. Comparte con Francia la soberanía
sobre la isla de los Faisanes en la desembocadura del río Bidasoa y cinco
facerías pirenaicas.


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                            Los limites de España




El Reino de España, o simplemente España, es un país que se encuentra en el
suroeste de Europa en el mar Mediterráneo (las islas Baleares), en el Océano
Atlántico (las islas Canarias) así como en el norte de Africa (las ciudades de
Ceuta y Melilla). En su territorio europeo continental comparte fronteras
terrestres con Francia y el Principado de Andorra en el norte, con Portugal en
el oeste, así como con la colonia británica de Gibraltar en el sur. En sus
territorios africanos, comparte fronteras terrestres y marítimas con
Marruecos. Además, tiene otras serie de distritos y posesiones menores no
continentales como las islas Chafarinas , el Peñon de vélez de la Gomera, la
islas perejil y las islas del Peñon de Alhucemas, todos frente a la costa de
Marruecos. La isla Alborán las islas columbretes y una serie de islas e islotes
frente a sus propias costas completan los territorios del país.

                                   Generalidades
El país tiene una naturaleza multinacional que subsiste hasta nuestros días en
   nacionalidades históricas (como andaluza, castellana, catalana, gallega y
 vasca). Sin embargo, los orígenes del estado español pueden buscarse en la
unión matrimonial de los reinos medievales de Castilla y Aragón a finales del
    siglo XV durante el reinado de los Reyes Católicos, donde se produce la
   unificación política completada con la incorporación militar del Reino de
 Navarra, el Reino de navarra y otros territorios. Un proceso de unificación
  institucional posterior ocurre durante el reinado de Felipe V, que acaba de
               configurar las bases del moderno estado español.




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                               Geografía de España
El Relieve de la península ibérica se articula alrededor de una gran unidad
central, la meseta; en tormo a la cual se disponen las montañas que
caracterizan al relieve español.
Sobre este relieve se dispone la red hidrográfica española, con sus cuencas
hidrográficas.
Por la posición que ocupa, España tiene un clima mediterráneo, pero
también está afectada, en la fachada noroccidental, por el clima marítimo de
la costa oeste del Atlántico. También encontramos el clima subtropical seco,
en Almería y Murcia, y el clima tropical seco y húmedo, en Canarias.
La variedad es muy notable: la mayor de Europa y una de las mayores del
mundo. Aquí encontraremos muchísimos endemismos.




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Las instituciones de ESPAÑA y
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                 Cómo se organiza el territorio de España
El territorio de España está organizado en 17 comunidades y dos Ciudades
autónomas. La organización territorial de España está basada en lo que indica
el artículo 2 de la constitución Española de 1978, que declara la unidad
indisoluble de la nación española. Cada comunidad autónoma está formada
por una o varias provincias hasta un total de 50 en todo el territorio
nacional.Los municipios son las entidades territoriales básicas en la
organización territorial de España.




Las comunidades y las Ciudades autónomas tienen parlamento,presiden-
te y gobierno autonómicos.
Las provincias tienen como institución de gobierno la diputación Provincial.
Los municipios están constituidos por los Ayuntamientos,formados por el
alcalde y los concejales.




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                            La constitución española




Con este enlace se va al Himno de España : Himno Nacional

La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del
Reino de España , a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España ,
en vigor desde el 29 de Diciembre de1978. La Constitución fue ratificada en referéndum el
6 de Diciembre , siendo posteriormente sancionada por el Rey el 27 de Diciembre y
publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de Diciembre del mismo año. La
promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española
, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de Noviembre de 1975 , del anterior
Jefe del Estado, el General Francisco Franco , precipitando una serie de acontecimientos
políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social
y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria. Su título
preliminar proclama un Estado social y democrático de Derecho que propugna como
valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad , la justicia , la igualdad y el
pluralismo político. Así mismo, se afianza el principio de soberanía popular , y se establece
la monarquía parlamentaria como forma de gobierno. La Constitución establece una
organización territorial basada en la autonomía de Municipios , Provincias y Comunidades
Autónomas , rigiendo entre ellos el principio de solidaridad. Tras el proceso de formación
del Estado de las Autonomías , las Comunidades Autónomas gozan de una autonomía de
naturaleza política que configura a España como un Estado regional. Las Entidades
Locales, como los Municipios y las Provincias, gozan de una autonomía de naturaleza
administrativa, cuyas instituciones actúan en base a criterios de oportunidad dentro del
marco legal fijado por el Estado y las Comunidades Autónomas. El Rey es el el Jefe del
Estado , figura que desempeña funciones de naturaleza eminentemente simbólica y que
carece de poder efectivo de decisión. Sus actos tienen una naturaleza reglada, cuya validez
depende del refrendo de la autoridad competente que, según el caso, es el Presidente del
Gobierno, el Presidente del Congreso de los Diputados, o un Ministro. La división de
poderes , idea fundamental en el pensamiento liberal, es el eje del sistema político. En la
base, la soberanía nacional permite la elección, por sufragio universal (varones y mujeres
mayores de 18 años) , de los representantes del pueblo soberano en las Cortes,

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configuradas en base a un bicameralismo atenuado integrado por el Congreso de los
Diputados y el Senado. Ambas Cámaras comparten el poder legislativo , si bien existe una
preponderancia del Congreso de los Diputados, que además es el responsable exclusivo de
la investidura del Presidente del Gobierno , y su eventual cese por moción de censura o
cuestión de confianza. No obstante, tanto el Congreso como el Senado ejercen una tarea de
control político sobre el Gobierno mediante las preguntas e interpelaciones
parlamentarias. El Gobierno, cuyo Presidente es investido por el Congreso de los
Diputados , dirige el poder ejecutivo , incluyendo la Administración Pública. Los miembros
del Gobierno son designados por el Presidente, y junto a él, componen el Consejo de
Ministros , órgano colegiado que ocupa la cúspide del poder ejecutivo. El poder judicial
recae en los jueces y en el Consejo General del Poder Judicial como su máximo órgano de
gobierno. El Tribunal Constitucional controla que las leyes y las actuaciones de la
administración pública se ajusten a la Carta Magna.
La historia constitucional de España se desarrolla durante todo el siglo XIX y principios
del XX , y se caracteriza por una habitual inestabilidad de los numerosos textos
constitucionales, que suelen tener un carácter partidista y de ruptura, contando con escaso
apoyo e indiferencia entre el pueblo. Todo ello provoca que las constituciones tuvieran, por
regla general, una escasa duración, sucediéndose un gran número de textos a lo largo de
cortos períodos. El primer texto al que conviene hacer referencia es el Estatuto de Bayona
de 1808 , carta otorgada que dada su escasa aplicación y su contexto histórico, ha tenido
poca influencia en la historia del constitucionalismo español. El inicio del proceso de la
Transición Española hacia la democracia representativa se sitúa en la muerte del dictador y
general Francisco Franco el 20 de Noviembre de 1975 , que supuso la posterior
proclamación como rey de Juan Carlos I. Poco después (en julio de 1976) se produce el
cese del Presidente Carlos Arias Navarro tras rechazar las Cortes su Plan para la reforma
política. La posterior formación de un Gobierno presidido por Adolfo Suárez González ,
designado por el Rey según la legislación vigente, sería la que conseguiría abrir el periodo
constituyente.




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Las instituciones de ESPAÑA y
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                            El jefe del Estado de España
El rey de España es el jefe de Estado de España , símbolo de su unidad y permanencia , a
quien corresponde arbitrar y moderar el funcionamiento regular de las instituciones y
representar a España , además de detentar las funciones que le atribuyan expresamente la
Constitución y las leyes. Es también comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, y como
tal, capitán general de los Ejércitos y ostenta el alto patronazgo de las Reales Academias.
La Constitución Española trata la Institución de la Corona, la persona del rey y sus
funciones en su Título II, que comprende los artículos 56 a 65. En la actualidad el rey de
España es Juan Carlos I de Borbón.
                                     Juan Carlos I de Borbón




                                 Desde 22 de Noviembre de 1975
                               Escudo de Juan Carlos I de España
                       Residencia : Palacio Real de Madrid (oficial)
                            Palacio de la Zarzuela (privada)




      El Palacio de Oriente es residencia oficial del rey de España (La imagen de arriba)
El título de Rey de España viene reconocido por la Constitución, que recupera e incorpora
a su texto todas las normas expresas y tácitas que tradicionalmente han regido la
monarquía en España. La Constitución además reconoce al rey el derecho de usar todos los
demás títulos que correspondan a la Corona.
Los títulos históricos que corresponden a su majestad el rey de España son los siguientes:
Rey de Castilla , de León , de Aragón , de Mallorca , de las Dos Sicilias , de Sevilla , de

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Jerusalén , de Navarra , de Granada , de Toledo , de Valencia , de Galicia , de Cerdeña , de
Córdoba , de Córcega , de Murcia , de Jaén , de los Algarves , de Algeciras , de Gibraltar , de
las Islas Canarias , de las Indias Orientales e Indias Occidentales , de las Islas y Tierra
Firme del Mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña , de Brabante , de Milán
, de Atenas y Neopatria; Conde de Habsburgo , de Flandes , del Tirol , del Rosellón , y de
Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina; etc; Soberano Gran Maestre de la Insigne Orden
del Toisón de Oro y Gran Maestre de todas la órdenes civiles y militares del Estado.
La Corona es la Institución Constitucional en que se configura en España la jefatura del
Estado , con unas características propias de la Monarquía Española, que son:
   La sucesión hereditaria de su titular a través de las sucesivas generaciones de la
Familia Real.
    •   La inviolabilidad e inmunidad absolutas de su titular.
    •   La ausencia de iniciativa política y de poder efectivo (potestas).
    •   El disfrute de un grado elevado de autoridad (auctoritas).
    •   La realización por su titular de una serie de actos debidos (tasados) en orden al
        regular funcionamiento del Estado.




                                  Corona real de España
Regulado por el Art. 56.3 de la Constitución. El refrendo es una figura jurídica por la cual
el titular de la Corona realiza válidamente sus actos solo cuando éstos son firmados o
consentidos también por la persona previamente determinada por la Constitución, que por
ese hecho asume toda la responsabilidad del acto en sí; se exceptúan de esta obligación de
refrendo el nombramiento y relevo de cualesquiera miembros civiles y militares de su Casa
(Art. 65.2 de la Constitución, según excepción establecida en el Art. 56.3, frase final).
La sucesión en el Trono sigue el orden regular de primogenitura y representación, siendo
preferida siempre la línea anterior a las posteriores, en la misma línea el grado más
próximo al más remoto, en el mismo grado el varón a la mujer y en el mismo sexo la
persona de más edad a la de menos.
 Esto quiere decir que tras vacar la Corona, por muerte o abdicación de su titular, se
convertirá en rey su hijo de más edad; en ausencia de varones y de descendientes de éstos,
se convertirá en reina su hija de más edad; en ausencia de hijas y de descendientes de
éstas, se convertirá en rey su hermano de más edad; en ausencia de hermanos y de
descendientes de éstos, su hermana de más edad; y en ausencia de hermanas y de
descendientes de éstas, los demás parientes de grados y líneas más distantes. Este tipo de
sucesión se llama agnaticia y no sálica, pues a diferencia de la Ley Sálica no excluye a las
mujeres de la sucesión sino que únicamente las sitúa detrás de sus hermanos varones,
aunque éstos sean de menor edad. Actualmente se encuentra en discusión la idea de

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modificar la Constitución para permitir que la sucesión opere en favor de la persona de
más edad, con independencia de su sexo, lo que llevaría a una sucesión por primogenitura
estricta. Las personas que tengan derecho a la sucesión en el Trono pueden casarse
libremente, salvo que el matrimonio se enfrente a la prohibición expresa del titular de la
Corona y de las Cortes Generales, en cuyo caso la persona en cuestión perdería su derecho
a suceder para sí y sus descendientes.

La regencia es una institución interina que surge cuando el legítimo titular de la Corona
está impedido para ejercer su autoridad, por enfermedad física o mental, o cuando es
menor de edad. La Constitución ha optado por el sistema de regencia legítima, de modo
que será regente la persona llamada a ello por la propia Constitución: el príncipe (o
princesa) heredero de la Corona en caso de incapacidad del rey (o reina), el padre o madre
del rey menor de edad en caso de que se dé esta circunstancia y los demás parientes según
el orden de suceder en el Trono. Únicamente en el caso de que no haya ninguna persona
llamada a suceder en el Trono (por ejemplo, en la hipótesis de que todos los miembros de
la Familia Real fallecieran en un accidente o atentado y solo sobreviviera un infante o
infanta menor de edad por no haber estado presente) las Cortes Generales nombrarán la
regencia y ésta se compondrá de una, tres o cinco personas. En este caso, además, sería
preciso un tutor para el rey (o reina) menor de edad: la Constitución prevé que será tutor
del rey (o reina) menor de edad la persona que en su testamento hubiera nombrado el rey
(o reina) difunto, siempre que sea español y mayor de edad; en su defecto lo será el padre o
madre del rey (o reina) menor de edad.

La Familia Real se compone del rey o reina (titular de la Corona), de la reina consorte o
consorte de la reina, de los descendientes de ambos (hijos y nietos, comúnmente) y de los
consortes de ellos. La mujer casada con el rey es reina de España y tiene derecho al tratamiento de
majestad. El hombre casado con la reina es príncipe y tiene derecho al tratamiento de alteza
real, aunque nada en la Constitución impide que se modifique esta norma y se eleve a rey
consorte con tratamiento de majestad al esposo de la reina (de hecho, en España ha
ocurrido en algunas ocasiones en el pasado, recibiendo el título de rey consorte y el
tratamiento de majestad el esposo de su majestad la reina Doña Isabel II, el infante don
Francisco de Asís; asimismo recibió el título de rey consorte y el tratamiento de alteza real
el esposo de la reina doña Juana I, el archiduque de Austria don Felipe de Habsburgo). La
Constitución excluye expresamente a la reina consorte o consorte de la reina del ejercicio
de las funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la regencia. El sucesor inmediato
a la Corona (la persona que en un momento dado se convertiría automáticamente en rey o
reina en caso de muerte o abdicación del titular de la Corona) es príncipe o princesa de
Asturias y tiene derecho al tratamiento de alteza real. Los hijos del rey que no sean
príncipe o princesa de Asturias y los hijos de este príncipe o princesa son infantes de
España y reciben el tratamiento de alteza real. Los hijos de los infantes o infantas son
grandes de España y tienen derecho al tratamiento de excelencia. El regente o los
miembros de la regencia reciben un trato protocolario análogo al correspondiente al
tratamiento de alteza, salvo que al tratarse de la reina viuda, por ejemplo, tenga derecho al
superior tratamiento de majestad. Las Leyes prevén para la Familia Real un trato deferente
en circunstancias que lo ameritan: las normas procesales eximen al rey o reina, a su
consorte y al príncipe o princesa de Asturias de concurrir al llamamiento judicial y de
prestar testimonio, y permiten que el resto de los miembros de la Familia Real lo hagan
por escrito; el Código Penal común y el Código Penal militar castigan como delito contra la

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Corona el homicidio, consumado o tentado, contra el rey o reina, cualquiera de sus
ascendientes o descendientes, reina consorte o consorte de la reina, príncipe o princesa
herederos de la Corona y regente o miembro de la regencia. Por lo demás las Leyes
establecen otros privilegios y prerrogativas para la Primera Familia de la Nación, sin hacer
mención expresa de ella en los demás casos. La Familia Real está asistida por la Casa de Su
Majestad el Rey , como órgano de apoyo al titular de la Corona y su Familia en el ejercicio
de sus funciones constitucionales y demás responsabilidades; tanto la Familia Real como la
Casa de Su Majestad el Rey se sostienen gracias a la cantidad que el rey recibe anualmente
de los Presupuestos Generales del Estado, la cual debe ser global (por lo que no puede
dividirse en partidas ni establecerse sobre ella otras formas de control). Tanto el
nombramiento y cese de los miembros civiles y militares de la Casa de Su Majestad el Rey
como la distribución que el titular de la Corona hace la cantidad recibida de los
Presupuestos Generales tiene lugar con absoluta libertad por su parte, quedando
exceptuados por la Constitución del requerimiento general de refrendo de los actos regios.
El rey (o reina) de España, para cumplimiento de su misión de simbolización y
representación del Estado y de arbitraje y moderación del funcionamiento regular de las
instituciones, desempeña una serie de funciones que están en mayor o menor medida
enunciadas y tasadas por la Constitución.

Específicamente se puede enumerar las siguientes funciones como las más representativas
e importantes de cuantas corresponden al titular de la Corona:
      Sancionar y promulgar las Leyes.
      Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar a elecciones en los términos
previstos en la Constitución.
      Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
      Proponer al Congreso de los Diputados el candidato a la presidencia del Gobierno,
nombrarlo y cesarlo, en los términos previstos en la Constitución.
      Nombrar y cesar a los demás miembros del Gobierno, a propuesta de su presidente.
      Expedir los decretos acordados en Consejo de Ministros, presidirlo a petición del
presidente del Gobierno, cuando lo estime oportuno, a fin de ser informado de los asuntos
de Estado, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con
arreglo a las Leyes.
      El derecho de gracia.
      El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
      Acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos del Reino, y ante él
(o ella) se acreditan los embajadores y representantes diplomáticos extranjeros.
      Manifestar el consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados
internacionales.
      Declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes Generales.




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         Las Cortes Generales y los Tribunales de Justicia


Las Cortes Generales son un órgano constitucional del Estado Español
constituido y regulado en el Título Tercero de la Constitución Española de
1978.

La institución que se encarga de elaborar y aprobar las leyes,y de controlar los
actos del Gobierno,son las Cortes Generales.Están constituidas por dos
cámaras:el Congreso de los Diputados y el Senado,es un órgano público cuya
finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia
de cosajuzgad.
 De acuerdo a la Constitución, son las representantes del Pueblo español,
teniendo una configuración bicameral, al componerse de dos Cámaras.




El primero se encomienda a las Cortes Generales, el segundo al Gobierno de
la Nación y el tercero a los Tribunales de Justicia.

Las Cortes Generales, en tanto que representantes del pueblo español, poseen
una serie de poderes y potestades que les vienen atribuidas por la
Constitución y que no podrían residenciarse legítimamente en otra institución
debido a su propia naturaleza y a la condición de España como un Estado
social y democrático.
 Los diputados eligen, de entre sus miembros, al presidente del Gobierno.



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 Los Tribunales de Justicia: Los tribunales están constituidos
por jueces y magistradores.
Es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la , o sea,
jurisdicción,o sea, resolver litigios con eficacia de cosa jugada.
El tribunal Supremo:De encarga de confirmar o anular las
decisiones de tribunales inferiores.
El Tribunal Constitucional:se encarga de determinar si las nuevas leyes,que se
aprueba por las Cortes o por los parlamentos autonómicos,están de acuerdo
con la Constitucional.




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                                   El Gobierno

La institución se encarga de dirigir el Estado , de acuerdo con las leyes
aprobadas por las Cortes Generales es el Gobierno.

El Gobierno está formado por el presidente y los ministros:




El presidente:es elegido por el congreso y nombrado por el rey ,se encarga de
dirigir y coordinar el Gobierno .




Los ministros:son nombrados por el rey a propuesta del presidente del
Gobierno .Ellos se ocupan de colaborar con el presidente en distintas áreas
como la economía, la sanidad ,la investigación la defensa ,la cultura o el
medio ambiente .

El presidente del Gobierno es el jefe del Gobierno de España .Su elección se
realiza en el Congreso de los Diputados, la Cámara baja de las Cortes
Generales,mediante un proceso llamado investidura y luego es nombrado por
el rey ante lo cual presta juramento o promesa.

Sus funciones se establecen en los artículos 97 al 116 de la Constitución

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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
Española de 1978. Fundamentalmente dirige la acción del Gobierno y
coordina las funciones de los miembros del Gobierno. No puede ejercer
ninguna actividad profesional ni mercantil mientras esté en el ejercicio de su
cargo.


Es también quien propone a sus titulares, los Ministros, aunque es el Rey
quien los nombra y separa. Las funciones del ministerio son las del gobierno
en el ámbito de su departamento.
El nombramiento del ministro lo realiza el Rey a propuesta del Presidente del
Gobierno y cesa por el mismo procedimiento. El ministro tiene potestad
reglamentaria en su departamento, refrenda los actos del Rey en materia de
su competencia y elige su cartera bajo su critica.


El presidente del Gobierno y el príncipe valoran el dinamismo y la
   aperturade las economias de los dos países para impulasar su
   desarollo sostenible .




España, también denominado Reino de España, es un país soberano,
miembro de la Unión Europea, constituido en estado social y democrático de
derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria.




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA




                          El estatuto de Autonomía
El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica española de una
comunidad o de una ciudad Autónoma reconocida por la constitución
Española de 1978 en su artículo 147 y cuya aprobación se lleva a cabo
mediante Ley orgánica , tipo de norma que requiere el voto favorable de la
mayoría absoluta del congreso de los diputados en una votación final sobre el
conjunto del proyecto. En él se recogen, al menos, la denominación de la
Comunidad, la delimitación territorial, la denominación, organización y sede
de las instituciones autónomas, las competencias asumidas y, si procede, los
principios del régimen lingüístico.




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA


Por medio del artículo 143 de la Constitución Española, se accede a la
autonomía "reducida" que fue pensada para las comunidades "no históricas",
es decir, todas aquellas que no habían plebiscitado afirmativamente Estatutos
de Autonomía durante la republica.


Vía Especial. Por el procedimiento establecido en el artículo 151 Cataluña
Galicia y el Pais Vasco, en cambio, accedieron a la autonomía en virtud de
dicho artículo y la disposición transitoria segunda de la Constitución
Española, más dificultoso pero que al mismo tiempo permite alcanzar mucho
antes el techo competencial delimitado por el artículo 149 de la Constitución
(donde se enumeran las competencias exclusivas del Estado).




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA


                 Las cortes de Castilla-La Mancha


Las Cortes de Castilla-La Mancha son la institución que se representa a los
ciudadanos y ciudadanas de la comunidad.
Las Cortes Generales de Castilla-La Mancha están formadas por los diputados
y diputadas y tienen las siguientes funciones:




Elaborar las leyes para la comunidad.


Eligir al presidente o presidenta de la comunidad y controlar al labor del
presidente y del Gobierno de la Comunidad.


Aprobar los presupuestos anuales de la comunidad. Es decir , vigilar cómo y
en qué se gastará el dinero el Gobierno de la Comunidad.


Las Cortes de Castilla-La Mancha es el órgano legislativo de la Comunidad
Autónomas de Castilla-La Mancha. Son uno de los tres órganos que
conforman la Junta de Castilla-La Mancha y lo forman 47 diputados en el
antiguo Convento de los Franciscanos en , en el llamado edificio de San Gil .




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
El Parlamento Regional es el órgano donde descansan los poderes otorgados
por el pueblo mediante elecciones libres, y, como dice el propio Estatuto de
Autonomía: "Las Cortes de Castilla-La Mancha representan al pueblo de la




Región".


Las Cortes son elegidas por un plazo de cuatro años "Legislatura" mediante
un sistema proporcional que asegura la representación de las diversas zonas
del territorio de la Región, aunque el Presidente de la Junta de Comunidades
puede anticipar su disolución con arreglo a lo dispuesto en el Estatuto de
Autonomía.




La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o simplemente Junta de
Comunidades, es la institución en que se organiza el auto gobierno de la
comunidad autónoma de Castilla-La España.
La Junta de Comunidades está integrada por las Cortes de Castilla-La por el
presidente de la Junta de comunidades y por el Consejo de Gobierno.




El Presidente de la Junta de Comunidades es el supremo representante de la
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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
Comunidad Autónoma y el representante ordinario del Estado en la misma;
su elección tiene lugar por el voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno
de las Cortes de Castilla-La Mancha y su nombramiento corresponde al Rey.




El Consejo de Gobierno es el órgano político y administrativo superior de la
Comunidad, al que corresponde el ejercicio de la potestad reglamentaria y el
desempeño de la función ejecutiva; está compuesto por el Presidente de la
Junta de Comunidades, que lo preside, y por los Consejeros nombrados por él
para hacerse cargo de las distintas Consejerías.




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
                  La presidencia de la comunidad

El presidente o presidenta es elegido por Cortes de Castilla-La Mancha de
entre sus diputados y diputadas y nombrado por el rey.




El actual presidente de la Junta de Comunidades es José Mª Barreda Fontes.
Las funciones del presidente,ademasde representar a la Comunidad,son la de
presidir el Gobierno autonómico y la de elegir a los consejereros y consejeras
que forman el Gobierno.El presidente informa de sus actuaciones de
Gobierno ante las Cortes Castilla-La Mancha.
Castilla-La Mancha es una comunidad autónoma española. Está formada por
las provincias de albacete,ciudad real,cuenca,guadalajara y toledo. Limita con
Castilla y León , Comunidad de Madrid, aragón,comunidad valenciana, región
de murcia,andalucía y extremadura.




¿como eligen al presidente/a?Es elegido por las Cortes de Castilla-La Mancha,
entre sus diputados.
¿cuales son las funciones del presidente, ademas de representar a la
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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
Comunidad?
presidir el Gobierno autonómico,elegir a los consejereros y consejeras que
forman el Gobierno.




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
                         El consejo de gobierno

El Consejo de Gobierno es el órgano que, de forma colegiada y bajo la
autoridad del Presidente de la Junta, dirige la acción política y administrativa
de nuestra Comunidad Autónoma.
El Gobierno está compuesto por el Presidente , potestativamente uno o varios
vicepresidentes, y los Consejeros.
En la actualidad, el equipo de gobierno presidido por José María Barreda, lo
forman tres mujeres y cuatro hombres.
Al Consejo de Gobierno le compete:
• Aprobar el plan general de actuación del Gobierno Regional, que
posteriormente se ejecuta a través de cada Consejería.
• Aprobar los proyectos de Ley que envía a las Cortes y aprobar los decretos
elaborados por cada Consejería.
• Acordar el nombramiento de los altos cargos de nuestra administración
autonómica.
• Administrar y conservar el patrimonio de la Comunidad Autónoma.
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha responde políticamente de su
gestión ante las Cortes Regionales.

Las Cortes de Castilla-La Mancha son la Asamblea Legislativa de la
Comunidad Autónoma, a la que corresponde la elaboración y aprobación de
las Leyes y la elección y cese del Presidente de la Junta de Comunidades.
El Presidente de la Junta de Comunidades es el supremo representante de la
Comunidad Autónoma y el representante ordinario del Estado en la misma;
su elección tiene lugar por el voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno
de las Cortes de Castilla-La Mancha y su nombramiento corresponde al Rey.
El Consejo de Gobierno es el órgano político y administrativo superior de la
Comunidad, al que corresponde el ejercicio de la potestad reglamentaria y el
desempeño de la función ejecutiva; está compuesto por el Presidente de la
Junta de Comunidades, que lo preside, y por los Consejeros nombrados por él
para hacerse cargo de las distintas Consejerías. Tras la última remodelación
del Gobierno de Castilla-La Mancha producida el 25 de mayo de 2010,[1] el
Consejo de Gobierno está formado por los siguientes consejeros:
                         Cargo                                 Nombre
                                                      José María Barreda
 Presidencia                                          Fontes

 Vicepresidencia y Consejería de Economía y              María Luisa Araújo
 Hacienda

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 Consejería de Presidencia y Administraciones            Santiago Moreno
 Públicas
 Consejería de Educación, Ciencia y Cultura              María Ángeles García

 Consejería de Ordenación del Territorio y               Julián Sánchez Pingarrón
 Vivienda
 Consejería de Salud y Bienestar Social                  Fernando Lamata

                                                         José Luis Martínez
 Consejería de Agricultura y Medio Ambiente              Guijarro

 Consejería de Empleo,Igualdad y Juventud                Paula Fernández Pareja




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Las instituciones de ESPAÑA y
               CASTILLA-LA MANCHA
                                    Conclusión


Hemos aprendido mucho sobre las instituciones. Creemos que es importante saber
sobre España y Castilla-La Mancha. Esta trabajo a sido divertido. Nos gusta aprender
en grupo.




                                    Bibliografía


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Instituciones deespañay castillalamancha

  • 1. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Las instituciones de España y Castilla-La Mancha Autores : Antonio , Fernando , Alba y Cristina. Curso 5ºB de primaria Año 2010/2011 Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 1 de 27
  • 2. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA I Índice …....................................................................... 2 II Introducción .............................................................................. 3 III La organización territorial de España …........................ 4 - 7 III.A El territorio de España …........................................................... 4 III.B Los límites de España ........................................................ 5 - 6 III.C Cómo se organiza el territorio de España …........................... 7 IV Las instituciones de España …...................................... 8 – 17 IV.A La constitución española …..................................................... 8 - 9 IV.B El jefe del Estado ….............................................................. 10 - 13 IV.C Las cortes generales y los Tribunales de Justicia …........ 14 - 15 IV.D El Gobierno …...................................................................... 16 - 17 V Las instituciones de Castilla-La Mancha …................. 19 – 27 V.A El estatuto de Autonomía …............................................... 19 - 20 V.B Las cortes de Castilla-La Mancha ….................................. 21 - 23 V.C La presidencia de la comunidad ….................................... 24 - 25 V.D El consejo de gobierno …................................................... 26 - 27 VI Conclusión …................................................................... 28 VII Bibliografía ….................................................................. 28 Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 2 de 27
  • 3. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Introducción Había dos temas. Hemos elegido este porque pensamos que es muy interesante saber sobre tu país y comunidad autónoma. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 3 de 27
  • 4. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA El territorio de España España, también denominado Reino de España, es un país soberano, miembro de la Unión Europea, constituido en estado social y democrático de derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. Su territorio, con capital en Madrid, ocupa la mayor parte de la península Ibérica, al que se añaden los archipiélagos de las islas Baleares (en el mar Mediterráneo occidental) y de las islas Canarias (en el océano Atlántico nororiental), así como en el norte del continente africano las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, además de los distritos y posesiones menores de las islas Chafarinas, el peñón de Vélez de la Gomera y el peñón de Alhucemas. El municipio de Llívia, rodeado totalmente por territorio francés, en los Pirineos, completa el conjunto de territorios junto con la isla de Alborán, las islas Columbretes y una serie de islas e islotes frente a sus propias costas. Tiene una extensión de 504.645 km², siendo el cuarto país más extenso del continente, tras Rusia, Ucrania y Francia. Con una altitud media de 650 metros es uno de los países más montañosos de Europa. Su población es de 47.021.031 habitantes, según datos del padrón municipal de 2010. De acuerdo con la Constitución Española, el castellano o español es la lengua oficial del Estado y todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. En 2006, era la lengua materna del 89% de los españoles. Otras lenguas, también españolas, son reconocidas como cooficiales en diversas comunidades autónomas, conforme a los estatutos de autonomía. La economía española es la 9ª economía mundial en términos de PIB, por delante de Canadá y de Rusia, y según Eurostat, el PIB per cápita español se situó, en 2009, en el 103% de la media de la Unión Europea, por delante de Italia. Además, según el informe de 2010 de la ONU, tiene un índice de desarrollo humano de 0.863, el 20.º mayor del mundo, por delante de otros grandes países europeos como, Grecia, Italia o Reino Unido. El territorio peninsular comparte fronteras terrestres con Francia y con el principado de Andorra al norte, con Portugal al oeste y con el territorio británico de Gibraltar al sur. En sus territorios africanos, comparte fronteras terrestres y marítimas con Marruecos. Comparte con Francia la soberanía sobre la isla de los Faisanes en la desembocadura del río Bidasoa y cinco facerías pirenaicas. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 4 de 27
  • 5. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Los limites de España El Reino de España, o simplemente España, es un país que se encuentra en el suroeste de Europa en el mar Mediterráneo (las islas Baleares), en el Océano Atlántico (las islas Canarias) así como en el norte de Africa (las ciudades de Ceuta y Melilla). En su territorio europeo continental comparte fronteras terrestres con Francia y el Principado de Andorra en el norte, con Portugal en el oeste, así como con la colonia británica de Gibraltar en el sur. En sus territorios africanos, comparte fronteras terrestres y marítimas con Marruecos. Además, tiene otras serie de distritos y posesiones menores no continentales como las islas Chafarinas , el Peñon de vélez de la Gomera, la islas perejil y las islas del Peñon de Alhucemas, todos frente a la costa de Marruecos. La isla Alborán las islas columbretes y una serie de islas e islotes frente a sus propias costas completan los territorios del país. Generalidades El país tiene una naturaleza multinacional que subsiste hasta nuestros días en nacionalidades históricas (como andaluza, castellana, catalana, gallega y vasca). Sin embargo, los orígenes del estado español pueden buscarse en la unión matrimonial de los reinos medievales de Castilla y Aragón a finales del siglo XV durante el reinado de los Reyes Católicos, donde se produce la unificación política completada con la incorporación militar del Reino de Navarra, el Reino de navarra y otros territorios. Un proceso de unificación institucional posterior ocurre durante el reinado de Felipe V, que acaba de configurar las bases del moderno estado español. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 5 de 27
  • 6. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Geografía de España El Relieve de la península ibérica se articula alrededor de una gran unidad central, la meseta; en tormo a la cual se disponen las montañas que caracterizan al relieve español. Sobre este relieve se dispone la red hidrográfica española, con sus cuencas hidrográficas. Por la posición que ocupa, España tiene un clima mediterráneo, pero también está afectada, en la fachada noroccidental, por el clima marítimo de la costa oeste del Atlántico. También encontramos el clima subtropical seco, en Almería y Murcia, y el clima tropical seco y húmedo, en Canarias. La variedad es muy notable: la mayor de Europa y una de las mayores del mundo. Aquí encontraremos muchísimos endemismos. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 6 de 27
  • 7. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Cómo se organiza el territorio de España El territorio de España está organizado en 17 comunidades y dos Ciudades autónomas. La organización territorial de España está basada en lo que indica el artículo 2 de la constitución Española de 1978, que declara la unidad indisoluble de la nación española. Cada comunidad autónoma está formada por una o varias provincias hasta un total de 50 en todo el territorio nacional.Los municipios son las entidades territoriales básicas en la organización territorial de España. Las comunidades y las Ciudades autónomas tienen parlamento,presiden- te y gobierno autonómicos. Las provincias tienen como institución de gobierno la diputación Provincial. Los municipios están constituidos por los Ayuntamientos,formados por el alcalde y los concejales. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 7 de 27
  • 8. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA La constitución española Con este enlace se va al Himno de España : Himno Nacional La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España , a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España , en vigor desde el 29 de Diciembre de1978. La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de Diciembre , siendo posteriormente sancionada por el Rey el 27 de Diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de Diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española , que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de Noviembre de 1975 , del anterior Jefe del Estado, el General Francisco Franco , precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria. Su título preliminar proclama un Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad , la justicia , la igualdad y el pluralismo político. Así mismo, se afianza el principio de soberanía popular , y se establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno. La Constitución establece una organización territorial basada en la autonomía de Municipios , Provincias y Comunidades Autónomas , rigiendo entre ellos el principio de solidaridad. Tras el proceso de formación del Estado de las Autonomías , las Comunidades Autónomas gozan de una autonomía de naturaleza política que configura a España como un Estado regional. Las Entidades Locales, como los Municipios y las Provincias, gozan de una autonomía de naturaleza administrativa, cuyas instituciones actúan en base a criterios de oportunidad dentro del marco legal fijado por el Estado y las Comunidades Autónomas. El Rey es el el Jefe del Estado , figura que desempeña funciones de naturaleza eminentemente simbólica y que carece de poder efectivo de decisión. Sus actos tienen una naturaleza reglada, cuya validez depende del refrendo de la autoridad competente que, según el caso, es el Presidente del Gobierno, el Presidente del Congreso de los Diputados, o un Ministro. La división de poderes , idea fundamental en el pensamiento liberal, es el eje del sistema político. En la base, la soberanía nacional permite la elección, por sufragio universal (varones y mujeres mayores de 18 años) , de los representantes del pueblo soberano en las Cortes, Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 8 de 27
  • 9. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA configuradas en base a un bicameralismo atenuado integrado por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas Cámaras comparten el poder legislativo , si bien existe una preponderancia del Congreso de los Diputados, que además es el responsable exclusivo de la investidura del Presidente del Gobierno , y su eventual cese por moción de censura o cuestión de confianza. No obstante, tanto el Congreso como el Senado ejercen una tarea de control político sobre el Gobierno mediante las preguntas e interpelaciones parlamentarias. El Gobierno, cuyo Presidente es investido por el Congreso de los Diputados , dirige el poder ejecutivo , incluyendo la Administración Pública. Los miembros del Gobierno son designados por el Presidente, y junto a él, componen el Consejo de Ministros , órgano colegiado que ocupa la cúspide del poder ejecutivo. El poder judicial recae en los jueces y en el Consejo General del Poder Judicial como su máximo órgano de gobierno. El Tribunal Constitucional controla que las leyes y las actuaciones de la administración pública se ajusten a la Carta Magna. La historia constitucional de España se desarrolla durante todo el siglo XIX y principios del XX , y se caracteriza por una habitual inestabilidad de los numerosos textos constitucionales, que suelen tener un carácter partidista y de ruptura, contando con escaso apoyo e indiferencia entre el pueblo. Todo ello provoca que las constituciones tuvieran, por regla general, una escasa duración, sucediéndose un gran número de textos a lo largo de cortos períodos. El primer texto al que conviene hacer referencia es el Estatuto de Bayona de 1808 , carta otorgada que dada su escasa aplicación y su contexto histórico, ha tenido poca influencia en la historia del constitucionalismo español. El inicio del proceso de la Transición Española hacia la democracia representativa se sitúa en la muerte del dictador y general Francisco Franco el 20 de Noviembre de 1975 , que supuso la posterior proclamación como rey de Juan Carlos I. Poco después (en julio de 1976) se produce el cese del Presidente Carlos Arias Navarro tras rechazar las Cortes su Plan para la reforma política. La posterior formación de un Gobierno presidido por Adolfo Suárez González , designado por el Rey según la legislación vigente, sería la que conseguiría abrir el periodo constituyente. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 9 de 27
  • 10. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA El jefe del Estado de España El rey de España es el jefe de Estado de España , símbolo de su unidad y permanencia , a quien corresponde arbitrar y moderar el funcionamiento regular de las instituciones y representar a España , además de detentar las funciones que le atribuyan expresamente la Constitución y las leyes. Es también comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, y como tal, capitán general de los Ejércitos y ostenta el alto patronazgo de las Reales Academias. La Constitución Española trata la Institución de la Corona, la persona del rey y sus funciones en su Título II, que comprende los artículos 56 a 65. En la actualidad el rey de España es Juan Carlos I de Borbón. Juan Carlos I de Borbón Desde 22 de Noviembre de 1975 Escudo de Juan Carlos I de España Residencia : Palacio Real de Madrid (oficial) Palacio de la Zarzuela (privada) El Palacio de Oriente es residencia oficial del rey de España (La imagen de arriba) El título de Rey de España viene reconocido por la Constitución, que recupera e incorpora a su texto todas las normas expresas y tácitas que tradicionalmente han regido la monarquía en España. La Constitución además reconoce al rey el derecho de usar todos los demás títulos que correspondan a la Corona. Los títulos históricos que corresponden a su majestad el rey de España son los siguientes: Rey de Castilla , de León , de Aragón , de Mallorca , de las Dos Sicilias , de Sevilla , de Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 10 de 27
  • 11. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Jerusalén , de Navarra , de Granada , de Toledo , de Valencia , de Galicia , de Cerdeña , de Córdoba , de Córcega , de Murcia , de Jaén , de los Algarves , de Algeciras , de Gibraltar , de las Islas Canarias , de las Indias Orientales e Indias Occidentales , de las Islas y Tierra Firme del Mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña , de Brabante , de Milán , de Atenas y Neopatria; Conde de Habsburgo , de Flandes , del Tirol , del Rosellón , y de Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina; etc; Soberano Gran Maestre de la Insigne Orden del Toisón de Oro y Gran Maestre de todas la órdenes civiles y militares del Estado. La Corona es la Institución Constitucional en que se configura en España la jefatura del Estado , con unas características propias de la Monarquía Española, que son: La sucesión hereditaria de su titular a través de las sucesivas generaciones de la Familia Real. • La inviolabilidad e inmunidad absolutas de su titular. • La ausencia de iniciativa política y de poder efectivo (potestas). • El disfrute de un grado elevado de autoridad (auctoritas). • La realización por su titular de una serie de actos debidos (tasados) en orden al regular funcionamiento del Estado. Corona real de España Regulado por el Art. 56.3 de la Constitución. El refrendo es una figura jurídica por la cual el titular de la Corona realiza válidamente sus actos solo cuando éstos son firmados o consentidos también por la persona previamente determinada por la Constitución, que por ese hecho asume toda la responsabilidad del acto en sí; se exceptúan de esta obligación de refrendo el nombramiento y relevo de cualesquiera miembros civiles y militares de su Casa (Art. 65.2 de la Constitución, según excepción establecida en el Art. 56.3, frase final). La sucesión en el Trono sigue el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores, en la misma línea el grado más próximo al más remoto, en el mismo grado el varón a la mujer y en el mismo sexo la persona de más edad a la de menos. Esto quiere decir que tras vacar la Corona, por muerte o abdicación de su titular, se convertirá en rey su hijo de más edad; en ausencia de varones y de descendientes de éstos, se convertirá en reina su hija de más edad; en ausencia de hijas y de descendientes de éstas, se convertirá en rey su hermano de más edad; en ausencia de hermanos y de descendientes de éstos, su hermana de más edad; y en ausencia de hermanas y de descendientes de éstas, los demás parientes de grados y líneas más distantes. Este tipo de sucesión se llama agnaticia y no sálica, pues a diferencia de la Ley Sálica no excluye a las mujeres de la sucesión sino que únicamente las sitúa detrás de sus hermanos varones, aunque éstos sean de menor edad. Actualmente se encuentra en discusión la idea de Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 11 de 27
  • 12. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA modificar la Constitución para permitir que la sucesión opere en favor de la persona de más edad, con independencia de su sexo, lo que llevaría a una sucesión por primogenitura estricta. Las personas que tengan derecho a la sucesión en el Trono pueden casarse libremente, salvo que el matrimonio se enfrente a la prohibición expresa del titular de la Corona y de las Cortes Generales, en cuyo caso la persona en cuestión perdería su derecho a suceder para sí y sus descendientes. La regencia es una institución interina que surge cuando el legítimo titular de la Corona está impedido para ejercer su autoridad, por enfermedad física o mental, o cuando es menor de edad. La Constitución ha optado por el sistema de regencia legítima, de modo que será regente la persona llamada a ello por la propia Constitución: el príncipe (o princesa) heredero de la Corona en caso de incapacidad del rey (o reina), el padre o madre del rey menor de edad en caso de que se dé esta circunstancia y los demás parientes según el orden de suceder en el Trono. Únicamente en el caso de que no haya ninguna persona llamada a suceder en el Trono (por ejemplo, en la hipótesis de que todos los miembros de la Familia Real fallecieran en un accidente o atentado y solo sobreviviera un infante o infanta menor de edad por no haber estado presente) las Cortes Generales nombrarán la regencia y ésta se compondrá de una, tres o cinco personas. En este caso, además, sería preciso un tutor para el rey (o reina) menor de edad: la Constitución prevé que será tutor del rey (o reina) menor de edad la persona que en su testamento hubiera nombrado el rey (o reina) difunto, siempre que sea español y mayor de edad; en su defecto lo será el padre o madre del rey (o reina) menor de edad. La Familia Real se compone del rey o reina (titular de la Corona), de la reina consorte o consorte de la reina, de los descendientes de ambos (hijos y nietos, comúnmente) y de los consortes de ellos. La mujer casada con el rey es reina de España y tiene derecho al tratamiento de majestad. El hombre casado con la reina es príncipe y tiene derecho al tratamiento de alteza real, aunque nada en la Constitución impide que se modifique esta norma y se eleve a rey consorte con tratamiento de majestad al esposo de la reina (de hecho, en España ha ocurrido en algunas ocasiones en el pasado, recibiendo el título de rey consorte y el tratamiento de majestad el esposo de su majestad la reina Doña Isabel II, el infante don Francisco de Asís; asimismo recibió el título de rey consorte y el tratamiento de alteza real el esposo de la reina doña Juana I, el archiduque de Austria don Felipe de Habsburgo). La Constitución excluye expresamente a la reina consorte o consorte de la reina del ejercicio de las funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la regencia. El sucesor inmediato a la Corona (la persona que en un momento dado se convertiría automáticamente en rey o reina en caso de muerte o abdicación del titular de la Corona) es príncipe o princesa de Asturias y tiene derecho al tratamiento de alteza real. Los hijos del rey que no sean príncipe o princesa de Asturias y los hijos de este príncipe o princesa son infantes de España y reciben el tratamiento de alteza real. Los hijos de los infantes o infantas son grandes de España y tienen derecho al tratamiento de excelencia. El regente o los miembros de la regencia reciben un trato protocolario análogo al correspondiente al tratamiento de alteza, salvo que al tratarse de la reina viuda, por ejemplo, tenga derecho al superior tratamiento de majestad. Las Leyes prevén para la Familia Real un trato deferente en circunstancias que lo ameritan: las normas procesales eximen al rey o reina, a su consorte y al príncipe o princesa de Asturias de concurrir al llamamiento judicial y de prestar testimonio, y permiten que el resto de los miembros de la Familia Real lo hagan por escrito; el Código Penal común y el Código Penal militar castigan como delito contra la Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 12 de 27
  • 13. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Corona el homicidio, consumado o tentado, contra el rey o reina, cualquiera de sus ascendientes o descendientes, reina consorte o consorte de la reina, príncipe o princesa herederos de la Corona y regente o miembro de la regencia. Por lo demás las Leyes establecen otros privilegios y prerrogativas para la Primera Familia de la Nación, sin hacer mención expresa de ella en los demás casos. La Familia Real está asistida por la Casa de Su Majestad el Rey , como órgano de apoyo al titular de la Corona y su Familia en el ejercicio de sus funciones constitucionales y demás responsabilidades; tanto la Familia Real como la Casa de Su Majestad el Rey se sostienen gracias a la cantidad que el rey recibe anualmente de los Presupuestos Generales del Estado, la cual debe ser global (por lo que no puede dividirse en partidas ni establecerse sobre ella otras formas de control). Tanto el nombramiento y cese de los miembros civiles y militares de la Casa de Su Majestad el Rey como la distribución que el titular de la Corona hace la cantidad recibida de los Presupuestos Generales tiene lugar con absoluta libertad por su parte, quedando exceptuados por la Constitución del requerimiento general de refrendo de los actos regios. El rey (o reina) de España, para cumplimiento de su misión de simbolización y representación del Estado y de arbitraje y moderación del funcionamiento regular de las instituciones, desempeña una serie de funciones que están en mayor o menor medida enunciadas y tasadas por la Constitución. Específicamente se puede enumerar las siguientes funciones como las más representativas e importantes de cuantas corresponden al titular de la Corona: Sancionar y promulgar las Leyes. Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar a elecciones en los términos previstos en la Constitución. Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución. Proponer al Congreso de los Diputados el candidato a la presidencia del Gobierno, nombrarlo y cesarlo, en los términos previstos en la Constitución. Nombrar y cesar a los demás miembros del Gobierno, a propuesta de su presidente. Expedir los decretos acordados en Consejo de Ministros, presidirlo a petición del presidente del Gobierno, cuando lo estime oportuno, a fin de ser informado de los asuntos de Estado, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las Leyes. El derecho de gracia. El Alto Patronazgo de las Reales Academias. Acreditar a los embajadores y otros representantes diplomáticos del Reino, y ante él (o ella) se acreditan los embajadores y representantes diplomáticos extranjeros. Manifestar el consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados internacionales. Declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes Generales. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 13 de 27
  • 14. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Las Cortes Generales y los Tribunales de Justicia Las Cortes Generales son un órgano constitucional del Estado Español constituido y regulado en el Título Tercero de la Constitución Española de 1978. La institución que se encarga de elaborar y aprobar las leyes,y de controlar los actos del Gobierno,son las Cortes Generales.Están constituidas por dos cámaras:el Congreso de los Diputados y el Senado,es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia de cosajuzgad. De acuerdo a la Constitución, son las representantes del Pueblo español, teniendo una configuración bicameral, al componerse de dos Cámaras. El primero se encomienda a las Cortes Generales, el segundo al Gobierno de la Nación y el tercero a los Tribunales de Justicia. Las Cortes Generales, en tanto que representantes del pueblo español, poseen una serie de poderes y potestades que les vienen atribuidas por la Constitución y que no podrían residenciarse legítimamente en otra institución debido a su propia naturaleza y a la condición de España como un Estado social y democrático. Los diputados eligen, de entre sus miembros, al presidente del Gobierno. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 14 de 27
  • 15. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Los Tribunales de Justicia: Los tribunales están constituidos por jueces y magistradores. Es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la , o sea, jurisdicción,o sea, resolver litigios con eficacia de cosa jugada. El tribunal Supremo:De encarga de confirmar o anular las decisiones de tribunales inferiores. El Tribunal Constitucional:se encarga de determinar si las nuevas leyes,que se aprueba por las Cortes o por los parlamentos autonómicos,están de acuerdo con la Constitucional. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 15 de 27
  • 16. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA El Gobierno La institución se encarga de dirigir el Estado , de acuerdo con las leyes aprobadas por las Cortes Generales es el Gobierno. El Gobierno está formado por el presidente y los ministros: El presidente:es elegido por el congreso y nombrado por el rey ,se encarga de dirigir y coordinar el Gobierno . Los ministros:son nombrados por el rey a propuesta del presidente del Gobierno .Ellos se ocupan de colaborar con el presidente en distintas áreas como la economía, la sanidad ,la investigación la defensa ,la cultura o el medio ambiente . El presidente del Gobierno es el jefe del Gobierno de España .Su elección se realiza en el Congreso de los Diputados, la Cámara baja de las Cortes Generales,mediante un proceso llamado investidura y luego es nombrado por el rey ante lo cual presta juramento o promesa. Sus funciones se establecen en los artículos 97 al 116 de la Constitución Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 16 de 27
  • 17. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Española de 1978. Fundamentalmente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los miembros del Gobierno. No puede ejercer ninguna actividad profesional ni mercantil mientras esté en el ejercicio de su cargo. Es también quien propone a sus titulares, los Ministros, aunque es el Rey quien los nombra y separa. Las funciones del ministerio son las del gobierno en el ámbito de su departamento. El nombramiento del ministro lo realiza el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno y cesa por el mismo procedimiento. El ministro tiene potestad reglamentaria en su departamento, refrenda los actos del Rey en materia de su competencia y elige su cartera bajo su critica. El presidente del Gobierno y el príncipe valoran el dinamismo y la aperturade las economias de los dos países para impulasar su desarollo sostenible . España, también denominado Reino de España, es un país soberano, miembro de la Unión Europea, constituido en estado social y democrático de derecho y cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 17 de 27
  • 18. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA El estatuto de Autonomía El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica española de una comunidad o de una ciudad Autónoma reconocida por la constitución Española de 1978 en su artículo 147 y cuya aprobación se lleva a cabo mediante Ley orgánica , tipo de norma que requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del congreso de los diputados en una votación final sobre el conjunto del proyecto. En él se recogen, al menos, la denominación de la Comunidad, la delimitación territorial, la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas, las competencias asumidas y, si procede, los principios del régimen lingüístico. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 18 de 27
  • 19. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Por medio del artículo 143 de la Constitución Española, se accede a la autonomía "reducida" que fue pensada para las comunidades "no históricas", es decir, todas aquellas que no habían plebiscitado afirmativamente Estatutos de Autonomía durante la republica. Vía Especial. Por el procedimiento establecido en el artículo 151 Cataluña Galicia y el Pais Vasco, en cambio, accedieron a la autonomía en virtud de dicho artículo y la disposición transitoria segunda de la Constitución Española, más dificultoso pero que al mismo tiempo permite alcanzar mucho antes el techo competencial delimitado por el artículo 149 de la Constitución (donde se enumeran las competencias exclusivas del Estado). Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 19 de 27
  • 20. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Las cortes de Castilla-La Mancha Las Cortes de Castilla-La Mancha son la institución que se representa a los ciudadanos y ciudadanas de la comunidad. Las Cortes Generales de Castilla-La Mancha están formadas por los diputados y diputadas y tienen las siguientes funciones: Elaborar las leyes para la comunidad. Eligir al presidente o presidenta de la comunidad y controlar al labor del presidente y del Gobierno de la Comunidad. Aprobar los presupuestos anuales de la comunidad. Es decir , vigilar cómo y en qué se gastará el dinero el Gobierno de la Comunidad. Las Cortes de Castilla-La Mancha es el órgano legislativo de la Comunidad Autónomas de Castilla-La Mancha. Son uno de los tres órganos que conforman la Junta de Castilla-La Mancha y lo forman 47 diputados en el antiguo Convento de los Franciscanos en , en el llamado edificio de San Gil . Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 20 de 27
  • 21. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA El Parlamento Regional es el órgano donde descansan los poderes otorgados por el pueblo mediante elecciones libres, y, como dice el propio Estatuto de Autonomía: "Las Cortes de Castilla-La Mancha representan al pueblo de la Región". Las Cortes son elegidas por un plazo de cuatro años "Legislatura" mediante un sistema proporcional que asegura la representación de las diversas zonas del territorio de la Región, aunque el Presidente de la Junta de Comunidades puede anticipar su disolución con arreglo a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o simplemente Junta de Comunidades, es la institución en que se organiza el auto gobierno de la comunidad autónoma de Castilla-La España. La Junta de Comunidades está integrada por las Cortes de Castilla-La por el presidente de la Junta de comunidades y por el Consejo de Gobierno. El Presidente de la Junta de Comunidades es el supremo representante de la Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 21 de 27
  • 22. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Comunidad Autónoma y el representante ordinario del Estado en la misma; su elección tiene lugar por el voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha y su nombramiento corresponde al Rey. El Consejo de Gobierno es el órgano político y administrativo superior de la Comunidad, al que corresponde el ejercicio de la potestad reglamentaria y el desempeño de la función ejecutiva; está compuesto por el Presidente de la Junta de Comunidades, que lo preside, y por los Consejeros nombrados por él para hacerse cargo de las distintas Consejerías. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 22 de 27
  • 23. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA La presidencia de la comunidad El presidente o presidenta es elegido por Cortes de Castilla-La Mancha de entre sus diputados y diputadas y nombrado por el rey. El actual presidente de la Junta de Comunidades es José Mª Barreda Fontes. Las funciones del presidente,ademasde representar a la Comunidad,son la de presidir el Gobierno autonómico y la de elegir a los consejereros y consejeras que forman el Gobierno.El presidente informa de sus actuaciones de Gobierno ante las Cortes Castilla-La Mancha. Castilla-La Mancha es una comunidad autónoma española. Está formada por las provincias de albacete,ciudad real,cuenca,guadalajara y toledo. Limita con Castilla y León , Comunidad de Madrid, aragón,comunidad valenciana, región de murcia,andalucía y extremadura. ¿como eligen al presidente/a?Es elegido por las Cortes de Castilla-La Mancha, entre sus diputados. ¿cuales son las funciones del presidente, ademas de representar a la Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 23 de 27
  • 24. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Comunidad? presidir el Gobierno autonómico,elegir a los consejereros y consejeras que forman el Gobierno. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 24 de 27
  • 25. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA El consejo de gobierno El Consejo de Gobierno es el órgano que, de forma colegiada y bajo la autoridad del Presidente de la Junta, dirige la acción política y administrativa de nuestra Comunidad Autónoma. El Gobierno está compuesto por el Presidente , potestativamente uno o varios vicepresidentes, y los Consejeros. En la actualidad, el equipo de gobierno presidido por José María Barreda, lo forman tres mujeres y cuatro hombres. Al Consejo de Gobierno le compete: • Aprobar el plan general de actuación del Gobierno Regional, que posteriormente se ejecuta a través de cada Consejería. • Aprobar los proyectos de Ley que envía a las Cortes y aprobar los decretos elaborados por cada Consejería. • Acordar el nombramiento de los altos cargos de nuestra administración autonómica. • Administrar y conservar el patrimonio de la Comunidad Autónoma. El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha responde políticamente de su gestión ante las Cortes Regionales. Las Cortes de Castilla-La Mancha son la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma, a la que corresponde la elaboración y aprobación de las Leyes y la elección y cese del Presidente de la Junta de Comunidades. El Presidente de la Junta de Comunidades es el supremo representante de la Comunidad Autónoma y el representante ordinario del Estado en la misma; su elección tiene lugar por el voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha y su nombramiento corresponde al Rey. El Consejo de Gobierno es el órgano político y administrativo superior de la Comunidad, al que corresponde el ejercicio de la potestad reglamentaria y el desempeño de la función ejecutiva; está compuesto por el Presidente de la Junta de Comunidades, que lo preside, y por los Consejeros nombrados por él para hacerse cargo de las distintas Consejerías. Tras la última remodelación del Gobierno de Castilla-La Mancha producida el 25 de mayo de 2010,[1] el Consejo de Gobierno está formado por los siguientes consejeros: Cargo Nombre José María Barreda Presidencia Fontes Vicepresidencia y Consejería de Economía y María Luisa Araújo Hacienda Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 25 de 27
  • 26. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Consejería de Presidencia y Administraciones Santiago Moreno Públicas Consejería de Educación, Ciencia y Cultura María Ángeles García Consejería de Ordenación del Territorio y Julián Sánchez Pingarrón Vivienda Consejería de Salud y Bienestar Social Fernando Lamata José Luis Martínez Consejería de Agricultura y Medio Ambiente Guijarro Consejería de Empleo,Igualdad y Juventud Paula Fernández Pareja Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 26 de 27
  • 27. Las instituciones de ESPAÑA y CASTILLA-LA MANCHA Conclusión Hemos aprendido mucho sobre las instituciones. Creemos que es importante saber sobre España y Castilla-La Mancha. Esta trabajo a sido divertido. Nos gusta aprender en grupo. Bibliografía Navegadores : Mozilla Firefox y Google. Sitios con mucha información : Wikipedia. Otros sitios : La página oficial. Colegio Juan Ramón Jiménez 5ºB 2011/2011 Conocimiento del medio 27 de 27