La contratación del Estado en Perú se estima en más de S/. 50,000 millones o 10% del PBI. La Ley de Contrataciones del Estado promulgado en julio 2014 busca simplificar y agilizar la contratación de manera que se integre con el proceso presupuestal y otros sistemas del Estado.
Luis Bossano, profesor de Postgrado UPC y especialista en contrataciones del estado, nos explica los cambios más importantes de esta nueva ley y sus implicancias.
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Nueva Ley de Contrataciones del Estado (Perú) - Luis Bossano Lomellini
1. CAMBIOS RECIENTES A LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Luis Miguel Bossano Lomellini
2. Importancia de la Contratación Pública
•S/. 50,000 millones (10% del PBI)
•40% del gasto público
•2,890 entidades
•142,000 proveedores inscritos en RNP
•120,000 contratos, 42,000 proveedores
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3. Marco Legal Vigente de la Contratación Pública
Artículo 76 de la Constitución:
•Bienes y obras con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación
•Contratación de servicios por concurso público
•Ley establece procedimiento, excepciones y respectivas responsabilidades
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4. Marco Legal Vigente de la Contratación Pública
•Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 (modificada por Ley Nº 29873)
•Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF
•Vigencia: 01 de febrero de 2009
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5. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Características:
•Exceso de regulación, a nivel de Ley y reglamento - 34 directivas del OSCE.
•Inadecuada regulación de la gestión y operación de las contrataciones
•Visión formal, legalista y procedimental, con una regulación detallada y restrictiva del quehacer operativo.
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6. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
•Exceso de procesos de selección sin una diferenciación sustancial entre sí
•Excesivo formalismo y rigidez al que debe someterse la elaboración de las bases y la evaluación de propuestas, lo que hace más compleja la contratación, define su excesiva duración y determina condiciones de escasa competencia.
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7. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Efectos:
•Reducción de la competencia efectiva, - 1.5 postores por proceso.
•Procesos declarados desiertos - 20%
•Elevados costos de transacción, que se generan en la demora de los procesos. actos preparatorios demoran en promedio 53 días hábiles.
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8. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Efectos:
•Existen 30 regímenes de excepción, con procedimientos de contratación más ágiles y con reglas particulares.
•Dificultad de adaptación de los procedimientos a condiciones del mercado en rápida evolución, a nuevas técnicas de contratación y a tecnología.
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9. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Efectos:
•No se promueve la toma de decisiones de tipo estratégico u operativo considerando las razones de oportunidad y conveniencia que se presentan en cada caso, lo que impide lograr la eficiencia y calidad de la compra pública
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10. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Efectos:
•Procedimientos excesivamente regulados y concentrados en el desarrollo de pasos estrictos y formales, obstaculizan la actuación del gestor logístico.
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11. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Se hace necesario una nueva Ley para:
•Incorporar nuevas técnicas de contratación
•Simplificar procedimientos haciéndolos más ágiles, transparentes y que sean capaces de reducir costos de transacción
•Integrar la planificación de las Entidades con el proceso presupuestal
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12. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Se hace necesario una nueva Ley para:
•Sostener un sistema electrónico de contrataciones con orientación transaccional e integrado con otros sistemas del gobierno.
•Promocionar el acceso a la compra pública y la competencia bajo condiciones de igualdad de trato.
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13. Diagnóstico Situacional de la Contratación Pública
Se hace necesario una nueva Ley para:
•Promocionar la especialización o profesionalización de los funcionarios en contrataciones, quienes deberán contar con diversas capacidades, - experticia en estrategias de mercado, análisis de sistemas de información, fluctuaciones del costo - beneficio de una contratación (determinación del ahorro).
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14. Ley Nº 30225 - Nueva Ley de Contrataciones del Estado
•Publicada el 11 de julio de 2014
•Reglamento: plazo máximo para su elaboración: 180 días calendario
•Vigencia: 30 días calendario después de publicado el Reglamento
•Se estima que entre en vigencia en enero de 2015
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15. Finalidad de la Ley
•Promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados (donde la compra es evaluada en función de su contribución a las metas institucionales)
•Cumplimiento de fines públicos
•Repercusión positiva en condiciones de vida de los ciudadanos
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16. Principios
a)Libertad de Concurrencia
b)Igualdad de trato
c)Transparencia
d)Publicidad
e)Competencia
f)Eficacia y Eficiencia
g)Vigencia Tecnológica
h)Sostenibilidad Ambiental y Social
i)Equidad
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17. Principios
Se reducen de 13 a 9 principios
No figuran los principios de:
•de Promoción al Desarrollo Humano
•de Economía (Libertad de Concurrencia)
•de Razonabilidad
•de Moralidad (en Cod. Etica Fun. Púb.)
•de Imparcialidad
•de Libre Concurrencia y Competencia (se divide en 2)
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18. Se reducen de 22 a 14 supuestos
•Contrataciones específicas reguladas por una norma especial que define un procedimiento distinto
•No son contrataciones de bienes, servicios u obras, sino operaciones de naturaleza y finalidad distinta regulados por normas específicas
Supuestos de Inaplicación
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19. •Monto mínimo para aplicar la Ley sube de 3 UIT (S/. 10,400) a 8 UIT (S/. 30,400)
•Contrataciones con proveedores no domiciliados cuando se sustente la imposibilidad de realizar contratación a través de los métodos de la Ley.
•Contrataciones que efectúe Ministerio de Relaciones Exteriores - Ley Nº 30154
Supuestos de Inaplicación
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20. •Contrataciones que realice el Estado peruano con otro Estado.
•Reglamento establece aspectos y requisitos aplicables.
•Directiva del OSCE establecerá criterios de supervisión
Supuestos de Inaplicación
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21. •Velar y promover que las Entidades realicen contrataciones eficientes, bajo parámetros de la Ley, su reglamento y normas complementarias, la maximización del valor de fondos públicos y gestión por resultados.
•Administrar y operar el Registro Nacional de Árbitros y de Secretarios Arbitrales
•Acreditar y supervisar las instituciones arbitrales que organicen y administren arbitrajes de contrataciones del Estado
Funciones del OSCE
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22. Contrataciones menores o iguales a 8 UIT
Multa de 5% a 15% de la propuesta económica o del contrato
-Desistirse/retirar injustificadamente propuesta
-Incumplir injustificadamente obligación de perfeccionar contrato
-Subcontratar sin autorización de la Entidad
-Registrarse como participante, presentar propuesta o suscribir contrato sin contar con inscripción vigente en el RNP
Sanciones
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23. •Se elimina valor referencial para bienes y servicios, distintos a consultorías de obras y se reemplaza por valor estimado
•Comité de Selección opcional para todos los procesos
•Certificación de crédito presupuestario debe mantenerse desde la convocatoria hasta la suscripción de contrato
Actos Preparatorios
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24. a)Licitación Pública (bienes y obras)
b)Concurso Público (servicios)
c)Adjudicación Simplificada (bienes y servicios, salvo servicios prestados por consultores individuales)
d)Selección de Consultores individuales
-no requiere equipos de personal ni apoyo profesional adicional
-requisitos primordiales: experiencia y calificaciones de la persona natural
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Métodos de Contratación
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25. e)Comparación de Precios - bienes y servicios de disponibilidad inmediata, que sean fáciles de obtener o que tengan un estándar en el mercado
f)Subasta Inversa Electrónica (se elimina Subasta Inversa Presencial)
g)Contratación Directa
h)Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco
i)Otros que establezca el Reglamento
Métodos de Contratación
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26. •Rechazo de ofertas
•Se elimina los encargos de procesos a organismos internacionales
•Recurso de apelación: valor referencial o valor estimado mayor a 65 UIT (S/. 247,000) lo resuelve el Tribunal, monto menor el Titular de la Entidad
Fase de Selección
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27. •Se elimina la garantía por el monto diferencial de la propuesta
•Modificación del contrato no debe afectar su equilibrio económico financiero, sino la parte beneficiada debe compensar económicamente a la parte perjudicada para restablecer el equilibrio.
•Junta de Resolución de Disputas, paso previo al arbitraje de obras
Ejecución Contractual
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