Infoctenologia para el aprendizaje, unidad vi (uapa)
1. Nombres: Marcel Paola Batista Moreno
Matricula: 2018-03261
Tema: El plagio, descripción bibliográfica y uso de la
información
Facilitador: Sofía Sánchez
Correo: 201803261@p.uapa.edu.do
2. 1. Consulta la bibliografía:
Argudo, Sílvia, and Amadeu Pons.(2013). Ética y Legislación sobre el uso
de la Información: En Mejorar las búsquedas de información, Editorial
UOC. ProQuest Ebook Central,
https://ebookcentral.proquest.com/lib/uapasp/detail.action?docID=321
4198, pp: 83-88
Biblioteca Universidad Sevilla. (2015). Evitar el plagio: Biblioteca de la
Universidad de Sevilla. Recuperado a partir de
https://www.youtube.com/watch?v=ZBJg42PIkFI
Ley Nº 65-00 de Derecho de Autor. (2000). Wipo.int. Retrieved 26
December 2017, from
http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=181047
2. Luego de estudiada la bibliografía , realiza un resumen con los
contenidos relacionados con el concepto de plagio, pasos para evitar el
plagio, formas para integrar los textos de otros autores en nuestros
trabajos académicos, regulaciones estipuladas sobre las citas de autor
por la Ley 65-00 de derecho de autor de la República Dominicana.
3. Realiza una presentación en PowerPoint y súbala a la plataforma.
3. El plagio, por lo tanto, es una infracción del
derecho de autor. El creador de una obra, o
quien posee los derechos correspondientes,
sufre un daño por estas copias ilegítimas y
está en condiciones de exigir un
resarcimiento. Básicamente, existen dos
formas de plagiar un trabajo: realizar copias
ilegítimas de una obra protegida por los
derechos de autor o presentar una copia y
hacerla pasar por un producto original.
Ambas acciones dan derecho a los
perjudicados de llevar al infractor a juicio, y
las consecuencias suelen consistir en la
imposición de distintos tipos de multas y
sanciones.
4.
5. Tomar siempre los datos de la fuente de la
que se obtiene la información. Citar la frase
o el párrafo directamente del original y
acreditar la autoridad y fuente mediante una
cita o referencia bibliográfica. Parafrasear
las palabras originales del autor y acreditar
la autoridad mediante una cita o referencia
bibliográfica.
6. Disposiciones generales .Art. 1.- Las disposiciones de
la presente ley se reputan de interés público y social.
Los autores y los titulares de obras literarias,
artísticas y de la forma literaria o artística de las
obras científicas, gozarán de protección para sus
obras de la manera prescrita por la presente ley.
También quedan protegidos los derechos afines de los
artistas intérpretes o ejecutantes, productores de
fonogramas y organismos de radiodifusión. Art. 2.-
El derecho de autor comprende la protección de las
obras literarias y artísticas, así como la forma
literaria o artística de las obras científicas,
incluyendo todas las creaciones del espíritu en los
campos indicados, cualquiera que sea el modo o
forma de expresión, divulgación, reproducción o
comunicación, o el género, mérito o destino.