El documento define el matrimonio como la unión legal entre un hombre y una mujer que establece una comunidad de vida. Explica que existen diferentes sistemas de matrimonio (religioso, civil, mixto) y teorías sobre su naturaleza y fines. También describe los requisitos formales y de fondo del matrimonio como la capacidad, el consentimiento y la diversidad de sexos, así como las formas primarias y secundarias de probar un matrimonio.
1. República Bolivariana de Venezuela. Ministerio
del Poder Popular Para la Educación Superior
Universidad Bicentenaria de Aragua. Núcleo
Valle de la Pascua Escuela de Derecho
Facilitador : alumna
Mariana Alzaher
C.I: V-25864169
2. ● Es la institución
fundamental del Derecho de
familia, ya que es la base de
la familia.
● La palabra matrimonio
puede tomarse en el sentido
de vínculo o estado conyugal
y también en el sentido de
acto por el cual se origina y
constituye esa relación, el
vínculo matrimonial.
● Puede definirse el
matrimonio como el acto
solemne mediante el cual un
hombre y una mujer
constituyen entre sí una
unión legal que establece
entre ellos una plena y
perpetua comunidad de vida.
Definición:
3. La concepción social del matrimonio
o teoría transpersonalista:
• afirma que el fin del matrimonio
es la reproducción o procreación,
la conservación de la especie.
• La concepción individualista del
matrimonio: sostiene que el fin del
matrimonio es el mutuo auxilio, el
complemento entre los cónyuges.
• El Derecho Canónico: señala
como fines primarios la
conservación de la especie y la
educación de la prole y, como
fines secundarios, el mutuo auxilio
entre los cónyuges y el remedio a
la concupiscencia.
4. • Sistema religioso:
Sólo se reconoce la validez del
matrimonio celebrado de acuerdo a
los dictados de la religión oficial del
Estado.
• Sistema civil:
Impera en la mayoría de los países
civilizados y en Venezuela es el
único matrimonio válido, de acuerdo
al Art. 44 C.C., aunque nada obsta
para que los contrayentes puedan,
después de celebrado el matrimonio
civil, cumplir los ritos de la religión
que profesen.
• Sistema mixto de religioso y civil.
5. Definición:
Es un compendio de los
dictados del Derecho Romano y
del canónico.
Características del matrimonio.
• Monogámico o Unitario.
• Es de orden público.
• Carácter civil.
• Perpetuo o permanente
• Laicismo.
• Solemne.
• Consensual(Consentimiento)
• Intervención del Estado.
• Disoluble
6. • Teoría Contractualita.
• Teoría que el
matrimonio es un
negocio jurídico
complejo.
• La naturaleza jurídica
del matrimonio desde
dos ángulos.
• El matrimonio es un
contrato
institucionalizado
7. Son aquellos que se relacionan
directamente con su celebración; se trata
de las solemnidades o formalismos del
acto jurídico matrimonial. Los requisitos
formales del matrimonio son dos: Los
esponsales (y su publicación) y el acto
propiamente dicho de la celebración.
Los esponsales son las promesas mutuas
realizadas de manera pública, entre un
hombre y una mujer, de contraer
matrimonio en una fecha futura
8. • Diversidad de Sexos: El matrimonio no
puede contraerse sino entre un solo
hombre y una sola mujer.
• Capacidad: La capacidad de contraer
matrimonio y los requisitos de fondo del
matrimonio se rigen para cada uno de
los contrayentes, por el Derecho de su
respectivo domicilio.
• Consentimiento matrimonial: Es la
manifestación libre y consciente de su
voluntad de unirse en matrimonio y, por
tanto, aceptarse mutuamente como
marido y mujer.
9. Primarias:
• Copia Certificada del Acta de
Celebración.
• Posesión de estado de Cónyuges.
• Sentencia Penal.
Secundarias:
Copia Certificada de Acta del Registro
Civil, distinta de la del matrimonio que se
pretende probar.
La admisión del matrimonio sin
contradicción (jurisprudencia