ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
El matrimonio
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Glisber Lozada
Prof. Antonella Cianfaglione
SAIA: “H”
2. Escriche define el matrimonio como “la sociedad
legítimamente constituida por el hombre y la mujer,
que se unen con vínculo indisoluble, para perpetuar la
especie, ayudarse a llevar el peso de la vida y
participar de una misma suerte”.
Fundamento legal
Definición
Art. 77 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Art. 44 Código Civil V.
3. Elementos necesarios para la existencia del Matrimonio:
1.- Diferencia de Sexo. 2.- El consentimiento- de los
futuros esposos.
3.- La celebración del
matrimonio ante el oficial
del estado civil.
4.- La pubertad de los esposos.
5.- Ausencia de cierto grado de
parentesco por consanguinidad o
afinidad o ausencia de incesto.
6.- Ausencia en cada esposo de un
matrimonio anterior no disuelto,
ausencia de bigamia.
7.- Publicidad del matrimonio.
Disolución del Matrimonio
Es la extinción de un matrimonio válidamente contraído, pudiendo darse por:
Art. 184 C.C.V
1.- Muerte de uno de los esposos
2.- Divorcio
4. Disolución Del Matrimonio
Características:
Es de orden público
Es necesaria la intervención del Juez.
Causales de disolución 185 y 185 A del C.C.
Nulidad Matrimonial
Es una causa de ineficacia de un
matrimonio, supone la invalidación del
matrimonio por la existencia de un vicio o
defecto esencial en su celebración.
5. Clasificación de las nulidades del matrimonio:
Cuando la norma violada en su
celebración y que determina la ineficacia
del vinculo y que ha sido consagrada por
la ley con el único y exclusivo propósito
de salvaguardar el orden público.
Nulidad absoluta:
Nulidad relativa: Es cuando la norma legal violada en su
celebración que determina la ineficacia del
vínculo y protege intereses de orden público
y a la vez fue consagrado por el legislador
como protección al interés particular de
algunos de los contrayentes o de ambos.
6. Procedimiento para la Nulidad del Matrimonio
De acuerdo con el Artículo 752 del CPC se sustancia por los mismos trámites
del juicio ordinario.
“Los juicios sobre nulidad del matrimonio
se sustanciaran y decidirán por los
tramites del procedimiento ordinario con
intervención del Ministerio Publico…”.
7. Es la unión estable de hecho, la cohabitación o vida en común, elemento que
puede ser sustituido por:
La convivencia en visitas
constantes, socorro mutuo,
ayuda económica reiterada,
vida social conjunta, e hijos,
entre un hombre y una mujer,
sin impedimentos para
contraer matrimonio, tal unión
será con carácter de
permanencia.
Que la pareja sea soltera,
formada por divorciados o
viudos entre sí o con
solteros, sin que existan
impedimentos dirimentes
que impidan el matrimonio
8. Elementos:
Unidad: Implica que solo se puede
establecerse entre un solo hombre
y una sola mujer.
Consentimiento: Se fundamenta
en el acuerdo de voluntades en
convivir juntos como pareja, bajo
el mismo techo, sin ningún
impedimento para contraer
nupcias
Perpetuidad: Debe existir prolongado
en el tiempo, mínimo dos años.
Formalidad: No existe ninguna
formalidad, solo el acuerdo de los
concubinos en permanecer juntos
bajo un mismo techo, y sin que
ninguno tenga impedimentos para
el matrimonio.
Disolubilidad: Puede quedar disuelto
por la voluntad de las partes en
cualquier momento. Toda vez que
interrumpan la cohabitación y por
ende la permanencia.
9. Requisitos:
-Que se dé entre un solo
hombre y una sola mujer,
estabilidad o consistencia.
-Tratamiento recíproco de
marido y mujer.
-Que ninguno de los
concubinos esté casado
-Que se trate de una unión
espontánea y libre.