RESUMEN
INTRODUCIÓN
DESARROLLO
ARTÍCULOS SEÑALADOS POR LA LEY QUE JUSTIFICAN LA PORTACIÓN DE ARMAS
BENEFICIOS AL PORTADOR
RIESGOS AL PORTADOR
RIESGOS A LA SOCIEDAD
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA Y/O FUENTES CONSULTADAS
CITAS TEXTUALES
Pandemia y seguridad: Reingeniería de los Medios de Identificación Humana
¿Es bueno tener armas de fuego en casa?
1. LICENCIATURA EN CRIMINOLOGÍA
DHTIC
MTRO. MANUEL MIRANDA QUIROZ
ALUMNA: MARILY ORTIZ JIMENEZ
MATRICULA: 201444311
ENSAYO: ¿Tener armas de fuego en
casa es buena opción?
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2. ÍNDICE
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PAGINA
RESUMEN…………………………………………………………….…………1
INTRODUCIÓN………………………………………………………………….2
DESARROLLO………………………………………………………………….3
ARTÍCULOS SEÑALADOS POR LA LEY QUE JUSTIFICAN LA PORTACIÓN
DE ARMAS………………………………………………………………………3
BENEFICIOS AL PORTADOR………………………………………………..4
RIESGOS AL PORTADOR……………………………………………………4
RIESGOS A LA SOCIEDAD…………………………………………………..5
CONCLUSIÓN…………………………………………………………………..6
BIBLIOGRAFÍA Y/O FUENTES CONSULTADAS…………………….…...7
CITAS TEXTUALES……………………………………………………………7
3. RESUMEN
En México, desde mi punto de vista, es legal tener un ejército
poderosamente armado al servicio de un particular siempre y cuando tenga las
autorizaciones correspondientes 1
Se trata de seguridad, de prevención o simplemente de un estado mental
de sentirse a salvo de tanta delincuencia, no se sabe concretamente, depende
creo yo que depende de cada ciudadano.
Poder concluir en si es bueno o malo tener un arma de fuego en casa es
un asunto complicado, no se puede concluir de una manera concreta porque
cada individuo vela por sus propios intereses y analiza sus propias garantías. Se
dan razones a favor y otras en contra para tratar de comparar la tesis y sacar la
conclusión más prudencial posible, teniendo en cuenta siempre la seguridad del
individuo mismo pero también de la sociedad cercana, como su familia y
sociedad en general como las personas que viven a su alrededor.
Garantizar un ámbito seguro y libre de delincuencia no corresponde a una
sola persona o de con que está dispuesto a enfrentarla, sino más bien de la
sociedad en general, de la cultura de los individuos y de otros factores un poco
ajenos y desviados del tema principal, pero puede suscitarse que se necesite
autodefensa, que se necesite el poder hacernos justicia y para eso tener un arma
puede ser necesario.
1 Héctor Villarreal. OPINIÓN: La posesión de armas en México, ¿un derecho al alcance de pocos?,
http://mexico.cnn.com/
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4. INTRODUCCIÓN
Hoy en día la delincuencia está mucho más frecuente en la vida diaria y
ha incrementado de una forma extraordinaria en los últimos tiempos. Los
elementos de seguridad, llámese policía federal, estatal, municipal o el mismo
ejército no brindan la seguridad que los ciudadanos necesitan para estar
tranquilos incluso en su propia casa, los robos a casa habitación o secuestros
dentro de la misma vivienda están en pleno apogeo, ahora realmente nadie saber
realmente como defenderse o que hacer ante estos casos; por esta razón
algunos ciudadanos han optado por tener armas de fuego en algún rincón de su
casa ya sea de forma visible o escondidas, quizá por la seguridad psicológica
que esto les brinda, o porque en algún momento piensen que pueden llegar a
necesitarla, pero ¿realmente es bueno, o ante qué situación o problemáticas nos
podemos enfrentar?, esta serie de preguntas me lleva a la tesis siguiente y base
fundamental del ensayo: ¿Tener armas de fuego en casa es buena opción?.
Se mencionaran algunas razones del porque si y porque no, ya que en
algunos artículos constitucionales se autoriza dicho uso de armas pero por
cuestiones de seguridad social pudiera ser un peligro, o simplemente para la
misma familia, podría darse el caso de colocarla en un lugar de fácil acceso para
los menores donde pudieran ocurrir accidentes que traigan consigo problemas
legales realmente serios.
Si se da el caso que pese a todos los inconvenientes sociales por
cuestiones de seguridad se desea poseer el arma, se tienen que cumplir una
serie de lineamientos legales, para que en caso de algún percance se pueda
responder de forma legar.
Toda esta problemática está planteada exclusivamente en México, ya que
en otros países si cuentan con derechos de posesión estrictos incluso de forma
obligatoria, es necesario de alguna manera para proteger su persona, su casa,
su familia, etc., pero ciertamente las personas no se capacitan, o por lo menos
no una mayoría y esto nos lleva a una problemática de peligro para el mismo
individuo que puede provocarse accidentes por el mal uso de la arma.
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5. DESARROLLO
¿Tener armas de fuego en casa es buena opción?
Para contestar esta tesis es necesario analizar el problema desde los
puntos opuestos, lleno desde el motivo más peligroso hasta el más beneficiario.
ARTÍCULOS SEÑALADOS POR LA LEY QUE JUSTIFICAN LA PORTACIÓN
DE ARMAS
En Estados Unidos es distinto. Casi cualquiera puede simplemente ir a
una tienda de autoservicio y comprar un rifle automático. En muchos estados ese
rifle se puede traer escondido en el auto de forma legal. En México para
salvaguardar la seguridad individual del ciudadano, ley federal de armas de
fuego y explosivos otorga ciertos privilegios para portar armas de fuego y
explosivos de forma legal, aunque es cierto que muchas personas las portan sin
tener algún tipo de permiso por el gobierno sino simplemente de forma “ilegal”,
algunos de esos artículos son:
CAPITULO SEGUNDO Posesión de armas en el domicilio
ARTÍCULO 15.- En el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y
defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de
manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional, para su registro. Por cada
arma se extenderá constancia de su registro.
ARTÍCULO 16.- Para los efectos del control de la posesión de armas, las
personas físicas deben manifestar, un único domicilio de residencia permanente
para sí y sus familiares.
ARTÍCULO 17.- Toda persona que adquiera una o más armas, está obligada a
manifestarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días.
La manifestación se hará por escrito, indicando, marca, calibre, modelo y
matrícula si la tuviera.
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6. El Artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice
lo siguiente:
"Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer
armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de
las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del
Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará
los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los
habitantes la portación de armas."
BENEFICIOS AL PORTADOR
La autodefensa, el respaldo de sus bienes materiales, y la seguridad que
esto conlleva son los beneficios principales que tiene o siente un portador, el mal
manejo de la seguridad y el apogeo delictivo ha hecho que la ciudadanía
pretenda hacer justicia por su propia mano, aunque bien claro está que esto ante
la constitución no está permitido, siempre hay que esperar a que las autoridades
responsables y encargadas se hagan cargo del asunto, pero dada la ineficiencia
de ellas hemos caído en la necesidad de protegernos nosotros mismos. Aunque
en dado caso que se llegara a suscitar un percance, la misma constitución nos
puede amprar bajo el resguardo de la defensa propia.
RIESGOS AL PORTADOR
Los riesgos son muchísimos, pueden ir desde un homicidio
preterintencional hasta un homicidio imprudente, en el primer caso se podría
suscitar que fuera de la necesidad de protección se haga uso de la arma, y
podrían arremeter contra el portador problemas legales. En mi opinión particular
un homicidio imprudente es lo más probable, el arma si se tiene con intención de
usarla en algún caso de peligro tendría que estar en un lugar “visible” y sobre
todo accesible, pero si en la familia existen menores o aunque no los haya,
pueden tener visitas y correr el riesgo de hacer un mal uso y provocar accidentes
de carácter lamentable.
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7. RIESGOS A LA SOCIEDAD
La sociedad podría verse amenazada en caso de un mal uso de la arma ya se
de forma directa o indirecta respecto al uso que se le dé suponiendo un uso
irresponsable por el portador, de otra manera, no tendría por qué verse afectada
e incluso ni siquiera estaría enterada de quienes son portadores de armas,
ciertamente no considero que exista un peligro como tal teniendo en cuenta un
uso adecuado, por el contrario es relativamente peligroso. Se puede dar el caso
también que individuos mentalmente no aptos, con algunos tipos de trastornos
psicológicos puedan acceder a permisos del gobierno para portar un arma, en
estos caso la sociedad está en peligro inminente porque no se sabe cuándo esa
persona pueda hacer un uso inadecuado sin tener noción del mal y daño que
esta provocando.
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8. CONCLUSIÓN
La portación de armas está garantizada por la ley y se puede hacer uso
de ellas en determinados casos necesarios, la misma ley lo ampara pero de no
ser así, de darse un uso inadecuado, la misma ley tiene la obligación de
castigarlo. Tener un control total sobre las personas con armas es difícil incluso
me atrevo a decir que imposible, es por eso que para proteger la integridad de
las personas y porque no también existen trasfondos en programas que lleva
realizando el gobierno para que entregues armas a cambio de electrodomésticos
sin ningún tipo de cuestionamientos porque se está consiente que hay civiles
que no saben usarlas, que jamás han usado una y esto puede provocar
problemas en la sociedad.
Es correcto y bueno hasta cierto punto tener un arma en casa, siempre y
cuando sea de forma legar, se sigan los lineamientos solicitados por el gobierno
y lo principal y más necesario se tenga la noción de su uso así como asegurar
un lugar para mantenerla guardada sin que se arriesgue la vida de alguien más
y algo sumamente fuera del marco legal que para portarla no se requiere es
algún tipo de estudio psicológico, civiles con trastornos mentales no expuestos
de manera notoria pueden ser sumamente peligrosos con un arma y generar
demasiados problemas, se tendría que incluir de algún modo un tipo de análisis
para garantizar una protección a la seguridad de la ciudadanía y del mismo
portador.
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9. BIBLIOGRAFÍA Y/O FUENTES CONSULTADAS
ECHEVERRIA ALVAREZ, LUIS. LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y
EXPLOSIVOS. Estados Unidos Mexicanos: Presidencia de la República,
1972.
Elizondo Mayer Carlos. "El derecho a portar armas. "excelsior . 10/07/2014
.excelsior. 23 septiembre
2014.http://www.excelsior.com.mx/opinion/carlos-elizondo-mayer-serra/
7
2014/07/10/970071.
CITAS TEXTUALES
(1) Héctor Villarreal. OPINIÓN: La posesión de armas en México, ¿un
derecho al alcance de pocos?, http://mexico.cnn.com/