1. EL MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y FINANZAS - MEF
Mg. Lucía Buleje Ayala
Docente
2. DECRETO LEGISLATIVO N° 183, LEY ORGÁNICA DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
◦ El Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, es el organismo
encargado del planeamiento y ejecución de la política económica
del Estado Peruano con la finalidad de optimizar la actividad
económica y financiera del Estado, establecer la actividad
macroeconómica y lograr un crecimiento sostenido de la economía
del país.
◦ Su sede central se encuentra en la ciudad de Lima.
◦ Está regido por el Decreto Legislativo Nº 183 y sus modificatorias
◦ Sector que impulsa el crecimiento económico sostenido, que
contribuye a una mejor calidad de vida de los peruanos, garantizando
una política fiscal responsable y transparente, en el marco de la
estabilidad macroeconómica.
3. DECRETO LEGISLATIVO N° 183, LEY ORGÁNICA DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
El Ministerio es el encargado de establecer las políticas tributarias y de
definir cómo se va a utilizar el presupuesto estatal.
El ministerio de finanzas es su transversalidad. Es decir, se relaciona con
todos los otros ministerios, determinando cuál será su presupuesto en
cada periodo (usualmente cada año).
Garantizar que el Estado cuente con los recursos suficientes para afrontar
eventuales choques externos.
Definir las obras públicas prioritarias, buscando identificar cuáles son las
que tendrían el mayor impacto positivo en la economía.
4. DECRETO LEGISLATIVO N° 183, LEY ORGÁNICA DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
El Ministerio es el encargado de organizar los concursos públicos para
proyectos de inversión. Asimismo, define en qué casos se conformarán
asociaciones público-privadas.
Artículo N° 5: Corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas: planear,
dirigir y controlar los asuntos sobre tributación, política aduanera,
financiación, endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad, así
como armonizar la actividad económica nacional.
5. ORGANIZACIÓN DEL M.E.F.
El Ministerio de Economía y Finanzas tiene la siguiente organización:
◦ Alta Dirección, conformada por:
◦ El Ministro
◦ Vice Ministros de Economía,
◦ Viceministro de Hacienda, y
◦ La Secretaria general
◦ Órganos Consultivos
◦ Órgano de Control Institucional
◦ Órgano Resolutivo
◦ Órgano de Defensa Judicial
◦ Órganos de Administración Interna
◦ Órganos de Línea dependientes del Viceministro de Hacienda y
del Viceministro de Economía
6.
7. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES
Consolidar el
equilibrio y
sostenibilidad fiscal.
Mejorar el nivel de
estabilidad de los
ingresos públicos.
Lograr una mayor
apertura económica y
armonización del
mercado de bienes y
servicios.
Incrementar la
cobertura y eficiencia
de los mercados
financieros y
previsional privado.
Reactivar la inversión
orientada al cierre de
brechas de
infraestructura social
y productiva.
Mejorar la calidad del
gasto público en los
diversos niveles de
gobierno.
Optimizar la
transparencia y
rendición de cuentas
en el sector público.
Modernizar la gestión
institucional del
Ministerio.
8. FUNCIONES DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Planear, dirigir y controlar los
asuntos relativos a la política
fiscal, financiación,
endeudamiento, presupuesto y
tesorería.
Planear, dirigir y controlar los
asuntos relativos a la política
arancelaria.
Administrar con eficiencia los
recursos públicos del Estado.
Planear, dirigir y controlar las
políticas de la actividad
empresarial financiera del
Estado, así como armonizar la
actividad económica.
9. EL MINISTRO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS
El Ministro de Economía y Finanzas, es quién establece
los objetivos y orienta, formula, dirige y supervisa las
políticas del Sector en armonía con la política general y
los planes de gobierno
Coordinar con los titulares de los demás ministerios y organismos de
Administración Pública las actividades vinculadas con el ámbito de su
competencia
Supervisar la aplicación de la política sectorial por parte de los organismos
públicos descentralizados
Proponer proyectos de dispositivos legales
Expedir resoluciones ministeriales sobre asuntos de su competencia
Supervisa el Banco Central de Reserva del Perú y a la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administraciones Privadas de Fondo de Pensiones.
ATRIBUCIONES:
10. EL MINISTRO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
Banco Central de Reserva del Perú BCRP
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
11. EL MINISTRO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS
ORGANISMOS PÚBLICOS
Superintendencia de mercado de Valores SMV
Oficina Nacional Previsional ONP
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT
Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT
Central de Compras Públicas - Perú
12. EL MINISTRO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS
EMPRESAS NACIONALES DE DERECHO PÚBLICO
Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad
Empresarial del Estado
FONAFE
Banco de la Nación BN
13. SECRETARIA GENERAL
Es el nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de
asesoramiento y apoyo del Ministerio
Sus funciones son:
o Asesorar a la Alta dirección en las materias de su competencia
o Dirigir y supervisar la marcha administrativa del Ministerio
o Expedir resoluciones de Secretaria General que resulten necesarias en el
marco de sus competencias
o Expedir directivas sobre asuntos administrativos del Ministerio par el
adecuado funcionamiento de los órganos que se encuentran bajo su
supervisión
14. VICEMINISTRO DE HACIENDA
Encargado de diseñar, proponer y evaluar la política de
hacienda, dirige y supervisa las acciones de los órganos
bajo su ámbito funcional
Órgano de Dirección
• Despacho de Viceministro de hacienda
Órganos de Apoyo
• Secretaría Ejecutiva
Órganos de Línea
• Dirección general de Presupuesto Público
• Dirección general de Contabilidad Pública
• Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público
• Dirección General de Gestión de Recursos Públicos
Cuenta con los siguientes
órganos:
15. VICEMINISTRO DE HACIENDA
FUNCIONES
Formular, coordinar, ejecutar y supervisar las materias de presupuesto
Coordinar, orientar y supervisar las actividade3s que cumplen los órganos de línea
a su cargo
Emitir resoluciones viceministeriales y directivas en las materias que le
correspondan
16. VICEMINISTRO DE ECONOMÍA
Diseña, propone y evalúa la política económica y social
que sea coherente con la estrategia de desarrollo
nacional a largo plazo; manteniendo una visión de
conjunto de la economía del país
Órgano de Dirección
• Despacho de Viceministro de Economía
Órganos de Apoyo
• Secretaría Ejecutiva
Órganos de Línea
• Dirección General de Política Macroeconómica
• Dirección General de Política de Ingresos Públicos
• Dirección General de Política de Inversiones
• Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales
• Dirección General de Mercados Financieros, Laborales Y Previsional
• Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad.
Cuenta con los siguientes
órganos:
17. VICEMINISTRO DE ECONOMÍA
FUNCIONES
Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la Política Macroeconómica, Política
Microeconómica, Política de Ingresos Públicos, Política de Inversiones
Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los órganos de línea
a su cargo
Emitir las Resoluciones Viceministeriales y Directivas en materias que le
correspondan
18. SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA-SNIP
El artículo 3° de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de
Inversión Pública, modificado por el artículo único de la Ley
N°28802, dispone el que el Ministerio de Economía Y Finanzas, a
través de la Dirección General de Programación Multianual del
Sector Público, es la mas alta autoridad técnico normativa del SNIP
y dicta normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los
proyectos de inversión pública.
El Artículo N°1 establece: la creación del SNIP cuya finalidad es
optimizar el uso de los recursos públicos destinada a la inversión,
a través de principios, procesos, metodologías y normas técnicas
relacionadas con los proyectos de inversión.