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CÓDIGO DE POLICÍA

            MERCADEO
         CÓDIGO DE POLICÍA




           Presentado por:
      MAURICIO GÓMEZ MONTOYA




        Presentado al profesor:
    ALEXANDER VARON SANDOVAL




UNIVERSIDAD DE SANBUENAVENTURA CALI
  FACULTAD DE INGENIERÍA INDUSTRIAL
            MARZO DE 2012
CÓDIGO DE POLICÍA


   1. Identificar cuáles son los elementos que protegen de comportamientos anti-
      éticos.

Básicamente casi todos los puntos apuntan a la protección de los ciudadanos de
acciones anti-éticas, pero a continuación se relacionan los más sobresalientes con
su respectiva explicación organizados por títulos y capítulos.

TITULO PRIMERO.

CAPITULO II – PRINCIPIOS RECTORES.

En este capítulo se hace referencia básicamente a los derechos que como
ciudadanos tenemos, lo que la Policía debe hacer oportunamente para garantizar
la protección de los ciudadanos, se resaltan los siguientes puntos:

Artículo 9: Dignidad humana: Las autoridades deben respetar y hacer respetar
los derechos y garantías propias de la dignidad de las personas -Si se cumple este
artículo la población puede sentir más seguridad al interactuar con las personas.

Artículo 14: Rapidez, oportunidad y eficacia: Decisión de las autoridades con
prontitud, celeridad y eficiencia - Confianza en el momento de un evento no
deseado.

Artículo 16: Educación: Las autoridades realizan campañas de carácter educativo
– Por este medio se puede concientizar a las personas sobre derechos, deberes y
ética ciudadana.

CAPITULO III – DEBERES.

Indican los parámetros que debemos cumplir para no afectar en actos a las demás
personas, al cumplir estos deberes garantizamos en gran porcentaje el buen
comportamiento.

Artículo 22: Deberes: Se hace claridad sobre los deberes de las personas
buscando tener equidad de la autoridad y entre los civiles.
CÓDIGO DE POLICÍA



TITULO SEGUNDO

CAPITULO I

Artículo 24. Medios de apoyo para las personas en situación de discapacidad:
Las personas en situación de discapacidad podrán utilizar los medios que
requieran para desarrollar su vida – Evitando discriminación por condiciones
físicas.

CAPÍTULO II - LIBERTAD DE REUNIÓN

En donde se hace énfasis en la libertad de expresión.

Artículo 25: Reuniones y marchas: Las personas podrán reunirse, marchar o
desfilar en sitio público, con el fin de exponer sus ideas – Se autoriza para que las
personas manifiesten sus no conformidades tratando de evitar nuevos
comportamientos no convencionales y que mediante el artículo 26 no permite el
porte de elementos peligrosos.

CAPITULO III – LIBERTAD ECONÓMICA

Artículo 31: Pesas y medidas: Las autoridades de policía podrán verificar, en
cualquier momento, la exactitud de las pesas y medidas en establecimientos –
Con esta medida se protege al ciudadano de estafas principalmente.


CAPITULO V – ESPECTACULOS

Hace énfasis en medidas preventivas en sitios públicos que beneficien al
ciudadano en diferentes factores de inseguridad.

Artículo 42: Obligaciones: En la realización de los espectáculos, las autoridades de
policía verificarán y exigirán que se adopten las máximas medidas de seguridad y
salubridad – Garantizan al público mayor cubrimiento en seguridad y comodidad.

CAPITULO VIII – LA PROSTITUCIÓN

L a prostitución es el empleo más antiguo del mundo, en este capítulo se trata de
rehabilitar las personas que ejercen este trabajo y evitar en lo posible la ejecución
de este.

Artículo 59-60: Prevención-Carnetización: Facilitar la rehabilitación de la persona
prostituida y carnet de salubridad: Se considera un oficio anti-ético por esto tratan
en lo posible de que no se ejecute esta labor, pero de ser así se exige
CÓDIGO DE POLICÍA

carnetización para “garantizar” que esta persona se encuentra en buen estado de
salud.

LIBRO II – TITULO I

CAPITULO III – ÓRDENES

ARTÍCULO 69-70 Definición-obligatoriaridad: La órdenes deben ser con base en
la ley y los ciudadanos las deben cumplir: De este modo se trata de garantizar la
convivencia y tranquilidad entre los ciudadanos.

CAPÍTULO VI – MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y DE PROTECCIÓN

Este punto es muy importante porque trata de todo lo que hace la autoridad para
garantizar protección al ciudadano.

Artículo 78 – Protección de personas: Mantener una persona hasta por doce
horas para que la ley disponga de el por haber ocasionado problemas: Lo que se
trata de hacer con este artículo es que la persona que esté generando actividades
que afecten a los demás sean retenidos hasta nueva orden cuidando la integridad
de los demás.

CAPÍTULO IX – REGISTRO DE PERSONAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE

Artículo 88-89 – Requisa a personas: La autoridad podrá requisar a las personas
y sus pertenencias así como a vehículos: Así se lleva un control sobre lo que
alguna persona puede poseer que ponga en riesgo la integridad física y moral de
otra persona en caso de ser utilizado indebidamente.


CAPITULO X – EMPLEO DE LA FUERZA

Artículo 90 – Uso de la fuerza: Sol se debe hacer cuando es estrictamente
necesario – También se debe garantizar que la autoridad no atente contra los
ciudadanos de manera injusta.

TITULO II – MOTIVOS Y MEDIDAS DE POLICIA

CAPÍTULO I – COMPORTAMIENTOS QUE FAVORECEN LA CONVIVENCIA:

Artículo 98: Son todas las acciones que fomentan y fortalecen el ejercicio de los
derechos – Es un factor vital porque se transmite al ciudadano a colaborar para
evitar estos comportamientos que afecten en general la ciudadanía mediante
apoyo a las autoridades con información voluntaria.
CÓDIGO DE POLICÍA

Artículo 104 y 107: Amonestación y promesa de buena conducta: Son llamados
de atención para que las personas no vuelvan a cometer errores y se compromete
a la persona para que se comprometa a cambiar – Mediante esta práctica se
busca avisar al personal de que lo que hizo no este bien hecho y no lo vuelva a
hacer.


   2. ¿Cuáles de esos elementos se conocen y practican?

En el código de Policía existen varios artículos que se conocen entre los
ciudadanos porque son de uso cotidiano claro que no todos se cumplen en su
totalidad, pero también hay muchos que no se conocen y esto genera conductas
que puede afectar al ciudadano.

Es más fácil decir cuales elementos en mi concepto no se cumplen o no se
conocen y deberían ser atendidos por los responsables:

    Rapidez, oportunidad y eficacia: La mayoría de veces cuando
     necesitamos la colaboración de las autoridades no llegan a tiempo, este es
     un factor en contra porque la atención al ciudadano debe ser inmediata.

    Deberes: La mayoría de los ciudadanos no conocen oficialmente los
     deberes a cumplir, muchas veces se cumplen por lógica o por que otros lo
     hacen.

    Espectáculos: La autoridades deben garantizar seguridad en los eventos
     públicos: Un ejemplo concreto es entrada y salida al estadio, la policía sabe
     quiénes son los que generen disturbios y no toman las medidas de
     prevención necesaria, además se habla en el artículo sobre castigo a estas
     personas desde suspensión para asistir hasta 6 meses a espectáculos
     públicos, hasta la cárcel, es evidente que no castigan a estas personas solo
     hasta cuando hay víctimas fatales.

    Ordenes: Las autoridades pueden dar órdenes y los ciudadanos deben
     cumplirlas siempre y cuando estén estipuladas en la ley, pero pasa algo
     muy repetitivo y es el abuso de la autoridad porque el ciudadano no conoce
     la ley y estos personajes se aprovechan de esta debilidad para realizar
     actos anti-éticos.

    Registro de personas: En muchas ocasiones se requisa a las personas o
     vehículos para sacar un beneficio económico y no como medida de control.

    Empleo de la fuerza: Se evidencia constantemente que la policía abusa
     del ciudadano hasta el punto de agredir físicamente o simplemente
     ocasionar la muerte, todo esto se debe a distintos conflictos entre autoridad
CÓDIGO DE POLICÍA

      y civiles, la imagen que se tiene de la autoridad no es la mejor por todos
      esto hechos de corrupción y abuso de autoridad.

    Hago relación al artículo relacionado con los espacios públicos porque las
     personas no conocen las sanciones por violar las normas y las autoridades
     tampoco las divulgan, por ejemplo fumar en espacio público genera una
     multa, esto no se cumple en su totalidad, los espacios públicos no son solo
     discotecas, también son parques y la calle en sí, se deben crear campañas
     educativas en este tema.

    Ingreso al predio: ‘Saben los ciudadanos cuando la autoridad puede entrar
     a su casa y bajo que condiciones? Respuesta, no creo, eso no lo
     conocemos porque las autoridades en general divulgan los deberes del
     ciudadano y no los derechos.


   3. ¿Cómo el marketing podría ayudar el conocimiento de esos derechos?

Pienso que la razón por la cual se desconocen o no se cumplen las normas en
este país es por FALTA DE EDUCACIÓN, el gobierno debe educar a los
ciudadanos para crear cultura, por ejemplo, la solución no es una multa, eduque al
ciudadano para que no infrinja la ley. Falta de campañas, concientización
personalizada y para esto el gobierno debe gestionar los recursos necesarios para
llevar a cabo lo que puede ser la solución del problema: EDUCACIÓN.

Cuando se habla de educación, campañas, divulgación y en general la
comunicación, el marketing está involucrado principalmente porque es la forma o
estrategia con la cual se va a llegar al ciudadano, estas estratégias deben ser
eficaces para que puedan garantizar una cobertura significativa y se refleje en el
comportamiento de los civiles y autoridades.

El marketing juega un papel muy importante para que el ciudadano conozca sus
derechos y deberes, su función es diseñar la estrategia adecuada para llegar a
esa población satisfactoriamente por las diferentes vías de comunicación.

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Ensayo código de policía.

  • 1. CÓDIGO DE POLICÍA MERCADEO CÓDIGO DE POLICÍA Presentado por: MAURICIO GÓMEZ MONTOYA Presentado al profesor: ALEXANDER VARON SANDOVAL UNIVERSIDAD DE SANBUENAVENTURA CALI FACULTAD DE INGENIERÍA INDUSTRIAL MARZO DE 2012
  • 2. CÓDIGO DE POLICÍA 1. Identificar cuáles son los elementos que protegen de comportamientos anti- éticos. Básicamente casi todos los puntos apuntan a la protección de los ciudadanos de acciones anti-éticas, pero a continuación se relacionan los más sobresalientes con su respectiva explicación organizados por títulos y capítulos. TITULO PRIMERO. CAPITULO II – PRINCIPIOS RECTORES. En este capítulo se hace referencia básicamente a los derechos que como ciudadanos tenemos, lo que la Policía debe hacer oportunamente para garantizar la protección de los ciudadanos, se resaltan los siguientes puntos: Artículo 9: Dignidad humana: Las autoridades deben respetar y hacer respetar los derechos y garantías propias de la dignidad de las personas -Si se cumple este artículo la población puede sentir más seguridad al interactuar con las personas. Artículo 14: Rapidez, oportunidad y eficacia: Decisión de las autoridades con prontitud, celeridad y eficiencia - Confianza en el momento de un evento no deseado. Artículo 16: Educación: Las autoridades realizan campañas de carácter educativo – Por este medio se puede concientizar a las personas sobre derechos, deberes y ética ciudadana. CAPITULO III – DEBERES. Indican los parámetros que debemos cumplir para no afectar en actos a las demás personas, al cumplir estos deberes garantizamos en gran porcentaje el buen comportamiento. Artículo 22: Deberes: Se hace claridad sobre los deberes de las personas buscando tener equidad de la autoridad y entre los civiles.
  • 3. CÓDIGO DE POLICÍA TITULO SEGUNDO CAPITULO I Artículo 24. Medios de apoyo para las personas en situación de discapacidad: Las personas en situación de discapacidad podrán utilizar los medios que requieran para desarrollar su vida – Evitando discriminación por condiciones físicas. CAPÍTULO II - LIBERTAD DE REUNIÓN En donde se hace énfasis en la libertad de expresión. Artículo 25: Reuniones y marchas: Las personas podrán reunirse, marchar o desfilar en sitio público, con el fin de exponer sus ideas – Se autoriza para que las personas manifiesten sus no conformidades tratando de evitar nuevos comportamientos no convencionales y que mediante el artículo 26 no permite el porte de elementos peligrosos. CAPITULO III – LIBERTAD ECONÓMICA Artículo 31: Pesas y medidas: Las autoridades de policía podrán verificar, en cualquier momento, la exactitud de las pesas y medidas en establecimientos – Con esta medida se protege al ciudadano de estafas principalmente. CAPITULO V – ESPECTACULOS Hace énfasis en medidas preventivas en sitios públicos que beneficien al ciudadano en diferentes factores de inseguridad. Artículo 42: Obligaciones: En la realización de los espectáculos, las autoridades de policía verificarán y exigirán que se adopten las máximas medidas de seguridad y salubridad – Garantizan al público mayor cubrimiento en seguridad y comodidad. CAPITULO VIII – LA PROSTITUCIÓN L a prostitución es el empleo más antiguo del mundo, en este capítulo se trata de rehabilitar las personas que ejercen este trabajo y evitar en lo posible la ejecución de este. Artículo 59-60: Prevención-Carnetización: Facilitar la rehabilitación de la persona prostituida y carnet de salubridad: Se considera un oficio anti-ético por esto tratan en lo posible de que no se ejecute esta labor, pero de ser así se exige
  • 4. CÓDIGO DE POLICÍA carnetización para “garantizar” que esta persona se encuentra en buen estado de salud. LIBRO II – TITULO I CAPITULO III – ÓRDENES ARTÍCULO 69-70 Definición-obligatoriaridad: La órdenes deben ser con base en la ley y los ciudadanos las deben cumplir: De este modo se trata de garantizar la convivencia y tranquilidad entre los ciudadanos. CAPÍTULO VI – MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y DE PROTECCIÓN Este punto es muy importante porque trata de todo lo que hace la autoridad para garantizar protección al ciudadano. Artículo 78 – Protección de personas: Mantener una persona hasta por doce horas para que la ley disponga de el por haber ocasionado problemas: Lo que se trata de hacer con este artículo es que la persona que esté generando actividades que afecten a los demás sean retenidos hasta nueva orden cuidando la integridad de los demás. CAPÍTULO IX – REGISTRO DE PERSONAS Y MEDIOS DE TRANSPORTE Artículo 88-89 – Requisa a personas: La autoridad podrá requisar a las personas y sus pertenencias así como a vehículos: Así se lleva un control sobre lo que alguna persona puede poseer que ponga en riesgo la integridad física y moral de otra persona en caso de ser utilizado indebidamente. CAPITULO X – EMPLEO DE LA FUERZA Artículo 90 – Uso de la fuerza: Sol se debe hacer cuando es estrictamente necesario – También se debe garantizar que la autoridad no atente contra los ciudadanos de manera injusta. TITULO II – MOTIVOS Y MEDIDAS DE POLICIA CAPÍTULO I – COMPORTAMIENTOS QUE FAVORECEN LA CONVIVENCIA: Artículo 98: Son todas las acciones que fomentan y fortalecen el ejercicio de los derechos – Es un factor vital porque se transmite al ciudadano a colaborar para evitar estos comportamientos que afecten en general la ciudadanía mediante apoyo a las autoridades con información voluntaria.
  • 5. CÓDIGO DE POLICÍA Artículo 104 y 107: Amonestación y promesa de buena conducta: Son llamados de atención para que las personas no vuelvan a cometer errores y se compromete a la persona para que se comprometa a cambiar – Mediante esta práctica se busca avisar al personal de que lo que hizo no este bien hecho y no lo vuelva a hacer. 2. ¿Cuáles de esos elementos se conocen y practican? En el código de Policía existen varios artículos que se conocen entre los ciudadanos porque son de uso cotidiano claro que no todos se cumplen en su totalidad, pero también hay muchos que no se conocen y esto genera conductas que puede afectar al ciudadano. Es más fácil decir cuales elementos en mi concepto no se cumplen o no se conocen y deberían ser atendidos por los responsables:  Rapidez, oportunidad y eficacia: La mayoría de veces cuando necesitamos la colaboración de las autoridades no llegan a tiempo, este es un factor en contra porque la atención al ciudadano debe ser inmediata.  Deberes: La mayoría de los ciudadanos no conocen oficialmente los deberes a cumplir, muchas veces se cumplen por lógica o por que otros lo hacen.  Espectáculos: La autoridades deben garantizar seguridad en los eventos públicos: Un ejemplo concreto es entrada y salida al estadio, la policía sabe quiénes son los que generen disturbios y no toman las medidas de prevención necesaria, además se habla en el artículo sobre castigo a estas personas desde suspensión para asistir hasta 6 meses a espectáculos públicos, hasta la cárcel, es evidente que no castigan a estas personas solo hasta cuando hay víctimas fatales.  Ordenes: Las autoridades pueden dar órdenes y los ciudadanos deben cumplirlas siempre y cuando estén estipuladas en la ley, pero pasa algo muy repetitivo y es el abuso de la autoridad porque el ciudadano no conoce la ley y estos personajes se aprovechan de esta debilidad para realizar actos anti-éticos.  Registro de personas: En muchas ocasiones se requisa a las personas o vehículos para sacar un beneficio económico y no como medida de control.  Empleo de la fuerza: Se evidencia constantemente que la policía abusa del ciudadano hasta el punto de agredir físicamente o simplemente ocasionar la muerte, todo esto se debe a distintos conflictos entre autoridad
  • 6. CÓDIGO DE POLICÍA y civiles, la imagen que se tiene de la autoridad no es la mejor por todos esto hechos de corrupción y abuso de autoridad.  Hago relación al artículo relacionado con los espacios públicos porque las personas no conocen las sanciones por violar las normas y las autoridades tampoco las divulgan, por ejemplo fumar en espacio público genera una multa, esto no se cumple en su totalidad, los espacios públicos no son solo discotecas, también son parques y la calle en sí, se deben crear campañas educativas en este tema.  Ingreso al predio: ‘Saben los ciudadanos cuando la autoridad puede entrar a su casa y bajo que condiciones? Respuesta, no creo, eso no lo conocemos porque las autoridades en general divulgan los deberes del ciudadano y no los derechos. 3. ¿Cómo el marketing podría ayudar el conocimiento de esos derechos? Pienso que la razón por la cual se desconocen o no se cumplen las normas en este país es por FALTA DE EDUCACIÓN, el gobierno debe educar a los ciudadanos para crear cultura, por ejemplo, la solución no es una multa, eduque al ciudadano para que no infrinja la ley. Falta de campañas, concientización personalizada y para esto el gobierno debe gestionar los recursos necesarios para llevar a cabo lo que puede ser la solución del problema: EDUCACIÓN. Cuando se habla de educación, campañas, divulgación y en general la comunicación, el marketing está involucrado principalmente porque es la forma o estrategia con la cual se va a llegar al ciudadano, estas estratégias deben ser eficaces para que puedan garantizar una cobertura significativa y se refleje en el comportamiento de los civiles y autoridades. El marketing juega un papel muy importante para que el ciudadano conozca sus derechos y deberes, su función es diseñar la estrategia adecuada para llegar a esa población satisfactoriamente por las diferentes vías de comunicación.