R.a. no.059 reconocimiento años servicos aurelio huallpa huayhua
1. Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
Correo electrónico muniayaviri@hotmail.com
“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 059 -2012-MPM-A.
Ayaviri, 15 de Febrero del 2012.
VISTO:
La solicitud con registro Nº 9499, instado por el servidor Aurelio Huallpa Huayhua sobre reconocimiento de
años de servicio, Informe Nº 443-2011-OP-MPM-A, Opinión Legal Nº 019-2012-MPM-A, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales de
participación vecinal y promotores de desarrollo local, con autonomía política, económica y administrativa en
asuntos de su competencia estipulados en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No.27972, concordante con el
artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Ley No.27680;
Que, servidor Aurelio Huallpa Huayhua, solicita el reconocimiento de años de servicio dentro de la entidad,
ello de conformidad a la Resolución de Alcaldía Nº 210-2007-MPM-A, de fecha 04.06.2010, para cuyo efecto
adjunta certificados de trabajo en copias simples;
Que, el reconocimiento de años de servicio es aquel beneficio que se otorga a los servidores quienes hayan
laborado en una entidad pública, cabe señalar que ni la Ley Nº 23733 ni el Decreto Legislativo Nº 276 sostienen una
limitación respecto a la referida acumulación de tiempo de servicios cuando el servidor a formado parte de distintos
grupos ocupacionales y en distintas entidades del Estado, por ende los mismos merecen ser reconocidos para
efectos de cómputos de determinados beneficios laborales que la ley franquea a determinado servidor;
Que, asimismo el Tribunal constitucional en el Fundamento Tercero del Expediente Nº 450-2003-AA/TC, ha
indicado que es procedente la acumulación de tiempo de servicios siempre que dicha acumulación no provenga de
servicios prestados al sector privado o servicios prestados bajo este régimen;
Que, del Informe Nº 443-2011-OP-MPM-A, emitido por el Jefe de Personal, se evidencia que el servidor Sr.
Aurelio Huallpa Huayhua ha laborado en la Municipalidad Provincial de Melgar en forma discontinua desde el año
1995 hasta el 2006; y apartir del 08 de agosto del año 2007 hasta el 31 de diciembre del año 2011 en forma
ininterrumpida teniendo la condición de personal contratado de naturaleza permanente en virtud de la Resolución
de Alcaldía Nº 210-2007-MPM-A, por lo que siendo así, se puede evidenciar que el citado servidor a laborado para la
misma Entidad en forma discontinua y continua, por lo que es menester disponer la acumulación del tiempo de
servicio prestados a la Municipalidad Provincial de Melgar ;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6,20 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley No.27444 Ley de Procedimientos Administrativo General y con visación de la Gerencia
Municipal, Dirección General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ACUMULAR los meses y años de servicio del servidor Sr. AURELIO HUALLPA HUAYHUA
al 31 de Diciembre del 2011, en Diez (10) años y Un (01) mes, prestados a favor de la Municipalidad Provincial de
Melgar
Artículo Segundo.- RECONOCER a favor del servidor Sr. AURELIO HUALLPA HUAYHUA, Diez (10) años, Un
(01) Mes de servicios al 31 de Diciembre del 2011, en la Municipalidad Provincial de Melgar, trabajador de la
División de Recursos Naturales, Parques, Jardines y Áreas Verdes (Ornato) de la Municipalidad Provincial de Melgar.
Artículo Tercero.-NOTIFIQUESE al interesado para los fines pertinentes, así como a la Dirección General de
Administración para su conocimiento.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
LHH/A
WCH/SG
C.C.
DGA
INT.
ARCH.