1. Migración e infancia
¿Y los derechos de este
nuevo actor?
Articulo 2
Todos los derechos deben ser aplicados a todos los niños, sin
excepción alguna, y es obligación del Estado tomar las medidas
necesarias para proteger al niño de toda forma de discriminación.
OPD IQUIQUE
2. Un poco de historia
Por medio de la iniciativa de Don Jorge Soria
Quiroga, en el año 2004 la Ilustre Municipalidad de
Iquique y el Servicio Nacional de Menores inician un
trabajo por la protección de los derechos de la
Infancia. El programa tiene por objetivo la instalación
de una instancia de protección de los derechos de la
infancia capaz de entregar atención profesional a
situaciones de vulneración de derechos que afecten
a niños, niñas y adolescentes y sus familias, y
realizar actividades de promoción del reconocimiento
de niñas y niños como sujetos de derecho.
3. La misión de Sename es contribuir a la
restitución de derechos de niños, niñas y
adolescentes vulnerados, así como a la
responsabilización y reinserción social
de los adolescentes infractores de ley, a
través de prestaciones de calidad
mediante una red de programas
ejecutados directamente o por organismos
colaboradores del Servicio.
Unas palabras de Paula Soto
4. Unas Palabras de Jorge Soria
“Acá debemos entretener,
cuidar y por sobre todo
educar a los niños con
una excelente educación.
Ese es mi compromiso y
debe ser el de ustedes
con sus hijos”,
5. OBJETIVOS DEL TALLER
1.Aprender algo nuevo
2.Dejar algo nuevo
Terminamos el taller trabajando en grupo, elaborando un
“afiche-póster-cartel-hoja de oficio” con una idea fuerza,
un mensaje en el que podamos mostrar algunas de las
ideas desarrolladas en esta actividad.
Debe incluir los nombres de los que participaron en su
construcción.
aprendemos:
10 % de lo que leemos,
20 % de lo que oímos,
30 % de lo que vemos
50 % de lo que vemos y oímos
70 % de lo que discutimos con otras personas
80 % de lo que probamos
95 % de lo que enseñamos a otras personas
7. LOS DERECHOS
Uno de los elementos más importantes del ser humano, de los niños y
niñas, es su necesidad de convivir con otros.
La humanidad se hace a partir de todas las personas que conviven en
ella y todas… todas, todas, todas, aportan a construir la humanidad.
Una sociedad, un país, se construye con el aporte de todas las
personas por igual.
Los derechos son las condiciones que permiten crear una relación
sana, integrada y directa entre la persona y la sociedad (nuestra
humanidad).
Ejercer nuestros derechos, nos permite ser personas integras, y por lo
tanto aportar íntegramente a la humanidad.
Ejercer los derechos, permite a cada individuo, a cada niño, a cada
niña contar con todos los elementos para aportar a construir un
mundo humano, una nación propia en la que…TODOS, TODAS,
TENEMOS DERECHOS.
8. ¿Qué es la Convención sobre los Derechos
del Niño?
Es un convenio de Naciones Unidas que describe los
derechos que tienen los niños y niñas; establece normas
para su bienestar en diferentes etapas de su desarrollo.
La Convención constituye el primer código universal del
niño, y los países que la firman aceptan someterse
legalmente a sus estipulaciones.
9. La Convención sobre los Derechos del Niño está
vigente en Chile desde 1990.
Nuestro país firmó ese acuerdo internacional en enero de 1990 junto a otros 57
países.
Luego fue aprobado por el Congreso Nacional y ratificado ante la Organización de
las Naciones Unidas (ONU) el 14 de agosto de 1990
DIA DEL NIÑO.
10. Artículo 2
Se respetarán los derechos de la Convención y asegurarán su aplicación a cada
niño, sin distinción alguna, independientemente:
el color
el sexo
el idioma
la religión
el origen nacional
los impedimentos físicos
cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus
representantes legales.
Veamos algunos artículos de la convención
11. Artículo 28
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y en particular:
a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos;
b) Fomentar el desarrollo, de la enseñanza secundaria, hacer que todos los niños
dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales
como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia
financiera en caso de necesidad;
c)
d)
e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir
las tasas de deserción escolar.
12. Artículo 29
1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar
encaminada a:
a);
b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;
c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, ….y de las civilizaciones distintas de la
suya;
d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con
espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos
los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena;
e)
13. Artículo 24
• 1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de
salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los
Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al
disfrute de esos servicios sanitarios.
• 2. Los Estados Partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular,
adoptarán las medidas apropiadas para:
– a)
– b) Asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria que sean
necesarias a todos los niños, haciendo hincapié en el desarrollo de la atención primaria de
salud;
– c)
– d) Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres;
– e)
– f).
• 3.
14. Y la migración?
• El fenómeno de las migraciones, si bien no es reciente en Chile,
desde hace algunos años se le ha otorgado el carácter de problema.
• Principalmente asociado a que el contingente migratorio posterior a
los años 90 corresponde a lo que se le ha denominado migración
sur-sur y además no se incorpora formalmente a ningún espacio en
los planes de la política pública chilena.
15. Y la Infancia?
La Infancia, es el nuevo sujeto de las migraciones, y lo hace en una
condición especial como acompañante de sus padres o tutores, en
muy raras ocasiones, la decisión de efectuar el viaje y buscar
oportunidades en un nuevo país es una decisión de los niños o
niñas.
La infancia, como en muchas otras ocasiones, se ve instalada en un
contexto que no ha solicitado o gestionado; se ve afectada, en este
caso, por todas las dificultades y riesgos que las prácticas
migratorias conllevan, y pone a prueba, a la hora de ejercer sus
derechos, todas la estructura burocrática de nuestro país, que se
ha promovido como país de acogida.
16. Y en Tarapacá?
Estas situaciones no son ajenas a la región de Tarapacá, por el contrario en ella encontramos
procesos acelerados en relación al resto del país principalmente por sus particularidades
geográficas, históricas y económicas.
El hecho de que la región se encuentra muy cerca de lo que se le ha denominado la triple
frontera Chile, Perú, Bolivia ha caracterizado a la región desde siempre como una zona en la
que el fenómeno de la migración es algo dinámico.
Estos espacios son reconocidos como espacios particulares de construcción de identidad a
través de las migraciones entre ellos un son un buen ejemplo son los espacios
transfronterizos de Lípez (Sur de Bolivia) con Iquique-Antofagasta (Norte de Chile),
caracterizados por su alto grado de integración, de migración definitiva (de Bolivia hacia
Chile) y de migración alternante (por trabajo y comercio) en estos casos las relaciones son
ancestrales y corresponden una lógica cultural que genera preferencias de intercambios
institucionales. (Mazurek, 2009).
Y a ello se agrega que en tiempos del salitre, fue un espacio multinacional, donde
predominaron tres nacionalidades: la chilena, peruana, y boliviana (Calle, 2008).
Vemos en ello elementos facilitados por la geografía y la economía que han tomado distintos
énfasis en la historia de Tarapacá. También es reconocido que la ciudad de Iquique, desde
la década de 1960 crece con migrantes en busca de mejores perspectivas y con la población
propia de la ciudad. (Pinto, 1998)
17. Y Ahora?
• En la actualidad la región es reconocida como una de las regiones
con mejores índices de empleo y crecimiento, en el primer trimestre
de 2012 la región anotó un alza en la actividad económica regional de
2,1%, respecto a igual período del año anterior, registrando su quinta
variación positiva, en tanto mantiene además la tasa de ocupación
más alta con un 62,9%, (INACER, mayo 2012; IER, abril 2012)
• Este hecho la convierte nuevamente en una zona de atractivo
migratorio tanto para los chilenos como para los extranjeros de zonas
cercanas. En los últimos años la región de Tarapacá aparece
concentrando el 6,6 del total de la población inmigrante.
18. Ejercicio N° 1
• Armar grupos.
• Presentarse con su nombre y contar sobre la ciudad
de origen de sus padres.
• Hacer una segunda ronda, presentarse nuevamente
con su nombre y contar sobre su propia ciudad de
origen.
• Hacer una tercera ronda, presentarse nuevamente
con su nombre y contar si tienen hijos y la ciudad de
origen de estos, y contar también donde les gustaría
vivir cuando sean algo mas mayores aun.
• Reflexionar sobre la migración.
19. Que esta pasando en la región con los
niños y niñas?
• Se pone en entredicho el acceso de los NNA al ejercicio de sus derechos debido
a circunstancias que están más allá de su responsabilidad (Salinas, 2007).
• Se coloca a los niños y niñas en una posición de gran vulnerabilidad cuando
por un lado la institución familiar se encuentra en crisis y por otro la
institución gubernamental no está preparada para dar respuesta a un
fenómeno emergente. (Sánchez, 2009). Si bien el cuidado de los hijos es
prioritario, esto no impide, que en muchas ocasiones se tomen riesgos en los
pasos no habilitados, o que definitivamente los NNA no ingresen a estudiar.
• Se conjugan todos los elementos más relevantes del fenómeno migratorio
contemporáneo en Chile, la horizontalidad Sur-Sur, feminización, y la
incorporación problemática de NNA.
20. Infancia y Migración en Tarapacá
Contexto general.
• Una de las mayores problemáticas se inician cuando no cuentan con
sus permisos de permanencia regularizados.
• La permanencia irregular e ilegal de la mayoría de los inmigrantes
trabajadores, viene acompañada con la informalidad laboral.
• De ello deriva en dificultades en acceso a múltiples derechos
sociales.
• Otro de los mayores problemas es el hacinamiento.
• Y la fuerte discriminación a la que se ven enfrentados por la
población iquiqueña.
21. Situación de la Infancia inmigrante
• Pese a la normativa vigente en Chile, el acceso a la educación de nnams. se ve
mermado, por las dificultades que tienen los adultos responsables al realizar los
tramites para la regularización; en parte por los costos que significan realizar los
trámites y por el tiempo que deben disponer para los mismos.
• La falta de documentación como certificados de estudios, o de nacimiento
significan un gran problema que hace que muchas de las veces la regularización de
los estudios cursados en el país no se realice en el tiempo estimado.
• Hijos de madre extranjera irregular nacidos en Chile, al llegar a los 6 años no
pueden seguir obteniendo atención medica .
• La situación de los niños y niñas que se encuentran con sus documentos
regularizados no es mucho mejor, ya que sus padres, no siempre cuentan con
contratos de trabajo que les permita acceder a los sistema de salud.
22. Conclusiones
El Estado Chileno:
1. Cuenta con una ley de inmigración, que no corresponde a la realidad actual de fenómeno
migratorio.
2. Ausencia de políticas públicas dirigidas a la población de extranjeros, residentes en Chile.
3. Ausencia de políticas educativas con un enfoque multicultural, de integración y no
discriminación de los niños y niñas inmigrantes en los contextos escolares.
Los Funcionarios:
1. Por desinformación o discriminación no cumplen con inscribir o atender a niños y niñas
inmigrantes que cuentan con los requisitos necesarios o están en evidente estado de
enfermedad.
2. Desinformación de parte de funcionarios educacionales sobre normativas que garantizan el
acceso al sistema de educación pública.
La Comunidad Inmigrante:
1. Desinformación de los padres, niños y niñas inmigrantes que cuentan con los requisitos
necesarios, no han sido inscritos en los consultorios de salud.
2. Pasividad de los padres, frente a sus problemáticas.
23. Supervivencia.
• La ausencia de un hogar seguro, muchos viven a la deriva de poder ser
expulsados del hogar.
• Muchas no pueden cubrir una alimentación adecuada para sus hijos,
debido a la falta de trabajo, o trabajos temporales.
• Las familias carecen de información necesaria con respecto a sus derechos
en los sistemas de salud, además, quienes estén en situación irregular solo
pueden ser atendidos en situaciones de urgencia, y a mujeres
embarazadas.
INFANCIA, FAMILIA Y MIGRACIÓN
24. Desarrollo.
• Falta información a las familias inmigrantes en relación a las acciones y requisitos
con los que deben cumplir para inscribir a sus hijos en los establecimientos
educacionales.
• Al momento de inscribir a sus hijos al sistema escolar chileno, se dificulta la
entrada por diversos motivos:
– Los padres no tienen documentos de residencia al día.
– Sus hijos no tienen documentos de residencia o identificación.
– Sus hijos no tienen la documentación de estudios realizados en el país de
residencia.
– Les han impuesto repetir un año escolar por venir de otro país.
– En el caso de la familia Palestina, ésta fue rechazada para ingresar al colegio
por tener un lenguaje y vestimenta distinto.
25. Protección
Lo que más preocupa a los padres, es el cambio abrupto que
viven sus hijos, al adecuarse a distintas costumbres y
culturas, lo más complicado para niños inmigrantes es la
adaptación a la ciudad, los padres intentan protegerlos de
situaciones conflictivas, ya sea en los colegios o con sus
pares.
En tanto desde la política publica no existe un programa
exclusivo que abarque el tema de la infancia inmigrante, solo
es considerada dentro del enfoque general y en lo que se
pueda apoyar desde distintos programas de intervención.
26. Participación
• Un alto déficit en la participación de los niños inmigrantes a
la comunidad, debido a la falta de espacios y tiempo para
compartir con sus pares, por el hecho de que sus padres
trabajan diariamente hasta altas horas y muchos de estos
niños y niñas deben acompañar a sus padres al trabajo, en
otros casos los padres los dejan solos en sus hogares a cargo
de personas extrañas, vecinos, amigos y/o hermanos, lo cual
conlleva muchos peligros para sus hijos.
27. Chile se compromete a otorgar una atención oportuna en pro de evitar
vulneraciones de derecho, incorpora por supuesto en este compromiso a niños,
niñas y adolescentes inmigrantes.
A continuación se darán a conocer los medios por los cuales las familias
inmigrantes e hijos puedan estar informados de sus derechos.
Las fuentes de información para esta presentación
son:
1.Circular 1179 /2003 de Interior
2.Ordinario: Nº 07/1008(1531) año 2005, De Ministerio de Educación.
3.Oficio Circular N° 6.232 de Mayo 2003, Departamento de Extranjería y
Migración.
4.Ordinario: A 14 nº 3229 año 2008, De Ministerio de Salud.
5.Oficio ORD-A-14 Nº 3.229 de Junio 2008, Ministra de Salud.
6.Resolución Exenta. Nº 1.914 de Marzo de 2008.
Y QUE DICE NUESTRA INSTITUCIONALIDAD.?
28. Circular 1179 /2003 del ministerio del
Interior
• El ministerio de interior, en conjunto con los
ministerios de educación, salud y secretaria
general de gobierno, han estado promoviendo
una serie de medidas tendientes a generar
acciones desde el estado que permitan reducir de
manera creciente la discriminación de que son
objeto ciudadanos extranjeros que residen en
nuestro país.
29. EN RELACION AL ACCESO A SALUDEN RELACION AL ACCESO A SALUD
• Convenio facilita el Acceso al Sistema Público de Salud de niñas, niños y adolescentes.
• En virtud de este convenio se acuerda proporcionar a todos los niños, niñas y adolescentes
menores de 18 años extranjeros atención de salud en los establecimientos de la red pública de
salud en igualdad de condiciones de sus pares chilenos, ello será valido para todos los menores de
18 años, independiente de su situación migratoria en Chile y la de sus padres, tutores o
representantes legales.
• Resolución Exenta. Nº 1.914 de Marzo de 2008.
• Acción Especial de Protección de la Maternidad.
• Medida conjunta con el Ministerio de Salud, tendiente a facilitar el acceso a los servicios de salud
en los establecimientos de la red pública de salud, para aquellas trabajadoras extranjeras, que
residiendo en Chile, quedan embarazadas. Ellas podrán optar a un permiso de residencia
temporaria certificando que controlan su situación de embarazo en el centro de salud que
corresponde a su domicilio.
Asimismo facilita y promueve la incorporación a los diversos establecimientos de educación general
básica y media a todos los hijos de migrantes que residen en Chile.
• Oficio Circular N°1.179, de enero 2003, Departamento de Extranjería y Migración.
Oficio ORD-A-14 Nº 3.229 de Junio 2008, Ministra de Salud.
30. Procedimientos de integración a Sistemas de Salud en la poblaciónProcedimientos de integración a Sistemas de Salud en la población
inmigranteinmigrante
El Ministerio de Salud y el Ministerio del Interior han firmado un Convenio aprobado por el
ministerio de Salud (resolución exenta 30 de noviembre 2007) y el Departamento de
Extranjería y migración del Ministerio del interior (resolución exenta 9 de Abril del
2008). ,que permitirá la entrega de un permiso de residencia temporaria a niños y niñas
menores de 18 años independientemente de su condición migratoria.
1. Se proporcionara a todos los niños y niñas menores de 18 años extranjeros, atención de
salud en los establecimientos de la red publica de salud, en igualdad de condiciones de
sus pares chilenos. Independientemente de su situación migratoria en Chile, la de
sus padres, tutores o representantes legales.
2. Para dar cumplimiento al punto anterior, se debe inscribir a niños y niñas en situación
migratoria irregular en establecimientos de atención primaria según sus domicilio.
2. Con fundamento en esta inscripción o en el certificado del medico tratante, que
acredite la atención en algunos de los centros de la red publica de salud, el menor
podrá solicitar ante la autoridad migratoria que corresponde a su domicilio un permiso
de residencia temporaria, en caso de no asistir a un establecimiento educacional.
2. De estar matriculado en un Colegio reconocido por el Estado podrá solicitar un permiso
de residencia de estudiante.
31. Mujeres embarazadas en situaciónMujeres embarazadas en situación irregularirregular
(Derechos del que esta por nacer)(Derechos del que esta por nacer) Circular 1179 /2003.
Oficio Circular N° 6.232..
Se debe otorgar una visa de residencia temporaria a la mujer que se
encuentra en estado de gravidez y que se controla regularmente en el
Consultorio que corresponde a su domicilio.
• En forma previa debe presentar, junto a la documentación general para
optar a un permiso de residencia, un certificado de control de embarazo
emitido por el consultorio al que la mujer asiste, con la firma y timbre de
una autoridad responsable de ese servicio.
• Se acogen a este beneficio, aquellas extranjeras, QUE HABIENDO TENIDO
UNA RESIDENCIA EN EL PAÍS, se encuentre vencida, debiendo acreditar su
condición de irregularidad y que son atendidas en los consultorios públicos,
correspondientes a su domicilio.
• De esta forma, este grupo inmigrante tiene la posibilidad de regularizar su
situación migratoria de forma expedita con el fin de poder ser atendida por
la red asistencial publica de salud en igualdad de condiciones que sus pares
chilenas.
32. Situaciones especialesSituaciones especiales
• Extranjeros que se encuentren en Chile sin haber regularizado su situación
migratoria tienen derecho a la atención de urgencia. Asimismo pueden atenderse
en forma privada cancelando el valor de las prestaciones médicas y hospitalarias.
• En cuanto a las acciones de promoción y protección de la salud de las personas que
tienen por objeto la conservación de la salud de la población previniendo riesgos
biomédicos, el Ministerio de Salud garantiza su aplicación a toda la población que
habita el territorio nacional.
• Entre ellas la educación para la salud; las inmunizaciones y el control nutricional. Lo
anterior es independiente de la situación provisional de las personas y se otorga en
forma gratuita en los consultorios y postas del sistema de salud que corresponda al
domicilio del solicitante, sin perjuicio de que también puedan otorgarlas
organismos públicos o privados con los que exista convenio para ello.
33. Y QUE NOS PASA EN REALIDAD.
• “Existen casos en los que en consultorios y hospitales se requiere el pago o la firma de un
pagaré para la atención a niños y niñas” (Asistente Social ONG, Arica).
• “Consultorios tienen rechazo a los extranjeros” (Asistente social, ONG, Antofagasta).
• “Hospitales niegan atención a refugiados” (Refugiado colombiano, Iquique).
• “No atienden si no tienen RUT” (Profesional ONG, Calama).
• “Si las cosas se hicieran como se ha hablado, la realidad de los migrantes sería otra.
Especialmente la gente de Salud es la que más discrimina a la gente” (Institución de Iglesia,
Calama).
• “Por la implementación de Agenda Digital, ningún paciente puede atenderse si no tiene Rut, en
consultorios se le da número ficticio sólo para consultorios” (Asistente Social Consultorio de
Salud, Calama).
Participantes de Foros Regionales proyecto “Campaña Nacional Derechos sin Fronteras para todos los Niños y Niñas”, Corporación Colectivo
Sin Fronteras-Anide. 2010
34. EN RELACION AL ACCESO EDUCACIONEN RELACION AL ACCESO EDUCACION
• Acción Especial de Acceso a la Educación.
• Medida conjunta con el Ministerio de Educación que facilita y promueve la incorporación a
los diversos establecimientos de educación general básica y media a todos los hijos de
migrantes que residen en Chile. En acuerdo con el Ministerio de Educación, se amplía circular
anterior (N° 1179) precisando en éste, lo referido al acceso a la educación de niños, niñas y
adolescentes, independiente la condición migratoria de sus padres.
• El servicio se solicita directamente en los establecimientos educacionales. Mayor
Información en las Oficinas de Atención Ciudadana de las Secretarias Regionales de
Educación y los Departamentos Provinciales.
Oficio Circular N° 6.232 de Mayo 2003, Departamento de Extranjería y Migración.
Oficio ORD N° 07/1008(1531) de Agosto 2005 Ministro de Educación.
35. Oficio Circular N° 6.232 de Mayo 2003,
Departamento de Extranjería y Migración.
• El objetivo radica en permitir la incorporación a
los diversos establecimientos de educación
general básica y media reconocidos por el estado
a todos los hijos de migrantes que residan en
chile, asegurando el derecho a la educación,
incluso para aquellos menores que se encuentren
en condición de irregular.
36. Oficio ORD N° 07/1008(1531) de Agosto 2005
Ministro de Educación.
• Orientar a las autoridades educacionales del país en relación con el derecho a ingresar,
permanecer y progresar en el sistema escolar nacional de todos los niños, niñas y jóvenes
inmigrantes que cumplan con los requisitos que se señalarán, no pudiendo ser causal para
no hacerlo el hecho de provenir de otro país o no tener los padres regularizada su residencia
en el país.
• Facilitar la incorporación de dichos alumnos(as) a los establecimientos educacionales del
país, la permanencia y progreso en el sistema.
• Cautelar que las autoridades educacionales, el personal docente y el personal no docente de
los establecimientos no establezcan diferencias arbitrarias entre los alumnos en razón de su
nacionalidad u origen.
• Difundir en las comunidades escolares que cualquier forma de discriminación en contra de
los alumnos(as) inmigrantes es contraria al principio de igualdad, debiendo promover
siempre el respeto por aquellos alumnos que provienen de otros países.
37. I.- Del procedimiento y criterios de admisión:
• 1.- Las autoridades educacionales y los establecimientos deberán otorgar todas las facilidades para que los alumnos inmigrantes
puedan ingresar, a la brevedad, al sistema escolar.
• 3.- Para estos efectos, será suficiente requisito que el postulante presente al establecimiento una autorización otorgada por el
respectivo Departamento Provincial de Educación y un documento que acredite su identidad y edad.
• 4.- Los Departamentos Provinciales de Educación deberán otorgar en forma expedita la autorización para matricula provisional
al alumno que lo requiera, para lo cual será suficiente que acompañe la documentación que acredite su identidad, su edad y
últimos estudios cursados en el país de origen, no pudiendo constituir impedimento el hecho de que estos documentos no
cuenten con el trámite de legalización.
• 5.-Mientras el alumno se encuentre con “matrícula provisoria” se considerará como alumno regular para todos los efectos
académicos, curriculares y legales a que diere lugar, sin perjuicio de la obligación del alumno de obtener, en el más breve plazo,
su permiso de residencia en condición de Estudiante Titular, …
• 6.- Los establecimientos educacionales deberán cautelar que los alumnos inmigrantes tengan resuelta su situación escolar y
estén matriculados en forma definitiva dentro del plazo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo de Educación Nº 651,
de 1995 y en todo caso antes del período de evaluaciones de fin de año.
• 8.-
• 9.-
38. II.- De las normas generales.
• 1.- Para la calificación y promoción escolar de los alumnos inmigrantes durante su primer año de incorporación al sistema escolar
se sugiere a los directores de establecimientos educacionales flexibilizar los requisitos de asistencia, …
• 2.- A los alumnos(as) inmigrantes se les aplicarán las normas comunes en relación con los cobros autorizados … así como también
podrán ser beneficiarios del sistema de exenciones … y del 15% de matrícula vulnerable,…
• 3.-En cuanto al uso del uniforme escolar, se sugiere que los directores flexibilicen el uso de …
• 4.- En cuanto al Seguro Escolar, estos alumnos(as) serán beneficiarios igualmente de él.
• 5.- Los alumnos(as) inmigrantes y sus padres y/o apoderados podrán participar en los Consejos Escolares y en cualquier otra
instancia de la misma naturaleza, …
• 6.- Los reglamentos internos que rijan las relaciones de convivencia al interior de cada establecimiento propenderán a fomentar
las buenas prácticas y la integración entre alumnos nacionales y extranjeros, amonestando a aquellos miembros de la comunidad
educativa que realicen actos o tengan expresiones discriminatorias por razones de nacionalidad, raza, color de piel, etc.
• 7.- Las situaciones relacionadas con esta materia no contempladas en la Circular serán resueltas en última instancia por el
Secretario Regional Ministerial respectivo.
40. Y que nos pasa en realidad…
• Dirección provincial de Educación instruye a que niños
y niñas repitan de curso, hasta que obtengan RUT.
(Profesional Red de Infancia, Iquique).
• Cotidianamente se discrimina a los niños y niñas
(Actores ONGs y sociedad civil, Iquique, Calama, Copiapó, Antofagasta).
• Directores de Escuelas solicitan RUT de niños y niñas para las matrículas
(Profesional ONG, Antofagasta).
• “Choferes no transportan a niños migrantes aunque tengan su carnet escolar”
(Profesor Escuela, Calama).
• “Niños y niñas que no logran sacar su visa no pueden ingresar a
programas de la JUNAEB para alumnos prioritarios”
(Profesional Escuela, Estación Central)
• Participantes de Foros Regionales proyecto “Campaña Nacional Derechos sin Fronteras para
todos los Niños y Niñas”, Corporación Colectivo Sin Fronteras-Anide. 2010
41. el informe alternativo emitido por la red chilena de migración e interculturalidad
julio 2011
• A pesar de la normativa, al término del año escolar no se pueden ingresar las notas
al sistema, promover a los alumnos formalmente si corresponde ni emitir los
certificados de los cursos aprobados. Esto, porque para dichos trámites se requiere
que el niño(a) tenga un RUN (Rol Único Nacional), sin el cual no es posible ser parte
del registro oficial de alumnos de Chile (SIGE, Sistema de información general de la
Educación, ex RECH, Registro de Educación de Chile). El RUN se otorga solamente a
los niños(as) que cuentan con una visa de estudiante o una visa de residencia
temporaria (Fuente: Oficina Ayuda MINEDUC, Ministerio de Educación de Chile,
enero de 2011). Casos extremos se han dado en Iquique, donde por instrucción del
Departamento Provincial de Educación se instruye no promover de año escolar a
niños y niñas que no cuenten con RUN, haciendo que repitan hasta tres años
consecutivos el mismo curso, en los casos en los que los padres no pueden
regularizar los documentos necesarios para tramitar las visas.
• Además el 30 de noviembre se termina el plazo de la matricula provisoria y los niños
y niñas, son excluidos del sistema escolar y de todas las actividades de finalización
de año.
42. ACCIONES PRACTICAS PARA RESOLVER NUESTROS
PROPIOS PROBLEMAS
• Participación permanente en mesa de Refugio y Extranjería .
• Capacitación en conjunto con la Provincial de educación a los establecimientos educacionales
de la comuna.
• Acuerdo con Junji-OPD respecto a los egresados de su sistema RES 6677 INTERIOR
• Presentar como alternativa que alumnos sean derivados a OPD en 8º y 4º medio.
• Utilización del convenio SENAME- Ministerio del Interior, y del protocolo SENAME Tarapacá-
Extranjería Local, En situaciones de vulneración de derechos. RES 106554 INTERIOR
• Promoción de la validación de estudios como alternativa para regularizar situación escolar.
• Emisión de oficio N° 1880 de la Provincial de Educación de Iquique.
43.
44.
45. Ejercicio Nº 2
PORQUE HAY QUE DEFENDER LOS DERECHOS.
• Armar grupos
• Leer el poema
• Reflexionar sobre su sentido
• Construir un poema que muestre
situaciones que podemos ver
cotidianamente en nuestra comuna.
46. Y si tiene dudas, ya nos conoce…
Opd Iquique
2514551
2514660
opdiqq@gmail.com
SAN MARTIN 105 CON COVADONGA
OPD IQUIQUE
47. "Primero se llevaron a los comunistas
pero a mí no me importó
porque yo no era.
En seguida se llevaron a unos obreros
pero a mí no me importó
porque yo tampoco era.
Después detuvieron a los sindicalistas
pero a mí no me importó
porque yo no soy sindicalista.
Luego apresaron a unos curas
pero como yo no soy religioso
tampoco me importó.
Ahora me llevan a mí
pero ya es tarde."
Notas del editor
La CIDN nos otorga un marco respecto a los derechos de la infancia, que reconoce al niño/a como sujeto de derechos y fomenta la protección de la infancia y adolescencia, como una responsabilidad compartida por la familia, la comunidad y el Estado.
Existen derechos que no se mencionan frecuentemente, pero tienen una gran relevancia, como por ejemplo el derecho a la privacidad, libertad de expresión, asociación, participación.
La participación es una de las formas que permite a los niños/as desenvolverse como sujetos de derechos en los distintos espacios que habitan.
La familia es un actor fundamental en este proceso.
Entregar herramientas de autoprotección a nuestros hijos/as permite hacerlos participes de sus cuidados, a la vez que los reconocemos como sujetos capaces de…
La comunicación es una de las herramientas principales para la autoprotección.
La autoprotección NO significa delegar la responsabilidad completamente en niños/as. Los adultos somos los encargados de velar por su protección e instar a que se cumplan y respeten sus derechos.
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