Este documento presenta el Acuerdo de Convivencia de la Institución Educativa "Brisas del Este II" en Venezuela. Establece las estructuras, derechos, responsabilidades y normas de conducta para estudiantes, maestros, personal y padres. Incluye secciones sobre organización, consejos, disciplina, reconocimientos y disposiciones finales para garantizar una convivencia pacífica y productiva en la escuela.
1. BRISAS DEL ESTE II
Ciudad Bolívar,2013
María Guevara
Reg.d-034-2004
Defensor
2. ESTRUCTURA DEL ACUERDO DE CONVIVENCIA
TITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Artículo 1.-Objeto y finalidades.
Artículo 2.-Ámbito de aplicación
Artículo 3.-Misión
Artículo 4.-Visión
Artículo 5.-Perfil de las personas a formar
Artículo 6.-Principio de participación. (Art. 81 Lopnna)
Artículo 7.-Principio de igualdad y no discriminación (Art. 3 Lopnna)
Artículo 8.- Principio de corresponsabilidad (Art.4-A Lopnna)
Artículo 9.- Principio de Gratuidad de las actuaciones. (Art. 9 Lopnna)
Artículo 10.- Interés Superior de niños, niñas y adolescentes. (Art. 8
Lopnna)
Artículo 11.- Prioridad absoluta (Art. 7 Lopnna)
Artículo 12.- Niños, niñas y adolescentes sujetos plenos de derecho (Art. 78
de C.R.B.V)
Artículo 13.- Publicidad y entrega del acuerdo de convivencia
Artículo 14.-Fundamentos legales o legislación Aplicable.
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3. TÍTULO II
De los Derechos, Garantías, Responsabilidades y deberes de
los Integrantes de la Institución Educativa.
CAPÍTULO I
DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
Artículo 15.- Derechos y Garantías
Artículo 16.- Responsabilidades y Deberes
Artículo 17.- Proceso de Evaluación. (Incluir Art. 112 del R.G.L.O.E) Con su
respectivas circulares: 0007,006696,00697 emanadas de del MPPE, para el nivel
de Educación Media General y Técnica.
Capítulo II
DE LOS REPRESENTANTES
Artículo 18.- Derechos y Garantías
Artículo 19.- Responsabilidades y Deberes.
Capítulo III
DEL PERSONAL DOCENTE.
Artículo 20.- Derechos y Garantías
Artículo 21.- Responsabilidades y Deberes en relación a: Los(as) Estudiantes,
Padres, Representantes o Responsables, en ejercicio de la profesión Docente, a
la Institución y con la Sociedad.
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4. Capítulo IV
DEL PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO.
Artículo 22.- Derechos y Garantías
Artículo 23.- Responsabilidades y Deberes.
TÍTULO III
DE LAS NORMAS INTERNAS DE CONVIVENCIA
Capítulo I.
De la Inscripción De los(as) Estudiantes
Artículo 24.- Derecho a la Inscripción
Artículo 25.- Garantías del Derecho a Inscripción.
Artículo 26.- Requisitos para la Inscripción.
Capítulo II
De las Normas internas de convivencia
Artículo 27.- De las Normas generales de convivencia.
Artículo 28.- De la asistencia de los(as) Estudiantes
Artículo 29- De la asistencia del personal Docente, directivo, obrero, y
administrativo.
Artículo 30.- Del Horario Escolar
Artículo 31.- Del Traje Escolar (Decreto 1139. Gaceta Oficial Nº 32.271 dl 16
de julio de1981)
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5. Capítulo III
De los Reconocimientos
Artículo 32.- Definición y Objetivos
Artículo 33.- Reconocimiento para los (as)
Estudiantes.
Artículo 34.- Reconocimiento para los padres,
madres, representantes y responsables.
Artículo 35.- Reconocimiento para el personal
Docente.
Artículo 36.- Criterios y proceso para conceder
los reconocimientos.
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6. Capítulo IV
Disciplina de los y las Estudiantes
Artículo 37.- Objetivos
Artículo 38.- Medidas para la resolución de conflictos a través de la
conciliación y mediación (incluir numeral 10 de la primera disposición
transitoria de la L.O.E.)
Artículo 39.- Principios
Artículo 40.- Derechos y garantías de los y las Estudiantes.
Artículo 41.- Faltas Leves.
Artículo 42.- Faltas Graves
Artículo 43.- Sanciones para las Faltas Leves
Artículo 44.- Sanciones para las faltas graves (no se aplica la expulsión
del Plantel por ser Inconstitucional, la suspensión temporal por un lapso
mínimo de tres días, o más siempre y cuando lo amerite la falta cometida,
tomando en cuenta la naturaleza y la gravedad del hecho.)
Artículo 45.- Definición de las Sanciones.
Artículo 46.- Procedimiento para las faltas leves
Artículo 47. Procedimiento para las faltas Graves
Artículo 48.- Criterio para aplicar las Sanciones.
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7. Capítulo V
Disciplina de las personas que integran el personal Docente, obrero y
Administrativo
Artículo 49.-La Disciplina de las personas que integran el personal Docente,
obrero y Administrativo de la Institución Educativa se regula por el
ordenamiento jurídico y normativa aplicable que le corresponda según el
caso.
Capítulo VI
De las Normas y Reglamentos Especiales
Artículo 50.- Definición y objetivos
Artículo 51.- Reglamentos Especiales
Artículo 52.- Proceso de elaboración, reforma y aprobación.
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8. TÍTULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 53.- Organigrama
Artículo 54.- Principios del Trabajo en Equipo.
Artículo 55.- Principio de acompañamiento Integral
Artículo 56.- Relaciones laborales.
Capítulo II
Del consejo Directivo
Artículo 57.- Definición y objetivos.
Artículo 58.- Integrantes, Funciones y atribuciones.
Artículo 59.- Normas de funcionamiento.
Capítulo III
Del Consejo Técnico Docente
Artículo 60.- Definición, objetivos e integrantes.
Artículo 61.- Funciones y atribuciones.
Artículo 62.- Normas de funcionamiento.
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9. Capítulo IV
De la Gui atura.
Artículo 63.- Definición y objetivos
Artículo 64.- Funciones y atribuciones del docente guía
Capítulo V
Del consejo General de Docentes
Artículo 65.- Definición, objetivos e integrantes
Artículo 66.- Funciones y atribuciones
Artículo 67.- Normas de funcionamiento
Capítulo VI
De la Comunidad Educativa
Artículo 68.- Definición y objetivos
Artículo 69.- Integrantes
Artículo 70.- Funciones y atribuciones.
Artículo 71.- Normas de funcionamiento.
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10. Capítulo VII
De la organización del Estudiantado
Artículo 72.- Definición y objetivos
Artículo 73.- Integrantes
Artículo 74.- Funciones y atribuciones.
Capítulo VIII
De los Delegados y Delegadas de aula.
Artículo 75.- Definición y forma de elección.
Artículo 76.- Funciones y Atribuciones
TÍTULO V
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Artículo 77.- Situaciones y asuntos no previstos
Artículo 78.- Archivo del Reglamento Internos y los Especiales.
Artículo 79.- Reforma del acuerdo de convivencia y ciudadanía
Artículo 80.- Aprobación y Vigencia
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11. DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA: Se deroga el acuerdo de convivencia y ciudadanía de
fecha:___________________________________________________________
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DISPOSICION FINAL
VIGENCIA:
El presente Acuerdo de Convivencia y Ciudadanía entrará en vigencia a
partir
de:_____________________________________________________________
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