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Apropiacion ilicicita contra bbva
1. SUMILLA: INTERPONEMOS DENUNCIA PENAL POR DELITO DE APROPIACION ILICITA.
SEÑOR FISCAL PROVINCIAL EN LO PENAL DE TURNO DE LIMA.
SERVICIOS PERUANOS S.A. (SEPESA) representado por su Gerente General CARLOS MANUEL
FALCONI PINEDA, con DNI No. 08235039 y domicilio procesal en Jr. Carabaya No. 940, Of. 104-Lima, a
usted respetuosamente decimos:
Que, mediante el presente recurso y los anexos que sustentan nuestra petición formulamos Denuncia Penal
contra la Gerente del Area de Servicios Jurídicos del BBVA Banco Continental, CONSUELO GONZALES
DE SAENZ quien deberá ser notificada en la Av. República de Panamá No. 3055, San Isidro, Lima por ser
presunta autora en su condición de Representante del Banco ya citado, del Delito de Apropiación Ilícita en
agravio de mi representada conforme a los fundamentos que paso a exponer:
FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Que, mi representada prestó servicios como Empresa Colaboradora de Telefónica del Perú hasta Octubre
del 2008.
2. Que, al dejar de operar mi representada y al tener la seguridad que en nuestras cuentas corriente existente
en el Banco Continental, teníamos fondos económicos, solicitamos la entrega de los mismos, sin embargo el
Banco representado por la denunciada negaba la existencia de dinero en las Cuentas Corriente de mi
Representada.
3. A nuestra reiterada solicitud pedimos información a Telefónica del Perú, cuya entidad mediante Cartas
Notariales de fechas 12 de Febrero del 2015 y 21 de Abril del 2015 nos informaron que habían abonado en
nuestras cuentas el importe de las facturas por los trabajos que habíamos realizado al Banco Continental, tal
y conforme acreditamos con las copias legalizadas de ambas cartas que sustentan nuestra Denuncia.
4. Nos constituimos al Banco para solicitar el pago de lo señalado por Telefónica del Perú, siendo citado e
forma reiterada por diversas áreas porque según manifestaron estaban recopilando información.
5. Sin embargo para nuestra sorpresa, mediante Carta Notarial de fecha 25 de Junio del 2015 recepcionado el
01 de Julio del 2015, nos informan que no existe ningún monto de dinero a nuestro favor conforme también
acredito con la Carta que estoy anexando como prueba.
6. Lo cierto es que el Banco Continental a cuya Representante estamos denunciando es que se ha apropiado
de la suma de soles S/.474,885.22 que ha tenido en sus arcas desde el 10 de Octubre 2008.
Sin embargo en forma dolosa nunca nos informó la existencia de estos fondos, argumentando siempre que
necesitaban mayor información, al respecto y cuando logramos conseguir por escrito esta Información, ahora
niegan la existencia de los mismos.
7. Mi representada cuenta con los documentos que sustenta que la Apropiación Ilícita por parte del Banco
que asciende a S/.474,885.22 Nuevos Soles, Apropiación que data del año 2008 y esto será detallado
pormenorizadamente cuando su Despacho nos cite.
FUNDAMENTACION JURIDICA
La presente denuncia se sustenta en el Artículo 190 del Código Penal, que a la letra dice: “El que, en su
provecho o de un tercero, se apropia indebidamente de un bien mueble, una suma de dinero o un valor que
2. ha recibido en depósito, comisión, administración u otro Título semejante que es produzca obligación de
entregar, devolver... será reprimido...”. En consecuencia esta perfectamente acreditado que el Banco
Continental representado por la Denunciada se ha apropiado ilícitamente de un dinero que tenía la obligación
de hacernos entrega.
ANEXOS
1. Copia de DNI.
2. Copia de Personería Jurídica.
3. Cartas Notariales legalizada de Telefónica remitida a mi representada de fecha 12 de Febrero del 2015,
informando los pagos depositados en el Banco denunciado.
4. Carta Notarial legalizada de Telefónica remitida a mi representada de fecha 21 de Abril del 2015,
informando los pagos depositados en el Banco denunciado.
5. Carta Notarial legalizada del Banco Continental remitida a mi representada de fecha 25 de Junio del 2015,
que niega la existencia de fondos económico, en nuestras cuentas.
OTROSI DECIMOS.- Que, solicitamos muy respetuosamente que las investigaciones preliminares se lleven
a cabo en su despacho, por cuanto el Ministerio Publico es garantía de investigación de actos ilícitos.
POR TANTO:
A usted señor Fiscal solicitamos admitir esta Denuncia y en su oportunidad tramitarlo en la forma de Ley.
Lima, 21 de Agosto del 2015.