El decreto establece requisitos higiénicos para la fabricación de alimentos, incluyendo que las materias primas y procesos de fabricación, envasado y almacenamiento deben cumplir con dichos requisitos para garantizar la inocuidad de los alimentos. Los envases deben ser apropiados para el contacto con alimentos y protegerlos de la contaminación. Asimismo, se deben implementar medidas para prevenir la contaminación cruzada durante la fabricación y envasado de los alimentos.
1. DECRETO 3075 DE 1997 CAPITULO IV (REQUISITOS HIGIENICOS DE FABRICACION) PRESENTADO POR: LEIDY NATHALY OSORIO CINTHYA BAEZ PULIDO Fundación Universitaria Los Libertadores Conservación de alimentos y bebidas.
3. ARTICULO 16- CONDICIONES GENERALES Todas las materias primas y demás insumos para la fabricación así como las actividades de fabricación, preparación y procesamiento, envasado y almacenamiento deben cumplir con los requisitos descritos en este capítulo, para garantizar la inocuidad y salubridad del alimento.
5. ARTICULO 18 - ENVASES Los envases que sean usados para la manipulación de alimentos deberán cumplir requisitos como: Materiales apropiados para estar en contacto directo con el alimento y reglamentado por el Ministerio de Salud. Material adecuado que proteja el alimento contra la contaminación.
12. ARTICULO 20 – PREVENCION CONTAMINACION CRUZADA Durante la fabricación, procesamiento, envasado, y almacenamiento no habrá contacto con materias primas iniciando proceso. El personal y el contacto con el producto final.
15. TRAZABILIDAD La posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución, de un alimento. Fundación Universitaria Los Libertadores Conservación de alimentos y bebidas.
16.
17. ARTICULO 21. OPERACIONES DE ENVASADO Excluyan la contaminación del alimento. Cada recipiente deberá tener el lote
18. Registros de elaboración y producción; los cuales se conservaran durante un periodo que exceda la vida útil del producto, pero no mas de 2 años.
19. LOTES Homogeneidad: El lote tiene que estar formado por un conjunto de productos Homogéneos . producción de un día producción diaria de una línea Tamaño: Cuando más grande sea el lote, mayor cantidad de producto será retirado en caso de que se detecte algún peligro para el consumidor
20. Económico: Cuanto más valor tenga el lote, mayores serán las pérdidas en caso de retirada y destrucción de producto. Destino: Los lotes pueden identificar destinos de los productos lote destinado a empresas de distribución. Lote destinado a venta en canal propio.
21. TIPOS DE CÓDIGOSCódigo propio: Consiste en un código definido específicamente por cada empresa y puede ser: Fecha de fabricación y lote: L 28-03-04.Fecha de consumo preferente o de caducidad, indicando al menos día y mes y en este orden.Otro tipo de indicación o código definido por la propia empresa (01, 2547, A-45.01, etc.).