1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO.
DEONTOLOGIA
ALUMNA:
YULISBETH MONTILLA
PROFESORA:
THANIA GIMENEZ
SAIA: F.
BARQUISIMETO, MAYO DEL 2017
2. DEONTOLOGIA
Es la rama de la
filosofía que tiene
como objetivo
determinar como debe
ser el derecho y su
aplicación.
DERECHO
3. Derecho, normas
que regulan
acciones y
convivencia social,
realizadas por
individuos en una
sociedad.
DEONTOLOGIA JURIDICA.
Lógica jurídica, es
una disciplina que se
encarga de estudiar
leyes pero sobre todo
los problemas de la
sociedad.
Filosofía del
derecho, es la rama
de la filosofía que
estudia los
fundamentos
filosóficos.
4. DEONTOLOGÍA.
DIFERENCIA ENTRE FILOSOFÍA DE
DERECHO Y DEONTOLOGÍA. PROCESO JUDICIAL.
La filosofía se encarga de
interpretar el derecho y la
afluencia que tiene en la
sociedad.
La deontología se encarga
del deber ser y de cómo se
debe aplicar la conducta en
determinada situación para
no tener una sanción.
Es la exigencia
constitucional para el
desarrollo de la
jurisdicción, su objetivo es
la satisfacción de los
intereses jurídicos.
5. LA VERDAD, es un sinónimo de honestidad,
sincxeridad y buena fe.
La verdad en el
derecho
La verdad verdadera:
son los
acontecimientos,
acciones o
consecuencias de los
hechos de las persona
como realmente
sucedieron.
La verdad procesal:
son los que resultan de
la evaluación de los
autos del proceso
judicial.
6. LAS PRUEBAS ART, 17 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL
ESTABLECE SOBRE LA LEALTAD DEL
ABOGADO. Son las actuaciones dentro
de un juicio que encaminan
a demostrar la verdad o la
falsedad de los hechos.
La verdad y la justicia son
dos valores son dos
valores importantes que
deben desarrollar un
profesional del derecho.
Colusión, es un pacto con
daño a un tercero.
Temeridad, es la actitud del
litigante que demanda a
sabiendo de su falta de
razón.
Abuso del derecho, es
cuando el abogado se
aprovecha de ser
conocedor de las normas.
7. FRAUDE PROCESAL.
Son un conjunto de actos procesales
realizados en forma engañosa por una o por
ambas partes para perjudicar a una persona
con el fin de lograr su objetivo.
8. CLASES DE JUICIOS
Aparente, es cuando
una de las partes
engañan al juzgador y
hacen que este haga
actuaciones
pretendiendo que esta
actuando de forma
correcta.
Juicio Simulado, es
cuando una de las
partes actúa
fraudulentamente
engañando al
administrador de
justicia simulando un
hecho que no ha
ocurrido para así
obtener un beneficio.