ASAMBLEA ASIGNO US$409 MILLONES MAS DE LO QUE PEDIA NEBOT
Ordenanza impuestos Iribarren
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE en un 9,57%.
VENEZUELA
ESTADO LARA • Inmobiliarios en un 5,81%.
• Servicios varios en un 8,24%.
• Hospitales y clínicas en un 11,28
%.
MUNICIPIO IRIBARREN • Espectáculos, bingos y casinos en
CONCEJO MUNICIPAL un 5,38%.
• Serie de electrodomésticos,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS gimnasios y funerarias en un
5,09%.
Hoy presentamos al ilustre
Concejo Municipal del Municipio • Transeúntes en un 12,00%.
Iribarren una propuesta de Ordenanza
de Reforma Parcial de la Ordenanza Todo ello con el fin de continuar
de Impuesto sobre Actividades honrando la obligación que las alcaldías
Económicas de Industrias, Comercio, poseen de prestar servicios y disponer
Servicios o de Índole Similar bienes de calidad, cubriendo de esta
considerando solamente dos manera a los sectores excluidos y con
elementos, a saber: mayores necesidades, por otra parte,
considerando el principio del sistema
1.- Incluir en el descriptivo del tributario de distribuir de una manera
clasificador de Actividades justa las cargas públicas según las
Económicas signado con los capacidades contributivas.
guarismos 287 conceptos incluidos en
otros entes municipales estadales y
nacionales, que permiten aclarar
quienes poseen obligación impositiva
en esta materia.
2.- El incremento en algunas alícuotas,
como continuación se desglosa por
sectores:
• Industria en un 6,64%.
• Construcción en un 0,37%.
• Mayorista en un 4,67%.
• Detal en un 4,37%.
• Bares, Restaurantes, Fuentes de
Soda y Hoteles en un 13,71%.
• Transporte en un 7,64%.
• Financiero en un 4,71%.
• Aseguradoras y Reaseguradoras
1
2. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE ENTRADA EN VIGENCIA:
VENEZUELA
ESTADO LARA ARTICULO 136.- La presente
Ordenanza de Reforma Parcial de la
Ordenanza de Impuesto Sobre
Actividades Económicas de Industria,
Comercio, Servicios o de Índole Similar
MUNICIPIO IRIBARREN entrará en vigencia a partir del 31 de
diciembre de 2010 y deroga la
EL CONCEJO DEL MUNICIPIO Ordenanza de Reforma Parcial de la
IRIBARREN en uso de las atribuciones Ordenanza de Impuesto sobre
establecidas en los artículos 175 y 179, Actividades Económicas de Industria,
numeral 2 de la Constitución de la Comercio, Servicios o de Índole Similar
República Bolivariana de Venezuela y en publicada en la Gaceta Municipal
el numeral 1 del artículo 54, artículos 75 Extraordinaria N° 2988, de fecha 11 de
y 92; numerales 1 y 4 del artículo 95 y el
diciembre de 2009 y las demás
artículo 162 de la Ley Orgánica del Poder
Público Municipal, SANCIONA la disposiciones que le fueren contrarias. En
siguiente: consecuencia, imprímase la presente
Reforma Parcial y a continuación
ORDENANZA DE REFORMA insértese en un solo texto LA
PARCIAL DE LA ORDENANZA DE ORDENANZA DE IMPUESTO
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES SOBRE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, ECONÓMICAS DE INDUSTRIA,
COMERCIO, SERVICIOS O DE COMERCIO, SERVICIOS O DE
ÍNDOLE SIMILAR ÍNDOLE SIMILAR, publicada en la
Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 1537
ARTÍCULO 1º: Se modifican las
alícuotas de las siguientes actividades, de fecha 31 de octubre de 2000, y en el
contenidas en el Anexo 1 de la correspondiente texto refundido
Ordenanza de Impuesto sobre sustitúyanse los Artículos reformados y
Actividades Económicas de Industria, las modificaciones aquí efectuadas, así
Comercio, Servicios o de Índole Similar, como, las correspondientes remisiones y
en los montos señalados en el Anexo que concatenaciones, las fechas, firmas y
forma parte de esta Ordenanza. demás datos correspondientes de la
sanción y promulgación de la Ordenanza
ARTÍCULO 2º: Se modifica la así reformada, con las reformas aquí
Definición de la actividad económica
sancionadas.
identificada con el Nº 287, con el Código
Industrial Internacional Uniforme Nº
610708, correspondiente a: Mayor de Dada, firmada, refrendada y sellada en el
Bebidas Alcohólicas: Distribución Salón donde celebra sus Sesiones el
mayorista de whisky, ron, vino, cerveza, Concejo del Municipio Iribarren, en
licores dulces, champaña y otras bebidas Barquisimeto a los quince días del mes de
alcohólicas, bien fuere, a través de diciembre de dos mil diez.
depósitos y/o ventas al mayor por el CONC. CÉSAR GAVIDIA
establecimiento de rutas por medio de Presidente de Concejo
vehículos.
REFRENDADO:
ARTÍCULO 3º: Se modifica el
contenido del artículo 136, quedando ABG. TANIA MARÍA PARGAS
redactado de la forma siguiente: CANELÓN.
Secretaria del Concejo
2
3. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE REPÚBLICA BOLIVARIANA
VENEZUELA DE VENEZUELA
ESTADO LARA ESTADO LARA
MUNICIPIO IRIBARREN CONCEJO DEL MUNICIPIO
IRIBARREN
PRESIDENTE
CESAR GAVIDIA
1ER. VICEPESIDENTE
DIGNA SUÁREZ
BARQUISIMETO, 16 DE 2DO. VICEPESIDENTE
DICIEMBRE DE 2010 JOSE MANUEL AULAR
CONCEJALES:
VICTOR ESCALONA
ESTHER CAMACHO
MARBELLA URANGA
SORANDY CORDERO
CARLOS CRESPO
JOSE ORASMA
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE CARMEN CASTRO
PROF. AMALIA SÁEZ GABRIEL GUERRERO
ALCALDESA EDILBERTO ROJAS
(FDO.)
SECRETARIA DEL CONCEJO
ABOG. TANIA PARGAS CANELON
SINDICA PROCURADORA
MUNICIPAL
ABOG. ANA MILENA ANGULO
3
4. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE Gremiales regionales que operan en el
VENEZUELA Municipio Iribarren, en los diversos
ESTADO LARA sectores de la economía: industria,
comercio, construcción, pequeña y
mediana industria, concesionarios de
automóviles, etc.
• Las sugerencias señaladas por los
MUNICIPIO IRIBARREN Directores de Hacienda Pública
CONCEJO MUNICIPAL Municipal y de Planificación y
Presupuesto de la Alcaldía, así como
el equipo de funcionarios adscritos al
área tributaria del Municipio,
EXPOSICION DE MOTIVOS invalorables desde el punto de vista
de la adecuación de las propuestas a la
ORDENANZA DE IMPUESTO realidad administrativa de ésta
SOBRE ACTIVIDADES Alcaldía y de la experiencia
ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, acumulada en la administración del
COMERCIO, SERVICIOS O DE impuesto.
ÍNDOLE SIMILAR
• El contenido de la vigente Ordenanza
La Ordenanza de Impuesto sobre sobre Patente de Industria y Comercio
Actividades Económicas de Industria, de octubre de 1996 y su reforma de
Comercio, Servicios o de Índole Similar, octubre 1998.
que se abreviará en lo sucesivo OIAE,
pretende conformar la respuesta más La formulación de la Ordenanza ha sido
inmediata al proceso de renovación del el trabajo conjunto de la entidad
sistema tributario del Municipio Iribarren. municipal COMDIBAR, la propia
Alcaldía y la empresa contratada al
Para la formulación de esta Ordenanza se efecto Torrellas & Asociados, con la
han observado especialmente: activa participación de los contribuyentes,
a través de sus respectivas Cámaras de
• Los principales avances afiliación y de las autoridades y
legislativos más recientes en funcionarios municipales.
Venezuela sobre la materia.
La Ordenanza de OIAE, como todas las
• Las disposiciones contenidas en la ordenanzas de su género, ha comportado
vigente Constitución de la República el estudio pormenorizado de la normativa
Bolivariana de Venezuela y de jurídica propiamente dicha, el régimen
manera particular los Artículos 179, tarifario como componente económico,
Numeral 2 y 180. En tal sentido se ha enmarcado dentro de las directrices
propuesto la adecuación del nombre generales acordadas a lo largo de diversos
del impuesto conocido hasta ahora talleres de validación de propuestas, trata
como Patente de Industria y de incorporar en la medida de lo posible
Comercio por la denominación las recomendaciones producto de la
contenida en el Numeral 2 del evaluación de las propuestas.
Artículo 179: Impuesto sobre
Actividades Económicas de Industria, En esta exposición de motivos se
Comercio, Servicios o de Índole modificará la práctica usual empleada en
Similar. este tipo de documentos, que consiste en
el simple señalamiento de los artículos y
• Buena parte de las oportunas breves comentarios a cada uno de ellos,
recomendaciones propuestas por por una explicación global del texto, con
miembros de las Cámaras especial énfasis en sus aspectos
4
5. innovadores. Igualmente incluirá el También se ha optado por preceder
estudio pormenorizado de los resultados cada artículo de un epígrafe,
de los análisis efectuados para la conforme a las recomendaciones de
proposición de régimen tarifario. técnica legislativa más recientes, con
idéntico propósito: facilitar la
Tanto los proyectistas como las ubicación de cada norma dentro del
autoridades municipales están conscientes título o capítulo que la contiene. Cada
del postulado contemplado en el Artículo epígrafe resume en pocas palabras, la
156, Numeral 13 de la Constitución que materia tratada en la norma.
dispone:
Principales innovaciones:
“Es de la competencia del Poder Público
Nacional: 1. HECHO IMPONIBLE
.....
Definición genérica de cada uno de
13. La legislación para garantizar la los componentes que integran el
coordinación y armonización de las objeto del impuesto: de esta forma se
distintas potestades tributarias; para definen las actividades económicas
definir principios, parámetros y objeto del impuesto, de modo tal de
limitaciones, especialmente para la hacer innecesaria la constante
determinación de los tipos impositivos o repetición en todo el texto de la
alícuotas de los tributos estadales y Ordenanza que se trata de actividades
municipales; así como para crear fondos de industria, comercio, servicios o de
específicos que aseguren la solidaridad índoles similar. La simple mención de
interterritorial. la actividad económica se entenderá
con claridad como referencia a
No obstante, se ha estimado que en virtud aquellas ya definidas en la OIAE y
de lo señalado en la Disposición discriminadas en el Clasificador de
Derogatoria Única de la Constitución, en Actividades Económicas anexo.
concordancia con lo señalado en la Igualmente se han incorporados
Disposición Transitoria Decimocuarta de definiciones sobre el comercio al por
la misma, la modificación del marco mayor y al por menor, con el fin de
normativo de este importante tributo facilitar a cada contribuyente y a la
queda plenamente justificado y no propia administración la ubicación de
limitará las facultades del órgano la actividad ejercida.
legislativo municipal para efectuar las
modificaciones que estime pertinentes en 2. LA BASE IMPONIBLE
la oportunidad en que sea sancionada la
legislación nacional aludida en el El segundo aspecto más relevante a
Numeral 13 del Artículo 156, antes observar es el referido a la BASE
transcrita, en lo que se refiere al impuesto IMPONIBLE del impuesto, entendida
regulado en la OIAE. ésta como elemento fiscal que permite
la cuantificación del impuesto a ser
I- PARTE NORMATIVA pagado y en ningún caso como hecho
imponible del tributo. De esta forma
La parte normativa de la OIAE consta en el Artículo 7º se ha propuesto una
de diez títulos, algunos de los cuales redefinición de la base imponible en
están subdivididos en capítulos y atención a los grandes grupos de
algunos de éstos en secciones, de actividades, con referencias
manera tal que permitan ubicar con específicas para ciertas actividades
celeridad la norma o normas deseadas económicas cuya base imponible
según la materia enunciada en cada difiere del concepto general.
uno de ellos.
5
6. En este sentido se ha previsto que Con relación al registro de
quienes ejerzan actividades información de contribuyentes, se ha
industriales, comerciales, de servicios modificado la normativa anterior,
o que ejerzan actividades previéndose en el Artículo 9º la
económicas de índole similar, la base incorporación al mismo, de todos los
imponible estará integrada por el sujetos pasivos, independientemente
monto de sus ingresos brutos, que ejerzan sus actividades bajo la
deduciéndose de ella los montos por licencia de funcionamiento
concepto de devoluciones en ventas, correspondiente. De esta manera se
intereses financieros, dividendos y ampliará considerablemente la base
ventas de activos, conforme a las de sujetos pasivos cuyas actividades
normas y principios de contabilidad configuran el hecho imponible del
generalmente aceptados. Con ello se impuesto.
ha procurado responder en buena
medida, a las propuestas expresadas Se prevé igualmente dotar a cada
por los contribuyentes para hacer más contribuyente de un carnet de
justa la categoría fiscal. Igualmente se inscripción que lo identificará frente
ha definido con mayor precisión el al Fisco Municipal, particularmente
alcance del término ingresos brutos de en la oportunidad de efectuar
manera que cada contribuyente pueda declaraciones tributarias.
verificar con claridad los elementos
representativos de su movimiento 4. LICENCIA DE
económico que deberán ser objeto de FUNCIONAMIENTO
declaración impositiva:
Todas las cantidades y proventos que Con relación a la licencia de
de manera regular, accidental o funcionamiento se han propuesto
extraordinaria reciban quienes varias modificaciones importantes. En
ejerzan una actividad económica; primer lugar, la misma deberá ser
por cualquier causa relacionada con mantenida en el establecimiento del
las actividades a que se dedique, titular a los fines de suministrarla a la
siempre que su origen no comporte autoridad fiscal competente, sin
la obligación de restituirlos, en necesidad de exhibirla en un lugar
dinero, a las personas de quienes las visible del establecimiento.
haya recibido o a un tercero, y que
no sean consecuencia de un En segundo lugar se prevé una rebaja
préstamo o de otro contrato y simplificación de las tasas
semejante, ni provengan de actos de administrativas de tramitación,
naturaleza esencialmente civil. conforme a lo indicado en el Artículo
15:
Como lapso para el cálculo de la base
imponible se ha propuesto una • Licencia de funcionamiento para
modificación sustancial. En efecto se ejercicio de actividad económica
sustituye la base de cálculo anual por persona jurídica: ocho unidades
una base imponible referida al tributarias (8 U.T.).
movimiento económico realmente
percibido por el contribuyente en cada • Licencia de funcionamiento para
mes inmediatamente anterior al que ejercicio de actividad económica
corresponda la declaración. Con ello persona natural: cuatro unidades
quedaría eliminado el concepto de tributarias (4 U.T.).
anticipo impositivo.
Igualmente, se propone que estas
3. REGISTRO DE INFORMACIÓN tasas serán rebajadas en un diez por
DE CONTRIBUYENTES ciento (10%), según corresponda,
cuando el solicitante de la licencia
6
7. demuestre su afiliación a algunas de beneficios fiscales contemplados en
las Cámaras gremiales que operan la Ordenanza.
en el Municipio Iribarren. • Recibir, procesar y tramitar las
denuncias y quejas de
Respecto a la liquidación o contribuyentes y ciudadanos en
determinación de la tasa se ha general acerca del cumplimiento de
dispuesto en el Artículo 16 que la la Ordenanza.
misma sea pagada previamente a
la presentación de la solicitud o • Conocer y tramitar las denuncias de
notificación, en la oficina los contribuyentes y ciudadanos en
receptora de fondos municipales, general sobre contravenciones a la
mediante planilla liquidada por el presente Ordenanza.
solicitante.
• Informar a las dependencias
Uno de los aspectos más discutidos respectivas sobre los retardos y
en el proceso de formulación de la omisiones en el cumplimiento de las
Ordenanza fue el referido a la obligaciones de los funcionarios
documentación que debe ser competentes.
anexada a la solicitud de la licencia.
Sobre este particular se ha dispuesto
en el Artículo 19 requerir 7 La Oficina contará con el apoyo y
documentos a cada solicitante, lo cooperación de las dependencias
cual podría representar un retroceso municipales competentes en materia
respecto de la Ordenanza vigente. de control urbano, prevención de
No obstante, dada la importancia de incendios y seguridad ambiental.
los actos administrativos que
demuestran fehacientemente que el La Oficina estará dotada de los
establecimiento cumple con los recursos tecnológicos y materiales y
requerimientos de la normativa de capital humano indispensables
urbanística, de seguridad contra para asegurar el cabal cumplimiento
incendios y preservación ambiental, de su objeto.
cuya expedición corresponde a
autoridades no hacendísticas, se ha Las atribuciones de la Oficina se
propuesto la creación de un servicio harán extensibles a la totalidad de
de orientación tributaria que se los tributos municipales, en cuanto
denominaría OFICINA DE sean aplicables.
ATENCIÓN AL
CONTRIBUYENTE Y AL Es importante destacar que
INVERSIONISTA (OACI), a ser conforme a lo indicado en el
creada mediante decreto del Artículo 26, la expedición de la
Alcalde y que estaría adscrita a la Licencia de funcionamiento para un
Dirección de Hacienda Municipal. establecimiento no acreditará el
La Oficina, prevista en el Artículo cumplimiento de las normas sobre
130 tendría por objeto, entre otros: sanidad, seguridad pública o
preservación ambiental establecidas
• Orientar a los contribuyentes y en el ordenamiento jurídico
personas en general en la aplicación municipal, estadal o nacional y por
de las disposiciones contempladas tanto el titular o responsable de la
en la presente Ordenanza. licencia será responsable
personalmente por las
• Coordinar los procedimientos contravenciones a dicho
administrativos referidos a la ordenamiento, conforme sea
tramitación y obtención de licencia determinado por las autoridades
de funcionamiento y goce de competentes.
7
8. e) Con la declaración se anexarán
Dentro de la normativa referente a exclusivamente los siguientes
la licencia de funcionamiento se ha documentos: copia fotostática del
incluido una norma sobre el horario Registro de Información de
para los establecimientos dedicados Contribuyentes y copia fotostática
al expendio de licores. En este de la declaración del Impuesto
sentido el Artículo 27 propone que sobre la Renta en el mes que
cuando se trate de establecimientos corresponda al de la declaración
destinados a bares, cantinas, regulada en esta Ordenanza.
tabernas, restaurantes, clubes
nocturnos, billares o “pool”, f) Los sujetos al pago de impuesto que
discotecas y otros similares donde no hubiesen cumplido un (1) mes
se expenden bebidas alcohólicas en el ejercicio de sus actividades en
deberán ceñirse a las condiciones de la oportunidad de vencimiento de
horarios allí contempladas. cada mensualidad, formularán la
declaración de la base imponible
5. EL PROCEDIMIENTO DE obtenida, abarcando el lapso
DECLARACIÓN, DETERMI- comprendido entre la fecha de inicio
NACIÓN Y PAGO de las actividades y la fecha de
Con relación al procedimiento vencimiento del mes.
administrativo referente a la
declaración, determinación y pago Cuando se trata de declaraciones de
del impuesto se han incorporado quienes ejerzan actividades en
importantes innovaciones conforme forma eventual (Artículo 39) la
se destacan a continuación: obligación se circunscribe a
a) En el Artículo 33 se mantiene el presentar, terminado el período del
principio de la determinación a ejercicio eventual de las
cargo del contribuyente o actividades económicas, una
autoliquidación, como deber formal declaración del total de los ingresos
que se cumple en una sola brutos obtenidos durante el lapso en
oportunidad conjuntamente con la que se ejercieron las actividades y,
declaración de la base imponible simultáneamente, determinar el
mensual y el pago del impuesto. monto del impuesto y pagarlo, en la
forma y dentro de los plazos
b) Esta obligación debe cumplirla todo previstos en esta Ordenanza.
sujeto pasivo independientemente
que haya solicitado u obtenido la 6. EL RÉGIMEN TARIFARIO
Licencia de funcionamiento.
El régimen tarifario propuesto
c) El pago del impuesto por quien no establece un impuesto proporcional
hubiere obtenido la licencia de basado en una alícuota por subgrupo
funcionamiento no implicará el de actividad económica, cuatro (4)
reconocimiento del derecho a dígitos, de acuerdo al Clasificador
obtener la misma. Industrial Internacional Uniforme,
CIIU, y sólo se mantiene la
d) En el Artículo 34 se prevé que la desagregación de seis (6) dígitos
declaración mensual se presente para facilitar a los contribuyentes la
dentro de los diez (10) días ubicación de las actividades por
siguientes a la fecha del sectores y algunos subgrupos con
vencimiento del mes, ante las referencias específicas.
oficinas receptoras del Municipio o
en las entidades públicas o privadas Con respecto al mínimo tributable,
que se autorizarán a este efecto. se plantea una modificación al
expresarlo en unidades tributarias.
8
9. impositiva a la que corresponda
La alícuota propuesta se calculó según el clasificador, cuando la
tomando como referencia la alícuota actividad exija un consumo superior
promedio vigente de los municipios a los límites máximos que
objetos de comparación, la cual se determine el Alcalde mediante
ajustó en cada caso, en función de decreto, previa consulta a la entidad
los objetivos planteados por la prestataria del servicio de
Alcaldía del Municipio Iribarren, de suministro de agua en el Municipio
estimular las inversiones y ampliar Iribarren. La sobre tasa será
la base de contribuyentes y, en equivalente al cincuenta por ciento
general, favorecer el crecimiento y (50%) de la tarifa o alícuota
desarrollo económico del correspondiente.
municipio.
7. LOS BENEFICIOS
Adicionalmente, se establecieron TRIBUTARIOS
unos criterios para definir las
alícuotas: El régimen de beneficios tributarios
incorpora también notables
Establecimiento de rangos entre agregados, como producto del
uno y doce por mil. En casos profundo análisis efectuado para
excepcionales tales como: Dancing, arbitrar medios que signifiquen la
Cabaret y otros se establecería una protección de la economía local y el
sobre tasa. incentivo a la inversión en el
Municipio, sin menoscabar la
• Favorecer aquellas actividades importancia y trascendencia de este
generadoras de empleo y que impuesto en el sistema tributario
inducen un efecto multiplicador en local. A tal fin se han considerado:
la economía del municipio.
• Las tradicionales exenciones,
• Tratamiento preferencial a la
actividad industrial por sus efectos • Una serie de incentivos fiscales
en la cadena de producción y en la representados por importantes
expansión de otras actividades deducciones o rebajas en los
comerciales o de servicios. impuestos y ,
• Disminuir la carga impositiva a las • La consolidación en el texto de la
actividades de producción y OIAE de supuestos de hecho de
comercialización de artículos de la exoneraciones previstas en otras
cesta básica para contribuir de ésta ordenanzas y nuevos supuestos de
manera con la equidad en la exoneraciones.
distribución del ingreso.
Exenciones
De esta manera se mantiene dentro
Para calcular el impuesto a ser de las exenciones (Artículo 70), las
pagado, el Artículo 41 mantiene el relativas a las actividades
principio general de la aplicación económicas referidas a la
total de la alícuota correspondiente agricultura, cría y actividad forestal,
sobre la base imponible, tal como ha pero dicha exención quedaría sujeta
sido propuesto en el nuevo a lo que al respecto disponga la ley
Clasificador de Actividades nacional prevista en el Artículo 183
Económicas. No obstante, en los de la Constitución de la República
casos de actividades industriales, Bolivariana de Venezuela. Es
con alto consumo de agua, se importante destacar que se ha
propone adicionar una sobre tasa dispuesto que, con excepción de las
9
10. entidades de derecho público, toda materiales de cerámica y las que
actividad declarada exenta no utilicen procesos de microfusión y
limita la obligación de quien la microelectrónica, previa
ejerce de solicitar y obtener la certificación por parte de un comité
licencia de funcionamiento técnico conformado para tales
municipal conforme a lo dispuesto efectos por organizaciones
en la presente Ordenanza, dándole tecnológicas.
cumplimiento, así mismo, a los
deberes formales. • Las empresas dedicadas a la
construcción de viviendas y
Exoneraciones urbanizaciones de interés social,
siempre y cuando estas obras estén
El Artículo 72 comprende diversos contempladas en la legislación
supuestos de hecho de nacional sobre política habitacional,
exoneraciones impositivas, como en las áreas de asistencia I y II y por
producto de la consolidación de las la parte correspondiente a la base
ya existentes en el ordenamiento imponible proveniente de ese tipo
jurídico y de los nuevos supuestos de obra, siempre y cuando no menos
propuestos. del noventa por ciento (90%) de los
trabajadores sean venezolanos,
Dentro de las exoneraciones totales estén residenciados en el Municipio
se incluyen: Iribarren y hayan laborado durante
todo el proceso de construcción del
• Empresas que ejerzan respectivo proyecto.
exclusivamente tanto actividades
vinculadas con la protección y A éstos se incorporan otros
conservación ambiental como con la supuestos de exoneraciones
protección y fomento de la flora y la parciales:
fauna.
• Las empresas comerciales,
• Fundaciones y asociaciones que industriales o de servicios en las
ejerzan actividades vinculadas a la cuales el Municipio Iribarren tenga
cultura, la educación o la salud, una participación accionaria
previa constatación de tal superior al treinta por ciento (30%)
circunstancia mediante certificación podrá gozar de exoneración
expedida por las autoridades impositiva mensual equivalente al
nacionales o estadales legalmente porcentaje de la cuota o cuotas de
competentes en la materia y cuando participación del Municipio, hasta
los ingresos brutos mensuales hayan un máximo del veinte ( 20%).
sido inferiores al monto equivalente
a doscientas cincuenta unidades • Las personas que pretendan instalar
tributarias (250 U.T.). establecimientos industriales en el
Municipio podrán gozar de
• Empresas que ejerzan actividades exoneraciones mensuales parciales
industriales de alto contenido en la forma siguiente:
tecnológico, tales como empresas
metalmecánicas que fabriquen Año Porcentaje sobre
máquinas y herramientas, equipos el monto del impuesto
médicos y de tipo profesional y
científico, componentes electrónicos 1º 100%
y eléctricos de uso industrial, aceros 2º 80%
especiales y aleaciones especiales 3º 60%
de metales no ferrosos, de minerales 4º 40%
no metálicos para fabricar nuevos 5º 20%
10
11. 6º 10% participación en obras y servicios
municipales y en la ejecución de
Los titulares de licencia de programas sociales:
funcionamiento municipal podrán gozar
de exoneraciones equivalentes a un veinte • Todo contribuyente que emplee cinco
por ciento (20%) del impuesto mensual (5) o más trabajadores de
que les corresponda pagar, cuando nacionalidad venezolana,
demuestren suficientemente al Municipio residenciados en el Municipio
que cumplen con los siguientes supuestos Iribarren y le proporcione estabilidad
de hecho: laboral a los trabajadores, gozará de
rebajas en el monto del impuesto que
a) Adecuación a las normas deba pagar conforme a la siguiente
internacionales ISO 9000 y 14000, escala:
debidamente certificadas por las
autoridades nacionales competentes, Trabajadores Rebaja
exceptuadas las actividades
industriales referidas a la De 5 a 25 5%
producción de bebidas alcohólicas y
productos derivados del tabaco, De 26 a 50 10%
b) Realización de actividades De 51 en adelante 15%
industriales dedicadas
exclusivamente a la fabricación de • Los contribuyentes que desarrollen
productos de la cesta básica, políticas de capacitación al personal,
especificados conforme a las gozarán de una rebaja impositiva
disposiciones dictadas por las equivalente al diez por ciento (10%)
autoridades nacionales competentes. del monto del impuesto mensual que
les corresponda pagar.
Sin embargo, se ha tomado en cuenta el
carácter dinámico de todo régimen de • Los contribuyentes o asociaciones de
exoneraciones y en tal sentido se ha contribuyentes que previo convenio
mantenido el principio aceptado en la realizado con el Municipio, efectúen
técnica legislativa venezolana y inversiones para el mantenimiento
universal para que mediante una de áreas de uso público o para la
ordenanza especial puedan establecerse realización de obras públicas
otros supuestos de hecho de municipales, podrán deducir hasta
exoneraciones totales o parciales, sin un diez por ciento (10%) del monto
que por ello tenga que recurrirse al del impuesto mensual de acuerdo a
proceso de reforma de la OIAE. Para lo que establezca el Reglamento que
este caso, se prevé que las a tal efecto dicte el Alcalde.
exoneraciones guarden coherencia con
el régimen de incentivos fiscales que en • Las empresas industriales que tengan
el futuro las autoridades nacionales por objeto exclusivo la fabricación
competentes establezcan para la de productos o bienes destinados a
promoción y fortalecimiento de la la exportación, podrán deducir del
economía. monto del impuesto mensual que les
corresponda pagar un veinte por
Deducciones o rebajas ciento (20%).
• Las personas naturales o jurídicas
En materia de deducciones o rebajas que celebren con el Municipio
impositivas se ha incorporado un Iribarren contratos o convenios para
importante cuerpo normativo destinado el financiamiento o
a incentivar la exportación, el empleo, la cofinanciamiento de proyectos
capacitación de personal trabajador, la culturales a ejecutarse dentro del
11
12. Municipio, así como también,
aquellos que apoyen El régimen de sanciones ha sido
financieramente programas de modificado con el objeto de adecuar los
asesoría técnica, preparación, montos de las multas a la situación
traslado y movilización de equipos económica por la que atraviesa la
deportivos, clasificados como economía local pero sin perder de vista
aficionados residentes en el el carácter correctivo que deben tener
Municipio, con méritos suficientes las mismas para alejar prácticas
para acreditarse la representación indeseables respecto del incumplimiento
municipal o estadal o que hubiesen de las obligaciones y deberes formales y
sido clasificados como campeones o las irregularidades sobre el ejercicio de
subcampeones en el Estado Lara el la actividad económica en el Municipio.
año anterior a su evaluación.
En este sentido los montos de las multas
En ambos casos, la rebaja será han sido notablemente reducidos en el
equivalente hasta un veinte por Artículo 95, en tanto que en los
ciento (20%) del impuesto que supuestos de irregularidades en el
corresponda pagar. ejercicio de las actividades económicas
se ha distinguido entre medidas
• Los titulares de licencia de preventivas, como son el cierre temporal
funcionamiento de industria y y la suspensión de la licencia y la
comercio que conforme a los medida sancionatoria como es la multa,
programas municipales de atención determinada en unidades tributarias
integrada al niño creados al efecto como montos fijos.
por el Municipio, apadrinen a uno o Se ha incluido en el Artículo 100 una
más niños, mediante el pago de todo sanción a funcionarios municipales
o parte de los gastos anuales de cuando incurran en omisión o retardo en
educación, alimentación, salud, el cumplimiento de las obligaciones que
vestido, calzado y otros, de niños le impone la OIAE o sus reglamentos.
en condición de pobreza crítica, Esta sanción consistirá en una multa
obtendrán una rebaja del cinco por calculada entre el equivalente al 20% y
ciento (5%) del impuesto a pagar, dos (2) veces el sueldo mensual del
previa deducción en su declaración funcionario.
impositiva, de los gastos incurridos
en el apadrinamiento. Las rebajas 9. LOS AGENTES DE
señaladas anteriormente son RETENCION
adicionales al resto de las
contempladas en la Ordenanza. La normativa vigente sobre los
agentes de retención se ha
Será requisito indispensable para el mantenido en su totalidad,
goce de los incentivos, que el debidamente corregida, por
contribuyente presente la considerarse de especial
acreditación de la respectiva importancia su cabal aplicación en
afiliación a la cámara gremial que el Municipio, habida cuenta la gran
corresponda según el ramo de la cantidad de actividades económicas
actividad económica que ejerza y el ejercidas en el mismo por personas
cumplimiento de sus deberes y que no tienen un establecimiento
obligaciones formales establecidos permanente ni eventual. En este
en la OIAE. Así mismo, que no sentido se ratifica el carácter de
fueren infractores de deberes responsables del pago del impuesto
formales y no hubieren incurrido en sobre actividades económicas a las
reiteración y reincidencia. siguientes personas:
8. EL REGIMEN DE SANCIONES • Los organismos, empresas e
12
13. institutos autónomos nacionales. de Atención al Contribuyente y al
Inversionista deberá ser dictado
• Los organismos, empresas e dentro del lapso comprendido entre
institutos autónomos del Estado la fecha de publicación de la OIAE
Lara y del Municipio. y su entrada en vigencia.
• Las empresas mixtas nacionales,
estadales o municipales. • Los sujetos al pago de impuesto que
no hubiesen cumplido un (1) mes
• Los titulares de franquicias y en el ejercicio de las actividades,
representaciones comerciales contado a partir de 1º de enero del
otorgadas por empresas sin año 2001, formularían la
domicilio fiscal en el Municipio declaración de la base imponible,
Iribarren. abarcando el lapso comprendido
entre la fecha de inicio de las
• Igualmente se incorpora con actividades y la fecha de
carácter de agente de retención, vencimiento del mes.
Articulo 104,las personas naturales
o jurídicas que el Alcalde designe • A los fines de concluir el
mediante decreto publicado en cumplimiento de las obligaciones
gaceta. impositivas anuales previstas en la
Ordenanza derogada durante el año
10. LAS DISPOSICIONES 2001, se procederá de la siguiente
TRANSITORIAS manera:
Tomando en consideración el 1) Los sujetos pasivos efectuarán los
cambio sustancial en el régimen de pagos de las porciones pendientes
declaración, determinación y pago según la autoliquidación practicada
propuesto en la OIAE, se ha en el año 2000.
previsto varias normas que aseguren
un régimen de transición adecuado 2) Los sujetos pasivos pagarán los
para la entrada en vigencia de los ajustes impositivos previstos en la
cambios. Al efecto se ha dispuesto Ordenanza sobre Patente de
lo siguiente: Industria y Comercio derogada
conforme a lo señalado en el
• El lapso de base imponible que Artículo 140 de la OIAE, dentro del
regiría durante los meses de enero a lapso de treinta (30) días continuos
septiembre inclusive del año 2001 contados a partir del vencimiento de
sería el movimiento económico que su respectivo ejercicio económico.
corresponda a cada trimestre y a
partir del mes de octubre del año 3) Dentro del lapso indicado en el
2001 en adelante, regiría el lapso numeral anterior, los sujetos pasivos
mensual previsto en el Artículo 8° procederán conforme a lo dispuesto
antes indicado. en el Artículo 34 y 123 de la OIAE
sobre declaración, determinación y
• No obstante que la OIAE prevé en pago.
los Artículos 33, 34 y 8
declaraciones mensuales, durante el • Las sanciones que deban aplicarse
período comprendido entre enero y por contravenciones a las
septiembre inclusive del año 2001, Ordenanzas derogadas, indicadas en
las declaraciones al igual que los el Artículo 140 de la OIAE, se
pagos, se efectuarían por trimestres. aplicarían conforme a los supuestos
en ellas previstos, pero en las multas
• El decreto de creación de la Oficina y otras sanciones se aplicará la
13
14. OIAE cuando sean inferiores o más impositiva más eficiente y cómoda
benignas a las previstas en las para los sujetos pasivos (Artículo
Ordenanzas derogadas. 133).
11. LAS DISPOSICIONES FINALES • La posibilidad de modificar
mediante ordenanza
Como un conjunto de disposiciones complementaria las actividades
complementarias al texto de la económicas previstas en el
ordenanza se destacan, además de Clasificador a proposición del
las usuales sobre derogación, Alcalde, sin alterar las alícuotas o
aplicación de normas supletorias y mínimos tributarios (Artículo 136).
reglamentación, las siguientes:
• El establecimiento de los • La obligación de informar a los
correspondientes reglamentos para contribuyentes a través de los
la aplicación de los sistemas, reglamentos e instructivos
normas o disposiciones referentes a órganos y
administrativas que considere dependencias encargados de la
necesarias para la mejor ejecución de funciones y
instrumentación y puesta en procedimientos establecidos en la
práctica de las normas contenidas en OIAE e, igualmente, la de los
la presente Ordenanza, sin alterar procedimientos e instrucciones para
el espíritu y razón de la misma la tramitación de solicitudes,
(Artículo 127). declaraciones, peticiones, recursos y
en general toda información
• El reforzamiento del servicio de necesaria para:
consulta tributaria por parte de la
Dirección de Hacienda Municipal El cumplimiento de los deberes
(Art.129). formales relacionados con el
cumplimiento y ejecución de esta
• La creación de la OFICINA DE Ordenanza.
ATENCIÓN AL
CONTRIBUYENTE Y AL b) El acceso a los incentivos y
INVERSIONISTA (OACI), al que beneficios fiscales establecidos en
se hizo mención precedentemente y esta Ordenanza.
el reconocimiento explícito del
derecho a favor de todo Se propone que la OIAE entre en
contribuyente y ciudadano en vigencia el 1º de enero del 2001, con lo
general para denunciar y presentar que a partir de esa fecha quedarían
quejas ante la Alcaldía, por órgano derogadas la Ordenanza de Impuestos
de la Oficina de Atención al sobre Patente de Industria y Comercio
Contribuyente y al inversionista,
publicada en la Gaceta Municipal Nº
sobre las contravenciones a las
disposiciones de la Ordenanza y sus 1039 Extraordinaria de fecha 31 de
reglamentos (Artículo 130). octubre de 1996 y su reforma parcial,
publicada en la Gaceta Municipal Nº
• La obligación de adoptar las 1311 Extraordinaria de fecha 30 de
medidas necesarias para la octubre de 1998; la Ordenanza sobre
automatización progresiva de los Exoneraciones y Rebajas de Impuesto de
procedimientos establecidos en la la Patente de Industria y Comercio,
OIAE, a cargo del Alcalde e publicada en la Gaceta Municipal Nº
igualmente la facultad de celebrar 1109 Extraordinaria de fecha 1 de abril de
los convenios que estime necesarios
1997, el Artículo 5° de la Ordenanza
con entidades públicas o privadas,
para asegurar una recaudación
14
15. sobre Tasas y Certificaciones y las demás ejerzan tales actividades con fines
disposiciones que le sean contrarias. de lucro o remuneración en este
Municipio y desarrollado en la Ley
Orgánica del Poder Público
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE Municipal.
VENEZUELA
ESTADO LARA CAPITULO I
DEL HECHO IMPONIBLE
HECHO IMPONIBLE
MUNICIPIO IRIBARREN ARTÍCULO 2.- El hecho imponible del
impuesto sobre actividades económicas
es el ejercicio habitual, por cualquier
EL CONCEJO DEL MUNICIPIO medio, en la jurisdicción del municipio,
IRIBARREN, en uso de las de cualquier actividad lucrativa o
atribuciones establecidas en el remunerativa, de carácter independiente,
Numeral 1 del Artículo 54, Artículos bien fuere industrial, comercial,
75, 92, Numerales 1 y 4 del Artículo 95 económica, de servicio o de índole
y 162, de la Ley Orgánica del Poder similar, fuere eventual o ambulante, aun
Público Municipal, sanciona la cuando dichas actividades se realizaren
siguiente: sin la previa obtención de la licencia,
quedan a salvo las sanciones que por esta
ORDENANZA DE IMPUESTO razón fueren aplicables. Forman parte de
SOBRE ACTIVIDADES esta ordenanza el Clasificador de
ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, Actividades Económicas y el descriptivo
COMERCIO, SERVICIOS O DE de las definiciones del precitado
ÍNDOLE SIMILAR clasificador.
TITULO I PARÁGRAFO PRIMERO: a los
efectos de esta ordenanza se considera:
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETO 1. ACTIVIDAD COMERCIAL: toda
actividad económica que tenga por
ARTÍCULO 1.- La presente Ordenanza objeto la circulación y distribución
tiene por objeto: de productos o bienes entre
productores y consumidores, para
a) Establecer el procedimiento y los la obtención de ganancia, lucro o
requisitos que deben cumplir las remuneración, y, los derivados de
personas naturales y jurídicas para los actos de comercio considerados,
ejercer en forma habitual en objetiva o subjetivamente como
jurisdicción del Municipio Iribarren tales por la legislación mercantil,
actividades económicas de industria, salvo prueba en contrario, distintos
comercio, servicios o de índole a servicios.
similar. Se incluyen no sólo aquellos
casos de ejercicio eventuales de 2. COMERCIO AL POR MAYOR:
actividades económicas sino también actividad comercial que tiene por
el comercio ambulante. finalidad la distribución de
b) Regular el impuesto sobre dichas productos o bienes entre productores
actividades previsto en el Numeral 2 o fabricantes y detallistas, o, la
del Artículo 179 de la Constitución de distribución de productos entre
la República Bolivariana de distribuidores y detallistas.
Venezuela que deben pagar quienes
15
16. 3. COMERCIO AL POR MENOR:
actividad comercial que tiene por 8. EXPLOTACIÓN PRIMARIA: la
finalidad la distribución de bienes o simple producción de frutos,
productos entre el detallista y el productos o bienes que se obtuvieren
consumidor. de la naturaleza, siempre que éstos
no se sometieren a ningún proceso de
4. ACTIVIDAD INDUSTRIAL: toda transformación o de
actividad dirigida a producir, industrialización. En el caso de las
obtener, transformar, ensamblar o actividades agrícolas, se consideran
perfeccionar uno o varios productos también primarias las actividades de
naturales o sometidos previamente a cosechado, trillado, secado y
otro proceso industrial preparatorio. conservación; en las actividades
pecuarias, avícolas y de pesca, se
5. ACTIVIDAD DE SERVICIOS: considerarán actividades primarias
toda aquélla que comporte, los procesos de matanzas o beneficio,
principalmente, prestaciones de conservación y almacenamiento. Se
hacer, fuere que predomine la labor excluyen de esta categoría los
física o la intelectual. Quedan procesos de elaboración de
incluidos en este renglón los subproductos, el despresado,
suministros de agua, electricidad, troceado y cortes de animales. En las
gas, telecomunicaciones y aseo actividades forestales, se consideran
urbano, entre otros, así como, la actividades primarias los procesos de
distribución de billetes de lotería, los tumba, descortezado, aserrado,
bingos, casinos y demás juegos de secado y almacenamiento.
azar. A los fines del gravamen sobre PARÁGRAFO SEGUNDO: la
actividades económicas no se descripción de las actividades
considerarán servicios, los prestados económicas específicas se indican en el
bajo relación de dependencia. Clasificador de Actividades Económicas
anexo a la presente ordenanza. Serán de
6. ACTIVIDAD DE ÍNDOLE aplicación preferente las disposiciones
SIMILAR: toda actividad nacionales en cuanto al establecimiento
económica que busque la obtención de las alícuotas aplicables a las
de un beneficio material mediante actividades económicas.
la inversión de dinero, trabajo,
bienes o recursos físicos, MATERIA GRAVADA
materiales o humanos o la actividad
que por su naturaleza busca ARTÍCULO 3.- El objeto o materia
ganancia, utilidad, beneficio o gravada por el impuesto sobre
rendimiento especialmente en actividades económicas será en todo
dinero. caso, la actividad comercial, de servicio,
industrial o económica de índole similar,
7. EJERCICIO CON FINES DE genérica y abstractamente considerada,
LUCRO O REMUNERACION: el con prescindencia de los bienes o
ejercicio de las actividades antes servicios producidos o comercializados a
definidas, cuando con ello se busca través de ellas.
la obtención de un beneficio
material, independientemente que PRINCIPIO DE
ese beneficio material; ganancia, TERRITORIALIDAD
provecho, utilidad o rendimiento,
favorezca directa o exclusivamente ARTÍCULO 4.- A los fines de esta
a quien realiza la actividad o bien Ordenanza se considera que la actividad
que el beneficiario fuere un tercero, económica es ejercida en el Municipio
una colectividad o la sociedad Iribarren cuando una de las operaciones o
misma.
16
17. actos fundamentales que la determinen materiales que fueren provistos por el
hubieren ocurrido en su jurisdicción. ejecutor de la obra.
A los fines de determinar la 3. Cuando las actividades de
territorialidad en la realización del hecho comercialización se ejecuten a través
imponible se tendrán en cuenta las de varios establecimientos
siguientes reglas: permanentes o de bases fijas, los
ingresos gravables serán imputados a
1. La actividad industrial y de cada establecimiento en función de su
comercialización de bienes se volumen de ventas.
considerará gravable en el Municipio
Iribarren siempre que se ejerza 4. Si se tratare de servicios prestados o
mediante un establecimiento ejecutados en varias jurisdicciones
permanente o de base fija ubicada en municipales, los ingresos gravables
su jurisdicción. Si el contribuyente serán imputados a cada una de ellas,
tuviere su establecimiento en función de la actividad que en
permanente o de base fija ubicado cada una se despliegue.
únicamente en este Municipio, toda
actividad económica será gravada en 5. En el caso de servicios que fueren
él, así posea vendedores, totalmente ejecutados en una
comisionistas o representantes que jurisdicción diferente a aquella en el
recorran otras jurisdicciones cual el prestador tuviere el
ofreciendo los bienes y servicios. Si establecimiento permanente destinado
el contribuyente tuviere un a funcionar exclusivamente como
establecimiento permanente o de base sede de administración, le
fija ubicada en el Municipio Iribarren corresponderá establecer un mínimo
y además poseyere otros tributario fijado en función de
establecimientos permanentes o de criterios con servicios prestados por
bases fijas ubicadas en otras el municipio a ese establecimiento
jurisdicciones del país, se imputará a permanente.
cada establecimiento permanente o de
base fija el monto de los ingresos que 6. En caso de servicios contratados con
correspondiese a cada jurisdicción. personas naturales se considerarán
prestados únicamente en el Municipio
donde éstas tuvieren una base fija
2. Las actividades de ejecución de obras para sus negocios.
y prestaciones de servicios serán
gravables en la jurisdicción donde se PARÁGRAFO PRIMERO: a los
ejecuta la obra o se preste el servicio, efectos de la presente ordenanza se
siempre que el contratista permanezca entenderá como establecimiento
en esa jurisdicción por un período permanente la definición acogida por la
superior a tres meses, fuere que se ley que regula el Poder Público
tratare de períodos continuos o Municipal y en la legislación tributaria
discontinuos e indistintamente que la nacional vigente.
obra o servicio fuere contratada por
personas diferentes durante el año PARÁGRAFO SEGUNDO: no
gravable. En caso de no superarse ese obstante los factores de conexión
lapso o si el lugar de ejecución fuese previstos en este Artículo, la atribución
de muy difícil determinación, el de ingresos entre jurisdicciones
servicio se entenderá prestado en el municipales se regirá por las normas que
municipio donde se ubique el a continuación se disponen, en los
establecimiento permanente. En caso siguientes casos:
de contrato de obra quedaría incluida
en la base imponible el precio de los
17
18. 1. En el caso de actividades de inmuebles contiguos y con comunicación
transporte entre varios municipios, el interna, y aquél que funcione en varios
ingreso se entiende percibido en el pisos o plantas de un mismo inmueble,
lugar donde el servicio fuere siempre y cuando, en ambos casos,
contratado, siempre que lo fuere a pertenezcan o estén bajo la
través de un establecimiento responsabilidad de una misma persona y
permanente ubicado en la jurisdicción exploten el mismo ramo de actividad.
correspondiente.
PARÁGRAFO QUINTO: el impuesto
2. El servicio de telefonía fija se sobre actividades económicas se causará
considerará prestado en jurisdicción con independencia que el territorio o
del Municipio en el cual esté ubicado espacio en el cual se desarrolle la
el aparato desde donde parta la actividad económica sea del dominio
llamada. público o del dominio privado de otra
entidad territorial o se encuentre cubierto
3. El servicio de telefonía móvil se por aguas.
considerará prestado en la
jurisdicción del Municipio en el cual,
el usuario esté residenciado, de ser CAPITULO II
persona natural, o esté domiciliado,
en caso de ser persona jurídica. Se DE LOS SUJETOS PASIVOS DEL
presumirá lugar de residencia o
domicilio el que aparezca en la CONTRIBUYENTES
factura correspondiente.
ARTÍCULO 5.- Son sujetos pasivos del
4. Los servicios de televisión por cable, impuesto regulado por la presente
de Internet y otros similares, se Ordenanza, en calidad de contribuyentes,
considerarán prestados en la los siguientes sujetos respecto de los
jurisdicción del Municipio en el cual cuales se verifique el hecho imponible
el usuario esté residenciado, de ser establecido en la misma, a saber:
persona natural, o esté domiciliado,
en caso de ser persona jurídica. Se 1. Las personas naturales o jurídicas.
presumirá lugar de residencia o
domicilio el que aparezca en la 2. Las entidades o colectividades que
factura correspondiente. constituyan una unidad económica,
dispongan de patrimonio, tengan
PARÁGRAFO TERCERO: se autonomía funcional y declaren como
considerarán establecimientos distintos: tales ante el Servicio Nacional
Integrado de Administración
1. Los que pertenezcan a personas Tributaria (SENIAT) o fueren
diferentes aun cuando funcionen en calificadas como tales por dicho
un mismo local y ejerzan la misma organismo.
actividad.
3. Los consorcios, entendidos como
2. Los que estuvieren ubicados en agrupaciones empresariales,
locales o inmuebles diferentes aunque constituidas por personas jurídicas
ejerzan un mismo ramo de actividad y que tengan por objeto realizar una
pertenezcan o están bajo la actividad económica específica en
responsabilidad de una misma forma mancomunada.
persona.
4. Las sociedades irregulares o de
PARÁGRAFO CUARTO: se tendrá hecho.
como un solo establecimiento aquél que
funcione en dos o más locales o
18
19. A los efectos de la determinación y el
pago del impuesto regulado por esta 5. Los síndicos y liquidadores de las
Ordenanza, los sujetos pasivos indicados quiebras; los liquidadores de
en los numerales 2 y 3 deberán declarar y sociedades, y los administradores
computar dentro del movimiento judiciales o particulares de las
económico de sus respectivos ejercicios, sucesiones; los interventores de
la cuota de base imponible que le sociedades y asociaciones.
corresponda, de acuerdo a su
participación en los resultados o 6. Los socios o accionistas de las
ganancias producidas por el ejercicio de sociedades liquidadas.
actividades económicas realizadas en
jurisdicción del Municipio Iribarren. 7. Los demás que conforme a las
ordenanzas y demás leyes aplicables
RESPONSABLES sean calificados como tales.
ARTÍCULO 6.- Son sujetos pasivos del PARÁGRAFO TERCERO: la
impuesto establecido en la presente responsabilidad establecida en el
Ordenanza, en calidad de responsables, parágrafo anterior se limitará al valor de
aquéllos que sin tener el carácter de los bienes que se reciban, administren o
contribuyentes, deben cumplir las dispongan.
obligaciones y deberes atribuidos a los
contribuyentes. PARÁGRAFO CUARTO: subsistirá la
responsabilidad a que se refiere el
PARÁGRAFO PRIMERO: son parágrafo segundo de este Artículo,
responsables directos, los agentes de respecto de los actos que se hubieren
retención designados en esta Ordenanza, ejecutado durante la vigencia de la
o aquellos que hayan sido o sean representación, o del poder de
designados como tales por el Alcalde o administración o disposición, aun cuando
Alcaldesa mediante el respectivo decreto. haya cesado la representación o se haya
extinguido el poder de administración o
PARÁGRAFO SEGUNDO: son disposición.
responsables solidarios por los tributos,
multas y accesorios derivados de los PARÁGRAFO QUINTO: igualmente
bienes que administren, reciban o son responsables solidarios los
dispongan: adquirentes de fondos de comercio, así
como los adquirentes del activo y del
1. Los padres, los tutores y los curadores pasivo de empresas o entes colectivos con
de los incapaces y de herencias personalidad jurídica o sin ella.
yacentes.
La responsabilidad establecida en este
2. Los directores, gerentes, parágrafo estará limitada al valor de los
administradores o representantes de bienes que se adquieran, a menos que el
las personas jurídicas y demás entes adquirente hubiere actuado con dolo o
colectivos con personalidad culpa grave. Durante el lapso de un (1)
reconocida. año contado a partir de la notificación de
la operación a la Dirección de Hacienda o
3. Los que dirijan, administren o tengan el organismo desconcentrado con
la disponibilidad de los bienes de competencias tributarias, éstos podrán
entes colectivos o unidades requerir el pago de las cantidades por
económicas que carezcan de concepto de tributos, multas y accesorios
personalidad jurídica. determinados, o solicitar la constitución
de garantías respecto de las cantidades en
4. Los mandatarios, respecto de los proceso de fiscalización y determinación.
bienes que administren o dispongan.
19
20. CAPITULO III intereses provenientes de
operaciones financieras, los
DE LA BASE IMPONIBLE salvamentos de siniestros y
cualquier otro ingreso, percepciones
CONCEPTO por servicios y accesorios,
provenientes de las actividades que
ARTÍCULO 7.- La base imponible del realizan estas instituciones de
impuesto regulado mediante la presente conformidad con la Ley Nacional que
ordenanza está constituida por los regula la materia.
ingresos brutos efectivamente percibidos
en el período impositivo correspondiente, 4. Para las empresas reaseguradoras,
por las actividades económicas u el monto de ingreso bruto
operaciones cumplidas en la jurisdicción resultante de las primas retenidas
del Municipio Iribarren o que deban (entendidas como tales las primas
reputarse como ocurridas en esta aceptadas menos primas
jurisdicción de acuerdo con los criterios retrocedidas) netas de anulaciones,
previstos en la ley nacional, en esta más el producto de la explotación de
ordenanza o en los acuerdos o convenios sus servicios, de conformidad con la
celebrados a tales efectos. Ley Nacional que regula la materia.
En los casos especiales que a 5. Para los agentes comisionistas,
continuación se mencionan, constituye la corredores y sociedades de corretaje,
base imponible del impuesto sobre agencias de turismo y viajes,
actividades económicas, los siguientes navieras, aduaneras, oficinas de
elementos: negocios y representantes, corredores
y administradores de inmuebles y
1. Para quienes ejerzan actividades consignatarios que operen por cuenta
económicas, industriales, de terceros con base de porcentajes,
comerciales, de servicios, o de índole el ingreso bruto estará constituido por
similar, eventual o ambulante, el las comisiones, porcentajes u
monto de sus ingresos brutos. honorarios fijos percibidos y el
producto de la explotación de sus
2. Para quienes realicen operaciones servicios.
bancarias, de capitalización y de
ahorro y préstamo y similares, el 6. Para quienes realizaren actividades de
monto de los ingresos brutos transporte, los ingresos brutos que
resultantes por concepto de intereses, generasen por fletes u otros
descuentos, cambios, comisiones, conceptos de las cargas que
explotación de servicios y trasladen, se entienden percibidos en
cualesquiera otros ingresos o el lugar donde el servicio fuere
accesorios, provenientes de contratado siempre que lo sea a través
actividades realizadas por esos de un establecimiento permanente
institutos de conformidad con la Ley ubicado en esta jurisdicción, sea cual
Nacional que rige la materia. No se fuere el destino de la carga.
consideran como tales las cantidades
que reciban en depósitos. En el caso de otros contribuyentes no
contemplados en los numerales
3. Para las empresas de seguros, el anteriores, será considerada como base
monto de las primas recaudadas imponible, los ingresos brutos en los
netas de devoluciones, el producto términos establecidos en el encabezado
de sus inversiones, la participación del presente Artículo.
en las utilidades de las
reaseguradoras, las comisiones PARÁGRAFO PRIMERO: en el caso
pagadas por reaseguradores, previsto en el numeral 1 se entienden por
20
21. ingresos brutos todas las cantidades, ramos que constituyan dicho ingreso ni
proventos o caudales que de manera de las erogaciones hechas para
regular, perciba el contribuyente o obtenerlos, ni ninguna otra deducción
establecimiento permanente o de base que no esté expresamente prevista en
fija por causa relacionada con las esta Ordenanza. A los efectos de fijar la
actividades económicas gravadas, base de cálculo del impuesto establecido
siempre que no se esté obligado a en la presente Ordenanza, solamente
restituirlo a las personas de quienes serán deducibles del monto de los
hayan sido recibidos o a un tercero y que ingresos brutos u operaciones efectuadas:
no fueren consecuencia de un préstamo o
de otro contrato semejante. 1. Los descuentos efectuados en las
prácticas habituales del comercio y
PARÁGRAFO SEGUNDO: para el las devoluciones de bienes o
caso de las actividades industriales, la anulaciones de contratos de servicios,
base imponible estará representada por siempre y cuando:
todos los ingresos brutos, percibidos
mediante un establecimiento permanente, a. Provengan de operaciones
o base fija, ubicada en el territorio del propias del negocio.
municipio.
b. Que ese monto se haya tomado
PARÁGRAFO TERCERO: en el caso previamente en cuenta para
de agencias de publicidad, computar los ingresos brutos
administradoras y corredoras de bienes declarados.
inmuebles y demás contribuyentes que
perciban comisiones o demás 2. Lo pagado por concepto de impuestos
remuneraciones similares, se entenderá específicos al consumo
como ingreso bruto sólo el monto de los correspondientes a nivel Estadal o
honorarios, comisiones o demás Nacional, tales como los que graven
remuneraciones similares que fueren cigarrillos, alcoholes y minerales no
percibidas. metálicos.
PARÁGRAFO CUARTO: no se 3. Cuando se trate de un contribuyente
considerarán como parte del ingreso industrial que venda los bienes
bruto para la determinación de la base producidos en otros municipios
imponible, la percepción de incentivos o distintos al de la ubicación de la
beneficios fiscales que otorgue el industria, el impuesto pagado por el
Gobierno Nacional a las actividades ejercicio de actividades económicas
económicas destinadas a la exportación, en el Municipio sede de la industria,
tales como, reintegros efectuados por el podrá deducirse del impuesto a pagar
Servicio Nacional Integrado de en el Municipio en que se realiza la
Administración Tributaria (SENIAT) actividad comercial. En caso que la
por concepto de créditos fiscales venta se realice en más de un
conforme a la legislación nacional municipio sólo podrá deducirse el
aplicable. Los sujetos pasivos deberán impuesto pagado por el ejercicio de la
indicar en su contabilidad los ingresos actividad industrial proporcional a los
obtenidos por dichos conceptos, así bienes vendidos en cada municipio.
como, mostrar los documentos En ningún caso la cantidad a deducir
respectivos, en los casos de fiscalización podrá exceder de la cantidad de
previstos en esta ordenanza. impuesto que corresponda pagar en la
jurisdicción del establecimiento
PARÁGRAFO QUINTO: para comercial.
determinar la base imponible conforme a
lo previsto en este Artículo, no se 4. En el caso de actividades económicas
permitirá la deducción de ninguno de los sometidas al pago de regalías o
21
22. gravadas con impuestos a consumos sucursales, agencias u oficinas
selectivos o sobre actividades debidamente establecidas fuera del
económicas específicas, debidos a Municipio Iribarren.
otro nivel político territorial, se
reconocerá lo pagado por esos LAPSO DE CÁLCULO
conceptos como una deducción de la
base imponible del impuesto sobre ARTÍCULO 8.- El período impositivo
actividades económicas, en de este impuesto coincidirá con el año
proporción a los ingresos brutos civil y los ingresos gravables serán los
atribuibles a la jurisdicción municipal percibidos en ese año. La base imponible
respectiva. que se tomará para la determinación
definitiva del impuesto, será la del
PARÁGRAFO SEXTO: no forman movimiento económico de cada año
parte de la base imponible: inmediatamente anterior al que
corresponda la declaración definitiva.
1. El Impuesto al Valor Agregado o
similar, ni sus reintegros cuando PARÁGRAFO ÚNICO: se establecen
fueren procedentes en virtud de la determinaciones anticipadas de impuesto
Ley. sobre la base imponible del movimiento
2. Los subsidios o beneficios fiscales económico mensual del contribuyente,
similares obtenidos del Poder las cuales serán descontadas al momento
Nacional o Estadal. de hacer la declaración definitiva con
3. Los ajustes meramente contables en base a los ingresos gravables percibidos
el valor de los activos, que fueren en ese año.
resultado de la aplicación de las
normas de ajuste por inflación TITULO II
previstas en la Ley de Impuesto sobre
la Renta o por aplicación de DEL REGISTRO DE
principios contables generalmente INFORMACION DE
aceptados, siempre que no se hayan CONTRIBUYENTES DEL
realizado o materializado como IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES
ganancia en el correspondiente ECONÓMICAS Y DE LA
ejercicio. OBTENCION DE LA LICENCIA DE
4. El producto de la enajenación de FUNCIONAMIENTO
bienes integrantes del activo fijo de
las empresas. CAPITULO I
5. El producto de la enajenación de un
fondo de comercio de manera que DEL REGISTRO DE
haga cesar los negocios de su dueño. INFORMACION DE
6. Las cantidades recibidas de empresas CONTRIBUYENTES
de seguro o reaseguro como
indemnización por siniestros. OBJETIVO
7. El ingreso bruto atribuido a otros
municipios en los cuales se desarrolle ARTÍCULO 9.- La Dirección de
el mismo proceso económico del Hacienda Municipal o el órgano
contribuyente, hasta el porcentaje que desconcentrado creado con competencias
resulte de la aplicación de los tributarias, formará un Registro de
Acuerdos o Convenios regulados en Contribuyentes del Impuesto sobre
la Ley Nacional, cuando éstos hayan Actividades Económicas de todos los
sido celebrados. sujetos pasivos que realizan actividades
8. El monto de los ingresos brutos u gravables en jurisdicción del Municipio
operaciones mercantiles realizadas Iribarren. Este registro temporalmente
por los contribuyentes sometidos a la estará constituido por la base de datos
presente Ordenanza a través de
22
23. que contenga los números de licencia de PARÁGRAFO ÚNICO: la Alcaldía, a
funcionamiento. través de la Dirección de Hacienda
Municipal o el órgano desconcentrado
El Registro de Información de creado con competencias tributarias,
Contribuyentes se elaborará tomando en podrá expedir a cada contribuyente una
cuenta tanto las especificaciones tarjeta magnética que identifique su
contenidas en los expedientes de las inscripción debidamente numerada. El
licencias de funcionamiento otorgadas, número de la tarjeta de inscripción
como en las solicitudes de las mismas y deberá indicarse en las declaraciones
cualesquiera otras informaciones que tributarias. El costo de expedición de la
recabe para este fin. Los contribuyentes tarjeta correrá por cuenta del
que realizan actividades económicas sin contribuyente. Así mismo la
haber obtenido previamente la licencia de administración tributaria podrá inscribir
funcionamiento, deberán suministrar a la provisionalmente a los contribuyentes
Alcaldía la información respectiva que no posean licencia de
conforme al formulario que al efecto funcionamiento, asignándole un número
suministrará la Dirección de Hacienda de inscripción provisorio, el cual tendrá
Municipal o el órgano desconcentrado validez sólo por el periodo de tiempo
creado con competencias tributarias. establecido en las normas, durante el cual
Igual obligación incumbirá a los titulares se tramite la respectiva licencia de
de franquicias y representaciones funcionamiento.
comerciales, respecto de las empresas
que hayan otorgado tales franquicias. ACTUALIZACIÓN
La organización y actualización ARTÍCULO 10.- El Registro de
permanente del Registro de Información Información de Contribuyentes deberá
de Contribuyentes deberá permitir: mantenerse permanentemente
actualizado y a él deberán
a) Determinar el número de incorporarse, inmediatamente, las
contribuyentes, su ubicación, el modificaciones que se produzcan en la
número de la licencia de información y condiciones originales
funcionamiento correspondiente si dadas en el otorgamiento de la licencia
fuera el caso y otras características de funcionamiento.
de los mismos.
A los fines previstos en este Artículo,
b) Controlar los derechos pendientes a tanto los contribuyentes como los
favor del Fisco Municipal por responsables están obligados a
concepto del impuesto regulado en la comunicar a la Alcaldía cualquier
presente Ordenanza y de multas, modificación que pueda producirse en
intereses y recargos aplicados los datos exigidos en los Artículos 18 y
conforme a la misma, así como el 19 de esta Ordenanza. La comunicación
cumplimiento de sus obligaciones se realizará dentro de los plazos y en la
respecto de otros tributos forma prevista en el Artículo 31.
municipales.
PARÁGRAFO ÚNICO: la exclusión
c) Identificar los contribuyentes que por de contribuyentes del Registro de
cualquier causa hayan cesado en Información de Contribuyentes, sólo se
ejercicio de sus actividades o las hará después que la administración
hubieren modificado y la de los tributaria municipal hubiese verificado
contribuyentes o responsables que y constatado mediante acta, que
hayan dejado pendientes de pago el efectivamente, se ha cesado en el
impuesto y sus accesorios. ejercicio de las actividades o que se
hubiere notificado al contribuyente la
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24. cancelación de la licencia de teléfono y aseo domiciliario, deberán
funcionamiento. comunicar a la Dirección de Hacienda o
al órgano desconcentrado con
PERIODICIDAD DE LA competencia tributarias, de acuerdo a los
ACTUALIZACIÓN parámetros indicados por ésta, el número
e identificación de los suscriptores del
ARTÍCULO 11.- La Dirección de servicio con tarifa comercial e industrial.
Hacienda Municipal o el órgano La información deberá enviarse a la
desconcentrado creado con competencias Alcaldía cada tres (3) meses. En los
tributarias realizará con periodicidad no casos de servicios públicos municipales,
menor de dos (2) años, un censo de se considerará incorporada en el
contribuyentes por concepto del respectivo contrato la obligación de
impuesto regulado en esta Ordenanza, y suministrar la información prevista en
comparará sus resultados con el este Artículo.
Registro de Información de
Contribuyentes, para efectuar en este De igual manera, las notarías y registros
último los ajustes que resultaren implementarán un mecanismo de
necesarios. información en línea con la
administración tributaria municipal, a los
Para completar y mantener actualizado el fines que ésta puedan verificar el
Registro de Información de cumplimiento de los deberes tributarios
Contribuyentes, la Dirección de de los sujetos pasivos del impuesto que
Hacienda Municipal o el órgano se regula en esta Ordenanza.
desconcentrado podrá realizar
inspecciones fiscales permanentes y CAPITULO II
utilizar la información catastral, los
datos censales, las suscripciones de DE LAS LICENCIAS DE
servicios públicos y los registros de FUNCIONAMIENTO
organismos oficiales inclusive registros y
notarías. SECCION PRIMERA
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DEL PROCEDIMIENTO PARA
DE INFORMACIÓN FISCAL OBTENER
MUNICIPAL
LA LICENCIA DE
ARTICULO 12.- Las personas naturales FUNCIONAMIENTO
o jurídicas, las entidades o agrupaciones DEBER FORMAL
sin personalidad jurídica, susceptibles en
razón de la actividad económica que ARTÍCULO 14.- Para el ejercicio de
realicen, de ser sujetos pasivos del una actividad económica en forma
impuesto previsto en esta Ordenanza, habitual en un establecimiento
deberán además inscribirse en el permanente o de base fija ubicado en
Registro de Información Fiscal del jurisdicción del Municipio Iribarren,
Municipio, conforme a las normas que al deberá solicitarse y obtenerse
efecto se prevean en el Reglamento previamente a su inicio la respectiva
respectivo. licencia de funcionamiento.
COOPERACIÓN DE ENTIDADES La licencia de funcionamiento es un acto
PRESTATARIAS DE SERVICIOS administrativo, mediante el cual, el
PÚBLICOS Municipio autoriza al titular, para la
instalación y ejercicio de las actividades
ARTÍCULO 13.- Las empresas económicas en ella señaladas y en las
públicas o privadas que suministren condiciones y horarios indicados, en el
servicios de electricidad, gas, agua, sitio, establecimiento o inmueble
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25. especificado, y, a partir de la fecha de la 2. Licencia de funcionamiento para
notificación del mismo. ejercicio de actividad económica
persona natural, será de 6,5 U.T.
La solicitud y obtención de la licencia de
funcionamiento también la deberán PARÁGRAFO PRIMERO: las tasas
cumplir quienes ejerciendo en forma establecidas en el presente artículo serán
permanente, en establecimientos rebajadas en un diez por ciento (10%),
ubicados en otros municipios, se según corresponda, cuando el solicitante
propongan realizar en forma eventual demuestre su afiliación en algunas de las
actividades económicas gravadas cámaras gremiales que operan en el
conforme a esta ordenanza, en el Municipio Iribarren.
Municipio Iribarren, en consecuencia,
ésta se denominará “Licencia de PARÁGRAFO SEGUNDO: las tasas se
Funcionamiento Eventual”, debiendo calcularán conforme al valor de la unidad
cancelar la mitad de la tasa que tributaria nacional vigente en la
corresponda a las licencias expedidas oportunidad de recepción de la solicitud.
para los que desarrollen sus actividades
en un establecimiento permanente o de PARÁGRAFO TERCERO: aún
base fija. cuando la licencia de funcionamiento
fuese negada, o el solicitante no
PARÁGRAFO PRIMERO: en el caso completare el procedimiento de
específico de lo sujetos pasivos tramitación, en ningún caso habrá lugar
dedicados al ejercicio de la actividad a reintegro de lo pagado por concepto de
económica de bingos, casinos y tasa respectiva
máquinas traganíqueles, será
absolutamente necesaria la obtención PARÁGRAFO CUARTO: la
previa de la autorización otorgada por las tramitación a que hace referencia el
autoridades nacionales competentes. presente artículo, comprende además la
totalidad de los servicios de revisión de
PARÁGRAFO SEGUNDO: las la documentación y expedición de
Asociaciones Cooperativas deberán certificaciones por parte de las
solicitar y obtener previamente a la autoridades municipales urbanísticas,
tramitación de la exención del pago del ambientales y de bomberos. La tasa única
impuesto regulado en esta ordenanza, la incluye los costos administrativos de las
licencia de funcionamiento, bien sea que diferentes unidades que intervienen en la
realicen actividades económicas en un tramitación de la licencia, distribuidos en
establecimiento permanente o de base la forma siguiente: 2 UT Cuerpo de
fija, o que efectuaren actividades en Bomberos, 5 UT Dirección Planificación
forma eventual. y Control Urbano y 6 UT Dirección de
Hacienda o el órgano desconcentrado
TASA ADMINISTRATIVA DE creado con competencias tributarias. En
TRAMITACIÓN la formulación del presupuesto anual del
municipio, deberá destinarse
ARTÍCULO 15.- La solicitud y obligatoriamente al servicio de
tramitación de la licencia de bomberos, un monto equivalente a la
funcionamiento causará la tasa única octava parte del monto percibido por
siguiente: concepto de la tasa prevista en este
artículo, en el período fiscal inmediato
1. Licencia de funcionamiento para anterior e igualmente, un monto similar,
ejercicio de actividad económica al programa de control y desarrollo
persona jurídica, será de 13 U.T. urbano.
PARÁGRAFO QUINTO: en caso que
la licencia fuese negada, la nueva
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