La letrina de hoyo seco es la más común en áreas rurales con baja densidad de población. Consiste en un hoyo de 0.9 metros de lado o circular en el suelo cubierto por una plataforma de cemento o madera con un agujero, y eventualmente una taza. La normativa venezolana establece distancias mínimas para la ubicación de letrinas y especificaciones técnicas como profundidad y materiales de construcción.
1. CALCULO DE LETRINAS
Realizado por
Rhode Alejandra Aquino Azocar
C.I. 12.139.078
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
I.U. Politécnico “Santiago Mariño”
Sede los postes negros/Escuela de Ing. Civil
Saneamiento Ambiental
2. La letrina o retrete es un espacio destinado a defecar. La correcta disposición de las
excretas es fundamental para preservar la salud de las comunidades. En las áreas rurales,
con poca densidad de población, la solución técnica y económicamente más viable es la
letrina.
La letrina de Hoyo Seco es la más común. Se trata simplemente de un hoyo en el terreno
cubierto con una plancha de cemento o madera en la que se ha practicado un agujero
sobre el que eventualmente se puede colocar una taza. (inodoro o wáter)
En Venezuela existe un lineamiento para la disposición de Excretas, tipificado en la Norma
Sanitaria 4.044 del 08/09/1988.
Capítulo XXXV De las Letrinas de Hoyo y otros Métodos para la Disposición de Excretas
sin Acarreo por Agua
Artículo 530 Donde no se disponga de servicio de agua se pondrán utilizar
provisionalmente letrinas de hoyo, u otros métodos sin acarreo por agua, previamente
autorizado por la Autoridad Sanitaria Competente para la disposición de excretas.
Artículo 531 La letrina de hoyo debe ser ubicada convenientemente, guardando las
distancias mínimas señaladas en la Tabla 52 del Capítulo XXXIV de estas normas.
3. Artículo 532 El hoyo de la letrina se hará de sección cuadrada de 0,90 metros de lado o circular
de igual diámetro, por 3,00 metros de profundidad. Cuando el terreno sea deleznable el hoyo
se protegerá con paredes de bloques de concreto, ladrillos bien cocidos hubo otro material
adecuado, colocados con juntas abiertas.
Artículo 533 En terrenos donde el nivel freático se encuentre a menos de 1,20 metros de
profundidad el hoyo podrá construirse en forma alargada para darle suficiente capacidad.
Artículo 534 La plataforma que cubre la boca del hoyo deberá tener una elevación suficiente
sobre el terreno circundante para evitar la entrada de aguas superficiales. Se construirá de
concreto armado u otros materiales de construcción susceptibles de soportar una carga
mínima de 200 kgr/m²; esta plataforma estará acondicionada para funcionar como excusado
tipo turco o para que se le construya encima, un asiento. En ambos casos se requerirá una tapa
de madera para el cierre del orificio.
Artículo 535 Se prohíbe disponer aguas servidas o de lluvia en las letrinas de hoyo.
Artículo 536 Sobre la plataforma se instalará una caseta anclada al piso, de material adecuado,
con suficiente luz y ventilación naturales, protegiéndose las aberturas con tela metálica y
proyectándose a la puerta de cierres de manera que permitan cerrarla interior y
exteriormente. El área interior mínima de la caseta debe ser 1,00 m²
4. Tipo de
Sistema
Fuentes de
abastecimiento
de agua
Cuerpo
de
agua
Estanque
Subterraneo
Vivienda Lindero Campo
de Riego
Sumidero
Septico 15 15 10 1.5 1
Campo de
riesgo
30 (*) 7.5 15 3 3 (**) 6
Sumidero 30 (*) 15 15 5 4.5 (**) 6 6(***)
Letrina 45 15 15 6 4.5 4.5 4.5
Pozo Seco 15 - 3 3 3 6 6
(*) A juicio de la Autoridad Sanitaria Competente esta distancia puede ser reducida hasta 15 metros, según las
condiciones del suelo.
(**) Esta distancia podrá ser aumentada a juicio de la Autoridad Sanitaria Competente, cuando el terreno donde
se vaya a construir el sumidero o campo de riego presente considerable desnivel hacia el predio vecino.
(***) Cuando hay más de un sumidero.
Tabla 52
UBICACIÓN DE LOS COMPONENTES DE UN SISTEMA DE DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS,
DISTANCIAS MÍNIMAS A MANTENERSE DE BORDE A BORDE