2. Hola soy Luisa Paola
Sabino Mejía y
simbolizo la seguridad
en nuestra entidad.
3.
4.
5. El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST) de la Alcaldía Municipal de Uribia, está
comprometido con la protección de todos sus Servidores
Públicos y contratistas. Promoviendo la seguridad y la salud,
para esto desarrolla de forma permanente el SG-SST, con el
fin de prevenir de peligros y riesgos que puedan afectar la
salud de los trabajadores en su lugar de trabajo.
contribuyendo que se trabaje en un ambiente saludable,
mejorando la calidad de vida, incrementando la motivación y
su productividad laboral.
6. POLITICA EN SST
La Alcaldía Municipal de Uribía, La Guajira, está comprometida con la protección de todos sus
empleados, promoviendo la seguridad y la salud de cada uno de sus trabajadores; para esto desarrolla
de forma permanente el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo, contribuyendo que se
trabaje en un ambiente saludable, mejorando la calidad de vida, incrementando la motivación y
productividad; y, que la administración alcance la competitividad y el éxito, para esto la Alcaldía Municipal
establecen los siguientes lineamientos:
-Cumplir con las leyes y reglamentos aplicables en cuanto a seguridad y salud en el trabajo, estándares y
obligaciones aplicables relacionados con los peligros y salud en el área laboral de los trabajadores.
-Asumir liderazgo y la aplicación de un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo con el
objetivo de velar por la seguridad, salud y protección de todos sus colaboradores, contratistas,
subcontratistas y visitantes; efectuando esfuerzos permanentes e identificar los peligros valorando los
riesgos asociados a sus actividades.
-Implementar programas, campañas y actividades encaminadas a responder a la naturaleza y escala de
los riesgos identificados en la Administración, orientados al bienestar de sus empleados.
7. ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL
SERVIDOR PUBLICO Y CONTRATISTA
Procurar el cuidado integral de su salud.
Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud y en caso de
sufrir un accidente o incidente laboral al Profesional de la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Cumplir las normas y políticas del SG-SST de la Entidad.
Informar oportunamente a su jefe inmediato acerca de los peligros y riesgos latentes en
su sitio de trabajo.
Participar en actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el
plan de capacitación del SG-SST.
Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema Gestión de Seguridad
y Salud en el Trabajo SG-SST
9. FUNCIONES DE LOS COMITÉS
COPASST COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
Investigar accidentes y casi accidentes de trabajo,
enfermedad laboral e información estadística.
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas referentes a
acoso laboral.
Participar en las actividades de capacitación dirigidas a
directivos, supervisores, miembros del comité y
trabajadores en general en aspectos de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
Escuchar a las partes involucradas sobre los hechos que
dieron lugar a la queja.
Coordinar entre sus trabajadores y empelados temas
inherentes a la Seguridad y Salud en el Trabajo
Adelantar reuniones para crear un espacio de diálogo entre
las partes.
Realizar las inspecciones legalmente establecidas Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las
partes y verificar su cumplimiento.
Vigilar el cumplimiento del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el trabajo, el Reglamento de Higiene
y Seguridad Industrial, las Normas Legales Vigentes y
actas.
Presentar a la alta dirección las recomendaciones para el
desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas
de acoso laboral
10. REUNIONES Y QUÓRUM DE LOS
COMITÉS
Frecuencia:
• Copasst: Mensual
• Convivencia:
Trimestral
Reuniones
extraordinarias:
• Copasst: accidente
grave o riesgo
inminente.
• Convivencia: Queja
de presunto acoso
laboral
Quórum
• Estará constituido
por la mitad más
uno de sus
miembros
11.
12. BRIGADA DE EMERGENCIA
Grupo encargado de atender la
emergencia en forma directa, dividido en
subgrupos con misiones específicas,
diferentes pero con una misma misión
general, que es la de controlar la
emergencia y en caso contrario establecer
los mecanismos de evacuación más
acertados según las condiciones que se
presenten.
16. ACCIDENTE DE TRABAJO
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la
ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la
ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y
horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante
el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los
lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el
empleador.
17. ACCIDENTE DE TRABAJO
De igual forma se considera accidente de trabajo
el que se produzca por la ejecución de actividades
recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe
por cuenta o en representación del empleador o de la
empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de
empresas de servicios temporales que se encuentren
en misión.
18. REPORTE ACCIDENTE DE TRABAJO
Trabajador Accidentado
INFORMAR
Jefe inmediato
REPORTAR
REPORTAR
19. Empleador: dos días hábiles para reportar a la
ARL y a la EPS
Artículo 62 – Decreto 1295 de 1994
20.
21. AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
LABORALES (SGRL)
La afiliación al SGRL es un seguro de la Seguridad Social, cuyo fin es
proteger la salud de los trabajadores y atender las contingencias
derivadas de las condiciones propias del trabajo.
Los trabajadores con vínculo laboral vigente, deben ser afiliados por
parte del empleador mediante el diligenciamiento del formulario de
afiliación a la ARL a la cual se encuentra afiliada la empresa.