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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE
LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE SISTEMAS MERCANTILES
NOMBRE MORAYMA VASQUEZ TERAN
SEMESTRE CUARTO
LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

   CAPITULO I : PRINCIPIOS GENERALES


                   PERSONAS      Proveedor persona
                   NATURALES     física o jurídica que
      OBLIGATOR    , JURIDICAS   actúa en el marco
          IA         , SECTOR    de su actividad
                      PUBLICO    empresarial

                                 Adquiriente
                   DEFENSA Y     persona física o
                   PROTECCIO     jurídica que actúa
       OBJETIVO      N DEL       en un ámbito
                   CONDUMID      ajeno a una
                      OR         actividad
                                 empresarial
   CAPITULO II: DERECHOS Y
    OBLIGACIONES DE LOS CONSUMIDORES

     Protección           Salud            Seguridad


             SATISFACCION DE NECESIDADES
CAPITULO III: REGULACION DE LA PUBLICIDAD



                           Induce a error al
                 ENGAÑOS   consumidor
                 A
    PUBLICIDAD

                 ABUSIVA   Induce a la
                           alteración del
                           orden público
CAPITULO IV: INFORMACION BASICA COMERCIAL
Básica Comercial
a) Nombre del producto, genérico o de marca;
b) Marca comercial;
c) Identificación del lote;
d) Razón social de la empresa;
                                                 Libertad a elegir
e) Contenido neto;
f) Número de registro sanitario;
g) Fecha de expiración o tiempo máximo de
consumo;
h) Lista de componentes, con sus respectivas
especificaciones;
i) Precio de venta al público;                 Servicios básicos de
j) País de origen;                               óptima calidad
k) Contraindicaciones;
CAPITULO V:RESPONSABILIDADES Y
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR



                                             entrega o
   Información veraz,                prestación, oportuna y
    clara, oportuna                  eficientemente el bien o
                                              servicio

                          PRECIO

                      El valor final deberá
                     indicarse de un modo
                          claro y visible
PRECIOS:


             FIJACION
  INE      = REVISION PRECIO
  N          CONTROL S
CAPITULO VI: SERVICIOS PUBLICOS
DOMICILIARIOS



                    obligadas a prestar
                  servicios eficientes, de
                    calidad, oportunos,
                        continuos y
                  permanentes a precios
                           justos


         Empresas que prestan servicios
                 domiciliarios
CAPITULO VII : PROTECCION CONTRACTUAL
                        CONTRATO DE
                         ADHESION



                        UNO DE LOS
                     CONTRATANTES SE
                   ADHIERE A CONDICIONES
                    ESTABLECIDAS POR EL
                           OTRO

 CONDICIONES VALIDEZ :
 1. Redactado en castellano y en términos claros y comprensivos
 2. Tamaño de fuente no menos diez puntos
 3. No remisión a textos o documentos que no formen parte del contrato,
     o que no sean de conocimiento público.
CAPITULO VIII : CONTROL DE LA ESPECULACION
          Faculta a los                       Faculta a los
     intendentes, subintend                   intendentes,
      entes y comisarios a                  subintendentes y
           controlar la                   comisarios a controlar
          especulación.                     la especulación.


.
                              Medidas necesarias para
                              evitar la fuga de alimentos
                                   fuera del territorio
                               nacional, que pudieran
                                        provocar
                              desabastecimiento de los
                                  mercados internos
CAPITULO IX : PRACTICAS PROHIBIDAS

    Condicionar la
  venta de un bien a
 la compra de otro o
 a la contratación de
      un servicio           Rehusar
                         atender a los
                         consumidores     Enviar cualquier servicio o
                        cuando su stock       producto sin que sea
                           lo permita         solicitado u ofertar la
                                          prestación de servicios que
                                          no cumplan con las normas
                                             técnicas y de calidad.




                                                             El redondeo de tiempos para
                                                                 efectivizar el cobro de
                                                             intereses, multas , o aplicar
                                                                  formulas de reajuste
CAPITULO X : PROTECCION A LA SALUD Y
             SEGURIDAD

         Tratándose de productos o servicios
            cuyo uso resulte potencialmente
         peligroso para la salud o integridad
          física de los consumidores, para la
             seguridad de sus bienes o del
             ambiente el proveedor deberá
         incorporar instructivos anexos, las
               advertencias o indicaciones
          necesarias para que su empleo se
            efectúe con la mayor seguridad
                         posible.
CAPITULO XI: ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES

                   OBJETO




                               Garantizar y procurar la
                            protección y la defensa de los
                             derechos e intereses de los
                              consumidores; promover la
                               información, educación,
                            representación y el respeto de
                                     los mismos
CAPITULO XII: CONTROL DE CALIDAD

                       INEN



               Determinará la lista de
                 bienes y servicios,
            provenientes tanto del sector
              privado como del sector
                 público, que deban
               someterse al control de
            calidad y al cumplimiento de
                  normas técnicas.
CAPITULO XIII: INFRACCIONES Y SANCIONES

              Se establecen las siguientes sanciones:
              como sanción general, de cien a mil USD,
              por infracciones a esta Ley; de mil a 4000
              USD en caso de publicidad abusiva o
              engañosa; clausura temporal o definitiva,
              si no se componen los daños ocasionados
              en mal de servicio de reparación; de mil a
              USD 5000, si no se retira y devuelve el
              precio de bienes defectuosos o peligrosos
              para la salud o si se suspende
              injustificadamente el servicio; y, de 500 a
              mil USD, en caso de no suministrar la
              información pedida por la autoridad
              competente.
CAPITULO XIV:COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTOS




            Es facultad de la Defensoría del Pueblo, conocer y
           pronunciarse motivadamente sobre los reclamos y las
           quejas, que presente cualquier consumidor, nacional
            o extranjero, que resida o esté de paso en el país y
            que considere que ha sido directa o indirectamente
                    afectado . En caso de no llegar a un
           acuerdo, elaborara un Informe que será remitido a un
            Juez de Contravenciones ,quien en un proceso oral
               sumarísimo ,convocará a las partes y dictará
                                 sentencia

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  • 1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES” FACULTAD DE SISTEMAS MERCANTILES NOMBRE MORAYMA VASQUEZ TERAN SEMESTRE CUARTO
  • 2. LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR  CAPITULO I : PRINCIPIOS GENERALES PERSONAS Proveedor persona NATURALES física o jurídica que OBLIGATOR , JURIDICAS actúa en el marco IA , SECTOR de su actividad PUBLICO empresarial Adquiriente DEFENSA Y persona física o PROTECCIO jurídica que actúa OBJETIVO N DEL en un ámbito CONDUMID ajeno a una OR actividad empresarial
  • 3. CAPITULO II: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONSUMIDORES Protección Salud Seguridad SATISFACCION DE NECESIDADES
  • 4. CAPITULO III: REGULACION DE LA PUBLICIDAD Induce a error al ENGAÑOS consumidor A PUBLICIDAD ABUSIVA Induce a la alteración del orden público
  • 5. CAPITULO IV: INFORMACION BASICA COMERCIAL Básica Comercial a) Nombre del producto, genérico o de marca; b) Marca comercial; c) Identificación del lote; d) Razón social de la empresa; Libertad a elegir e) Contenido neto; f) Número de registro sanitario; g) Fecha de expiración o tiempo máximo de consumo; h) Lista de componentes, con sus respectivas especificaciones; i) Precio de venta al público; Servicios básicos de j) País de origen; óptima calidad k) Contraindicaciones;
  • 6. CAPITULO V:RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR entrega o  Información veraz, prestación, oportuna y clara, oportuna eficientemente el bien o servicio PRECIO El valor final deberá indicarse de un modo claro y visible
  • 7. PRECIOS: FIJACION INE = REVISION PRECIO N CONTROL S
  • 8. CAPITULO VI: SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS obligadas a prestar servicios eficientes, de calidad, oportunos, continuos y permanentes a precios justos Empresas que prestan servicios domiciliarios
  • 9. CAPITULO VII : PROTECCION CONTRACTUAL CONTRATO DE ADHESION UNO DE LOS CONTRATANTES SE ADHIERE A CONDICIONES ESTABLECIDAS POR EL OTRO CONDICIONES VALIDEZ : 1. Redactado en castellano y en términos claros y comprensivos 2. Tamaño de fuente no menos diez puntos 3. No remisión a textos o documentos que no formen parte del contrato, o que no sean de conocimiento público.
  • 10. CAPITULO VIII : CONTROL DE LA ESPECULACION Faculta a los Faculta a los intendentes, subintend intendentes, entes y comisarios a subintendentes y controlar la comisarios a controlar especulación. la especulación. . Medidas necesarias para evitar la fuga de alimentos fuera del territorio nacional, que pudieran provocar desabastecimiento de los mercados internos
  • 11. CAPITULO IX : PRACTICAS PROHIBIDAS Condicionar la venta de un bien a la compra de otro o a la contratación de un servicio Rehusar atender a los consumidores Enviar cualquier servicio o cuando su stock producto sin que sea lo permita solicitado u ofertar la prestación de servicios que no cumplan con las normas técnicas y de calidad. El redondeo de tiempos para efectivizar el cobro de intereses, multas , o aplicar formulas de reajuste
  • 12. CAPITULO X : PROTECCION A LA SALUD Y SEGURIDAD Tratándose de productos o servicios cuyo uso resulte potencialmente peligroso para la salud o integridad física de los consumidores, para la seguridad de sus bienes o del ambiente el proveedor deberá incorporar instructivos anexos, las advertencias o indicaciones necesarias para que su empleo se efectúe con la mayor seguridad posible.
  • 13. CAPITULO XI: ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES OBJETO Garantizar y procurar la protección y la defensa de los derechos e intereses de los consumidores; promover la información, educación, representación y el respeto de los mismos
  • 14. CAPITULO XII: CONTROL DE CALIDAD INEN Determinará la lista de bienes y servicios, provenientes tanto del sector privado como del sector público, que deban someterse al control de calidad y al cumplimiento de normas técnicas.
  • 15. CAPITULO XIII: INFRACCIONES Y SANCIONES Se establecen las siguientes sanciones: como sanción general, de cien a mil USD, por infracciones a esta Ley; de mil a 4000 USD en caso de publicidad abusiva o engañosa; clausura temporal o definitiva, si no se componen los daños ocasionados en mal de servicio de reparación; de mil a USD 5000, si no se retira y devuelve el precio de bienes defectuosos o peligrosos para la salud o si se suspende injustificadamente el servicio; y, de 500 a mil USD, en caso de no suministrar la información pedida por la autoridad competente.
  • 16. CAPITULO XIV:COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTOS Es facultad de la Defensoría del Pueblo, conocer y pronunciarse motivadamente sobre los reclamos y las quejas, que presente cualquier consumidor, nacional o extranjero, que resida o esté de paso en el país y que considere que ha sido directa o indirectamente afectado . En caso de no llegar a un acuerdo, elaborara un Informe que será remitido a un Juez de Contravenciones ,quien en un proceso oral sumarísimo ,convocará a las partes y dictará sentencia