1. CONSULTA SOBRE LAS FRECUENCIAS
RADIOELECTRICAS
MATERIA: SENSORES REMOTOS
Nombre: Ronald LLinin
Código: 434
PERIODO: ABRIL- AGOSTO 2016
2. Espectro radioeléctrico.- El espectro radioeléctrico constituye un
subconjunto de ondas electromagnéticas u ondas hertzianas fijadas convencionalmente
por debajo de 3000 GHz, que se propagan por el espacio sin necesidad de una guía
artificial.
A través del espectro radioeléctrico es posible brindar una variedad de servicios de
telecomunicaciones que tienen una importancia creciente para el desarrollo y económico
de un país.
El espectro radioeléctrico es considerado por la Constitución de la República como un
sector estratégico, por tanto, el Estado se reserva el derecho de su administración,
regulación, control y gestión. Dentro de este contexto, La legislación de
telecomunicaciones ecuatoriana lo define como un recurso natural limitado,
perteneciente al dominio público del Estado, inalienable e imprescriptible. (SENATEL,
2012)
ADJUDICACION DE RADIOFRECUENCIAS Y DE TELEVISION.- El pasado 12 de abril de 2016,
inicio el Concurso Público para la Adjudicación de Frecuencias de Radiodifusión y de
Televisión de señal abierta. La convocatoria oficial la efectuaron, en rueda de prensa, el
Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, Ing. Augusto Espín; la
Directora Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones, Ing.
Ana Proaño; y, el Presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y
Comunicación, Magíster Patricio Zambrano.
Este concurso constituye un hito histórico, porque es un proceso transparente que
pretende dar voz a todos los ciudadanos al facilitar la creación y el fortalecimiento de
medios de comunicación privados y comunitarios. La comunicación y la información son
3. un derecho constitucional que, desde junio de 2013, se
estableció con la Ley Orgánica de Comunicación, en su artículo
106, que dispone la distribución de los medios públicos,
Privados y comunitarios en un 33%, 33% y 34%, respectivamente. A su vez, el Artículo 105
determina al espectro radioeléctrico como un bien de dominio público, inalienable,
imprescriptible e inembargable cuya democratización para uso y aprovechamiento está a
cargo del Estado.
Las condiciones de este concurso son las siguientes:
Las Bases se encuentran disponibles, sin ningún costo en el portal institucional de la
ARCOTEL; así como en las oficinas regionales de la Agencia.
Los interesados podrán formular preguntas en el término previsto en el cronograma del
proceso.
Toda la documentación deberá ser presentada en forma física y en medio magnético, la
misma podrá ser entregada en cualquiera de las oficinas de la ARCOTEL, hasta el 15 de
junio de 2016.
Para participar en el presente concurso, los interesados no deberán estar inmersos en las
inhabilidades y prohibiciones contempladas en la Constitución de la República del
Ecuador, la Ley Orgánica de Comunicación y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
La solicitud y demás documentación adjunta a la misma, se presentarán en documento
físico y en medio magnético por una sola ocasión. La documentación constante en el
documento físico será exactamente igual a la constante en el archivo magnético; ambas
DETALLE DE FRECUENCIAS
FM TOTAL 846
TV TOTAL 478
AM TOTAL 148
TOTAL 1472
4. deberán presentarse en un sobre cerrado en el mismo orden y
foliación (números y letras), y estará rubricada por el solicitante.
La evaluación de la solicitud y demás documentación se realizará
aplicando los parámetros de calificación previstos en las bases de este
concurso.
La ARCOTEL efectuará talleres de capacitación con la finalidad de socializar las bases de
este concurso público.