Este documento presenta información sobre el Programa de Especialización en Planificación y Evaluación de la Universidad Santa María. El programa busca formar un colectivo que promueva el uso de las tecnologías como factor de desarrollo humano y social mediante la creación de redes telemáticas y el fortalecimiento del potencial humano en el uso de las TIC.
2. R T Y S T U G O H S Z X
B S D F G B J P C V B N
A A X L V B N W R E D M
W V S L R Y T L F G H L
Z T B E F W R E T R E Ñ
X Y H Y S D S Y D W T I
C U G D D L X O S O P U
N J F E J O E R A I R Y
R W D L E P M G Q H T Q
Z A W A E N B A A R E T
Q W Q O R A V N S L L R
Y U T J F G H I D R E E
J Ñ Y U A Z X C T Y C S
L O E V S W Q A K L O O
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Q W R E X S Z C X S N S
C R B V V Q X I A W C E
T Y I O P R G O P P N R
J K L Ñ I T R N C V N F
3.
4. ARTÍCULO 108
“Los medios de comunicación
públicos y privados deben
contribuir a la
formación ciudadana “
ARTÍCULO 110
“El Estado reconocerá el interés
público en la ciencia, la
tecnología , el conocimiento,
la innovación y sus aplicaciones
como instrumentos fundamentales
para el desarrollo económico, social,
y político del país”
5. ARTÍCULO 1
“Artículo 1.- Esta Ley tiene por objeto establecer el
marco legal de regulación general de las telecomunicaciones,
a fin de garantizar el derecho humano de las personas a la
comunicación y a la realización de las actividades económicas
de telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más
limitaciones que las derivadas de la Constitución y las leyes.“
Caracas, 12 de Junio de 2000
6. ARTÍCULO 53 ARTÍCULO 68
“Derecho a la educación. Todos “Derecho a la información. Todos
los niños y adolescentes tienen los niños y adolescentes tienen
el derecho a la educación … el derecho a recibir, buscar y
Parágrafo Primero: El estado debe utilizar todo tipo de
sostener escuelas, planteles …..que información que sea acorde
cuenten con espacios físicos, con su desarrollo y a seleccionar
instalaciones y recursos pedagógicos…” libremente el medio y
la información a recibir…. “
Caracas, 03 de Septiembre de 1998
ARTÍCULO 69
“Educación Crítica para Medios de
Comunicación. El Estado debe
garantizar a todos los niños y
adolescentes educación dirigida
a prepararlos y formarlos para recibir, buscar,
utilizar y seleccionar apropiadamente la
información adecuada a su desarrollo.“
7. ARTÍCULO 1
“El presente Decreto-Ley tiene por objeto desarrollar
los principios orientadores que en materia de ciencia,
tecnología e innovación, establece la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, organizar el
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación,
definir los lineamientos que orientarán las políticas y
30 De Agosto de 2001 estrategias para la actividad científica, tecnológica y
de innovación, con la implantación de mecanismos
institucionales y operativos para la promoción, estímulo
y fomento de la investigación científica, la apropiación
social del conocimiento y la transferencia e innovación
tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la
generación, uso y circulación del conocimiento y de
impulsar el desarrollo nacional.“
8. ARTÍCULO 6
El Estado, a través de los órganos nacionales con
competencia en materia Educativa, ejercerá la rectoría
en el Sistema Educativo. En consecuencia:
“Las condiciones para la articulación entre la educación y los medios de
comunicación, con la finalidad de desarrollar el pensamiento crítico y
reflexivo, la capacidad para construir mediaciones de forma permanente
entre la familia, la escuela y la comunidad, en conformidad con lo
previsto en la Constitución de la República y demás leyes.”
Caracas, 13 de Agosto 2009
9. ARTÍCULO 28
“ El Estado, a fin de preservar el acceso
Y la permanencia de los jóvenes y
las jóvenes, en el sistema educativo,
optimizará la educación nocturna y la educación
A distancia mediante el uso de la informática.. ”
Caracas, 5 de Marzo de 2002 ARTÍCULO 29
“ El Ministerio de Educación, Cultura
y Deportes…... ”
ARTÍCULO 38
“ Los jóvenes y las jóvenes tienen
derecho…. Creaciones científicas,
tecnológicas y culturales que realicen,
de conformidad con la ley respectiva”
10. ARTÍCULO 1
El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar
y reconocer eficacia y valor jurídico a
la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a
toda información inteligible en formato electrónico,
independientemente de su soporte material,
atribuible a personas naturales o jurídicas, públicas o
privadas, así como regular todo lo relativo a los
Caracas, 10 de febrero de 2001 Proveedores de Servicios de Certificación y los
Certificados Electrónicos.”.
11. ARTÍCULO 5
ARTÍCULO 1 “El Ministerio de Educación, Cultura
y Deportes dictará las directrices tendentes
“Artículo 1°: Se declara el acceso y el a instruir sobre el uso de Internet, el
uso de Internet como política prioritaria comercio electrónico, la interrelación y la
para el desarrollo cultural, económico, sociedad del conocimiento. Para la correcta
social y político de la República implementación de lo indicado, deberán
Bolivariana de Venezuela” incluirse estos temas en los planes de
mejoramiento profesional del
Magisterio Cultura y Deporte”
Caracas, 22 de mayo de 2000
ARTÍCULO 8
“En un plazo no mayor de tres (3) años, el
cincuenta por ciento (50%) de los programas
educativos de educación básica y diversificada
deberán estar disponibles en formatos de
Internet, de manera tal que permitan
el aprovechamiento de las facilidades
interactivas, todo ello previa coordinación
del Ministerio de Educación”
12. ARTÍCULO 10
“El Ministerio de Educación y Deportes,
en coordinación con el Ministerio de
Ciencias y Tecnología, establecerá las
políticas para incluir el Software libre
Desarrollado con Estándares Abiertos, en
los programas de educación básica y
diversificada”.
Caracas, 23 de Diciembre de 2004
13. Formar un colectivo que Conformación de redes
dignifique el uso de las telemáticas de usuarios como
tecnologías como factor apoyo a los procesos
de desarrollo humano y social administrativos y
académicos de la escuela
Formar el potencial humano
del Sistema Bolivariano en el
uso y manejo de las TIC en
razón de:
Aprender a Convivir Aprender a
Y participar Crear
Aprender a Aprender a
reflexionar Valorar
14. Asume el carácter universal
democrático de la información Genera principios y normas
y el conocimiento que orienten manejo y
dominio de TIC
Utiliza pertinentemente los
servicios de Internet en la solución
de problemas de su entorno
Concientiza el potencial de las
tecnologías como motor de
desarrollo humano.
Crear contenidos y se hace
responsable de lo que aprende
15. Apoyo en las diferencias
Constituye un eje
individuales del estudiante
integrador del aprendizaje
que permite organizar e Promoción de la
integrar los saberes y cooperación, reciprocidad
orientaciones de y corresponsabilidad entre
experiencias de aprendizajes. los estudiantes, docentes
y comunidades.
Facilita la construcción
colectiva del conocimiento
Fomenta valores ciudadanos
para el desenvolvimiento
en ambientes de aprendizajes
Fomenta el pensamiento
crítico y reflexivo , el
autoaprendizaje y el trabajo liberador
16. AULA DE COMPUTACIÓN:
permite abordar los recursos
de multimedia, hipermedia,
Softwares educativos y herramientas de
comunicación para buscar, procesar e
intercambiar información, así
como para usar sistemas de aprendizajes
AULA INTERACTIVA:
Permite abordar la discusión colectiva
de temas, reflexiones e intercambio
de ideas sobre los contenidos
presentados a través de los medios
audiovisuales
17. SERVICIOS:
. Correo electrónico
. Lista de correos electrónicos
. Grupos de discusión (Foros)
. Sala de Conversación (Chat room)
. Aulas virtuales
ESTRATEGIAS BASADAS
EN LA RED:
. WebQuest
. Caza del Tesoro
. Weblogs o Blogs
.Wikis
18. CRBV DECRETO
(Constitución de la República 3390
Bolivariana de Venezuela) Se dispone que la Administración
(1999) Pública Nacional empleará
Art. 108 y 110 prioritariamente Software
Libre desarrollado con
Estándares Abiertos, en sus
Sistemas, Proyectos y Servicios
Informáticos
LOE
Tiene por objeto desarrollar los principios
y valores rectores, derechos, garantías
y deberes en educación, que
asume el Estado como función
indeclinable y de máximo interés,
de acuerdo con los principios
Constitucionales y orientada por
valores éticos humanistas para
la transformación social, así como las
bases organizativas y de funcionamiento
del Sistema Educativo de la
República Bolivariana de Venezuela
19. OBJETIVO DE LA CANAIMA
PROMOVER LA FORMACIÓN
INTEGRAL DE LOS NIÑOS
Y NIÑAS VENEZOLANOS
MEDIANTE EL EMPLEO DE
LAS TIC EN EL PROCESO
DE ENSEÑANZA
APRENDIZAJE, PARA ASÍ
DESARROLLAR
COMPETENCIAS EN
MATERIA DE
TECNOLOGÍA QUE
POSIBILITEN LA
SOCIEDAD DEL
CONOCIMIENTO E
20. ¿ A QUIÉN ESTA DIRIGIDO EL
PROYECTO CANAIMA?
NIÑOS Y NIÑAS DOCENTES
TIC
TODO PÚBLICO
PROCESADOR DE
SOFTWARE LIBRE PRESENTACIÓN
PALABRAS
INTERACCIÓN HOJA DE CALCULO
ESTABLE Y SEGURO
CON INTERNET
21. Proyecto Nacional de
Educación a Distancia
Ministerio del Poder Popular
para la Educación Superior Oficina de Planificación del
(MPPES) Sector Universitario (Opsu)
AVANZA DESDE EL
2007 EN:
ELABORACION DE
NORMATIVA
Incorporación de las TIC:
Con el propósito de generar : “Un
En las carreras de
Fundamento legal que regule el proceso
Pregrado y Postgrado, tanto
de educación con la modalidad a distancia,
en las que son propiamente
y así cuenten con una normativa
a distancia, como las semi
destinada a asegurar la calidad de este tipo
presenciales (mixtas)
de educación en el país”.
Elena Dorrego, coordinadora
22. PROYECTO NACIONAL DE
EDUCACION
SUPERIOR A DISTANCIA
(PNESD)
Ley Orgánica de
Ciencia, Tecnología
e Innovación
Caracas, 2000
(Decreto Nº1.290)
Ley Orgánica de
Telecomunicaciones
23. Ministerio del Poder Popular
Oficina de Planificación
para la Educación
del Sector Universitario
Superior (MPPES)
EDUCACIÓN
SUPERIOR A DISTANCIA
Nacional
Internacional
UPEL
ESPAÑA
UCLA
CHINA
UCV Universidad ARGENTINA
CARABOBO
24. “El ordenador nació para resolver
problemas que antes no existían” Bill Gates