2. Normativa estatal
• Constitución Española
• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal
(LOPD)
• Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica
de protección de datos de carácter personal,
aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de
21 de diciembre (RLOPD)
• Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la
Sociedad de la Información y Comercio
3. Normativa autonómica
• Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de
Datos de Carácter Personal de Titularidad
Pública y de Creación de la Agencia Vasca de
protección de Datos
• Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad
Catalana de Protección de Datos
4. Normativa europea
• Convenio número 108 del Consejo de Europa,
de 28 de enero de 1981
• Carta de los derechos fundamentales de la
Unión Europea (artículos 7 y 8)
• Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea (TFUE) (artículo 16)
• Tratado de la Unión Europea (TUE) (artículo
39)
• Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 24 de octubre de 1995
5. Obligaciones clave
• Los centros docentes podrán recabar los datos
personales de su alumnado que sean
estrictamente necesarios para la función
educativa, docente y orientadora, no
pudiendo tratarse con fines diferentes del
educativo sin consentimiento expreso.
6. Obligaciones clave II
• Debe garantizarse su seguridad y
confidencialidad.
• Deber de sigilo
• La cesión de los datos, necesarios para el
sistema educativo, se realizará
preferentemente por vía telemática y estará
sujeta a la legislación en materia de
protección de datos de carácter personal.
7. Consentimiento
• Si el alumno es menor de 14 años, este será
dado por los padres, tutores o representantes
legales.
• Si es mayor de 14 podrá procederse con su
consentimiento, salvo en aquellos casos en los
que la Ley exija la asistencia de los titulares de
la patria potestad o tutela
8. Ámbito de aplicación
• Territorio español.
• Ámbito comunitario, si afecta a datos de
españoles.
• Ámbito internacional, áun que el responsable
de los datos no esté dentro del territorio pero,
su actividad si esté regida por legislación
española.
9. Cuetiones de interés:
El correo electrónico
• La utilización de e-mail sin consentimiento
podría ser vulneración de la normativa sobre
protección de datos y se podría denunciar
ante la Agencia
10. Cuestiones de interés:
Difusión de notas
• Podría suponer una divulgación indebida no
concordante con el deber de secreto
recomendándose la comunicación individual a
cada alumno, aún que, eso sí, las calificaciones
de los restantes serían accesibles ejerciendo la
condición de interesado.
11. Cuestiones de interés:
Página web del Centro
Necesario consentimiento previo para la
publicación de imágenes sobre alumnado.
Cualquier documento que afecte a
alumnado tiene la misma consideración
que si fuese almacenado en escritorio.
12. Informes psicopedagógicos
Tienen consideración de documento
Deben desecharse cuando ya no sean
útiles
Debe guardarse el deber de secreto.
Su eliminación debe ser total, llegado el
momento.
13. Información de
un alumno a la Policía
Se trata de cesión de información a
terceros
Solo con información específica y si es
consentido por el interesado.
Debe guardarse el deber de secreto.
Si es solicitada por el Ministerio Fiscal,
Juez, Defensor del Pueblo o Tribunal de
Cuentas.
14. Información a través de móvil a
padres y alumnado
Si el teléfono aparece recogido en un
formulario que habilite para enviar esa
información.
Sólo con la finalidad incluída en el
formulario.
15. Principios a respetar
por el Centro Educativo
Principio de información.
Principio de consentimiento.
Principio de confidencialidad
17. Eliminando información
Soporte físico. Es útil una trituradora de
papel.
No debe acabar información sensible por
la LOPD en las papeleras.
En medios lógicos se debe garantizar la
eliminación total (formateo de disco duro,
por ejemplo)
19. Conclusión
En la actualidad existe un amplio marco
legislativo que regula el tratamiento de
datos sobre alumnado, ficheros a utilizar y
la relación con datos de la comunidad
educativa.
Aplicar el sentido común ayuda pero, es
necesario aplicar con rigurosidad la
legislación para evitar problemas legales
en el Centro.