1. INFORME DE PRENSA
EN BÚSQUEDA DE LA CELERIDAD EN LOS JUICIOS LABORALES
Más de setenta participantes debatieron el viernes pasado sobre la Reforma al
Código Procesal Laboral. La oralidad y la economía procesal son los principios
primordiales para trabajar en la implementación.
Con una amplia participación de abogados y funcionarios judiciales del medio, el
pasado viernes 14 de agosto, el juez cordobés Carlos Alberto Toselli brindó una
conferencia en el Salón Auditorio del Centro Cívico sobre los beneficios de
reformar el Código Procesal Laboral que rige en esta Provincia.
Más de setenta participantes, entre abogados y funcionarios judiciales de la
ciudad, y estudiantes avanzados de la carrera de Abogacía asistieron y
debatieron sobre las bondades y deficiencias que puede ofrecer la
implementación de la reforma. Las opiniones en su mayoría alentadoras,
respecto a la búsqueda de garantizar la vigencia plena del principio de celeridad
procesal, se encontraron con otras desconfiadas sobre la eficacia en la carga
procesal, pese a que existen modelos de medios alternativos como la
conciliación.
Dotar de mayor celeridad a los juicios laborales, ampliar la cantidad de
audiencias de conciliación, fijar para casos especiales el trámite de juicios
sumarios, la oralidad, la economía procesal y la veracidad son considerados los
principios primordiales para trabajar en la implementación de una reforma del
Código.
La apertura de debates sobre estas nuevas tendencias procesales a nivel
internacional constituye un gran desafío para muchas provincias argentinas,
incluyendo a San Luis. Teniendo en cuenta esta realidad, el Magistrado inició la
charla con un breve relato sobre las ventajas que brinda este sistema en países
2. como Uruguay, Perú, Colombia y Venezuela, también en las provincias
argentinas de Córdoba y Mendoza, “en donde se han logrado descongestionar los
juzgados laborales y responder a la vez a las necesidades de Justicia en el menor
tiempo posible, con la implementación de tribunales colegiados y una importante
utilización de recursos tecnológicos”, según comentó el Dr. Toselli.
“No se intenta romper con el procedimiento establecido en el Código Procesal
Laboral, sino actualizarlo con la búsqueda de soluciones que vayan más allá de
un aumento en la cantidad de tribunales, personal y re cursos”, explicó el juez.
La Conferencia fue organizada por el Instituto de Capacitación “Tomás Jofré” del
Poder Judicial y por los Colegios de Abogados de la Provincia. En Villa Mercedes,
la encargada de inaugurar esta actividad fue la presidente del Colegio de Villa
Mercedes, Dra. María del Carmen Constanzo.
El abogado mercedino Marcelo Lucero, integrante del Colegio de Abogados y
propulsor en instalar el debate en la Provincia, hizo hincapié en “el interés
prioritario de los Colegios de Abogados para formar parte de comisiones de
estudio”. La que sólo puede prosperar si logra concitar un compromiso
importante de todos los operadores involucrados.
El proceso oral, sumario y con tribunales colegiados se encuentra contemplado
en Art. 59 de la Constitución de San Luis, lo que permitiría el contacto directo de
los justiciables con el juzgador, y de éste con la prueba de la causa, posibilitando
lograr la verdad real de los hechos al momento de juzgar.
El proceso laboral oral posibilita mayor cantidad de acuerdos conciliatorios o una
sentencia definitiva a mayor brevedad y conlleva la especificidad o autonomía del
fuero laboral. (El CIJ agradece la colaboración de la periodista Marcela Becerra).
(Corresponsalía CIJ Villa Mercedes)
Informe de Prensa Nº 536 Villa Mercedes, 15 de agosto de 2011