SALUD OCUPACIONAL Y
SEGURIDAD DEL TRABAJO
MODULO 1: SISTEMA DE GESTION
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO LEY 29783
ANTECEDENTES HISTORICOS
Organismos coloniales
 Consejo de indias
 El virrey
 La Real Audiencia
(Justicia)
 Cabildos. Municipios
 Corregimientos.
Provincias
 Intendencias.
Sustituyen a
corregimientos
 Curacas. Mediadores
ORDENANZAS
- Agua desbordada de acequias.Peligro de
derrumbes.
- Velocidad de carruajesen plaza de armas,
saltan piedras a peatones.
- Empedradode calles malestado.Nuevo
pavimento.
1. 1908 Ley relativa a los accidentes de trabajo basada en la tesis de “riesgo
profesional”. Establece que a los accidentados en el ejercicio del trabajo se
les debe pagar indemnización.
2. 1909 D.S. de 6 de marzo. “Asistencia médica a los operarios de las
empresas ferrocarrileras”. Protege la salud de los empleados y jornaleros
en las obras de construcción y reparación de ferrocarriles.
3. 1910 D.S. de 11 de marzo de la Ley Nº 1220. “Terrenos de montaña parte
referente a higiene y seguridad del trabajador”. Las empresas dedicadas a
las explotaciones de caucho, jebe y otros productos, igual que los fundos,
están obligados a administrar los servicios y condiciones favorables que
garanticen la vida y la salud de los trabajadores.
4. 1911 Ley Nº 1378 de 20 de enero. “Ley de Accidentes de Trabajo”. Es
ampliación de la ley promulgada en 1908, se extiende a las nuevas fábricas
y considera la asistencia médica, indemnizaciones, declaración de los
accidentes y procesos judiciales, seguros, garantías y multas.
5. 1913 D.S. de 4 de julio. “Medidas de seguridad en los centros de trabajo”.
Todo establecimiento que contenga aparatos mecánicos, ruedas, correas y
engranajes debe estar separado de los obreros, salvo para las necesidades
de servicio. Establece además los grados de incapacidad y aranceles de los
médicos y compañías de seguros en caso de accidentes de trabajo.
6. 1914 D.S. de 11 de julio. “Aviso de los accidentes de trabajo que se
produzcan”. Dispone formar las estadísticas de accidentes de trabajo que
ocurran en los trabajos de construcción, labores de minas y obras de
diversas clases, así como los de carácter agrícola e industrial.
7. 1924 R.S. de 16 de mayo. “Asistencia médica gratuita a los operarios de
empresas agrícolas o industriales”.
OFICIALMENTE SE INICIA EN LOS AÑOS 1900
1. 1926 D.S. de 29 de enero. “Control e inspección de higiene y seguridad industrial”.
Encarga a la Dirección de Salubridad del Ministerio de Fomento el control de la
seguridad e higiene en todos los centros de trabajo del país y la obligatoriedad de las
empresas de declarar cada mes el número de accidentes y sus causas.
2. 1926 D.S. de 14 de mayo. “Del Fondo de Garantía”. Establece la obligación que tienen los
empresarios e industriales para indemnizar y atender con asistencia médica a sus
obreros y empleados en casos de accidentes de trabajo, y que la mejor forma de cumplir
la Ley Nº 1378 es establecer el Fondo de Garantía.
3. 1928 R.S. de 27 de abril. “Medidas de protección a los obreros contra las materias
nocivas de las fábricas textiles”. Concede un plazo de seis meses a las fábricas de tejido
para que procedan a instalar máquinas de absorción de materias nocivas.
4. 1933 Constitución de 29 de marzo. “Principios Constitucionales”. El Estado legislará
sobre la organización general y las seguridades del trabajo industrial, y sobre las
garantías en él de la vida, la salud y la higiene. La Ley fijará las condiciones máximas de
trabajo, la indemnización por tiempo de servicios prestados y por accidentes, así como
los salarios mínimos en relación con la edad, sexo, la naturaleza de las labores y las
condiciones y necesidades de las diversas regiones del País.
5. 1935 Ley Nº 7975 de 12 de enero. “Comprende entre las enfermedades sujetas a
indemnización a la neumoconiosis y cualquiera otra dolencia adquirida en el trabajo por
intoxicación de gases derivados de producción química”.
6. 1935 D.S. de 27 de diciembre. “Reglamento de la Ley Nº 7975”. El empresario es
responsable por las enfermedades profesionales contempladas en la Ley Nº 7975 que
produzcan incapacidad o muerte a los obreros o empleados que la sufran.
7. 1936 Ley Nº 8433 de 12 de agosto. Crea el Seguro Social Obrero estableciendo la
cobertura de los riesgos de enfermedad.
1. 1943 R.S. de 6 de mayo. “Control de accidentes de trabajo mineros”. Determina la
necesidad de controlar los accidentes en las minas y metalúrgicas.
2. 1943 R.S. de 18 de mayo. “Medidas de protección en la industria de carnes”.
3. 1943 R.S. de 31 de agosto. “Medidas para defender la salud de los obreros de plantas de
beneficio de minerales de plomo”.
4. 1947 Ley Nº 10833. Otorga al Departamento de Higiene Industrial los fondos que le
permitan iniciar un programa de salud ocupacional en el marco del Servicio Cooperativo
Interamericano de Salud Pública, principalmente dirigido a los centros mineros del país
con más de 30 trabajadores.
5. 1954 R.S. de 19 de agosto. “Reglamento del decreto sobre creación de una junta médica
pericial de neumoconiosis”.
6. 1957 Se crea el Instituto de Salud Ocupacional. Basado en el Instituto Nacional de Salud
(29 Mayo 1896). Previamente en 1936 se crea en Instituto Nacional de Higiene y salud
Pública.
7. 1958 R.S. de 31 de marzo. “Presentación previa de la póliza de seguros contra accidentes
de trabajo”.
Los contratistas o subcontratistas con carácter previo a la iniciación de las obras que se
ejecuten, están obligados a presentar a la autoridad de trabajo de la jurisdicción, la póliza
de seguros contra accidentes de trabajo para el personal de trabajo que contraten.
8. 1964 D.S. de 22 de mayo. “Reglamento de Seguridad Industrial”, que consta de 1.327
artículos contenidos en trece capítulos y uno preliminar.
1. R3 Recomendación sobre la prevención del carbunco, 1919
2. R4 Recomendación sobre el saturnismo (mujeres y niños), 1919
3. R6 Recomendación sobre el fósforo blanco, 1919
4. R16 (Retirada) Recomendación sobre el alojamiento (agricultura), 1921
5. R31 Recomendación sobre la prevención de los accidentes del trabajo, 1929
6. R32 (Retirada) Recomendación sobre los dispositivos de seguridad de las máquinas, 1929
7. R53 Recomendación sobre las prescripciones de seguridad (edificación), 1937
8. R55 Recomendación sobre la colaboración para prevenir los accidentes (edificación), 1937
9. R97 Recomendación sobre la protección de la salud de los trabajadores, 1953
10. R102 Recomendación sobre los servicios sociales, 1956
11. R112 Recomendación sobre los servicios de medicina del trabajo, 1959
12. R114 Recomendación sobre la protección contra las radiaciones, 1960
13. R118 Recomendación sobre la protección de la maquinaria, 1963
14. R120 Recomendación sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964
15. R128 Recomendación sobre el peso máximo, 1967
16. R144 Recomendación sobre el benceno, 1971
17. R147 Recomendación sobre el cáncer profesional, 1974
18. R156 Recomendación sobre el medio ambiente de trabajo 1977 (contaminación del aire, ruido, y vibraciones).
19. R164 Recomendación sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981
20. R171 Recomendación sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985
21. R172 Recomendación sobre el asbesto, 1986
22. R175 Recomendación sobre seguridad y salud en la construcción, 1988
23. R177 Recomendación sobre los productos químicos, 1990
24. R181 Recomendación sobre la prevención de accidentes industriales mayores, 1993
25. R183 Recomendación sobre seguridad y salud en las minas, 1995
26. R192 Recomendación sobre la seguridad y la salud en la agricultura, 2001
27. R194 Recomendación sobre la lista de enfermedades profesionales, 2002
CONVENIOS CON LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
2000. Ley No. 27314. 21 de julio. Ley General de Residuos sólidos.
2001. Ley Nº 27474. Ley de fiscalización de las actividades mineras.
2001 El Ministerio de Vivienda y Construcción aprobó la Norma Técnica E-120 sobre seguridad durante la construcción, incorporándola al
Reglamento Nacional de Construcciones.
2001 El Ministerio de Energía y Minas introduce un nuevo Reglamento de seguridad e higiene minera en el año, de carácter preventivo e
impulsando los sistemas de gestión de riesgos.
2003. Ley Nº 28048. 1º. de agosto. Ley de protección a favor de la mujer gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud y/o el
desarrollo normal del embrión y el feto.
2004. R.S. 511-2004-MINSA Sobre la Ficha de Aviso de Accidentes de Trabajo
2005. Decreto Supremo Nº 015-2005-SA. 6 de julio. Reglamento sobre valores límites permisibles para agentes químicos en el ambiente
de trabajo.
2005. Decreto Supremo Nº 009-2005-TR. 28 de setiembre. Reglamento de seguridad y salud en el trabajo. Norma marco sobre seguridad
y salud en el trabajo para el sector de los trabajadores bajo el régimen de la actividad privada y todas las empresas que pertenecen a este
sector.
2005. Resolución Ministerial Nº 290-2005-VIVIENDA. 26 de noviembre. Norma G050, Seguridad durante la construcción. Normas técnicas
del reglamento nacional de edificaciones-RNE comprendidas en el índice aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 015- 2004-
VIVIENDA.
2005. Manual de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud. Es un instrumento importante aunque no es vinculante.
2006. Decreto Supremo Nº 007-2006-MIMDES. 25 de julio. Relación de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud física o
moral de las y los adolescentes
NORMAS ESTABLECIDAS POR EL GOBIERNO PERUANO SOBRE SEGURIDAD OCUPACIONAL
NUEVO
MARCO
LEGAL
LEY 29783
PRINCIPIO DE PRIMACIA DE
LA REALIDAD (VIII)
DOCUMENTOS VS REALIDAD
PROMOCION DE UNA
CULTURA DE
PREVENCIÓN
DE RIESGOS
LABORALES
D.S.009-2005-TR
PRINCIPIO DE
VERACIDAD
LEY DE
SEGURIDAD
Y SALUD
EN EL
TRABAJO
1.-
PREVENCION
2.-
RESPONSABILIDAD
3.-
COOPERACION
4.-INFORMACION
Y CAPACITACION
5.-GESTION
INTEGRAL
6.-ATENCION
INTEGRAL DE LA
SALUD
7.-CONSULTA Y
PARTICIPACION
8.-PRINCIPIO DE
PRIMACIA DE LA
REALIDAD
9.-PRINCIPIO DE
PROTECCION.
PRINCIPIOS
GESTION DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
ESTADO
EMPLEADORES
ORGANIZACIONES
SINDICALES
TRABAJADORES
TITULO PRELIMINAR Y OBJETO DE LA LEY (01)
SECTORES DE
SERVICIOS
SECTOR
PUBLICO
TRABAJADORES
POR CUENTA
PROPIA
AMBITO DE APLICACIÓN (02)
POLITICA NACIONAL DE SST
Pone en
PRACTICA
Formula
LA POLITICA REEXAMINA
Prevenir los accidentes daños a la salud como
consecuencia del trabajo, guarden relación o
sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al
mínimo, en la medida en que sea razonable y
factible, las causas de los riesgos inherentes al
medio ambiente de trabajo.
Objeto:
• REPRESENTANTEdelMTPE,
MINSA,Censopas,
ESSALUD, Empleadores,
trabajadores
CONSEJO
NACIONALDE
SEGURIDADY
SALUD EN EL
TRABAJO
• REPRESENTANTEde la
DirecciónRegionalMTPE,
DirecciónRegionalde Salud,
ESSALUD de la región,
Empleadores,Trabajadores
CONSEJO
REGIONALDE
SEGURIDADY
SALUD EN EL
TRABAJO
POLITICA
NACIONAL
DE SST
PROGRAMAS
REGIONALES
DE SST
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO (10 ,11)
ROL SUPRASECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y
PROMOCION
DEL EMPLEO
MINISTERIO
DE SALUD
CORRECCIÓNY DESEMPEÑO
SUSTITUCION
PROGRESIVADE
PROCEDIMIENTOS
TECNICAS,POR
AQUELLOS
QUE PRODUZCAN
MENORO NINGUN
RIESGO PARA EL
TRABAJADOR
POLITICADEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO (22)
Trabajadoresdeben ser:
- Consultados
- Informados
- Capacitados
Empleadoresbrindan facilidades:
paraque los trabajadoresy sus
representantesparticipenen:
- Proceso de organización
- Planificación
- Evaluación y acción en el SST
Protecciónseguridad y salud de
todoslos miembros de la
organización,cumplimiento
normatividad,mejoracontinua
TRABAJ APLICATIVO
• Describa y defina los principios de la Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Su institución tiene conformado su sistema de
seguridad y salud el trabajo? Comente su
respuesta.
REGISTROY DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION
DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
REGISTRO TIEMPODE ALMACENAMIENTO
Registrode investigaciones, exámenes médicos ocupacionales, monitoreo de agentes físicos,
inspecciones internas y estatales, estadísticas, equipos de seguridad, inducción, capacitación,
entrenamientos, simulacros.
5 años
Registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. 10 AÑOS
Registros de enfermedades ocupacionales 20 AÑOS
SISTEMANACIONAL
DE SEGURIDAD Y
SALUDEN EL TRABAJO
CONSEJOREGIONAL
DE SEGURIDAD Y
SALUDEN EL TRABAJO
CONSEJONACIONAL
DE SEGURIDAD Y
SALUDEN EL TRABAJO
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
CONFORMACIONDEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD
Mayoró
Igualde 20
trabajadores
ComitédeSST
(incorporanun
representantede
organizaciones
sindicalesen caso
exista)
-Deben elaborar un
reglamentointerno
de SST
-Paritario
-Libro de Actas
BENEFICIOS:
-Licenciacon goce de
haberpara realizarlabores
de SST,
Proteccióncontra despido
incausado.
Duración:hasta seis meses
antesy después del
termino de sus funciones.
Menorde20
trabajadores
SupervisordeSST
elegidopor los
trabajadores
-Librode notastipo
actas.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR:
- Realizarmínimo 4 capacitaciones al año en temas relacionadosa SST,
- Adjuntaral contratode trabajola descripciónde las recomendacionesde SST
SERVICIOSDE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (36)
TODO EMPLEADOR ORGANIZA
LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PROPIO O COMUN A VARIOS EMPLEADORES
LA FINALIDAD PREVENTIVA Y SUS FUNCIONES:
- Identificacióny evaluaciónde riesgos.
- Vigilarfactores del medio ambiente de trabajo
- Asesorar sobre planificaciónyorganizacióndeltrabajo.
- Participa en el desarrollo de programas en mejoras de las
practicasde trabajo
- Evalúaequipos relacionadosa la salud.
- Asesora en materia de salud , de seguridad e higiene en el
trabajo,ergonomía, y EPP
- Vigilanciade la salud del trabajador en relaciónal trabajo
- Asistencia en pro de la adopciónde medidasde rehabilitación.
- Colaboraen difusión de información y de la formación en SST
- Organizalosprimeros auxiliosy atenciónde urgencias
- participaciónen el análisisde los accidentesde trabajo y de las
enfermedades profesionales
• PARTICIPACI
ONDE LOS
TRABAJADOR
ES
• MEJORA
CONTINUA
• MEDIDASDE
PREVENCIÓN
Y
PROTECCIÓN
PRINCIPIOS
DEL SGSST
(10)
• ESPECIFICA
• CONCISA
• DIFUNDIDA
CLARAMENTE
• ACTUALIZADA
PERIODICAMENTE
POLITICADEL
SISTEMADEL
SGSS
• LIDERAZGO
• PERFILES
• REGISTROSY
DOCUMENTOS
• COMITESDE
SST Y/O
SUPERVISORES
DE SST
ORGANIZACIÓNDEL
SGSST • LINEABASE
• PLANIFICACIÓ
NDEL SISTEMA
• OBJETIVOS
PLANIFICACIÓN
Y APLICACIÓN
DEL SGSST
• PROCED. INT.
• SUPERV.
• INV.
ACCD/INCID,
ENF. OCUP.
• AUDITORIAS
• A.C.
EVALUACIÓN
DEL SGSST
• VIGILANCIA
• DISP. M.C.
• REV. PROCED.
ACCIÓNPARALA
MEJORA
CONTINUA
PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
EVALUACIONINICIAL DEL SGSST
DIAGNOSTICO
DE ESTADO DE
LA SST
Participacióny capacitaciónen la
Gestión de riesgos
EVALUACIÓNDEL SISTEMADE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO (41)
LaRealizacióndeauditoriasperiódicas:
Para comprobar si el SGSST ha sido aplicado y es
adecuado y eficaz sobre la prevención y control
delos riesgos laborales.
Participan los trabajadores y sus representantes
en todas lasfases de la auditoria.
Permiten la toma de decisiones y estrategias para
mejorasel SGSST.
INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES
OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS
Empleador
Representantede las Organizaciones
Sindicaleso Representantede los
Trabajadores
RESULTADOS DE LA INVESTIGACION
MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL
EMPLEO
MEDIDASDE PREVENCIONADOPTADAS
ElEmpleador
Enfoque de
Sistema de
Gestión en
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Instrumentos y directrices
Internacionales
Legislaciónvigente
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
Garantizar las elecciones de los representantes de los trabajadores
anteel comité se realicena través de las organizacionessindicales.
Garantizar el real y efectivo trabajo del Comité Paritario de
Seguridad y Salud en el Trabajo, asignándole los recursos
necesarios.
Por incumplimientosde deber de prevención genera la obligación
de pagar indemnización alasvictimaso sus derechohabientes.
Escenariodel trabajo :
Durante la ejecución de una labor bajo su autoridad o en el
desplazamientoala misma, aún fuera del lugar y horas de trabajo;
DERECHOSY OBLIGACIONESDE LOS EMPLEADORES
En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se
considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a ser
transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud
integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de
categoría;
Las empresas especiales de servicios o cooperativas de
trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro de
trabajo o con ocasión del trabajo correspondiente del principal, en
caso de incumplimiento, la empresa principal es la
responsable solidaria frente a los daños e indemnizaciones
quepudieragenerarse
DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS EMPLEADORES
Los resultados de los exámenes médicos al ser confidenciales no
pueden ser utilizados para ejercer discriminación alguna sobre
los trabajadores en ninguna circunstancia o momento, el
incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los
empleadoreses pasible de accionesadministrativasy judiciales.
Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de
que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la
organización del trabajo que pudieran tener repercusiones en la
seguridady salud de los trabajadores.
Informar a los trabajadores a título grupal, de las razones para
los exámenes de salud ocupacional e investigaciones en relación
con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de
trabajo y a título personal, sobre los resultados de los informes
médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los
relativosa la evaluaciónde la salud,
DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS TRABAJADORES
Tiene derecho a comunicarse libremente con los
inspectoresde trabajo, aún sin la presencia del empleador.
La transferencia de un trabajador motivada por razones
de seguridad y salud en el trabajo, se realiza sin
menoscabode sus derechos remunerativosy de categoría
El trabajador debe responder e informar con veracidad a
las instancias públicas que se lo requieran, caso contrario
es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia
penalcorrespondiente.
POLÍTICASEN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS
MÉDICOS ASISTENCIALES
El reporte en caso de accidentes de trabajo,
enfermedades profesionales e incidentes
peligrosos que afecten a trabajadores
independientes, en estecaso
la notificación esta a cargo del propio trabajador
o de sus familiares en el centro asistencial que
brinda la primera atención,
el cual debe proceder a comunicar al Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo y al
Ministeriode Salud;
FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE TRABAJO
Incluir en las visitas de inspección
los trabajadores, sus representantes, los peritos y los
técnicos, los representantes de los comités paritarios o
losdesignadosoficialmente
Aconsejary recomendar
la adopción de medidas para promover el mejor
cumplimiento sobre las normas de seguridad y salud en
el trabajo, y un plazo determinado garantice y cumpla las
disposicionesvulneradasy las modificacionesrequeridas
iniciarel procedimientosancionador
mediante la extensión de actas de infracción o por
infracción por incumplimiento de las normas de
seguridady salud en el trabajo
PARTICIPACIÓN DE PERITOS Y TÉCNICOS EN ACTUACIONES INSPECTIVAS E
INTERVENCIÓNDEL MINISTERIOPÚBLICO
El MTPE, los gobiernos regionales y locales, el Ministerio de Salud
y los órganos de la administración pública proporcionan peritos y
técnicosdebidamentecalificadosa la inspecciónde trabajo SST,
en el caso del sector de energía y minas, las direcciones
nacionales, regionales y locales organizan, contratan y
proporcionan personal técnico especializado para el desarrollo
delas actuaciones inspectivas que realiceel MTPE;
Si en la inspección se apreciara indicios de la presunta comisión
de delito vinculado a la inobservancia de las normas de SST, la
inspección de trabajo remite al Ministerio Público los hechos que
hayaconocidoy los sujetos que podríanresultar afectados.
ORIGENDE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y REQUERIMIENTO EN
CASO DE INFRACCIÓN
De conformidad con el nuevo marco legal de SST, se
originan por orden de las autoridades competentes
del MTPE,
a solicitud fundamentada de otro órgano del sector
públicoo de cualquier órgano jurisdiccional
en cuyo caso deben determinarse las actuaciones
que le interesan y su finalidad y por denuncia del
trabajador;
PARALIZACIÓNO PROHIBICIÓNDE TRABAJOS POR RIESGO GRAVE O
INMINENTE
El inspector al comprueba la inobservancia de la
normatividad sobre prevención de riegos laborales
implica un grave e inminente riesgo para la
seguridady salud y la vida de los trabajadores
pueden ordenar de conformidad con la legislación
de inspecciones la inmediata paralización o la
prohibiciónde los trabajos o tareas,
dichas ordenes son inmediatamente ejecutadas,
independientemente del pago de las
remuneraciones e indemnizaciones a favor de los
trabajadoresafectados.
RESPONSABILIDADPOR INCUMPLIMIENTOA LA OBLIGACIÓN DE
GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
En materia de seguridad y salud en el trabajo, la entidad
empleadora principal responde directamente por las
infracciones
que, en su caso se cometan por el incumplimiento de
garantizar la seguridad y salud de los trabajadores,
personas que prestan servicios, personal bajo
modalidades formativas laborales, visitantes y usuarios,
los trabajadores de las empresas y entidades contratistas
y subcontratistas que desarrollan actividades en sus
instalaciones;
asimismo las empresas usuarias de empresas de servicios
temporales y complementarios responden directamente
por las infracciones por el incumplimiento de su deber de
garantizarla SST destacadosen sus instalaciones.
ADECUACIÓNDE REGLAMENTOS SECTORIALES Y TRANSFERENCIA DE
FISCALIZACIÓN MINERAAL MINISTERIODETRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Los ministerios, instituciones públicas y organismos públicos
descentralizados adecuan sus reglamentos sectoriales de SST
a la presente ley en un plazo no mayor de 180 días a
partirdesu entradaen vigencia;
Se transfiere las competencias de supervisión y
fiscalización de las actividades mineras del OSINERG al
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien
financiaradichasfunciones mediantesus recursos propios,
y de los montos pagados por concepto de arancel de
fiscalización minera y el sesenta por ciento de las multas
que se impongan por las infracciones detectadas en los
procesosde fiscalizaciónminera.
MODIFICACIONESY ADICIONES A LA LEY GENERAL DE INSPECCIONES
La reciente legislación sobre seguridad y salud en el trabajo
establece cambios en la Ley Nº 28806 – Ley General de Inspección
de Trabajo, Modifica el artículo 34 precisando que
constituyen infracciones administrativas en materia de SST los
incumplimientos de las disposiciones legales de carácter general
aplicablesa todos los centros de trabajo,
así como los aplicables al sector industria, construcción y energía y
minasmedianteacción u omisión de los sujetos responsables
y que el MTPE es el encargado de velar por el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en las leyes de la materia y convenios
colectivos,
INCORPORACIÓN DE LA FIGURAPENAL DEL DELITO DE
ATENTADO CONTRALAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
INDUSTRIALES
Código Penal del artículo 168-A
Tipo penal : Atentado contra las condiciones de
seguridad e higiene industriales
DELITO PENA
El queno adoptelas
medidaspreventivasde SST
poniendoen riesgo su vida
ysalud así como de los
trabajadores.
No menos de 2 años
Nimayor de 5 años
Porinobservanciade las
normasde SST ocurre un
accidentemortal o con
lesionesgraves
No menos de 5 años
Nimayor de 10 años
TRABAJADORESY SUS ORGANIZACIONES
SINDICALES
VELARPORLA PROMOCION, DIFUSIONYCUMPLIMIENTO
DELA NORMATIVA
EMPLEADOR
DEBERDE PREVENCION
ESTADO
ROLFISCALIZADORYDECONTROL
“Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país”
ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
¿QUÉ SON?
Se denomina enfermedad ocupacionales
a una enfermedad adquirida en el puesto
de trabajo en un trabajador por cuenta
ajena, y que la enfermedad esté tipificada
como tal por la ley.
CARACTERÍSTICAS DE
LA ENFERMEDAD
OCUPACIONALES
Inicio lento.
No violenta, oculta, retardada.
Previsible. Se conoce por indicios lo
que va a ocurrir.
Progresiva va hacia delante.
Oposición individual muy
considerable.
FACTORES QUE
DETERMINAN
ENFERMEDAD
OCUPACIONALES
Tiempo de exposición.
Concentración del agente contaminante en el
ambiente de trabajo.
Características personales del trabajador
Presencia de varios contaminantes al mismo
tiempo.
La relatividad de la salud.
Condiciones de seguridad
Factores de riesgo en la utilización de máquinas y
herramientas.
Diseño del área de trabajo.
Almacenamiento, manipulación y transporte.
Sistemas de protección contra contactos indirectos.
MEDIDAS DE
PREVENCIÓN QUE SE
PUEDEN APLICARSE
VÍAS DE ENTRADA DE
LOS AGENTES QUÍMICOS
Respiratoria,
dérmica, digestiva y
parenteral.
NEUMOCONIOSIS es un conjunto de
enfermedades pulmonares
producidas por la inhalación
de polvo y la consecuente
deposición de residuos
sólidos inorgánicos
SILICOSIS
es producida por la inhalación y
depósito de polvo de sílice en los
pulmones y su curso es
irreversible, progresivo y fatal.
SILICATOSIS
Es producida por
inhalación del polvo de las
sales del ácido silícico y la
más frecuente es
producida por el amianto.
ANTRACOSIS
Es benigna, es producida por el
depósito de carbón en los
pulmones y frecuente en
poblaciones urbanas y muy
significativas en los trabajos en
el interior de minas.
SIDEROSIS
También es benigna y es
producida por la inhalación
de óxido de hierro que
normalmente desaparece
al cesar el organismo a su
exposición.
ASBESTOSIS
Se presenta en la
industria del cemento, en
las minas y en el asbesto
pero también en la
industria automotriz en
especial en la ind.
Neumática y de belleza.
DERMATOSIS
La dermatosis es una enfermedad
de la piel que se manifiesta de
manera muy general como una
inflamación de origen alérgico
persistente
La causa más frecuente de
dermatosis ocupacional son
los aceites y la grasa del
petróleo
1 Raza: Los de raza negra son menos susceptibles
a la dermatitis del alquitrán de bulla.
2 Edad: Los trabajadores jóvenes se afectan con
mayor frecuencia.
3 Sexo: Las mujeres no presentan dermatosis
agudas con tanta frecuencia como los hombres.
4 Época del año: Son más frecuentes en verano
que en invierno.
5 Transpiración: Actúa como agente humectante,
permitiendo que los sólidos humedezcan la piel.
6 Presencia de enfermedades cutáneas: Las
lesiones descubiertas ofrecen poca resistencia a
la acción de los irritantes externos.
7 Falta de limpieza: Es la causa más importante.
DERMATITIS DE CONTACTO AGUDA
(IRRITANTES O ALÉRGICA)
DERMATITIS DE CONTACTO SUBAGUDA
DERMATITIS DE CONTACTO ECCEMATOSA
CRÓNICA
DERMATITIS POR FOTOSENSIBILIDAD
(FOTOTÓXICA O FOTOALÉRGICA)
FOLICULITIS Y DERMATOSIS ACNEIFORMES,
INCLUIDO EL CLORACNÉ
REACCIONES INDUCIDAS
POR EL SUDOR
Si la zona afectada se
erosiona por el roce de una
superficie cutánea con otra,
aparecen con frecuencia
infecciones bacterianas o
fúngicas.
LA TUBERCULOSIS
Es una enfermedad
pulmonar que
ocasiona infección en
los pulmones y da
lugar a la formación
de granulomas.
¿CÓMO SE
PROPAGA LA
TUBERCULOSIS?
¿CUÁLES SON LOS
SÍNTOMAS DE LA
TUBERCULOSIS?
Cansancio constante.
Pérdida de peso .
Tos persistente que no se
quita por semanas.
Fiebre .
Sudores nocturnos.
Pérdida del apetito
¿QUÉ EXÁMENES SE HACEN PARA SABER SI TIENE
TUBERCULOSIS?
CANCER
OCUPACIONAL
Es conveniente tener en
cuenta que los cánceres
ocupacionales son
evitables con el solo
recaudo de mejorar la
higiene ambiental en los
ámbitos de trabajo.
Una de cada cuatro personas
que trabajan en Perú ha
estado expuesta en su lugar
de trabajo a sustancias o
factores que producen
cáncer.
ESTRÉS Y ANSIEDAD
La ansiedad es un
sentimiento de recelo,
nerviosismo o miedo
GASTRITIS
También conocida como dispepsia,
la gastritis es una inflamación de la
capa interior del estómago. Puede
ocurrir repentinamente (aguda) o
gradualmente (crónica). Gastritis
crónica ocurre en 2 de cada 10,000
personas, mientras que la aguda es
más común, y ocurre en 8 de cada
1,000 personas.
Formas de enfrentar las
enfermedades Ocupacionales
Criterio cualitativo, consiste en establecer la lista indicativa de las ocupaciones
donde se pueda producir la exposición, sin señalar la intensidad de la misma.
Criterio cuantitativo, que asocia la exposición con las disposiciones existentes
acerca de los valores umbrales límite, o concentraciones máximas permisibles
de exposición.
Relación de causalidad, para darle el carácter de profesional a una enfermedad
se exige que se haya demostrado una relación de causalidad o de asociación
entre el agente y la enfermedad.
Fundamentos patológicos,se refieren a la especificidad de un efecto biológico atribuible a la acción de un agente
determinado.
Clínica, por los síntomas y signos, que son características de una enfermedad atribuible a la acción de un agente
dado, incluyendo los exámenes de laboratorio y el diagnóstico por imágenes.
CONCLUSIONES
Las enfermedades ocupacionales se propagan por
causa de agentes químicos, como gases y partículas;
y biológicos, como virus, bacterias, moho, materiales
en estado de de composición, que se encuentran en
el ambiente de trabajo, y que representan un alto
riesgo para la salud humana. Por esta razón se debe
asegurar una atmósfera apta para la vida humana
/antes y durante la realización de los trabajos).
02a sistema de gestion ley 29783

02a sistema de gestion ley 29783

  • 1.
    SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDADDEL TRABAJO MODULO 1: SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783
  • 2.
    ANTECEDENTES HISTORICOS Organismos coloniales Consejo de indias  El virrey  La Real Audiencia (Justicia)  Cabildos. Municipios  Corregimientos. Provincias  Intendencias. Sustituyen a corregimientos  Curacas. Mediadores ORDENANZAS - Agua desbordada de acequias.Peligro de derrumbes. - Velocidad de carruajesen plaza de armas, saltan piedras a peatones. - Empedradode calles malestado.Nuevo pavimento.
  • 3.
    1. 1908 Leyrelativa a los accidentes de trabajo basada en la tesis de “riesgo profesional”. Establece que a los accidentados en el ejercicio del trabajo se les debe pagar indemnización. 2. 1909 D.S. de 6 de marzo. “Asistencia médica a los operarios de las empresas ferrocarrileras”. Protege la salud de los empleados y jornaleros en las obras de construcción y reparación de ferrocarriles. 3. 1910 D.S. de 11 de marzo de la Ley Nº 1220. “Terrenos de montaña parte referente a higiene y seguridad del trabajador”. Las empresas dedicadas a las explotaciones de caucho, jebe y otros productos, igual que los fundos, están obligados a administrar los servicios y condiciones favorables que garanticen la vida y la salud de los trabajadores. 4. 1911 Ley Nº 1378 de 20 de enero. “Ley de Accidentes de Trabajo”. Es ampliación de la ley promulgada en 1908, se extiende a las nuevas fábricas y considera la asistencia médica, indemnizaciones, declaración de los accidentes y procesos judiciales, seguros, garantías y multas. 5. 1913 D.S. de 4 de julio. “Medidas de seguridad en los centros de trabajo”. Todo establecimiento que contenga aparatos mecánicos, ruedas, correas y engranajes debe estar separado de los obreros, salvo para las necesidades de servicio. Establece además los grados de incapacidad y aranceles de los médicos y compañías de seguros en caso de accidentes de trabajo. 6. 1914 D.S. de 11 de julio. “Aviso de los accidentes de trabajo que se produzcan”. Dispone formar las estadísticas de accidentes de trabajo que ocurran en los trabajos de construcción, labores de minas y obras de diversas clases, así como los de carácter agrícola e industrial. 7. 1924 R.S. de 16 de mayo. “Asistencia médica gratuita a los operarios de empresas agrícolas o industriales”. OFICIALMENTE SE INICIA EN LOS AÑOS 1900
  • 4.
    1. 1926 D.S.de 29 de enero. “Control e inspección de higiene y seguridad industrial”. Encarga a la Dirección de Salubridad del Ministerio de Fomento el control de la seguridad e higiene en todos los centros de trabajo del país y la obligatoriedad de las empresas de declarar cada mes el número de accidentes y sus causas. 2. 1926 D.S. de 14 de mayo. “Del Fondo de Garantía”. Establece la obligación que tienen los empresarios e industriales para indemnizar y atender con asistencia médica a sus obreros y empleados en casos de accidentes de trabajo, y que la mejor forma de cumplir la Ley Nº 1378 es establecer el Fondo de Garantía. 3. 1928 R.S. de 27 de abril. “Medidas de protección a los obreros contra las materias nocivas de las fábricas textiles”. Concede un plazo de seis meses a las fábricas de tejido para que procedan a instalar máquinas de absorción de materias nocivas. 4. 1933 Constitución de 29 de marzo. “Principios Constitucionales”. El Estado legislará sobre la organización general y las seguridades del trabajo industrial, y sobre las garantías en él de la vida, la salud y la higiene. La Ley fijará las condiciones máximas de trabajo, la indemnización por tiempo de servicios prestados y por accidentes, así como los salarios mínimos en relación con la edad, sexo, la naturaleza de las labores y las condiciones y necesidades de las diversas regiones del País. 5. 1935 Ley Nº 7975 de 12 de enero. “Comprende entre las enfermedades sujetas a indemnización a la neumoconiosis y cualquiera otra dolencia adquirida en el trabajo por intoxicación de gases derivados de producción química”. 6. 1935 D.S. de 27 de diciembre. “Reglamento de la Ley Nº 7975”. El empresario es responsable por las enfermedades profesionales contempladas en la Ley Nº 7975 que produzcan incapacidad o muerte a los obreros o empleados que la sufran. 7. 1936 Ley Nº 8433 de 12 de agosto. Crea el Seguro Social Obrero estableciendo la cobertura de los riesgos de enfermedad.
  • 5.
    1. 1943 R.S.de 6 de mayo. “Control de accidentes de trabajo mineros”. Determina la necesidad de controlar los accidentes en las minas y metalúrgicas. 2. 1943 R.S. de 18 de mayo. “Medidas de protección en la industria de carnes”. 3. 1943 R.S. de 31 de agosto. “Medidas para defender la salud de los obreros de plantas de beneficio de minerales de plomo”. 4. 1947 Ley Nº 10833. Otorga al Departamento de Higiene Industrial los fondos que le permitan iniciar un programa de salud ocupacional en el marco del Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, principalmente dirigido a los centros mineros del país con más de 30 trabajadores. 5. 1954 R.S. de 19 de agosto. “Reglamento del decreto sobre creación de una junta médica pericial de neumoconiosis”. 6. 1957 Se crea el Instituto de Salud Ocupacional. Basado en el Instituto Nacional de Salud (29 Mayo 1896). Previamente en 1936 se crea en Instituto Nacional de Higiene y salud Pública. 7. 1958 R.S. de 31 de marzo. “Presentación previa de la póliza de seguros contra accidentes de trabajo”. Los contratistas o subcontratistas con carácter previo a la iniciación de las obras que se ejecuten, están obligados a presentar a la autoridad de trabajo de la jurisdicción, la póliza de seguros contra accidentes de trabajo para el personal de trabajo que contraten. 8. 1964 D.S. de 22 de mayo. “Reglamento de Seguridad Industrial”, que consta de 1.327 artículos contenidos en trece capítulos y uno preliminar.
  • 6.
    1. R3 Recomendaciónsobre la prevención del carbunco, 1919 2. R4 Recomendación sobre el saturnismo (mujeres y niños), 1919 3. R6 Recomendación sobre el fósforo blanco, 1919 4. R16 (Retirada) Recomendación sobre el alojamiento (agricultura), 1921 5. R31 Recomendación sobre la prevención de los accidentes del trabajo, 1929 6. R32 (Retirada) Recomendación sobre los dispositivos de seguridad de las máquinas, 1929 7. R53 Recomendación sobre las prescripciones de seguridad (edificación), 1937 8. R55 Recomendación sobre la colaboración para prevenir los accidentes (edificación), 1937 9. R97 Recomendación sobre la protección de la salud de los trabajadores, 1953 10. R102 Recomendación sobre los servicios sociales, 1956 11. R112 Recomendación sobre los servicios de medicina del trabajo, 1959 12. R114 Recomendación sobre la protección contra las radiaciones, 1960 13. R118 Recomendación sobre la protección de la maquinaria, 1963 14. R120 Recomendación sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964 15. R128 Recomendación sobre el peso máximo, 1967 16. R144 Recomendación sobre el benceno, 1971 17. R147 Recomendación sobre el cáncer profesional, 1974 18. R156 Recomendación sobre el medio ambiente de trabajo 1977 (contaminación del aire, ruido, y vibraciones). 19. R164 Recomendación sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 20. R171 Recomendación sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985 21. R172 Recomendación sobre el asbesto, 1986 22. R175 Recomendación sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 23. R177 Recomendación sobre los productos químicos, 1990 24. R181 Recomendación sobre la prevención de accidentes industriales mayores, 1993 25. R183 Recomendación sobre seguridad y salud en las minas, 1995 26. R192 Recomendación sobre la seguridad y la salud en la agricultura, 2001 27. R194 Recomendación sobre la lista de enfermedades profesionales, 2002 CONVENIOS CON LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
  • 7.
    2000. Ley No.27314. 21 de julio. Ley General de Residuos sólidos. 2001. Ley Nº 27474. Ley de fiscalización de las actividades mineras. 2001 El Ministerio de Vivienda y Construcción aprobó la Norma Técnica E-120 sobre seguridad durante la construcción, incorporándola al Reglamento Nacional de Construcciones. 2001 El Ministerio de Energía y Minas introduce un nuevo Reglamento de seguridad e higiene minera en el año, de carácter preventivo e impulsando los sistemas de gestión de riesgos. 2003. Ley Nº 28048. 1º. de agosto. Ley de protección a favor de la mujer gestante que realiza labores que pongan en riesgo su salud y/o el desarrollo normal del embrión y el feto. 2004. R.S. 511-2004-MINSA Sobre la Ficha de Aviso de Accidentes de Trabajo 2005. Decreto Supremo Nº 015-2005-SA. 6 de julio. Reglamento sobre valores límites permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo. 2005. Decreto Supremo Nº 009-2005-TR. 28 de setiembre. Reglamento de seguridad y salud en el trabajo. Norma marco sobre seguridad y salud en el trabajo para el sector de los trabajadores bajo el régimen de la actividad privada y todas las empresas que pertenecen a este sector. 2005. Resolución Ministerial Nº 290-2005-VIVIENDA. 26 de noviembre. Norma G050, Seguridad durante la construcción. Normas técnicas del reglamento nacional de edificaciones-RNE comprendidas en el índice aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 015- 2004- VIVIENDA. 2005. Manual de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud. Es un instrumento importante aunque no es vinculante. 2006. Decreto Supremo Nº 007-2006-MIMDES. 25 de julio. Relación de trabajos y actividades peligrosas o nocivas para la salud física o moral de las y los adolescentes NORMAS ESTABLECIDAS POR EL GOBIERNO PERUANO SOBRE SEGURIDAD OCUPACIONAL
  • 8.
    NUEVO MARCO LEGAL LEY 29783 PRINCIPIO DEPRIMACIA DE LA REALIDAD (VIII) DOCUMENTOS VS REALIDAD PROMOCION DE UNA CULTURA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES D.S.009-2005-TR PRINCIPIO DE VERACIDAD
  • 9.
    LEY DE SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO 1.- PREVENCION 2.- RESPONSABILIDAD 3.- COOPERACION 4.-INFORMACION Y CAPACITACION 5.-GESTION INTEGRAL 6.-ATENCION INTEGRAL DE LA SALUD 7.-CONSULTA Y PARTICIPACION 8.-PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD 9.-PRINCIPIO DE PROTECCION. PRINCIPIOS
  • 10.
    GESTION DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO ESTADO EMPLEADORES ORGANIZACIONES SINDICALES TRABAJADORES TITULO PRELIMINAR Y OBJETO DE LA LEY (01)
  • 11.
  • 12.
    POLITICA NACIONAL DESST Pone en PRACTICA Formula LA POLITICA REEXAMINA Prevenir los accidentes daños a la salud como consecuencia del trabajo, guarden relación o sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al mínimo, en la medida en que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo. Objeto:
  • 13.
    • REPRESENTANTEdelMTPE, MINSA,Censopas, ESSALUD, Empleadores, trabajadores CONSEJO NACIONALDE SEGURIDADY SALUDEN EL TRABAJO • REPRESENTANTEde la DirecciónRegionalMTPE, DirecciónRegionalde Salud, ESSALUD de la región, Empleadores,Trabajadores CONSEJO REGIONALDE SEGURIDADY SALUD EN EL TRABAJO POLITICA NACIONAL DE SST PROGRAMAS REGIONALES DE SST SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (10 ,11)
  • 14.
    ROL SUPRASECTORIAL ENSEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO MINISTERIO DE SALUD
  • 15.
  • 16.
    POLITICADEL SISTEMA DEGESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (22) Trabajadoresdeben ser: - Consultados - Informados - Capacitados Empleadoresbrindan facilidades: paraque los trabajadoresy sus representantesparticipenen: - Proceso de organización - Planificación - Evaluación y acción en el SST Protecciónseguridad y salud de todoslos miembros de la organización,cumplimiento normatividad,mejoracontinua
  • 17.
    TRABAJ APLICATIVO • Describay defina los principios de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Su institución tiene conformado su sistema de seguridad y salud el trabajo? Comente su respuesta.
  • 18.
    REGISTROY DOCUMENTACION DELSISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGISTRO TIEMPODE ALMACENAMIENTO Registrode investigaciones, exámenes médicos ocupacionales, monitoreo de agentes físicos, inspecciones internas y estatales, estadísticas, equipos de seguridad, inducción, capacitación, entrenamientos, simulacros. 5 años Registros de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. 10 AÑOS Registros de enfermedades ocupacionales 20 AÑOS
  • 19.
    SISTEMANACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUDENEL TRABAJO CONSEJOREGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO CONSEJONACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUDEN EL TRABAJO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 20.
    CONFORMACIONDEL COMITÉ DESEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Mayoró Igualde 20 trabajadores ComitédeSST (incorporanun representantede organizaciones sindicalesen caso exista) -Deben elaborar un reglamentointerno de SST -Paritario -Libro de Actas BENEFICIOS: -Licenciacon goce de haberpara realizarlabores de SST, Proteccióncontra despido incausado. Duración:hasta seis meses antesy después del termino de sus funciones. Menorde20 trabajadores SupervisordeSST elegidopor los trabajadores -Librode notastipo actas. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: - Realizarmínimo 4 capacitaciones al año en temas relacionadosa SST, - Adjuntaral contratode trabajola descripciónde las recomendacionesde SST
  • 21.
    SERVICIOSDE SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO (36) TODO EMPLEADOR ORGANIZA LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROPIO O COMUN A VARIOS EMPLEADORES LA FINALIDAD PREVENTIVA Y SUS FUNCIONES: - Identificacióny evaluaciónde riesgos. - Vigilarfactores del medio ambiente de trabajo - Asesorar sobre planificaciónyorganizacióndeltrabajo. - Participa en el desarrollo de programas en mejoras de las practicasde trabajo - Evalúaequipos relacionadosa la salud. - Asesora en materia de salud , de seguridad e higiene en el trabajo,ergonomía, y EPP - Vigilanciade la salud del trabajador en relaciónal trabajo - Asistencia en pro de la adopciónde medidasde rehabilitación. - Colaboraen difusión de información y de la formación en SST - Organizalosprimeros auxiliosy atenciónde urgencias - participaciónen el análisisde los accidentesde trabajo y de las enfermedades profesionales
  • 22.
    • PARTICIPACI ONDE LOS TRABAJADOR ES •MEJORA CONTINUA • MEDIDASDE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN PRINCIPIOS DEL SGSST (10) • ESPECIFICA • CONCISA • DIFUNDIDA CLARAMENTE • ACTUALIZADA PERIODICAMENTE POLITICADEL SISTEMADEL SGSS • LIDERAZGO • PERFILES • REGISTROSY DOCUMENTOS • COMITESDE SST Y/O SUPERVISORES DE SST ORGANIZACIÓNDEL SGSST • LINEABASE • PLANIFICACIÓ NDEL SISTEMA • OBJETIVOS PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL SGSST • PROCED. INT. • SUPERV. • INV. ACCD/INCID, ENF. OCUP. • AUDITORIAS • A.C. EVALUACIÓN DEL SGSST • VIGILANCIA • DISP. M.C. • REV. PROCED. ACCIÓNPARALA MEJORA CONTINUA
  • 23.
    PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓNDEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EVALUACIONINICIAL DEL SGSST DIAGNOSTICO DE ESTADO DE LA SST Participacióny capacitaciónen la Gestión de riesgos
  • 24.
    EVALUACIÓNDEL SISTEMADE GESTIÓNDE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (41) LaRealizacióndeauditoriasperiódicas: Para comprobar si el SGSST ha sido aplicado y es adecuado y eficaz sobre la prevención y control delos riesgos laborales. Participan los trabajadores y sus representantes en todas lasfases de la auditoria. Permiten la toma de decisiones y estrategias para mejorasel SGSST.
  • 25.
    INVESTIGACIONES DE ACCIDENTESDE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS Empleador Representantede las Organizaciones Sindicaleso Representantede los Trabajadores RESULTADOS DE LA INVESTIGACION MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO MEDIDASDE PREVENCIONADOPTADAS
  • 26.
    ElEmpleador Enfoque de Sistema de Gestiónen Seguridad y Salud en el Trabajo Instrumentos y directrices Internacionales Legislaciónvigente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 27.
    DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS EMPLEADORES Garantizar las elecciones de los representantes de los trabajadores anteel comité se realicena través de las organizacionessindicales. Garantizar el real y efectivo trabajo del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, asignándole los recursos necesarios. Por incumplimientosde deber de prevención genera la obligación de pagar indemnización alasvictimaso sus derechohabientes. Escenariodel trabajo : Durante la ejecución de una labor bajo su autoridad o en el desplazamientoala misma, aún fuera del lugar y horas de trabajo;
  • 28.
    DERECHOSY OBLIGACIONESDE LOSEMPLEADORES En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría; Las empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro de trabajo o con ocasión del trabajo correspondiente del principal, en caso de incumplimiento, la empresa principal es la responsable solidaria frente a los daños e indemnizaciones quepudieragenerarse
  • 29.
    DERECHOS Y OBLIGACIONESDELOS EMPLEADORES Los resultados de los exámenes médicos al ser confidenciales no pueden ser utilizados para ejercer discriminación alguna sobre los trabajadores en ninguna circunstancia o momento, el incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los empleadoreses pasible de accionesadministrativasy judiciales. Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la organización del trabajo que pudieran tener repercusiones en la seguridady salud de los trabajadores. Informar a los trabajadores a título grupal, de las razones para los exámenes de salud ocupacional e investigaciones en relación con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo y a título personal, sobre los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los relativosa la evaluaciónde la salud,
  • 30.
    DERECHOS Y OBLIGACIONESDELOS TRABAJADORES Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectoresde trabajo, aún sin la presencia del empleador. La transferencia de un trabajador motivada por razones de seguridad y salud en el trabajo, se realiza sin menoscabode sus derechos remunerativosy de categoría El trabajador debe responder e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penalcorrespondiente.
  • 31.
    POLÍTICASEN EL PLANODE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS ASISTENCIALES El reporte en caso de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e incidentes peligrosos que afecten a trabajadores independientes, en estecaso la notificación esta a cargo del propio trabajador o de sus familiares en el centro asistencial que brinda la primera atención, el cual debe proceder a comunicar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y al Ministeriode Salud;
  • 32.
    FACULTADES DE LOSINSPECTORES DE TRABAJO Incluir en las visitas de inspección los trabajadores, sus representantes, los peritos y los técnicos, los representantes de los comités paritarios o losdesignadosoficialmente Aconsejary recomendar la adopción de medidas para promover el mejor cumplimiento sobre las normas de seguridad y salud en el trabajo, y un plazo determinado garantice y cumpla las disposicionesvulneradasy las modificacionesrequeridas iniciarel procedimientosancionador mediante la extensión de actas de infracción o por infracción por incumplimiento de las normas de seguridady salud en el trabajo
  • 33.
    PARTICIPACIÓN DE PERITOSY TÉCNICOS EN ACTUACIONES INSPECTIVAS E INTERVENCIÓNDEL MINISTERIOPÚBLICO El MTPE, los gobiernos regionales y locales, el Ministerio de Salud y los órganos de la administración pública proporcionan peritos y técnicosdebidamentecalificadosa la inspecciónde trabajo SST, en el caso del sector de energía y minas, las direcciones nacionales, regionales y locales organizan, contratan y proporcionan personal técnico especializado para el desarrollo delas actuaciones inspectivas que realiceel MTPE; Si en la inspección se apreciara indicios de la presunta comisión de delito vinculado a la inobservancia de las normas de SST, la inspección de trabajo remite al Ministerio Público los hechos que hayaconocidoy los sujetos que podríanresultar afectados.
  • 34.
    ORIGENDE LAS ACTUACIONESINSPECTIVAS Y REQUERIMIENTO EN CASO DE INFRACCIÓN De conformidad con el nuevo marco legal de SST, se originan por orden de las autoridades competentes del MTPE, a solicitud fundamentada de otro órgano del sector públicoo de cualquier órgano jurisdiccional en cuyo caso deben determinarse las actuaciones que le interesan y su finalidad y por denuncia del trabajador;
  • 35.
    PARALIZACIÓNO PROHIBICIÓNDE TRABAJOSPOR RIESGO GRAVE O INMINENTE El inspector al comprueba la inobservancia de la normatividad sobre prevención de riegos laborales implica un grave e inminente riesgo para la seguridady salud y la vida de los trabajadores pueden ordenar de conformidad con la legislación de inspecciones la inmediata paralización o la prohibiciónde los trabajos o tareas, dichas ordenes son inmediatamente ejecutadas, independientemente del pago de las remuneraciones e indemnizaciones a favor de los trabajadoresafectados.
  • 36.
    RESPONSABILIDADPOR INCUMPLIMIENTOA LAOBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES En materia de seguridad y salud en el trabajo, la entidad empleadora principal responde directamente por las infracciones que, en su caso se cometan por el incumplimiento de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, personas que prestan servicios, personal bajo modalidades formativas laborales, visitantes y usuarios, los trabajadores de las empresas y entidades contratistas y subcontratistas que desarrollan actividades en sus instalaciones; asimismo las empresas usuarias de empresas de servicios temporales y complementarios responden directamente por las infracciones por el incumplimiento de su deber de garantizarla SST destacadosen sus instalaciones.
  • 37.
    ADECUACIÓNDE REGLAMENTOS SECTORIALESY TRANSFERENCIA DE FISCALIZACIÓN MINERAAL MINISTERIODETRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Los ministerios, instituciones públicas y organismos públicos descentralizados adecuan sus reglamentos sectoriales de SST a la presente ley en un plazo no mayor de 180 días a partirdesu entradaen vigencia; Se transfiere las competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras del OSINERG al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien financiaradichasfunciones mediantesus recursos propios, y de los montos pagados por concepto de arancel de fiscalización minera y el sesenta por ciento de las multas que se impongan por las infracciones detectadas en los procesosde fiscalizaciónminera.
  • 38.
    MODIFICACIONESY ADICIONES ALA LEY GENERAL DE INSPECCIONES La reciente legislación sobre seguridad y salud en el trabajo establece cambios en la Ley Nº 28806 – Ley General de Inspección de Trabajo, Modifica el artículo 34 precisando que constituyen infracciones administrativas en materia de SST los incumplimientos de las disposiciones legales de carácter general aplicablesa todos los centros de trabajo, así como los aplicables al sector industria, construcción y energía y minasmedianteacción u omisión de los sujetos responsables y que el MTPE es el encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes de la materia y convenios colectivos,
  • 39.
    INCORPORACIÓN DE LAFIGURAPENAL DEL DELITO DE ATENTADO CONTRALAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALES Código Penal del artículo 168-A Tipo penal : Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales DELITO PENA El queno adoptelas medidaspreventivasde SST poniendoen riesgo su vida ysalud así como de los trabajadores. No menos de 2 años Nimayor de 5 años Porinobservanciade las normasde SST ocurre un accidentemortal o con lesionesgraves No menos de 5 años Nimayor de 10 años
  • 40.
    TRABAJADORESY SUS ORGANIZACIONES SINDICALES VELARPORLAPROMOCION, DIFUSIONYCUMPLIMIENTO DELA NORMATIVA EMPLEADOR DEBERDE PREVENCION ESTADO ROLFISCALIZADORYDECONTROL “Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país”
  • 41.
    ENFERMEDADES OCUPACIONALES ¿QUÉ SON? Se denominaenfermedad ocupacionales a una enfermedad adquirida en el puesto de trabajo en un trabajador por cuenta ajena, y que la enfermedad esté tipificada como tal por la ley. CARACTERÍSTICAS DE LA ENFERMEDAD OCUPACIONALES Inicio lento. No violenta, oculta, retardada. Previsible. Se conoce por indicios lo que va a ocurrir. Progresiva va hacia delante. Oposición individual muy considerable. FACTORES QUE DETERMINAN ENFERMEDAD OCUPACIONALES Tiempo de exposición. Concentración del agente contaminante en el ambiente de trabajo. Características personales del trabajador Presencia de varios contaminantes al mismo tiempo. La relatividad de la salud. Condiciones de seguridad Factores de riesgo en la utilización de máquinas y herramientas. Diseño del área de trabajo. Almacenamiento, manipulación y transporte. Sistemas de protección contra contactos indirectos. MEDIDAS DE PREVENCIÓN QUE SE PUEDEN APLICARSE
  • 42.
    VÍAS DE ENTRADADE LOS AGENTES QUÍMICOS Respiratoria, dérmica, digestiva y parenteral. NEUMOCONIOSIS es un conjunto de enfermedades pulmonares producidas por la inhalación de polvo y la consecuente deposición de residuos sólidos inorgánicos SILICOSIS es producida por la inhalación y depósito de polvo de sílice en los pulmones y su curso es irreversible, progresivo y fatal. SILICATOSIS Es producida por inhalación del polvo de las sales del ácido silícico y la más frecuente es producida por el amianto. ANTRACOSIS Es benigna, es producida por el depósito de carbón en los pulmones y frecuente en poblaciones urbanas y muy significativas en los trabajos en el interior de minas. SIDEROSIS También es benigna y es producida por la inhalación de óxido de hierro que normalmente desaparece al cesar el organismo a su exposición. ASBESTOSIS Se presenta en la industria del cemento, en las minas y en el asbesto pero también en la industria automotriz en especial en la ind. Neumática y de belleza.
  • 43.
    DERMATOSIS La dermatosis esuna enfermedad de la piel que se manifiesta de manera muy general como una inflamación de origen alérgico persistente La causa más frecuente de dermatosis ocupacional son los aceites y la grasa del petróleo 1 Raza: Los de raza negra son menos susceptibles a la dermatitis del alquitrán de bulla. 2 Edad: Los trabajadores jóvenes se afectan con mayor frecuencia. 3 Sexo: Las mujeres no presentan dermatosis agudas con tanta frecuencia como los hombres. 4 Época del año: Son más frecuentes en verano que en invierno. 5 Transpiración: Actúa como agente humectante, permitiendo que los sólidos humedezcan la piel. 6 Presencia de enfermedades cutáneas: Las lesiones descubiertas ofrecen poca resistencia a la acción de los irritantes externos. 7 Falta de limpieza: Es la causa más importante. DERMATITIS DE CONTACTO AGUDA (IRRITANTES O ALÉRGICA) DERMATITIS DE CONTACTO SUBAGUDA DERMATITIS DE CONTACTO ECCEMATOSA CRÓNICA DERMATITIS POR FOTOSENSIBILIDAD (FOTOTÓXICA O FOTOALÉRGICA) FOLICULITIS Y DERMATOSIS ACNEIFORMES, INCLUIDO EL CLORACNÉ REACCIONES INDUCIDAS POR EL SUDOR Si la zona afectada se erosiona por el roce de una superficie cutánea con otra, aparecen con frecuencia infecciones bacterianas o fúngicas.
  • 44.
    LA TUBERCULOSIS Es unaenfermedad pulmonar que ocasiona infección en los pulmones y da lugar a la formación de granulomas. ¿CÓMO SE PROPAGA LA TUBERCULOSIS? ¿CUÁLES SON LOS SÍNTOMAS DE LA TUBERCULOSIS? Cansancio constante. Pérdida de peso . Tos persistente que no se quita por semanas. Fiebre . Sudores nocturnos. Pérdida del apetito ¿QUÉ EXÁMENES SE HACEN PARA SABER SI TIENE TUBERCULOSIS?
  • 45.
    CANCER OCUPACIONAL Es conveniente teneren cuenta que los cánceres ocupacionales son evitables con el solo recaudo de mejorar la higiene ambiental en los ámbitos de trabajo. Una de cada cuatro personas que trabajan en Perú ha estado expuesta en su lugar de trabajo a sustancias o factores que producen cáncer. ESTRÉS Y ANSIEDAD La ansiedad es un sentimiento de recelo, nerviosismo o miedo GASTRITIS También conocida como dispepsia, la gastritis es una inflamación de la capa interior del estómago. Puede ocurrir repentinamente (aguda) o gradualmente (crónica). Gastritis crónica ocurre en 2 de cada 10,000 personas, mientras que la aguda es más común, y ocurre en 8 de cada 1,000 personas.
  • 46.
    Formas de enfrentarlas enfermedades Ocupacionales Criterio cualitativo, consiste en establecer la lista indicativa de las ocupaciones donde se pueda producir la exposición, sin señalar la intensidad de la misma. Criterio cuantitativo, que asocia la exposición con las disposiciones existentes acerca de los valores umbrales límite, o concentraciones máximas permisibles de exposición. Relación de causalidad, para darle el carácter de profesional a una enfermedad se exige que se haya demostrado una relación de causalidad o de asociación entre el agente y la enfermedad. Fundamentos patológicos,se refieren a la especificidad de un efecto biológico atribuible a la acción de un agente determinado. Clínica, por los síntomas y signos, que son características de una enfermedad atribuible a la acción de un agente dado, incluyendo los exámenes de laboratorio y el diagnóstico por imágenes. CONCLUSIONES Las enfermedades ocupacionales se propagan por causa de agentes químicos, como gases y partículas; y biológicos, como virus, bacterias, moho, materiales en estado de de composición, que se encuentran en el ambiente de trabajo, y que representan un alto riesgo para la salud humana. Por esta razón se debe asegurar una atmósfera apta para la vida humana /antes y durante la realización de los trabajos).