Este documento resume un pleito entre la villa de Portillo y su arrabal sobre los derechos de los vecinos del arrabal a tener tiendas y vender carne y pescado. El Conde de Benavente, que gobernaba la villa, argumentaba que esto dañaría a la villa al despoblarla, mientras los vecinos del arrabal buscaban mayores libertades comerciales. Un testigo declaró que si se permitía esto, la villa se despoblaría rápidamente debido a su ubicación y falta de agua, con un costo estimado
1. 1566. PLEITO ENTRE LA VILLA DE PORTILLO Y SU
ARRABAL.
ANASTASIO ROJO VEGA
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Portillo y su Arrabal estuvieron permanentemente en pleitos. Arriba
vivían los hidalgos y abajo los pecheros, razón de diferencias como la
que sigue.
Valladolid, 20 de abril de 1566.
El símbolo del poder. El castillo del conde. Imagen tomada de:
http://es.wikipedia.org/wiki/Portillo_(Valladolid)
Juan lopez en nonbre del illustrisimo señor don antonio alfonso pimentel
conde de benavente digo quel dicho mi parte a tratado y trata pleito con
el arraval de la su villa de portillo sobre raçon que los veçinos del dicho
arraval pretenden que a de aver en el tablas de carne y pescaderia y
libertad para tener tiendas de todo lo que quisieren vender y por parte del
dicho conde y de la dicha su villa de portillo se pretende que no pueden
tener ni vender las dichas cosas ni tener tiendas dellas ni de las demas
que ay obligados en la dicha villa de portillo porquesto se a de vender en
la dicha villa dentro de los muros della en el qual pleito se an dado
sentençias en vista y grado de revista por el muy reverendo presidente y
algunos de los señores oidores desta real audiençia y chançilleria que
2. reside en esta villa ante quien el dicho pleito a pendido y pende por las
quales mandan que en en el dicho arraval de portillo aya tiendas de todas
cosa eçeto que tablas de carne las aya desde primero de otubre de cada un
año hasta carrestoliendas y de pescado desde carrestolientas hasta pascua
de flores de cada un año [...] y por ser como las dichas sentençias de vista
y revista son en perjuiçio del dicho conde y en gran daño y perjuiçio de la
dicha su villa de portillo por parte del dicho conde se suplica de las
dichas sentençias segunda vez para ante la persona real de su magestad
con la pena y obligaçion y fiança de las mil y quinientas doblas de oro de
caveza que la ley de segovia manda y dispones y por parte del dicho
conde se a dado por fiador a gomez de portillo vezino de la villa de
valladolid para que si la dicha sentençia de revista fuere confirmada por
su magestad o por los jueçes que para ello fueren nonbrados dara y
pagara las dichas mil y quinientas doblas [...]
La villa, arriba al fondo, vista desde el Arrabal. Imagen tomada de:
http://arrabaldeportillo.blogspot.com.es/search/label/vistas%20del%20pu
eblo
Para la revista de sentencia, el conde de Benavente propuso se tuviese en
cuenta el siguiente cuestionario:
Primeramente sean preguntados si conoçen al dicho gomez de portillo y
tienen notiçia del dicho pleito e interese de lo quel dicho conde y la dicha
su villa pretendian
yten sean preguntados si saven y es publico y notorio que los vienes y
haçienda quel dicho gomez de portillo tiene suyos propios valen mas de
quatro mil ducados a justa y comun estimaçion digan y declaren los
testigos lo que saven y como y por que lo saven
3. yten si saven quel interese que va al dicho conde y a la dicha su villa en
que no aya en el dicho arraval carniçeria ni tiendas sobre ques el dicho
pleito es de mas valor y cantidad al dicho conde de çinco o seis mil
ducados porque se le despoblara la dicha villa de portillo y los veçinos
della se iran a vivir a otros lugares digan y declaren los testigos lo que
puede valer y como y por que lo saven
yten si saven que todo lo susodicho sea publica boz y fama
Sigue la deposición de uno de los testigos, el bachiller Luis Pérez,
profesor de gramática.
Testigo el dicho vachiller luis perez clerigo profesor de gramatica en esta
universidad de valladolid testigo susodicho aviendo jurado en forma de
derecho y siendo preguntado por el interrogatorio presentado por parte
del dicho conde dixo y depuso lo siguiente
a la primera pregunta deste interrogatorio dixo este testigo que conoçe al
dicho conde de venavente y a los vecinos de la dicha villa y arraval de la
dicha villa de portillo y tiene noticia del pleito que se trata entre el dicho
conde y la dicha villa con el dicho arraval
generales. fue preguntado por las preguntas generales de la ley dixo ques
de edad de cinquenta y dos años poco mas o menos y que no le va
interese en este negocio
4. a la terçera pregunta del dicho interrogatorio dixo este testigo que lo que
save es que si acaso se diesen las dichas tablas de carneçeria y pescaderia
que la dicha villa en breve tienpo por estar tan alta y tan fragosa y tan
falta de agua porque en el verano no ay agua en los poços se
menoscavaria y de tal manera vendria a despoblarse que en breve tienpo
no abria vezinos en la dicha villa y asi este testigo dixo que despues
questas sentençias se an dado no se halla por causa nenguna [borrón de
tinta, se refiere al hundimiento en el alquiler de casas] la dicha villa
alquile y ya que alguno se hallase que fuese buena no se hallarian de
quatro o çinco ducados por ella por lo qual save este testigo y es notorio
que viene muy gran daño e interese al dicho conde en que una villa como
esta se despoblase ansi porque se cairian todas las casas y las iglesias no
tendrian diezmo por ser la costunbre dezmar adonde son veçinos y la
fortaleza de la dicha villa no abria ningun honbre de honra que la quisiese
tomar con ser una fuerça de las buenas despaña y las rentas del dicho
conde vendrian en diminuiçion que son mas de quatroçientas mil mrs y
los vecinos de la dicha villa se vendrian a vibir a esta villa [de
Valladolid] o a otras partes como lo hizo este testigo y le pareze que le va
de interese al dicho conde [en] lo susodicho mas de doze mil ducados y
questa es la verdad y lo que save para el juramento que hizo [...]