DERECHO A LA IDENTIDAD
DEL MENOR:
AUTORIZACIONES DE VIAJE
ROSALIA MEJIA ROSASCO
Notaria de Lima
Docotora en Derecho Registral y
Notarial.
REFLEXION PRELIMINAR
• Capacitación permanente del notario.
• Derecho constitucional:
• - La defensa de la persona como fin
supremo del Estado y la sociedad.
• - Derechos fundamentales de la persona,
respeto a su dignidad.
• El Tribunal Constitucional como
intérprete supremo de la Constitución
y la aplicación de las Convenciones
Internacionales y Acuerdos suscritos
por el Estado Peruano.
• Constitucionalismo del derecho
civil: Discurso del Dr. Manuel
Miranda Canales:
• https://www.youtube.com/watch?v=Ky2NIWo
LEY DEL NOTARIADO
• Acta Extra – Protocolar
• Artículo 94.- Actas extra – protocolares:
• a) De autorización para viaje de menores”.
• El notario llevará un índice cronológico de
autorizaciones de viaje al interior y al
exterior.
• Comunicación a las Autoridades en la
periodicidad, medios u oportunidad que
FE PUBLICA EN EL ACTA
• Artículo 97º.- Autorización de Instrumentos
Extra – protocolares
• La autorización del notario de un instrumento
público extra protocolar, realizada con arreglo
a las prescripciones de esta ley, da fe de:
• La realización del acto, hecho o
circunstancia,
• La identidad de las personas u objetos,
• La suscripción de documentos,
confiriéndole fecha cierta.
EL DERECHO A LA IDENTIDAD
• Reconocimiento legal de la existencia de
las personas por parte de los Estados.
• Tratados y convenciones internacionales
lo definen como un derecho humano y
social fundamental.
• La identidad legal otorga ciudadanía,
habilita otros derechos, tales como la
educación, la salud, la vivienda, el trabajo,
a la participación política, etc.
CONSTITUCIÓN POLITICA DE 1993
• Artículo 2º.- Derechos fundamentales de
la persona
• Toda persona tiene derecho:
• 1º.- A la vida, a su identidad, a su
integridad moral, psíquica y física y a su
libre desarrollo y bienestar. El concebido
es sujeto de derecho en todo cuanto le
favorece.
MARCO NORMATIVO
SUPRANACIONAL
• Cuarta Disposición Transitoria de la
Constitución Política de 1993:
• Las normas relativas a los derechos y a las
libertades que la Constitución reconoce se
interpretan de conformidad con la
Declaración Universal de Derechos Humanos
y con los tratados y acuerdos internacionales
sobre las mismas materias ratificados por el
Perú.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
• Artículo 6º. Todo ser humano tiene
derecho, en todas partes, al
reconocimiento de su personalidad
jurídica.
Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos
• Artículo 16º. Todo ser humano tiene
derecho, en todas partes, al
reconocimiento de su personalidad
jurídica.
• Artículo 24º. … 2. Todo niño será inscrito
inmediatamente después de su
nacimiento y deberá tener un nombre.
Convención Americana sobre los
Derechos Humanos (Pacto de San José)
• Artículo 3º. Derecho al Reconocimiento de
la Personalidad Jurídica. Toda persona tiene
derecho al reconocimiento de su
personalidad jurídica.
• Artículo 18. Derecho al nombre. Toda
persona tiene derecho a un nombre propio y a
los apellidos de sus padres o al de uno de
ellos. La ley reglamentará la forma de
asegurar este derecho para todos, mediante
nombres supuestos, si fuere necesario.
• Artículo 29º. Normas de
Interpretación. Ninguna disposición
de la presente convención puede ser
interpretada en el sentido de: (...) c)
excluir otros derechos y garantías
que son inherentes al ser humano o
que se derivan de la forma
democrática representativa del
gobierno.
CONVENCIÓN SOBRE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
Artículo 7º.
1.El niño será inscrito inmediatamente
después de su nacimiento y tendrá derecho
desde que nace a un nombre, a adquirir una
nacionalidad y, en la medida de los posible, a
conocer a sus padres y a ser cuidado por
ellos.
• Artículo 8º.
• 1. Los Estados Parte se comprometen
a respetar el derecho del niño a
preservar su identidad, incluidos la
nacionalidad, el nombre y las
relaciones familiares de conformidad
con la ley sin injerencias ilícitas.
IDENTIDAD LEGAL
• Se concretiza mediante dos
procedimientos específicos pero
interrelacionados:
• - El registro oportuno de los
nacimientos.
• - La obtención del documento
nacional de identidad.
PROBLEMÁTICA DE ACCESO A
LA IDENTIDAD LEGAL
• Los problemas del subregistro de
nacimientos y la indocumentación afectan
el ciclo o trayecto de vida de las personas
y tienen efectos negativos en el desarrollo
personal y social de la persona.
• A partir de la Resolución Jefatural Nº 243-
2002-JEF-RENIEC (15 de junio de 2002)
se aprobó el DNI para menores. Plan
Piloto para los que hubieran cumplido 6
años de edad en el 2002.
• Resolución Jefatural Nº 119-2002-
JEF/RENIEC se creo la Oficina de
Registros Civiles e Identificación de
Menores.
• La implementación ha sido paulatina.
• Se han tenido que ofrecer incentivos y
establecer diversas medidas para
promover la obtención del DNI de los
menores.
• Es una tarea de todos los ciudadanos:
CREAR CONCIENCIA DEL DERECHO
RENIEC: ¿Por qué es necesario que
los niños tengan DNI?
• El DNI es necesario para que los niños y
niñas puedan ser identificados y tengan
acceso a los servicios de salud,
programas sociales, así como para su
libre desplazamiento por el interior o
exterior del país. Es importante
también para evitar la trata de menores
y secuestros.
• El Nº de DNI será el mismo cuando
cumpla la mayoría de edad y el que
utilizará toda su vida.
• En la actualidad, el DNI de menores se
emite a las personas comprendidas
entre los 0 años de edad hasta los 16
años, en el marco del programa de
registro e identificación de menores .
• El DNI de menores tiene un costo de 16
soles.
RENIEC: DNI para jóvenes de 17 años
Al llegar a los 17 años todo peruano debe
hacer uno de estos dos trámites:
- Inscripción, si no ha tenido antes un DNI,
o,
- Renovación, si cuenta con un DNI de
menor de edad.
Resolución Jefatural N° 278-
2013/JNAC/RENIEC
En ninguno de los casos se exige la
presentación de la Constancia de
Inscripción Militar (CIM) entregada por una
Oficina de Registro Militar de cualquiera de
las tres Fuerzas Armadas (Ejército, Marina
o Aviación),
El DNI que recibe un joven de 17 años tiene
una vigencia de ocho años, es azul e
incluye un número de mesa de votación que
será activado cuando el titular cumpla 18
años.
NIÑOS Y ADOLESCENTES
• DIFERENTES CONCEPTOS
• Titulo Preliminar: Artículo I.-
Definición.-
• Se considera niño a todo ser humano
desde su concepción hasta cumplir los
doce años de edad y adolescente
desde los doce hasta cumplir los
dieciocho años de edad.
SUJETO DE DERECHOS Y
LIBERTADES
• Titulo Preliminar: Artículo II.- Sujeto
de derechos.-
• El niño y el adolescente son sujetos de
derechos, libertades y de protección
específica. Deben cumplir las
obligaciones consagradas en esta norma.
PRINCIPIO RECTOR
• Artículo IX.- Interés superior del niño y
del adolescente.-
• En toda medida concerniente al niño y al
adolescente que adopte el Estado a través
de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos
Regionales, Gobiernos Locales y sus demás
instituciones, así como en la acción de
la sociedad, se considerará el Principio
del Interés Superior del Niño y del
Adolescente y el respeto a sus
derechos.
CAPACIDAD DE LOS MENORES
• “Artículo IV Título Preliminar.- Capacidad.
• Además de los derechos inherentes a la
persona humana, el niño y el adolescente
gozan de los derechos específicos
relacionados con su proceso de
desarrollo. Tienen capacidad especial
para la realización de los actos civiles
autorizados por este código y demás leyes.
Obligación de las autoridades
judiciales y administrativas
• Titulo Preliminar: Artículo X.- Proceso
como problema humano.-
• El Estado garantiza un sistema de
administración de justicia especializada
para los niños y adolescentes. Los casos
sujetos a resolución judicial o
administrativa en los que estén
involucrados niños o adolescentes
serán tratados como problemas
humanos.
DERECHOS INVOLUCRADOS
AUTORIZACIONES
CNA
• Derechos del menor de edad:
• Derechos fundamentales del niño.
• Derecho de libre transito del menor.
• Desarrollo integral de su personalidad.
• Derecho de identidad.
• A vivir en una familia y no ser separados de
sus padres salvo por circunstancias
especiales definidas en la ley.
• Obligaciones y derechos de los
padres:
• Derecho de patria potestad.
• Derecho de tenencia.
• Derecho de visitas.
LA SITUACION FAMILIAR DE
LOS MENORES EN EL PERU
• Diferentes modelos de familia.
• Relación de menores con sus padres.
• Desarrollo de actividades de los menores.
DERECHO DE IDENTIDAD
• Documentos de identidad de menores que
identifiquen además la identidad de sus
padres.
• Inscripción en Registros Públicos de datos
del menor:
– Nacimiento: Fecha, nombre y padres.
– Otros actos relacionados al ejercicio de la
patria potestad.
PUBLICIDAD versus PRIVACIDAD
• Privacidad: ¿The right to be alone?
• El interés superior del menor.
• Derecho de opinión del menor.
SITUACIONES JURIDICAS VINCULADAS
• Tenencia, régimen de visitas en Actas de
Conciliación.
• Acuerdos por escritura pública.
• Poderes con facultades para autorizar
viaje de menores.
• Concepto actual de Patria Potestad a
partir de reconocimiento de los derechos
del menor.
CNA LEY 27337 VIGENTE
• AUTORIZACIONES
• Artículo 111.- Notarial.-
• Para el viaje de niños o adolescentes
fuera del país solos o acompañados por
uno de sus padres, es obligatoria la
autorización de ambos padres con
certificación notarial.
• En caso de fallecimiento de uno de los
padres o de estar reconocido el hijo
por uno solo de ellos, bastará el
consentimiento del padre sobreviviente
o del que efectuó el reconocimiento,
debiendo constar en el permiso notarial
haber tenido a la vista la partida de
defunción o la de nacimiento
correspondiente.
• En caso de que el viaje se realice dentro
del país bastará la autorización de uno
de los padres.
FORMALIDADES AUTORIZACIONES DE
VIAJE AL EXTERIOR OTORGADAS ANTE
NOTARIO
• CASO 1: Viaje de menor, fuera del país,
solo o acompañado por uno de sus padres.
• Formalidad:
• Autorización de ambos padres con
certificación notarial.
• NO EXIGE PARTIDA DE
NACIMIENTO.
• CASO 2: Viaje de menor, reconocido
por solo uno de los padres que viaje
fuera del país.
• Formalidades:
• Autorización de progenitor que efectuo
el reconocimiento.
• Se debe dejar constancia de haber
tenido a la vista la partida de
nacimiento.
• CASO 3: Viaje de menor, reconocido por
ambos padres, que uno de ellos ha
fallecido.
• Formalidades:
• Autorización de progenitor sobreviviente.
• Se debe dejar constancia de haber
tenido a la vista la partida de
defunción.
FORMALIDADES AUTORIZACIONES DE
VIAJE AL INTERIOR DEL PAIS
OTORGADAS ANTE NOTARIO
• Basta la autorización de uno solo de
los padres.
• NO EXIGE PARTIDA DE
NACIMIENTO.
AUTORIZACIONES DE VIAJE EN
SEDE JUDICIAL (112 C.N.A.)
• COMPETENCIA:
• CASO 1: VIAJE DENTRO DEL PAIS:
• Cuando faltan ambos padres.
• CASO 2: VIAJE FUERA DEL PAIS:
• Por ausencia o disentimiento de uno de
ellos.
• Oposición de viaje (caduca al año de su
inscripción).
• ¿ RESULTA SUFICIENTE LA
REGULACION ACTUAL?
• ¿SE ESTA CUMPLIENDO
CON PROTEGER LOS
DERECHOS DEL MENOR?
• ¿LAS DISPOSICIONES LEGALES
SON ACORDES CON LOS
PRINCIPIOS DEL C.N.A. Y LA
CONVENCION DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO?
• ¿QUE OTRAS MEDIDAS
PODRIAMOS IMPLEMENTAR?
NUEVAS FORMALIDADES EN
AUTORIZACIONES DE VIAJE
• VIAJES AL EXTERIOR:
• CASO 1: Si el menor viaja con ambos
padres.
• Los pasaportes y D.N.I. deberían contener el
nombre de los padres.
• CASO 2: Si el menor viaja con uno de los
padres:
• Autorización del padre que no lo acompaña.
• Declaración expresa que viaja con otro
progenitor y datos señalados para Caso 3.
• CASO 3: El menor que viaja solo:
• La autorización de viaje debe incluir la
declaración de los padres acerca de:
• A.- País y ciudad de destino.
• B.- Identificación de la persona que lo
recibirá.
• C.- Dirección donde se alojará.
• D.- Motivo del viaje.
• E.- Plazo de duración del viaje.
• CASO 4: Menor que viaja
acompañado por un tercero mayor de
edad que no son sus padres:
• Datos de identificación de la persona
que lo acompaña.
• Adicionalmente consignar los datos
indicados para el Caso 3,
MENOR HIJO DE MENOR
• CASO 5: Menores, hijos de menores no
emancipados.
• Formalidades:
• Autorización de padres, aún menores de
edad pero mayores de 16 años.
• Adicionalmente autorización de los
abuelos.
Otras formalidades pendientes de
regulación expresa
• Padres ubicados en diferentes lugares
dentro o fuera del país.
• Plazo de duración de las autorizaciones
de viaje otorgadas ante notario.
• Prueba suficiente de fallecimiento o
desaparición de progenitor: Inscripción de
testamento, sucesión intestada o
declaración de ausente o desaparecido.
PROYECTO DE LEY
Nuevo Código de los Niños, Niñas y
Adolescentes
• Elaborado a partir del año 2008
• Ley 28914 creó la Comisión Especial
Revisora del Código de los Niños y
Adolescentes.
• Otorga facultad de elaborar el
Anteproyecto de ley de Código de los
Niños y Adolescentes.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL DE
VIAJE (ART. 129)
• Para el viaje de niños, niñas o
adolescentes fuera del país solo o
acompañado por uno de sus padres, es
obligatoria la autorización de ambos
padres con certificación notarial, para lo
cual se deberá adjuntar copia del DNI
del niño, niña o adolescente.
• En caso de fallecimiento de uno
de los padres o de estar
reconocido el hijo o hija por
uno solo de ellos, basta el
consentimiento del padre
sobreviviente o del que efectuó el
reconocimiento, debiendo constar en
el permiso notarial haber tenido a la
vista la partida de defunción o la de
nacimiento correspondiente.
• En caso de que el viaje se realice
dentro del país basta la autorización
de uno de los padres y la presentación
del DNI o partida de nacimiento del
niño, niña o adolescente.
AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE
(ART. 130)
• Es competencia del juez especializado
autorizar el viaje de niños, niñas o
adolescentes.
• 1. Dentro del país cuando falten ambos
padres, y
• 2 Fuera del país por ausencia o
disentimiento de uno de ellos, para lo
cual el responsable presenta copia de su
Documento de Identidad y del menor
de edad.
• En aquellos casos en los que ambos
padres o uno de ellos, esté ausente y
autoriza el viaje mediante poder,
a favor del otro padre o a un tercero,
dicho poder debe estar legalizado por
el Ministerio de Relaciones
Exteriores y cumplir con las
formalidades del Código Procesal
Civil, o de ser el poder otorgado dentro
del país éste deberá estar inscrito en
los Registros Públicos,
acreditándose su vigencia.
• El niño o niña nacido de madre no
residente en el país, que hubiere
ingresado en los seis meses previos al
nacimiento, requiere autorización
judicial de viaje al extranjero, salvo
que se trate de personal diplomático
acreditado.
• MUCHAS GRACIAS

2015 autorizaciones de viaje

  • 1.
    DERECHO A LAIDENTIDAD DEL MENOR: AUTORIZACIONES DE VIAJE ROSALIA MEJIA ROSASCO Notaria de Lima Docotora en Derecho Registral y Notarial.
  • 2.
    REFLEXION PRELIMINAR • Capacitaciónpermanente del notario. • Derecho constitucional: • - La defensa de la persona como fin supremo del Estado y la sociedad. • - Derechos fundamentales de la persona, respeto a su dignidad.
  • 3.
    • El TribunalConstitucional como intérprete supremo de la Constitución y la aplicación de las Convenciones Internacionales y Acuerdos suscritos por el Estado Peruano. • Constitucionalismo del derecho civil: Discurso del Dr. Manuel Miranda Canales: • https://www.youtube.com/watch?v=Ky2NIWo
  • 4.
    LEY DEL NOTARIADO •Acta Extra – Protocolar • Artículo 94.- Actas extra – protocolares: • a) De autorización para viaje de menores”. • El notario llevará un índice cronológico de autorizaciones de viaje al interior y al exterior. • Comunicación a las Autoridades en la periodicidad, medios u oportunidad que
  • 5.
    FE PUBLICA ENEL ACTA • Artículo 97º.- Autorización de Instrumentos Extra – protocolares • La autorización del notario de un instrumento público extra protocolar, realizada con arreglo a las prescripciones de esta ley, da fe de: • La realización del acto, hecho o circunstancia, • La identidad de las personas u objetos, • La suscripción de documentos, confiriéndole fecha cierta.
  • 6.
    EL DERECHO ALA IDENTIDAD • Reconocimiento legal de la existencia de las personas por parte de los Estados. • Tratados y convenciones internacionales lo definen como un derecho humano y social fundamental. • La identidad legal otorga ciudadanía, habilita otros derechos, tales como la educación, la salud, la vivienda, el trabajo, a la participación política, etc.
  • 7.
    CONSTITUCIÓN POLITICA DE1993 • Artículo 2º.- Derechos fundamentales de la persona • Toda persona tiene derecho: • 1º.- A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
  • 8.
    MARCO NORMATIVO SUPRANACIONAL • CuartaDisposición Transitoria de la Constitución Política de 1993: • Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.
  • 9.
    DECLARACIÓN UNIVERSAL DELOS DERECHOS HUMANOS • Artículo 6º. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
  • 10.
    Pacto Internacional deDerechos Civiles y Políticos • Artículo 16º. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. • Artículo 24º. … 2. Todo niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y deberá tener un nombre.
  • 11.
    Convención Americana sobrelos Derechos Humanos (Pacto de San José) • Artículo 3º. Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. • Artículo 18. Derecho al nombre. Toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres o al de uno de ellos. La ley reglamentará la forma de asegurar este derecho para todos, mediante nombres supuestos, si fuere necesario.
  • 12.
    • Artículo 29º.Normas de Interpretación. Ninguna disposición de la presente convención puede ser interpretada en el sentido de: (...) c) excluir otros derechos y garantías que son inherentes al ser humano o que se derivan de la forma democrática representativa del gobierno.
  • 13.
    CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOSDEL NIÑO Artículo 7º. 1.El niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de los posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.
  • 14.
    • Artículo 8º. •1. Los Estados Parte se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas.
  • 15.
    IDENTIDAD LEGAL • Seconcretiza mediante dos procedimientos específicos pero interrelacionados: • - El registro oportuno de los nacimientos. • - La obtención del documento nacional de identidad.
  • 16.
    PROBLEMÁTICA DE ACCESOA LA IDENTIDAD LEGAL • Los problemas del subregistro de nacimientos y la indocumentación afectan el ciclo o trayecto de vida de las personas y tienen efectos negativos en el desarrollo personal y social de la persona. • A partir de la Resolución Jefatural Nº 243- 2002-JEF-RENIEC (15 de junio de 2002) se aprobó el DNI para menores. Plan Piloto para los que hubieran cumplido 6 años de edad en el 2002.
  • 17.
    • Resolución JefaturalNº 119-2002- JEF/RENIEC se creo la Oficina de Registros Civiles e Identificación de Menores. • La implementación ha sido paulatina. • Se han tenido que ofrecer incentivos y establecer diversas medidas para promover la obtención del DNI de los menores. • Es una tarea de todos los ciudadanos: CREAR CONCIENCIA DEL DERECHO
  • 18.
    RENIEC: ¿Por quées necesario que los niños tengan DNI? • El DNI es necesario para que los niños y niñas puedan ser identificados y tengan acceso a los servicios de salud, programas sociales, así como para su libre desplazamiento por el interior o exterior del país. Es importante también para evitar la trata de menores y secuestros.
  • 19.
    • El Nºde DNI será el mismo cuando cumpla la mayoría de edad y el que utilizará toda su vida. • En la actualidad, el DNI de menores se emite a las personas comprendidas entre los 0 años de edad hasta los 16 años, en el marco del programa de registro e identificación de menores . • El DNI de menores tiene un costo de 16 soles.
  • 20.
    RENIEC: DNI parajóvenes de 17 años Al llegar a los 17 años todo peruano debe hacer uno de estos dos trámites: - Inscripción, si no ha tenido antes un DNI, o, - Renovación, si cuenta con un DNI de menor de edad.
  • 21.
    Resolución Jefatural N°278- 2013/JNAC/RENIEC En ninguno de los casos se exige la presentación de la Constancia de Inscripción Militar (CIM) entregada por una Oficina de Registro Militar de cualquiera de las tres Fuerzas Armadas (Ejército, Marina o Aviación), El DNI que recibe un joven de 17 años tiene una vigencia de ocho años, es azul e incluye un número de mesa de votación que será activado cuando el titular cumpla 18 años.
  • 22.
    NIÑOS Y ADOLESCENTES •DIFERENTES CONCEPTOS • Titulo Preliminar: Artículo I.- Definición.- • Se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho años de edad.
  • 23.
    SUJETO DE DERECHOSY LIBERTADES • Titulo Preliminar: Artículo II.- Sujeto de derechos.- • El niño y el adolescente son sujetos de derechos, libertades y de protección específica. Deben cumplir las obligaciones consagradas en esta norma.
  • 24.
    PRINCIPIO RECTOR • ArtículoIX.- Interés superior del niño y del adolescente.- • En toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos.
  • 25.
    CAPACIDAD DE LOSMENORES • “Artículo IV Título Preliminar.- Capacidad. • Además de los derechos inherentes a la persona humana, el niño y el adolescente gozan de los derechos específicos relacionados con su proceso de desarrollo. Tienen capacidad especial para la realización de los actos civiles autorizados por este código y demás leyes.
  • 26.
    Obligación de lasautoridades judiciales y administrativas • Titulo Preliminar: Artículo X.- Proceso como problema humano.- • El Estado garantiza un sistema de administración de justicia especializada para los niños y adolescentes. Los casos sujetos a resolución judicial o administrativa en los que estén involucrados niños o adolescentes serán tratados como problemas humanos.
  • 27.
    DERECHOS INVOLUCRADOS AUTORIZACIONES CNA • Derechosdel menor de edad: • Derechos fundamentales del niño. • Derecho de libre transito del menor. • Desarrollo integral de su personalidad. • Derecho de identidad. • A vivir en una familia y no ser separados de sus padres salvo por circunstancias especiales definidas en la ley.
  • 28.
    • Obligaciones yderechos de los padres: • Derecho de patria potestad. • Derecho de tenencia. • Derecho de visitas.
  • 29.
    LA SITUACION FAMILIARDE LOS MENORES EN EL PERU • Diferentes modelos de familia. • Relación de menores con sus padres. • Desarrollo de actividades de los menores.
  • 30.
    DERECHO DE IDENTIDAD •Documentos de identidad de menores que identifiquen además la identidad de sus padres. • Inscripción en Registros Públicos de datos del menor: – Nacimiento: Fecha, nombre y padres. – Otros actos relacionados al ejercicio de la patria potestad.
  • 31.
    PUBLICIDAD versus PRIVACIDAD •Privacidad: ¿The right to be alone? • El interés superior del menor. • Derecho de opinión del menor.
  • 32.
    SITUACIONES JURIDICAS VINCULADAS •Tenencia, régimen de visitas en Actas de Conciliación. • Acuerdos por escritura pública. • Poderes con facultades para autorizar viaje de menores. • Concepto actual de Patria Potestad a partir de reconocimiento de los derechos del menor.
  • 33.
    CNA LEY 27337VIGENTE • AUTORIZACIONES • Artículo 111.- Notarial.- • Para el viaje de niños o adolescentes fuera del país solos o acompañados por uno de sus padres, es obligatoria la autorización de ambos padres con certificación notarial.
  • 34.
    • En casode fallecimiento de uno de los padres o de estar reconocido el hijo por uno solo de ellos, bastará el consentimiento del padre sobreviviente o del que efectuó el reconocimiento, debiendo constar en el permiso notarial haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente. • En caso de que el viaje se realice dentro del país bastará la autorización de uno de los padres.
  • 35.
    FORMALIDADES AUTORIZACIONES DE VIAJEAL EXTERIOR OTORGADAS ANTE NOTARIO • CASO 1: Viaje de menor, fuera del país, solo o acompañado por uno de sus padres. • Formalidad: • Autorización de ambos padres con certificación notarial. • NO EXIGE PARTIDA DE NACIMIENTO.
  • 36.
    • CASO 2:Viaje de menor, reconocido por solo uno de los padres que viaje fuera del país. • Formalidades: • Autorización de progenitor que efectuo el reconocimiento. • Se debe dejar constancia de haber tenido a la vista la partida de nacimiento.
  • 37.
    • CASO 3:Viaje de menor, reconocido por ambos padres, que uno de ellos ha fallecido. • Formalidades: • Autorización de progenitor sobreviviente. • Se debe dejar constancia de haber tenido a la vista la partida de defunción.
  • 38.
    FORMALIDADES AUTORIZACIONES DE VIAJEAL INTERIOR DEL PAIS OTORGADAS ANTE NOTARIO • Basta la autorización de uno solo de los padres. • NO EXIGE PARTIDA DE NACIMIENTO.
  • 39.
    AUTORIZACIONES DE VIAJEEN SEDE JUDICIAL (112 C.N.A.) • COMPETENCIA: • CASO 1: VIAJE DENTRO DEL PAIS: • Cuando faltan ambos padres. • CASO 2: VIAJE FUERA DEL PAIS: • Por ausencia o disentimiento de uno de ellos. • Oposición de viaje (caduca al año de su inscripción).
  • 40.
    • ¿ RESULTASUFICIENTE LA REGULACION ACTUAL? • ¿SE ESTA CUMPLIENDO CON PROTEGER LOS DERECHOS DEL MENOR?
  • 41.
    • ¿LAS DISPOSICIONESLEGALES SON ACORDES CON LOS PRINCIPIOS DEL C.N.A. Y LA CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO? • ¿QUE OTRAS MEDIDAS PODRIAMOS IMPLEMENTAR?
  • 42.
    NUEVAS FORMALIDADES EN AUTORIZACIONESDE VIAJE • VIAJES AL EXTERIOR: • CASO 1: Si el menor viaja con ambos padres. • Los pasaportes y D.N.I. deberían contener el nombre de los padres. • CASO 2: Si el menor viaja con uno de los padres: • Autorización del padre que no lo acompaña. • Declaración expresa que viaja con otro progenitor y datos señalados para Caso 3.
  • 43.
    • CASO 3:El menor que viaja solo: • La autorización de viaje debe incluir la declaración de los padres acerca de: • A.- País y ciudad de destino. • B.- Identificación de la persona que lo recibirá. • C.- Dirección donde se alojará. • D.- Motivo del viaje. • E.- Plazo de duración del viaje.
  • 44.
    • CASO 4:Menor que viaja acompañado por un tercero mayor de edad que no son sus padres: • Datos de identificación de la persona que lo acompaña. • Adicionalmente consignar los datos indicados para el Caso 3,
  • 45.
    MENOR HIJO DEMENOR • CASO 5: Menores, hijos de menores no emancipados. • Formalidades: • Autorización de padres, aún menores de edad pero mayores de 16 años. • Adicionalmente autorización de los abuelos.
  • 46.
    Otras formalidades pendientesde regulación expresa • Padres ubicados en diferentes lugares dentro o fuera del país. • Plazo de duración de las autorizaciones de viaje otorgadas ante notario. • Prueba suficiente de fallecimiento o desaparición de progenitor: Inscripción de testamento, sucesión intestada o declaración de ausente o desaparecido.
  • 47.
    PROYECTO DE LEY NuevoCódigo de los Niños, Niñas y Adolescentes • Elaborado a partir del año 2008 • Ley 28914 creó la Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes. • Otorga facultad de elaborar el Anteproyecto de ley de Código de los Niños y Adolescentes.
  • 48.
    AUTORIZACIÓN NOTARIAL DE VIAJE(ART. 129) • Para el viaje de niños, niñas o adolescentes fuera del país solo o acompañado por uno de sus padres, es obligatoria la autorización de ambos padres con certificación notarial, para lo cual se deberá adjuntar copia del DNI del niño, niña o adolescente.
  • 49.
    • En casode fallecimiento de uno de los padres o de estar reconocido el hijo o hija por uno solo de ellos, basta el consentimiento del padre sobreviviente o del que efectuó el reconocimiento, debiendo constar en el permiso notarial haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente.
  • 50.
    • En casode que el viaje se realice dentro del país basta la autorización de uno de los padres y la presentación del DNI o partida de nacimiento del niño, niña o adolescente.
  • 51.
    AUTORIZACIÓN JUDICIAL DEVIAJE (ART. 130) • Es competencia del juez especializado autorizar el viaje de niños, niñas o adolescentes. • 1. Dentro del país cuando falten ambos padres, y • 2 Fuera del país por ausencia o disentimiento de uno de ellos, para lo cual el responsable presenta copia de su Documento de Identidad y del menor de edad.
  • 52.
    • En aquelloscasos en los que ambos padres o uno de ellos, esté ausente y autoriza el viaje mediante poder, a favor del otro padre o a un tercero, dicho poder debe estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y cumplir con las formalidades del Código Procesal Civil, o de ser el poder otorgado dentro del país éste deberá estar inscrito en los Registros Públicos, acreditándose su vigencia.
  • 53.
    • El niñoo niña nacido de madre no residente en el país, que hubiere ingresado en los seis meses previos al nacimiento, requiere autorización judicial de viaje al extranjero, salvo que se trate de personal diplomático acreditado.
  • 54.