Derecho Civil de Obligaciones I - Cátedra de Xavier Cuadros
4033 altamirano-tp9
1. INSTITUTO SUPERIOR PARTICULAR
INCORPORADO Nº 4033 DE
ADMINISTRACION BANCARIA Y
COMERCIO EXTERIOR
MATERIA: DERECHO CIVIL Y
COMERCIAL
DOCENTE: TURRI JOSE luis
ALUMNO: ALTAMIRANO MA. SOLEDAD
3. LEY
FUENTE PRIMERA Y FUNDAMENTAL DEL DERECHO
Conjunto de normas de conductas humanas obligatorias,
DERECHO
conforme con la justicia
Moral: valora la Derecho: valora la conducta, desde el
conducta humana alcance que tenga con los demás
Derecho positivo: conjunto de Derecho privado: integrado por
leyes de cumplimiento normas que colocan a la persona
obligatorios dentro del país en un plano de igualdad jurídica
4. Según el art. 30 del C.C: todo ente susceptibles de adquirir derechos y
contraer obligaciones
Atributos
•Nombre: designación e identificación de una persona
•Apellido: es el nombre que le corresponde por familia
•Domicilio: lugar como asiento de la persona, fijada por
la ley
•Capacidad: es la aptitud para adquirir Derechos y
obligaciones
5. Hechos y actos jurídicos
HECHOS JURIDICOS ACTOS JURIDICOS
Hechos que subsisten tiene propiedad de El objeto de los actos deben ser cosas que
producir efectos jurídicos estén en el comercio
Naturales y humanos Voluntarios
Positivos y negativos Lícitos
Voluntarios e involuntarios Tiene por fin inmediato la producción de
Lícitos e ilícitos efecto jurídicos
Plazos
Suspensivos; resolutorios.
Ciertos e inciertos.
Expreso y tácito
Legal, judicial y voluntarios
6. Extinción de las relaciones jurídicas
Actos extintivos Hechos extintivos
Pago: cumplimiento de la Compensación: cuando 2 personas
obligación, acto típico. reúnen la calidad de deudor y
Novación: transformación de una acreedor, ella extingue el pago de las
obligación como consecuencia se deudas hasta donde alcance la
extingue la primera menor
Transacción: acuerdo de las partes Confusión: cuando una misma
extinguiendo obligación litigiosa persona reúnen la calidad de deudor
dudosa y acreedor
Renuncia: acto el cual libera el Imposibilidad de pago: se extingue
deudor de sus obligaciones cuando la prestación se ha hecho
Revocación y rescisión físico o imposible sin culpa del
deudor
Condición resolutoria: ocurrido el
evento futuro e incierto queda
extinguida la obligación
7. PRESCRIPCIÓN
la ley protege los derechos individuales, poniendo en orden y claridad en las
relaciones jurídicas
Prescripción adquisitiva Prescripción liberatoria
Consiste en la adquisición de un importa la extinción de las acciones
derecho por haberlo poseído que permite exigir el cumplimiento
durante el tiempo fijado por la ley. de una obligación; remarcando que
Son 2 los elementos: lo que se exige es la acción de su
1. La posesión ininterrumpida con
cobro, puesto que aquello sobrevive
exclusión del dueño con el carácter de obligación
natural.
2. Que esa posesión haya durado un
lapso legal
Para adquirir el dominio, poseer el bien
durante los sig. Plazos.
10 años y de buena fe
20 años y de mala fe
8. CONTRATOS
Es un acto jurídico en donde 2 o mas personas se ponen de acuerdo sobre
una declaración de voluntad destinada a reglar sus derechos
clasificación:
Unilaterales Se obliga a una persona
bilaterales Se obligan ambas personas
Oneroso Ventaja a cambio de una prestación
gratuito Ventaja sin prestación a cambio
Consensuales el consentimiento para producir sus efectos
reales Necesita la tradición de la cosa
Típico Están reguladas, legislada por la ley
atípico No tienen un alineamiento que debe seguir
Requisitos:
Ser objeto material y jurídico
Ser objeto determinado
Debe existir en el momento de celebración del contrato
Debe ser conforme a la moral y buenas costumbre
9. CARACTERISTICAS: Pluralidad
Organización
Tipicidad
Aportes de los socios
Actividad económica
Participación de los socios en los resultados
Personalidad jurídica:
Carácter publico Carácter privado
El estado nacional, Asociaciones y fundaciones y
provincias, municipios, Soc. civiles y comerciales
entidades
autárquicas(iglesias)
10. CONTRATO DE SOCIEDADES
Art. 1137 C.C.: Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo
sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos
Instrumento de Constitución: documento que contiene todos los
requisitos que se pretende en el acto constitutivo.
Contrato social para las Sociedades de Personas y SRL
Acta constitutiva o Estatuto para la Sociedades Anónimas
Instrumento Publico Instrumento Privado
Las escrituras públicas La constitución requiere la
hechas por escribanos o ratifficación del acto ante el
funcionarios públicos en la juez, salvo que las firmas
forma que la ley lo sean autenticadas por
determine. escribano público u otro
funcionario competente.