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Sumario
1) Introducción al marco legal para la gestión de los
riesgos asociados al uso de los plaguicidas.
2) Marco legal y convenios sobre productos químicos.
3) Elementos de un marco jurídico para la gestión de los
plaguicidas.
 Gobierno y administración de plaguicidas
 Registro de plaguicidas
¿Cuáles son las preocupaciones relacionadas
al uso de los plaguicidas?
Riesgos agronómicos relacionados con el uso inapropiado.
(Uso excesivo, uso incorrecto).
Inocuidad de los alimentos y otros riesgos para la salud
pública
(exposición a los plaguicidas; residuos de los plaguicidas).
Riesgos medioambientales
(contaminación del agua, biodiversidad).
Acceso al mercado - Requisitos respecto a los residuos de los
plaguicidas son cada vez más importantes en el comercio
(Requisitos legales).
Calidad de los plaguicidas – Comercio ilegal de plaguicidas
(productos de calidad inferior, falsos).
3
Propósito de la legislación de plaguicidas
El control regulatorio sirve para proteger:
 a la producción agrícola
 a los agricultores
 a los consumidores
 al medio ambiente
de los riesgos asociados al uso de los plaguicidas
Así como:
 Los intereses de las compañías de plaguicidas (competencia leal, claridad)
Y promover
 El acceso de los productos agrícolas a los mercados internacionales (e imagen como
país exportador)
 Técnicas de producción respetuosas con el ambiente (bioplaguicidas, MIP)
Importancia del ciclo de los plaguicidas
Monitoreo de la
salud, ambiente
y calidad de
alimentos
Manejo de
desechos
Producción/ formulación
Regulación/
Registro
Evaluaciónde los
requerimientos
Control de las
importaciones y
exportaciones
Controlde
calidad
Envasadoetiquetado y
publicidad
Distribución,ventay
trasporte
Uso
Gestión
en el ciclo de vida
de los plaguicidas
Responsabilidades asumidas por los diferentes
ministerios/agencias
Ministerio Areas cubiertas
Agricultura  Registro de plaguiscidas
 Registro de agentes de control de plagas
 Clasificación de toxicidad
 Usos veterinarios
Salud  Plaguicidas utilizados para la salud humana y en los cuerpos humanos. Control
de vectores
 LMR en alimentos
 Centros toxicológicos
Trabajo  Exposición de los trabajadores – PPE, jerarquía de los controles
 Workmen’s comp from exposures
Agua/Bosque  Control de los vertidos en las fuentes de aguas
 Licencias para los sitios de disposición
Medioambiente  Disposiciones ambientales
 Emergencias/derrames
 Gestión de residuos
 Contaminación del aire
 Químicos
Aduana  Aduanas – importación y exportación de bienes
Comercio e indústria  Licencias de actividad
 Importación y exportación de bienes
Transporte  Transporte de plaguiscidas
Relaciones exteriores  Acuerdos internacionales (pueden variar dependiendo de la materia)
Marco internacional
Pesticidas
Código Internacional de Conducta para el
manejo de de Plaguicidas
 Establecido en 1985 y revisado en 2002 y 2013.
 Sirve como estándar mundialmente aceptado y
como punto de referencia para la gestión de los
plaguicidas por todos los interesados
(es decir: gobiernos, industria de los plaguicidas,
grupos de interés público, organizaciones agrícolas)
 Es un enfoque integral de la gestión de los
plaguicidas que se aplica a plaguicidas durante todo
su ciclo de vida
 Su objetivo es reducir el riesgo
9
10
http://www.fao.org/WAICENT/FAOINFO/AGRICULT/AGP/AGPP/Pesticid/Default.HTM
Convención de Rotterdam
Entró en vigor en Febrero del 2004
 Establece el mecanismo de PIC
 Las Partes importadoras tienen la responsabilidad de tomar decisiones respecto a las
futuras importaciones de productos químicos incluidas en el Anexo III
 Las Partes exportadoras tienen la responsabilidad de garantizar que no se realicen
exportaciones contrarias a las decisiones de importación de las Partes importadoras
(instrucciones a las aduanas)
 Los exportadores tienen que cumplir con las decisiones
 Además: Notificación previa a la exportación de productos prohibidos o rigurosamente
restringidos que no figuran en el Anexo III
11
Convenio de Estocolmo
Objetivo: reducir y eliminar por completo 12 contaminantes
orgánicos persistentes (COP) que se consideran particularmente
tóxicos (9 son plaguicidas).
COPs se caracterizan por su larga vida útil (permanencia) en el
agua, el suelo, los sedimentos o el aire.
 Entró en vigor en Mayo del 2004
12
Convención de Basilea
Objetivo: el control de los movimientos transfronterizos
de los desechos peligrosos y su eliminación.
 Entró en vigor en Mayo del 1992.
 La Convención de Basilea se ha convertido en el acuerdo
multilateral más importante en materia de residuos,
estableciendo un régimen regulatorio a escala global para
reducir al mínimo la generación, el manejo de desechos
peligrosos de manera ambientalmente racional y el control de
sus movimientos transfronterizos.
 Tiene un amplio alcance y ha elaborado listas para clasificar los
residuos atendiendo a su peligrosidad
13
Principio básico: Se prohíbe la venta y el
uso de los productos no registrados
 Ninguna persona podrá fabricar, importar, exportar,
vender, usar, almacenar en cantidades
comercializables o transportar un plaguicida a menos
que esté registrado según lo prescrito.
Ámbito de aplicación
 El ámbito de aplicación debe proporcionar
información sobre los productos a los que se aplica la
ley y las actividades específicas relacionadas con la
gestión de plaguicidas en todo su ciclo de vida.
 Esto debería ser coherente con:
 la definición de plaguicida
 los objetivos de la ley
 la autoridad (es) a cargo de la aplicación de la ley
 Debe apoyarse en un análisis de la legislación nacional
 “plaguicida” cualquier sustancia o mezcla de sustancias
químicas o biológicas destinadas a prevenir, destruir o
controlar cualquier plaga, o para regular el crecimiento de
las plantas.
 el término incluye:
 las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del
crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, agentes para
reducir la densidad de fruta o agentes para evitar la caída
prematura de la fruta, y
 las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la
cosecha para proteger el producto contra la deterioración durante
el almacenamiento y transporte.
Definiciones
Marco institucional
 Diferentes entidades participan en la gestión de los
plaguicidas
 Es conveniente nombrar a una autoridad que sea
responsable de la coordinación/supervisión/ gestión
general
 Necesidad de garantizar el papel de otros ministerios
en las diferentes etapas del ciclo de los plaguicidas bajo
su mandato, tanto a nivel central como a nivel
descentralizado
 Participación de las partes interesadas
Comité para el Registro de
Plaguicidas
 Organismo público con un papel en la gestión de los
plaguicidas
 Toma de decisiones en el registro, inscripción, re-
inscripción y cancelación de los plaguicidas
 La legislación debe definir:
 Funciones
 Composición
 Procedimientos de toma de decisiones
Comité para el Registro de
Plaguicidas
 Además del registro puede servir como grupo de
trabajo para coordinar:
 la aprobación de políticas sobre plaguicidas
 criterios para la expedición de licencias
 datos que deben incluirse en las etiquetas
 inspecciones
 seguimiento de otras fases del ciclo de vida
Participación
(Grupo consultivo)
 Amplia participación. Actores públicos y privados
 A petición, asesorar al Comité sobre el registro, la
aplicación de la ley y otros asuntos incluidos en la
política de plaguicidas, entre ellos:
 capacitación y campañas de sensibilización
 investigación
 gestión de los riesgos y la comunicación
Inspección y laboratorios
La ley debería:
1) Identificar la autoridad o autoridades responsables
 del nombramiento de inspectores
 para proponer e implementar un programa de
inspección de pesticidas
2)Designar o autorizar a los laboratorios para realizar
pruebas de eficacia y análisis de plaguicidas
Facultades de los inspectores
Los inspectores deben tener la facultad de realizar las
siguientes actividades para la aplicación efectiva de la ley:
 Llevar a cabo inspecciones anunciadas y no anunciadas en
la producción de plaguicidas, instalaciones de formulación
y puntos de venta
 Tomar muestras, confiscar equipos y documentación
 Buscar vehículos, contenedores y personas
 Ordenar el cierre inmediato de la planta de producción o
una parte del mismo, en caso de incumplimiento
 Inspeccionar las importaciones
 Comprobar la contabilidad y teneduría de libros
 Emitir sanciones y cobrar multas
Sistemas de Inspección
 Deben incluir inspectores de todos los ministerios relevantes
(agricultura, medioambiente, salud, transporte o aduanas).
 Funciones
 Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales al registro,
importación/exportación, embalaje, almacenamiento, etiquetado y
publicidad de los plaguicidas.
 Evitar el comercio de plaguicidas prohibidos, así como plaguicidas en
envases o embalajes inadecuados.
 Asegurar que las instalaciones de fabricación siguen sistemas de
seguridad.
 Garantizar un uso seguro de los plaguicidas
 Inspeccionar a los titulares de licencias para controlar el cumplimiento
 Proporcionar información a la industria respecto de las nuevas normas
aplicables y ayudar a su cumplimiento.
REGISTRO DE PLAGUICIDAS
Solicitud: La solicitud se requiere para:
• nuevos productos
• modificaciones en el uso
• cambio de formulación
• registrar bioplaguicidas (se requiere tener
experiencia en ecología microbiana, bacteriología y
virología a fin de evaluar las cuestiones clave de
seguridad e impacto ambiental)
Requisitos
 La ley describe los elementos clave del procedimiento para la
inscripción (detallada por reglas), incluyendo:
 Quién puede presentar una solicitud
 Procedimientos y formas, incluyendo la decisión de registrar, las
apelaciones y los recursos
 Datos requeridos
 Formulación
 Etiquetado/ envase
 Confidencialidad e información de la propiedad
 Derechos y responsabilidades del solicitante
 Qué pasa con un segundo solicitante
 Revisión y control
Decisiones
1) Basadas en criterios claros, escritos (eficacia, residuos,
riesgos para la salud o el ambiente, capacidad de la
población de hacer buen uso (equipos), plagas, seguridad
alimentaria(?))
2)Resultados:
a. aceptar un plaguicida para el registro
b. emitir una autorización provisional, o,
c. Suspender el registro hasta que el solicitante presente la totalidad
de los documentos requeridos para la inscripción,
d. rechazar la solicitud.
El registro puede concederse por un periodo de tiempo
especificado
Licencias
 Licencias para importadores
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 Licencias para usuarios (i) de productos especialmente peligrosos, o (ii) para usos
específicos, u otros agentes (distribuidores, etc.)
 Criterios que deben establecerse por la autoridad competente en el reglamento
(con la ayuda del Comité)
 capacidad, conocimiento, formación
 premisas: un mínimo de requisitos para el etiquetado
 en relación a toda regulación en materia de plaguicidas
 cumplir con los requisitos de etiquetado
 llevar un registro de todas las importaciones y ponerlos a disposición de la autoridad
competente
 permitir y facilitar inspecciones
 cumplir con otras obligaciones tal como se expone en la legislación sobre plaguicidas
Importaciones y Exportaciones
 Los permisos para la importación únicamente se
concederán a los productos registrados (excepto con fines
de investigación, en caso de emergencia, u otros, como los
productos de mínima toxicidad)
 Los envíos presentados para la importación deberán ir
acompañadas de una notificación
 Los plaguicidas tienen códigos aduaneros armonizados
 Los países son responsables de informar a otros países en
caso de exportaciones de substancias incluidas en el Anexo
III (PIC).
Otros elementos
 Envasado (Código de conducta)
 Etiquetado (Código de conducta y Sistema
General Armonizado – SGA)
 Publicidad
 Transporte – Almacenaje
 Retirada de envases y Plaguicidas obsoletos
 Seguridad y salud en el
trabajo (precauciones y
equipos)
 Campaña de sensibilización
(género e infancia)
 Manejo Integrado de Plagas
Disposiciones finales
 Infracciones
 Sanciones
 Apelaciones
 Aplicación, cumplimiento
 Interpretación
 Aprobación de reglamentos
 Cláusulas transitorias (!!!)
Gracias!
Carmen Bullon
Legal Officer
Development Law Service (LEGN)
Legal Office – FAO
carmen.bullon@fao.org

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Marco legal para la gestión de los riesgos asociados al uso de plaguicidas

  • 1.
  • 2. Sumario 1) Introducción al marco legal para la gestión de los riesgos asociados al uso de los plaguicidas. 2) Marco legal y convenios sobre productos químicos. 3) Elementos de un marco jurídico para la gestión de los plaguicidas.  Gobierno y administración de plaguicidas  Registro de plaguicidas
  • 3. ¿Cuáles son las preocupaciones relacionadas al uso de los plaguicidas? Riesgos agronómicos relacionados con el uso inapropiado. (Uso excesivo, uso incorrecto). Inocuidad de los alimentos y otros riesgos para la salud pública (exposición a los plaguicidas; residuos de los plaguicidas). Riesgos medioambientales (contaminación del agua, biodiversidad). Acceso al mercado - Requisitos respecto a los residuos de los plaguicidas son cada vez más importantes en el comercio (Requisitos legales). Calidad de los plaguicidas – Comercio ilegal de plaguicidas (productos de calidad inferior, falsos). 3
  • 4. Propósito de la legislación de plaguicidas El control regulatorio sirve para proteger:  a la producción agrícola  a los agricultores  a los consumidores  al medio ambiente de los riesgos asociados al uso de los plaguicidas Así como:  Los intereses de las compañías de plaguicidas (competencia leal, claridad) Y promover  El acceso de los productos agrícolas a los mercados internacionales (e imagen como país exportador)  Técnicas de producción respetuosas con el ambiente (bioplaguicidas, MIP)
  • 5. Importancia del ciclo de los plaguicidas
  • 6. Monitoreo de la salud, ambiente y calidad de alimentos Manejo de desechos Producción/ formulación Regulación/ Registro Evaluaciónde los requerimientos Control de las importaciones y exportaciones Controlde calidad Envasadoetiquetado y publicidad Distribución,ventay trasporte Uso Gestión en el ciclo de vida de los plaguicidas
  • 7. Responsabilidades asumidas por los diferentes ministerios/agencias Ministerio Areas cubiertas Agricultura  Registro de plaguiscidas  Registro de agentes de control de plagas  Clasificación de toxicidad  Usos veterinarios Salud  Plaguicidas utilizados para la salud humana y en los cuerpos humanos. Control de vectores  LMR en alimentos  Centros toxicológicos Trabajo  Exposición de los trabajadores – PPE, jerarquía de los controles  Workmen’s comp from exposures Agua/Bosque  Control de los vertidos en las fuentes de aguas  Licencias para los sitios de disposición Medioambiente  Disposiciones ambientales  Emergencias/derrames  Gestión de residuos  Contaminación del aire  Químicos Aduana  Aduanas – importación y exportación de bienes Comercio e indústria  Licencias de actividad  Importación y exportación de bienes Transporte  Transporte de plaguiscidas Relaciones exteriores  Acuerdos internacionales (pueden variar dependiendo de la materia)
  • 9. Código Internacional de Conducta para el manejo de de Plaguicidas  Establecido en 1985 y revisado en 2002 y 2013.  Sirve como estándar mundialmente aceptado y como punto de referencia para la gestión de los plaguicidas por todos los interesados (es decir: gobiernos, industria de los plaguicidas, grupos de interés público, organizaciones agrícolas)  Es un enfoque integral de la gestión de los plaguicidas que se aplica a plaguicidas durante todo su ciclo de vida  Su objetivo es reducir el riesgo 9
  • 11. Convención de Rotterdam Entró en vigor en Febrero del 2004  Establece el mecanismo de PIC  Las Partes importadoras tienen la responsabilidad de tomar decisiones respecto a las futuras importaciones de productos químicos incluidas en el Anexo III  Las Partes exportadoras tienen la responsabilidad de garantizar que no se realicen exportaciones contrarias a las decisiones de importación de las Partes importadoras (instrucciones a las aduanas)  Los exportadores tienen que cumplir con las decisiones  Además: Notificación previa a la exportación de productos prohibidos o rigurosamente restringidos que no figuran en el Anexo III 11
  • 12. Convenio de Estocolmo Objetivo: reducir y eliminar por completo 12 contaminantes orgánicos persistentes (COP) que se consideran particularmente tóxicos (9 son plaguicidas). COPs se caracterizan por su larga vida útil (permanencia) en el agua, el suelo, los sedimentos o el aire.  Entró en vigor en Mayo del 2004 12
  • 13. Convención de Basilea Objetivo: el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación.  Entró en vigor en Mayo del 1992.  La Convención de Basilea se ha convertido en el acuerdo multilateral más importante en materia de residuos, estableciendo un régimen regulatorio a escala global para reducir al mínimo la generación, el manejo de desechos peligrosos de manera ambientalmente racional y el control de sus movimientos transfronterizos.  Tiene un amplio alcance y ha elaborado listas para clasificar los residuos atendiendo a su peligrosidad 13
  • 14.
  • 15. Principio básico: Se prohíbe la venta y el uso de los productos no registrados  Ninguna persona podrá fabricar, importar, exportar, vender, usar, almacenar en cantidades comercializables o transportar un plaguicida a menos que esté registrado según lo prescrito.
  • 16. Ámbito de aplicación  El ámbito de aplicación debe proporcionar información sobre los productos a los que se aplica la ley y las actividades específicas relacionadas con la gestión de plaguicidas en todo su ciclo de vida.  Esto debería ser coherente con:  la definición de plaguicida  los objetivos de la ley  la autoridad (es) a cargo de la aplicación de la ley  Debe apoyarse en un análisis de la legislación nacional
  • 17.  “plaguicida” cualquier sustancia o mezcla de sustancias químicas o biológicas destinadas a prevenir, destruir o controlar cualquier plaga, o para regular el crecimiento de las plantas.  el término incluye:  las sustancias destinadas a utilizarse como reguladoras del crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, agentes para reducir la densidad de fruta o agentes para evitar la caída prematura de la fruta, y  las sustancias aplicadas a los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra la deterioración durante el almacenamiento y transporte. Definiciones
  • 18. Marco institucional  Diferentes entidades participan en la gestión de los plaguicidas  Es conveniente nombrar a una autoridad que sea responsable de la coordinación/supervisión/ gestión general  Necesidad de garantizar el papel de otros ministerios en las diferentes etapas del ciclo de los plaguicidas bajo su mandato, tanto a nivel central como a nivel descentralizado  Participación de las partes interesadas
  • 19. Comité para el Registro de Plaguicidas  Organismo público con un papel en la gestión de los plaguicidas  Toma de decisiones en el registro, inscripción, re- inscripción y cancelación de los plaguicidas  La legislación debe definir:  Funciones  Composición  Procedimientos de toma de decisiones
  • 20. Comité para el Registro de Plaguicidas  Además del registro puede servir como grupo de trabajo para coordinar:  la aprobación de políticas sobre plaguicidas  criterios para la expedición de licencias  datos que deben incluirse en las etiquetas  inspecciones  seguimiento de otras fases del ciclo de vida
  • 21. Participación (Grupo consultivo)  Amplia participación. Actores públicos y privados  A petición, asesorar al Comité sobre el registro, la aplicación de la ley y otros asuntos incluidos en la política de plaguicidas, entre ellos:  capacitación y campañas de sensibilización  investigación  gestión de los riesgos y la comunicación
  • 22. Inspección y laboratorios La ley debería: 1) Identificar la autoridad o autoridades responsables  del nombramiento de inspectores  para proponer e implementar un programa de inspección de pesticidas 2)Designar o autorizar a los laboratorios para realizar pruebas de eficacia y análisis de plaguicidas
  • 23. Facultades de los inspectores Los inspectores deben tener la facultad de realizar las siguientes actividades para la aplicación efectiva de la ley:  Llevar a cabo inspecciones anunciadas y no anunciadas en la producción de plaguicidas, instalaciones de formulación y puntos de venta  Tomar muestras, confiscar equipos y documentación  Buscar vehículos, contenedores y personas  Ordenar el cierre inmediato de la planta de producción o una parte del mismo, en caso de incumplimiento  Inspeccionar las importaciones  Comprobar la contabilidad y teneduría de libros  Emitir sanciones y cobrar multas
  • 24. Sistemas de Inspección  Deben incluir inspectores de todos los ministerios relevantes (agricultura, medioambiente, salud, transporte o aduanas).  Funciones  Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales al registro, importación/exportación, embalaje, almacenamiento, etiquetado y publicidad de los plaguicidas.  Evitar el comercio de plaguicidas prohibidos, así como plaguicidas en envases o embalajes inadecuados.  Asegurar que las instalaciones de fabricación siguen sistemas de seguridad.  Garantizar un uso seguro de los plaguicidas  Inspeccionar a los titulares de licencias para controlar el cumplimiento  Proporcionar información a la industria respecto de las nuevas normas aplicables y ayudar a su cumplimiento.
  • 25. REGISTRO DE PLAGUICIDAS Solicitud: La solicitud se requiere para: • nuevos productos • modificaciones en el uso • cambio de formulación • registrar bioplaguicidas (se requiere tener experiencia en ecología microbiana, bacteriología y virología a fin de evaluar las cuestiones clave de seguridad e impacto ambiental)
  • 26. Requisitos  La ley describe los elementos clave del procedimiento para la inscripción (detallada por reglas), incluyendo:  Quién puede presentar una solicitud  Procedimientos y formas, incluyendo la decisión de registrar, las apelaciones y los recursos  Datos requeridos  Formulación  Etiquetado/ envase  Confidencialidad e información de la propiedad  Derechos y responsabilidades del solicitante  Qué pasa con un segundo solicitante  Revisión y control
  • 27. Decisiones 1) Basadas en criterios claros, escritos (eficacia, residuos, riesgos para la salud o el ambiente, capacidad de la población de hacer buen uso (equipos), plagas, seguridad alimentaria(?)) 2)Resultados: a. aceptar un plaguicida para el registro b. emitir una autorización provisional, o, c. Suspender el registro hasta que el solicitante presente la totalidad de los documentos requeridos para la inscripción, d. rechazar la solicitud. El registro puede concederse por un periodo de tiempo especificado
  • 28. Licencias  Licencias para importadores  Licencias para minoristas  Licencias para usuarios (i) de productos especialmente peligrosos, o (ii) para usos específicos, u otros agentes (distribuidores, etc.)  Criterios que deben establecerse por la autoridad competente en el reglamento (con la ayuda del Comité)  capacidad, conocimiento, formación  premisas: un mínimo de requisitos para el etiquetado  en relación a toda regulación en materia de plaguicidas  cumplir con los requisitos de etiquetado  llevar un registro de todas las importaciones y ponerlos a disposición de la autoridad competente  permitir y facilitar inspecciones  cumplir con otras obligaciones tal como se expone en la legislación sobre plaguicidas
  • 29. Importaciones y Exportaciones  Los permisos para la importación únicamente se concederán a los productos registrados (excepto con fines de investigación, en caso de emergencia, u otros, como los productos de mínima toxicidad)  Los envíos presentados para la importación deberán ir acompañadas de una notificación  Los plaguicidas tienen códigos aduaneros armonizados  Los países son responsables de informar a otros países en caso de exportaciones de substancias incluidas en el Anexo III (PIC).
  • 30. Otros elementos  Envasado (Código de conducta)  Etiquetado (Código de conducta y Sistema General Armonizado – SGA)  Publicidad  Transporte – Almacenaje  Retirada de envases y Plaguicidas obsoletos
  • 31.  Seguridad y salud en el trabajo (precauciones y equipos)  Campaña de sensibilización (género e infancia)  Manejo Integrado de Plagas
  • 32. Disposiciones finales  Infracciones  Sanciones  Apelaciones  Aplicación, cumplimiento  Interpretación  Aprobación de reglamentos  Cláusulas transitorias (!!!)
  • 33. Gracias! Carmen Bullon Legal Officer Development Law Service (LEGN) Legal Office – FAO carmen.bullon@fao.org