2. Normativa relevante (1/2)
• Principio de Trato Nacional.
• Programa de eliminación de aranceles aduaneros para mercancías
originarias.
-Anexo 1: Eliminación de Aranceles Aduaneros
-Lista de CA
-Lista de UE
• Eliminación de restricciones a la importación y exportación.
• Cobro de cargas y trámites administrativos acordes con el servicio
prestado.
• Establecimiento de un Subcomité de Acceso de Mercancías al Mercado.
3. Normativa relevante (2/2)
AGRICULTURA Y OTROSAGRICULTURA Y OTROS
•Eliminación de subvenciones a las exportaciones agrícolas.
•Medidas de cooperación para mejorar el comercio entre las Partes de
productos de la pesca, la acuicultura, artesanales y orgánicos.
5. Principales resultados de la
negociación (3/3)
Producto Valor (millones de US$) Tratamiento acordado
Medicamentos 101,0 Libre comercio
Vehículos 60,7 Libre comercio
Contenedores 45,7 Libre comercio
Antisueros 23,4 Libre comercio
Volquetes automotores 20,8 Desgravación lineal 5 años
Fungicidas 19,5 Desgravación lineal 13 años
Aparatos para la recepción,
emisión de voz
18,0 Libre comercio
Aceites de petróleo 14,8 Libre comercio
Whisky 13,2 Desgravación lineal 6 años
Costa Rica: Principales productos de importación desde UE - 2012Costa Rica: Principales productos de importación desde UE - 2012
Fuente: COMEX con base en cifras del BCCR
6. Principales resultados de la
negociación (2/3)
Producto Valor (millones de US$) Tratamiento acordado
Procesadores y controladores 428,5 Libre comercio
Piña 392,9 Libre comercio
Banano 362,0 Reducción del arancel hasta llegar
a €75/tm en el año 2020.
Café 131,5 Libre comercio
Jeringas, agujas, catéteres 94,1 Libre comercio
Artículos y aparatos de prótesis 78,1 Libre comercio
Jugo de piña 52,6 Libre comercio
Instrumentos y aparatos de
medicina
48,0 Libre comercio
Melón 44,9 Libre comercio
Costa Rica: Principales productos de exportación hacia UE - 2012Costa Rica: Principales productos de exportación hacia UE - 2012
Fuente: COMEX con base en cifras de PROCOMER
7. Caso de Banano
o AACUE da un trato preferente para el banano
centroamericano, mejor que el que la UE da en el Acuerdo de
Ginebra
AACUE
Acuerdo
Ginebra */
(€/t.) (€/t.)
Hasta el 31 de
diciembre de 2010
145 148
2011 138 143
2012 131 136
2013 124 132
2014 117 127
2015 110 122
2016 103 117
2017 96 114
2018 89
2019 82
2020 en adelante 75
*/ Condicionado a Ronda Doha
Año
8. Caso de Banano
o El trato preferente está condicionado a un volumen anual,
distinto para cada país de Centroamérica.
o Superado el volumen, la UE podrá activar una Cláusula de
Estabilización.
AACUE
Volumen de
Aplicación, en
toneladas
(€/t.) Costa Rica
Hasta el 31 de
diciembre de 2010
145 1 025 000
2011 138 1 076 250
2012 131 1 127 500
2013 124 1 178 750
2014 117 1 230 000
2015 110 1 281 250
2016 103 1 332 500
2017 96 1 383 750
2018 89 1 435 000
2019 82 1 486 250
2020 en adelante 75 no se aplica
Año
15. Categorías de desgravación
• Hay 18 categorías de desgravación que van desde libre
comercio inmediato (A) hasta exclusión (F)
• El plazo mayor de desgravación es de 15 años.
• Para el caso de la lista de la UE, algunas de las categorías
implican una desgravación distinta para el arancel ad
valorem y el arancel específico. (Categoría J implica
desgravación inmediata del arancel ad valorem, el
específico se mantiene en su tasa base)
• La categoría Q implica contingentes arancelarios.
D.15
La UE desgravará de manera inmediata, al momento de la entrada en vigor del acuerdo, un 91,7% del universo arancelario, mientras que un 3,7% se desgravará entre 3 y 7 años. Un 0,8% de las líneas arancelarias tendrán acceso libre de aranceles al mercado europeo dentro de contingentes arancelarios y un 3,8% de las líneas arancelarias -que se refiere fundamentalmente a exportaciones ocasionales de muestras comerciales, quedarán excluidas del proceso de desgravación-. Una única línea arancelaria -banano-, recibirá una reducción significativa del arancel aplicado. Centroamérica desgravará de manera inmediata al momento de la entrada en vigor del acuerdo un 47,9% del universo arancelario; 7,4% será desgravado en plazos de 5, 6, y 7 años; un 36,3% en 10 años –incluyendo algunos productos en desgravación no lineal, con un plazo de gracia al inicio; un 4,1% se desgravará linealmente en plazos de 13 y 15 años; y un 0,3% de las fracciones arancelarias recibirá acceso preferencial mediante contingentes. Asimismo, un 4,0% de las líneas arancelarias quedarán excluidas del proceso de desgravación arancelaria.