El documento presenta información sobre el Tratado de Libre Comercio entre Perú y China. Explica que el TLC fue firmado en 2009 y entró en vigencia en 2010, reduciendo aranceles para más de 1400 productos. También destaca los beneficios del acuerdo, como obtener acceso preferencial al mercado chino y establecer reglas claras para el comercio bilateral. Por último, muestra estadísticas sobre el crecimiento de las importaciones de China al Perú entre 2000 y 2012.
3. República Popular de China
Ficha Técnica
Capital Beijing
Población 1,349,585,838 (April 2013 est.)
PBI (Trillones, est 2012) $ 8.26
Per cápita (2012 est) $ 9,100
Moneda Renminbi Yuan (RMB)
Principales puertos Shanghai, Dalian, Guangzhou, Tianjin,
Xiamen, Yantian, Ningbo.
Exportaciones 2011 $ 2.05 trillion (2012 est.)
Importaciones 2011 $ 1.817 trillion (2012 est.)
Fuente: www.cia.gov Elaboración: Propia
TLC Perú - China
4. ¿Qué es un tratado de libre comercio?
• Un tratado de libre comercio (TLC) es un acuerdo
comercial vinculante que suscriben dos o más países
para acordar la concesión de preferencias
arancelarias mutuas y la reducción de barreras no
arancelarias al comercio de bienes y servicios.
TLC Perú - China
5. Tratado de Libre Comercio entre el Perú y China
• Suscrito el 28 de abril de 2009 en la ciudad de Beijing - China.
• Dicho acuerdo entró en vigencia el 01 de marzo de 2010.
• Se han registrado 1424 productos cuya importación se abarató
gracias a los beneficios otorgados en el TLC.
TLC Perú - China
6. ¿Por qué es importante el Tratado de
Libre Comercio Perú – China?
• Se obtiene un acceso preferencial al mercado de mayor crecimiento del
mundo, con más de 1,300 millones de personas.
• El acuerdo permite estrechar las relaciones comerciales con el
principal proveedor mundial de insumos para la industria, lo cual
posibilita el incremento de la eficiencia en la industria doméstica,
permitiendo así que se integre en cadenas productivas con el Asia con
la finalidad de vender en mercados de la región.
TLC Perú - China
7. ¿Por qué es importante el Tratado de Libre
Comercio Perú – China?
• Brinda la oportunidad de establecer reglas de juego claras,
con un marco transparente, que permita tener un comercio
bilateral ordenado, el cual salvaguarde justificadamente los
intereses nacionales.
• Brinda una señal positiva que elevará el interés de capitales
procedentes de China y de otros países para invertir más
activamente en el Perú.
• Ayuda a reducir la desviación de comercio generada por los
acuerdos que ha firmado China con otros países
competidores del Perú.
TLC Perú - China
8. Evolución de Importaciones provenientes de China
Expresado en Millones US$ CIF
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
289.33 343.56
463.48
643.07
768.3
1063.23
1492.03
2474.06
4063.93
3267.44
5140.03
6325.43
6456.73
Fuente: SUNAT Elaboración: Propia
Estadísticas comerciales Perú - China
10. PERÚ: IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
Principales Subpartidas por Principales Países de Origen
2011 - 2012
( Valores en millones de US $ )
País Destino / Subpartida
Valor CIF
2011 2012
TOTAL 37,891.0 42,150.7
CHINA 6,324.8 7,802.9
1 8517120000 TELÉFONOS MÓVILES (CELULARES) Y LOS DE OTRAS REDES
INALÁMBRICAS
379.0 540.0
2 8471300000 MAQUINAS AUTOM. P'TRATAMIENTO/ PROCESAMIENTO DE
DATOS.DIGITALES.PORTATILES PESO<=10KG
404.8 427.3
3 8711200000
MOTOCICLETAS Y VELOCIPEDOS CON MOTOR DE EMBOLO
ALTERNATIVO. 50 CC < CIL. <250 CC
142.9 163.0
4 8703229020 LOS DEMÁS VEHÍCULOS EMSANBLADOS CON MOTOR DE ÉMBOLO
(PISTÓN) ALTERNATIVO. DE ENCENDIDO POR CHISPA:DE
CILINDRADA SUPERIOR A 1.000 CM3 PERO INFERIOR O IGUAL A
1.500
67.2 111.0
5 8517622000 APARATOS DE TELECOMUNICACIÓN POR CORRIENTE PORTADORA
O TELECOMUNICACIÓN DIGITAL
90.0 92.7
6 6402999000 LOS DEMAS CALZADOS 74.9 83.0
7 7308909000
LOS DEMAS CONSTRUCCIONES Y SUS PARTES DE FUNDICON DE
HIERRO O ACERO
14.5 83.0
8 8541401000
CELULAS FOTOVOLTAICAS. AUNQUE ESTEN ENSAMBLADAS EN
MODULOS O PANELES
5.8 77.1
9 8525802000 CÁMARAS FOTOGRÁFICAS DIGITALES Y VIDEOCÁMARAS 68.2 73.3
10 7225400000 PROD.LAMINADOS EN CALIENTE PLANOS DE LOS DEMAS ACEROS
ALEADOS. SIN ENRO.ANCHO>=600MM
67.4 68.4
RESTO 5,050.1 6,084.0
Fuente: SUNAT – Elaboración: Propia
17. • Los Incoterms se ocupan de los siguientes aspectos en la relación entre vendedores y
compradores en un contrato de compraventa internacional:
q
La entrega de las mercancías.
q
El lugar y momento de la transmisión del riesgo por el vendedor al comprador.
q
La distribución de los gastos conexos.
q
Los trámites documentales necesarios para el cruce de fronteras.
INCOTERMS 2010
Incoterms 2010
18. INCOTERMS 2010
Algunas Novedades de los Incoterms 2010:
Se establecen 2 categorías de Incoterms los “multimodales”
(EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP y DDP)
“solo marítimos”
(FAS,FOB, CFR y CIF)
Incoterms 2010
31. PARTIDA ARANCELARIA
Código numérico que clasifica las mercancías. Internacionalmente, las partidas están
armonizadas a 6 dígitos, “Sistema Armonizado de Designación y Clasificación de mercancías”
ESTRUCTURA DEL ARANCEL DE ADUANAS DEL PERU
El Arancel de Aduanas ha sido elaborado en base a la Nomenclatura Arancelaria Común de la
Comunidad Andina (NANDINA), con la inclusión de subpartidas adicionales de conformidad a
la facultad otorgada por el art. 4º de la Decisión 249 de la Comisión del Acuerdo de
Cartagena
Clasificación Aduanera de Mercancías
32. Partida de Latas para llenado de Aerosoles
7310.21.00.00 Lata o botes para ser cerrados por
soldadura o rebordeado.
73 Capítulo Arancelario
7310 Partida del Sistema Armonizado
731021 Subpartida del Sistema Armonizado
73102100 Partida Nandina (Sistema Regional)
7310210000 Subpartida Nacional
Clasificación Aduanera de Mercancías
36. ¿Qué es un arancel?
Un arancel es un impuesto o gravamen que se aplica solo a
los bienes que son importados o exportados. El más usual
es el que se cobra sobre las importaciones; en el caso del
Perú y muchos otros países, no se aplican aranceles a las
exportaciones.
Las personas y empresas residentes y no residentes que
realizan actividades de importación al Perú de bienes
afectos al pago de derechos arancelarios a través de las
aduanas de la República.
¿Quiénes pagan aranceles?
Gravámenes a la Importación
37. AD – Valorem
• Objeto del impuesto: este tributo (derecho arancelario) grava la
importación de todos los bienes.
• Base imponible: valor CIF aduanero determinado según el
Acuerdo del Valor de la O.M.C.
• Tasa impositiva: tres (03) niveles: 0%, 6% y 11%.
Impuesto Selectivo al Consumo -ISC
• Objeto del impuesto: este tributo grava la importación de
determinados bienes, tales como: combustibles, licores,
vehículos nuevos y usados, bebidas gaseosas y cigarrillos.
La importación de mercancías está gravada
con los siguientes tributos:
Gravámenes a la Importación
38. Impuesto General a las Ventas -IGV
• Objeto del impuesto: este tributo grava la importación de todos los
bienes.
• Base imponible: está constituida por el valor CIF aduanero determinado
según el Acuerdo del Valor de la O.M.C. más los derechos arancelarios y
demás impuestos que gravan la importación.
• Tasa impositiva: 16%
Impuesto de Promoción Municipal -IPM
• Objeto del impuesto: este tributo grava la importación de los bienes
afectos al IGV.
• Base imponible: la misma base imponible que para el IGV.
• Tasa impositiva: 2%
Gravámenes a la Importación
39. Derechos Específicos-Sistema de Franja de Precios
• Objeto del impuesto: este tributo que tiene la naturaleza de derecho arancelario grava las
importaciones de los productos agropecuarios tales como arroz, maíz amarillo, leche y azúcar
(productos marcadores y vinculados), fijando derechos variables adicionales y rebajas
arancelarias según los niveles de Precios Piso y Techo determinados en las Tablas Aduaneras.
Derechos Antidumping y Compensatorios
• Objeto del derecho: Los derechos antidumping se aplican a determinados bienes cuyos
precios 'dumping' causen o amenacen causar perjuicio a la producción peruana.
• Los derechos compensatorios se aplican para contrarrestar cualquier subsidio concedido
directa o indirectamente en el país de origen, cuando ello cause o amenace causar perjuicio
a la producción peruana.
• Para la aplicación de ambos derechos debe existir Resolución previa emitida por el INDECOPI.
• Los derechos antidumping y los compensatorios tienen la condición de multa.
• Base Imponible: monto al que asciende el valor FOB consignado en la Factura Comercial o en
base al monto fijo por peso o por precio unitario.
• Monto: variable.
Gravámenes a la Importación
40. Régimen de Percepción IGV - Venta Interna
• Ámbito de aplicación: el régimen se aplica a las operaciones de
importación definitiva que se encuentren gravadas con el IGV, y no será
aplicable a las operaciones de importación exoneradas o inafectas a
dicho impuesto.
• Importe de la operación: está conformado por el valor CIF aduanero
más todos los tributos que graven la importación y, de ser el caso, la
salvaguardia provisional, los derechos correctivos provisionales, los
derechos antidumping y compensatorios.
Adicionalmente, debe considerarse que de acuerdo a lo dispuesto por Ley
N° 28053 del 08.08.2003, ha incorporado la aplicación del Régimen de
Percepción del IGV a las operaciones de importación definitiva de bienes
gravados con el IGV, según el cual la SUNAT percibirá del importador un
monto por concepto del impuesto que causará en sus operaciones
posteriores.
Gravámenes a la Importación
41. • Porcentajes sobre el importe de la operación:
– 10% Cuando el importador se encuentre a la fecha en que se efectúa la numeración de la
DUA o DSI, en alguno de los siguientes supuestos:
q
Tenga la condición de domicilio fiscal no habido.
q
La SUNAT le hubiera comunicado la baja de su inscripción del RUC.
q
Hubiera suspendido temporalmente sus actividades.
q
No cuente con RUC o no lo consigne en la DUA o DSI
q
Realice por primera vez una operación y/o régimen aduanero.
q
Estando inscrito en el RUC no se encuentre afecto al IGV.
– 5% Cuando el importador nacionalice bienes usados.
– 3.5% cuando el importador no se encuentre en ninguno de los supuestos antes
mencionados.
Régimen de Percepción IGV - Venta Interna
Gravámenes a la Importación
42. Importación de latas vacías para llenado de aerosol
SPN 7310210000
Gravámenes Vigentes Valor
Ad / Valorem 6%
Impuesto Selectivo al Consumo 0%
Impuesto General a las Ventas 16%
Impuesto de Promoción Municipal 2%
Derecho Específicos N.A.
Derecho Antidumping N.A.
Seguro 0.75%
Sobretasa 0%
Unidad de Medida: (*)
Gravámenes a la Importación – Caso práctico
43. Valor FOB 44,599.51$
Flete 6,430.00$
Seguro 334.50$
Valor en Aduanas 51,364.01$
Se calcula de:
AD Valorem 3,081.84$ Base Imponible/Valor CIF
ISC -$ Valor CIF + AV
IGV 8,711.34$ Valor CIF + AV + ISC
IPM 1,088.92$ Valor CIF + AV + ISC
Tasa de Despacho Aduanero 32.00$ 2.35% UIT
Total Liquidación 12,914.09$
Percepción de IGV 3.5% 2,249.73$ Valor CIF + AV + ISC + IGC +IPM
6,065.28S/.
Cálculo de Deuda Tributaria Aduanera
Gravámenes a la Importación – Caso práctico
44.
45.
46.
47. Subpartida Nacional
Valor FOB $ 56,000.00
Flete $ 4,000.00
Seguro $ 180.00
Valor CIF - Base Imponible
Cálculo de la deuda tributaria aduanera
Ad Valorem
ISC
IGV 16%
IPM 2%
Tasa de despacho aduanero 2.35% UIT
Total Deuda Aduanera
Percepción de IGV 3.50%
Caso Importación de Vinos