Que, mediante el artículo 115 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se dispone que las personas jurídicas promotoras de universidades privadas que tengan fines lucrativos se constituyan bajo la forma societaria y en caso no tengan fines de lucro, bajo la forma asociativa;
Que, asimismo, el artículo 119 de la citada ley establece que las universidades privadas societarias que generan utilidades se sujetan al régimen del impuesto a la renta, salvo que reinviertan dichas utilidades en la mejora de la calidad de educación que brindan, en cuyo caso pueden acceder a un crédito tributario por reinversión equivalente hasta el 30% del monto reinvertido;
Que, en consecuencia, resulta necesario reglamentar las disposiciones relativas al crédito tributario por reinversión previstas en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
Que, mediante el artículo 115 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se dispone que las personas jurídicas promotoras de universidades privadas que tengan fines lucrativos se constituyan bajo la forma societaria y en caso no tengan fines de lucro, bajo la forma asociativa;
Que, asimismo, el artículo 119 de la citada ley establece que las universidades privadas societarias que generan utilidades se sujetan al régimen del impuesto a la renta, salvo que reinviertan dichas utilidades en la mejora de la calidad de educación que brindan, en cuyo caso pueden acceder a un crédito tributario por reinversión equivalente hasta el 30% del monto reinvertido;
Que, en consecuencia, resulta necesario reglamentar las disposiciones relativas al crédito tributario por reinversión previstas en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
Actividad 2
1. LEY DE INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR
(IES)
ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR
(EES)
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2. En este capitulo, nos brinda información de la
regulación de la creación de las IES y las EES, su
ámbito de aplicación, quienes están comprendidos, su
finalidad, también nos da a conocer claramente que el
ministerio de educación es el ente rector de las
políticas nacionales en educación superior, la
definición, características, los grados profesionales que
ofrecen los IES y EES
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3. En este capitulo nos da a conocer los principios con los cuales
estos entes de la educación superior se caracterizan (calidad,
pertinencia, flexibilidad, inclusión social, transparencia, equidad,
merito, autonomía), su fiscalización y sanciones a los que son
acreedores y los tipos de IES,EES.
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4. En este capitulo nos dan a conocer los Lineamientos generales, de
su programación curricular, sus modalidades(presencial,
semipresencial),con lo que respecta a la admisión(numero de
vacantes),los grados académicos y sus equivalencias, los títulos
que las IES,EES, otorgan, los requisitos para el acceso a las
IES,EES, los certificados que brindan, la convalidación, la
investigación e innovación que estas realizan.
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5. En este capitulo nos da a conocer del Organismo de gestión de
institutos y escuelas de educación superior su creación finalidad
,funciones, como tiene que estar determinada su estructura
orgánica, su concejo directivo quienes la conforman, el régimen de
dietas del consejo directivo sus funciones, las causales de
vacancia.
Nos da a conocer también de la Jefatura del EDUCATEC, cuanto
dura su periodo ,cuales son los requisitos para el cargo, sus
funciones, el régimen y los recursos (presupuestos, ingresos,
donaciones).
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6. Nos da a conocer sobre sus órganos desconcentrados cual es su
función (administrar, apoyar, monitorear a las IES,EES)
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