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C. DIPUTADOS DEL CONGRESO
DEL ESTADO DE JALISCO.
PRESENTES

       El suscrito Diputados ENRIQUE AUBRY DE CASTRO
PALOMINO, integrante de la LIX Legislatura del Congreso del
Estado de Jalisco, en ejercicio de las facultades que me confieren los
artículos 28 fracción I, de la Constitución Política, así como los
artículos 22 numeral 1, fracción I; 147 numeral 1, fracción I, 150 y 152
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos ordenamientos del
Estado de Jalisco, me permito presentar la siguiente iniciativa de
Acuerdo Legislativo con el carácter de dictamen, con base en la
siguiente:

                   EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


      PRIMERO. Según lo dispuesto por nuestra Carta Magna, toda
persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su
desarrollo y bienestar.1

       Así mismo, de dicho cuerpo normativo se desprende, que bajo
criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a
las empresas de los sectores social y privado de la economía,
sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso,
en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su
conservación y el medio ambiente.2

      Ademas, los Municipios tendrán a su cargo las funciones y
servicios públicos siguientes:

           a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y
           disposición de sus aguas residuales;
           b) Alumbrado público.


1
    Artículo 4, párrafo 4, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2
    Artículo 25, párrafo 6, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
                                                                                           1
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final
           de residuos;
           d) Mercados y centrales de abasto.
           e) Panteones.
           f) Rastro.
           g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
           h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta
           Constitución, policía preventiva municipal
           y tránsito; e
           i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las
           condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios,
           así como su capacidad administrativa y financiera. 3

     SEGUNDO. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

       • Fomentar la protección, restauración y conservación de los
         ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios
         ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y
         desarrollo sustentable;
       • Establecer, con la participación que corresponda a otras
         dependencias y a las autoridades estatales y municipales,
         normas oficiales mexicanas sobre la preservación y
         restauración de la calidad del medio ambiente; sobre los
         ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable
         de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre,
         terrestre y acuática;
       • Vigilar y estimular, en coordinación con las autoridades
         federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las
         leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados
         con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques, flora
         y fauna silvestre, terrestre y acuática, y pesca.4

     TERCERO. Conforme la propia Constitución Estatal, los
órganos del poder público del Estado, proveerán las condiciones
3
    Artículo 115, Fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
4
    Artículo 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
                                                                                               2
para el ejercicio pleno de la libertad de los individuos y grupos que
integran la sociedad y propiciarán su participación en la vida social,
económica, política y cultural de la entidad. Para ello: Las
autoridades estatales y municipales, para la preservación de los
derechos a que alude el artículo 4º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, velarán por la utilización sustentable
de todos los recursos naturales con el fin de conservar y restaurar
el medio ambiente.5

       CUARTO. Que es obligación del Gobierno del Estado, por
medio de la Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo
Sustentable, normar y formular la política ambiental estableciendo los
criterios y los programas para el desarrollo sustentable del Estado,
fomentando la protección, conservación, preservación y restauración
de los recursos naturales de la entidad y la prevención y disminución
de la contaminación ambiental, de conformidad con la distribución de
competencias que establecen las leyes federales y estatales aplicables
en la materia.6


      QUINTO. Es de resaltar lo publicado por Eduardo Castellón
(profesor investigador UdeG, Universidad de Winsconsin-Madison),
mismo que dice lo siguiente:

                    La reciente tala ilegal de 139 árboles en la Avenida Lázaro Cárdenas es
                    un suceso insólito, intolerable en una ciudad supuestamente líder del
                    proceso civilizatorio del Occidente del país, que ocupa la destacada
                    posición 65 entre las tres mil ciudades más grandes del planeta y es
                    cuna del ilustre tapatío y Prócer de la Patria Miguel Ángel de Quevedo,
                    conocido como “el apóstol del árbol”. ¿Para que nos sirven los árboles?
                    Los árboles silvestres nos proveen madera, celulosa y papel, mientras
                    que los urbanos embellecen el paisaje, absorben contaminantes
                    atmosféricos como ozono, cloro, flúor y dióxido de azufre, regulan
                    procesos hidrológicos, proveen sombra y reducen radiación solar,
                    disminuyen el efecto de “isla urbana de calor”, evitan la erosión del
                    suelo, filtran el polvo, captan y purifican el agua, protegen del viento,
                    conservan el calor de casas y personas en invierno, generan oxígeno,
                    reducen contaminación por ruido, capturan carbono, mantienen la
                    humedad, fertilizan la tierra, fijan nitrógeno, disminuyen el calentamiento
                    global, proveen cortinas verdes protectoras, transforman la energía del
5
    Artículo 15, fracción VII, de la Constitución Política del Estado de Jalisco
6
    Artículo 33 Bis, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco
                                                                                             3
sol en tejido viviente y la incorporan a los procesos ecosistémicos,
               disminuyen el gasto de energía eléctrica, sostienen y aumentan la
               biodiversidad, generan hábitat para la flora y la fauna, proveen flores de
               hermosos colores y exquisitos aromas, y nos brindan sabrosas frutas y
               nueces, entre muchos otros servicios. Además, no olvidemos que crean
               espacios predilectos para el descanso en hamacas, para el juego de los
               niños y para los besos de amantes que producen los niños. Y también —
               ¿por qué no?— esconden los anuncios espectaculares legales e ilegales
               que afean nuestra ciudad. (Excluimos aquí las costumbres en desuso,
               como utilizarlos como soporte para ahorcar delincuentes.)

               El valor de los árboles también es económico. Se estima que el bosque
               urbano en la ciudad de Mineápolis redujo por 6.8 millones de dólares el
               consumo energético y aumentó el valor de la propiedad otros 7.1
               millones. En la ciudad de Nueva York se estimó que cada árbol adulto
               generaba un valor de 209 dólares, sumando un beneficio económico de
               122 millones. Los árboles hermosos y saludables pueden aumentar
               hasta 20% el valor de una propiedad en el mercado de bienes y raíces.
               Casos ejemplares de valoración económico-cultural de los árboles
               urbanos son los centenarios encinos de la zona residencial de Nueva
               Orleans y los aún más antiguos acebuches de El Rocío, en Andalucía.

               Los árboles proveen servicios culturales, psicológicos y emocionales
               (recordemos el Árbol de la Noche Triste, el Árbol de Navidad, el Cedro
               del Líbano, el Árbol de Santa María del Tule, el Árbol de la Vida y el Hule
               de Chapalita) y cuando crecen juntos en la ciudad su valor aumenta:
               proveen espacios de inspiración, descanso emocional, refugios de
               tranquilidad, lugar de meditación, y oportunidades de recreación,
               ejercicio físico y esparcimiento. Nos brindan espacios para encontrarnos
               con nosotros mismos y reconectarnos con la naturaleza en esta ya de
               por sí agitada vida moderna. Son antídoto para el llamado “desorden del
               déficit de naturaleza” que afecta a los niños de la ciudad, imposibilitados
               para experimentar de forma directa la naturaleza. Nuestras ciudades
               surgieron hace unos 10 mil años (en México, apenas unos dos mil 300
               años) mientras que los humanos (Homo sapiens) habitamos la Tierra
               desde hace 200 mil años. Es decir, la ciudad es un fenómeno muy
               reciente que abarca solamente de 1% a 5 de nuestra historia evolutiva.
               Tenemos mucho que aprender para construir y adaptarnos a ciudades
               sustentables, y un elemento esencial es mantener un bosque urbano
               saludable7



      SEXTO.- Por lo antes expuesto es por lo cual se hace evidente
la pasividad y consecuente responsabilidad de las autoridades de los
tres ámbitos de gobierno, mismos que se encuentran obligados a

7
 Fuente: Periódico INFORMADOR. “ESPECTACULARES” SUCESOS EN NUESTRAS ÁREAS
VERDES URBANAS. Publicado con fecha 13 de Agosto del 2012, recuperado de la pagina de
Internet: http://opinion.informador.com.mx/Columnas/2012/08/13/%E2%80%9Cespectaculares
%E2%80%9D-sucesos-en-nuestras-areas-verdes-urbanas/
                                                                                         4
brindar protección de nuestros recursos naturales y los cuales nunca
hicieron ninguna acción que impidiera los vergonzosos hechos, aun
y cuando para su perpetración eran necesarias varias horas de
trabajo mismo que tuvo que ser muy evidente y nunca nadie se dio
cuenta de nada, por lo que se tiene a bien hacer un llamado de
atención a dichas autoridades competentes, para efecto de que
vigilen y tengan el cuidado necesario para brindar la protección de
nuestros recursos naturales y además, para que se tomen las
medidas necesarias para sancionar a los responsables y se realice de
inmediato la reparación de los daños ocasionados.

      Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los
artículos 150, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo
del Estado de Jalisco, el suscrito Diputado integrante de la LIX
Legislatura someto a consideración de esta H. Asamblea
Legislativa, la siguiente iniciativa de:

                ACUERDO LEGISLATIVO

      PRIMERO.- Gírese oficio, en el que se le notifique por parte
de esta Soberanía, un severo extrañamiento a la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, de la Administración Pública
Federal, así como Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo
Sustentable, del Gobierno del Estado de Jalisco y a los Ayuntamiento
de Guadalajara, Tlaquepaque y Tlajomulco, por las razones
expresadas en el presente Acuerdo, para que tomen medidas
preventivas e implementen las políticas necesarias que impidan la
ejecución de actos que dañen nuestro medio ambiente y así también
para efecto de que vigilen y tengan el cuidado necesario para
brindar la protección de nuestros recursos naturales.

       SEGUNDO.- Gírese oficio, en el que se le exhorte a la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la
Administración Pública Federal, así como Secretaría de Medio
Ambiente para el Desarrollo Sustentable, del Gobierno del Estado de
Jalisco y a los Ayuntamiento de Guadalajara, Tlaquepaque y
Tlajomulco, para que se investiguen los actos de ecosidio perpetrados
                                                                    5
en la Avenida Lázaro Cárdenas, se sancione a los responsables y se
presenten las denuncias que correspondan por los probables actos
delictivos en materia de medio ambiente.

       TERCERO.- Gírese oficio, en el que se le exhorte a la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Administración
Pública Federal, así como Secretaría de Medio Ambiente para el
Desarrollo Sustentable, del Gobierno del Estado de Jalisco y a los
Ayuntamiento de Guadalajara, Tlaquepaque y Tlajomulco, para que
de inmediato inicien con las tareas de reforestación de las áreas
urbanas que fueron afectadas con lo actos de ecosidio mencionado en
el cuerpo del presente documento.



                     ATENTAMENTE
            CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO
            Guadalajara, Jalisco a 14 de Agosto de 2012




        DIP. ENRIQUE AUBRY DE CASTRO PALOMINO




                                                                      6

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Acuerdo medio ambiente Tala Lazaro Cardenas

  • 1. C. DIPUTADOS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO. PRESENTES El suscrito Diputados ENRIQUE AUBRY DE CASTRO PALOMINO, integrante de la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 28 fracción I, de la Constitución Política, así como los artículos 22 numeral 1, fracción I; 147 numeral 1, fracción I, 150 y 152 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambos ordenamientos del Estado de Jalisco, me permito presentar la siguiente iniciativa de Acuerdo Legislativo con el carácter de dictamen, con base en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PRIMERO. Según lo dispuesto por nuestra Carta Magna, toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.1 Así mismo, de dicho cuerpo normativo se desprende, que bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.2 Ademas, los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; b) Alumbrado público. 1 Artículo 4, párrafo 4, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2 Artículo 25, párrafo 6, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1
  • 2. c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; d) Mercados y centrales de abasto. e) Panteones. f) Rastro. g) Calles, parques y jardines y su equipamiento; h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. 3 SEGUNDO. A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el despacho de los siguientes asuntos: • Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable; • Establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades estatales y municipales, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente; sobre los ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; • Vigilar y estimular, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con recursos naturales, medio ambiente, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, y pesca.4 TERCERO. Conforme la propia Constitución Estatal, los órganos del poder público del Estado, proveerán las condiciones 3 Artículo 115, Fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 4 Artículo 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal 2
  • 3. para el ejercicio pleno de la libertad de los individuos y grupos que integran la sociedad y propiciarán su participación en la vida social, económica, política y cultural de la entidad. Para ello: Las autoridades estatales y municipales, para la preservación de los derechos a que alude el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, velarán por la utilización sustentable de todos los recursos naturales con el fin de conservar y restaurar el medio ambiente.5 CUARTO. Que es obligación del Gobierno del Estado, por medio de la Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, normar y formular la política ambiental estableciendo los criterios y los programas para el desarrollo sustentable del Estado, fomentando la protección, conservación, preservación y restauración de los recursos naturales de la entidad y la prevención y disminución de la contaminación ambiental, de conformidad con la distribución de competencias que establecen las leyes federales y estatales aplicables en la materia.6 QUINTO. Es de resaltar lo publicado por Eduardo Castellón (profesor investigador UdeG, Universidad de Winsconsin-Madison), mismo que dice lo siguiente: La reciente tala ilegal de 139 árboles en la Avenida Lázaro Cárdenas es un suceso insólito, intolerable en una ciudad supuestamente líder del proceso civilizatorio del Occidente del país, que ocupa la destacada posición 65 entre las tres mil ciudades más grandes del planeta y es cuna del ilustre tapatío y Prócer de la Patria Miguel Ángel de Quevedo, conocido como “el apóstol del árbol”. ¿Para que nos sirven los árboles? Los árboles silvestres nos proveen madera, celulosa y papel, mientras que los urbanos embellecen el paisaje, absorben contaminantes atmosféricos como ozono, cloro, flúor y dióxido de azufre, regulan procesos hidrológicos, proveen sombra y reducen radiación solar, disminuyen el efecto de “isla urbana de calor”, evitan la erosión del suelo, filtran el polvo, captan y purifican el agua, protegen del viento, conservan el calor de casas y personas en invierno, generan oxígeno, reducen contaminación por ruido, capturan carbono, mantienen la humedad, fertilizan la tierra, fijan nitrógeno, disminuyen el calentamiento global, proveen cortinas verdes protectoras, transforman la energía del 5 Artículo 15, fracción VII, de la Constitución Política del Estado de Jalisco 6 Artículo 33 Bis, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco 3
  • 4. sol en tejido viviente y la incorporan a los procesos ecosistémicos, disminuyen el gasto de energía eléctrica, sostienen y aumentan la biodiversidad, generan hábitat para la flora y la fauna, proveen flores de hermosos colores y exquisitos aromas, y nos brindan sabrosas frutas y nueces, entre muchos otros servicios. Además, no olvidemos que crean espacios predilectos para el descanso en hamacas, para el juego de los niños y para los besos de amantes que producen los niños. Y también — ¿por qué no?— esconden los anuncios espectaculares legales e ilegales que afean nuestra ciudad. (Excluimos aquí las costumbres en desuso, como utilizarlos como soporte para ahorcar delincuentes.) El valor de los árboles también es económico. Se estima que el bosque urbano en la ciudad de Mineápolis redujo por 6.8 millones de dólares el consumo energético y aumentó el valor de la propiedad otros 7.1 millones. En la ciudad de Nueva York se estimó que cada árbol adulto generaba un valor de 209 dólares, sumando un beneficio económico de 122 millones. Los árboles hermosos y saludables pueden aumentar hasta 20% el valor de una propiedad en el mercado de bienes y raíces. Casos ejemplares de valoración económico-cultural de los árboles urbanos son los centenarios encinos de la zona residencial de Nueva Orleans y los aún más antiguos acebuches de El Rocío, en Andalucía. Los árboles proveen servicios culturales, psicológicos y emocionales (recordemos el Árbol de la Noche Triste, el Árbol de Navidad, el Cedro del Líbano, el Árbol de Santa María del Tule, el Árbol de la Vida y el Hule de Chapalita) y cuando crecen juntos en la ciudad su valor aumenta: proveen espacios de inspiración, descanso emocional, refugios de tranquilidad, lugar de meditación, y oportunidades de recreación, ejercicio físico y esparcimiento. Nos brindan espacios para encontrarnos con nosotros mismos y reconectarnos con la naturaleza en esta ya de por sí agitada vida moderna. Son antídoto para el llamado “desorden del déficit de naturaleza” que afecta a los niños de la ciudad, imposibilitados para experimentar de forma directa la naturaleza. Nuestras ciudades surgieron hace unos 10 mil años (en México, apenas unos dos mil 300 años) mientras que los humanos (Homo sapiens) habitamos la Tierra desde hace 200 mil años. Es decir, la ciudad es un fenómeno muy reciente que abarca solamente de 1% a 5 de nuestra historia evolutiva. Tenemos mucho que aprender para construir y adaptarnos a ciudades sustentables, y un elemento esencial es mantener un bosque urbano saludable7 SEXTO.- Por lo antes expuesto es por lo cual se hace evidente la pasividad y consecuente responsabilidad de las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, mismos que se encuentran obligados a 7 Fuente: Periódico INFORMADOR. “ESPECTACULARES” SUCESOS EN NUESTRAS ÁREAS VERDES URBANAS. Publicado con fecha 13 de Agosto del 2012, recuperado de la pagina de Internet: http://opinion.informador.com.mx/Columnas/2012/08/13/%E2%80%9Cespectaculares %E2%80%9D-sucesos-en-nuestras-areas-verdes-urbanas/ 4
  • 5. brindar protección de nuestros recursos naturales y los cuales nunca hicieron ninguna acción que impidiera los vergonzosos hechos, aun y cuando para su perpetración eran necesarias varias horas de trabajo mismo que tuvo que ser muy evidente y nunca nadie se dio cuenta de nada, por lo que se tiene a bien hacer un llamado de atención a dichas autoridades competentes, para efecto de que vigilen y tengan el cuidado necesario para brindar la protección de nuestros recursos naturales y además, para que se tomen las medidas necesarias para sancionar a los responsables y se realice de inmediato la reparación de los daños ocasionados. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 150, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, el suscrito Diputado integrante de la LIX Legislatura someto a consideración de esta H. Asamblea Legislativa, la siguiente iniciativa de: ACUERDO LEGISLATIVO PRIMERO.- Gírese oficio, en el que se le notifique por parte de esta Soberanía, un severo extrañamiento a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Administración Pública Federal, así como Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, del Gobierno del Estado de Jalisco y a los Ayuntamiento de Guadalajara, Tlaquepaque y Tlajomulco, por las razones expresadas en el presente Acuerdo, para que tomen medidas preventivas e implementen las políticas necesarias que impidan la ejecución de actos que dañen nuestro medio ambiente y así también para efecto de que vigilen y tengan el cuidado necesario para brindar la protección de nuestros recursos naturales. SEGUNDO.- Gírese oficio, en el que se le exhorte a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Administración Pública Federal, así como Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, del Gobierno del Estado de Jalisco y a los Ayuntamiento de Guadalajara, Tlaquepaque y Tlajomulco, para que se investiguen los actos de ecosidio perpetrados 5
  • 6. en la Avenida Lázaro Cárdenas, se sancione a los responsables y se presenten las denuncias que correspondan por los probables actos delictivos en materia de medio ambiente. TERCERO.- Gírese oficio, en el que se le exhorte a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de la Administración Pública Federal, así como Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable, del Gobierno del Estado de Jalisco y a los Ayuntamiento de Guadalajara, Tlaquepaque y Tlajomulco, para que de inmediato inicien con las tareas de reforestación de las áreas urbanas que fueron afectadas con lo actos de ecosidio mencionado en el cuerpo del presente documento. ATENTAMENTE CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO Guadalajara, Jalisco a 14 de Agosto de 2012 DIP. ENRIQUE AUBRY DE CASTRO PALOMINO 6