SlideShare una empresa de Scribd logo
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE
ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS
GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARÁN LA
CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO
DE LOS CONSEJOS
DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA
EDUCACIÓN.
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 2000)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Educación Pública.
Con fundamento en los artículos 38 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal; 12 fracción X y 68 de la Ley General de Educación; 4o. y 5o.
fracciones I, X, XVI y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 establece como línea de acción la promoción de
una activa participación de las comunidades en las tareas educativas, por lo que prevé la
necesidad de revisar y adecuar los mecanismos de operación y funcionamiento de los consejos
de participación social, con el fin de intensificar la práctica de la corresponsabilidad de los
padres de familia y de las autoridades locales;
Que el Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, además de reconocer que los consejos
de participación social contribuyen a elevar la calidad de la educación en los ámbitos en los
que actualmente operan, y a extender la cobertura de los servicios educativos, determina que
la política educativa procurará el crecimiento de la participación social en la escuela, así como
una relación equilibrada y responsable entre las partes para mejorar la educación;
Que en dicho programa se dispuso que la Secretaría de Educación Pública, junto con las
autoridades educativas de los estados, promoverá la conformación de un marco normativo
flexible para elevar la calidad de la educación pública, siendo necesario para ello, que las
escuelas tengan un marco de gestión que permita un adecuado equilibrio de márgenes de
autonomía, participación de la comunidad, apoyo institucional y regulación normativa;
Que en ese sentido, los consejos de participación social representan una vertiente para
construir una nueva cultura de colaboración que propicie una educación de mayor calidad,
file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (1 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE
donde los esfuerzos e iniciativas de los diversos sectores sociales converjan para el
cumplimiento de los fines que la Ley General de Educación les confirió;
Que en el Acuerdo número 260, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto
de 1999, se establecieron los lineamientos para la constitución y el funcionamiento del Consejo
Nacional de Participación Social en la Educación;
Que la Ley General de Educación establece que las autoridades educativas promoverán, de
conformidad con los lineamientos que establezca la autoridad educativa federal, la participación
de la sociedad en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la
educación pública, así como ampliar la cobertura de los servicios educativos;
Que además la ley de la materia prevé la existencia de un consejo escolar en cada escuela
pública de educación básica, de un consejo municipal en cada municipio y de un consejo
estatal en cada entidad federativa y que la composición y las funciones de estos consejos
deben propiciar una vinculación activa y constante entre la escuela y las comunidades, con el
fin de promover la colaboración de padres de familia, maestros y autoridades educativas en las
tareas cotidianas del plantel escolar, y
Que para establecer los presentes Lineamientos se tomaron en cuenta opiniones del Consejo
Nacional de Participación Social en la Educación y de autoridades educativas locales;
Que expuesto lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NUMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS
GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARAN LA CONSTITUCION Y EL FUNCIONAMIENTO
DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1o.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los Lineamientos Generales, de
carácter nacional, para la constitución y el funcionamiento de los consejos estatales,
municipales y escolares de participación social en la educación.
Artículo 2o.- Los consejos a que se refiere el artículo anterior son instancias de consulta,
orientación, colaboración y apoyo que tendrán por objeto promover la participación de la
sociedad en acciones que permitan elevar la calidad de la educación básica y ampliar la
cobertura de estos servicios educativos.
file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (2 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE
Artículo 3o.- Las autoridades educativas estatales promoverán la constitución y funcionamiento
de los consejos a que se refiere el artículo 1o. de este Acuerdo, de conformidad con lo
establecido en la Ley General de Educación y en los presentes Lineamientos.
Artículo 4o.- Los consejos de participación social en la educación se abstendrán de intervenir
en aspectos laborales de los establecimientos educativos y no deberán de participar en
cuestiones políticas ni religiosas.
CAPÍTULO II
DEL CONSEJO ESTATAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Artículo 5o.- En cada estado se constituirá un consejo estatal de participación social en la
educación que estará integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones,
maestros y representantes de su organización sindical, instituciones formadoras de maestros,
autoridades educativas estatales y municipales, así como representantes de sectores sociales
de cada entidad federativa, especialmente interesados en la educación. Un órgano análogo se
establecerá en el Distrito Federal.
Artículo 6o.- Los representantes de las entidades federativas en el Consejo Nacional de
Participación Social en la Educación, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo 260, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 1999, formarán parte del consejo estatal
respectivo.
Artículo 7o.- Los consejos estatales de participación social en la educación se constituirán por
un número no menor de treinta y no mayor de cincuenta consejeros.
Entre los consejeros que lo integren, se elegirá a quien fungirá como consejero presidente.
Además, el consejo estatal tendrá un secretario técnico, nombrado y removido libremente por
la autoridad educativa estatal.
Artículo 8o.- Los consejos estatales de participación social en la educación establecerán una
coordinación ejecutiva, la cual fungirá como enlace con la autoridad educativa estatal, con las
autoridades municipales y con el Consejo Nacional de Participación Social en la Educación.
Artículo 9o.- La coordinación ejecutiva estará integrada por el consejero presidente y de cuatro
a seis consejeros, entre quienes estarán: un padre de familia, un representante de la
organización sindical de los maestros, un representante de la autoridad educativa estatal y un
representante de los sectores sociales especialmente interesados en la educación, además del
secretario técnico.
Artículo 10.- Los consejos estatales de participación social en la educación constituirán grupos
file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (3 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE
de trabajo permanentes o temporales con el objeto de realizar las actividades de análisis,
investigación, consulta y opinión, sobre los temas que les sean encomendados, así como
formular programas que coadyuven al cumplimiento
de su objeto.
Artículo 11.- Los consejos estatales de participación social en la educación formarán, cuando
menos, dos grupos de trabajo permanentes, los cuales, además de las actividades que le sean
encomendadas, desarrollarán tareas relacionadas con los siguientes temas principales:
Grupo I. Formación y desempeño docente.
Grupo II. Funcionamiento de la escuela.
Los demás grupos de trabajo que se establezcan atenderán los asuntos que, de acuerdo a las
circunstancias particulares de la entidad federativa, se consideren prioritarios.
Artículo 12.- Los grupos de trabajo temporales serán aquellos que se integren para realizar
estudios y emitir opiniones sobre temas específicos que les sean encomendados por el consejo
estatal.
Artículo 13.- Los grupos de trabajo permanentes y temporales serán coordinados por el
secretario técnico y, al frente de cada uno de ellos, habrá un responsable, quién podrá ser un
consejero designado por el consejo estatal o, a invitación de éste, por un especialista en la
materia.
CAPÍTULO III
DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Artículo 14.- En cada municipio se constituirá un consejo municipal de participación social en la
educación integrado por autoridades municipales, padres de familia y representantes de sus
asociaciones, maestros distinguidos, directivos de escuelas, representantes de la organización
sindical de los maestros, así como representantes de organizaciones sociales y demás
interesados en el mejoramiento de la educación. En el Distrito Federal se constituirán consejos
análogos por cada delegación.
Artículo 15.- Los consejos municipales de participación social en la educación se constituirán
por un número no menor de quince y no mayor de treinta consejeros.
Entre los consejeros que lo integren, se elegirá a quien fungirá como consejero presidente.
Además, el consejo municipal tendrá un secretario técnico, nombrado y removido libremente
por el presidente municipal.
Artículo 16.- Los consejos municipales de participación social en la educación establecerán una
coordinación ejecutiva, la cual fungirá como enlace con la autoridad educativa municipal y el
file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (4 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE
consejo estatal.
Artículo 17.- La coordinación ejecutiva estará integrada por el consejero presidente y de cuatro
a seis consejeros, entre quienes estarán: un padre de familia, un representante de la
organización sindical de los maestros, un representante de la autoridad educativa municipal y
un representante de las organizaciones sociales especialmente interesadas en la educación,
además del secretario técnico.
Artículo 18.- Los consejos municipales de participación social en la educación establecerán
grupos de trabajo de acuerdo a sus necesidades y características.
CAPÍTULO IV
DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Artículo 19.- En cada escuela pública de educación básica se creará un consejo escolar que
estará integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y
representantes de su organización sindical, directivos de escuelas, ex-alumnos, así como los
demás miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela.
Consejos análogos podrán operar en escuelas particulares de educación básica.
Artículo 20.- Los consejos escolares de participación social en la educación se conformarán por
un consejero presidente y hasta por quince consejeros. Se designará a un secretario técnico,
que será nombrado por mayoría de votos de entre los integrantes de cada consejo escolar.
Artículo 21.- Los consejos escolares de participación social en la educación establecerán
grupos de trabajo de acuerdo a sus características y necesidades.
CAPÍTULO V
DE LOS PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Artículo 22.- Con el propósito de fomentar de manera organizada la participación de la
sociedad, cada consejo a que se refiere el artículo 1o. de este Acuerdo elaborará un proyecto
de participación social en la educación, en el que se fijarán las estrategias, metas y acciones
acordes a las necesidades y competencias de cada consejo, a fin de dar cumplimiento al objeto
que la Ley General de Educación les determina.
Entre otras líneas de participación social se considerarán las siguientes:
I. De atención a necesidades de infraestructura.
II. De atención a opiniones y propuestas pedagógicas.
III. De reconocimiento social a alumnos, maestros, directivos, empleados
file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (5 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE
escolares y padres de familia.
IV. De desarrollo social, cultural y deportivo.
V. De gestión y coordinación.
VI. De motivación a la participación social.
Artículo 23.- Los consejos estatales de participación social en la educación harán del
conocimiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, su proyecto de
participación social en la educación. De igual manera se promoverá la vinculación de los
consejos municipales y escolares de participación social en la educación.
Los proyectos de participación social en la educación serán difundidos a la sociedad en
general, de acuerdo a las competencias y posibilidades de cada consejo.
TRANSITORIOS
Artículo Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo.- Corresponde a las autoridades educativas estatales, regular la constitución
y el funcionamiento de los consejos estatales, municipales y escolares de participación social
en la educación, en términos de lo establecido en la Ley General de Educación, en el presente
Acuerdo y en concordancia con las disposiciones jurídicas estatales y municipales aplicables.
Entre otros aspectos, se determinarán la forma específica de su integración, renovación,
duración de cargos, mecanismos de vinculación, coordinación e intercambio de información,
difusión de los resultados de los trabajos de cada consejo y los demás necesarios para su
adecuado funcionamiento y operación.
Artículo Tercero.- En tanto no se concluya el proceso de transferencia de los servicios de
educación básica al gobierno del Distrito Federal, corresponderá a la Subsecretaría de
Servicios Educativos para el Distrito Federal de la Secretaría de Educación Pública,
instrumentar y coordinar las acciones de participación social, en términos de lo dispuesto en el
Reglamento Interior de la dependencia.
En la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de julio de dos mil.- El Secretario de
Educación Pública, Miguel Limón Rojas.- Rúbrica.
file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (6 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Acuerdo 535
Acuerdo 535Acuerdo 535
Acuerdo 535
anayancii
 
Reglamento de participación social comunitaria
Reglamento de participación social comunitariaReglamento de participación social comunitaria
Reglamento de participación social comunitaria
MAGI CHIPANA
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
Gerardo Manzanares
 
Participación social Acuerdo 716
Participación social Acuerdo 716Participación social Acuerdo 716
Participación social Acuerdo 716
Juliana Meza
 
Acuerdo 716 10 10-14
Acuerdo 716 10 10-14Acuerdo 716 10 10-14
Acuerdo 716 10 10-14
hugomedina36
 
Los consejos de partipación social
Los consejos de partipación socialLos consejos de partipación social
Los consejos de partipación socialGereslideshare
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
mikel2313
 
Participacion social 2013- 2014
Participacion social 2013- 2014Participacion social 2013- 2014
Participacion social 2013- 2014
EliudUrestiSalas
 
Acuerdo 08 08-17
Acuerdo 08 08-17Acuerdo 08 08-17
Acuerdo 08 08-17
David Mrs
 
Asociaciondeppadresfam
AsociaciondeppadresfamAsociaciondeppadresfam
AsociaciondeppadresfamURUETA67F
 
Acuerdo 020516
Acuerdo 020516Acuerdo 020516
Acuerdo 020516
Primaria 19 de Noviembre
 
Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia Vigente
Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia VigenteReglamento de las Asociaciones de Padres de Familia Vigente
Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia Vigente
apafevslideshare
 
Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)
Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)
Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)
richardqm
 
Resol. consejo-educativo-comunitario-DEPJA Mendoza
Resol.  consejo-educativo-comunitario-DEPJA MendozaResol.  consejo-educativo-comunitario-DEPJA Mendoza
Resol. consejo-educativo-comunitario-DEPJA Mendoza
Mario Raul Soria
 
Admisión de los Gobiernos Locales en la Educación
Admisión de los Gobiernos Locales en la EducaciónAdmisión de los Gobiernos Locales en la Educación
Admisión de los Gobiernos Locales en la Educación
REDEM
 
Reglamento de asociación padres de familia
Reglamento de asociación padres de familiaReglamento de asociación padres de familia
Reglamento de asociación padres de familia
karupuli
 
Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16
Raul leon de la O
 

La actualidad más candente (20)

Resumen acuerdo716me 1
Resumen acuerdo716me 1Resumen acuerdo716me 1
Resumen acuerdo716me 1
 
Acuerdo 535
Acuerdo 535Acuerdo 535
Acuerdo 535
 
Reglamento de participación social comunitaria
Reglamento de participación social comunitariaReglamento de participación social comunitaria
Reglamento de participación social comunitaria
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
Consejos escolares 2010
Consejos escolares 2010Consejos escolares 2010
Consejos escolares 2010
 
Participación social Acuerdo 716
Participación social Acuerdo 716Participación social Acuerdo 716
Participación social Acuerdo 716
 
Acuerdo 716 10 10-14
Acuerdo 716 10 10-14Acuerdo 716 10 10-14
Acuerdo 716 10 10-14
 
Los consejos de partipación social
Los consejos de partipación socialLos consejos de partipación social
Los consejos de partipación social
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
Participacion social 2013- 2014
Participacion social 2013- 2014Participacion social 2013- 2014
Participacion social 2013- 2014
 
Acuerdo 08 08-17
Acuerdo 08 08-17Acuerdo 08 08-17
Acuerdo 08 08-17
 
Asociaciondeppadresfam
AsociaciondeppadresfamAsociaciondeppadresfam
Asociaciondeppadresfam
 
Acuerdo 020516
Acuerdo 020516Acuerdo 020516
Acuerdo 020516
 
Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia Vigente
Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia VigenteReglamento de las Asociaciones de Padres de Familia Vigente
Reglamento de las Asociaciones de Padres de Familia Vigente
 
Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)
Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)
Resolucion 058 (del ministerio del poder popular para la educación)
 
Resol. consejo-educativo-comunitario-DEPJA Mendoza
Resol.  consejo-educativo-comunitario-DEPJA MendozaResol.  consejo-educativo-comunitario-DEPJA Mendoza
Resol. consejo-educativo-comunitario-DEPJA Mendoza
 
Admisión de los Gobiernos Locales en la Educación
Admisión de los Gobiernos Locales en la EducaciónAdmisión de los Gobiernos Locales en la Educación
Admisión de los Gobiernos Locales en la Educación
 
Reglamento de asociación padres de familia
Reglamento de asociación padres de familiaReglamento de asociación padres de familia
Reglamento de asociación padres de familia
 
Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16
 

Similar a Acuerdo280 lineamientos cespe

Acuerdo 716.pptx
Acuerdo 716.pptxAcuerdo 716.pptx
Acuerdo 716.pptx
RubuanPulidoYzquierd
 
ACUERDO 716
ACUERDO 716ACUERDO 716
ACUERDO 716
hugomedina36
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
alealmeida
 
A cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdf
A cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdfA cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdf
A cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdf
monikarazoc5
 
acuerdo 716
acuerdo 716acuerdo 716
acuerdo 716
vamosporlaeducacion
 
1. Acuerdo 716.pdf
1. Acuerdo 716.pdf1. Acuerdo 716.pdf
1. Acuerdo 716.pdf
FERNANDOMACIASESPINO
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
yemileth montaño
 
Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16 Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16
David Mrs
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
JEDANNIE Apellidos
 
Reglamento de padres de familia
Reglamento de padres de familiaReglamento de padres de familia
Reglamento de padres de familia
Angel L. Manzano
 
Reglamento de asociaciones de padres de familia
Reglamento de asociaciones de padres de familiaReglamento de asociaciones de padres de familia
Reglamento de asociaciones de padres de familia
Carlos Silva
 
Lineamientos ceps
Lineamientos cepsLineamientos ceps
Lineamientos cepsgared
 
Presentación ceps 2014 2015
Presentación ceps 2014 2015Presentación ceps 2014 2015
Presentación ceps 2014 2015
Manuel Méndez Vargas
 
Reglamento asoc padres_familia
Reglamento asoc padres_familiaReglamento asoc padres_familia
Reglamento asoc padres_familia
David Mrs
 
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.Aurelia Camarena
 

Similar a Acuerdo280 lineamientos cespe (20)

Acuerdo 716.pptx
Acuerdo 716.pptxAcuerdo 716.pptx
Acuerdo 716.pptx
 
ACUERDO 716
ACUERDO 716ACUERDO 716
ACUERDO 716
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
A cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdf
A cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdfA cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdf
A cuerdo 02/05/16 DOF - Diario Oficial de la Federación.pdf
 
acuerdo 716
acuerdo 716acuerdo 716
acuerdo 716
 
1. Acuerdo 716.pdf
1. Acuerdo 716.pdf1. Acuerdo 716.pdf
1. Acuerdo 716.pdf
 
Acuerdo716
Acuerdo716Acuerdo716
Acuerdo716
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
A716
A716A716
A716
 
Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16 Acuerdo 02 05-16
Acuerdo 02 05-16
 
Acuerdo 716
Acuerdo 716Acuerdo 716
Acuerdo 716
 
Consejos escolar080610
Consejos escolar080610Consejos escolar080610
Consejos escolar080610
 
Reglamento de padres de familia
Reglamento de padres de familiaReglamento de padres de familia
Reglamento de padres de familia
 
Reglamento de asociaciones de padres de familia
Reglamento de asociaciones de padres de familiaReglamento de asociaciones de padres de familia
Reglamento de asociaciones de padres de familia
 
Lineamientos ceps
Lineamientos cepsLineamientos ceps
Lineamientos ceps
 
Presentacion equipos consultivos
Presentacion  equipos  consultivosPresentacion  equipos  consultivos
Presentacion equipos consultivos
 
Presentación ceps 2014 2015
Presentación ceps 2014 2015Presentación ceps 2014 2015
Presentación ceps 2014 2015
 
Reglamento asoc padres_familia
Reglamento asoc padres_familiaReglamento asoc padres_familia
Reglamento asoc padres_familia
 
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.
Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia.
 

Más de LUCIA RIVERA

COMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdf
COMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdfCOMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdf
COMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdf
LUCIA RIVERA
 
Dados-de-colores.pdf
Dados-de-colores.pdfDados-de-colores.pdf
Dados-de-colores.pdf
LUCIA RIVERA
 
Mi súper libro lectoescritura.pdf
Mi súper libro lectoescritura.pdfMi súper libro lectoescritura.pdf
Mi súper libro lectoescritura.pdf
LUCIA RIVERA
 
Cuadernillo matematico de primer grado.pdf
Cuadernillo matematico de primer grado.pdfCuadernillo matematico de primer grado.pdf
Cuadernillo matematico de primer grado.pdf
LUCIA RIVERA
 
Cte fase intensiva s esión 2 hoy
Cte fase intensiva s esión 2 hoyCte fase intensiva s esión 2 hoy
Cte fase intensiva s esión 2 hoy
LUCIA RIVERA
 
Signos depuntuaciondismeep
Signos depuntuaciondismeepSignos depuntuaciondismeep
Signos depuntuaciondismeep
LUCIA RIVERA
 
Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)
Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)
Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)
LUCIA RIVERA
 
Presentacion ppcte junio2020mex (1) (1)
Presentacion ppcte junio2020mex  (1) (1)Presentacion ppcte junio2020mex  (1) (1)
Presentacion ppcte junio2020mex (1) (1)
LUCIA RIVERA
 
Cuaderno mejorandolaletrame
Cuaderno mejorandolaletrameCuaderno mejorandolaletrame
Cuaderno mejorandolaletrame
LUCIA RIVERA
 
Reforma ley general_de_educacion
Reforma ley general_de_educacionReforma ley general_de_educacion
Reforma ley general_de_educacion
LUCIA RIVERA
 
Carpetapedagogicachaskan
Carpetapedagogicachaskan Carpetapedagogicachaskan
Carpetapedagogicachaskan
LUCIA RIVERA
 
Copia de resilencia en la educacion
Copia de resilencia en la educacionCopia de resilencia en la educacion
Copia de resilencia en la educacion
LUCIA RIVERA
 
Cuadernillo sesion 8 cte
Cuadernillo sesion 8 cteCuadernillo sesion 8 cte
Cuadernillo sesion 8 cte
LUCIA RIVERA
 
Evaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cte
Evaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cteEvaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cte
Evaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cte
LUCIA RIVERA
 
Estrategias degestiondelasemociones
Estrategias degestiondelasemocionesEstrategias degestiondelasemociones
Estrategias degestiondelasemociones
LUCIA RIVERA
 
Estrategia local de regreso a clases 2021 morelos
Estrategia local de regreso a clases 2021 morelosEstrategia local de regreso a clases 2021 morelos
Estrategia local de regreso a clases 2021 morelos
LUCIA RIVERA
 
Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...
Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...
Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...
LUCIA RIVERA
 
Herramientaspararealizardiagnsticos
Herramientaspararealizardiagnsticos Herramientaspararealizardiagnsticos
Herramientaspararealizardiagnsticos
LUCIA RIVERA
 
Diagnosticogrupalprimaria
Diagnosticogrupalprimaria Diagnosticogrupalprimaria
Diagnosticogrupalprimaria
LUCIA RIVERA
 
Infografía pemc
Infografía pemcInfografía pemc
Infografía pemc
LUCIA RIVERA
 

Más de LUCIA RIVERA (20)

COMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdf
COMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdfCOMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdf
COMPLETA-PALABRAS-LECTOESCRITURA.pdf
 
Dados-de-colores.pdf
Dados-de-colores.pdfDados-de-colores.pdf
Dados-de-colores.pdf
 
Mi súper libro lectoescritura.pdf
Mi súper libro lectoescritura.pdfMi súper libro lectoescritura.pdf
Mi súper libro lectoescritura.pdf
 
Cuadernillo matematico de primer grado.pdf
Cuadernillo matematico de primer grado.pdfCuadernillo matematico de primer grado.pdf
Cuadernillo matematico de primer grado.pdf
 
Cte fase intensiva s esión 2 hoy
Cte fase intensiva s esión 2 hoyCte fase intensiva s esión 2 hoy
Cte fase intensiva s esión 2 hoy
 
Signos depuntuaciondismeep
Signos depuntuaciondismeepSignos depuntuaciondismeep
Signos depuntuaciondismeep
 
Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)
Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)
Limpieza desinfeccion-espacios-comunitarios-durante-pandemia-sars-co v-2 (1)
 
Presentacion ppcte junio2020mex (1) (1)
Presentacion ppcte junio2020mex  (1) (1)Presentacion ppcte junio2020mex  (1) (1)
Presentacion ppcte junio2020mex (1) (1)
 
Cuaderno mejorandolaletrame
Cuaderno mejorandolaletrameCuaderno mejorandolaletrame
Cuaderno mejorandolaletrame
 
Reforma ley general_de_educacion
Reforma ley general_de_educacionReforma ley general_de_educacion
Reforma ley general_de_educacion
 
Carpetapedagogicachaskan
Carpetapedagogicachaskan Carpetapedagogicachaskan
Carpetapedagogicachaskan
 
Copia de resilencia en la educacion
Copia de resilencia en la educacionCopia de resilencia en la educacion
Copia de resilencia en la educacion
 
Cuadernillo sesion 8 cte
Cuadernillo sesion 8 cteCuadernillo sesion 8 cte
Cuadernillo sesion 8 cte
 
Evaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cte
Evaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cteEvaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cte
Evaluacionintrumentoperido 1.1 8 sesion cte
 
Estrategias degestiondelasemociones
Estrategias degestiondelasemocionesEstrategias degestiondelasemociones
Estrategias degestiondelasemociones
 
Estrategia local de regreso a clases 2021 morelos
Estrategia local de regreso a clases 2021 morelosEstrategia local de regreso a clases 2021 morelos
Estrategia local de regreso a clases 2021 morelos
 
Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...
Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...
Copia de paletita de emociones. manual de apoyo psicosocial para la niñez en ...
 
Herramientaspararealizardiagnsticos
Herramientaspararealizardiagnsticos Herramientaspararealizardiagnsticos
Herramientaspararealizardiagnsticos
 
Diagnosticogrupalprimaria
Diagnosticogrupalprimaria Diagnosticogrupalprimaria
Diagnosticogrupalprimaria
 
Infografía pemc
Infografía pemcInfografía pemc
Infografía pemc
 

Último

CLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptx
CLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptxCLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptx
CLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptx
LilianaRivera778668
 
Introducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BIIntroducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BI
arleyo2006
 
HABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdf
HABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdfHABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdf
HABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdf
DIANADIAZSILVA1
 
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
20minutos
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
pablomarin116
 
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
Monseespinoza6
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
sandradianelly
 
El fundamento del gobierno de Dios. El amor
El fundamento del gobierno de Dios. El amorEl fundamento del gobierno de Dios. El amor
El fundamento del gobierno de Dios. El amor
Alejandrino Halire Ccahuana
 
Testimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdf
Testimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdfTestimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdf
Testimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdf
Txema Gs
 
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIALCUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
DivinoNioJess885
 
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptxc3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
Martín Ramírez
 
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptxSemana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
LorenaCovarrubias12
 
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdfEducar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
auxsoporte
 
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividadesJunio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
cintiat3400
 
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdfFORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
El Fortí
 
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundoEl Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
SandraBenitez52
 
Conocemos la ermita de Ntra. Sra. del Arrabal
Conocemos la ermita de Ntra. Sra. del ArrabalConocemos la ermita de Ntra. Sra. del Arrabal
Conocemos la ermita de Ntra. Sra. del Arrabal
Profes de Relideleón Apellidos
 
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia leeevalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
MaribelGaitanRamosRa
 
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptxSemana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
LorenaCovarrubias12
 

Último (20)

CLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptx
CLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptxCLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptx
CLASE N.1 ANÁLISIS ADMINISTRATIVO EMPRESARIAL presentación.pptx
 
Introducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BIIntroducción a la ciencia de datos con power BI
Introducción a la ciencia de datos con power BI
 
HABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdf
HABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdfHABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdf
HABILIDADES MOTRICES BASICAS Y ESPECIFICAS.pdf
 
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
 
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
Productos contestatos de la Séptima sesión ordinaria de CTE y TIFC para Docen...
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
 
El fundamento del gobierno de Dios. El amor
El fundamento del gobierno de Dios. El amorEl fundamento del gobierno de Dios. El amor
El fundamento del gobierno de Dios. El amor
 
Testimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdf
Testimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdfTestimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdf
Testimonio Paco Z PATRONATO_Valencia_24.pdf
 
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIALCUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
 
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptxc3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
 
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptxSemana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
Semana #10-PM3 del 27 al 31 de mayo.pptx
 
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdfEducar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
Educar por Competencias GS2 Ccesa007.pdf
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
 
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividadesJunio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
Junio 2024 Fotocopiables Ediba actividades
 
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdfFORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
 
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundoEl Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
El Liberalismo económico en la sociedad y en el mundo
 
Conocemos la ermita de Ntra. Sra. del Arrabal
Conocemos la ermita de Ntra. Sra. del ArrabalConocemos la ermita de Ntra. Sra. del Arrabal
Conocemos la ermita de Ntra. Sra. del Arrabal
 
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia leeevalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
evalaución de reforzamiento de cuarto de secundaria de la competencia lee
 
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptxSemana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
 

Acuerdo280 lineamientos cespe

  • 1. ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARÁN LA CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 2000) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. Con fundamento en los artículos 38 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12 fracción X y 68 de la Ley General de Educación; 4o. y 5o. fracciones I, X, XVI y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 establece como línea de acción la promoción de una activa participación de las comunidades en las tareas educativas, por lo que prevé la necesidad de revisar y adecuar los mecanismos de operación y funcionamiento de los consejos de participación social, con el fin de intensificar la práctica de la corresponsabilidad de los padres de familia y de las autoridades locales; Que el Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, además de reconocer que los consejos de participación social contribuyen a elevar la calidad de la educación en los ámbitos en los que actualmente operan, y a extender la cobertura de los servicios educativos, determina que la política educativa procurará el crecimiento de la participación social en la escuela, así como una relación equilibrada y responsable entre las partes para mejorar la educación; Que en dicho programa se dispuso que la Secretaría de Educación Pública, junto con las autoridades educativas de los estados, promoverá la conformación de un marco normativo flexible para elevar la calidad de la educación pública, siendo necesario para ello, que las escuelas tengan un marco de gestión que permita un adecuado equilibrio de márgenes de autonomía, participación de la comunidad, apoyo institucional y regulación normativa; Que en ese sentido, los consejos de participación social representan una vertiente para construir una nueva cultura de colaboración que propicie una educación de mayor calidad, file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (1 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
  • 2. ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE donde los esfuerzos e iniciativas de los diversos sectores sociales converjan para el cumplimiento de los fines que la Ley General de Educación les confirió; Que en el Acuerdo número 260, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 1999, se establecieron los lineamientos para la constitución y el funcionamiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación; Que la Ley General de Educación establece que las autoridades educativas promoverán, de conformidad con los lineamientos que establezca la autoridad educativa federal, la participación de la sociedad en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública, así como ampliar la cobertura de los servicios educativos; Que además la ley de la materia prevé la existencia de un consejo escolar en cada escuela pública de educación básica, de un consejo municipal en cada municipio y de un consejo estatal en cada entidad federativa y que la composición y las funciones de estos consejos deben propiciar una vinculación activa y constante entre la escuela y las comunidades, con el fin de promover la colaboración de padres de familia, maestros y autoridades educativas en las tareas cotidianas del plantel escolar, y Que para establecer los presentes Lineamientos se tomaron en cuenta opiniones del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación y de autoridades educativas locales; Que expuesto lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO NUMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARAN LA CONSTITUCION Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los Lineamientos Generales, de carácter nacional, para la constitución y el funcionamiento de los consejos estatales, municipales y escolares de participación social en la educación. Artículo 2o.- Los consejos a que se refiere el artículo anterior son instancias de consulta, orientación, colaboración y apoyo que tendrán por objeto promover la participación de la sociedad en acciones que permitan elevar la calidad de la educación básica y ampliar la cobertura de estos servicios educativos. file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (2 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
  • 3. ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE Artículo 3o.- Las autoridades educativas estatales promoverán la constitución y funcionamiento de los consejos a que se refiere el artículo 1o. de este Acuerdo, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Educación y en los presentes Lineamientos. Artículo 4o.- Los consejos de participación social en la educación se abstendrán de intervenir en aspectos laborales de los establecimientos educativos y no deberán de participar en cuestiones políticas ni religiosas. CAPÍTULO II DEL CONSEJO ESTATAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN Artículo 5o.- En cada estado se constituirá un consejo estatal de participación social en la educación que estará integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, instituciones formadoras de maestros, autoridades educativas estatales y municipales, así como representantes de sectores sociales de cada entidad federativa, especialmente interesados en la educación. Un órgano análogo se establecerá en el Distrito Federal. Artículo 6o.- Los representantes de las entidades federativas en el Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo 260, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 1999, formarán parte del consejo estatal respectivo. Artículo 7o.- Los consejos estatales de participación social en la educación se constituirán por un número no menor de treinta y no mayor de cincuenta consejeros. Entre los consejeros que lo integren, se elegirá a quien fungirá como consejero presidente. Además, el consejo estatal tendrá un secretario técnico, nombrado y removido libremente por la autoridad educativa estatal. Artículo 8o.- Los consejos estatales de participación social en la educación establecerán una coordinación ejecutiva, la cual fungirá como enlace con la autoridad educativa estatal, con las autoridades municipales y con el Consejo Nacional de Participación Social en la Educación. Artículo 9o.- La coordinación ejecutiva estará integrada por el consejero presidente y de cuatro a seis consejeros, entre quienes estarán: un padre de familia, un representante de la organización sindical de los maestros, un representante de la autoridad educativa estatal y un representante de los sectores sociales especialmente interesados en la educación, además del secretario técnico. Artículo 10.- Los consejos estatales de participación social en la educación constituirán grupos file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (3 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
  • 4. ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE de trabajo permanentes o temporales con el objeto de realizar las actividades de análisis, investigación, consulta y opinión, sobre los temas que les sean encomendados, así como formular programas que coadyuven al cumplimiento de su objeto. Artículo 11.- Los consejos estatales de participación social en la educación formarán, cuando menos, dos grupos de trabajo permanentes, los cuales, además de las actividades que le sean encomendadas, desarrollarán tareas relacionadas con los siguientes temas principales: Grupo I. Formación y desempeño docente. Grupo II. Funcionamiento de la escuela. Los demás grupos de trabajo que se establezcan atenderán los asuntos que, de acuerdo a las circunstancias particulares de la entidad federativa, se consideren prioritarios. Artículo 12.- Los grupos de trabajo temporales serán aquellos que se integren para realizar estudios y emitir opiniones sobre temas específicos que les sean encomendados por el consejo estatal. Artículo 13.- Los grupos de trabajo permanentes y temporales serán coordinados por el secretario técnico y, al frente de cada uno de ellos, habrá un responsable, quién podrá ser un consejero designado por el consejo estatal o, a invitación de éste, por un especialista en la materia. CAPÍTULO III DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN Artículo 14.- En cada municipio se constituirá un consejo municipal de participación social en la educación integrado por autoridades municipales, padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros distinguidos, directivos de escuelas, representantes de la organización sindical de los maestros, así como representantes de organizaciones sociales y demás interesados en el mejoramiento de la educación. En el Distrito Federal se constituirán consejos análogos por cada delegación. Artículo 15.- Los consejos municipales de participación social en la educación se constituirán por un número no menor de quince y no mayor de treinta consejeros. Entre los consejeros que lo integren, se elegirá a quien fungirá como consejero presidente. Además, el consejo municipal tendrá un secretario técnico, nombrado y removido libremente por el presidente municipal. Artículo 16.- Los consejos municipales de participación social en la educación establecerán una coordinación ejecutiva, la cual fungirá como enlace con la autoridad educativa municipal y el file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (4 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
  • 5. ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE consejo estatal. Artículo 17.- La coordinación ejecutiva estará integrada por el consejero presidente y de cuatro a seis consejeros, entre quienes estarán: un padre de familia, un representante de la organización sindical de los maestros, un representante de la autoridad educativa municipal y un representante de las organizaciones sociales especialmente interesadas en la educación, además del secretario técnico. Artículo 18.- Los consejos municipales de participación social en la educación establecerán grupos de trabajo de acuerdo a sus necesidades y características. CAPÍTULO IV DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN Artículo 19.- En cada escuela pública de educación básica se creará un consejo escolar que estará integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical, directivos de escuelas, ex-alumnos, así como los demás miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela. Consejos análogos podrán operar en escuelas particulares de educación básica. Artículo 20.- Los consejos escolares de participación social en la educación se conformarán por un consejero presidente y hasta por quince consejeros. Se designará a un secretario técnico, que será nombrado por mayoría de votos de entre los integrantes de cada consejo escolar. Artículo 21.- Los consejos escolares de participación social en la educación establecerán grupos de trabajo de acuerdo a sus características y necesidades. CAPÍTULO V DE LOS PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN Artículo 22.- Con el propósito de fomentar de manera organizada la participación de la sociedad, cada consejo a que se refiere el artículo 1o. de este Acuerdo elaborará un proyecto de participación social en la educación, en el que se fijarán las estrategias, metas y acciones acordes a las necesidades y competencias de cada consejo, a fin de dar cumplimiento al objeto que la Ley General de Educación les determina. Entre otras líneas de participación social se considerarán las siguientes: I. De atención a necesidades de infraestructura. II. De atención a opiniones y propuestas pedagógicas. III. De reconocimiento social a alumnos, maestros, directivos, empleados file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (5 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]
  • 6. ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINE...CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE escolares y padres de familia. IV. De desarrollo social, cultural y deportivo. V. De gestión y coordinación. VI. De motivación a la participación social. Artículo 23.- Los consejos estatales de participación social en la educación harán del conocimiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, su proyecto de participación social en la educación. De igual manera se promoverá la vinculación de los consejos municipales y escolares de participación social en la educación. Los proyectos de participación social en la educación serán difundidos a la sociedad en general, de acuerdo a las competencias y posibilidades de cada consejo. TRANSITORIOS Artículo Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Artículo Segundo.- Corresponde a las autoridades educativas estatales, regular la constitución y el funcionamiento de los consejos estatales, municipales y escolares de participación social en la educación, en términos de lo establecido en la Ley General de Educación, en el presente Acuerdo y en concordancia con las disposiciones jurídicas estatales y municipales aplicables. Entre otros aspectos, se determinarán la forma específica de su integración, renovación, duración de cargos, mecanismos de vinculación, coordinación e intercambio de información, difusión de los resultados de los trabajos de cada consejo y los demás necesarios para su adecuado funcionamiento y operación. Artículo Tercero.- En tanto no se concluya el proceso de transferencia de los servicios de educación básica al gobierno del Distrito Federal, corresponderá a la Subsecretaría de Servicios Educativos para el Distrito Federal de la Secretaría de Educación Pública, instrumentar y coordinar las acciones de participación social, en términos de lo dispuesto en el Reglamento Interior de la dependencia. En la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de julio de dos mil.- El Secretario de Educación Pública, Miguel Limón Rojas.- Rúbrica. file:///C|/prueba/constitucion/6238.htm (6 de 6) [21/06/2002 01:25:26 p.m.]