1. ORGANIZACIONESORGANIZACIONES
CAMPESINASCAMPESINAS
ORIGEN - FINESORIGEN - FINES
El origen de las Ligas Agrarias u Organizaciones
campesinas, se relaciona directamente con la
lucha por la tierra, en efecto, en la mayoria de los
casos los campesinos lucharon por la conquista
de la tierra o la defensa de sus parcelas. Por ello
la historia de la lucha de la supervivencia del
modo de vida campesino, que pasa
necesariamente por la tenencia de tierra.
2. El proceso de concientizacion y organizacion, de
hecho fue bastante rapido. Prueba de ello es que en
el año 1964 ya se constituyo la FENALAC
(FEDERACION NACIONAL DE LIGAS AGRARIAS
CRISTINAS). Formaba parte de la Federacion, las
regionales de Caaguazu, Misiones, Paraguari,
Concepcion y Cordillera.
Los campesinos conscientes de la magnitud de la
lucha, sienten la necesidad de unirse cada vez mas, y
asi en el año 1971 FOGA que es la Coordinacion
Nacional de Bases Cristianas Campesinas.
El desarrollo de estas organizaciones fue truncado
por el entonces regimen politico nacional que los
reprimia.
Otras organizaciones nacionales campesinas
reconocidas son: MOVIMIENTO CAMPESINO
PARAGUAYO (MCP), COORDINACION
NACIONAL DE PRODUCTORES AGRICOLAS
(CONAPA), FEDERACION NACIONAL
CAMPESINA (FNC), entre otras.
3. FINES DE LASFINES DE LAS
ORGANIZACIONESORGANIZACIONES
CAMPESINASCAMPESINAS
Entre sus principales fines encontramos:
1)Libertad de organización, movilizacion y
expresion para campesinos.
2)Representar efectivamente a sus miembros
ante la sociedad y organismos del estado.
3)Ejercer una accion representativa para la
defensa de los intereses de los trabajadores del
agro y el mejoramiento del nivel de vida,
conforme a la dignidad de la persona humana.
4. ◦ REGIMEN LEGAL:
El Codigo Civil Paraguayo contempla figuras
juridicas que se adaptan a las asociaciones
del campo. Se tratan de las Asociaciones
Inscriptas con Capacidad Restringida.
Entre los requisitos que deben llenar estas
asociaciones tenemos:
1) Que los estatutos consten en escritura
publica y reunan las siguientes condicines:
a)Denominacion de la Asociacion.
b)Indicacion de sus fines, patrimonio y domicilio.
c)Normas sobre funcionamiento y
administracion.
d)Derechos y obligaciones de sus asociados.
e)Condiciones de su administracion.
2) Que sean inscriptas en el registro
respectivo
5. ..COMUNIDADES INDIGENAS
CONCEPTO: Son grupos de culturas anteriores a
la formacion y constitucion del Estado Paraguayo
(Art. 62 de la C.N.)
DISPOSICIONES LEGALES.
Nuestra C.N. en sus arts. 63 al 67 emite lo
siguiente:
Artículo 63º.- De la Identidad Étnica: Queda
reconocido y garantizado el derecho de los pueblos
indígenas a preservar y a desarrollar su identidad
étnica en el respectivo hábitat. Tienen derecho,
asimismo, a aplicar libremente sus sistemas de
organización política, social, económica, cultural y
religiosa, al igual que la voluntaria sujeción a sus
normas consuetudinarias para la regulación de la
convivencia interna, siempre que ellas no atenten
contra los derechos fundamentales establecidos en
esta Constitución.
En los conflictos jurisdiccionales se tendrá en cuenta
el derecho consuetudinario indígena.
6. Artículo 64º.- De la Propiedad Comunitaria: Los
pueblos indígenas tienen derecho a la propiedad
comunitaria de la tierra, en extensión y calidad
suficiente para la conservación y el desarrollo de sus
formas peculiares de vida. El Estado les proveerá
gratuitamente de sus tierras las cuales serán
inembargables, indivisibles, intransferibles,
imprescriptibles, no susceptibles de garantizar
obligaciones contractuales ni de ser arrendadas;
asimismo, estarán exentas de tributo.
Se prohíbe la remoción o traslado de su hábitat sin el
expreso consentimiento de los mismos.
Artículo 65º.- Del Derecho a la Participación: Se
garantiza a los pueblos indígenas el derecho a
participar en la vida económica, social, política y
cultural del país, de acuerdo con sus usos
consuetudinarios, esta Constitución y las leyes
nacionales.
7. Artículo 66º .- De la Educación y de la Asistencia: El
estado respetará las peculiaridades culturales de los
pueblos indígenas, especialmente en lo relativo a la
educación formal. Se atenderá , además, a su defensa
contra la regresión demográfica la depredación de su
hábitat, la contaminación ambiental, la explotación
económica y la alienación cultural.
Artículo 67º.- De la Exoneración: Los miembros de
los pueblos indígenas están exonerados de prestar
servicios civiles o militares, así como de las cargas
públicas que establezca la ley.
8. LEY 904/81LEY 904/81
QUE ESTABLECE EL ESTATUTO DE LASQUE ESTABLECE EL ESTATUTO DE LAS
COMUNIDADES INDIGENASCOMUNIDADES INDIGENAS
Esta ley tiene por objeto la preservación social y cultural
de las comunidades indígenas, la defensa de su patrimonio
y sus tradiciones, el mejoramiento de sus condiciones
economicas, su participacion en el proceso de desarrollo
nacional y su acceso al regimen juridico que les garantice
la propiedad de la tierra y otros recursos en igualdad de
condiciones que los demas ciudadanos.
Esta ley consta de 4 Titulos a mencionar:
I) DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS
II) DE LA CREACION DEL INSTITUTO PARAGUAYO DEL
INDIGENA (INDI).
III) DE LAS CONTRATACIONES, ADQUISICIONES Y
ENAJENACIONES, DE LOS RECURSOS Y DE LA
FISCALIZACION Y EXENCION TRIBUTARIA.
IV) DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS.