1. Concepto:
Kelsen sostiene que la relacion
juridica no es sino la
vinculacion establecida por una
norma juridica entre una
condicion y una consecuencia
en virtud al cual el
conocimiento imputa a esta
2. Del Vecchio la define como la
vinculacion establecida por la
norma juridica entre dos o
mas personas en virtud de la
cual una de ellas (sujeto
activo) puede pretender algo
(objeto) a lo que la otra parte
(sujeto pasivo) esta obligado.
3. Caracteristicas:
Los hechos y actos juridicos
constituyen parte fundamental
del contenido del Derecho
Agrario.
1) Finalidad y objetivos
especifico: deben
considerarse agrarios a los
hechos y actos conservatorios
de recursos naturales
renovables (fauna y flora)
4. • Los actos productivos o
generadores directos de
riqueza (agrecultura,
ganaderia).
• Los actos Vinculados a estas
actividades a titulo de
accesorios (extractivas, minas;
capturativas, caza y pesca no
deportiva), o
• Simplemente los Conexos:
conservacion, transporte,
procesamiento,
comercializacion.
5. Hechos exteriores o Naturales:
se producen por causas
extrañas o independientes al
hombre
Hechos Humanos: son los que
realiza el hombre y pueden
ser:
A) involuntarios
Licitos
B) voluntarios
Ilicitos
6. Actos Publicos y Privados:
sugun cual fuera la naturaleza
del sujeto activo y el interes
prevalente tutelado por la
norma.
Objetivos y subjetivos: según
que asuma tal carácter en
funcion del objeto (finalidad)
o del sujeto interviniente en la
relacion.
7. Actos principales y
accesorios: los primeros
tienen existencia propia e
independiente de otros actos,
los segundos, por el contrario
se vinculan al acto principal
que lo sustenta en relacion de
dependencia, se aplica la
regla de “lo accesorio sigue la
suerte de lo principal”
8. La palabra fuero proviene del
latin FORUM (foro), era la
plaza donde se trataban en
Roma los negocios publicos y
donde el pretor celebraba los
juicios.
Definimos al “Fuero agrario”
como el conjunto de órganos
jurisdiccionales, legalmente
constituidos, de competencia
exclusciva y excluyente en
materia de Derecho Agrario.
9. A) Jueces Tecnicos
B) Doble instancia
C) Impulso procesal de oficio
D) Facultad de juzgamiento ultra
y extra petita.
E) Oralidad
F) Equidad
G) Celeridad
H) Concentracion
I) Inmediacion
J) Publicidad.
K) Gratuidad.
10. A) Jueces Tecnicos
B) Doble instancia
C) Impulso procesal de oficio
D) Facultad de juzgamiento ultra
y extra petita.
E) Oralidad
F) Equidad
G) Celeridad
H) Concentracion
I) Inmediacion
J) Publicidad.
K) Gratuidad.