El documento analiza las infracciones y sanciones establecidas en el Código Tributario y la Ley de Tránsito, y su relación con el Código Penal. En el Código Tributario, el artículo 97 enumera 26 tipos de infracciones tributarias con sus respectivas sanciones. La Ley de Tránsito establece infracciones gravísimas, graves, menos graves y leves, aplicando sanciones pecuniarias y en algunos casos penas de presidio para proteger bienes jurídicos como la seguridad, vida y propiedad.
Este documento resume los delitos tributarios en Perú. En tres oraciones:
El documento describe las modalidades de delitos tributarios y sus respectivas sanciones según la Ley Penal Tributaria peruana. Incluye defraudación tributaria, con atenuantes y agravantes, delitos contables, y responsabilidades del contador público. También explica el proceso penal tributario, beneficios para reducir penas, y consecuencias accesorias para las empresas involucradas en delitos tributarios.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana, incluyendo ilícitos formales e ilícitos materiales. Explica las sanciones que pueden aplicarse como multas, clausura de establecimientos, revocación de licencias e inhabilitación para ejercer ciertas profesiones. También cubre las circunstancias atenuantes y agravantes que pueden considerarse al determinar la sanción apropiada.
Concepto. Naturaleza jurídica. Clasificación de los ilícitos tributarios. Concursos de ilícitos tributarios. La reincidencia. Responsabilidad penal. Eximentes de responsabilidad penal. La inhabilitación profesional. Sanciones aplicables. Circunstancias atenuantes y agravantes.
Los ilícitos tributarios son actos que van en contra de las normas tributarias. Se clasifican en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, e ilícitos materiales. Existen circunstancias atenuantes y agravantes. Las sanciones aplicables incluyen multas, comiso, clausura de establecimientos e inhabilitación profesional. El SENIAT aplica sanciones pecuniarias mientras que los tribunales imponen penas restrictivas de libertad.
Este documento resume conceptos clave del derecho tributario venezolano como especies gravadas, obligación tributaria, fiscalización, sanciones tributarias, circunstancias atenuantes y agravantes, y causas de extinción de acciones por ilícitos tributarios. Define términos como defraudación tributaria, prescripción, perención, y explica quién aplica las diferentes sanciones tributarias como multas o penas restrictivas de libertad.
El documento describe los ilícitos tributarios penales según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Estos incluyen la defraudación tributaria, la falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción, la insolvencia fraudulenta con fines tributarios, la instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria y la divulgación y uso de información confidencial. Se establecen las penas y eximentes de responsabilidad por estos ilícitos.
Este documento resume los delitos tributarios en Perú. En tres oraciones:
El documento describe las modalidades de delitos tributarios y sus respectivas sanciones según la Ley Penal Tributaria peruana. Incluye defraudación tributaria, con atenuantes y agravantes, delitos contables, y responsabilidades del contador público. También explica el proceso penal tributario, beneficios para reducir penas, y consecuencias accesorias para las empresas involucradas en delitos tributarios.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana, incluyendo ilícitos formales e ilícitos materiales. Explica las sanciones que pueden aplicarse como multas, clausura de establecimientos, revocación de licencias e inhabilitación para ejercer ciertas profesiones. También cubre las circunstancias atenuantes y agravantes que pueden considerarse al determinar la sanción apropiada.
Concepto. Naturaleza jurídica. Clasificación de los ilícitos tributarios. Concursos de ilícitos tributarios. La reincidencia. Responsabilidad penal. Eximentes de responsabilidad penal. La inhabilitación profesional. Sanciones aplicables. Circunstancias atenuantes y agravantes.
Los ilícitos tributarios son actos que van en contra de las normas tributarias. Se clasifican en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, e ilícitos materiales. Existen circunstancias atenuantes y agravantes. Las sanciones aplicables incluyen multas, comiso, clausura de establecimientos e inhabilitación profesional. El SENIAT aplica sanciones pecuniarias mientras que los tribunales imponen penas restrictivas de libertad.
Este documento resume conceptos clave del derecho tributario venezolano como especies gravadas, obligación tributaria, fiscalización, sanciones tributarias, circunstancias atenuantes y agravantes, y causas de extinción de acciones por ilícitos tributarios. Define términos como defraudación tributaria, prescripción, perención, y explica quién aplica las diferentes sanciones tributarias como multas o penas restrictivas de libertad.
El documento describe los ilícitos tributarios penales según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Estos incluyen la defraudación tributaria, la falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción, la insolvencia fraudulenta con fines tributarios, la instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria y la divulgación y uso de información confidencial. Se establecen las penas y eximentes de responsabilidad por estos ilícitos.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Se dividen en ilícitos formales, que son infracciones a los deberes formales; ilícitos materiales, que son incumplimientos en el pago de obligaciones tributarias; e ilícitos sancionados con pena privativa de libertad, como la defraudación tributaria. Se explican cada tipo de ilícito y las sanciones correspondientes según el Código Orgánico Tributario de Venezuela.
Este documento establece las normas sustantivas y materiales del sistema tributario boliviano. Define los principios básicos como el ámbito de aplicación, las fuentes del derecho tributario, el principio de legalidad y las diferentes clases de tributos como impuestos, tasas y contribuciones especiales. También describe conceptos fundamentales como la obligación tributaria y el hecho generador.
Este documento describe la naturaleza y clasificación de los ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica que los ilícitos tributarios son violaciones a las leyes financieras que generan para el infractor la obligación de pagar una cantidad de dinero al Estado. Se clasifican los ilícitos en formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales, y aquellos sancionados con pena privativa de libertad. También se describen las sanciones aplicables a cada tipo de ilícito y las circunstancias at
El documento presenta un informe de investigación sobre sanciones e infracciones tributarias. En la primera sección, se muestra la normativa del Código de Normas y Procedimientos Tributarios que regula esta materia. Luego, la sección de doctrina cubre generalidades sobre infracciones y sanciones tributarias. Finalmente, la sección de jurisprudencia presenta un caso sobre ilícitos tributarios resuelto por un tribunal contencioso administrativo.
El documento presenta un informe de investigación sobre sanciones e infracciones tributarias. En la primera sección, se muestra la normativa del Código de Normas y Procedimientos Tributarios que regula esta materia. Luego, la sección de doctrina cubre generalidades sobre infracciones y sanciones tributarias. Finalmente, la sección de jurisprudencia presenta un caso sobre ilícitos tributarios resuelto por un tribunal contencioso administrativo.
Este documento resume los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la clasificación del Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales y sancionados con pena restrictiva de libertad. También describe las sanciones aplicables como multas, comiso, inhabilitación y prisión, así como circunstancias atenuantes y agravantes.
Este documento presenta la Sentencia C-262 de 2002 de la Corte Constitucional de Colombia. En esta sentencia, la Corte estudia una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 402 de la Ley 599 de 2000, que establece sanciones penales para agentes retenedores y recaudadores que no consignen oportunamente sumas retenidas o recaudadas para el Estado. La Corte resume los argumentos de la demanda, que alega que esta norma viola los artículos 28 y 158 de la Constitución al establecer pena de prisión
El documento describe el régimen de gradualidad de sanciones tributarias en Perú. Explica los tipos de infracciones y sanciones, las bases para el cálculo de multas como los ingresos netos, las tablas de infracciones, y el régimen de gradualidad e incentivos para la aplicación progresiva de sanciones de acuerdo con la reincidencia.
El documento describe los ilícitos tributarios según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que son violaciones a las normas tributarias que pueden originar sanciones. Se clasifican en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales y aquellos sancionados con pena restrictiva de libertad. También cubre temas como la responsabilidad, circunstancias atenuantes y agravantes, y sanciones aplicables como multas y prisión.
Este documento resume los diferentes tipos de ilícitos tributarios según el Código Orgánico Tributario venezolano, incluyendo ilícitos formales, relativos a especies fiscales, materiales y sancionados con pena de prisión. También describe las circunstancias agravantes y atenuantes, tipos de sanciones como multas y clausuras, y penas por defraudación tributaria, falta de pago de anticipos y divulgación de información confidencial.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación tributaria venezolana. Explica ilícitos formales, materiales y aquellos relacionados con especies fiscales y gravadas. Detalla las sanciones aplicables como multas y penas restrictivas de libertad. Señala que las multas son impuestas por la administración tributaria mientras que las penas de prisión son determinadas por los tribunales.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica que los ilícitos tributarios son actos que van en contra de las normas tributarias y clasifica los ilícitos en formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales, y aquellos sancionados con pena de prisión. También describe las sanciones tributarias como multas, decomiso, clausura de establecimientos, e inhabilitación profesional.
Este documento resume los Decretos Legislativos N°813 y N°815 sobre delitos tributarios en Perú. El DL N°813 establece los delitos de defraudación tributaria y sus modalidades, así como las penas asociadas. También define delitos contables y consecuencias para personas jurídicas. El DL N°815 describe la exclusión o reducción de penas para denunciantes. Ambos decretos proveen un marco legal para regular ilícitos tributarios y procesos penales asociados.
El documento clasifica los ilícitos tributarios en formales, materiales y penales según el Código Orgánico Tributario. Describe las sanciones aplicables como prisión, multa y clausura. Explica que las circunstancias atenuantes incluyen la instrucción del infractor y la regularización de la deuda, mientras que las agravantes son la reincidencia y la obstrucción a la fiscalización.
Este documento define e ilustra los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica que los ilícitos tributarios son acciones u omisiones que violan las normas tributarias y pueden dar lugar a sanciones. Se clasifican en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales y aquellos sancionados con penas restrictivas de libertad. También cubre conceptos como la reincidencia, responsabilidad penal, eximentes de responsabilidad, circunstancias agravantes y
Los ilicitos tributarios actividad 3 andreaAndreamarissad
El documento clasifica y define los diferentes tipos de ilícitos tributarios según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Se dividen en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, e ilícitos materiales. También describe las sanciones, circunstancias atenuantes y agravantes, responsabilidad, causas de extinción, inhabilitación profesional y referencias bibliográficas relacionadas con los ilícitos tributarios.
La consulta busca saber en qué formulario declarar obligaciones tributarias pendientes sin incurrir en multas. La absolución indica que el contribuyente puede presentar una declaración complementaria en el formulario 102 o 102A según corresponda, para regularizar su situación tributaria sin que se apliquen multas por declaración extemporánea.
Este documento presenta una consulta realizada por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE) sobre retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta a personas con discapacidad o mayores de 65 años. La absolución establece que la PUCE no debe realizar retenciones en la fuente por concepto de Impuesto a la Renta a estas personas siempre que sus ingresos no superen los límites establecidos, y que deben declarar su información de manera consolidada ante el SRI.
El documento define los ilícitos tributarios como acciones u omisiones que violan las normas tributarias y constituyen infracciones punibles. Explica que los ilícitos tributarios se clasifican en formales, materiales y relativos a especies fiscales y gravadas. También cubre temas como la naturaleza jurídica, concurrencia de ilícitos, reincidencia, responsabilidad penal, circunstancias atenuantes y agravantes, y sanciones aplicables a los ilícitos tributarios.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Se dividen en ilícitos formales, que son infracciones a los deberes formales; ilícitos materiales, que son incumplimientos en el pago de obligaciones tributarias; e ilícitos sancionados con pena privativa de libertad, como la defraudación tributaria. Se explican cada tipo de ilícito y las sanciones correspondientes según el Código Orgánico Tributario de Venezuela.
Este documento establece las normas sustantivas y materiales del sistema tributario boliviano. Define los principios básicos como el ámbito de aplicación, las fuentes del derecho tributario, el principio de legalidad y las diferentes clases de tributos como impuestos, tasas y contribuciones especiales. También describe conceptos fundamentales como la obligación tributaria y el hecho generador.
Este documento describe la naturaleza y clasificación de los ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica que los ilícitos tributarios son violaciones a las leyes financieras que generan para el infractor la obligación de pagar una cantidad de dinero al Estado. Se clasifican los ilícitos en formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales, y aquellos sancionados con pena privativa de libertad. También se describen las sanciones aplicables a cada tipo de ilícito y las circunstancias at
El documento presenta un informe de investigación sobre sanciones e infracciones tributarias. En la primera sección, se muestra la normativa del Código de Normas y Procedimientos Tributarios que regula esta materia. Luego, la sección de doctrina cubre generalidades sobre infracciones y sanciones tributarias. Finalmente, la sección de jurisprudencia presenta un caso sobre ilícitos tributarios resuelto por un tribunal contencioso administrativo.
El documento presenta un informe de investigación sobre sanciones e infracciones tributarias. En la primera sección, se muestra la normativa del Código de Normas y Procedimientos Tributarios que regula esta materia. Luego, la sección de doctrina cubre generalidades sobre infracciones y sanciones tributarias. Finalmente, la sección de jurisprudencia presenta un caso sobre ilícitos tributarios resuelto por un tribunal contencioso administrativo.
Este documento resume los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la clasificación del Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales y sancionados con pena restrictiva de libertad. También describe las sanciones aplicables como multas, comiso, inhabilitación y prisión, así como circunstancias atenuantes y agravantes.
Este documento presenta la Sentencia C-262 de 2002 de la Corte Constitucional de Colombia. En esta sentencia, la Corte estudia una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 402 de la Ley 599 de 2000, que establece sanciones penales para agentes retenedores y recaudadores que no consignen oportunamente sumas retenidas o recaudadas para el Estado. La Corte resume los argumentos de la demanda, que alega que esta norma viola los artículos 28 y 158 de la Constitución al establecer pena de prisión
El documento describe el régimen de gradualidad de sanciones tributarias en Perú. Explica los tipos de infracciones y sanciones, las bases para el cálculo de multas como los ingresos netos, las tablas de infracciones, y el régimen de gradualidad e incentivos para la aplicación progresiva de sanciones de acuerdo con la reincidencia.
El documento describe los ilícitos tributarios según el Código Orgánico Tributario venezolano. Explica que son violaciones a las normas tributarias que pueden originar sanciones. Se clasifican en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales y aquellos sancionados con pena restrictiva de libertad. También cubre temas como la responsabilidad, circunstancias atenuantes y agravantes, y sanciones aplicables como multas y prisión.
Este documento resume los diferentes tipos de ilícitos tributarios según el Código Orgánico Tributario venezolano, incluyendo ilícitos formales, relativos a especies fiscales, materiales y sancionados con pena de prisión. También describe las circunstancias agravantes y atenuantes, tipos de sanciones como multas y clausuras, y penas por defraudación tributaria, falta de pago de anticipos y divulgación de información confidencial.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación tributaria venezolana. Explica ilícitos formales, materiales y aquellos relacionados con especies fiscales y gravadas. Detalla las sanciones aplicables como multas y penas restrictivas de libertad. Señala que las multas son impuestas por la administración tributaria mientras que las penas de prisión son determinadas por los tribunales.
Este documento describe los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica que los ilícitos tributarios son actos que van en contra de las normas tributarias y clasifica los ilícitos en formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales, y aquellos sancionados con pena de prisión. También describe las sanciones tributarias como multas, decomiso, clausura de establecimientos, e inhabilitación profesional.
Este documento resume los Decretos Legislativos N°813 y N°815 sobre delitos tributarios en Perú. El DL N°813 establece los delitos de defraudación tributaria y sus modalidades, así como las penas asociadas. También define delitos contables y consecuencias para personas jurídicas. El DL N°815 describe la exclusión o reducción de penas para denunciantes. Ambos decretos proveen un marco legal para regular ilícitos tributarios y procesos penales asociados.
El documento clasifica los ilícitos tributarios en formales, materiales y penales según el Código Orgánico Tributario. Describe las sanciones aplicables como prisión, multa y clausura. Explica que las circunstancias atenuantes incluyen la instrucción del infractor y la regularización de la deuda, mientras que las agravantes son la reincidencia y la obstrucción a la fiscalización.
Este documento define e ilustra los diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica que los ilícitos tributarios son acciones u omisiones que violan las normas tributarias y pueden dar lugar a sanciones. Se clasifican en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, materiales y aquellos sancionados con penas restrictivas de libertad. También cubre conceptos como la reincidencia, responsabilidad penal, eximentes de responsabilidad, circunstancias agravantes y
Los ilicitos tributarios actividad 3 andreaAndreamarissad
El documento clasifica y define los diferentes tipos de ilícitos tributarios según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Se dividen en ilícitos formales, relativos a especies fiscales y gravadas, e ilícitos materiales. También describe las sanciones, circunstancias atenuantes y agravantes, responsabilidad, causas de extinción, inhabilitación profesional y referencias bibliográficas relacionadas con los ilícitos tributarios.
La consulta busca saber en qué formulario declarar obligaciones tributarias pendientes sin incurrir en multas. La absolución indica que el contribuyente puede presentar una declaración complementaria en el formulario 102 o 102A según corresponda, para regularizar su situación tributaria sin que se apliquen multas por declaración extemporánea.
Este documento presenta una consulta realizada por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE) sobre retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta a personas con discapacidad o mayores de 65 años. La absolución establece que la PUCE no debe realizar retenciones en la fuente por concepto de Impuesto a la Renta a estas personas siempre que sus ingresos no superen los límites establecidos, y que deben declarar su información de manera consolidada ante el SRI.
El documento define los ilícitos tributarios como acciones u omisiones que violan las normas tributarias y constituyen infracciones punibles. Explica que los ilícitos tributarios se clasifican en formales, materiales y relativos a especies fiscales y gravadas. También cubre temas como la naturaleza jurídica, concurrencia de ilícitos, reincidencia, responsabilidad penal, circunstancias atenuantes y agravantes, y sanciones aplicables a los ilícitos tributarios.
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vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
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1. Derecho Penal Comun
Profesor: Alvaro Serrano
Alumnos: Cecilia Aguilera Ortiz
Marcelo Vargas Soto
Fecha: 29/11/2022
ANALISIS DEL CODIGO TRIBUTARIO, ART 97
Y SUS INCISOS Y LEY DEL TRANSITO 18.290 Y
SU RELACION CON EL CODIGO PENAL.
4. Código Tributario desde la mirada del Derecho Penal
Infracciones y sanciones : El Código Tributario en
su Libro II contiene el estatuto general aplicable a la
represión de las conductas ilícitas contrarias a las
obligaciones tributarias, estableciendo las conductas
que sean susceptibles de una sanción y el castigo o
pena que merecen.
Infracciones tributarias En el artículo
97 e incisos del 1° al 26 del Código
Tributario se encuentran enumeradas
los tipos de infracciones tributarias que
podrían ser cometidas por los
contribuyentes y cada una de ellas
estipula la sanción correspondiente
Apremios Corresponden a una pena decretada
por la justicia ordinaria, al arresto del infractor
hasta por 15 días como medida de castigo, a fin de
obtener el cumplimiento de las obligaciones
tributarias respectivas.
Sanciones pecuniarias : se
refieren a una sanción en dinero,
por ejemplo, los reajustes,
intereses y multas. Dicho reajuste
corresponde a la variación que
experimenta el IPC), entre la fecha
que debió haberse pagado el
impuesto y la fecha en la que se
pagó.
Sanciones corporales : se
refieren al presidio en sus
diferentes escalas y este va a
existir en la medida que haya delito
tributario corresponde a la acción u
omisión dolosa, con mala intención,
destinada a evadir el cumplimiento
de la obligación tributaria,
principalmente el pago.
Sanciones administrativas Son
sanciones de menor envergadura,
pero igual de castigadoras para el
contribuyente, como son la
clausura del local, establecimiento,
oficina, etc.; y el bloqueo de
timbraje de documentos tributarios.
Condonaciones de sanciones
Cuando el SII detecta diferencias
de impuesto y a estas les aplica
reajustes, intereses y multas, y se
determina un total a pagar por
parte del contribuyente infractor, es
posible que este solicite
condonaciones, es decir, rebajas.
Por lo tanto, el artículo 97 del Código Tributario,
tiene como objetivo proteger el patrimonio fiscal,
asegurando la adecuada y normal recaudación de los
tributos a los cuales el fisco tiene derecho, y proteger a
la vez la función o potestad tributaria, que deriva de la
función pública económica que desarrolla el Estado.
5. 2. Sistematización : Código Tributario Art. 97
INFRACCIONES TRIBUTARIAS:
ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
INFRACCIÓN PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
Y AFECTADO.
97 N°1 Retardo u omisión en la presentación de
declaraciones, informes o solicitudes de
inscripciones en roles o registros obligatorios,
que no constituyan la base inmediata para la
determinación o liquidación de un impuesto.
Propias o respecto de terceras personas.
Multa de 1 UTM a una UTA. Agravada
por: requerido posteriormente bajo
apercibimiento por el Servicio, el
contribuyente no da cumplimiento a
estas obligaciones legales en el plazo de
30 días: 0,2 UTM adicional por cada mes
o fracción, y por cada persona
representada (máximo 30 UTA)
patrimonio fiscal
97 N° 15 El incumplimiento de cualquiera de las
obligaciones establecidas en los artículos 34°
y 60° inciso penúltimo.
Multa del veinte por ciento al cien por
ciento de una unidad tributaria anual
patrimonio fiscal
6. ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
INFRACCIÓN PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
97 N° 7 El hecho de no llevar la contabilidad o los
libros auxiliares exigidos por el Director o el
Director Regional de acuerdo con las
disposiciones legales, o de mantenerlos
atrasados, o de PATRIMONIO FISCAL
llevarlos en forma distinta a la ordenada o
autorizada por la ley, y siempre que no se dé
cumplimiento a las obligaciones respectivas
dentro del plazo que señale el Servicio, que
no podrá ser inferior a diez días.
Multa de una 1 UTM A 1 UTA. patrimonio fiscal
97 N° 21 La no comparecencia injustificada ante el
Servicio, a un segundo requerimiento
notificado al contribuyente conforme a lo
dispuesto en el artículo 11. El Servicio deberá
certificar la concurrencia del contribuyente al
requerimiento notificado.
Multa de 1 UTM a 1 UTA, la que se
aplicará en relación al perjuicio fiscal
comprometido y procederá transcurridos
20 días desde el plazo de
comparecencia indicado en la segunda
notificación.
patrimonio fiscal
INFRACCIONES TRIBUTARIAS:
7. sanciones pecuniarias y corporales: Art 97 C.T
ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
TIPO PENAL PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
97 N°4
INC 1
declaraciones maliciosamente incompletas o
falsas que puedan inducir a la liquidación de
un impuesto inferior al que corresponda o la
omisión maliciosa en los libros de
contabilidad de los asientos relativos a las
mercaderías adquiridas, enajenadas o
permutadas o a las demás operaciones
gravadas, la adulteración de balances o
inventarios o la presentación de éstos
dolosamente falseados, el uso de boletas,
notas de débito, notas de crédito o facturas
ya utilizadas en operaciones anteriores, o el
empleo de otros procedimientos dolosos
encaminados a ocultar o desfigurar el
verdadero monto de las operaciones
realizadas o a burlar el impuesto
Multa del 50% al 300% del valor del
tributo eludido y con presidio menor en
sus grados medio a máximo.
patrimonio fiscal
libertad
8. ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
TIPO PENAL PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
97 N°5 La omisión maliciosa de declaraciones
exigidas por las leyes tributarias para la
determinación o liquidación de un impuesto,
en que incurran el contribuyente o su
representante, y los gerentes y
administradores de personas jurídicas o los
socios que tengan el uso de la razón social.
multa del 50% al 300% del impuesto que
se trata de eludir y con presidio menor en
sus grados medio a máximo.
patrimonio fiscal
libertad
97 N° 12 La reapertura de un establecimiento
comercial o industrial o de la sección que
corresponda, con violación de una clausura
impuesta por el Servicio.
Multa del 20% de una UTA a 2 UTA y
con presidio o relegación menor en su
grado medio.
patrimonio fiscal
libertad
97 N° 22 El que maliciosamente utilizare los cuños
verdaderos u otros medios tecnológicos de
autorización del Servicio para defraudar al
Fisco,
Será sancionado con pena de presidio
menor en su grado medio a máximo y
una multa de hasta seis unidades
tributarias anuales.
patrimonio fiscal
libertad
SANCIONES PECUNIARIAS Y CORPORALES:
9. 3. Sistematización : Ley de Transito Nº18.290 ART. 197 al 200
infracciones ley de transito:
ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
INFRACCIÓN PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
Art. 197 Nº2 infracciones gravísimas
No detenerse ante la luz roja de las señales
luminosas del tránsito, o ante la señal
"PARE"
1,5 a 3 UTM seguridad
vida propiedad.
Art. 198
Nº1
infracciones graves
Conducir un vehículo en condiciones físicas o
psíquicas deficientes.
1 a 1,5 UTM seguridad
vida
salud.
propiedad.
10. ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
INFRACCIÓN PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
Art. 199 Nº9 infracciones Menos Graves
Detener o estacionar un vehículo en doble fila
0,5 a 1 UTM seguridad
propiedad
Art. 200 infracciones Leves
Serán infracciones o contravenciones leves
todas las demás transgresiones de la
presente ley que no estén indicadas en la
enumeración de los tres artículos anteriores.
Asimismo, serán leves las infracciones o
contravenciones a las normas dictadas por el
Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones no comprendidas en el
artículo 201.
0,2 a 0,5 UTM seguridad
propiedad
INFRACCIONES LEY DE TRANSITO:
11. SANCIONES PECUNIARIAS Y CORPORALES: ART. 196 AL 200 LEY Nº 18.290
ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
TIPO PENAL PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
Art. 196 A
Letra A
Otorgue indebidamente una licencia de
conductor o boleta de citación o un permiso
provisorio de conducir o cualquier
certificado o documento que permita
obtenerlos
presidio menor en su grado máximo a
presidio mayor en su grado mínimo
las penas accesorias que correspondan
el empleado público
bien publico
libertad
Art. 196 C
INC. 3
Si se causaren lesiones graves, la pena
asignada
será aquélla señalada en el artículo 490,
Nº 2, del Código Penal
la suspensión de la licencia de conducir
de cuatro a ocho meses
seguridad
salud
vida
libertad
12. SANCIONES PECUNIARIAS Y CORPORALES:
ARTÍCULO
(INCISO,
NRO)
TIPO PENAL PENA ASIGNADA BIEN JURÍDICO
PROTEGIDO Y
AFECTADO.
Art. 196 E
INC. 3
Si se causaren algunas de las lesiones
indicadas en
el artículo 397 Nº 1 del Código Penal o la
muerte de una o más personas
penas de presidio menor
en su grado máximo y multa de 8 a 20
UTM.
seguridad
salud
vida
libertad
Art. 196 E
INC. 4
En los delitos previstos en este artículo se
aplicará como pena accesoria la suspensión
de la licencia para conducir vehículos
motorizados por el término de seis meses a
un año.
uno a dos años, si se
causaren lesiones menos graves o
graves
seguridad
libertad
vida
Dos a cuatro años, si resultare la muerte
En caso de
reincidencia, los plazos máximos
señalados en este inciso se elevarán al
doble, debiendo el juez decretar la
cancelación de la licencia
13. 1.- En materia tributaria, la jurisprudencia puede ser contenciosa, que es la que emana
de tribunales tributarios o bien puede ser jurisprudencia administrativa (aquella que nace
del Servicio de Impuestos Internos por medio de los Oficios). En el artículo 97 del Código
Tributario se encuentran enumeradas 26 tipos de infracciones y sanciones tributarias que
podrían ser cometidas por los contribuyentes y cada una de ellas estipula la sanción
correspondiente.
2.- En materia del Derecho del Transito , es decir la Ley 12.890, se relaciona con la
responsabilidad civil por los accidentes del transito que se genera en el caso de ocurrir
algún siniestro, sea con resultados materiales o fatales como referidas al seguro
obligatorio. Podemos encontrar en materia contenciosa administrativa, las lesiones
culposas derivadas del accidente del transito, la responsabilidad civil solidaria, lesiones
culposas por culpa de la victima, entre otras.
JURISPRUDENCIA :
Son interpretaciones que hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones de normas jurídicas y
puede constituir una de las fuentes del derecho.
14. 4. Jurisprudencia en Derecho Tributario:
ROL Nº 359- 2008 instruidos ante el ex 32º juzgado del crimen de Santiago, por sentencia del 23/Mayo/2014.
CORTE APELACIONES: Apelación Santiago del 17/Septiembre/2014.
CORTE SUPREMA: Santiago, 8 de julio de 2015.
Tipo: SENTENCIA ABSOLUTORIA : Se absolvió a Jaime Poblete Smith de los cargos formulados en su contra tanto
en la acusación fiscal como en la particular deducida en representación del SII como autor del delito previsto en el
artículo 97 Nº 4 inciso 1° y 2º del Código Tributario,
Vistos Considerandos Análisis Jurídico
ARTÍCULO
(INCISO, NRO)
INFRACCIÓN PENA ASIGNADA BJT
97 N°4 INC 1 Declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que puedan inducir a la liquidación de un
impuesto inferior al que corresponda o la omisión maliciosa en los libros de contabilidad de los
asientos relativos a las mercaderías adquiridas, enajenadas o permutadas o a las demás
operaciones gravadas, la adulteración de balances o inventarios o la presentación de éstos
dolosamente falseados, el uso de boletas, notas de débito, notas de crédito o facturas ya
utilizadas en operaciones anteriores, o el empleo de otros procedimientos dolosos
encaminados a ocultar o desfigurar el verdadero monto de las operaciones realizadas o a
burlar el impuesto
Multa del 50% al 300% del valor del tributo eludido y
con presidio menor en sus grados medio a máximo.
Se le condenó a la pena de 541 días de presidio
menor en su grado medio y multa equivalente al
50% del valor de lo defraudado, la suma de $
111.702.262. (ROL Nº 359- 2008)
PATRIMONIO
FISCAL
LIBERTAD
97 N° 4 INC 2 Los contribuyentes afectos a Impuesto a la Venta y servicios u otros impuestos sujetos a
retención o recargo , que realicen maliciosamente cualquier maniobra tendiente a aumentar
el verdadero monto de los créditos o imputaciones que tengan derecho a hacer valer , en
relación con las cantidades que tengan que pagar, serán sancionados..
Presidio menor en su grado máximo a presidio
mayor en su grado mínimo y con multa de 100% al
300% de lo defraudado.
Se le condenó a accesoria de suspensión de
cargos y oficios públicos durante el tiempo de la
condena y al pago de las costas de la causa en
calidad de autor del delito previsto (ROL Nº 359-
2008)
PATRIMONIO
FISCAL
LIBERTAD
15. 4. Jurisprudencia en la Ley de Transito Nº18.290:
Art. 196
Tribunal Constitucional
Tipo: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
Partes: Adolfo Miranda Ayala y Juan Javier Jara Müller, en representación de Nicolás Antonio
Contreras Fernández.
Causa: Tribunal de Garantía de Lautaro, RIT N° 1099-2015, RUC N° 1500896262.
Fecha resolución: 18 de Julio de 2017
Hechos Derecho Resolución