Este documento discute los aportes irrevocables que realizan los accionistas a las empresas antes de que se apruebe formalmente un aumento de capital. Explica que existen debates sobre si estos aportes deben considerarse parte del patrimonio o del pasivo de la empresa y cómo esto puede afectar el análisis financiero. También resume las regulaciones de la Inspección General de Justicia sobre la necesidad de que las empresas decidan capitalizar o devolver estos aportes dentro de cierto plazo.
Este Dictamen señala que funciones a las cuales fue destinado el interesado, tendrán que ser acordes a su nivel jerárquico. Planta municipal no contempla de manera nominada la plaza de director de obras, por lo que cargo deberá ser ejercido por un directivo genérico que cumpla con los requisitos para dicha función, y en caso de no ser ello posible, proceder en los términos que se indican.
El documento describe las características de una letra de cambio, incluyendo que es una orden incondicional de pago de una persona a otra, requiriendo el pago de una suma fija en un lugar y fecha determinados. Define los roles de librado, librador y beneficiario. Explica que el primer código que reglamentó las letras de cambio fue la Ordenanza Francesa de 1673.
13 Ejemplos de Análisis de Vencimientos de Cuentas por cobrar (CxC) de Clientes de eFactory Software ERP en la Nube Latinoamericano.
Ayudas online de eFactory Software ERP/CRM en la nube:
https://efactoryerp.com/ayudas-manuales-online-software-efactory-erp-crm-en-la-nube.html
Modulos de las Soluciones eFactory:
Modulo de Obras y Proyectos:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-gestion-obras-proyectos-erp-crm.html
Modulo de Contabilidad:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-contabilidad-erp-crm.html
Modulo de Nomina y RRHH:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-rrhh-nomina-erp-crm.html
Modulo de CRM:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-crm.html
Modulo de Ventas:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-ventas-erp-crm.html
Modulo de Compras:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-compras-erp-crm.html
Modulo de Inventarios:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-control-de-inventarios-erp-crm.html
Modulo de Ventas:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-punto-de-ventas-erp-crm.html
Modulo de Tesoreria:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-tesoreria-erp-crm.html
Modulo de Produccion:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-control-de-produccion-erp-crm.html
Modulo de Costos y Gastos de Importaciones:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-importaciones-erp-crm.html
Soluciones Moviles:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-para-moviles-erp-crm.html
Modulo de Inmobiliarios:
https://efactoryerp.com/soluciones/software-inmobiliario-erp-crm.html
SoftDoit (Buscador/Comparador de Software):
https://www.softwaredoit.com/mx/factory-soft-venezuela-c.a./factory-soft-venezuela-c.a..html
El documento habla sobre el principio de especialidad registral y la independización de predios. Explica que por cada bien o persona jurídica se abrirá una partida registral independiente, y que la independización consiste en abrir una nueva partida registral para cada unidad inmobiliaria resultante de la desmembración de un terreno. También establece los requisitos para realizar una independización, como que el título debe contener el área y linderos de cada predio independizado.
Presentación del Programa: Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022Oscar Saravia
Este documento presenta el programa "Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022" y ofrece información sobre las contrataciones realizadas por el Estado Peruano en 2021. En 2021, el Estado Peruano contrató a más de 25,000 proveedores por un monto total de casi 50,000 millones de soles a través de más de 48,000 procedimientos de selección. El documento también describe las normas y marcos legales que los proveedores deben considerar para contratar exitosamente con el Estado, así como los desafíos comunes y las responsabilidades de los
La retención en la fuente surgió originalmente como mecanismo de recaudo de impuestos para inversionistas extranjeros. Se estableció legalmente en Colombia en 1969 y se aplica a salarios y dividendos. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada aplicado por agentes de retención y no constituye un impuesto. Acelera el recaudo de impuestos y facilita el control tributario.
Durante los últimos diez años, los fideicomisos inmobiliarios se consolidaron como una herramienta de financiamiento sólida para la construcción de edificios y desarrollos inmobiliarios en Rosario y el país, constituyéndose como la principal opción para pequeños y medianos ahorristas.
Este documento resume las coberturas y beneficios de una póliza de seguro de vida integral para una mujer no fumadora de 35 años con una suma asegurada de $507,807. La póliza ofrece 8 beneficios principales que incluyen fondos de ahorro, indemnización por hospitalización, invalidez, cáncer u otras enfermedades graves, así como cobertura por fallecimiento accidental o natural y asistencia funeraria. Adicionalmente, la póliza ofrece 5 beneficios como constancia de cobertura provisional,
Este Dictamen señala que funciones a las cuales fue destinado el interesado, tendrán que ser acordes a su nivel jerárquico. Planta municipal no contempla de manera nominada la plaza de director de obras, por lo que cargo deberá ser ejercido por un directivo genérico que cumpla con los requisitos para dicha función, y en caso de no ser ello posible, proceder en los términos que se indican.
El documento describe las características de una letra de cambio, incluyendo que es una orden incondicional de pago de una persona a otra, requiriendo el pago de una suma fija en un lugar y fecha determinados. Define los roles de librado, librador y beneficiario. Explica que el primer código que reglamentó las letras de cambio fue la Ordenanza Francesa de 1673.
13 Ejemplos de Análisis de Vencimientos de Cuentas por cobrar (CxC) de Clientes de eFactory Software ERP en la Nube Latinoamericano.
Ayudas online de eFactory Software ERP/CRM en la nube:
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Modulos de las Soluciones eFactory:
Modulo de Obras y Proyectos:
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Modulo de Inventarios:
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Modulo de Ventas:
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Modulo de Costos y Gastos de Importaciones:
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Modulo de Inmobiliarios:
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SoftDoit (Buscador/Comparador de Software):
https://www.softwaredoit.com/mx/factory-soft-venezuela-c.a./factory-soft-venezuela-c.a..html
El documento habla sobre el principio de especialidad registral y la independización de predios. Explica que por cada bien o persona jurídica se abrirá una partida registral independiente, y que la independización consiste en abrir una nueva partida registral para cada unidad inmobiliaria resultante de la desmembración de un terreno. También establece los requisitos para realizar una independización, como que el título debe contener el área y linderos de cada predio independizado.
Presentación del Programa: Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022Oscar Saravia
Este documento presenta el programa "Contrataciones Exitosas con el Estado - 2022" y ofrece información sobre las contrataciones realizadas por el Estado Peruano en 2021. En 2021, el Estado Peruano contrató a más de 25,000 proveedores por un monto total de casi 50,000 millones de soles a través de más de 48,000 procedimientos de selección. El documento también describe las normas y marcos legales que los proveedores deben considerar para contratar exitosamente con el Estado, así como los desafíos comunes y las responsabilidades de los
La retención en la fuente surgió originalmente como mecanismo de recaudo de impuestos para inversionistas extranjeros. Se estableció legalmente en Colombia en 1969 y se aplica a salarios y dividendos. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada aplicado por agentes de retención y no constituye un impuesto. Acelera el recaudo de impuestos y facilita el control tributario.
Durante los últimos diez años, los fideicomisos inmobiliarios se consolidaron como una herramienta de financiamiento sólida para la construcción de edificios y desarrollos inmobiliarios en Rosario y el país, constituyéndose como la principal opción para pequeños y medianos ahorristas.
Este documento resume las coberturas y beneficios de una póliza de seguro de vida integral para una mujer no fumadora de 35 años con una suma asegurada de $507,807. La póliza ofrece 8 beneficios principales que incluyen fondos de ahorro, indemnización por hospitalización, invalidez, cáncer u otras enfermedades graves, así como cobertura por fallecimiento accidental o natural y asistencia funeraria. Adicionalmente, la póliza ofrece 5 beneficios como constancia de cobertura provisional,
EVITANDO RIESGOS EN LA DESIGNACIÓN Y EN LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN...VIDALCHAMPIMAMANI1
Este documento describe la conformación y funciones del Comité de Selección en los procesos de contratación. Explica que el Comité de Selección es un órgano colegiado encargado de preparar, conducir y realizar el procedimiento de selección hasta su culminación. También detalla los impedimentos para integrar el Comité, sus responsabilidades y cómo se conforma dependiendo del tipo de contratación.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
Este documento describe diferentes aspectos de las promesas unilaterales. Explica que una promesa unilateral solo obliga al promitente si así lo estipula la ley o un acuerdo previo. También establece que no es necesario probar una relación causal subyacente entre el promitente y el destinatario de la promesa, ya que se presume dicha relación. Además, cubre temas como las promesas de recompensa pública, la exigibilidad de la prestación ofrecida y los plazos en las promesas públicas sin tiempo determinado
Este documento describe los procedimientos para adquirir y perder la condición de socio de una asociación. Para ser socio, hay que ser padre/tutor de un alumno matriculado en el centro, estar de acuerdo con los objetivos de la asociación y pagar las cuotas establecidas. Se puede perder la condición de socio por renuncia voluntaria, incumplimiento de estatutos, mala conducta o dejar de pagar cuotas. La renuncia requiere una notificación escrita, mientras que la pérd
El documento explica qué es un cheque, sus características y tipos. Un cheque es un documento que permite retirar dinero de una cuenta bancaria, autorizado por su titular. Contiene el nombre del banco, la cantidad a pagar y la firma del titular. Existen cheques al portador, nominativos y de otros tipos. Los cheques deben cumplir ciertos requisitos como fecha y fondos suficientes, y se rigen por plazos de presentación y acciones legales en caso de impago.
El documento presenta una cronología del desarrollo del sistema de convenios marco en el Perú desde 2004 hasta 2011. Inicialmente se introdujo en 2004 y se aprobaron los primeros reglamentos en 2006 y 2007, adjudicándose los primeros procesos de útiles de oficina. Luego, en 2008 se creó Peru Compras para promover los convenios marco, y en 2010 y 2011 se convocaron nuevos procesos para diversos productos.
Este documento trata sobre la cesión de posición contractual, la excesiva onerosidad de la prestación y la lesión en el derecho civil. Define la cesión de posición contractual como el acto mediante el cual una parte del contrato permite transferir su posición a un tercero con el consentimiento de la otra parte. Explica los requisitos y naturaleza jurídica de la cesión. También define la excesiva onerosidad y sus requisitos, así como los remedios de revisión del contrato o su resolución. Por último, distingue la lesi
Este documento resume las principales operaciones bancarias en el sistema financiero peruano. Explica las operaciones pasivas como cuentas de ahorro, plazo fijo y cuenta corriente, así como las operaciones activas como préstamos, tarjetas de crédito y descuento de letras. También describe los requisitos básicos para acceder a productos y servicios bancarios, así como conceptos clave relacionados con el sistema financiero como encaje legal, fondos mutuos y prevención de lavado de activos.
Este documento describe los procedimientos de liquidación voluntaria y forzosa según la Ley N° 20.720 de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas en Chile. Explica las etapas de inicio, tramitación y efectos de un proceso de liquidación, incluyendo la presentación de solicitudes, nombramiento de liquidadores, oposiciones posibles y consecuencias sobre los bienes y créditos del deudor.
Este documento describe dos tipos de contratos de colaboración empresarial: la asociación en participación y el consorcio. La asociación en participación involucra a un asociante que concede a uno o más asociados una participación en los resultados de un negocio a cambio de una contribución. El consorcio es un contrato por el cual dos o más partes se asocian para participar activamente en uno o más negocios con el fin de obtener un beneficio económico. Ambos contratos crean relaciones de colaboración sin constituir una persona jur
El documento describe el contrato de know-how, el cual se refiere a la licencia de conocimientos técnicos y comerciales secretos. En este contrato, una parte llamada transferente se compromete a poner a disposición de otra parte llamada adquirente dichos conocimientos a cambio de una contraprestación, normalmente dinero. El contrato permite al adquirente aplicar los conocimientos en la producción y venta de bienes u otras actividades empresariales.
El documento describe la historia del secreto bancario desde la antigüedad hasta la época contemporánea. En la antigüedad, los templos sirvieron como las primeras instituciones bancarias y mantuvieron la discreción de las transacciones de sus clientes. En la Grecia antigua, un abogado defendió la obligación de secreto de un banquero. En la Roma antigua, la ley requirió que los banqueros mantuvieran registros contables en secreto. A lo largo de la Edad Media y Moderna, varios de
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MMNelson Leiva®
El documento resume una reclamación de una funcionaria municipal sobre su destino a otro cargo. El dictamen determina que la destinación no implica un nombramiento, sino una encomienda temporal de funciones. La subrogación sí permite asumir un cargo de forma permanente si se cumplen los requisitos. En este caso, la subrogación fue válida dado que la funcionaria cumplía los requisitos para el nuevo cargo y no había otro funcionario disponible.
Este documento describe el procedimiento legal para aumentar el capital social de una sociedad en Perú. Explica que existen varias modalidades para aumentar el capital, como aportes nuevos, capitalización de créditos o utilidades. Luego, detalla el procedimiento requerido que incluye obtener el acuerdo de la junta de socios, modificar el estatuto para reflejar el nuevo capital social, y elaborar la escritura pública del aumento de capital.
El documento trata sobre el tema de modificaciones al capital social de una sociedad anónima, en particular sobre aumentos de capital. Explica que los aumentos de capital pueden darse por nuevos aportes de los socios ya sea en efectivo o en especie, o por la capitalización de otras cuentas como reservas, utilidades, primas de capital u obligaciones. Asimismo, detalla los requisitos legales y contables para llevar a cabo de manera adecuada las modificaciones al capital social de una empresa.
1) Las sociedades de capital variable permiten aumentos y disminuciones del capital social mediante aportaciones y retiros de socios sin necesidad de modificar los estatutos.
2) Los aumentos solo pueden realizarse a través de aportaciones en efectivo o en especie por parte de socios existentes o nuevos.
3) Las disminuciones se realizan a través del retiro de aportaciones de socios conforme a las reglas establecidas en la ley.
El documento describe las características fundamentales de las sociedades mercantiles en México. Explica los tipos de sociedades reconocidas legalmente, los requisitos para su constitución como personalidad jurídica, y los pasos del proceso de liquidación al disolverse una sociedad.
Este documento describe las características de una sociedad anónima en Perú. Explica que una sociedad anónima es una empresa con responsabilidad limitada cuyo capital está representado por acciones. Detalla los requisitos legales para constituir una sociedad anónima, incluyendo el número mínimo y máximo de accionistas, la forma de capitalización, y los estatutos requeridos. También explica los diferentes tipos de aumento de capital como nuevos aportes, capitalización de créditos, y capitalización de utilidades.
Sociedad de responsabilidad limitada. blanca arriechecarymarcomputer
Este documento define una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) como una sociedad mercantil en la que la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado. Describe que el capital se divide en participaciones sociales indivisibles y acumulables aportadas por los socios. Solo bienes o derechos patrimoniales pueden ser objeto de aportación social.
El documento define los conceptos de accionista y sus principales derechos. Un accionista es la persona que posee acciones de una sociedad y tiene derechos económicos como recibir dividendos y derechos políticos como votar en asambleas. Los accionistas buscan una rentabilidad a través de dividendos y el aumento del valor de las acciones. Sus principales derechos son recibir parte de las ganancias, participar en decisiones a través de asambleas y fiscalizar la administración.
La sociedad de responsabilidad limitada en México se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se constituye entre socios que solo están obligados al pago de sus aportaciones. La sociedad tiene personalidad jurídica propia y se representa a través de administradores. Las asambleas de socios toman las decisiones más importantes de la sociedad y los administradores gestionan la operación diaria.
EVITANDO RIESGOS EN LA DESIGNACIÓN Y EN LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN...VIDALCHAMPIMAMANI1
Este documento describe la conformación y funciones del Comité de Selección en los procesos de contratación. Explica que el Comité de Selección es un órgano colegiado encargado de preparar, conducir y realizar el procedimiento de selección hasta su culminación. También detalla los impedimentos para integrar el Comité, sus responsabilidades y cómo se conforma dependiendo del tipo de contratación.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
Este documento describe diferentes aspectos de las promesas unilaterales. Explica que una promesa unilateral solo obliga al promitente si así lo estipula la ley o un acuerdo previo. También establece que no es necesario probar una relación causal subyacente entre el promitente y el destinatario de la promesa, ya que se presume dicha relación. Además, cubre temas como las promesas de recompensa pública, la exigibilidad de la prestación ofrecida y los plazos en las promesas públicas sin tiempo determinado
Este documento describe los procedimientos para adquirir y perder la condición de socio de una asociación. Para ser socio, hay que ser padre/tutor de un alumno matriculado en el centro, estar de acuerdo con los objetivos de la asociación y pagar las cuotas establecidas. Se puede perder la condición de socio por renuncia voluntaria, incumplimiento de estatutos, mala conducta o dejar de pagar cuotas. La renuncia requiere una notificación escrita, mientras que la pérd
El documento explica qué es un cheque, sus características y tipos. Un cheque es un documento que permite retirar dinero de una cuenta bancaria, autorizado por su titular. Contiene el nombre del banco, la cantidad a pagar y la firma del titular. Existen cheques al portador, nominativos y de otros tipos. Los cheques deben cumplir ciertos requisitos como fecha y fondos suficientes, y se rigen por plazos de presentación y acciones legales en caso de impago.
El documento presenta una cronología del desarrollo del sistema de convenios marco en el Perú desde 2004 hasta 2011. Inicialmente se introdujo en 2004 y se aprobaron los primeros reglamentos en 2006 y 2007, adjudicándose los primeros procesos de útiles de oficina. Luego, en 2008 se creó Peru Compras para promover los convenios marco, y en 2010 y 2011 se convocaron nuevos procesos para diversos productos.
Este documento trata sobre la cesión de posición contractual, la excesiva onerosidad de la prestación y la lesión en el derecho civil. Define la cesión de posición contractual como el acto mediante el cual una parte del contrato permite transferir su posición a un tercero con el consentimiento de la otra parte. Explica los requisitos y naturaleza jurídica de la cesión. También define la excesiva onerosidad y sus requisitos, así como los remedios de revisión del contrato o su resolución. Por último, distingue la lesi
Este documento resume las principales operaciones bancarias en el sistema financiero peruano. Explica las operaciones pasivas como cuentas de ahorro, plazo fijo y cuenta corriente, así como las operaciones activas como préstamos, tarjetas de crédito y descuento de letras. También describe los requisitos básicos para acceder a productos y servicios bancarios, así como conceptos clave relacionados con el sistema financiero como encaje legal, fondos mutuos y prevención de lavado de activos.
Este documento describe los procedimientos de liquidación voluntaria y forzosa según la Ley N° 20.720 de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas en Chile. Explica las etapas de inicio, tramitación y efectos de un proceso de liquidación, incluyendo la presentación de solicitudes, nombramiento de liquidadores, oposiciones posibles y consecuencias sobre los bienes y créditos del deudor.
Este documento describe dos tipos de contratos de colaboración empresarial: la asociación en participación y el consorcio. La asociación en participación involucra a un asociante que concede a uno o más asociados una participación en los resultados de un negocio a cambio de una contribución. El consorcio es un contrato por el cual dos o más partes se asocian para participar activamente en uno o más negocios con el fin de obtener un beneficio económico. Ambos contratos crean relaciones de colaboración sin constituir una persona jur
El documento describe el contrato de know-how, el cual se refiere a la licencia de conocimientos técnicos y comerciales secretos. En este contrato, una parte llamada transferente se compromete a poner a disposición de otra parte llamada adquirente dichos conocimientos a cambio de una contraprestación, normalmente dinero. El contrato permite al adquirente aplicar los conocimientos en la producción y venta de bienes u otras actividades empresariales.
El documento describe la historia del secreto bancario desde la antigüedad hasta la época contemporánea. En la antigüedad, los templos sirvieron como las primeras instituciones bancarias y mantuvieron la discreción de las transacciones de sus clientes. En la Grecia antigua, un abogado defendió la obligación de secreto de un banquero. En la Roma antigua, la ley requirió que los banqueros mantuvieran registros contables en secreto. A lo largo de la Edad Media y Moderna, varios de
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MMNelson Leiva®
El documento resume una reclamación de una funcionaria municipal sobre su destino a otro cargo. El dictamen determina que la destinación no implica un nombramiento, sino una encomienda temporal de funciones. La subrogación sí permite asumir un cargo de forma permanente si se cumplen los requisitos. En este caso, la subrogación fue válida dado que la funcionaria cumplía los requisitos para el nuevo cargo y no había otro funcionario disponible.
Este documento describe el procedimiento legal para aumentar el capital social de una sociedad en Perú. Explica que existen varias modalidades para aumentar el capital, como aportes nuevos, capitalización de créditos o utilidades. Luego, detalla el procedimiento requerido que incluye obtener el acuerdo de la junta de socios, modificar el estatuto para reflejar el nuevo capital social, y elaborar la escritura pública del aumento de capital.
El documento trata sobre el tema de modificaciones al capital social de una sociedad anónima, en particular sobre aumentos de capital. Explica que los aumentos de capital pueden darse por nuevos aportes de los socios ya sea en efectivo o en especie, o por la capitalización de otras cuentas como reservas, utilidades, primas de capital u obligaciones. Asimismo, detalla los requisitos legales y contables para llevar a cabo de manera adecuada las modificaciones al capital social de una empresa.
1) Las sociedades de capital variable permiten aumentos y disminuciones del capital social mediante aportaciones y retiros de socios sin necesidad de modificar los estatutos.
2) Los aumentos solo pueden realizarse a través de aportaciones en efectivo o en especie por parte de socios existentes o nuevos.
3) Las disminuciones se realizan a través del retiro de aportaciones de socios conforme a las reglas establecidas en la ley.
El documento describe las características fundamentales de las sociedades mercantiles en México. Explica los tipos de sociedades reconocidas legalmente, los requisitos para su constitución como personalidad jurídica, y los pasos del proceso de liquidación al disolverse una sociedad.
Este documento describe las características de una sociedad anónima en Perú. Explica que una sociedad anónima es una empresa con responsabilidad limitada cuyo capital está representado por acciones. Detalla los requisitos legales para constituir una sociedad anónima, incluyendo el número mínimo y máximo de accionistas, la forma de capitalización, y los estatutos requeridos. También explica los diferentes tipos de aumento de capital como nuevos aportes, capitalización de créditos, y capitalización de utilidades.
Sociedad de responsabilidad limitada. blanca arriechecarymarcomputer
Este documento define una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) como una sociedad mercantil en la que la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado. Describe que el capital se divide en participaciones sociales indivisibles y acumulables aportadas por los socios. Solo bienes o derechos patrimoniales pueden ser objeto de aportación social.
El documento define los conceptos de accionista y sus principales derechos. Un accionista es la persona que posee acciones de una sociedad y tiene derechos económicos como recibir dividendos y derechos políticos como votar en asambleas. Los accionistas buscan una rentabilidad a través de dividendos y el aumento del valor de las acciones. Sus principales derechos son recibir parte de las ganancias, participar en decisiones a través de asambleas y fiscalizar la administración.
La sociedad de responsabilidad limitada en México se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se constituye entre socios que solo están obligados al pago de sus aportaciones. La sociedad tiene personalidad jurídica propia y se representa a través de administradores. Las asambleas de socios toman las decisiones más importantes de la sociedad y los administradores gestionan la operación diaria.
1. El documento describe las diferentes formas de sociedades comerciales según el Código de Comercio boliviano, incluyendo los requisitos para su constitución. 2. Explica los conceptos de fusión de sociedades, disolución, liquidación, y realiza una comparación entre casa matriz, sucursal y punto de venta. 3. Incluye información sobre modificaciones a las sociedades como aumento de capital social y cesión de cuotas de capital.
El documento habla sobre la escisión de empresas. Explica que la escisión es lo opuesto a la fusión, donde una empresa se divide en dos o más nuevas empresas. Detalla los requisitos legales para llevar a cabo una escisión como dividir los activos, pasivos y capital de forma proporcional entre las nuevas empresas y proteger los intereses de terceros. También menciona algunas razones por las que una empresa puede decidir escindirse como problemas administrativos o buscar mayor especialización e inversión.
1. Las sociedades de capital variable son una modalidad de sociedades mercantiles cuya característica principal es que permiten aumentos y disminuciones en el capital social.
2. Los aumentos se realizan mediante aportaciones de los socios actuales o nuevos, mientras que las disminuciones ocurren por retiros parciales o totales de las aportaciones de los socios.
3. Las formalidades para modificar el capital varían según el tipo de sociedad, pero requieren en general la aprobación de asambleas de socios o accionistas que representen ci
1) La ley 1258 de 2008 estableció la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) como una figura societaria flexible que permite a los asociados estipular libremente las condiciones de su relación.
2) Las SAS se pueden constituir por una o más personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus aportes.
3) Entre las características principales de una SAS están que se crea mediante contrato o acto unilateral, forma una persona jurídica distinta a sus accion
MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITALJhaja DC
El documento establece los requisitos y formalidades para modificar, aumentar y reducir el capital de una sociedad anónima. Para la modificación del estatuto, aumento o reducción del capital, se requiere un acuerdo de la junta general cumpliendo con los mismos requisitos formales. Estos cambios deben constar en escritura pública e inscribirse en el registro, afectando a todos los accionistas por igual.
El aumento de capital permite que una sociedad obtenga financiamiento u oportunidades de negocio al elevar el monto de su capital original. Existen varias formas de aumentar el capital, como mediante nuevos aportes, capitalización de reservas o conversión de obligaciones en acciones. Los accionistas tienen derecho preferente a suscribir nuevas acciones proporcionalmente a su participación. El derecho preferente se incorpora en un certificado de suscripción preferente que los accionistas pueden transferir.
La reducción de capital en las sociedades mercantileslilianasaramed
Este documento describe los diferentes tipos y procedimientos de reducción de capital en las sociedades mercantiles según la ley peruana. Explica que hay reducciones obligatorias cuando las pérdidas superan cierto porcentaje del capital, y reducciones voluntarias decididas por los socios. También detalla los efectos sobre los acreedores, cuyas garantías se ven reducidas, y su derecho a oponerse. Finalmente, resume las modalidades legales de reducir el capital, como devolver el valor nominal de acciones o la participación en el patrimonio neto
TRABAJO SOCIEDADES_compressed.pdf universidad022220104e
El documento habla sobre los conceptos de aumento y reducción del capital en una sociedad, así como sobre las aportaciones de los socios y diferentes formas de capitalización. Explica que el aumento del capital consiste en elevar la cifra de capital social en los estatutos mediante nuevas aportaciones o emisiones de acciones, y que la reducción es lo opuesto al disminuir dicha cifra. También describe que las aportaciones de socios son voluntarias, no reembolsables y otorgan derechos sobre los activos y beneficios de la empresa. Por último, explic
La transformación de una sociedad permite cambiar su forma jurídica sin disolverse, adoptando el régimen de la nueva forma. La responsabilidad de los socios por deudas anteriores no cambia, salvo que la nueva forma sea de responsabilidad ilimitada. La participación de los socios en el capital tampoco se modifica sin su consentimiento, excepto por ejercicio del derecho de separación. El proceso requiere acuerdo de junta general, publicaciones y balance antes de la escritura pública.
Disolucion, liquidacion, fusion y transformacion2411975
Este documento presenta información sobre la disolución, liquidación, fusión y transformación de sociedades y empresas unipersonales en Bolivia. Explica las causas legales de disolución de una sociedad comercial, los procedimientos de liquidación, y los requisitos para realizar modificaciones a una sociedad como cambios en la escritura constitutiva o una transformación de la estructura societaria. También define conceptos como quiebra y concurso preventivo en el marco legal boliviano.
Este documento describe los conceptos básicos de las sociedades comerciales, incluyendo la definición de sociedad, el contrato de sociedad, los aportes de los socios, la distribución de utilidades, la asamblea de socios, el revisor fiscal, el balance, y los procesos de reforma, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de una sociedad.
La Comisión europea informa sobre el progreso social en la UE.ManfredNolte
Bruselas confirma que el progreso social varía notablemente entre las regiones de la Unión Europea, y que los países nórdicos tienen un desempeño consistentemente mejor que el resto de los Estados miembros.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
Desafíos del Habeas Data y las nuevas tecnología enfoque comparado Colombia y...mariaclaudiaortizj
El artículo aborda los desafíos del Habeas Data en el marco de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC), comparando las legislaciones de Colombia y España. Desde la Declaración de los Derechos del Hombre en 1948 hasta la implementación del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en Europa, la protección de la privacidad ha ganado importancia a nivel mundial. El objetivo principal del artículo es analizar cómo las legislaciones de Colombia y España abordan la protección de datos personales, comparando sus enfoques normativos y evaluando la eficacia de sus marcos legales en el contexto de la digitalización avanzada. Se hace uso de un enfoque mixto que combina análisis cualitativo detallado de documentos legales y cuantitativo descriptivo para comparar la prevalencia de ciertos principios en las normativas. Los hallazgos indican que España ha establecido un marco legal robusto y detallado desde 1978, alineándose con las directrices de la UE y el GDPR, mientras que Colombia, aunque ha progresado con leyes como la Ley 1581 de 2012, todavía podría beneficiarse de adoptar aspectos del régimen europeo para mejorar su protección de datos. Este análisis subraya la importancia de las reformas legales y políticas en la protección de datos, crucial para asegurar la privacidad en una sociedad digital y globalizada.
Palabras clave: Avances tecnológicos, Derecho en la era digital, Habeas Data, Marco jurídico y Protección de datos personales.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
1. 1
APORTES IRREVOCABLES1
por HÉCTOR MAURICIO PAULONE y ALBERTO VEIRAS
1. Introducción
En nuestro país las recurrentes crisis económicas y financieras han
constituido un obstáculo para que el sistema financiero cumpla con su función de
proveer de recursos a las empresas para la financiación de inversiones a largo y
mediano plazo. Es por ello que frente a la falta de financiación externa se haya
convertido en una práctica habitual (de manera muy especial en las pymes) que los
accionistas provean a las compañías de los fondos que éstas necesitan.
El capital de las sociedades se establece en el estatuto o contrato social y
para proceder a su aumento se requiere la realización de una asamblea
extraordinaria y la modificación de los estatutos, con excepción del caso establecido
en articulo 188 de la ley de sociedades comerciales (el estatuto puede prever el
aumento dentro del quíntuplo sin necesidad de conformidad administrativa). Por este
motivo y frente a la premura, se convirtió en habitual que los accionistas2
realicen
sus aportes aún antes que se haya decidido y aprobado el aumento del capital.
Dentro de este tipo de aportes nos encontramos con los habitualmente denominados
“aportes irrevocables”, que comprenden a los ya casi tradicionales “Aportes
irrevocables para futuras suscripciones de acciones”3
, sobre los que se aplican
denominaciones similares a ésta como ser “Anticipos irrevocables a cuenta de
futuros aportes de capital”4
o “Compromisos irrevocables de aportes”5
por mencionar
algunas de las más conocidas. También se incluyen a los “Aportes irrevocables para
absorber pérdidas acumuladas”6
, sobre éstos se ha escrito bastante menos que
sobre los mencionados en primer término.
Estos aportes se diferencian de aquellos que efectúan los socios en carácter
de préstamos ya que éstos últimos deben reintegrarse, en general devengan
intereses y por lo tanto se exponen en el pasivo. Cabe señalar que en el caso de los
aportes irrevocables, la irrevocabilidad vale exclusivamente para el aportante, en el
caso de las sociedades anónimas la utilización de dichos aportes para aumentar el
capital es una decisión que puede ser tomada, en forma exclusiva, por la asamblea
de accionistas, por lo que la aceptación de los mismos por parte del directorio no
obliga a la asamblea que podría disponer su devolución. Esta posibilidad de
“revocabilidad” nos conduce a un debate doctrinario de mayor significación:
considerar si los Aportes Irrevocables para futuros aumentos de capital forman parte
del pasivo o del patrimonio neto de la sociedad.
Desde un punto de vista de análisis de estados contables, su ubicación
alternativa puede ocasionar "desvíos" al analizar la solvencia de una empresa y
1
Según el diccionario de la Real Academia Española, irrevocable significa “que no se puede revocar” y revocar significa, en su
primera acepción: “Dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución irrevocable”. http://www.rae.es.
2
No es necesaria la calidad de accionista para la realización de este tipo de aportes.
3
Denominación adoptada por la RT 17 de la F.A.C.P.C.E. en su punto 5.19.1.3.1.
4
OSVALDO A. CHAVES. “Aportes de Capital”. Ediciones Nueva Técnica. 1995.
5
ENRIQUE FOWLER NEWTON. “Contabilidad Superior”. Ediciones Macchi.1995.
6
Denominación adoptada por la RT 17 de la F.A.C.P.C.E. en su punto 5.19.1.3.2.
2. 2
distorsionar sus índices de endeudamiento y rentabilidad.
2. Aportes irrevocables para futuras suscripciones de acciones
Nuestra legislación específica sobre el funcionamiento de las sociedades
comerciales (ley 19.550 y sus modificaciones) no contempla en sus más de
trescientos artículos esta situación. La misma consiste en incluir en los estados
contables, dentro del patrimonio neto, un aporte de los accionistas a pesar de no
haberse formalizado el aumento del capital.
Los motivos que se aducen de manera habitual son, básicamente, dos. Una
necesidad de fondos (para capital de trabajo, proyectos de expansión o
reequipamiento, etc.) que no puede cubrirse con financiación de terceros por falta de
acceso a la financiación bancaria o la imposibilidad de captación de fondos del
público a través de instrumentos tales como la colocación de obligaciones
negociables, o la inconveniencia por los altos costos financieros. La otra causa es
constituir una salida rápida de la situación prevista en los artículos 94 inciso 5° y 206
de la ley de sociedades comerciales. El artículo 94, inciso 5°, de la ley 19.550 indica
que, una sociedad se disuelve cuando las pérdidas acumuladas igualan a su capital
social y el artículo 206 de la misma norma legal indica que la reducción del capital es
obligatoria cuando las pérdidas acumuladas igualan al cincuenta por ciento del
capital más las reservas existentes.
Por lo tanto, con el argumento de una necesidad perentoria de los fondos o
para evitar la situación de disolución de la sociedad se requiere su inmediata
inclusión en el patrimonio neto. Ambas cuestiones son, al menos, discutibles desde
el punto de vista de los autores. Es decir, los aportes irrevocables a cuenta de
futuras suscripciones de capital, consisten en efectuar desembolsos financieros a un
ente económico, normalmente por parte de los propios accionistas, con derecho a la
suscripción preferente y postergar provisoriamente el aumento jurídico del capital,
con su procedimiento legal (convocatoria a asamblea, publicidad y/o la modificación
del contrato o estatuto social). No obstante ello, durante mucho tiempo, con un
simple asiento de ingresos de fondos o de otro activo contra la cuenta Aportes
irrevocables para futuras suscripciones de acciones, se resolvía la cuestión y tales
aportes permanecían sin capitalizarse durante años.
Señalábamos que no es obligatoria la calidad de accionistas para realizar
esta clase de aportes, es posible que terceros provean estos fondos. Cabe señalar
que quienes no tienen la categoría de accionistas, no tienen derecho a voto, ni a
percibir utilidades, ni a la dirección de la sociedad. Es por ello que, en este supuesto,
se ha pretendido conferirles una categoría intermedia entre el socio o accionista,
dudosa de acuerdo con el derecho societario clásico.
En el anteproyecto de reforma de la ley de sociedades comerciales se trata la
cuestión de los aportes a cuenta de futuras emisiones de acciones, el artículo 65
expone lo siguiente.
“Sustitúyese el artículo 190 de la Ley Nº 19.550 (t.o. por Decreto Nº 841/84),
por el siguiente.
ARTÍCULO 190.- Suscripción previa de las emisiones anteriores. Aportes
irrevocables a cuenta de futuras emisiones. Préstamos de los socios.
3. 3
Las nuevas acciones sólo pueden emitirse cuando las anteriores hayan sido
suscriptas.
Aportes irrevocables a cuenta de futuras emisiones. Los aportes que los accionistas
o terceros efectúen a cuenta de futuras emisiones deben ser acompañados por un
instrumento que contenga:
El nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio y número del
documento de identidad del aportante o los datos de individualización y de registro o
autorización tratándose de personas jurídicas.
La indicación de su calidad de tercero, de accionista de la sociedad o de su
controlante o controlada.
Las características y monto del aporte, individualizándose con precisión los no
dinerarios, sin perjuicio de la oportuna aplicación del artículo 53.
El plazo que se fija para la capitalización, que no puede exceder de TRES (3)
años.
Adquieren el carácter de aportes irrevocables e integran el patrimonio neto de la
sociedad desde la resolución del directorio que los acepte como tales. De no reunir
todos los requisitos enunciados o no mediar aceptación dentro de los TRES (3)
meses de efectuado, serán restituidos al aportante. Vencido ese plazo integrará el
pasivo y el crédito del aportante será subordinado.
Se tendrá como capital nominal al aporte irrevocable sólo para los efectos de las
normas que fijan límites o relaciones entre las participaciones y el capital social.
El aportante tiene derecho a requerir que la capitalización de su aporte se incluya en
el orden del día de las asambleas y hasta el vencimiento del plazo o la restitución de
su importe su crédito será subordinado.
Préstamos de los socios. Los préstamos hechos a la sociedad por un accionista, su
cónyuge, los parientes por consanguinidad en línea recta, los colaterales hasta el
cuarto grado, inclusive, y los afines dentro del segundo o por una sociedad
controlante, controlada o vinculada, como asimismo los provenientes de terceros
que hayan recibido garantía de alguna de las personas mencionadas en este
párrafo, quedan subordinados a todos los otros créditos.
Las sumas de estos préstamos que fueron devueltas durante el año que precede a
la insolvencia de la sociedad deben ser restituidas por el prestamista.”
2.1. Normas de los organismos de contralor
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Inspección General de Justicia
intenta transparentar estas situaciones en el sentido de definir que son capital social
y se incrementa el mismo, o se deben devolver y se exteriorizan como un pasivo.
El 25 de agosto del 2005 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución
General de la Inspección General de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires N° 7,
mediante la cual se reemplazó la Resolución General N° 6 del año 1980, -Normas de
la Inspección General de Justicia- que contenía las regulaciones fundamentales para
las sociedades por acciones, asociaciones civiles y fundaciones.
En las nuevas normas encontramos este tema en primer lugar en el artículo
6°, inciso tercero, de la parte resolutiva de la Resolución IGJ N° 7/05 que dispone lo
siguiente: “Los aportes irrevocables a cuenta de futura suscripción de acciones
recibidos con anterioridad a la vigencia de la Res. Gral. I.G.J. 25/04 (22 de diciembre
de 2004) y en relación con los cuales, a la fecha de la presente resolución, no haya
recaído decisión social sobre su capitalización, deberán ser objeto de tal decisión
dentro de los ciento ochenta días previsto en el art. 4, a cuyo fin y con efecto al 8 de
4. 4
agosto de 2005, tiénese por prorrogado, hasta la entrada en vigencia de estas
Normas, el plazo previsto en el art. 4° de la Res. Gral. I.G.J. 1/05. Vencida la
prórroga sin haberse resuelto la capitalización de los aportes, será de aplicación lo
dispuesto en el art. 271 de las Normas que se aprueban.
El sometimiento a decisión sobre la capitalización de aportes comprendidos en este
artículo y que no fueron objeto de la misma con anterioridad al 8 de agosto de 2005,
requiere el consentimiento expreso y por escrito del aportante con derecho a su
restitución7
.”
Por tal motivo todos los aportes contabilizados hasta el 22 de diciembre del
2004 debían ser capitalizados antes del 25 de febrero del 2006. En la medida que
los aportes originalmente previeran su restitución, la norma indica expresamente que
para su capitalización se requiere el consentimiento expreso y por escrito del
aportante. Si al 25 de febrero del 2006 la sociedad no había decidido la
capitalización de tales aportes irrevocables a cuenta de futuras emisiones de
acciones, se debían restituir los mismos, pasando previamente por el régimen de
oposición de los acreedores contemplado en los artículos 204 y 83, inciso 3ro.,
último párrafo de la Ley 19.550. El hecho de tener que restituir tales aportes los
transformaba en un pasivo del ente.
La necesidad de capitalizar en un plazo perentorio estos aportes irrevocables
se encuentra en las nuevas normas indicando el artículo 96 acápite V a), lo
siguiente: “a) El plazo durante el cual el aportante se obliga a mantener el aporte y
dentro del cual deberá celebrarse la asamblea de accionistas que deberá decidir
sobre su capitalización, como un punto especial del orden del día no podrá exceder
de ciento ochenta (180) días corridos computados desde la aceptación del aporte
por el directorio de la sociedad”8
.
Por otra parte, en su artículo 97 se refiere a la imposibilidad de efectuar
aportes irrevocables en especie, indicando que: “Los aportes de bienes en especie y
los demás contemplados en los arts. 71, (aporte de títulos valores) 72 (aporte de un
fondo de comercio) y 73 (aporte de participación en otras sociedades), no podrán
efectuarse bajo el régimen del artículo anterior, (referido a aportes a cuenta de
futuras emisiones) debiendo sujetarse a las reglas comunes del aumento del capital
social”.
En cambio en la provincia de Buenos Aires no existe legislación específica
alguna, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas adhiere a lo indicado en la
Resolución Técnica 17, no obstante no realiza ningún control sobre el cumplimiento
de los requisitos establecidos por esta norma.
2.2. Normas contables profesionales
Las normas contables profesionales han tratado el tema de la reexpresión por
inflación de estos aportes en la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina
de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en el punto IV.B.10.b)
(Reexpresión del patrimonio neto al inicio del primer ejercicio de aplicación),
7
Resolución General (I.G.J.) 07/2005 publicada en el Boletín Oficial el día 25.08.2005.
8
Resolución General (I.G.J.) 07/2005, artículo 96, acápite V.
5. 5
establece que: "Se reexpresarán en moneda de cierre...los aportes irrevocables no
capitalizados desde la fecha en que se aportaron o se decidió su irrevocabilidad"9
.
Mientras que el tema de su exposición fue tratado por la Resolución Técnica
N° 8 de la F.A.C.P.C.E., Capítulo V (Estado de Evolución del Patrimonio Neto),
punto A.2, "El capital expresado en moneda de cierre debe exponerse discriminando
sus componentes, tales como aportes de los propietarios (o asociados) -
capitalizados o no- a su valor nominal y el ajuste por inflación de ellos"10
.
También la Resolución Técnica N° 9 de la F.A.C.P.C.E., Capítulo V (Estado
de Evolución del Patrimonio Neto), punto A.1., determinaba antes de su modificación
por la RT19 que “el capital está compuesto por el capital suscripto y los aportes
irrevocables efectuados por los propietarios (capitalizado o no, en efectivo o en
bienes o derechos) y por las ganancias capitalizadas. Se expone discriminando el
valor nominal del capital de su ajuste por inflación”11
.
Como podemos observar, las normas contables profesionales habían tratado
el tema de la exposición y de la reexpresión de estos aportes en las resoluciones
mencionadas. Pero recién con la sanción de la Resolución Técnica N° 17
sancionada en diciembre de 2000, dicha federación impone algunos requisitos
mínimos para permitir su inclusión dentro del patrimonio neto.
Indica en su punto 5.19.1.3.1. lo siguiente12
:
“La contabilización de los aportes irrevocables para futuras suscripciones de
acciones, debe basarse en la realidad económica. Por lo tanto, sólo deben
considerarse como parte del patrimonio los aportes que:
a) hayan sido efectivamente integrados;
b) surjan de un acuerdo escrito entre el aportante y el órgano de administración del
ente que estipule:
1) que el aportante mantendrá su aporte, salvo cuando su devolución sea decidida
por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del ente mediante un
procedimiento similar al de reducción del capital social;
2) que el destino del aporte es su futura conversión en acciones;
3) las condiciones para dicha conversión;
c) hayan sido aprobados por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del
ente o por su órgano de administración ad-referéndum de ella.
Los aportes que no cumplan las condiciones mencionadas integran el pasivo.”
Las normas contables internacionales no contemplan este concepto.
3. Aportes irrevocables para absorber pérdidas acumuladas
Del mismo modo que para los aportes hasta aquí descriptos, la legislación
vigente tampoco contempla este tipo de aportes.
El principal motivo que puede manifestarse para justificar su constitución es
que conforman un camino más corto para salir de la situación prevista en el artículo
9
RT 6 de la F.A.C.P.C.E., punto IV.B.10.b), eliminado por la RT19 de diciembre de 2000.
10
RT 8 de la F.A.C.P.C.E., Capítulo V, punto A.2.
11
RT 9 de la F.A.C.P.C.E., Capítulo V, punto A.1, modificado por RT19.
12
RT 17 de la F.A.C.P.C.E., punto 5.19.1.3.1.
6. 6
206 de la ley de sociedades comerciales ya descripto en el punto 2. del presente
trabajo. Repasemos dicho artículo 206, indica que la reducción del capital es
obligatoria cuando las pérdidas acumuladas igualan al cincuenta por ciento del
capital más las reservas existentes.
Veamos un ejemplo sencillo.
Dada la siguiente situación.
Capital 100
Reservas 20
RNA (80)
Total P.Neto 40
Técnicamente, la sociedad se encuentra en una situación de reducción de
capital obligatoria ya que sus pérdidas acumuladas ($80) superan al cincuenta por
ciento del capital ($50) más las reservas existentes ($50+$20= $70).
Para revertir esta situación con aportes irrevocables tenemos dos opciones.
a. Ingresarlos a cuenta de futuros aumentos de capital, en este caso el importe
mínimo necesario sería de $ 21 para arribar a la siguiente situación.
Capital 100
Aportes Irrevocables(P.F.A.C.) 21
Reservas 20
RNA (80)
Total P.Neto 61
De este modo, los RNA negativos $80, no alcanzan a igualar al 50% del
capital más los aportes irrevocables (100+21= 121) /2: $ 60,50, más las reservas
existentes (20), es decir $80,50.
b. Ingresarlos para absorber pérdidas acumuladas, en este caso el importe mínimo
necesario sería de $ 11 para arribar a la siguiente situación.
Capital 100
Reservas 20
RNA (80)
Aportes Irrevocables(P.A.P.A.) 11
Total P.Neto 51
De este modo, los RNA negativos $80 deben netearse del Aporte Irrevocable
para absorber pérdidas acumuladas, en el caso del ejemplo alcanza los $69. Como
puede apreciarse, no alcanzan a igualar al 50% del capital ($50) más las reservas
existentes ($20), es decir $70.
Así vemos como se cumple con el mismo objetivo con algo más de la mitad
7. 7
del aporte irrevocable indicado en la primera opción.
3.1. Normas de los organismos de contralor
En el marco del intento de transparentar estas situaciones, la Inspección
General de Justicia de la C.A.B.A. el 26 de octubre de 2006 publicó en el Boletín
Oficial la Resolución General de la Inspección General de Justicia de la Ciudad de
Buenos Aires N° 12 sus disposiciones se incorporarán oportunamente al Libro IV,
Título I, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/05.13
En su artículo 2º establece cuales son las pérdidas comprendidas del
siguiente modo, “Los aportes irrevocables que sean efectuados con el destino
específico de absorber pérdidas, se regirán por las disposiciones siguientes:
I - Pérdidas comprendidas.
1. El acuerdo escrito en base al cual sean realizados, deberá indicar expresamente
dicho destino y la clase de pérdidas a que se aplicarán entre las referidas en los
incisos 1 y 2 del apartado I del artículo 1º.
2. A falta de aclaración especial, se entenderán comprendidas la totalidad de las
pérdidas acumuladas al cierre del ejercicio en el cual los aportes irrevocables fueron
aceptados.”…
En el capítulo III del mencionado artículo se refiere a su contabilización “III -
Contabilización.
1. Los aportes irrevocables se contabilizarán en el patrimonio neto de la sociedad a
partir de la fecha en que sean aceptados por el directorio.
2. Posteriormente, se registrarán en el pasivo en los siguientes supuestos:
a) Si la asamblea ordinaria de accionistas no se celebrare dentro del plazo legal
(artículos 234 y 237 de la Ley N º 19.550);
b) Si la misma no considerare expresamente el tratamiento de las pérdidas a las que
los aportes deban contribuir, o rechazare la utilización de éstos en su absorción o la
resolviere en condiciones distintas a las que correspondan en cuanto a las pérdidas
comprendidas y el orden o modo de aplicación de los aportes para contribuir a ellas;
c) Si aprobado el tratamiento de los resultados negativos y habiéndose empleado los
aportes conforme a lo previsto en el apartado II, subsistiere un remanente de aportes
no aplicado, se lo registrará como pasivo.”…
Como en el caso anterior, en la provincia de Buenos Aires no existe
legislación específica alguna, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas adhiere a
lo indicado en la Resolución Técnica 17, no obstante no realiza ningún control sobre
el cumplimiento de los requisitos establecidos por esta norma.
3.2. Normas contables profesionales
Como hemos podido observar, las normas contables profesionales habían
13
Resolución General (I.G.J.) 12/2006, artículo 6º, publicada en el Boletín Oficial el día 26.10.2006.
8. 8
tratado el tema de la exposición y de la reexpresión de estos aportes en las
resoluciones mencionadas. Pero recién con la sanción de la Resolución Técnica N°
17 en diciembre de 2000, dicha federación impone algunos requisitos mínimos para
permitirle formar parte del patrimonio neto.
Indica en su punto 5.19.1.3.2. lo siguiente14
:
“Los aportes efectivamente integrados, destinados a absorber pérdidas, serán
registrados en el patrimonio neto modificando los resultados acumulados, siempre
que hayan sido aprobados por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del
ente o por su órgano de administración ad-referéndum de ella.”
Al indicar la norma técnica que se registrarán en el patrimonio neto
"modificando" los resultados acumulados, significa que las pérdidas acumuladas
desaparecerán y estos aportes también.
Las normas contables internacionales tampoco contemplan este concepto.
4. Consideraciones finales
Un aspecto que, a nuestro juicio, es fundamental para este tema es el plazo
para capitalizar estos aportes.
Uno de los argumentos esgrimidos para justificar su inclusión en el patrimonio
neto de las sociedades antes de la aprobación de su capitalización es la necesidad
de su cómputo inmediato y la imposibilidad de “esperar” a la concreción de una
asamblea por lo extenso de plazos necesarios para su celebración. Este argumento
no tiene ningún sustento cuando el aporte irrevocable se hace por situaciones de
liquidez ya que su imputación como pasivo o patrimonio neto no tendría ninguna
relación con aquella. Además, para la realización de una asamblea no es necesario
más que 10 días de anticipación15
.
Si el motivo fuese “salir” de una situación de disolución de la sociedad o
reducción de su capital tal como las dispuestas en la ley de sociedades comerciales,
el sustento para no esperar la asamblea que apruebe ese aumento de capital es, por
lo menos, débil y constituiría una excepción dentro de lo excepcional que deberían
ser, o son, estos aportes irrevocables. ¿Qué impide a una sociedad concretar una
asamblea que apruebe un aumento de capital?. ¿En que momento se conoce o
estima que la sociedad se encuentra o puede encontrarse en algunas de las
situaciones mencionadas y decide aceptar un aporte para un futuro aumento de
capital?. Supongamos que esta situación se conoce en el momento de preparación
de los estados contables. ¿Por qué no va a poder celebrarse una asamblea que
apruebe el aumento de capital antes de la asamblea que va a aprobar los estados
contables en los cuales se incluye ese aporte?
Por lo expuesto entendemos que es imprescindible que la situación de estos
aportes se resuelva antes de la aprobación de los estados contables. El directorio al
aceptar el aporte debe comprometerse a convocar a asamblea antes de la
aprobación de los estados contables, de lo contrario debería exponerse como
pasivo. Complementariamente, debería establecerse en el mismo instrumento la
cantidad y características de las acciones a emitir.
14
RT 17 de la F.A.C.P.C.E., punto 5.19.1.3.2.
15
El art. 237 de la ley 19.550 establece un plazo de 10 días de anticipación por lo menos y no más de 30 días, cabe aclarar
que se trata de días corridos.
9. 9
Trabajo realizado por Héctor Mauricio Paulone y Alberto Veiras,
docentes de la Cátedra de Técnicas de Valuación de la Facultad de
Ciencias Económicas de la UNLZ www.tecnicasdevaluacion.com.ar