Este documento define conceptos clave relacionados con las fuentes del derecho y la jerarquía normativa. Explica que la Constitución se encuentra en la cima de la pirámide normativa, seguida por las leyes, decretos legislativos, normas reglamentarias y jurisprudencia. También describe las lagunas del derecho y cómo los principios generales del derecho ayudan a llenar vacíos normativos. Finalmente, analiza conceptos como la costumbre jurídica, antinomias, derogación y abrogación de
Cuáles son las características biológicas que están marcadas en tu individual...
Apuntes de introduccion al derecho
1. Cronoñogis especislidad y rango
Debe ser: pertenece a la esfera prescriptiva, dependen de los argumentos para saber si es C o I
siempre que se cumple el requisito formal de la validez lógica
Las proposicionesprescriptivasemitenjuiciosde valorque debensersustentadasconargumentos
racionales
“la puerta debería estar cerrada”
Correcto o incorrecto
Ser: pertenece ala esferadescriptiva, conocidacomocognoscitivacontrastalarealidadpara saber
si es V o F
Pretenden describir la realidad
“la puerta está cerrada”
Verdadera o falsa
NORMA JURIDICA
Todanormajurídicaestablece undeberserpuestoquesi se limitaríaadescribirlarealidadcarecería
de valor social para regular conductas, a través de las normas se prescribe la realidad (se regula
relaciones socialescon la finalidad de alcanzar máximas de beneficio colectivo sobre la base de la
dignidadhumana),lasnormasjurídicasse diferenciande lasdemásnormasprescriptivasporqueen
estas el Estado impone su fuerza para garantizar su cumplimiento-
Concepto clásico de norma jurídica: es un precepto hipotético que alcanza una consecuencia de
carácterlógico jurídicosiendomásclarolanormajurídicaestablece queaunsupuestole debaseguir
lógicamente una consecuencia
S => C (elementos de la norma: supuesto, el nexo y la consecuencia)
También a la norma jurídica es como el significado de un enunciado normativo, la norma jurídica
como contrariamente se piensano eslo que está escritoenel papel sinolo que uno interpretade
lo que está escrito de esta manera una misma norma puede ser expresada a través de diferentes
enunciados normativos, por ejemplo:
Prohibida la extradición de un peruano al extranjero
Enunciados normativos:
1. Está prohibido extraditar peruanos al extranjero
2. Los peruanos no pueden ser extraditados al extranjero.
3. Los peruanos no serán extraditados al extranjero.
Son distintos enunciados normativos,pero todos contienenla misma norma asi también desde la
idea de que una norma jurídica es la interpretaciónque se hace sobre un enunciado normativo
tambiénconocidocomodispositivonormativoesprecisotenerencuentaque dichainterpretación
debe realizarse en armonía con el ordenamiento jurídico.
2. La norma jurídica vendría a ser un juicio concreto de deber ser que regula la convivencia social
relevante para el interés público en un lugar y momento determinado.
FUENTES DE DERECHO
Es aquella que produce herramientas de Derecho
Ricardo Guastini
Se pude definir a la fuente de derecho a partir de dos concepcionesmarcadas el concepto formal
de fuente y el concepto material de fuente.
Fuente formal:seconsiderafuentede derechoatodoactoautorizadoporunanormade producción
jurídica que regule el nombre del acto (nomen juris) el órgano que lo emite y el procedimiento a
utilizar aquí no importa el contenido del acto normativo, se considera que es fuente formal del
derechoporel solohechode que unanormaasí lopermita.Portanto,loscriteriosde identificación
de las fuentes son formales.
Fuente material: es fuente de derecho todo acto genuinamente normativo (genere cambios en el
ordenamiento jurídico) sin importar las formalidades lo que importa es el contenido.
Con estasideasnosconviene concatenarestasconcepcionesseñalandodesde unaposturaeclética
que las fuentesdel derechosonaquellasque lasnormas han establecidoycuyo contenidogenere
cambios reales en el ordenamiento jurídico de forma general y no determinado por un caso
concreto. Así para el sistema jurídico del Civil Law, una fuente formal es la legislación como
manifestaciónde voluntadde losgobernanteslacual no debe contravenirlaconstituciónque esel
pilar normativo en un Estado constitucional de derecho y asimismo ninguna norma jurídica
incluyendo las contenidas en la constitución pueden ir en contra de las convenciones
internacionales sobre derechos humanos sin perjuicio de ello todas estas normas están
expresamenteestablecidasentextosnormativosbrindados porpersonasconpoderdelegadoaesto
se le conoce como derecho positivo (son normas positivistas),
Siguiendoconlafuente material la jurisprudenciase refierealoscriteriosadoptadosporlosjueces
sobre casos concretos en las cuales ha aplicado e interpretadolas normas del derecho positivo. A
demás de la Costumbre que es el uso generalizado y constante de una conducta, la Doctrina que
son las opiniones de las personas que interpretan las normas jurídicas y escriben artículos de
opinión,tratadosolibrosyla Declaración de voluntad puesenalgunoscasosla leypermite quelos
particulares pacten libremente.
LA LEGISLACIÓN COMO FUENTE DEL DERECHO
Viene a ser entendida como la manifestación de voluntad del Estado en el ejercicio de su función
normativa,dichafuncióndebe cumplirconel procedimientoformalpreestablecidoasílaspersonas
que legislan no tienen facultades para manifestar un poder arbitrario que exceda sus funciones
tanto por competencia, como por vulneración a derechos fundamentales, de jerarquía normativa,
del procedimiento de creación de las normas o la propia constitución.
Es comúnsaber que el poderdel estadose divideentres:el poderejecutivo(ministerios),judicial y
legislativo (el congreso, tiene la potestad de crear leyes)
3. Pirámide de Kelsen
En lacúspide comonorma principal del ordenamientojurídicointernoestala constituciónpolítica
del Perú la cual dispone en su parte dogmática todos los derechos fundamentales y en su parte
orgánica la organización del Estado peruano.
Por debajo de ella tenemos a la LEY que es el acto que emana del congreso, es decir, del poder
legislativoatravésdeunpreestablecidoprocedimientosobreelloexisten:leyes ordinarias(carácter
general) y orgánicas (regulanlaestructurayel funcionamientode lasentidadesdel estadoque son
previstas en la constitución).
Sobre la jerarquía entre estas dos leyes no hay consenso doctrinario.
Por un lado, se dice que la constitución no hace distinción alguna sobre la jerarquía de estos tipos
de leyes por ende tiene la misma jerarquía.
Mientras que por otro lado se dice que las leyes orgánicas al regular a las entidades del Estado y
otras materias previstas en la constitución, entonces la ley orgánica estaría por sobre la ley
ordinaria.
Por lo tanto, la subdivisión de ley es:
Ley orgánica
Ley ordinaria
Asimismo,haydisposicionesde igualjerarquíaalasleyesordinarias,esdecir,que tienerangode ley
estas son producidas por el Poder ejecutivo:
Decretos legislativos, esta facultad del poder ejecutivo tiene que ser delegada por el
congreso,esdecir,el congresoemite unaleyautoritativamediante lacual facultaal Poder
ejecutivo para que pueda emitir decretos legislativos con rango de ley sobre materias
específicas y en un plazo determinado.
Decreto ley, emitidos por el PE, pero en épocas de anormalidad constitucional con ello
quierodecirque sonnormasdictadasen gobiernosde factodonde laconstitucionalidadse
ha quebrado a causa de un golpe de estado.
4. Decretode urgencia,a travésde ellosel ejecutivodictamedidasextraordinariasenmateria
económicayfinancieracomosunombre lo señalasonemitidaspararesolverunasituación
de urgenciaoemergencia,portanto,se obviadel procedimientoformal de creaciónde una
norma con rango de ley. Asimismo, su naturaleza es temporal.
Por debajode estasnormas con rango de leytenemosa las normas reglamentariasque son actos
emitidos por el Poder ejecutivo en cumplimiento de su función normativa. En términos generales
mediante las normas reglamentarias se reglamentan las normas con rango de ley. Son los
reglamentos los que forman parte del ordenamiento normativo.
Decreto supremo,norma de mayor jerarquía que dicta el PE autónomamente firmadapor
el Presidente de la Republica y al menos uno de sus ministros.
Resolución suprema, fijada por uno o más ministros de estado, iniciada por el presidente
de la Republica.
Resolución ministerial, firmada por uno o más ministros de Estado
Resolución directoral, resolución subdirectoral este aprobadas por el funcionario público
respectivo.
La jerarquía de este subsistema se basa en el poder jerarquizado de los funcionarios que emiten
dichas normas a mayor poder más jerarquía normativa.
JURISPRUDENCIA
En términosvagosse refiere aunadecisiónjudicial.
En sentido amplio se entiende por jurisprudencia a toda decisión que emanada de una autoridad
judicial o gubernativa independientemente de su cargo y categoría que interpreta al Derecho. Por
otro lado, se define como la decisión del más alto tribunal de un país que al resolver un caso
concreto establece una línea argumentativa vinculante para el propio tribunal y para los órganos
inferiores hasta que dicha línea argumentativa sea cambiada, en este sentido solo sería
jurisprudencia lo dispuesto por el Tribunal constitucional y la corte suprema, aunque tendrían
tendría que considerarse también a los tribunales administrativos. La jurisprudencia genera
seguridadjurídica,esdecir,certezade que losjuecesresuelvancasosidénticosde lamismamanera
ya que sería un caos vivir en incertidumbre plena.
Principiode laadministraciónde justicia:nodejarde administrarjusticiaporvacío o deficienciade
la ley y en tal caso deberán aplicarse los principios generales del Derecho y el derecho
consuetudinario, pero que son los vacíos o deficiencias de la ley
LAGUNAS DEL DERECHO
Lagunas de la ley,es decir,las reglasdel derechopositivo,que cuandoexistanvacíos o cuando las
leyes que se tengan no basten allí se recurrirá a los principios para llenar las deficiencias o vacíos
normativos, una laguna se puede generar ya sea porque no hay ley, es decir, el legislador no ha
previstoloque iba a pasar fruto del progresosocial o científico.Tambiénestamosante unalaguna
cuandola leyesmuy genéricayno regulaparticularidades,esaquellageneradacuandolaleydada
se tonar inaplicable porque no cumple las finalidades que se quiso, es decir, cuando resulta
irrazonable su aplicación.
5. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Utilizados cuando hay vacío o deficiencia de la ley. Son premisas éticas, criterios fundamentales
dentro de la estructura normativa, es decir, esa construcción jerárquica de normas jurídicas, los
principios son.
No hacer daño a nadie
Dar a cada uno lo suyo
Vivir en respeto
Actuar de buena fe
Vivir honestamente
Funciones:
F. accesoria (integradora),es decir, actúan como normas supletorias cuando el derecho positivo
vigente no nos da una solución a un caso en concreto y segundo en el caso (F. interpretativa) que
estos principios si estén reconocidos en el ordenamiento jurídico entonces constituyen normas
superioresyaque estosestánincluidosenlaconstituciónoenlostítulospreliminaresde loscódigos
normativos.
Los principios generales del derecho no necesariamente están positivisados pueden estar
enunciados de diversas formas una de ellas es el uso de apotegmas (refranes jurídicos) . Por
ejemplo:
Todo lo que no está prohibido está permitido
Nadie puede enriquecerse sin causa justa
Nadie puede sacar provecho de su propio delito
Quien alega, prueba
Quien puede lo más, puede lo menos
Nadie puede dar lo que no tiene
Por otro lado, tenemos los principios generales de una rama del Derecho
Derechocivil. “pactasuntservanda”significael pactoesde obligatoriocumplimientoentre
las partes.
Derechopenal,“nullumcrimen,nullumpoenasinelege”significaque nohaycrimennohay
pena sin que previamente exista una ley o el principio de “in dubio pro reo” que significa
que toda duda debe favorecerse al imputado.
Derecho laboral, “in dubio pro operario” que implica ante la duda de la interpretaciónde
una norma deberá favorecerse al trabajador.
LA COSTUMBRE JURIDICA
Está basadoenlosusossociales,esdecir,lacostumbre (practicarepetidayantiguaquese transmite
por generaciones dentro de un sitio geográfico.
¿Cómo podemos saber que costumbre se convierte en fuente de Derecho?
Se deben reunir dos requisitos:
6. Elemento externo, por un lado, que sea una práctica frecuente y reiterada
Elementointerno,eslaconcienciade laobligatoriedadde lacostumbre,esdecir,que laspersonas
de ese espaciotenganlaconviccióncomúnde que dichaprácticarepetitivadebeserobligatoriapor
ser beneficiosa.
LAS ANTONIMIAS
Se dan cuando las normas no pueden coexistir porque son incompatibles entre sí.
En la antinomia normativa tenemos que eliminar normas para que solamente una se aplique.
1. Establecer la jerarquía de las normas, la norma superior invalida la norma inferior
2. Criterio de especialidad, la norma especial deroga a la norma general
3. Temporalidad, primara la norma que fue publicada con posterioridad (la norma posterior
abroga la norma anterior)
DEROGAR Y ABROGAR
Abrogar, supresión Total de la vigencia de una ley
Derogar, es la privación parcial de los efectos de una ley
LA INVALIDEX DE LAS NORMAS
RicardoGUastini la validez(ausenciade vicios)yque laausenciade viciosnoescondiciónnecesaria
ni suficiente de la aplicabilidad normativa, es decir, una norma invalida en la cual presenta vicios
puede y es aplicable, es que el análisis de control de vicios de una norma puede hacerse antes de
que esta ingrese al ordenamientonormativoesel análisis“ex ante”obienpuede hacerse después
que esta haya ingresado análisis ex post. En el ordenamiento peruano no se realiza un control ex
ante sino un control ex post de esta manera las normas que presentan vicios (normas invalidas)
ingresan en el ordenamiento para permanecer allí en tanto no sean anuladas, esta anulación por
presenciade viciosestáacargo del control jurisdiccional de constitucionalidadyde legalidadde las
normas.
DERECHOS DISPONIBLES E INDISPONIBLES
Disponer implica enajenar (transferir, limitar o grabar un derecho determinado)
D. Disponibles, los que puedo transferir y/o limitar.
D. Indisponibles, los que NO PUEDO transferir ni limitar.
Loa particulares, es decir, las personas privadas nos regimos bajo el principio de libertad “está
permitidotodoaquelloque noestá prohibido”,porlo cual la libertadesla reglageneral,mientras
que las restricciones a dicha libertad la excepción y por tanto dicha excepción debe estar
estrictamente normadas,esdecir,paraque algoestéprohibidopreviamentedebe haberunanorma
que así lo señale sino se entiende que está permitido
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Es la sujeción de los poderes públicos a la ley
7. RETROACTIVIDAD, ULTRACTIVIDAD Y APLICACIÓN INMEDIATA DE LA LEY
Ejemplo:
Enfocándonos en la regla 2 es necesario saber desde cuándo y hasta cuándo se aplica. Ha esta
aplicación de la regla respecto al periodo comprendido entre estos dos momentos se le llama
aplicación inmediata, por otro lado, la aplicación de la ley respecto al periodo anterior a la fecha
entrada en vigencia se le llama aplicación retroactiva y la aplicación de la ley respecto al periodo
posterior a la fecha de derogación se le denomina aplicación ultractiva. De este grafico vamos a
conocer el principio que señala que las normas rigen a partir del momento en que empieza su
vigencia y carecen de efectos retroactivos y ultractivos, por tanto, la norma no se puede aplicar a
hechos anteriores a su entrada en vigencia (por lo que está prohibida la aplicaciónretroactiva) ni
tampoco se puede aplicara hechosposterioresasuderogación(prohibidalaaplicaciónultractiva),
por lo que enla primerapartidade ajedrezrige laregla1, enla segundapartidarige la regla2 y en
la tercera partida rige la regla 3 que en si es la misma regla 1.
Especificaciones
Vigenciaindeterminada,laleyal momentodesuemisiónnoseñalacuandoestaperderásuvigencia
contrariamente se le llama vigencia determinada cuando la misma ley señala una preestablecida
vigenciaaestase le llama“leytemporal”(ejemplo:losdecretosdeurgencia).Porlogeneral lasleyes
se aplican al día siguiente de su publicación en el diario “el peruano”, pero la ley también puede
prorrogar suvigencialoque se le llamavigencia condicional quepuedesertemporal,esdecir,laley
expresamente señala que regirá no a partir del día siguiente de su publicación sinoen un periodo
másamplio,de esperaenlacual laleytodavíanoserávigente aeste periodode esperase le conoce
como #vacatio legis”,perotambiénlacondiciónpuede sujetarse alaemisiónde otranorma por lo
general reglamentaria,esdecir,se condicionalaentradade vigenciade lanormalegal hastaque se
emitasu respectivanormareglamentaria(condiciónnormativa).Porúltimo,se puede postergarla
vigenciade una leytanto en parte como en su totalidady estadebe enseñarse expresamente sino
por regla general entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
Excepciones de la irretroactividad
Vamosaverlasexcepcionesal principiogeneral,esdecir, si bienesciertonose permitelaaplicación
retroactivade la leya vecesestonoesasí. Por tanto, esnecesariosabercuálessonlasexcepciones
a estaprohibición,esdecir,cuandoprocede la retroactividad benigna enmateriapenal cuando la
nueva norma favorece al reo esta se aplica retroactivamente tanto para mejorar su situación,
reducir la pena o absolverlo y en derecho administrativo cuando la nueva forma favorece al
administrado, asimismo en derecho administrativo sancionador o disciplinario, es decir, cuando el
8. Estado impone una sanción al administrado o servidor público que ha cometido una infracción
administrativatambiénse aplicaralanormaretroactivamentecuandoestaseamásbeneficiosapara
el administrado o servidor, sobre el derecho laboral y tributario la Constitución de 1979 señala
también la retroactividad benigna cuando la nueva norma favorece al trabajador o contribuyente
respectivamente, pero actualmente esto ya no es así.
DERECHOS ADQUIRIDOS Y CUMPLIDOS
Qué pasa si en juego dos se inicia con la regla 1 y a la mitad inicia la regla 2
Este es un caso de situación jurídica existente porque se fueran situaciones jurídicas que ya
existieron entonces utilizamos la retroactividad para resolver el problema. Para resolver dicho
problema hay dos teorías.
Teoría de los derechos adquiridos
Señala que las reglas no pueden cambiar a la mitad del juego, es decir, tienen que respetarse las
reglas con las que la situación existente empezó, según esta teoría debe regir la regla 1.
Teoría de los hechos cumplidos
Señala que las tienen plena vigencia al momento de su emisión,por tanto, regulan las situaciones
jurídicas existentes ya que los hechos que eran regulados por las reglas anteriores son hechos
cumplidos(hechosconsumados).Enel ejemplolaregla1 se aplicaráhasta que haya sidoderogada
y a partir de ahí regirá la regla 2,
¿Cuál de las dos teorías se aplica en el Perú?
Artículo103.- La ley,desde suentradaenvigencia,se aplicaa las consecuenciasde lasrelacionesy
situacionesjurídicasexistentesynotiene fuerzani efectosretroactivos;salvo,enambossupuestos,
en materia penal cuando favorece al reo.
Osease aplicalateoríade hechoscumplidos,sinembargo,laleypuedeexceptuarse de ellosiempre
que así lo señale expresamente.
TEORIA PURA DEL DERECHO
Conla finalidadde depurardel derechotodaideología políticaytodoelementode lascienciasde la
naturaleza,unateoríaque soloestudionormasjurídicas.Laideade queunateoríapuradel derecho
tendría que referirse únicamente a la norma jurídica positiva, es decir a la norma puesta por los
hombres, preestablecida y valida (norma valida, aquella creada a partir de una norma con mayor
jerarquíaa).
9. El derechose limitaadecirnossi una norma esjurídicamente validaono,pero noporque sea justa
o injusta sino porque su proceso de creación ha sido el adecuado, es por ello que Hans Kelsen
menciona que se puede aplicar a cualquier ideología puesto que la teoría pura del derecho es
objetiva,esunmétodoel cual puede dar resultadosdistintossi esque las basesideológicasque le
dan sustentosondiferentesenunlugarque enotrolugar.Kelsenpresentalasiguientediferencia:
Derecho como ciencia: objetico / general
Aplicación del Derecho: depende del ordenamiento jurídico aplicable
PIRÁMIDE DE KELSEN
ANALOGÍAS
La norma jurídica viene a ser lo que se interpreta de lo que está escrito se denomina enunciado
normativo,lanorma jurídica implicaunanálisisinterpretativodel enunciadonormativo.Portanto,
unade lasformasde interpretarel enunciadonormativoesel usodeanalogías,parausarlaanalogía
tenemosque estarfrente a un caso de laguna de la ley,es decir,que existaun vacío o defectodel
enunciado normativo, otro requisito es determinar la Ratio legis esto quiere decir la esencia de la
norma jurídica, la razón en su esencia es ratio legis. Las analogías se pueden usar a través de los
siguientes argumentos:
A PARI, en el cual utilizamos el apotegma “Donde hay la misma razón, hay el mismo
derecho”,esdecir,comolaratio legiseslamismaentonceslaconsecuenciajurídicatendrá
que aplicársele tambiénal supuestode hechonocontempladoenel enunciadonormativo.
A FORTIORI, “con mayor razón”, es decir, si la Ratio legis se ve en lo mínimo a través del
enunciadonormativoenel casode que el hechode larealidadsupere elsupuestode hecho
de dicha norma,entoncescon mayorrazón se deberáaplicarlaconsecuenciajurídicade la
norma positiva.
AD MAIORIS AD MINU, “quien puede lo más puede lo menos”, si el enunciado normativo
brindafacultadesmayores entonces por analogía también le brinda facultades menores.
AD MINORISAD MAIUS,“quiennopuede lomenostampocopuede lo más“si el enunciado
normativo no brinda facultades menores entonces tampoco se le dota de facultades
mayores.
INTERPRETACIÓN JURÍDICA
Dar significado a un enunciado normativo, clases:
Por su autor, puede ser común, doctrinal, judicial o autentica
Interpretación jurídica común, se refiere al significado del enunciado normativo emitido por una
persona común, pues el derecho es tan extendido socialmente que hoy en día todos opinamos.
Interpretación doctrinal, proviene de los doctrinarios, es decir de las personas instruidas en el
derecho.
Interpretación judicial, la constituye la jurisprudencia, es vinculante para el caso concreto de las
partes que se resuelve
10. Interpretación auténtica, establecida por el autor del enunciado normativo (el legislador) a través
de otro emitido con posterioridad
Por el resultado