El comercio ambulante ha sido una actividad tradicional en México desde la época prehispánica. Sin embargo, actualmente es considerado parte de la "economía informal" y opera de manera ilegal. A pesar de su importancia económica y de proveer empleo y sustento a millones de mexicanos, el comercio ambulante no está regulado y sus trabajadores no cuentan con seguridad social. Se requieren políticas fiscales más flexibles que reconozcan la realidad del comercio ambulante en lugar de diabolizarlo.
1. http://joseluisalonso.wordpress.com/2006/08/27/el-comercio-ambulante-una-actividad-
empresarial-de-tradicion-mexicana/
El comercio ambulante: una actividad empresarial de
tradición mexicana. 27 Agosto 2006
Posted by José Luis Alonso Escudero in Derecho.
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Por una parte, una inofensiva y milenaria costumbre.
Por la otra, un problema de caos e ilegalidad.
El comercio ambulante forma parte de nuestra cultura desde la época
prehispánica. Ya desde entonces, existe evidencia de la actividad
comercial a través de mercados ambulantes. A pesar de que a lo largo
de la historia de México, aún en su etapa como país independiente,
nuestro país ha vivido diversos altibajos en materia económica, esta
actividad nunca ha desaparecido, sino que únicamente ha sufrido
transformaciones. En la actualidad, el comercio ambulante porta una
etiqueta de ilegalidad, por lo que ha sido también denominado
“comercio informal”, y ha llegado a adquirir tal importancia que se
conoce también como “economía informal”. A pesar de su permanencia
en el tiempo, en México no se encuentra regulado el comercio informal;
2. sólo en temporadas específicas se otorgan permisos en algunas
entidades federativas.
Por otra parte, el fenómeno denominado “economía informal” no
comprende en forma exclusiva la actividad comercial, sino que se ha
extendido a otras vertientes de la actividad económica, tales como
diversos servicios. No obstante lo anterior, y a pesar de que
comúnmente se hace referencia al comercio informal en un modo más
bien peyorativo, este sector aporta riqueza y empleo a nuestros
connacionales, y representa el esfuerzo de miles de mexicanos que, al
encontrarse al margen del desarrollo económico nacional y excluidos de
las oportunidades laborales en el mercado estructurado, no encuentran
una alternativa distinta a ésta que les permita subsistir, digna o
indignamente.
Según cifras del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e
Informática (INEGI), la economía informal en México creció en 2003 y
generó 7 de cada 10 nuevos puestos de trabajo. En efecto, al cierre de
ese año, 11,175,580 trabajadores se emplearon en el sector “no
estructurado de la economía” (informal), 728,000 más que las
contabilizadas a diciembre de 2002 y equivalente al 27% del total de
personas ocupadas. Dichas cifras se integran con “personas que
participan en micronegocios no agropecuarios, sin nombre o razón
social y que carecen de un registro ante las autoridades, además de
aquellos trabajadores que, aún cuando trabajan en micronegocios
registrados, carecen de contrato y cobertura en la seguridad social”.
Obviamente, en trabajos de este tipo predominan los salarios bajos, de
menos de tres salarios mínimos diarios (4 dólares), situación en a que
están alrededor de 25 millones de trabajadores mexicanos. Además,
como se menciona en las estadísticas del propio INEGI, estos
trabajadores no cuentan con seguridad social. Desde la década de 1980
se ha buscado la manera de integrar a este sector a la “formalidad”, al
“cauce legal”. Sin embargo, es evidente que el único propósito que los
últimos gobiernos han perseguido es el de ampliar la base de
contribuyentes, es decir, obtener ingresos fiscales de este amplio sector
de la población, sin que exista claridad respecto del beneficio que la
sociedad, o al menos esos “nuevos contribuyentes” obtendrían. Fue así
como se acuñó el concepto de “actividad empresarial”, quedando
plasmado en el artículo 16 del Código Fiscal de la Federación y muy
3. socorrido en otras disposiciones fiscales, como la Ley del Impuesto
sobre la Renta. El citado Código establece que las actividades
empresariales son las siguientes:
• Las comerciales, de conformidad con las leyes federales.
• Las industriales.
• Las agrícolas.
• Las ganaderas, incluyendo éstas la primera enajenación de los
productos derivados de la cría y engorda del ganado, que no hayan sido
objeto de transformación industrial.
• Las de pesca.
• Las silvícolas.
Finalmente, es importante señalar que este artículo equipara
jurídicamente a una persona física con una moral, considerando como
empresa a cualquier persona física o moral que realice las actividades
arriba referidas. De igual modo, cabe destacar que para efectos fiscales,
se entenderá por establecimiento, cualquier lugar de negocios en
que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades
empresariales, no haciéndose distinción sobre la naturaleza de dicho
lugar de negocios, el cual, entonces no deberá ser necesariamente un
espacio fijo o determinado, o en el cual “la empresa” tenga una
determinada permanencia. Por otra parte, para definir claramente lo que
se entiende por “actividades comerciales”, es necesario remitirse al
Código de Comercio, el cual en su artículo 75 nos indica qué actos se
reputan de comercio, destacando entre ellos, para los efectos de este
tema, los siguientes:
• Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con
propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos,
muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de
trabajados o labrados.
• Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados.
• Las empresas de fábricas y manufacturas.
• Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y
las empresas de turismo.
• Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los anteriores.
En vista de lo anterior, es posible afirmar que, de acuerdo con nuestra
legislación fiscal y mercantil, la mayoría de las actividades que se
agrupan en la denominada economía informal pueden ser señaladas
4. como actividades empresariales, y como tales, deberían estar sujetas a
imposición.
Lamentablemente, en este, como en muchos otros casos, nuestras leyes
carecen de efectividad, pues son más bien de carácter declarativo, es
decir, que simplemente enuncian principios, dictan el “deber ser”, pero
no sirven para convertirlo en “ser”. Y esto sucede porque nuestros
gobernantes, especialmente los responsables de la dirección económica
del país, son, en el mejor de los casos, ignorantes de la realidad
nacional, de las prácticas, costumbres y usos comerciales. Ajenos a tan
evidente escenario, se limitan a proponer las soluciones aprendidas en
sus posgrados en el extranjero, a buscar las cifras macroeconómicas,
dejando en el olvido el principal objetivo de la Economía: el bienestar de
la población. Así, se ha optado erróneamente por diabolizar “lo
informal”, en vez de tener una dosis de integración progresiva con
medios específicos para este sector de la economía.
En mi opinión, el problema radica en que en las medidas políticas
fiscales que se ponen en marcha son “muy rígidas” y no toman en
cuenta la especificidad de lo que caracteriza realmente lo informal. Hoy
más que nunca, el país requiere autoridades sensibles a las realidades
cotidianas de los ciudadanos, gobernantes que se preocupen
genuinamente por el bienestar de la población, en vez de únicamente
buscar su lucimiento personal, mediante cifras que no resuelven el
drama diario que viven millones de mexicanos que, lejos de pretender
violar la ley, tienen ganas de trabajar, pero les han faltado
oportunidades.