El documento presenta extractos de varios artículos del nuevo reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural. El Artículo 7 especifica que los planes de estudio deben incluir competencias, contenidos, objetivos y conocimientos que los estudiantes deben alcanzar. El Artículo 8 establece que el Ministerio de Educación es responsable de revisar y actualizar los planes de estudio. El Artículo 191 crea un banco de datos para recopilar conocimientos de los pueblos indígenas.