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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº -----2023-DCEB-BCP.
Desaguadero, 30 de marzo del 2023
VISTO: El Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani.
CONSIDERANDO:
Que, es política del Ministerio de Educación, de la Dirección Regional de Educación Puno, Unidad de
Gestión Educativa Local Chucuito Juli, y del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central
Patani, contar con Reglamento Interno para el cumplimiento de funciones establecidas en el presente
reglamento.
Que, siendo instrumento de gestión pública, es necesario contar con normas propias de la institución, en
concordancia con la Ley General de Educación Nº 28044, D.S. Nº 011-2012-ED, RM N° 0093- 2020-
MINEDU, y la norma Técnica denominada, “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2022.
Que, estando aprobado por la Dirección del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central
Patani, de conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, Ley N° 27444, Ley de
Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, D.S. Nº 011-2013-ED,
que aprueba el Reglamento de la Ley general de Educación, D.S. Nº 004-2013-ED, que aprueba el
Reglamento de la ley de Reforma Magisterial, D.S. Nº 010-2012-ED, que aprueba el reglamento de Ley
Nº 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia familiar en Instituciones Educativas, R.M. N°
0093-2020-ED, y Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2023.
SE RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar el Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional
Central Patani, para el periodo Promocional 2023, de la jurisdicción de la UGEL Chucuito Juli.
SEGUNDO.- Remitir la presente Resolución Directoral a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa
Local Chucuito Juli.
REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE
_____________________________
DIRECTOR
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y CICLOS
Art. 1º.- El Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, se encuentra
ubicada en la línea de frontera Perú – Bolivia, del Distrito y Provincia de Chucuito
Juli, Región Puno.
Art. 2º.- Administrativamente la Institución depende de la Unidad de Gestión Educativa Local
Chucuito Juli.
Art. 3º.- La Educación Básica Alternativa es una modalidad de la Educación Básica destinada a
estudiantes que no tuvieron acceso a la Educación Básica Regular, en el marco de una
educación permanente, para que adquieran y mejoren los desempeños de la vida
cotidiana y el acceso a otros niveles educativos que les demandan. Tiene los mismos
objetivos y calidad equivalente a la Educación Básica Regular, enfatiza la preparación
para el trabajo y el desarrollo de competencias empresariales (Educación Inclusiva).
CAPITULO II
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
Art. 6º.- El Presente Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional
Central Patani del año 2023, contiene entre otros; la Organización de la Institución
Educativa, la Gestión Pedagógica, Gestión Institucional y Relaciones de
coordinación con el CONEI, COPAE y la Comunidad Educativa.
Art.7º.- El Presente Reglamento Interno alcanza al Personal: Directivo, Docentes,
Administrativo y estudiantes del CEBA Binacional Central Patani.
CAPITULO III
MISIÓN Y VISIÓN DEL CENTRO DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA
Art. 8º.- MISION.
“Somos un Centro de Educación Básica Alternativa, que tiene como misión:
brindar una educación de calidad en el ciclo avanzado del ámbito de la jurisdicción,
atendiendo a los jóvenes, adultos y personas con necesidades educativas
especiales, en base a los valores éticos y morales en los diferentes horarios y
formas de atención: presencial, semipresencial y a distancia, con docentes
conocedores de la modalidad; estudiantes competentes y emprendedores,
utilizando los recursos que brinda TICs, haciendo real consolidación de su plan de
vida”.
Art. 9° VISIÓN
El CEBA Binacional Central Patani al año 2024 ser líder en la provincia fronteriza,
brindando un servicio de calidad, sustentado en base a sistema de valores con
principios éticos - morales; incorporando los avances científicos y tecnológicos
para una formación de estudiantes competentes y solidarios; brindando una
educación emprendedora, productiva e inclusiva en el ámbito fronterizo con la
hermana república de Bolivia; con una mirada de docentes actualizados
atendiendo en diferentes turnos, para que alcancen sus proyectos de vida,
basados en ambientes saludables y ecológicos.
Art. 10.- LOS OBJETIVOS ESTRATEGICOS DE LA INSTITUCION:
El CEBA Binacional Central Patani se propone los siguientes objetivos:
a. Revisar y contextualizar el Plan de estudios y el sistema de evaluación de
aprendizajes del CEBA Binacional Central Patani con los equipos de trabajo
conformado por docentes de la Institución.
b. Implementar con equipos audiovisuales las aulas del CEBA “Binacional Central
Patani, y promover el uso racional y sistematizado con el cuidado y mantenimiento
respectivo.
c. Valorar y potenciar los saberes previos de los estudiantes que provienen de
sectores laborales de la actividad comercial y privada.
d. Capacitar y actualizar a los docentes para especializarlos en esta modalidad
con el fin de mejorar su desempeño en Técnico Pedagógico y empresarial.
e. Formar integralmente a los estudiantes en la formación científico humanista
que estimulen el desarrollo de sus capacidades, actitudes, y valores para
comprender, analizar, explicar, valorar y evaluar el medio natural, cultural y social
en los ámbitos locales, nacional e internacional y sean capaces de construir su
proyecto de vida.
f. Brindar acompañamiento, monitoreo y orientación permanente a los estudiantes
para la adecuada formación de su autoestima y demás potencialidades humanas.
g. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad
sin exclusiones en razón de la diversidad de las personas, estimulando el buen
servicio educativo en la construcción e institucionalización de un innovador modelo
pedagógico con identidad.
h. Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando
la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética,
eficaz y creativa.
CAPITULO IV
FINES DE LA INSTITUCIÓN
Art. 11º.- El Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central
Patani; tiene como fin, establecer las normas y disposiciones generales que regulan el
desarrollo de las actividades educativas durante el año 2023, principales prácticas de gestión
que asegure el desarrollo del servicio educativo presencial en el Centro de Educación Básica
Alternativa Binacional Central Patani.
Art. 12º.- Brindar a los educandos oportunidades de aprendizaje que permitan adquirir
conocimientos en el campo, de Ciencias, Humanidades, formación técnica y tecnológico.
Art. 13º.- Brindar una educación de calidad acorde a los adelantos de la ciencia y la
tecnología.
Art. 14º.- Profundizar los conocimientos básicos, la práctica de valores cívico patriótico,
éticos y morales; así como la dimensión espiritual y religiosa en la vida de las personas.
Art.15º.- Brindar a los educandos servicios de bienestar que contribuyan al
conocimiento y comprensión de sí mismo y al desarrollo de su personalidad.
CAPITULO V
BASES LEGALES Y ALCANCES
Art. 16º.- El Reglamento Interno se sustenta en los siguientes dispositivos legales
vigentes:
a. Ley Nº 28044, Ley General de Educación.
b. Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial
c. Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación.
d. Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial
e. Resolución Ministerial Nº 276-2009-ED, que aprueba el Diseño Curricular Básico
Nacional de educación Básica Alternativa.
f. Resolución Ministerial Nº 0427-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 020-2013-
MINEDU/VMGP-DIGEBA, Orientaciones para el desarrollar la atención
semipresencial en los Centros de Educación Básica Alternativa.
g. Resolución Ministerial Nº 0133-2020-MINEDU, Normas técnica “Orientaciones
para el desarrollo del año escolar 2022.
h. Resolución Ministerial Nº 034-2019-MINEDU.
i. Resolución Ministerial Nº 0531-2022-MINEDU
j. Resolución Ministerial Nº 048-2022-MINEDU
k. Resolución Ministerial Nº 108-2022-MINEDU
TITULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
CAPITULO I
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Art. 17º.- El CEBA Binacional Central Patani, está constituido por los siguientes
Órganos de Gobierno en forma descendente:
a. Director.
b. Docentes.
c. Administrativo.
Art.18º.- A fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas, la
delegación de funciones se establece de la forma siguiente:
a. En caso de ausencia del Director Titular, asumirá el cargo el Profesor de mayor
escala Magisterial.
Art. 19º.- La delegación de funciones a la Dirección del CEBA Binacional Central Patani, que
se refiere el artículo anterior se materializa mediante el Memorándum previo inventario de
bienes y la entrega de llaves respectivas de la Dirección y ambientes administrativos. En este
caso cuando se trata de más de un día ausencia del Director Titular.
Art. 20º.- El Director del CEBA está facultado de designar por delegación de funciones al
cargo por el tiempo que estipula el artículo anterior.
CAPITULO II
ESTRUCTURA DE LA INSTITUCIÓN
Art. 21º.- El CEBA Binacional Central Patani, presenta la siguiente estructura:
- ORGANO DE GOBIERNO : La Dirección
- ORGANO DE LINEA :
- Docentes por horas
- Personal Administrativo
- Estudiantes del CEBA del Ciclo Avanzado.
- ORGANOS DE APOYO.
- CONEI.
- COPAE.
- Comité Tutoría y Orientación Educativa.
- Comisión de Educación Ambiental.
- Comisión de Calidad e Innovación Educativa.
TITULO III
LA GESTIÓN PEDAGÓGICA
CAPITULO I
CALENDARIZACIÓN Y EL HORARIO ACADÉMICO
Art. 22º.-De acuerdo a las disposiciones legales vigentes del DEBA, la Calendarización
del periodo promocional, se establece en 40 semanas lectivas, con 02 semanas
intermedias de descanso para los estudiantes.
Art. 23º.- La Jornada laboral diaria escolar comprende de 05 horas pedagógicas para
Ciclo Avanzado, las horas pedagógicas consta de 45 minutos; logrando un dictado de
950 horas pedagógicas en las formas de atención Presencial y Semipresencial.
Además el Horario de Trabajo en la modalidad de EBA es flexible, pudiéndose trabajar
de lunes a Domingo en turnos: Vespertino, Mañana, Tarde y Noche; 06 horas
adicionales a la semana.
Art 24º.- El receso o refrigerio de los Estudiantes tiene una duración de 15 minutos de
acuerdo a lo que se establece:
Art.25º.- Los Artículos 22, 23 y 24 se deben cumplir en forma estricta, bajo
responsabilidad funcional del Docente a cargo.
Art.26º.-Durante el periodo de descanso de medio año de los estudiantes; los Docente
realizarán evaluación del avance del desarrollo de las actividades programadas del
MINEDU, del trabajo por grado de estudios y por áreas e informar a la Dirección de su
reprogramación para el correspondiente seguimiento.
CAPITULO II
PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCIÓN
Art. 27º.-El Proyecto curricular de la Institución es la parte del proceso de la
diversificación curricular, contiene las características, necesidades y demandas de los
estudiantes considerados en el PEI, así como de los lineamientos de la política regional
es de carácter normativo para la Institución Educativa. Es formulado por el Personal
Directivo y Docente organizados por áreas curriculares y/o grado de estudios.
Art. 28º.- La distribución de las horas de semipresencial se realiza de acuerdo a la
demanda educativa en el Centro Referencial y/o periférico. Con el propósito de
desarrollar actividades pedagógicas.
Art. 29º.- Los objetivos pedagógicos considerados en el P.C.I. Se formulan teniendo
en cuenta el CNEB y las demandas, necesidades de los estudiantes desarrolladas
como enfoques transversales.
CAPITULO III
DE LA PROGRAMACION Y DESARROLLO CURRICULAR
Art. 30º.-El Proyecto Educativo Institucional, es el instrumento base para la elaboración
de la programación anual y el desarrollo curricular que los Docentes por horas, deben
tener en cuenta ya que responde a las características y necesidades de los estudiantes.
Art. 31º.-Los niveles de concreción para el desarrollo curricular son:
 CNEB
 Lineamientos de Política Regional
 PEI
 PCI
 Planificación Anual
 Unidades Didácticas
 Sesiones de Aprendizaje
Art. 32º.-La Programación anual de cada área y grado se elabora de conformidad a sus
especialidades en el mes de Diciembre de cada año, tomando referencia la Directiva
de inicio de año escolar, expedido por el Ministerio de Educación.
CAPITULO IV
EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA
Art. 33º.-La Evaluación de los aprendizajes se realiza de acuerdo a las RV.M. Nº 025-
2019-MINEDU, la misma que; en Primer Ciclo Avanzado es literal y segundo es
descriptiva y en Ciclo Avanzado de tercero, cuarto es numérica y descriptiva.
Art. 34º.- Los criterios e indicadores de evaluación de competencias es formativa a
cargo de los Docentes de las áreas, según la especialidad y nivel educativo. Teniendo
en consideración la RVM.N° 094-2020-MINEDU.
Art. 35º.- El Programa de recuperación pedagógica guiada se realiza en los meses de
enero y febrero en el año 2023, y. tendrán la posibilidad de realizar la carpeta de
recuperación, que el docente del área asignará los calificativos correspondientes.
Art. 36º.- En el marco de la coyuntura actual generada del retorno a clases presenciales,
solo se establecerá orden de méritos para los estudiantes de Cuarto Ciclo Avanzado
de EBA Binacional Central Patani, a finales del 2023, para 1° a 3° este informe estará
disponible después del mes de julio de 2023
CAPITULO V
ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL
Art. 37º.-En el Ciclo Avanzado un Docente Tutor, quienes elaboran su plan de acción
tutorial en concordancia con el Plan de Tutoría y orientación educativa, el PEI, PAT y
PCI.
Art. 38º.-La Tutoría y Orientación Educativa es un servicio de acompañamiento a los
educandos en las diversas áreas para lograr la formación integrada del educando.
CAPITULO VI
PROYECTOS DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICO
Art. 39º.-Los Docentes comprometidos en los proyectos de innovación pedagógica
serán los responsables de la programación, ejecución, evaluación e informe a la
Dirección.
Art. 40º.-Los Docentes que logren las competencias de innovación tecnología se harán
merecedores a una Resolución Directoral de felicitación de la Institución Educativa,
para luego ser informados a la Superioridad respectivamente.
CAPITULO VII
MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR
Art. 41º.-La Biblioteca Escolar está acondicionado un ambiente, textos organizados por
áreas y material didáctico insuficiente que es atendido por el Personal Administrativo
según la necesidad del servicio, algunos en forma digital.
CAPITULO VIII
CALENDARIO CÍVICO
Art. 42º.-La elaboración del Calendario cívico Escolar se realizará en coordinación con
la Dirección, CONEI y COPAE. En forma virtual.
Art. 43º.-El desarrollo del Calendario Cívico Escolar está a cargo de todo el Personal
de la Institución Educativa, bajo responsabilidad del Coordinador de T.O.E.
considerando realizar disertaciones, escenificaciones, dramatizaciones, en forma
virtual etc.
Art. 44º.-El cumplimiento de desarrollo del Calendario Cívico constituye de suma
importancia su desarrollo que, será informada a la Superioridad correspondiente a
cargo del Coordinador de T.O.E.
CAPITULO IX
ACTIVIDADES RECREATIVAS
Art. 45º.-Las actividades recreativas y trabajos del campo en el ciclo avanzado estará
a cargo de los Docentes, Tutores y Profesores por horas, quienes formulan un Plan de
trabajo específico para la ejecución y participación en los eventos recreativos,
culturales, deportivos y/o similares, toda esta actividad se realizará en forma presencial
con el retorno a clases.
Art. 46º.-La participación del Profesorado en eventos culturales y deportivos, estará a
cargo de Comisiones quienes formularán un Plan de trabajo específico detallando los
pormenores para la ejecución y financiamiento.
TITULO IV
GESTIÓN INSTITUCIONAL
CAPITULO I
MATRÍCULA Y HORARIO
Art. 47º.-El desarrollo de la matrícula se efectúa de acuerdo a las normas legales
vigentes de la DEBA y en el marco del Plan Anual de trabajo con opinión favorable del
Consejo Educativo Institucional.
Art. 48º.-El Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, a tiende
a jóvenes y adultos de 15 a más años de edad en el PEBAJA, y a personas mayores
de 15 años en el Programa de Alfabetización, que:
(a) No se insertaron oportunamente en el Sistema Educativo.
(b) No pudieron culminar su Educación Básica.
(c) Requieren compatibilizar el estudio y el trabajo.
(d) Han egresado del Programa de Alfabetización y desean continuar sus estudios.
Se considera para la matrícula como requisito: La Partida de Nacimiento y/o DNI,
certificado de estudios.
Art. 49.-El horario del Personal que labora en el CEBA Binacional Central Patani, es el
siguiente:
 Del Personal Directivo, Docentes y Administrativo :
Turno mañana sábados y domingos
Hora de Ingreso: 08:00 a.m.
Hora de Salida : 12:00 p.m.
Turno Tarde.
Hora ingreso : 01:00 p.m.
Hora Salida : 05:00 p.m.
Debo indicar el presente horario fue planificado para el desarrollo de atención
presencial.
Art. 50º.- El Personal de Servicio, cumple su trabajo por 40 horas semanales.
Art. 51º.- La permanencia del Personal Directivo y Administrativo; se establece de
acuerdo a la necesidad de servicio, de acuerdo al Plan Anual de Trabajo.
Art. 52º.- El Control de Asistencia del Personal estará a cargo de la Dirección, quien
remitirá el informe correspondiente, cada fin de mes a la Unidad de Gestión Local de
Chucuito Juli, con los aplicativos establecidos por la Resolución de Secretaria General
N° 326-2017-MINEDU.
CAPITULO II
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Y PLAN DE TRABAJO
Art.53º.- El Proyecto Educativo Institucional (PEI), es el instrumento de gestión de
mediano y largo plazo que define y articula las principales actividades pedagógicas,
institucionales y administrativas. Se revisa y se evalúa periódicamente con la
participación de los diferentes actores educativos y agentes sociales de la comunidad.
Art.54º.-El Plan Anual de Trabajo es un instrumento de gestión derivado del PEI de la
Institución Educativa cuya vigencia es de 1 año. Concreta los objetivos estratégicos del
PEI y objetivos anuales o de corto plazo, informando a la instancia correspondiente.
Art. 55º.-El Personal que labora en la Institución Educativa está obligado a participar en
todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas en el Plan Anual de
Trabajo.
FUNCIONES DEL PERSONAL
Art.56.- El Director es la máxima autoridad es el representante legal de la Institución
Educativa. En lo pedagógico cumple las siguientes funciones:
a. Crear espacios y oportunidades de interaprendizajes de reflexión y
sistematización de la práctica docente.
b. Incentivar la participación de los estudiantes dentro del COPAE.
c. Diseñar la oferta educativa basándose en información actualizada.
d. Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, en la
modalidad de EBA, se considera las actividades sociales deportivas
están consideras como hora efectivas.
e. Convocar a reuniones del Personal con 24 horas de anticipación y la
invitación debe ser general sin discriminación e iniciar a la hora citada,
sin perjudicar las horas programadas de clase.
f. Exhortar al Personal a superar deficiencias administrativas y técnico
pedagógico a través de medios tecnológicos
FUNCIONES DEL CONEI
Según El Articulo Nº 25 del D.S. Nº 009-2005-ED
a. Presentar al órgano intermedio los Contratos del Personal
b. Presentar al Órgano intermedio las Licencias y cubrir las plazas
vacantes.
Art.57.-En relación a los recursos y servicios, el Director aplicará lo normado por el D.S.
Nº 028-2007-ED.
USO DE LOS RECURSOS PROPIOS
Los recursos propios que se generan y las donaciones que existiera, recibe la
Institución Educativa, se destinará a mejorar la calidad del servicio educativo que
incluye entre otros, la adquisición del material educativo y el mantenimiento del
mobiliario escolar, en coordinación con el CONEI y COPAE.
Art. 58.- En las relaciones con la Comunidad Educativa, el Director tiene las funciones
siguientes:
a. Propiciar la conformación del Consejo Educativo Institucional y
presidirlo.
b. Conformar el Comité Especial de evaluación del Personal nombrado y
contratado.
c. Prevenir y mediar en situación de conflicto, creando condiciones que
favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad
escolar.
d. Promover en coordinación con los gobiernos locales programas de
cultura, deporte y otros.
Art.59.-Además el director del CEBA Binacional Central Patani, tiene las siguientes
funciones:
a. Planificar, orientar, verificar y supervisar el proceso de matrícula de las
nóminas de matrícula, actas consolidadas de evaluación, subsanación y
recuperación, en la etapa de emergencia sanitaria 99 % será virtual.
b. Velar por la conservación y mantenimiento de los ambientes, materiales y
áreas deportivas.
c. Mantiene actualizado el CAP de la Institución Educativa.
d. Consolida el record de la asistencia del Personal en general para remitirlo al
Órgano intermedio.
e. Publicar el record de asistencia e inasistencia del Personal cada fines de mes.
f. Supervisar y verificar el mantenimiento de los ambientes, de los materiales.
g. Mantiene actualizado el inventario general y orienta su organización y verifica
integrando la comisión.
h. Exige al Personal de la Institución Educativa superar deficiencia pedagógica.
i. Elabora el informe de racionalización en coordinación con la Comisión de
racionalización de la Institución Educativa.
j. Monitorear el trabajo del Personal Docente de acuerdo a su función y
distribuye docentes para el acompañamiento de los estudiantes en la
evaluación formativa y su retroalimentación respectiva.
Art. 60º.- El Coordinador de T.O.E. y Actividades, es el Docente que organiza, dirige,
monitorea las acciones de Tutoría y orientación Educativa y actividades. Depende del
Director de la Institución Educativa y tiene las siguientes funciones:
a. Organizar e instalar el Comité Tutorial a nivel de la Institución Educativa y
elabora el Plan Tutorial, en coordinación con el Director.
b. Atender y/o derivar problemas de los educandos reincidentes en indisciplina
o faltas graves, presentados por los Profesores Tutores y al CONEI.
c. Todo permiso por hora que solicitase el estudiante contará con el visto bueno
del Director informando oportunamente a los Docentes y colocar los VºBº a
las solicitudes de justificación de inasistencia comunicando a los Docentes.
d. Participar directa o activamente en las actividades culturales, cívicas,
patrióticas, recreativas, artísticas y religiosas que programan la Institución en
coordinación con el Personal Docente y Administrativo a través de
tecnológicos
e. Informar semestralmente a la Dirección el desarrollo de las Actividades de
T.O.E.
f. Atender y participar en la solución o tratamiento de los problemas de
indisciplina o de otra índole de que se haya detectado en el educando.
g. Coordinar con los Tutores y Docentes para el acompañamiento de los
estudiantes que lo requieran.
Art. 61º.-El Personal de Servicio, depende del director de la Institución según
corresponda, cumple las siguientes funciones en la etapa de emergencia COVID-19.
a. Controla la asistencia de los estudiantes de acuerdo al horario establecido en
esta etapa de emergencia y su conectividad con sus docentes.
b. Presentar un Plan de Trabajo que será evaluado permanentemente.
c. Cuidar y controlar los bienes, enseres y otros materiales de la Institución
Educativa.
d. Realizar limpieza de las aulas, servicios higiénicos y las paredes de los
ambientes, tanto interna como externa, así como también verifica e informa
la situación de los mobiliarios informando a la Dirección.
e. Realizar el mantenimiento y conservación integral de la Institución.
f. Velar por la seguridad del mobiliario y enseres de la institución siendo su
responsabilidad durante su jornada de trabajo.
g. Realiza la limpieza y mantenimiento de las oficinas, pasadizos, patios,
campos deportivos a su cargo.
h. Anotar las incidencias en el cuaderno de ocurrencias durante su horario de
trabajo
i. Durante los meses de vacaciones del Personal Docente, el Personal de
Servicio, velará por el cuidado y mantenimiento de la Infraestructura.
Art. 62º.- El Trabajador de Servicio haga las veces, es el responsable de la seguridad,
control y mantenimiento, así como la conservación de los bienes, enseres y de la
infraestructura del turno de la noche, cumple las siguientes funciones:
a. Ingresa y permanece en la Institución educativa 7: 45 haciendo 40 horas
semanales.
b. Es responsable de la seguridad, control y verificación, de los bienes y enseres
de la Institución Educativa (aulas, dirección, aula de Innovación, etc.); así
como de otros ambientes, previa coordinación con la Dirección.
c. Anota en el cuaderno de incidencias y/o control de las incidencias ocurridas
durante el horario de trabajo, informando al Director.
Art. 63º.- Son funciones del Personal Docente:
a. Cumplir sus funciones con dignidad, eficacia, responsabilidad, honestidad y
lealtad a la Institución, a las leyes y los dispositivos legales vigentes.
b. Participar en las reuniones programas por dirección en forma obligatorio
c. Participar de la fecha cívica que le corresponde al año sin delegar sus
funciones a los alumnos, promoviendo la participación de la comunidad
educativa en forma virtual.
d. Asistir a todos los estudiantes en la retroalimentación, personal y/o grupal.
e. Las diferentes comisiones formadas en la Institución Educativa que realizan
actividades económicas, aprobadas en reunión general deberán realizar su
balance e informar a la Instancia superior en un periodo no mayor de cinco
días de realizado la actividad, bajo responsabilidad.
f. Presentar sus documentos pedagógicos a la fecha indicada el incumplimiento
es tipificado como una falta administrativa pasiva de sanción.
g. Justificar las inasistencias de acuerdo a las normas legales vigentes.
h. Practicar el buen trato en la Institución Educativa entre todos los agentes
educativos.
CAPITULO III
DEBERES, DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE
Art. 64°.- Son deberes del Personal docente:
a. Es deber de los Docentes velar por la integridad física y psicológica de los
estudiantes durante su permanencia en las aulas.
b. Cumplir estrictamente el horario establecido del desarrollo pedagógico para
cada nivel educativo:
c. En caso de incumplimiento del horario se aplicará la sanción correspondiente
en concordancia RSG.N° 362-2017-MINEDU.
d. Participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por el
Director, en forma obligatoria y firmar el acta al término de la misma.
Art. 65°.-Son derechos del personal docente:
a. Los estipulados en la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, reglamentos
y otros.
CAPITULO IV
PROHIBICIONES ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL
Art. 66º.- Son prohibiciones del Personal que labora en la Institución Educativa:
a. Asistir a la Institución Educativa en estado etílico o de haber ingerido
sustancias psicoactivas.
b. Fomentar la desunión o el rompimiento de las relaciones humanas.
c. Cometer actos de infidencia.
d. Solicitar recompensas por adulterar las notas de los alumnos.
e. Cometer actos de subordinación con las autoridades de la Institución
Educativa.
f. Maltratar físico, psicológico y moralmente a los estudiantes.
g. Evadirse de sus labores perjudicando el normal desarrollo de las actividades
educativas.
h. Realizar proselitismo político.
i. Concentrarse en el kiosco, laboratorio, biblioteca y otros, en horas de trabajo
realizando tertulias negativas y otros actos ilícitos contra la fe y las buenas
costumbres.
j. Apropiarse en forma ilícita de los bienes y enseres de la Institución Educativa.
k. Está prohibido la venta de cosméticos y/o golosinas en la Institución
Educativa.
l. Denigrar la imagen del CEBA Binacional Central Patani.
Art. 67º.- Son estímulos al Personal que labora en la Institución Educativa:
a. Oficio de agradecimiento o felicitación por trabajo extracurriculares.
b. Certificado y/o constancia por el buen desempeño laboral.
c. Otros contemplados en la Ley de reforma Magisterial.
d. Los Docentes que cumplan a cabalidad sus funciones serán estimuladas con
resoluciones de felicitación.
Art. 68º.- Son Faltas Administrativas del Personal Docente y Administrativo
a. El desacato a la Autoridad.
b. Incumplir sus funciones contraviniendo el Reglamento Interno.
c. Incumplir con la presentación pedagógica y administrativo.
d. Inasistencia a los desfiles escolares, izamiento, actuaciones culturales y
deportivas que la Institución Educativa programa.
e. Incumplir las disposiciones legales vigentes.
f. Las tardanzas consecutivas constituyen faltas de las cuales cada tres
tardanzas equivale a una falta de un día de jornada laboral.
g. Constituye falta la no asistencia a las reuniones generales convocadas por el
Director, o retirándose antes que culmine la reunión sin firmar el acta.
h. Toda incidencia de los actos de falta constituye falta agravante informándose
a la Superioridad.
Art. 69º.- Sanciones para el Personal Docente y Administrativo
Los Docentes y Administrativo se hacen acreedores a las siguientes sanciones, por
incumplimiento de sus deberes y funciones, previa opinión del CONEI.
a. Amonestación verbal
b. Amonestación escrita.
c. Las sanciones se aplicarán según la falta a nivel de la Institución del CEBA.
d. La reincidencia constituye agravante por la que será informada al Órgano
Inmediato Superior.
e. La reincidencia se considera por el tiempo de vigencia que tenga el
Reglamento
f. El exceso de tardanzas y faltas es merecedor a una sanción con
memorándum de llamada de atención, la reincidencia se informará a la
Superioridad.
CAPITULO V
MONITOREO Y ASESORAMIENTO
Art. 70º.-Realizar el seguimiento de monitoreo y acompañamiento a los Docentes de
acuerdo a lo establecido en la Ley de Educación 28044 y la Ley de la Reforma
Magisterial N° 29944 y por el Director.
Art. 71º.-Realizar asesoramiento y capacitaciones en las debilidades encontradas en
los Docentes.
CAPITULO VI
ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL – CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
Art. 72º.- La Institución Educativa del CEBA Binacional Central Patani está organizada
de la siguiente manera:
 01 Director
 12 Docentes por horas.
 Personal Administrativo
Art. 73º.- El CONEI está conformado según el D.S. Nº 009-2005-ED
 Presidente :
 Representante de los docentes :
 Representante del Personal administrativo:
 Representante de Estudiantes :
CAPITULO VII
PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Art. 74º.-El Responsable del Presupuesto, recursos propios de la Institución Educativa
es el COPAE.
Art. 75º.-Los Recursos Propios de la Institución Educativa se distribuye de acuerdo a la
necesidad de la Institución.
CAPITULO VIII
CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
Art 76º.-Del compromiso de Gestión de la convivencia escolar: Fomentar, mantener
buenas relaciones interpersonales dentro de la Institución Educativa entre todo el
Personal. Evitando la ruptura de las relaciones humana.
Art. 77º.- De la Coordinación: Conformar las Comisiones de trabajo permanente para
coadyuvar con la gestión institucional en forma horizontal.
Art. 78º.- De la Comunicación: Las Comisiones de trabajo deberá de comunicar a la
Dirección el desarrollo de su Plan de Trabajo constantemente y/o viceversa.
TITULO V
RELACIONES DE COORDINACION CON LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD
CAPITULO I
DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES Y FALTAS DEL ESTUDIANTE
Art. 79º.- Son derechos de los alumnos:
a. Expresar libremente sus pensamientos y aptitudes en los eventos
culturales y deportivos que organiza la Institución Educativa, Ugel,
Drep, Ministerio de Educación.
b. Justificar su inasistencia por motivo de salud y/o familiar en el tiempo
que no sobrepase las 24 horas de la inasistencia.
c. Hacer uso equipo y materiales educativos del CEBA Binacional Central
Patani.
Art. 80º.- Son deberes y obligaciones de los estudiantes:
a. Participar responsablemente en las actividades educativas que organiza la
Institución en forma virtual.
b. Ingresar a las clases programadas por el docente en el horario establecido.
c. Cuidar, mantener y conservar los portafolios de evidencias.
d. Asistir en forma obligatoria a las clases presenciales programadas por el
docente.
e. Permanecer en clases durante el desarrollo pedagógico por el docente.
f. Participar en actividades virtuales programadas por el director y docentes.
g. Cualquier daño ocasionado a la propiedad social se considera falta.
.
Art. 81º.- Constituye faltas disciplinarias de los alumnos :
a. Incumplir los deberes del educando.
b. Inasistencia con frecuencia de la clase sin justificación alguna.
c. Hacer uso del lenguaje deshonesto y grosero en horas de clases
d. Apropiarse de portafolios ajenos
e. Falta de palabra o física al Personal del plantel.
f. Salir sin autorización del docente en horas de clase.
g. Adulterar los portafolios de los compañeros.
CAPITULO II
PROHIBICIONES, SANCIONES Y ESTIMULOS
Art. 82º.- Son prohibiciones de los estudiantes:
a. Portar objetos valorados: joyas, dinero, celulares u otros que no sean
educativos.
b. Usar aretes, sortijas, brazaletes, tatuajes como implemento de la vestimenta
escolar.
c. Portar objetos punzocortantes.
d. Evadirse de clases y de la Institución Educativa.
e. Asistir a la institución Educativa con uñas largas y pintadas
.
El presente capitulo estaba considerado en el desarrollo clases
presenciales.
Art. 84°.- Son estímulos de los estudiantes:
a. Felicitación escrita.
b. Diploma al mérito.
c. Bonificación de puntos en comportamiento por actos sobresalientes en áreas
afines.
CAPITULO III
VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO
Art. 87°.- Los viajes y visitas de estudio se realizan según las normas legales vigentes.
Art.88°.- Las autorizaciones de los viajes y visitas de estudios deben cumplir con el
pago correspondiente de acuerdo al TUPA.
Art.89°.- Los viajes de estudio de acuerdo a cada área se realizan durante el año escolar
cumpliendo con los trámites respectivos.
Art.90°.- Los planes de viaje de excursión se realizan durante el mes de Octubre dentro
y fuera de la provincia, cumpliendo con los requisitos establecidos.
CAPITULO IV
COORDINACIÓN INTERNA Y EXTERNA
Art. 91º.-Las coordinaciones se realizan en coordinación con el CONEI y COPAE
Art. 92º.-Las coordinaciones con las instituciones locales, provinciales y regionales se
realizan de acuerdo a las necesidades priorizadas en la Institución Educativa
virtualmente.
CAPITULO V
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art.1º.- Aprobar en plenario los planes de trabajo de las diversas comisiones
Art.2º.-Colaboración solidaria a los miembros de la comunidad educativa que lo
requiera.
Art.3º.-Todos los aspectos no contemplados en el presente Reglamento Interno serán
tratados por la comunidad educativa.
Aprobado por los miembros del CONEI de la Institución Educativa del CEBA Binacional
Central Patani.
CAPITULO VI
NORMAS DE CONVIVENCIA
 Respetar y colaborar en el desarrollo de las tareas escolares.
 Cumplir con los horarios de ingreso y egreso del establecimiento, atendiendo a
las funciones que cada miembro de esta comunidad educativa.
 Ser solidario y tolerante ante la diversidad y/o puntualidad expresada en la
comunidad educativa y en la comunidad en general.
 Ser y hacerse responsable de sus actos, tanto individuales como colectivos.
 Evitar todo tipo de actitud que lesione el buen nombre y prestigio de la Institución.
 Buscar la máxima fidelidad en la transmisión de mensajes orales y escritos.
 Ser responsable de la comunicación tanto oral como escrita que se brindan a los
demás.
 Colaborar en el cuidado y mantenimiento de la higiene de todo el ámbito escolar.
 Mantener y preservar la planta edilicia, los muebles, útiles y materiales
didácticos.
 Colaborar para el real ejercicio de la convivencia en el aula, respetando el
derecho al estudio y colaborando en el intercambio productivo de conocimientos.
____________________________
DIRECTOR CEBA-BCP.

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  • 1.
  • 2. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº -----2023-DCEB-BCP. Desaguadero, 30 de marzo del 2023 VISTO: El Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani. CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Educación, de la Dirección Regional de Educación Puno, Unidad de Gestión Educativa Local Chucuito Juli, y del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, contar con Reglamento Interno para el cumplimiento de funciones establecidas en el presente reglamento. Que, siendo instrumento de gestión pública, es necesario contar con normas propias de la institución, en concordancia con la Ley General de Educación Nº 28044, D.S. Nº 011-2012-ED, RM N° 0093- 2020- MINEDU, y la norma Técnica denominada, “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2022. Que, estando aprobado por la Dirección del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, de conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, D.S. Nº 011-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley general de Educación, D.S. Nº 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la ley de Reforma Magisterial, D.S. Nº 010-2012-ED, que aprueba el reglamento de Ley Nº 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia familiar en Instituciones Educativas, R.M. N° 0093-2020-ED, y Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2023. SE RESUELVE: PRIMERO.- Aprobar el Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, para el periodo Promocional 2023, de la jurisdicción de la UGEL Chucuito Juli. SEGUNDO.- Remitir la presente Resolución Directoral a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Chucuito Juli. REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE _____________________________ DIRECTOR
  • 3. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y CICLOS Art. 1º.- El Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, se encuentra ubicada en la línea de frontera Perú – Bolivia, del Distrito y Provincia de Chucuito Juli, Región Puno. Art. 2º.- Administrativamente la Institución depende de la Unidad de Gestión Educativa Local Chucuito Juli. Art. 3º.- La Educación Básica Alternativa es una modalidad de la Educación Básica destinada a estudiantes que no tuvieron acceso a la Educación Básica Regular, en el marco de una educación permanente, para que adquieran y mejoren los desempeños de la vida cotidiana y el acceso a otros niveles educativos que les demandan. Tiene los mismos objetivos y calidad equivalente a la Educación Básica Regular, enfatiza la preparación para el trabajo y el desarrollo de competencias empresariales (Educación Inclusiva). CAPITULO II DEL CONTENIDO Y ALCANCES Art. 6º.- El Presente Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani del año 2023, contiene entre otros; la Organización de la Institución Educativa, la Gestión Pedagógica, Gestión Institucional y Relaciones de coordinación con el CONEI, COPAE y la Comunidad Educativa. Art.7º.- El Presente Reglamento Interno alcanza al Personal: Directivo, Docentes, Administrativo y estudiantes del CEBA Binacional Central Patani. CAPITULO III MISIÓN Y VISIÓN DEL CENTRO DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA Art. 8º.- MISION. “Somos un Centro de Educación Básica Alternativa, que tiene como misión: brindar una educación de calidad en el ciclo avanzado del ámbito de la jurisdicción, atendiendo a los jóvenes, adultos y personas con necesidades educativas especiales, en base a los valores éticos y morales en los diferentes horarios y formas de atención: presencial, semipresencial y a distancia, con docentes conocedores de la modalidad; estudiantes competentes y emprendedores, utilizando los recursos que brinda TICs, haciendo real consolidación de su plan de vida”.
  • 4. Art. 9° VISIÓN El CEBA Binacional Central Patani al año 2024 ser líder en la provincia fronteriza, brindando un servicio de calidad, sustentado en base a sistema de valores con principios éticos - morales; incorporando los avances científicos y tecnológicos para una formación de estudiantes competentes y solidarios; brindando una educación emprendedora, productiva e inclusiva en el ámbito fronterizo con la hermana república de Bolivia; con una mirada de docentes actualizados atendiendo en diferentes turnos, para que alcancen sus proyectos de vida, basados en ambientes saludables y ecológicos. Art. 10.- LOS OBJETIVOS ESTRATEGICOS DE LA INSTITUCION: El CEBA Binacional Central Patani se propone los siguientes objetivos: a. Revisar y contextualizar el Plan de estudios y el sistema de evaluación de aprendizajes del CEBA Binacional Central Patani con los equipos de trabajo conformado por docentes de la Institución. b. Implementar con equipos audiovisuales las aulas del CEBA “Binacional Central Patani, y promover el uso racional y sistematizado con el cuidado y mantenimiento respectivo. c. Valorar y potenciar los saberes previos de los estudiantes que provienen de sectores laborales de la actividad comercial y privada. d. Capacitar y actualizar a los docentes para especializarlos en esta modalidad con el fin de mejorar su desempeño en Técnico Pedagógico y empresarial. e. Formar integralmente a los estudiantes en la formación científico humanista que estimulen el desarrollo de sus capacidades, actitudes, y valores para comprender, analizar, explicar, valorar y evaluar el medio natural, cultural y social en los ámbitos locales, nacional e internacional y sean capaces de construir su proyecto de vida. f. Brindar acompañamiento, monitoreo y orientación permanente a los estudiantes para la adecuada formación de su autoestima y demás potencialidades humanas. g. Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad sin exclusiones en razón de la diversidad de las personas, estimulando el buen servicio educativo en la construcción e institucionalización de un innovador modelo pedagógico con identidad. h. Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitando la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz y creativa.
  • 5. CAPITULO IV FINES DE LA INSTITUCIÓN Art. 11º.- El Reglamento Interno del Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani; tiene como fin, establecer las normas y disposiciones generales que regulan el desarrollo de las actividades educativas durante el año 2023, principales prácticas de gestión que asegure el desarrollo del servicio educativo presencial en el Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani. Art. 12º.- Brindar a los educandos oportunidades de aprendizaje que permitan adquirir conocimientos en el campo, de Ciencias, Humanidades, formación técnica y tecnológico. Art. 13º.- Brindar una educación de calidad acorde a los adelantos de la ciencia y la tecnología. Art. 14º.- Profundizar los conocimientos básicos, la práctica de valores cívico patriótico, éticos y morales; así como la dimensión espiritual y religiosa en la vida de las personas. Art.15º.- Brindar a los educandos servicios de bienestar que contribuyan al conocimiento y comprensión de sí mismo y al desarrollo de su personalidad. CAPITULO V BASES LEGALES Y ALCANCES Art. 16º.- El Reglamento Interno se sustenta en los siguientes dispositivos legales vigentes: a. Ley Nº 28044, Ley General de Educación. b. Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial c. Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación. d. Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial e. Resolución Ministerial Nº 276-2009-ED, que aprueba el Diseño Curricular Básico Nacional de educación Básica Alternativa. f. Resolución Ministerial Nº 0427-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 020-2013- MINEDU/VMGP-DIGEBA, Orientaciones para el desarrollar la atención semipresencial en los Centros de Educación Básica Alternativa. g. Resolución Ministerial Nº 0133-2020-MINEDU, Normas técnica “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2022. h. Resolución Ministerial Nº 034-2019-MINEDU. i. Resolución Ministerial Nº 0531-2022-MINEDU j. Resolución Ministerial Nº 048-2022-MINEDU k. Resolución Ministerial Nº 108-2022-MINEDU
  • 6. TITULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAPITULO I ÓRGANOS DE GOBIERNO Art. 17º.- El CEBA Binacional Central Patani, está constituido por los siguientes Órganos de Gobierno en forma descendente: a. Director. b. Docentes. c. Administrativo. Art.18º.- A fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas, la delegación de funciones se establece de la forma siguiente: a. En caso de ausencia del Director Titular, asumirá el cargo el Profesor de mayor escala Magisterial. Art. 19º.- La delegación de funciones a la Dirección del CEBA Binacional Central Patani, que se refiere el artículo anterior se materializa mediante el Memorándum previo inventario de bienes y la entrega de llaves respectivas de la Dirección y ambientes administrativos. En este caso cuando se trata de más de un día ausencia del Director Titular. Art. 20º.- El Director del CEBA está facultado de designar por delegación de funciones al cargo por el tiempo que estipula el artículo anterior. CAPITULO II ESTRUCTURA DE LA INSTITUCIÓN Art. 21º.- El CEBA Binacional Central Patani, presenta la siguiente estructura: - ORGANO DE GOBIERNO : La Dirección - ORGANO DE LINEA : - Docentes por horas - Personal Administrativo - Estudiantes del CEBA del Ciclo Avanzado. - ORGANOS DE APOYO. - CONEI. - COPAE. - Comité Tutoría y Orientación Educativa.
  • 7. - Comisión de Educación Ambiental. - Comisión de Calidad e Innovación Educativa. TITULO III LA GESTIÓN PEDAGÓGICA CAPITULO I CALENDARIZACIÓN Y EL HORARIO ACADÉMICO Art. 22º.-De acuerdo a las disposiciones legales vigentes del DEBA, la Calendarización del periodo promocional, se establece en 40 semanas lectivas, con 02 semanas intermedias de descanso para los estudiantes. Art. 23º.- La Jornada laboral diaria escolar comprende de 05 horas pedagógicas para Ciclo Avanzado, las horas pedagógicas consta de 45 minutos; logrando un dictado de 950 horas pedagógicas en las formas de atención Presencial y Semipresencial. Además el Horario de Trabajo en la modalidad de EBA es flexible, pudiéndose trabajar de lunes a Domingo en turnos: Vespertino, Mañana, Tarde y Noche; 06 horas adicionales a la semana. Art 24º.- El receso o refrigerio de los Estudiantes tiene una duración de 15 minutos de acuerdo a lo que se establece: Art.25º.- Los Artículos 22, 23 y 24 se deben cumplir en forma estricta, bajo responsabilidad funcional del Docente a cargo. Art.26º.-Durante el periodo de descanso de medio año de los estudiantes; los Docente realizarán evaluación del avance del desarrollo de las actividades programadas del MINEDU, del trabajo por grado de estudios y por áreas e informar a la Dirección de su reprogramación para el correspondiente seguimiento. CAPITULO II PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCIÓN Art. 27º.-El Proyecto curricular de la Institución es la parte del proceso de la diversificación curricular, contiene las características, necesidades y demandas de los estudiantes considerados en el PEI, así como de los lineamientos de la política regional es de carácter normativo para la Institución Educativa. Es formulado por el Personal Directivo y Docente organizados por áreas curriculares y/o grado de estudios. Art. 28º.- La distribución de las horas de semipresencial se realiza de acuerdo a la demanda educativa en el Centro Referencial y/o periférico. Con el propósito de desarrollar actividades pedagógicas.
  • 8. Art. 29º.- Los objetivos pedagógicos considerados en el P.C.I. Se formulan teniendo en cuenta el CNEB y las demandas, necesidades de los estudiantes desarrolladas como enfoques transversales. CAPITULO III DE LA PROGRAMACION Y DESARROLLO CURRICULAR Art. 30º.-El Proyecto Educativo Institucional, es el instrumento base para la elaboración de la programación anual y el desarrollo curricular que los Docentes por horas, deben tener en cuenta ya que responde a las características y necesidades de los estudiantes. Art. 31º.-Los niveles de concreción para el desarrollo curricular son:  CNEB  Lineamientos de Política Regional  PEI  PCI  Planificación Anual  Unidades Didácticas  Sesiones de Aprendizaje Art. 32º.-La Programación anual de cada área y grado se elabora de conformidad a sus especialidades en el mes de Diciembre de cada año, tomando referencia la Directiva de inicio de año escolar, expedido por el Ministerio de Educación. CAPITULO IV EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA Art. 33º.-La Evaluación de los aprendizajes se realiza de acuerdo a las RV.M. Nº 025- 2019-MINEDU, la misma que; en Primer Ciclo Avanzado es literal y segundo es descriptiva y en Ciclo Avanzado de tercero, cuarto es numérica y descriptiva. Art. 34º.- Los criterios e indicadores de evaluación de competencias es formativa a cargo de los Docentes de las áreas, según la especialidad y nivel educativo. Teniendo en consideración la RVM.N° 094-2020-MINEDU. Art. 35º.- El Programa de recuperación pedagógica guiada se realiza en los meses de enero y febrero en el año 2023, y. tendrán la posibilidad de realizar la carpeta de recuperación, que el docente del área asignará los calificativos correspondientes. Art. 36º.- En el marco de la coyuntura actual generada del retorno a clases presenciales, solo se establecerá orden de méritos para los estudiantes de Cuarto Ciclo Avanzado de EBA Binacional Central Patani, a finales del 2023, para 1° a 3° este informe estará disponible después del mes de julio de 2023 CAPITULO V ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL
  • 9. Art. 37º.-En el Ciclo Avanzado un Docente Tutor, quienes elaboran su plan de acción tutorial en concordancia con el Plan de Tutoría y orientación educativa, el PEI, PAT y PCI. Art. 38º.-La Tutoría y Orientación Educativa es un servicio de acompañamiento a los educandos en las diversas áreas para lograr la formación integrada del educando. CAPITULO VI PROYECTOS DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICO Art. 39º.-Los Docentes comprometidos en los proyectos de innovación pedagógica serán los responsables de la programación, ejecución, evaluación e informe a la Dirección. Art. 40º.-Los Docentes que logren las competencias de innovación tecnología se harán merecedores a una Resolución Directoral de felicitación de la Institución Educativa, para luego ser informados a la Superioridad respectivamente. CAPITULO VII MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR Art. 41º.-La Biblioteca Escolar está acondicionado un ambiente, textos organizados por áreas y material didáctico insuficiente que es atendido por el Personal Administrativo según la necesidad del servicio, algunos en forma digital. CAPITULO VIII CALENDARIO CÍVICO Art. 42º.-La elaboración del Calendario cívico Escolar se realizará en coordinación con la Dirección, CONEI y COPAE. En forma virtual. Art. 43º.-El desarrollo del Calendario Cívico Escolar está a cargo de todo el Personal de la Institución Educativa, bajo responsabilidad del Coordinador de T.O.E. considerando realizar disertaciones, escenificaciones, dramatizaciones, en forma virtual etc. Art. 44º.-El cumplimiento de desarrollo del Calendario Cívico constituye de suma importancia su desarrollo que, será informada a la Superioridad correspondiente a cargo del Coordinador de T.O.E. CAPITULO IX ACTIVIDADES RECREATIVAS
  • 10. Art. 45º.-Las actividades recreativas y trabajos del campo en el ciclo avanzado estará a cargo de los Docentes, Tutores y Profesores por horas, quienes formulan un Plan de trabajo específico para la ejecución y participación en los eventos recreativos, culturales, deportivos y/o similares, toda esta actividad se realizará en forma presencial con el retorno a clases. Art. 46º.-La participación del Profesorado en eventos culturales y deportivos, estará a cargo de Comisiones quienes formularán un Plan de trabajo específico detallando los pormenores para la ejecución y financiamiento. TITULO IV GESTIÓN INSTITUCIONAL CAPITULO I MATRÍCULA Y HORARIO Art. 47º.-El desarrollo de la matrícula se efectúa de acuerdo a las normas legales vigentes de la DEBA y en el marco del Plan Anual de trabajo con opinión favorable del Consejo Educativo Institucional. Art. 48º.-El Centro de Educación Básica Alternativa Binacional Central Patani, a tiende a jóvenes y adultos de 15 a más años de edad en el PEBAJA, y a personas mayores de 15 años en el Programa de Alfabetización, que: (a) No se insertaron oportunamente en el Sistema Educativo. (b) No pudieron culminar su Educación Básica. (c) Requieren compatibilizar el estudio y el trabajo. (d) Han egresado del Programa de Alfabetización y desean continuar sus estudios. Se considera para la matrícula como requisito: La Partida de Nacimiento y/o DNI, certificado de estudios. Art. 49.-El horario del Personal que labora en el CEBA Binacional Central Patani, es el siguiente:  Del Personal Directivo, Docentes y Administrativo : Turno mañana sábados y domingos Hora de Ingreso: 08:00 a.m. Hora de Salida : 12:00 p.m. Turno Tarde. Hora ingreso : 01:00 p.m. Hora Salida : 05:00 p.m. Debo indicar el presente horario fue planificado para el desarrollo de atención presencial. Art. 50º.- El Personal de Servicio, cumple su trabajo por 40 horas semanales.
  • 11. Art. 51º.- La permanencia del Personal Directivo y Administrativo; se establece de acuerdo a la necesidad de servicio, de acuerdo al Plan Anual de Trabajo. Art. 52º.- El Control de Asistencia del Personal estará a cargo de la Dirección, quien remitirá el informe correspondiente, cada fin de mes a la Unidad de Gestión Local de Chucuito Juli, con los aplicativos establecidos por la Resolución de Secretaria General N° 326-2017-MINEDU. CAPITULO II PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Y PLAN DE TRABAJO Art.53º.- El Proyecto Educativo Institucional (PEI), es el instrumento de gestión de mediano y largo plazo que define y articula las principales actividades pedagógicas, institucionales y administrativas. Se revisa y se evalúa periódicamente con la participación de los diferentes actores educativos y agentes sociales de la comunidad. Art.54º.-El Plan Anual de Trabajo es un instrumento de gestión derivado del PEI de la Institución Educativa cuya vigencia es de 1 año. Concreta los objetivos estratégicos del PEI y objetivos anuales o de corto plazo, informando a la instancia correspondiente. Art. 55º.-El Personal que labora en la Institución Educativa está obligado a participar en todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas en el Plan Anual de Trabajo. FUNCIONES DEL PERSONAL Art.56.- El Director es la máxima autoridad es el representante legal de la Institución Educativa. En lo pedagógico cumple las siguientes funciones: a. Crear espacios y oportunidades de interaprendizajes de reflexión y sistematización de la práctica docente. b. Incentivar la participación de los estudiantes dentro del COPAE. c. Diseñar la oferta educativa basándose en información actualizada. d. Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, en la modalidad de EBA, se considera las actividades sociales deportivas están consideras como hora efectivas. e. Convocar a reuniones del Personal con 24 horas de anticipación y la invitación debe ser general sin discriminación e iniciar a la hora citada, sin perjudicar las horas programadas de clase. f. Exhortar al Personal a superar deficiencias administrativas y técnico pedagógico a través de medios tecnológicos FUNCIONES DEL CONEI Según El Articulo Nº 25 del D.S. Nº 009-2005-ED a. Presentar al órgano intermedio los Contratos del Personal
  • 12. b. Presentar al Órgano intermedio las Licencias y cubrir las plazas vacantes. Art.57.-En relación a los recursos y servicios, el Director aplicará lo normado por el D.S. Nº 028-2007-ED. USO DE LOS RECURSOS PROPIOS Los recursos propios que se generan y las donaciones que existiera, recibe la Institución Educativa, se destinará a mejorar la calidad del servicio educativo que incluye entre otros, la adquisición del material educativo y el mantenimiento del mobiliario escolar, en coordinación con el CONEI y COPAE. Art. 58.- En las relaciones con la Comunidad Educativa, el Director tiene las funciones siguientes: a. Propiciar la conformación del Consejo Educativo Institucional y presidirlo. b. Conformar el Comité Especial de evaluación del Personal nombrado y contratado. c. Prevenir y mediar en situación de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar. d. Promover en coordinación con los gobiernos locales programas de cultura, deporte y otros. Art.59.-Además el director del CEBA Binacional Central Patani, tiene las siguientes funciones: a. Planificar, orientar, verificar y supervisar el proceso de matrícula de las nóminas de matrícula, actas consolidadas de evaluación, subsanación y recuperación, en la etapa de emergencia sanitaria 99 % será virtual. b. Velar por la conservación y mantenimiento de los ambientes, materiales y áreas deportivas. c. Mantiene actualizado el CAP de la Institución Educativa. d. Consolida el record de la asistencia del Personal en general para remitirlo al Órgano intermedio. e. Publicar el record de asistencia e inasistencia del Personal cada fines de mes. f. Supervisar y verificar el mantenimiento de los ambientes, de los materiales. g. Mantiene actualizado el inventario general y orienta su organización y verifica integrando la comisión. h. Exige al Personal de la Institución Educativa superar deficiencia pedagógica. i. Elabora el informe de racionalización en coordinación con la Comisión de racionalización de la Institución Educativa. j. Monitorear el trabajo del Personal Docente de acuerdo a su función y distribuye docentes para el acompañamiento de los estudiantes en la evaluación formativa y su retroalimentación respectiva.
  • 13. Art. 60º.- El Coordinador de T.O.E. y Actividades, es el Docente que organiza, dirige, monitorea las acciones de Tutoría y orientación Educativa y actividades. Depende del Director de la Institución Educativa y tiene las siguientes funciones: a. Organizar e instalar el Comité Tutorial a nivel de la Institución Educativa y elabora el Plan Tutorial, en coordinación con el Director. b. Atender y/o derivar problemas de los educandos reincidentes en indisciplina o faltas graves, presentados por los Profesores Tutores y al CONEI. c. Todo permiso por hora que solicitase el estudiante contará con el visto bueno del Director informando oportunamente a los Docentes y colocar los VºBº a las solicitudes de justificación de inasistencia comunicando a los Docentes. d. Participar directa o activamente en las actividades culturales, cívicas, patrióticas, recreativas, artísticas y religiosas que programan la Institución en coordinación con el Personal Docente y Administrativo a través de tecnológicos e. Informar semestralmente a la Dirección el desarrollo de las Actividades de T.O.E. f. Atender y participar en la solución o tratamiento de los problemas de indisciplina o de otra índole de que se haya detectado en el educando. g. Coordinar con los Tutores y Docentes para el acompañamiento de los estudiantes que lo requieran. Art. 61º.-El Personal de Servicio, depende del director de la Institución según corresponda, cumple las siguientes funciones en la etapa de emergencia COVID-19. a. Controla la asistencia de los estudiantes de acuerdo al horario establecido en esta etapa de emergencia y su conectividad con sus docentes. b. Presentar un Plan de Trabajo que será evaluado permanentemente. c. Cuidar y controlar los bienes, enseres y otros materiales de la Institución Educativa. d. Realizar limpieza de las aulas, servicios higiénicos y las paredes de los ambientes, tanto interna como externa, así como también verifica e informa la situación de los mobiliarios informando a la Dirección. e. Realizar el mantenimiento y conservación integral de la Institución. f. Velar por la seguridad del mobiliario y enseres de la institución siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo. g. Realiza la limpieza y mantenimiento de las oficinas, pasadizos, patios, campos deportivos a su cargo. h. Anotar las incidencias en el cuaderno de ocurrencias durante su horario de trabajo i. Durante los meses de vacaciones del Personal Docente, el Personal de Servicio, velará por el cuidado y mantenimiento de la Infraestructura. Art. 62º.- El Trabajador de Servicio haga las veces, es el responsable de la seguridad, control y mantenimiento, así como la conservación de los bienes, enseres y de la infraestructura del turno de la noche, cumple las siguientes funciones: a. Ingresa y permanece en la Institución educativa 7: 45 haciendo 40 horas semanales.
  • 14. b. Es responsable de la seguridad, control y verificación, de los bienes y enseres de la Institución Educativa (aulas, dirección, aula de Innovación, etc.); así como de otros ambientes, previa coordinación con la Dirección. c. Anota en el cuaderno de incidencias y/o control de las incidencias ocurridas durante el horario de trabajo, informando al Director. Art. 63º.- Son funciones del Personal Docente: a. Cumplir sus funciones con dignidad, eficacia, responsabilidad, honestidad y lealtad a la Institución, a las leyes y los dispositivos legales vigentes. b. Participar en las reuniones programas por dirección en forma obligatorio c. Participar de la fecha cívica que le corresponde al año sin delegar sus funciones a los alumnos, promoviendo la participación de la comunidad educativa en forma virtual. d. Asistir a todos los estudiantes en la retroalimentación, personal y/o grupal. e. Las diferentes comisiones formadas en la Institución Educativa que realizan actividades económicas, aprobadas en reunión general deberán realizar su balance e informar a la Instancia superior en un periodo no mayor de cinco días de realizado la actividad, bajo responsabilidad. f. Presentar sus documentos pedagógicos a la fecha indicada el incumplimiento es tipificado como una falta administrativa pasiva de sanción. g. Justificar las inasistencias de acuerdo a las normas legales vigentes. h. Practicar el buen trato en la Institución Educativa entre todos los agentes educativos. CAPITULO III DEBERES, DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Art. 64°.- Son deberes del Personal docente: a. Es deber de los Docentes velar por la integridad física y psicológica de los estudiantes durante su permanencia en las aulas. b. Cumplir estrictamente el horario establecido del desarrollo pedagógico para cada nivel educativo: c. En caso de incumplimiento del horario se aplicará la sanción correspondiente en concordancia RSG.N° 362-2017-MINEDU. d. Participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por el Director, en forma obligatoria y firmar el acta al término de la misma. Art. 65°.-Son derechos del personal docente: a. Los estipulados en la Ley de Reforma Magisterial Nº 29944, reglamentos y otros. CAPITULO IV PROHIBICIONES ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL
  • 15. Art. 66º.- Son prohibiciones del Personal que labora en la Institución Educativa: a. Asistir a la Institución Educativa en estado etílico o de haber ingerido sustancias psicoactivas. b. Fomentar la desunión o el rompimiento de las relaciones humanas. c. Cometer actos de infidencia. d. Solicitar recompensas por adulterar las notas de los alumnos. e. Cometer actos de subordinación con las autoridades de la Institución Educativa. f. Maltratar físico, psicológico y moralmente a los estudiantes. g. Evadirse de sus labores perjudicando el normal desarrollo de las actividades educativas. h. Realizar proselitismo político. i. Concentrarse en el kiosco, laboratorio, biblioteca y otros, en horas de trabajo realizando tertulias negativas y otros actos ilícitos contra la fe y las buenas costumbres. j. Apropiarse en forma ilícita de los bienes y enseres de la Institución Educativa. k. Está prohibido la venta de cosméticos y/o golosinas en la Institución Educativa. l. Denigrar la imagen del CEBA Binacional Central Patani. Art. 67º.- Son estímulos al Personal que labora en la Institución Educativa: a. Oficio de agradecimiento o felicitación por trabajo extracurriculares. b. Certificado y/o constancia por el buen desempeño laboral. c. Otros contemplados en la Ley de reforma Magisterial. d. Los Docentes que cumplan a cabalidad sus funciones serán estimuladas con resoluciones de felicitación. Art. 68º.- Son Faltas Administrativas del Personal Docente y Administrativo a. El desacato a la Autoridad. b. Incumplir sus funciones contraviniendo el Reglamento Interno. c. Incumplir con la presentación pedagógica y administrativo. d. Inasistencia a los desfiles escolares, izamiento, actuaciones culturales y deportivas que la Institución Educativa programa. e. Incumplir las disposiciones legales vigentes. f. Las tardanzas consecutivas constituyen faltas de las cuales cada tres tardanzas equivale a una falta de un día de jornada laboral. g. Constituye falta la no asistencia a las reuniones generales convocadas por el Director, o retirándose antes que culmine la reunión sin firmar el acta. h. Toda incidencia de los actos de falta constituye falta agravante informándose a la Superioridad. Art. 69º.- Sanciones para el Personal Docente y Administrativo Los Docentes y Administrativo se hacen acreedores a las siguientes sanciones, por incumplimiento de sus deberes y funciones, previa opinión del CONEI.
  • 16. a. Amonestación verbal b. Amonestación escrita. c. Las sanciones se aplicarán según la falta a nivel de la Institución del CEBA. d. La reincidencia constituye agravante por la que será informada al Órgano Inmediato Superior. e. La reincidencia se considera por el tiempo de vigencia que tenga el Reglamento f. El exceso de tardanzas y faltas es merecedor a una sanción con memorándum de llamada de atención, la reincidencia se informará a la Superioridad. CAPITULO V MONITOREO Y ASESORAMIENTO Art. 70º.-Realizar el seguimiento de monitoreo y acompañamiento a los Docentes de acuerdo a lo establecido en la Ley de Educación 28044 y la Ley de la Reforma Magisterial N° 29944 y por el Director. Art. 71º.-Realizar asesoramiento y capacitaciones en las debilidades encontradas en los Docentes. CAPITULO VI ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL – CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Art. 72º.- La Institución Educativa del CEBA Binacional Central Patani está organizada de la siguiente manera:  01 Director  12 Docentes por horas.  Personal Administrativo Art. 73º.- El CONEI está conformado según el D.S. Nº 009-2005-ED  Presidente :  Representante de los docentes :  Representante del Personal administrativo:  Representante de Estudiantes : CAPITULO VII PRESUPUESTO Y RECURSOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
  • 17. Art. 74º.-El Responsable del Presupuesto, recursos propios de la Institución Educativa es el COPAE. Art. 75º.-Los Recursos Propios de la Institución Educativa se distribuye de acuerdo a la necesidad de la Institución. CAPITULO VIII CLIMA, COORDINACIÓN Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Art 76º.-Del compromiso de Gestión de la convivencia escolar: Fomentar, mantener buenas relaciones interpersonales dentro de la Institución Educativa entre todo el Personal. Evitando la ruptura de las relaciones humana. Art. 77º.- De la Coordinación: Conformar las Comisiones de trabajo permanente para coadyuvar con la gestión institucional en forma horizontal. Art. 78º.- De la Comunicación: Las Comisiones de trabajo deberá de comunicar a la Dirección el desarrollo de su Plan de Trabajo constantemente y/o viceversa. TITULO V RELACIONES DE COORDINACION CON LA FAMILIA Y LA COMUNIDAD CAPITULO I DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES Y FALTAS DEL ESTUDIANTE Art. 79º.- Son derechos de los alumnos: a. Expresar libremente sus pensamientos y aptitudes en los eventos culturales y deportivos que organiza la Institución Educativa, Ugel, Drep, Ministerio de Educación. b. Justificar su inasistencia por motivo de salud y/o familiar en el tiempo que no sobrepase las 24 horas de la inasistencia. c. Hacer uso equipo y materiales educativos del CEBA Binacional Central Patani. Art. 80º.- Son deberes y obligaciones de los estudiantes: a. Participar responsablemente en las actividades educativas que organiza la Institución en forma virtual. b. Ingresar a las clases programadas por el docente en el horario establecido. c. Cuidar, mantener y conservar los portafolios de evidencias. d. Asistir en forma obligatoria a las clases presenciales programadas por el docente. e. Permanecer en clases durante el desarrollo pedagógico por el docente. f. Participar en actividades virtuales programadas por el director y docentes.
  • 18. g. Cualquier daño ocasionado a la propiedad social se considera falta. . Art. 81º.- Constituye faltas disciplinarias de los alumnos : a. Incumplir los deberes del educando. b. Inasistencia con frecuencia de la clase sin justificación alguna. c. Hacer uso del lenguaje deshonesto y grosero en horas de clases d. Apropiarse de portafolios ajenos e. Falta de palabra o física al Personal del plantel. f. Salir sin autorización del docente en horas de clase. g. Adulterar los portafolios de los compañeros. CAPITULO II PROHIBICIONES, SANCIONES Y ESTIMULOS Art. 82º.- Son prohibiciones de los estudiantes: a. Portar objetos valorados: joyas, dinero, celulares u otros que no sean educativos. b. Usar aretes, sortijas, brazaletes, tatuajes como implemento de la vestimenta escolar. c. Portar objetos punzocortantes. d. Evadirse de clases y de la Institución Educativa. e. Asistir a la institución Educativa con uñas largas y pintadas . El presente capitulo estaba considerado en el desarrollo clases presenciales. Art. 84°.- Son estímulos de los estudiantes: a. Felicitación escrita. b. Diploma al mérito. c. Bonificación de puntos en comportamiento por actos sobresalientes en áreas afines. CAPITULO III VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO Art. 87°.- Los viajes y visitas de estudio se realizan según las normas legales vigentes. Art.88°.- Las autorizaciones de los viajes y visitas de estudios deben cumplir con el pago correspondiente de acuerdo al TUPA. Art.89°.- Los viajes de estudio de acuerdo a cada área se realizan durante el año escolar cumpliendo con los trámites respectivos. Art.90°.- Los planes de viaje de excursión se realizan durante el mes de Octubre dentro y fuera de la provincia, cumpliendo con los requisitos establecidos.
  • 19. CAPITULO IV COORDINACIÓN INTERNA Y EXTERNA Art. 91º.-Las coordinaciones se realizan en coordinación con el CONEI y COPAE Art. 92º.-Las coordinaciones con las instituciones locales, provinciales y regionales se realizan de acuerdo a las necesidades priorizadas en la Institución Educativa virtualmente. CAPITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art.1º.- Aprobar en plenario los planes de trabajo de las diversas comisiones Art.2º.-Colaboración solidaria a los miembros de la comunidad educativa que lo requiera. Art.3º.-Todos los aspectos no contemplados en el presente Reglamento Interno serán tratados por la comunidad educativa. Aprobado por los miembros del CONEI de la Institución Educativa del CEBA Binacional Central Patani. CAPITULO VI NORMAS DE CONVIVENCIA  Respetar y colaborar en el desarrollo de las tareas escolares.  Cumplir con los horarios de ingreso y egreso del establecimiento, atendiendo a las funciones que cada miembro de esta comunidad educativa.  Ser solidario y tolerante ante la diversidad y/o puntualidad expresada en la comunidad educativa y en la comunidad en general.  Ser y hacerse responsable de sus actos, tanto individuales como colectivos.  Evitar todo tipo de actitud que lesione el buen nombre y prestigio de la Institución.  Buscar la máxima fidelidad en la transmisión de mensajes orales y escritos.  Ser responsable de la comunicación tanto oral como escrita que se brindan a los demás.  Colaborar en el cuidado y mantenimiento de la higiene de todo el ámbito escolar.  Mantener y preservar la planta edilicia, los muebles, útiles y materiales didácticos.  Colaborar para el real ejercicio de la convivencia en el aula, respetando el derecho al estudio y colaborando en el intercambio productivo de conocimientos.