Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder
Popular para la Educación Universitaria Universidad
Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui
El Tigre - Estado - Anzoátegui
Docente: Estudiante:
Loera Carmen. Yon Mariana 30.615.090.
Cátedra: Elementos Contables de las Cooperativas. Sección: 09
Diciembre. 2021
Finalidades
a) Promover la cooperación para mejorar
las condiciones económicas, sociales y
culturales de los asociados y sus
familiares.
b) Desarrollar políticas de cooperación y
de asistencia con otras cooperativas.
c) Colaborar con organismos oficiales y
privados en todo cuanto redunde en
beneficio del desarrollo nacional.
d) Promocionar la solidaridad y la ayuda
mutua entre sus asociados.
I. Cooperativas
Son empresas centradas en las
personas, que pertenecen a sus
miembros, quienes las controlan y
dirigen para dar respuesta a las
necesidades y ambiciones de
carácter económico, social y cultural
comunes. Unen a las personas de
manera democrática e igualitaria.
 Recibir depósitos de sus socios en
cuenta corriente, caja de ahorros o
en cualquier modalidad
 Promover y estimular la práctica del
ahorro entre sus socios y otorgar
créditos a las tasas de interés
permitidas por las disposiciones
legales.
Objetivos
II. Obligaciones de
las cooperativas
en materia de
ISLR
II. Obligaciones
de las
cooperativas en
materia de IVA
Las Asociaciones
Cooperativas respect
o al ISLR, para lo cual
aclaramos que
actualmente estas no
están exentas, sino
exoneradas de dicho
impuesto. Eso
siempre que cumplan
las condiciones que
se establecieron en el
Decreto 4015 del mes
de octubre 2019.
En cambio la exoneración,
siendo también una dispensa
del pago del tributo, surge a
partir de la disposición que
haga expresamente el
Ejecutivo Nacional conforme
lo autorice la Ley que crea al
tributo
En ese sentido,
la exoneración estará dada a
partir del acto administrativo
plasmado en un Decreto que
establecerá las condiciones
para el disfrute del beneficio
fiscal.
No están sujetas al Impuesto al
Valor Agregado (IVA) las
operaciones y ser- vicios
realizados por las Cooperativas,
no obstante,
las Cooperativas deberán
soportar el traslado del
Impuesto al Valor
Agregado IVA con ocasión de la
importación o compra de bienes
y la recepción de servicios
gravados.
IV. Requisitos
exigidos por el
Seniat al emitir
una factura
Las facturas emitidas sobre formatos
libres, por los contribuyentes ordinarios del
impuesto al valor agregado en Venezuela,
deben de contener ciertos requisitos que
son exigidos por el Seniat, los
siguientes requisitos:
1- Debe tener la denominación
“FACTURA”
2- Número de factura y Número
de control.
3- Fecha de emisión.
4- Nombres y Apellidos o razón
social del emisor.
5- R.I.F. del emisor
6- Domicilio fiscal y teléfono del
emisor.
7- Nombre y Apellido o razón social, del
adquirente del bien o receptor del servicio.
8- RIF o Cedula de identidad, del adquirente
del bien o receptor del servicio.
9- Dirección fiscal y teléfono, del adquirente
del bien o receptor del servicio.
10- Descripción de la venta del bien o de la
prestación del servicio, indicando la
cantidad y monto.
11- Todo tipo de ajuste, descuento o
anulaciones en el precio, debe contar con
su debida descripción y valor ajustado.
12- Especificar la base imponible, IVA
(indicando la alícuota) y monto total a
cancelar.
V. Libros Legales que deben
llevar las Cooperativas
 Libro Diario.
 Libro Mayor.
 Libro de Inventarios.
Todos estos libros deben ser estampados,
numerados, foliados, sellados y autorizados por la
notaria de su jurisdicción.
VI. Normas Contables que
deben llevar las
cooperativas
La contabilidad que deben llevar las
sociedades cooperativas está regulada a
través de la Orden EHA/3360/2010, de 21 de
diciembre, por la que se aprueban las
normas sobre los aspectos contables de las
sociedades cooperativas, y el Plan General
Contable 2019.
La orden recoge una serie de normas de
obligado cumplimiento para este tipo de
entidades, que desgranaremos a
continuación, para ver sobre qué conceptos
se aplica esta normativa contable de
cooperativas
 Patrimonio neto
Recoge este concepto
y desarrolla los puntos
que configuran los
fondos propios de las
sociedades
cooperativas: el capital
social y los fondos
subordinados con
vencimiento en la
liquidación de la
cooperativa, siempre que
cumplan los requisitos
que se desarrollan en las
normas de ambos
conceptos.
 Capital social
El capital social
determina el capital
social mínimo con el que
puede constituirse y
funcionar la sociedad
cooperativa o el capital
social por debajo del
cual la sociedad
cooperativa se disolverá,
y que aparece definido
como tal en la Ley de
Cooperativas.
 Otras aportaciones
de los socios no
reintegrables:
Esta norma recoge el
tratamiento de otras
aportaciones de los
socios no reintegrables
que se califican como
fondos propios,
aunque no formen
parte del capital social,
siempre y cuando no
constituyan
contraprestación por la
entrega de bienes o
servicios prestados por
la cooperativa.
 Fondos de reserva
específicos de las
sociedades
cooperativas;
Aquí se recogen los
aspectos contables de
los fondos de reserva
específicos de las
sociedades
cooperativas. La
distinción a efectos
contables entre
patrimonio neto y
pasivo también
determina el
tratamiento contable
de estos fondos, en
concreto el Fondo de
Reserva Obligatorio,
que se califica como
patrimonio neto o
como pasivo
dependiendo de si es
exigible o no.
VII. Beneficios para las
cooperativas
Cooperativas pagan 20% al régimen tributario.
Desde sus inicios, el propósito de las
cooperativas ha sido trabajar en conjunto en pro de
un beneficio colectivo, haciendo que tanto los
cooperantes como sus familias progresen al mismo
ritmo. Otro de sus objetivos consiste en darle
solución a las necesidades de las comunidades
donde operan.
Dentro de los beneficios que las personas
encuentran al ser parte de una de estas entidades,
quizás, el más relevante sea que una vez se
asocian a dicha empresa, ya son parte de esta y
por ende, dueños de la cooperativa en mención.
En segunda instancia, es que al asociarse a una
cooperativa, las personas reciben los servicios y
beneficios que ofrece, los cuales están orientados
a mejorar la calidad de vida, ofrecer bienestar y
darle oportunidades a los asociados y sus familias.
El tercer beneficio es que las cooperativas ofrecen
productos y servicios enfocados a las líneas
sociales.
VIII. Obligaciones Legales
ARTÍCULOS DE LA
LEY
Artículo 36.- Toda
cooperativa deberá
anotar sus
operaciones contables
y las actuaciones de
sus órganos directivos
en libros, hojas u otros
registros debidamente
autorizados por el
organismo rector de
cooperativismo,
conforme a lo
establecido en el
reglamento.
Artículo 38.- las
cooperativas estarán
obligadas a exhibir
sus libros a los
funcionarios del
organismo rector del
cooperativismo,
autorizados para
practicar revisiones y
a otras personas o
instituciones
autorizadas por
disposición de la ley
o en virtud de
mandato judicial.
Rendición de cuentas significa que las
personas, los organismos y las
organizaciones (de carácter público,
privado y de la sociedad civil) tienen la
responsabilidad del adecuado
cumplimiento de sus funciones.
IX. Rendición de cuentas
Facilitar el ejercicio del
control social a la gestión
pública. Contribuir al
desarrollo de los principios
constitucionales de
transparencia,
responsabilidad, eficacia,
eficiencia e imparcialidad y
participación ciudadana en el
manejo de los recursos
públicos.
1. La rendición de cuentas es la base para el buen
gobierno.
2. Obligación de informar y justificar.
3. Integralidad del sistema de rendición de cuentas.
4. Transparencia de la información.
5. Sanción del incumplimiento.
6. Participación ciudadana activa.
Aspectos a tratar dentro la rendición de
cuentas.
X. Información Contable y Social y
Estados Financieros Consolidados
Para iniciar el nuevo ciclo, las
entidades solidarias deben
presentar sus informes al ente
regulador y rendir cuentas a su
membresía durante las asambleas
generales.
Las cooperativas siempre presentan sus informes
financieros el 20 de cada mes, durante cada ejercicio.
Pero en este caso puntual, por motivo de las
Asambleas Ordinarias, ellas tuvieron tiempo hasta el 20
de enero para presentar sus memorias y balances,
informes contables, notas de los estados contables y
datos financieros de cómo cerraron el año.
Sin embargo, más allá de la normativa establecida,
existen entidades que se rigen por el estatuto social
que establece que la Asamblea General se debe
realizar hasta el 31 de marzo.
En otro aspecto, existe otro tipo de documente
requerido, el ente regulador exige a las cooperativas
informes relevantes como con la cantidad de socios
que han cerrado el ejercicio, el capital integrado, la
nómina de socios que ingresaron en el ejercicio, la
nómina de socios que renunciaron en el ejercicio.
Todos los informes que se utilizan
en las organizaciones para dar a
conocer su situación económica
real y fundamentar la toma de
decisiones, deben incluir estados
financieros consolidados.
Pretenden mostrar el funcionamiento
del grupo, como si se tratara de una
entidad única; lo que resulta
indispensable para conocer su situación
económica real, ya que las compañías
dominantes no muestran en sus
estados financieros individuales
información contable relativa a las
dependientes, sino que las presenta en
el balance de situación como
inversiones financieras o acciones de
las que es propietaria.
1. Estado de resultados consolidado
Es un reporte en el cual relacionas los ingresos, costos
y gastos en los que incurrió tu negocio durante un
periodo de tiempo determinado.
2. Estado de cambios en el patrimonio consolidado
Este estado permite evidenciar las transformaciones
que han sufrido el patrimonio de la empresa año con
año.
3. Estado de cambios en la situación financiera
consolidado
Este informe lo que busca es poner en evidencia cómo
se obtuvieron y qué destino tuvieron los ingresos
ganados por la empresa.
4. Estado de flujos de efectivo consolidado
El estado de flujo de efectivo lo que es informar sobre
los movimientos de efectivo que ha tenido la empresa
año con año y entender si hay algún tipo de fuga de
capitales que pongan en riesgo la continuidad.
5. Balance general consolidado
De todos los estados financieros
consolidados, el balance general es, quizás, el más
importante para para los intereses de inversionistas y
socios.

Aspectos administrativos y contables...

  • 1.
    Republica Bolivariana deVenezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui El Tigre - Estado - Anzoátegui Docente: Estudiante: Loera Carmen. Yon Mariana 30.615.090. Cátedra: Elementos Contables de las Cooperativas. Sección: 09 Diciembre. 2021
  • 2.
    Finalidades a) Promover lacooperación para mejorar las condiciones económicas, sociales y culturales de los asociados y sus familiares. b) Desarrollar políticas de cooperación y de asistencia con otras cooperativas. c) Colaborar con organismos oficiales y privados en todo cuanto redunde en beneficio del desarrollo nacional. d) Promocionar la solidaridad y la ayuda mutua entre sus asociados. I. Cooperativas Son empresas centradas en las personas, que pertenecen a sus miembros, quienes las controlan y dirigen para dar respuesta a las necesidades y ambiciones de carácter económico, social y cultural comunes. Unen a las personas de manera democrática e igualitaria.  Recibir depósitos de sus socios en cuenta corriente, caja de ahorros o en cualquier modalidad  Promover y estimular la práctica del ahorro entre sus socios y otorgar créditos a las tasas de interés permitidas por las disposiciones legales. Objetivos
  • 3.
    II. Obligaciones de lascooperativas en materia de ISLR II. Obligaciones de las cooperativas en materia de IVA Las Asociaciones Cooperativas respect o al ISLR, para lo cual aclaramos que actualmente estas no están exentas, sino exoneradas de dicho impuesto. Eso siempre que cumplan las condiciones que se establecieron en el Decreto 4015 del mes de octubre 2019. En cambio la exoneración, siendo también una dispensa del pago del tributo, surge a partir de la disposición que haga expresamente el Ejecutivo Nacional conforme lo autorice la Ley que crea al tributo En ese sentido, la exoneración estará dada a partir del acto administrativo plasmado en un Decreto que establecerá las condiciones para el disfrute del beneficio fiscal. No están sujetas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) las operaciones y ser- vicios realizados por las Cooperativas, no obstante, las Cooperativas deberán soportar el traslado del Impuesto al Valor Agregado IVA con ocasión de la importación o compra de bienes y la recepción de servicios gravados.
  • 4.
    IV. Requisitos exigidos porel Seniat al emitir una factura Las facturas emitidas sobre formatos libres, por los contribuyentes ordinarios del impuesto al valor agregado en Venezuela, deben de contener ciertos requisitos que son exigidos por el Seniat, los siguientes requisitos: 1- Debe tener la denominación “FACTURA” 2- Número de factura y Número de control. 3- Fecha de emisión. 4- Nombres y Apellidos o razón social del emisor. 5- R.I.F. del emisor 6- Domicilio fiscal y teléfono del emisor. 7- Nombre y Apellido o razón social, del adquirente del bien o receptor del servicio. 8- RIF o Cedula de identidad, del adquirente del bien o receptor del servicio. 9- Dirección fiscal y teléfono, del adquirente del bien o receptor del servicio. 10- Descripción de la venta del bien o de la prestación del servicio, indicando la cantidad y monto. 11- Todo tipo de ajuste, descuento o anulaciones en el precio, debe contar con su debida descripción y valor ajustado. 12- Especificar la base imponible, IVA (indicando la alícuota) y monto total a cancelar.
  • 5.
    V. Libros Legalesque deben llevar las Cooperativas  Libro Diario.  Libro Mayor.  Libro de Inventarios. Todos estos libros deben ser estampados, numerados, foliados, sellados y autorizados por la notaria de su jurisdicción. VI. Normas Contables que deben llevar las cooperativas La contabilidad que deben llevar las sociedades cooperativas está regulada a través de la Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, y el Plan General Contable 2019. La orden recoge una serie de normas de obligado cumplimiento para este tipo de entidades, que desgranaremos a continuación, para ver sobre qué conceptos se aplica esta normativa contable de cooperativas
  • 6.
     Patrimonio neto Recogeeste concepto y desarrolla los puntos que configuran los fondos propios de las sociedades cooperativas: el capital social y los fondos subordinados con vencimiento en la liquidación de la cooperativa, siempre que cumplan los requisitos que se desarrollan en las normas de ambos conceptos.  Capital social El capital social determina el capital social mínimo con el que puede constituirse y funcionar la sociedad cooperativa o el capital social por debajo del cual la sociedad cooperativa se disolverá, y que aparece definido como tal en la Ley de Cooperativas.  Otras aportaciones de los socios no reintegrables: Esta norma recoge el tratamiento de otras aportaciones de los socios no reintegrables que se califican como fondos propios, aunque no formen parte del capital social, siempre y cuando no constituyan contraprestación por la entrega de bienes o servicios prestados por la cooperativa.  Fondos de reserva específicos de las sociedades cooperativas; Aquí se recogen los aspectos contables de los fondos de reserva específicos de las sociedades cooperativas. La distinción a efectos contables entre patrimonio neto y pasivo también determina el tratamiento contable de estos fondos, en concreto el Fondo de Reserva Obligatorio, que se califica como patrimonio neto o como pasivo dependiendo de si es exigible o no.
  • 7.
    VII. Beneficios paralas cooperativas Cooperativas pagan 20% al régimen tributario. Desde sus inicios, el propósito de las cooperativas ha sido trabajar en conjunto en pro de un beneficio colectivo, haciendo que tanto los cooperantes como sus familias progresen al mismo ritmo. Otro de sus objetivos consiste en darle solución a las necesidades de las comunidades donde operan. Dentro de los beneficios que las personas encuentran al ser parte de una de estas entidades, quizás, el más relevante sea que una vez se asocian a dicha empresa, ya son parte de esta y por ende, dueños de la cooperativa en mención. En segunda instancia, es que al asociarse a una cooperativa, las personas reciben los servicios y beneficios que ofrece, los cuales están orientados a mejorar la calidad de vida, ofrecer bienestar y darle oportunidades a los asociados y sus familias. El tercer beneficio es que las cooperativas ofrecen productos y servicios enfocados a las líneas sociales. VIII. Obligaciones Legales ARTÍCULOS DE LA LEY Artículo 36.- Toda cooperativa deberá anotar sus operaciones contables y las actuaciones de sus órganos directivos en libros, hojas u otros registros debidamente autorizados por el organismo rector de cooperativismo, conforme a lo establecido en el reglamento. Artículo 38.- las cooperativas estarán obligadas a exhibir sus libros a los funcionarios del organismo rector del cooperativismo, autorizados para practicar revisiones y a otras personas o instituciones autorizadas por disposición de la ley o en virtud de mandato judicial.
  • 8.
    Rendición de cuentassignifica que las personas, los organismos y las organizaciones (de carácter público, privado y de la sociedad civil) tienen la responsabilidad del adecuado cumplimiento de sus funciones. IX. Rendición de cuentas Facilitar el ejercicio del control social a la gestión pública. Contribuir al desarrollo de los principios constitucionales de transparencia, responsabilidad, eficacia, eficiencia e imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de los recursos públicos. 1. La rendición de cuentas es la base para el buen gobierno. 2. Obligación de informar y justificar. 3. Integralidad del sistema de rendición de cuentas. 4. Transparencia de la información. 5. Sanción del incumplimiento. 6. Participación ciudadana activa. Aspectos a tratar dentro la rendición de cuentas.
  • 9.
    X. Información Contabley Social y Estados Financieros Consolidados Para iniciar el nuevo ciclo, las entidades solidarias deben presentar sus informes al ente regulador y rendir cuentas a su membresía durante las asambleas generales. Las cooperativas siempre presentan sus informes financieros el 20 de cada mes, durante cada ejercicio. Pero en este caso puntual, por motivo de las Asambleas Ordinarias, ellas tuvieron tiempo hasta el 20 de enero para presentar sus memorias y balances, informes contables, notas de los estados contables y datos financieros de cómo cerraron el año. Sin embargo, más allá de la normativa establecida, existen entidades que se rigen por el estatuto social que establece que la Asamblea General se debe realizar hasta el 31 de marzo. En otro aspecto, existe otro tipo de documente requerido, el ente regulador exige a las cooperativas informes relevantes como con la cantidad de socios que han cerrado el ejercicio, el capital integrado, la nómina de socios que ingresaron en el ejercicio, la nómina de socios que renunciaron en el ejercicio. Todos los informes que se utilizan en las organizaciones para dar a conocer su situación económica real y fundamentar la toma de decisiones, deben incluir estados financieros consolidados.
  • 10.
    Pretenden mostrar elfuncionamiento del grupo, como si se tratara de una entidad única; lo que resulta indispensable para conocer su situación económica real, ya que las compañías dominantes no muestran en sus estados financieros individuales información contable relativa a las dependientes, sino que las presenta en el balance de situación como inversiones financieras o acciones de las que es propietaria. 1. Estado de resultados consolidado Es un reporte en el cual relacionas los ingresos, costos y gastos en los que incurrió tu negocio durante un periodo de tiempo determinado. 2. Estado de cambios en el patrimonio consolidado Este estado permite evidenciar las transformaciones que han sufrido el patrimonio de la empresa año con año. 3. Estado de cambios en la situación financiera consolidado Este informe lo que busca es poner en evidencia cómo se obtuvieron y qué destino tuvieron los ingresos ganados por la empresa. 4. Estado de flujos de efectivo consolidado El estado de flujo de efectivo lo que es informar sobre los movimientos de efectivo que ha tenido la empresa año con año y entender si hay algún tipo de fuga de capitales que pongan en riesgo la continuidad. 5. Balance general consolidado De todos los estados financieros consolidados, el balance general es, quizás, el más importante para para los intereses de inversionistas y socios.