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MANUAL DE CONVIVENCIA 
INSTITUCION EDUCATIVA 
ANTONIO NARIÑO 
EL PAUJIL, ATACO TOLIMA AÑO 2014
FAMILIA ANTONIO NARIÑO 
De acuerdo con las exigencias de la legislación edcativa vigente y 
los propósitos Educativos consignados en el proyecto Educativo 
de la institución Educativo,Antonio Nariño se llevo acabo la 
construcción colectiva del manual de convivencia. 
El reglamento o manual de convivencia tiene sentido para una 
comunidad educativa si este no solo recoge ss aspiraciones e 
ideales formativos y los plasma en acuerdos y procedimientos 
claros y precisos. Si se lleva a la practica,se hace evidente en la 
cultura de la comunidad educativa como una forma concreta y 
efectiva de vivir los principios y valores que la institución 
promueve, desarrolla y forma en sus educandos. 
Esta nueva versión de reglamento o manual de convivencia 
responde de manera efectiva a las aspiraciones y necesidades de 
todos los estamentos de la comunidad educativa y lo tengamos 
como norma referente,en la solución de conflictos de la vida 
cotidiana,asumiendo de forma democrática y responsable,el 
desempeño y funciones de tipo 
disciplinario,espiritual,científico,ético,académico,social,artístico,a 
mbiental,deportivo,recreativo,con orientación y asistencia del 
educador. 
Himno de la institcion educativa Antonio Nariño. 
Autor Luis Fernando Cosio. 
Consejo Directivo 
REPRESENTANTES 
Rector Olmedo Oyola Silva 
Docentes Andres Eduardo Bejarano Olaya 
Edwin Ferney Jaramillo Oyola. 
Consejo de padres 
Representantes 
Luz Mary Peña
Aldemar Bustos 
Constanza Giraldo 
Lina Maria Delgado 
PACTO DE CONVIVENCIA 
Articulo 73,87 de la ley 115 de 1994 articulo 17 decreto 1860 
de1994 
ACUERDO 01 
Del 21 de abril del 2014 
Por medio de la cual se adoptan las reformas hechas al pacto de 
convivencia educativa Antonio Nariño . 
CONSIDERANDO 
Que es deber de la comunidad educativa dar cumplimiento y 
aplicación a la ley de manera inexcusable y estricta en lo 
referente a las leyes y los derechos universales del niño,los 
acuerdos internacionales de protección de la infancia,las leyes de 
la constitución de 1991,tener encuenta las disposiciones de la ley 
1098 del 8 de noviembre del 2006 ,ley de infancia y 
adolescencia,la ley 115 del 18 de febrero de 1994 ley general de 
la educación,ley 734 02 codigo disciplinario único,decretos 2277 
del 79 estatuto docente y 1278 del 02 nuevo régimen de 
docentes,decreto 3011 del 9,decreto 1290 del 09 SIE,decreto 1860 
de 1994,reglamentario ley 115,ley 715 del 2002.transferencias del 
decreto 1850 del 2002 jornada laboral,decreto 3020 del 2003 
relacion alumno-maestro,ley 1014 del 26 de enero del 
2006.fomenta la cultura del emprendimiento.codigo del menor 
artículos 3,20 al 3,25 y demás reglamentos vigentes.
LEYES Y DECRETOS DE INCLUSION 
1.Que se debe dotar a la institución educativa Antonio Nariño de 
un instrumento legal que contemple los criterios de 
convivencia,principios de dignidad,respeto a su s semejantes y al 
bien ajeno,responsabilidad y acato a las disposiciones de la 
institución y a la vez se fijen estimulos para una formación 
integral,respetando los derechos y promoviendo los deberes para 
una sana convivencia integral. 
Los estudiantes padres de familia docentes y directivos docentes 
deben tomar conciencia de s responsabilidad de contribir al 
desarrollo eficaz de los objetivos de la institución en pro de la 
comunidad,eduactiva y por enden deben comprometersen en el 
proceso educativo,para velar por el obligatorio cumplimiento de 
estos. 
2.Que la institución deben procurar el bienestar de los 
estudiantes y velar por s integridad,su dignidad y su sano 
desarrollo y s ejemplar comportamiento en el área educativa y de 
su integral formación en las áreas estipuladas en la ley 115 de 
1994,s pleno desarrollo en el área tanto física,como 
psicológica,emocioal,social,y moral fijando normas que asi lo 
garanticen.dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia 
adolescencia en sus artículos 2,18,19,41,42,43,44. 
3.Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos 
educativos ,principios antropológicos 
,psicológicos,epistemológicos,sociales,democráticos,y 
axiológicos,del PEI.Dando cumplimiento al decreto 1860 del 94. 
4.Que se deben precisar los mecanismos de participación 
democrática,dando cumplimiento a los articlos 31,32 de la ley 
1098 del 06 de infancia adolescencia. 
5.Que el consejo directivo como órgano de representación de los 
estamentos de la comunidad 
educativa,rector,estudiantes,exalumnos,padres de
familia,docentes y sector productivo es la estancia superior del 
gobierno escolar de la institución, 
6.Que el contenido del presente manual de convivencia,es fruto 
de la concertación democrática,y planteamienos formulados por 
representantes de toda la comunidad educativa directivos 
docentes,,estudiantes,padres de familia,personal administrativo 
de servicios generales y aprobado en el consejo directivo según 
acta. 
ACUERDA 
ARTICULO PRIMERO 
Aprobar el manual de convivencia de la institución educativa 
Antonio Nariño de Ataco Tolima como parte integral,del proyecto 
educativo institucional PEI,deacerdo con los principios 
fundamentales,los capítulos y artículos que a continuación se 
señalan. 
ARTICULO SEGUNDO 
El presente manal de convivencia rige apartir de la fecha de su 
publicación. 
CONTENIDO 
CAPITULO PRIMERO GENERALIDADES 
CAPITULO SEGUNDO DE LA INSTITUCION Y LA COMUNIDAD 
CAPITULO TERCERO ADMISIONES Y MATRICULAS 
CAPITULO CUARTO REGIMEN ACADEMICO 
CAPITULO QUINTO DE LOS ESTUDIANTES 
CAPITULO SEXTO DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES 
CAPITULO SEPTIMO DE LOS DOCENTES Y DEL PERSONAL DEL 
SERVICIO. 
CAPITULO OCTAVO SERVICIOS DE BIENESTAR.
INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO 
CAPITULO PRIMERO 
GENERALIDADES 
ARTICULO 1 CONCEPTO 
El manual de convivencia es la norma instiucional cuyo contenido 
es el resaltado de la discusión ,análisis y acuerdos entre los 
diferentes estamentos de la comunidad educativo Antonio 
Nariño,es un documento que representa el compromiso mutuo 
entre la institución,el estudiante y los padres de familia o 
acudientes,surgido apartir de un ambienteamplio del ejercicio de 
la democracia participativa y cuya aplicación y verificación del 
cumplimiento,es responsabilidad,del gobierno escolar,mediante 
la dirección pedagógica y administrativa del consejo directivo. 
En el se establecen los pntos comunes de entendimiento para 
proceder en forma constructiva. 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO 
CONTENIDO 
PRESENTACION: 
 Introducción 
 Justificación
1. NUESTRA INSTITUCION: 
1.1 Misión. 
1.2 Visión. 
1.3 Objetivos. 
1.3.1 Objetivos Generales. 
1.3.2 Objetivos específicos 
2. MARCOS DE REFERENCIA: 
2.1 Marco Legal 
2.2 Marco Teórico 
3. SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 
3.1 Escudo 
3.2 Bandera 
3.3 Himno 
4. CAPITULO I 
4.1 ESTUDIANTES: 
 Perfil de los estudiantes. 
 Derechos de los estudiantes. 
 Deberes de los estudiantes. 
 Estímulos para los estudiantes. 
 Faltas que ameritan medidas especiales 
 Faltas, correctivos y sanciones. 
 Procedimientos. 
5. CAPITULO II 
PROCEDIMIENTO ACADEMICO: 
 Sistema de evaluación 
 Medios de evaluación 
 Promoción 
 Reprobación 
 Perdida de cupo
6. CAPITULO III 
EDUCADORES: 
 Perfil de Educador. 
 Deberes del Docente. 
 Derechos de los Docentes. 
 Estímulos para los Docentes. 
 Faltas que ameritan medidas especiales. 
 Sanciones 
7. CAPITULO IV 
PADRES DE FAMILIA: 
 Perfil de los padres. 
 Derechos de los padres o acudientes. 
 Deberes de los padres de familia. 
 Estímulos para los padres de familia. 
 Amonestaciones de los deberes y obligaciones de los padres. 
8. CAPITULO V 
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. 
 Obligaciones especiales. 
 Obligaciones Fundamentales 
 Obligaciones complementarias. 
 Prohibición de Sanciones crueles, humillantes o degradantes 
9. CAPITULO VI 
GOBIERNO ESCOLAR. 
 Consejo Directivo 
 Consejo Académico 
 Comisiones de evaluación y promoción. 
 Personero Estudiantil 
 Contralor estudiantil. 
 Comité de convivencia. 
 Consejo Estudiantil 
 Asamblea de padres de familia. 
 Consejo de padres de familia 
10. CAPITULO VII 
DISPOCISIONES GENERALES: 
 Servicio de Bienestar
 Medios de Comunicación 
 Admisiones 
 Requisitos 
 Matricula 
 Procedimiento de Matricula 
11. CAPITULO VIII 
COSTOS EDUCATIVOS: 
 Matrícula 
 Pensión. 
 Otros cobros. 
12. CAPITULO IX 
HORARIOS: 
 Horarios 
 Uniforme de diario 
MANUAL DE CONVIVENCIA 
INTRODUCCION:
El proyecto Educativo Institucional establece como parte integrante el Manual de 
Convivencia para todos los establecimientos educativos, con el objeto de generar un 
proceso de cambio y nuevas normas de organización de la vida escolar. 
El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones 
escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su 
libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, 
social y deportiva con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los 
diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a 
conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa, 
El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas 
determinadas en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya 
finalidad es la de garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso 
desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto 
establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las 
niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas 
en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y 
en las Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será 
obligación de la familia, la Sociedad y el Estado. 
JUSTIFICACION: 
El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y 
se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de la INSTITUCION 
EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO de Ataco, diseñar y ejecutar estrategias que formen su 
práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que 
concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. Así el 
Manual de Convivencia es un documento donde se especifican los derechos y deberes de 
los estudiantes, docentes, padres de familia y funcionarios administrativos; indicándoles 
las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los procedimientos que 
permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, sin recurrir a 
la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las funciones y 
reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el 
uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución. 
1. NUESTRA INSTITUCIÓN 
1.1 MISION:
La misión de la Institución Educativa ANTONIO NARIÑO de Atacó, es la de carácter 
oficial y ofrece el servicio educativo en los niveles de preescolar no escolarizado, básica 
primaria escuela nueva básica secundaria pos –primaria PID, educación media 
académica Emer,teniendo,como proposito la formación de bachilleres académicos a 
través de un proyecto educativo flexible con enfoque integral,orientando al pensamiento 
crítico,el espiritualinvestigativo, la formación ciudadana y el desarrollo,sstentablepara que 
puedan asceder a la sociedad y al educación superior con principios y valores 
ambientales,socioculturales,deportivos,recreativos y tecnológicos. 
1.2 VISION 
Para el año 2017,la institución educativa Antonio Nariño,será reconocida por su oferta 
educativa incluyente bajo el principio de calidad y pertinencia,además alcanzaran una 
proyección con énfasis deacuerdo a las necesidades del entorno educativocon niveles de 
exigencia academica. 
1.3 OBJETIVOS: 
1.3.1 Objetivos Generales. 
a- Fomentar en la comunidad educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de 
principios y valores, la participación y organización ciudadana., acorde con la 
normatividad vigente. 
b- Contribuir de manera directa en la formación integral de los niños, para que estos 
sean forjadores del futuro.
c- Brindar herramientas de habilidades y destrezas metodológicas para proyectar la 
investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución 
que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y 
la practica de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de 
manera activa en el desarrollo autónomo e integral del sector en donde reside. 
d- Fomentar el análisis continuo de la realidad social, la protección del medio ambiente, 
de la salud, del mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo de una conciencia 
social desde y al servicio de su comunidad. 
e- Aplicar la pedagogía como eje del desarrollo humano en donde se propenderá por un 
comunicación permanente, personalizante, liberadora y autentica. 
1.3.2 Objetivos específicos. 
a- Afianzar en todos los miembros de la comunidad educativa, la identidad y el sentido 
de pertenecía de la Institución. 
b- Propiciar una formación ética y moral sólida, vivenciada en la práctica cotidiana de los 
derechos humanos y la conservación del medio ambiente. 
c- Implementar procesos de formación y reflexión que permitan la relación y 
convivencia con respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. 
d- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes, 
de acuerdo con la norma en estos casos. 
e- Propiciar y proporcionar una sólida formación cristiana, intelectual, democrática, física 
y psicológica a sus educandos. 
f- Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura, trabajo en equipo, convivencia y 
mutuo apoyo. 
g- Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología y 
las artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere el 
momento de desarrollo económico y político del país. 
h- Encausar al estudiante hacia la adquisición y refuerzo de hábitos de comportamiento 
que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle. 
i- Fomentar en los estudiantes desde los niveles de preescolar y básica primaria, una 
actitud positiva hacia el aprendizaje de otro idioma. 
j- Desarrollar en el niño un excelente nivel académico, expresado a través del dominio 
de los contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa 
dinámica y lógica, acorde con su desarrollo personal y social.
2. MARCOS DE REFERENCIA: 
2.1 Marco Legal. 
Según el articulo 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 
de 1994 se exige: Toda Institución Educativa debe tener como parte integral del 
Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual 
debe contener una definición de los derechos, deberes de los estudiantes, profesores 
y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. 
De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que 
tienen los Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006 Código de 
la Infancia y la Adolescencia. 
Se debe contemplar los siguientes aspectos: 
 Reglas de higiene, personal y salud publica que presentan el bienestar de la 
comunidad educativa. 
 Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación 
de los bienes personales y de uso colectivo. 
 Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 
 Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. 
 Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten 
entre miembros de la comunidad. 
 Pautas de representación personal. 
 Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la 
defensa. 
 Reglas para elección de representantes al Consejo Directivo, demás estamentos 
del gobierno escolar. 
 Reglas para el uso de la biblioteca escolar y demás espacios de la Institución. 
La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el 
manual los siguientes: 
 Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115). 
 Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y 
Art. 28 decreto 1860)
 La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 DEC 1860) 
 Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante 
(Art. 23 DEC. 1860). 
 Funciones disciplinarias del Rector (a) (Art. 25 DEC 1860) 
 Las actividades del Gobierno Estudiantil. 
 Integración del Consejo Directivo (Art. 21 DEC 1860) 
 Directivos docentes y sus funciones (Art. 27) 
 Asociación de padres de familia (Art. 30) 
 Consejo de padres de familia (Art. 31) 
 Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40) 
 El manual de convivencia se ha realizado con base a la Constitución Política de 
Colombia y con plena aplicación del niño, la niña y el adolecente. Ley 1098 de 2006. 
 Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37) 
 Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006. 
 Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Art. 42 al 45) de la Ley 1098 
de 2006 
2.2 Marco Teórico. 
LA INSTITUCION ANTONIO NARIÑO, centro de cultura regional, debe proporcionar a sus 
estudiantes una formación integral que les permita participar en la sociedad y que les 
permita convivir en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una 
adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del 
país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los 
deberes que tiene para con la comunidad. 
El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que 
un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en 
particular, la practica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus
mas importantes medios de realización personal, la convivencia pacifica, y la solidaridad, 
entre otros. 
Enseñar la disciplina es un proceso largo, Se necesita indiscutiblemente, tiempo y 
paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona sanamente 
independiente y en ello, la disciplina y las normas ayuda a consolidar la personalidad, si 
son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este 
proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuales son las reglas del sistema, 
por que existen, por que son importantes, que sucedería si no existiesen y como podría 
ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, la discusión, 
la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante para 
ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su propia forma 
de actuar en sociedad. 
Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas 
que serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes 
de la Comunidad Educativa de la Institución, ellos incluyen derechos y deberes de los 
estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad 
humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la 
sociedad, como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad 
humana. 
Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y 
procedimientos que gobiernan el Colegio, así como de sus responsabilidades. Tal 
información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los 
estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a 
la vida estudiantil y alas actividades académicas. 
3. SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 
3.1 Escudo
3.2 Bandera
3.3 Himno 
I
Es brillante cual perla sagrada 
En el sur del Tolima la luz 
Que en los jóvenes la llama ilumine 
Hoy la paz, el saber, la virtud (Bis) 
II 
Antonio Nariño es el centro 
Cual antorcha irradia esa luz 
Del Paujil sus rayos extiende 
Y en sus hijos saber y virtud (Bis) 
III 
El saber hoy nos abre caminos 
Y esperanza de un mundo mejor 
Con agrado me llegan las brisas 
Del jazmín oloroso hoy en flor(bis) 
IV 
Con la paz de bandera marchemos 
Y sembremos saber por doquier 
Nuestra vida estudiando cambiemos 
Y del sur del Tolima también (bis) 
Autor: Luis Fernando Cossio. 
Rector. 
4. CAPITULO I 
4.1 LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 1: 
PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION. El estudiante del Colegio debe 
llegar a ser y caracterizarse por:
 Valorar la formación que ofrece la Institución, como una oportunidad para construir 
su proyecto de vida, fundamentado en los valores. 
 Crecer como persona integra, autónoma y social, capaz de construir su vida 
mediante la toma de decisiones libres y responsables. 
 Auto estimarse, practicar la responsabilidad, la puntualidad, la organización, la 
honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actuase con 
madurez, racionalidad, justicia y honradez. 
 Asumir con compromiso y responsabilidad el cuidado del medio que lo rodea. 
ARTICULO 2: 
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. 
 Al iniciar el año escolar el estudiante deberá conocer el Manual de Convivencia. 
 Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como 
miembro del plantel. 
 Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de 
obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas. 
 Elegir y ser elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero o Monitor. 
 Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya cometido 
una falta, para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los 
procedimientos legales. 
 Recibir atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo y de 
servicio de la Institución. 
 Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la 
orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral. 
 Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para 
actividades propias de la vida escolar. 
 Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y 
actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético. 
 Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su 
rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad. 
 Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario 
establecido para ello. 
 Aprovechar el tiempo libre en la realización de trabajos y lectura. 
 Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir 
orientación en la búsqueda de soluciones. 
 Participar en la plantación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo 
Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen. 
 Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa 
sobre cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que 
merece toda opinión ajena. 
 Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la 
Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor.
 Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio con las normas fijadas por 
la Institución. 
 Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y 
tranquilo en beneficio de su salud y bienestar. 
 Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes 
deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.) 
ARTICULO 3: 
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. 
 Conocer y aplicar el Manual de Convivencia. 
 Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución. 
 Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y 
demás personas vinculadas a la Institución. 
 Asistir puntualmente y cumplir con la intensidad horaria establecida. 
PARAGRAFO 1 
Los estudiantes que presenten más de 8 fallas de asistencia a clase, en cualquiera 
de las sedes serán reportados en los listados de familias en acción. 
 Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u 
otros actos que atenten contra la dignidad de cada uno. 
 Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el 
trabajo escolar. 
 Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución 
para superar insuficiencias presentadas. 
 Facilitar la comunicación Colegio-Familia, entregando a tiempo y a quien 
corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas. 
 Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman 
durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, 
Consejo Directivo, y demás que se vayan creando. 
 Colaborar con las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de 
disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar. 
 Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a 
que son bienes de uso común, y responder por daños ocasionados por descuido o 
mal uso. 
 Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus 
actividades, mediante la organización y participación activa en campañas 
ecológicas y cívicas. 
 Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la 
Institución. 
 Evitar el porte de sustancias psicoactivas y objetos cortantes que atenten 
contra la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la 
comunidad. 
 Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de 
grupo, preparación y sustentación de trabajos. 
 Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos 
durante las mismas.
 Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de 
educación física de acuerdo a las indicaciones del horario. 
 Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas y demás accesorios, con el 
uniforme. 
 Evitar traer celulares u otros aparatos que generen distracción de sus obligaciones 
como estudiante. 
 Permanecer siempre dentro del aula de clase, con o sin la presencia del profesor, 
observando buen comportamiento como una forma de expresar su autonomía y el 
manejo adecuado del tiempo libre. 
 Cumplir puntualmente con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los 
profesores dentro de los términos establecidos en el calendario académico o plan 
operacional, procurando la excelencia en la presentación y manejo de los 
contenidos. 
 Respetar el reglamento establecido en cada una del las dependencias de la 
institución: Restaurante, sala de sistemas, escenarios deportivos, etc. 
ARTICULO 4: 
ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES. 
 Derecho a izar el Pabellón Nacional cada periodo por sobresalir en conducta y 
rendimiento académico. 
 Medalla de honor en el acto de clausura para los estudiantes que sobre salgan por 
su colaboración, compañerismo, buena conducta, rendimiento académico, 
puntualidad, aptitudes artísticas o cualquier otro valor. 
 Medalla a la excelencia para el mejor/a estudiante de toda la institución. 
 Medalla para el mejor resultado en las pruebas saber grado 11 y demás pruebas 
externas que se apliquen en la institución 
 Participación en salidas pedagógicas, centro literario y de las diferentes 
actividades programadas por la Institución. 
 Reconocimiento a los esfuerzos realizados mediante felicitación verbal y escrita en 
el observador del alumno. 
 Ser elegido como monitor de curso, de disciplina o acadêmico. 
 Trofeos y menciones a los equipos campeones en los torneos deportivos internos. 
 Celebración de los días destinados a los niños, niñas y adolecentes. 
ARTICULO 5: 
EXCUSAS POR AUSENCIA:
Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de 
una incapacidad médica, o personalmente ante la dirección del colegio o profesora del 
grado correspondiente. 
ARTICULO 6: 
FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES. 
PROCESO DE ORIENTACION Y SEGUIMIENTO POR EL INCUMPLIMIENTO DE 
DEBERES: 
La orientación es el proceso que se sigue a los estudiantes cuando presentan dificultades 
en el cumplimiento de los deberes contemplados en el manual de convivencia. 
El proceso que se desarrolla debe quedar claramente consignado en el observador del 
alumno. 
Los pasos a seguir son en el siguiente orden: 
1. Identificación del deber incumplido o la falta cometida. 
2. Dialogo de el/la estudiante con el profesor/a con el fin de determinar la 
responsabilidad y el compromiso que el/la estudiante asume frente a la falta 
cometida. 
3. Si el hecho reconocido se da por segunda vez, habrá dialogo entre el estudiante, 
el o la profesora con el director de grado y se citara al padre de familia para 
acordar un compromiso conjunto en busca del cambio de actitud del estudiante. 
4. Entrevista del estudiante con el coordinador y demás personas que requiera el 
caso e informar de este hecho al rector. 
PARAGRAFO: Si el estudiante reincide en más de dos ocasiones en la misma 
falta leve, se tipificará esta como falta grave. 
 El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma 
que se beneficie, tanto el, como la comunidad educativa, de las normas que 
facilitan la convivencia. 
FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, 
la familia y la Institución Educativa consagrados en este manual de convivencia. Las 
faltas se categorizar en: 
FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a 
un estimulo exterior sin perjuicio material, físico, étnico o moral para los demás. 
FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen causando perjuicio material, físico, 
étnico o moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los 
objetivos y el ambiente Institucional. 
FALTAS LEVES
 Retardo Injustificado e impuntualidad en la llegada a la Institución y a las 
actividades programadas. 
 Entrar y salir sin autorización del salón de clase. 
 Consumir alimentos en clase o en formación. 
 Permanecer en la entrada a la Institución en horas de clase. 
 Comprar en la cafetería en horas de clase. 
 Masticar chicle en el salón de clase o en formación. 
 Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde. 
 Dejar en desorden el salón de clase. 
 Mal comportamiento en la biblioteca, cafetería y demás dependencias de la 
institución. 
 Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso. 
 Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras 
actividades. 
 Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la Institución. 
 Portar el uniforme incompleto, desordenado y presentar inadecuada presentación 
personal. 
 Conversar con vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta 
de respeto con sus semejantes. 
 Llevar aditamentos que no sean acordes con el uniforme (aretes extravagantes, 
camisetas de colores, adornos, etc) 
 Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes 
las circulares y citaciones que le sean enviadas. 
 Hacer uso del teléfono celular sin autorización en horas de clase y/o utilizar en el 
mismo equipo electrónico que interfieran el normal desarrollo de la clase. 
 Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios para 
el desarrollo de las clases. 
 Promover y participar en actividades económicas dentro de la institución en 
beneficio particular sin previa autorización.
 Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos. 
 Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas. 
 Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución. 
 El uso de apodos que atenten contra la autoestima y la dignidad de la persona. 
 Emplear formas, sustancias (huevos, agua, harina u otros) para celebrar 
cumpleaños, triunfos, finalización del año u otros actos dentro y fuera de la 
institución. 
 Y todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida 
FALTAS GRAVES 
 La reincidencia en más de dos faltas leves. 
 Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o plantas ornamentales. 
 Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes 
eléctricas, equipos de cómputo, material de trabajo, muros y ornamentación de la 
misma. 
 Emplear el nombre del Colegio para cualquier actividad diferente a las labores 
académicas, culturales, científicas y artísticas autorizadas por las Directivas. 
 Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás 
dependencias. 
 El porte y promoción de material pornográfico y el diseño o traficación de 
letreros o expresiones irrespetuosas en cualquier sitio de la institución. 
 El hurto comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad 
Educativa. 
 Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y 
nombre de la institución. 
 Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de sustancias psicoactivas, licores, 
cigarrillos, u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que lo 
hagan. 
 Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa.
 Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral a un miembro de la 
comunidad educativa. 
 Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer ilícitos, irrespetar o crear 
problemas sociales. 
 Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa. 
 Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro 
de las instalaciones. 
 Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de la 
comunidad educativa. 
 Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo u otros elementos que puedan 
utilizarse contra la integridad física de las personas. 
 Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero 
o especie. 
 Falsificar, suplantar, cometer fraude en avaluaciones, trabajos o documentos. 
 Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución. 
 Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave. 
CORRECTIVOS Y SANCIONES 
Basados en los principios del debido proceso, de formación integral como fin de la 
educación y en la visión y misión institucional de formar ciudadanos útiles a la sociedad, 
respetuosos de los derechos ajenos y con personalidad para reclamar los propios, se 
establecen correctivos y sanciones aplicables a quienes incurran en comportamientos 
inadecuados o irregularidades. 
CORRECTIVOS FORMATIVOS 
Son las respuestas formativas aplicables por un docente, director de grado, profesor de 
disciplina, coordinador o rector a las conductas inadecuadas que en materia leve o grave 
afecten a uno o varios miembros de la comunidad educativa y a la institución. Entre 
estas: 
 El llamado de atención en privado. 
 Llamado de atención con anotación de la falta y compromiso en el observador. 
 Notificación por escrito al padre o representante del estudiante.
 Citación al padre o representante del estudiante para firmar acta de compromiso 
y recibir apoyo por parte de orientación escolar. 
Claridad: 1- Si el correctivo impuesto es un compromiso (pagar, resarcir, o reparar ó 
asistencia conjunta de estudiante y padre o representante); el estudiante no será 
aceptado en clase mientras no se cumpla el compromiso. 
SANCIONES 
Tienen la finalidad de procurar eliminar de la Institución las oportunidades, los factores y 
consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en 
el desarrollo del (P.E.I.) y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra 
institución. 
A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de 
las siguientes sanciones por cada conducta irregular. 
 Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su 
representante. 
 Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo. 
 Condicionamiento de observar determinada conducta dentro y fuera de la 
Institución educativa. 
 Suspensión temporal hasta por tres (3) días con la obligación de nivelar por su 
cuenta. 
 Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con cancelación de 
matricula. 
 Envío de la queja y pruebas a la Inspección de Policía, Fiscalía, Instituto de 
Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de que las 
conductas irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las 
autoridades Judiciales o Administrativas según la Ley. 
CLARIDAD: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a la 
gravedad de la falta considerada esta de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y 
personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada. 
ARTICULO 7: 
PROCEDIMIENTOS
Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido procesos en la aplicación de 
correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos. 
PROCESO DISCIPLINARIO PARA FALTAS GRAVES. 
El proceso se hará de la siguiente manera: 
1.-Tipificacion de la falta 
2.-Comunicación por escrito el/la Estudiante implicado. 
3.-Derecho de defensa: El/la Estudiante debe presentar descargos por escrito en un 
periodo o termino de tiempo de 2 (dos) días hábiles, anexando las pruebas 
respectivas. 
4.-Analisis de pruebas o descargos por parte del coordinador o del rector. 
5.-Analisis de los antecedentes del/la estudiante, del hecho, de sus causas y de sus 
efectos. 
5.-Determinacion de culpabilidad o inocencia 
7.-Aplicación de correctivos o sanciones. Según se trate de faltas graves o leves o 
archivo del proceso. 
8. Acto administrativo mediante el cual se establecen los correctivos/sanciones, este 
se hará mediante resolución motivada de la rectoría, con copia para la carpeta del 
estudiante, que reposa en el archivo de la institución. 
9. Remisión del estudiante al docente orientador, psicólogo o quien cumpla esas 
funciones en la institución. 
PARAGRAFO 1: En caso de faltas leves, los correctivos estarán orientados 
especialmente a restituir el daño causado, cualquiera que el sea y a establecer 
compromisos inmediatos que estimulen a los estudiantes a un cambio positivo en su 
actitud y comportamiento. 
PARAGRAFO 2. Cuando el estudiante reincida en un comportamiento social que no 
permita el desarrollo normal de las actividades académicas del grupo y que por tanto 
afecte su rendimiento académico, la institución le fijará un cronograma para que solo 
asista a presentar la evaluaciones con base en los estándares, niveles de 
desempeño, temas y actividades dadas por cada profesor para el resto del año lectivo. 
CORRECTIVOS/SANCIONES PARA FALTAS GRAVES 
1.-Remicion a la coordinación para que se haga el correspondiente registro en el libro 
observador del alumno, se informe al padre de familia y se firme con el padre de 
familia y/o acudiente. 
2.-Suspensión de clases de uno (1) a tres (3) días, esta decisión será tomada por el 
rector o quien ejerza esa función bajo la resolución motivada, en la cual se estipule el 
plan de actividades dirigidas que desarrollará el estudiante durante el tiempo que esté 
impedido para asistir a clase. 
3.-Negacion del cupo para el año siguiente. 
4.-El estudiante que haya sido sancionado por falta grave, su comportamiento social 
será valorado como insuficiente. 
5.-El padre de familia pagará a la institución todo el daño causado por su hijo/a. 
PROCESOS SANCIONATORIOS:
Corresponde al Rector-Director de la Institución, o quien en ese momento cumpla esa 
función, su aplicación mediante Resolución motivada previo el concepto de no vinculante 
de la Comisión de Convivencia. 
PROCEDIMIENTO: 
Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, 
informará al coordinador que corresponda o por escrito al Rector-Director indicando la 
falta e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden 
hacer valer. En el caso de que el informe se recibido por el coordinador, este hará las 
verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector-Director. 
Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector- 
Director citará al estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al 
Personero Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) 
días siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular 
del estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la 
comunicación que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la 
misma. 
El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se 
levantará acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva 
la Institución. 
Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector-Director tomará 
la decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la 
gravedad de la falta, el Rector-Director, mediante citación integrará la comisión de 
Convivencia para que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la 
correspondiente Resolución. 
5. CAPITULO II 
PROCEDIMIENTO ACADEMICO
ARTICULO 8: 
SISTEMAS DE EVALUACION: 
Entendemos la evaluación como un proceso sistemático, permanente y progresivo de 
valoración intersubjetiva mediada por dinámicas de interacción que permite acceder al 
aprendizaje significativo. La evaluación se define como el proceso pedagógico que 
realiza el profesor destinado a recoger información para conocer y analizar los niveles 
de aprendizaje alcanzados por los estudiantes y visualizar los resultados en todo el 
proceso de enseñanza aprendizaje . La evaluación es una forma de aprender, una 
manera de reconocer avances por parte del mismo evaluado, una estrategia para 
aprovechar las potencialidades del alumno y hacer que supere sus limitaciones. Por lo 
anterior, siempre al evaluar se está pensando con un sentido positivo antes que una 
manera de reprobar. 
En este sentido, a través del proceso de evaluación se obtienen evidencias que 
permiten juzgar a nivel de logro de aprendizaje; la información obtenida se considera 
para la toma de decisiones , orientadas principalmente a producir un mejoramiento en 
los aprendizajes de los estudiantes así como también a la renovación y cambio en la 
acción docente e interacción pedagógica. 
ARTICULO 9: 
MEDIOS DE EVALUACION: 
Para efectos de emisión de boletines se tendrán en cuenta cuatro periodos de 10 
semanas en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de 
valoración: 
· Cuando un área se encuentre conformada por dos o más asignaturas según el 
plan de estudios vigente, éstas se promediaran teniendo en cuenta el porcentaje 
de sus respectivas intensidades horarias. 
· Se harán valoraciones numéricas de 1.0 a 10.0 en cada área. 
· Esta escala numérica se equivaldrá cada bimestre a la escala nacional de 
desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los boletines se expedirán 
en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, 
· Además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible 
para la comunidad educativa, sobre el estado de desempeño de los logros , las 
fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes en su desempeño integral 
durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su 
mejoramiento. 
La escala del informe final, se expedirá en los certificados definitivos También en dos 
columnas, una numérica de 1 a 10 y la otra con el equivalente a la escala nacional en 
conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de manera descriptiva, explicativa, 
en lenguaje objetivo y comprensible para la comunidad educativa.
El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del 
estudiante en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, 
se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año 
en el PEI. 
La escala de valoración del plantel será la siguiente: 
- Desempeño Superior 9.0 a 10.0 
- Desempeño Alto 7.5 a 8.99 
- Desempeño Básico 6.0 a 7.49 
- Desempeño Bajo 1.0 a 5.99 
Conforme a lo establecido por la ley 115 / 94, ley 715 / 01. Decreto 1860 /94, Decreto 
1290 abril 16 de 2009 y demás normas de evaluación del rendimiento escolar, el 
educador realizara un continuo y procesal seguimiento del estudiante, se realizara una 
evaluación acumulativa al finalizar cada periodo. 
El sistema de evaluación aprobado en el SIEE de la Institución Educativa ANTONIO 
NARIÑO de Ataco, se aplicara a cabalidad en las modalidades de educación flexibles 
como son CAFAM, APT. 
Para favorecer el sistema de aprendizaje se realizaran los siguientes planes de apoyo: 
 Actividades de profundización, para superar logros que se realizaran en 
concertación con el educador responsable. 
 A actividades complementarias, se realizaran en casa con compromiso del padre 
de familia. 
 Sustentación de actividades complementarias. 
 Comisión de evaluación. Destinado a estudiantes que persisten en las dificultades 
académicas, después de haber presentado la actividad complementaria. 
 Al finalizar cada periodo se entregara a los padres de familia o acudientes un 
informe escrito en el cual se identifiquen los avances de los educandos. 
ARTICULO 10:
PROMOCION. 
Los estudiantes serán promovidos al grado siguiente cuando en todas las áreas hayan 
obtenido calificación por encima de la valoración básica. 
PARAGRAFO: 1. PROMOCION ANTICIPADA 
Las comisiones de evaluación y promoción recomendarán ante la Rectoría, la promoción 
anticipada de grado a grado, de los estudiantes antes de que termine el primer periodo 
del año lectivo en curso, que demuestren persistentemente un desempeño superior en la 
adquisición de los indicadores y logros, y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo 
cognitivo, actitudinal y procedimental entre otros. 
Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las 
respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto el grado 11º que se debe 
cursar completo), aconsejará a las comisiones la promoción de grado de manera 
anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. 
Si las comisiones encuentran mérito para atender la solicitud hecha por los profesores al 
director de curso, se elabora un Acta para el Rector debidamente sustentada, con el fin de 
que éste produzca la Resolución Rectoral que ordena la realización de las evaluaciones 
respectivas que garanticen las capacidades del estudiante que solicita la promoción 
anticipada, una vez evaluada las capacidades y se obtiene un desempeño de alto a 
superior en todas las áreas se procederá legalice dicha situación mediante una 
resolución rectoral , previa consulta que hará éste con el padre de familia y estudiante que 
se promueve en forma anticipada. 
Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la 
promoción anticipada y con estas notas se expedirá el certificado del año que en ese 
momento estaba cursando el alumno, y copia de estas notas reposará en el libro de 
calificaciones, además de entregarla al estudiante promovido. 
De igual forma se procederá para aquellos estudiantes que fueron reprobados y se 
encuentren repitiendo el año, que soliciten por escrito a la Comisión de Evaluación y 
Promoción respectiva la promoción anticipada y esta programará en común acuerdo con 
el Consejo Académico una evaluación integral de la totalidad de los logros previstos en 
todas las áreas impartidas para el grado, y de obtener una calificación mínima de ALTO 
se procederá a recomendar su promoción en los mismos términos que el caso anterior. 
Es requisito para la promoción de los estudiantes del grado 11° de la media y el ciclo 26 
de educación flexible (grado 11°), cumplir con 80 horas de trabajo social en las 
actividades que para este fin programe la institución 
ARTICULO 11: 
REPROBACION
Al finalizar el año escolar la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado se 
encargará de determinar cuáles estudiantes deben repetir un grado determinado, 
atendiendo a las directrices consignadas en la Ley o en nuestro Manual de Convivencia. 
La Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado podrá determinar que un 
estudiante es candidato para repetir el año cuando se encuentre en algunas de las 
siguientes situaciones: 
a. Estudiantes con evaluación final con desempeño bajo en tres o más áreas 
b. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las 
actividades académicas durante el año escolar. 
Cuando un área está conformada por dos asignaturas o más, según el plan de estudios 
definido para ese grado y año respectivo, es condición necesaria para aprobar el área el 
que en todas las asignaturas se superen los logros mínimos definidos en un 60%. 
Los demás estudiantes serán promovidos al siguiente grado. 
ARTICULO 12: 
PERDIDA DE CUPO 
Cuando presenta notoria y constante insuficiencia en su comportamiento. 
Y cuando el estudiante incurra en faltas consideradas como graves en este manual 
6. CAPITULO III 
EDUCADOR 
ARTICULO 13: 
PERFIL DEL EDUCADOR 
El colegio busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo 
tanto nuestro educador debe: 
 Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y 
espirituales. “ El ejemplo arrastra” 
 Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo. 
 Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos. 
 Preocuparse no solo por enseñar unos conocimientos, sino que trabaje en procura 
de orientar su conducta hacia el logro de objetivos de la Institución 
 Ser maestro competente en su campo laboral, concientizándose de que la labor 
docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y 
como un compromiso con el colegio. 
 Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y 
flexivas.
 Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales, 
científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad. 
ARTICULO 14: 
DEBERES DEL DOCENTE 
 Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, 
responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del 
estudiante durante su permanencia en el plantel. 
 Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su 
responsabilidad. 
 Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la 
formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia 
Social. 
 Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; 
formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones 
humanas. 
 Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una 
presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo. 
 Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del PEI. 
 Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o el Núcleo 
Educativo programen. 
 Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean 
formuladas oportuna y respetuosamente. 
 Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, 
como las fallas de los estudiantes a cargo. 
 Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios 
correspondientes. 
 Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de 
vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las 
anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel. 
 Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el 
desarrollo de los procesos y velar por su cuidado. 
 Permanecer en el Colegio o en la sede durante la jornada de trabajo y dedicar su 
tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la 
Institución. 
 Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político – Social, religioso, o de 
cualquier índole. 
 Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo 
oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuando sea el caso. 
 Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario 
de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo a las fechas. 
 Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de 
proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de 
desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes a su cargo. 
 Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo 
aprendido en clase.
 Atender de manera respetuosa y oportuna a los padres de familia o demás 
miembros de la comunidad educativa. 
 Citar a los padres de familia cuando se requiera de mejorar el desarrollo cognitivo 
y comportamental del estudiante. 
 Seguir el conducto regular para realizar cualquier actividad de índole personal, 
laboral que afecte el normal desarrollo de las actividades académicas. 
ARTICULO 15: 
DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE 
 Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de 
Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. 
 Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de 
Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos. 
 Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio 
de sus funciones. 
 Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la 
Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la 
intención de facilitar el logro de objetivos comunes. 
 Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad 
escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan 
surgir entre ellos. 
 Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en el Colegio y velar por 
crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo 
de las actividades académicas. 
 Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos 
educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad. 
 Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional. 
 Promover el proceso de mejoramiento continuo de la localidad de la educación en 
el establecimiento. 
 Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico. 
 Atender de manera respetuosa y oportuna a los padres de familia o demás 
miembros de la comunidad educativa. 
ARTICULO 16: 
DERECHOS DE LOS DOCENTES 
 Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa, 
a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su labor. 
 Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su intimidad 
personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones. 
 Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la 
elaboración y desarrollo del PEI. 
 Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo 
amerite, previo seguimiento del conducto regular. 
 Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos del 
plantel. 
 Elegir y ser elegido para el Consejo Académico.
 Solicitar hasta tres días de permiso remunerados en el mes, no acumulables, 
cuando requiera por calamidad domestica o por enfermedad presentando los 
respectivos soportes originales. 
ARTICULO 17: 
ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES 
 Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de 
profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida. 
 Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar. 
 Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc. 
 Participar en curso, conferencias y otras actividades de actualización, 
profundización o perfeccionamiento. 
ARTICULO 18: 
FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES 
Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente. 
 No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas. 
 Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia. 
 El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o 
documentos públicos. 
 La aplicación de castigos denigrantes, físicos o psicológicos a los educandos. 
 El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el 
escalafón. 
 El abandono del cargo. 
 Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores y las 
directivas, o entre padres de familia y directivas. 
 El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en 
actos comunitarios. 
 Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el 
correspondiente permiso. 
 Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores 
académicas y o disciplinarias. 
 Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familia 
 La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de 
fármacos. 
 Acoso sexual y/o conductas inapropiadas con los estudiantes o cualquier miembro 
de la comunidad educativa. 
 Realizar actividades económicas de carácter personal usando el nombre de la 
institución. 
 Apropiarse de dineros, bienes o elementos de la institución. 
 Utilizar bienes de la institución para lucrarse de ellos.
ARTICULO 19: 
SANCIONES 
 Amonestaciones verbales por parte de las directivas y registro de la misma. 
 Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida cuando la gravedad lo 
amerite o si hay reincidencia en la falta. Anexando los descargos respetivos 
 Reporte de inasistencia injustificada para el descuento en la asignación básica 
mensual. 
 Suspensión indefinida del ejercicio de su cargo.(sanción a cargo del departamento 
de control y vigilancia de la secretaria de Educación del Tolima) 
 Cancelación definitiva del contrato de trabajo.( sanción a cargo del departamento 
de control y vigilancia de la secretaria de Educación del Tolima) 
7. CAPITULO IV 
PADRES DE FAMILIA 
ARTICULO 20: 
PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA 
Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus 
hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos 
propuestos. 
 Deben ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y 
su buen desarrollo escolar. 
 Complementar los conocimientos que el niño adquiera en el colegio. 
 Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones 
expedidas por parte de la Institución, para darle cumplimiento a las mismas. 
 Formar en sus hijos valores que contribuyan a formar una persona de bien. 
 Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión 
del comportamiento del niño dentro de las actividades. 
 Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con el Colegio en 
el momento de la matricula. 
 Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones. 
 Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros 
de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias. 
 Participar en todas las actividades programadas por la Institución. 
 Dar a sus hijos oportunamente los materiales o elementos que se le soliciten para 
el desarrollo de las actividades pedagógicas.
ARTICULO 21: 
DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES. 
 Recibir y conocer el Manual de Convivencia. 
 Conocer el estado académico de sus hijos. 
 Hablar con la directiva, profesores o personas encargadas, sobre el estado 
general del estudiante. 
 Analizar con el rector/a, Coordinador/a y el profesor/a, sanciones y 
amonestaciones, producto del mal comportamiento de su hijo. 
 Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde 
se informa sobre el compromiso con la institución. 
 Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo con los 
mecanismos que para ello se estipulen. 
 Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Concejo de padres de familia. 
 Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y 
comportamiento de su hijo. 
 Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, 
para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 
 Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa. 
 Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a 
su intimidad personal y familiar, a su buen nombre, a sus creencias, y opiniones. 
 Solicitar y obtener constancias y certificados. 
 Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el 
respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular. 
 Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoría de los 
profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral. 
ARTICULO 22: 
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. 
 Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación 
integral de sus hijos. 
 Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya 
que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha 
implicado la aceptación del reglamento interno y el presente Manual de 
Convivencia. 
 Interés a que su hijo asista al Colegio con absoluta puntualidad, con el uniforme 
completo y excelente presentación. 
 Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares. 
 Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento 
escolar y disciplinario de los hijos.
 Asistir a entregas oficiales de reportes evaluativos, a reuniones, a asambleas 
programadas en la Institución. 
 Cumplir con el pago correspondiente a las actividades que en asamblea general 
los padres de familia aprueben. 
 Justificar personalmente o por escrito, ante quien corresponda, los retardos 
forzosos o inasistencias al plantel de sus hijos. 
 Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus 
hijos. 
 Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, 
propias de la edad. 
Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia. 
 Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortes y 
oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se 
estén presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel. 
 Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a 
los elementos que el Colegio pone a su servicio. 
ARTICULO 23: 
ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES 
 Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario 
de su hijo. 
 Participar en el Consejo de Padres. Junta Directiva de la Asociación de Padres, o 
Consejo Directivo. 
 Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las 
actividades de la Institución. 
8. CAPITULO V 
ARTICULO 24: 
OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 
1- Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y 
garantizar su permanencia. 
2- Brindar una educación pertinente y de calidad. 
3- Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad 
Educativa. 
4- Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro 
educativo. 
5- Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del 
proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad 
educativa.
6- Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de 
aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de 
orientación psicopedagógica y psicológica. 
7- Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas 
nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la 
comunidad educativa para tal fin. 
8- Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y 
adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 
9- Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura 
y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 
10-Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del 
patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 
11- Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 
12-Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición 
socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. 
ARTICULO 25: 
OBLIGACION ETICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. 
Las instituciones de educación primaria y secundaria, publicas y privadas, tendrán la 
obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a 
su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal 
efecto, deberán: 
1- Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales 
de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las 
diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y 
considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan 
discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 
2- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, 
agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás 
compañeros y de los profesores. 
3- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, 
correctivo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, 
desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades con capacidades 
sobresalientes o especiales. 
ARTICULO 26: 
OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. 
Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa 
en general pondrán en marcha mecanismos para: 
1- Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento, tarjeta de identidad o cedula 
de ciudadanía. 
2- Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, 
maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y 
laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores 
formas de trabajo infantil.
3- Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 
4- Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, 
integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 
5- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra forma de maltrato, 
agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los 
demás compañeros o profesores. 
6- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, 
correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los 
comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y 
adolescentes, con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o 
adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 
7- Prevenir el trafico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen 
dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades 
competentes acciones efectivas contra el trafico, venta y consumo alrededor de las 
instalaciones educativas. 
8- Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el 
acceso y la integración educativa del niño, niña y adolescente con discapacidad. 
9- Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores 
formas de trabajo infantil detectadas en niños niñas y adolescentes. 
10-Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva 
y la vida en pareja. 
11- 
9. CAPITULO VI 
DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS 
ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS 
ARTICULO 27: 
GOBIERNO ESCOLAR 
El sentido de instaurar el gobierno escolar en nuestra comunidad educativa, es ejercitar 
gradualmente la vivencia de la democracia a través de la participación de todos los 
estamentos y permitir el desarrollo en los diferentes miembros de la comunidad, de mayor 
grado de responsabilidad, autonomía, liderazgo, conocimiento, convivencia y 
compromisos. 
El Gobierno Escolar está conformado por: 
A) Consejo Directivo 
B) Consejo Académico 
C) Comisiones de Evaluación y Promoción. 
D) Comité de Convivencia. 
E) Personero Estudiantil. 
F) Contralor Estudiantil. 
G) Consejo de Estudiantes. 
H) Asamblea de Padres de Familia. 
I) Consejo de Padres de Familia. 
ARTICULO 28: 
RECTOR (A)
El rector (a) de la Institución o quien ejerza dicha función, es el representante legal del 
establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno 
escolar. 
ARTICULO 29: 
CONSEJO DIRECTIVO 
Estará integrado así: 
 El rector(a) quien lo preside. 
 Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría simple en 
Asamblea de profesores. 
 Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la 
asociación de padres de familia. 
 Un representante de los estudiantes, elegido por el concejo de Estudiantes, entre 
los estudiantes que se encuentran en último grado. 
 Un representante de los exalumnos elegido por el Consejo directivo de terna 
presentada por la asociación de exalumnos. 
 Un representante del sector productivo elegido en asamblea de padres. 
ARTICULO 30: 
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO 
A- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean de 
competencia de otra autoridad. 
B- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y 
administrativos en las aulas del Plantel Educativo. 
C- Adoptar el reglamento de la Institución regido a las normas vigentes. 
D- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa. 
E- Participar en la planeación y evaluación del PEI. 
F- Controlar y estimular el buen funcionamiento de la Institución Educativa. 
G- Participar en la evaluación anual de docentes. 
H- Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias. 
I- Promover las relaciones de tipo cultural con las demás Instituciones. 
Darse su propio reglamento. 
ARTICULO 31: 
CONSEJO ACADEMICO 
Es una instancia consultora que vela por la coherencia del plantel, esta integrado por: 
· Directivos docentes.
· Directores de grupo. 
· Los jefes de área 
· ARTICULO 32: 
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO 
· Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión de la propuesta del 
PEI. 
· Revisar el currículo y propiciar su mejoramiento continuo anexando las 
modificaciones y ajustes correspondientes. 
· Organizar el plan de estudios. 
· Participar en la evaluación institucional anual. 
· Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre aspectos academicos. 
COMITE DE CONVIVENCIA 
Tiene como finalidad rendir concepto a la Rectoría, antes que se aplique sanción por 
faltas graves. El concepto es necesario y orientador de las acciones futuras pero no 
vinculantes con relación a las decisiones. Deberá rendirse por escrito el mismo día de la 
reunión o más tardar el día siguiente. 
INTEGRACION: Según la gravedad de la falta, el comité se integrará así: 
 La comisión de convivencia estará integrada por : El/la Coordinador/a,el/la 
directora/a de curso, el representante del Consejo Estudiantil, el Personero 
Estudiantil, el Orientador Escolar (si lo hay), un representante de la Asociación de 
Padres de Familia. La comisión de convivencia se integrará mediante la citación 
que hace el Rector – Director. 
Las decisiones del Comité convivencial se tomarán por mayoría simple. El Rector 
o el Coordinador delegado formulará los respectivos cargos y el estudiante o su 
representante legal podrá presentar los descargos pertinentes por escrito, en un 
término no mayor a tres días hábiles. 
Durante las deliberaciones no estarán presentes ni el estudiante ni su 
representante legal. Tomada la decisión se notificara al estudiante y a su 
representante y se firmaran las respectivas actas. Para este caso preceden los 
mismos recursos que establece la ley. En todo caso el Comité Convivencial 
buscara la prevalencia de los procesos pedagógicos. 
Artículo 56. FUNCIONES DE COMITÉ CONVIVENCIAL
 Velar por la correcta y justa aplicación del Manual de convivencia, teniendo 
en cuenta la Filosofía Institucional, la ley y el principio de diferenciación. 
 Revisar y analizar el debido proceso para cada caso. 
 Propender por la armonía y convivencia entre los distintos estamentos de la 
Institución. 
 Solicitar, atender y analizar los cargos, descargos y recursos de apelación y 
reposición presentados por el estudiante incurso en un proceso. 
 Sancionar o absolver al estudiante incurso en el proceso. 
 Responder los recursos presentados por parte del estudiante ya sea 
ratificando o modificando una decisión anterior en los términos y plazos 
fijados por la Ley. 
 Elaborar actas sobre el desarrollo de cada sesión en las que conste fecha, 
hora, lugar, asistentes, motivaciones, análisis, cargos, descargos, recursos, 
decisión, compromisos. 
PARAGRAFO: En el caso de decidirse la exclusión inmediata o posterior del a 
estudiante, el Rector llevara el caso ante e Consejo Directivo, quien la aprobara o 
no previa autorización de la asociación de padres de familia (Articulo 319 del 
código de la infancia y la adolescencia). 
APELACIONES: 
Contra las sanciones impuestas por el Rector o quien cumple la función, puede 
interponerse recurso de apelación dentro de los tres (3) días siguientes ante el consejo 
directivo de la Institución Educativa Antonio Nariño, quién decidirá en reunión en la cual 
no participará el Rector o Director. 
ARTICULO 33: 
PERSONERO ESTUDIANTIL 
Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto 
y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de 
clases del año lectivo. Es el encargado de promover el ejercicio de los derechos de los 
estudiantes consagrándose a la Institución, mediante las leyes, reglamentos, códigos y 
Manual de Convivencia. 
ARTICULO 34: 
FUNCIONES DEL PERSONERO 
· Presentar su propuesta de trabajo ante los estudiantes y ante la directivas a más 
tardar treinta (30) días después de su nombramiento. 
· Concurrir a las reuniones del Consejo Directivo cuando sea solicitado, o cuando el 
lo haya solicitado previamente. 
· Velar por el cumplimiento del manual de convivencia. 
· Asistir a las reuniones de comité de convivencia.
· Ser intermediario entre los estudiantes y docentes en la solución de conflictos. 
· Asistir a los actos en que sea solicitada su presencia. 
ARTICULO 35: 
CONTRALOR ESTUDIANTIL 
Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto 
y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de 
clases del año lectivo. Es el encargado de participar en el control de los gastos e 
inversiones que se hagan en la institución. Consagrándose a la Institución, mediante las 
leyes, reglamentos, códigos y Manual de Convivencia. 
ARTICULO 36 
FUNCIONES DEL CONTRALOR 
· Presentar su propuesta de trabajo ante los estudiantes y ante las directivas a más 
tardar treinta (30) días después de su nombramiento. 
· Velar por el cumplimiento del manual de convivencia. 
· Asistir a las reuniones en las que sea convocado. 
· Velar por el buen manejo de los recursos asignados por cualquier organismo a la 
institución 
ARTICULO 37: 
CONSEJO ESTUDIANTIL 
Conformado por un estudiante de cada grado, quien es elegido por sus compañeros 
mediante voto democrático. Se destacara por mantener excelente comunicación de los 
alumnos, educadores y directivos. 
ARTICULO 38: 
FUNCIONES DEL CONCEJO ESTUDIANTIL 
· Llevar la vocería con el fin de estudiar, buscar soluciones a las necesidades, 
problemas o inquietudes que se presenten en el grado. 
· Coordinar la buena presentación del salón. 
· Informar sobre los hechos graves que detecte; como hurto, daños, abusos, etc. 
· Presentar propuesta en beneficio del mejoramiento institucional. 
ARTICULO 39: 
ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA 
Las directivas de la institución Educativa Antonio Nariño promoverán la organización de 
una asociación de padres de familia, para lo cual podrán citar a asamblea general; en 
donde se elegirá un integrante por cada grado. 
La asociación además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar 
actividades como las siguientes:
· Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los padres de familia 
con la institución. 
· Contribuir al recaudo de cuotas de suministro o apoyar iniciativas existentes que 
beneficien el funcionamiento de la institución. 
· Velar por el buen funcionamiento de la institución. 
10. CAPITULO VII 
DISPOSICIONES GENERALES 
ARTICULO 40: 
SERVICIO BIENESTAR 
La Instituciòn preocupada por el bienestar de la comunidad cuenta con una serie de 
servicios que contemplan la labor y contribuyen a la formación integral de cada uno de los 
miembros del Colegio. Son sus servicios: 
a) C.R.A Centro de recursos para el Aprendizaje. 
b) Sala de informática. 
c) Laboratorio de física y química. 
d) Refrigerio escolar. 
ARTICULO 41: 
MEDIOS DE COMUNICACIÓN, PROFESORES, PADRES DE FAMILIA 
Para la comunicación eficiente los miembros y estamentos de la comunidad educativa de 
la Instituciòn Educativa disponen los siguientes: 
· Cuaderno viajero según modalidad escuela nueva y pos primaria, de uso diario de 
cada estudiante para ayudarlo en la organización de sus actividades, y un canal 
diario de comunicación con el padre de familia. 
· Circulares. 
· Periódico mural en el que se publican las informaciones que tienen que ver con la 
comunidad estudiantil. 
· Cartelera, en la cual se rinde honor a las fechas patrias, o se escribe una frase 
reflexiva. 
ARTICULO 42: 
MATRICULA 
La matricula es un acto por el cual el aspirante seleccionado adquiere la calidad de 
estudiante de la Instituciòn. Se realizara al firmar junto con el padre o madre de familia, o 
acudiente la hoja de matricula, comprometiéndose a actuar siguiendo las disposiciones 
vigentes. 
ARTICULO 43:
PROCEDIMIENTO PARA LA MATRICULA 
· Haber sido oficialmente admitido. 
· Presencia del estudiante y de por lo menos con uno de los padres o acudientes, 
en la hora y fecha indicada por La Institución. 
· Presentar al día los siguientes documentos: 
 Copia del registro civil, tarjeta de identidad o cedula de ciudadanía. (según 
la modalidad). 
 Copia documentos de identidad de los padres y/o acudientes. 
 Constancia del último grado el cual haya cursado 
 2 fotos 3 x 4. 
 Copia certificado de vacunación. 
 Copia del sisben y/o EPS. 
11. CAPITULO VIII 
ARTICULO 44: 
OTROS COBROS 
Corresponde a costos generados durante el desarrollo de los procesos formativos en el 
transcurso del año, y son: 
· Constancia y certificados. 
· Uso de la sala de sistemas en horarios contrarios a las clases. 
· Carné estudiantil. 
· Manual de Convivencia 
12. CAPITULO IX 
ARTICULO 45: 
HORARIO 
1- Pre–escolar: 07 a 11. Desescolarizado 
2- Básica Primaria: 07:00 a 12:00 
3- Básica Secundaria: 07:00 a 01:00 
4- Media rural: 07:00 a 01:00 
HORARIO METODOLOGIA FLEXIBLE CAFAM, APT 
Ciclo I 
Ciclo II 
Ciclo III 
Ciclo IV 
Ciclo 25 
Ciclo 26
El horario podrá ser programado en las noches o en los fines de semana, la intensidad 
horaria corresponde a un mínimo de 10 horas semanales, los estudiantes deben de 
desarrollar 400 horas de las cuales 250 son presenciales y el resto de trabajo tutorial. 
ARTICULO 46: 
UNIFORME 
Traje que identifica, distingue y expresa sentido de pertenencia, su uso es obligatorio, 
única y exclusivamente para las actividades programadas por la Institución. 
ARTICULO 47: 
UNIFORME DE DIARIO 
 Niñas: falda verde a cuadros largo a la rodilla. camisa blanca con escudo, medias 
blancas a la rodilla, zapatos negros, según aprobación del consejo directivo y 
asamblea de padres. 
 Niños: Pantalón azul oscuro, camisa según modelo ( Guayabera), medias azul 
oscura, zapatos negros. 
ARTICULO 48: 
UNIFORME DE EDUCACION DE FISICA NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES. 
Sudadera azul, camiseta blanca con escudo, medias blancas y tenis.

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Ataco ie. antonio nariño manual de convivencia antonio nariño reformado

  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO EL PAUJIL, ATACO TOLIMA AÑO 2014
  • 2. FAMILIA ANTONIO NARIÑO De acuerdo con las exigencias de la legislación edcativa vigente y los propósitos Educativos consignados en el proyecto Educativo de la institución Educativo,Antonio Nariño se llevo acabo la construcción colectiva del manual de convivencia. El reglamento o manual de convivencia tiene sentido para una comunidad educativa si este no solo recoge ss aspiraciones e ideales formativos y los plasma en acuerdos y procedimientos claros y precisos. Si se lleva a la practica,se hace evidente en la cultura de la comunidad educativa como una forma concreta y efectiva de vivir los principios y valores que la institución promueve, desarrolla y forma en sus educandos. Esta nueva versión de reglamento o manual de convivencia responde de manera efectiva a las aspiraciones y necesidades de todos los estamentos de la comunidad educativa y lo tengamos como norma referente,en la solución de conflictos de la vida cotidiana,asumiendo de forma democrática y responsable,el desempeño y funciones de tipo disciplinario,espiritual,científico,ético,académico,social,artístico,a mbiental,deportivo,recreativo,con orientación y asistencia del educador. Himno de la institcion educativa Antonio Nariño. Autor Luis Fernando Cosio. Consejo Directivo REPRESENTANTES Rector Olmedo Oyola Silva Docentes Andres Eduardo Bejarano Olaya Edwin Ferney Jaramillo Oyola. Consejo de padres Representantes Luz Mary Peña
  • 3. Aldemar Bustos Constanza Giraldo Lina Maria Delgado PACTO DE CONVIVENCIA Articulo 73,87 de la ley 115 de 1994 articulo 17 decreto 1860 de1994 ACUERDO 01 Del 21 de abril del 2014 Por medio de la cual se adoptan las reformas hechas al pacto de convivencia educativa Antonio Nariño . CONSIDERANDO Que es deber de la comunidad educativa dar cumplimiento y aplicación a la ley de manera inexcusable y estricta en lo referente a las leyes y los derechos universales del niño,los acuerdos internacionales de protección de la infancia,las leyes de la constitución de 1991,tener encuenta las disposiciones de la ley 1098 del 8 de noviembre del 2006 ,ley de infancia y adolescencia,la ley 115 del 18 de febrero de 1994 ley general de la educación,ley 734 02 codigo disciplinario único,decretos 2277 del 79 estatuto docente y 1278 del 02 nuevo régimen de docentes,decreto 3011 del 9,decreto 1290 del 09 SIE,decreto 1860 de 1994,reglamentario ley 115,ley 715 del 2002.transferencias del decreto 1850 del 2002 jornada laboral,decreto 3020 del 2003 relacion alumno-maestro,ley 1014 del 26 de enero del 2006.fomenta la cultura del emprendimiento.codigo del menor artículos 3,20 al 3,25 y demás reglamentos vigentes.
  • 4. LEYES Y DECRETOS DE INCLUSION 1.Que se debe dotar a la institución educativa Antonio Nariño de un instrumento legal que contemple los criterios de convivencia,principios de dignidad,respeto a su s semejantes y al bien ajeno,responsabilidad y acato a las disposiciones de la institución y a la vez se fijen estimulos para una formación integral,respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Los estudiantes padres de familia docentes y directivos docentes deben tomar conciencia de s responsabilidad de contribir al desarrollo eficaz de los objetivos de la institución en pro de la comunidad,eduactiva y por enden deben comprometersen en el proceso educativo,para velar por el obligatorio cumplimiento de estos. 2.Que la institución deben procurar el bienestar de los estudiantes y velar por s integridad,su dignidad y su sano desarrollo y s ejemplar comportamiento en el área educativa y de su integral formación en las áreas estipuladas en la ley 115 de 1994,s pleno desarrollo en el área tanto física,como psicológica,emocioal,social,y moral fijando normas que asi lo garanticen.dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia adolescencia en sus artículos 2,18,19,41,42,43,44. 3.Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos ,principios antropológicos ,psicológicos,epistemológicos,sociales,democráticos,y axiológicos,del PEI.Dando cumplimiento al decreto 1860 del 94. 4.Que se deben precisar los mecanismos de participación democrática,dando cumplimiento a los articlos 31,32 de la ley 1098 del 06 de infancia adolescencia. 5.Que el consejo directivo como órgano de representación de los estamentos de la comunidad educativa,rector,estudiantes,exalumnos,padres de
  • 5. familia,docentes y sector productivo es la estancia superior del gobierno escolar de la institución, 6.Que el contenido del presente manual de convivencia,es fruto de la concertación democrática,y planteamienos formulados por representantes de toda la comunidad educativa directivos docentes,,estudiantes,padres de familia,personal administrativo de servicios generales y aprobado en el consejo directivo según acta. ACUERDA ARTICULO PRIMERO Aprobar el manual de convivencia de la institución educativa Antonio Nariño de Ataco Tolima como parte integral,del proyecto educativo institucional PEI,deacerdo con los principios fundamentales,los capítulos y artículos que a continuación se señalan. ARTICULO SEGUNDO El presente manal de convivencia rige apartir de la fecha de su publicación. CONTENIDO CAPITULO PRIMERO GENERALIDADES CAPITULO SEGUNDO DE LA INSTITUCION Y LA COMUNIDAD CAPITULO TERCERO ADMISIONES Y MATRICULAS CAPITULO CUARTO REGIMEN ACADEMICO CAPITULO QUINTO DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO SEXTO DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES CAPITULO SEPTIMO DE LOS DOCENTES Y DEL PERSONAL DEL SERVICIO. CAPITULO OCTAVO SERVICIOS DE BIENESTAR.
  • 6. INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO CAPITULO PRIMERO GENERALIDADES ARTICULO 1 CONCEPTO El manual de convivencia es la norma instiucional cuyo contenido es el resaltado de la discusión ,análisis y acuerdos entre los diferentes estamentos de la comunidad educativo Antonio Nariño,es un documento que representa el compromiso mutuo entre la institución,el estudiante y los padres de familia o acudientes,surgido apartir de un ambienteamplio del ejercicio de la democracia participativa y cuya aplicación y verificación del cumplimiento,es responsabilidad,del gobierno escolar,mediante la dirección pedagógica y administrativa del consejo directivo. En el se establecen los pntos comunes de entendimiento para proceder en forma constructiva. MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO CONTENIDO PRESENTACION:  Introducción  Justificación
  • 7. 1. NUESTRA INSTITUCION: 1.1 Misión. 1.2 Visión. 1.3 Objetivos. 1.3.1 Objetivos Generales. 1.3.2 Objetivos específicos 2. MARCOS DE REFERENCIA: 2.1 Marco Legal 2.2 Marco Teórico 3. SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 3.1 Escudo 3.2 Bandera 3.3 Himno 4. CAPITULO I 4.1 ESTUDIANTES:  Perfil de los estudiantes.  Derechos de los estudiantes.  Deberes de los estudiantes.  Estímulos para los estudiantes.  Faltas que ameritan medidas especiales  Faltas, correctivos y sanciones.  Procedimientos. 5. CAPITULO II PROCEDIMIENTO ACADEMICO:  Sistema de evaluación  Medios de evaluación  Promoción  Reprobación  Perdida de cupo
  • 8. 6. CAPITULO III EDUCADORES:  Perfil de Educador.  Deberes del Docente.  Derechos de los Docentes.  Estímulos para los Docentes.  Faltas que ameritan medidas especiales.  Sanciones 7. CAPITULO IV PADRES DE FAMILIA:  Perfil de los padres.  Derechos de los padres o acudientes.  Deberes de los padres de familia.  Estímulos para los padres de familia.  Amonestaciones de los deberes y obligaciones de los padres. 8. CAPITULO V OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.  Obligaciones especiales.  Obligaciones Fundamentales  Obligaciones complementarias.  Prohibición de Sanciones crueles, humillantes o degradantes 9. CAPITULO VI GOBIERNO ESCOLAR.  Consejo Directivo  Consejo Académico  Comisiones de evaluación y promoción.  Personero Estudiantil  Contralor estudiantil.  Comité de convivencia.  Consejo Estudiantil  Asamblea de padres de familia.  Consejo de padres de familia 10. CAPITULO VII DISPOCISIONES GENERALES:  Servicio de Bienestar
  • 9.  Medios de Comunicación  Admisiones  Requisitos  Matricula  Procedimiento de Matricula 11. CAPITULO VIII COSTOS EDUCATIVOS:  Matrícula  Pensión.  Otros cobros. 12. CAPITULO IX HORARIOS:  Horarios  Uniforme de diario MANUAL DE CONVIVENCIA INTRODUCCION:
  • 10. El proyecto Educativo Institucional establece como parte integrante el Manual de Convivencia para todos los establecimientos educativos, con el objeto de generar un proceso de cambio y nuevas normas de organización de la vida escolar. El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, social y deportiva con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa, El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será obligación de la familia, la Sociedad y el Estado. JUSTIFICACION: El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de la INSTITUCION EDUCATIVA ANTONIO NARIÑO de Ataco, diseñar y ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia y funcionarios administrativos; indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las funciones y reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución. 1. NUESTRA INSTITUCIÓN 1.1 MISION:
  • 11. La misión de la Institución Educativa ANTONIO NARIÑO de Atacó, es la de carácter oficial y ofrece el servicio educativo en los niveles de preescolar no escolarizado, básica primaria escuela nueva básica secundaria pos –primaria PID, educación media académica Emer,teniendo,como proposito la formación de bachilleres académicos a través de un proyecto educativo flexible con enfoque integral,orientando al pensamiento crítico,el espiritualinvestigativo, la formación ciudadana y el desarrollo,sstentablepara que puedan asceder a la sociedad y al educación superior con principios y valores ambientales,socioculturales,deportivos,recreativos y tecnológicos. 1.2 VISION Para el año 2017,la institución educativa Antonio Nariño,será reconocida por su oferta educativa incluyente bajo el principio de calidad y pertinencia,además alcanzaran una proyección con énfasis deacuerdo a las necesidades del entorno educativocon niveles de exigencia academica. 1.3 OBJETIVOS: 1.3.1 Objetivos Generales. a- Fomentar en la comunidad educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de principios y valores, la participación y organización ciudadana., acorde con la normatividad vigente. b- Contribuir de manera directa en la formación integral de los niños, para que estos sean forjadores del futuro.
  • 12. c- Brindar herramientas de habilidades y destrezas metodológicas para proyectar la investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la practica de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de manera activa en el desarrollo autónomo e integral del sector en donde reside. d- Fomentar el análisis continuo de la realidad social, la protección del medio ambiente, de la salud, del mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo de una conciencia social desde y al servicio de su comunidad. e- Aplicar la pedagogía como eje del desarrollo humano en donde se propenderá por un comunicación permanente, personalizante, liberadora y autentica. 1.3.2 Objetivos específicos. a- Afianzar en todos los miembros de la comunidad educativa, la identidad y el sentido de pertenecía de la Institución. b- Propiciar una formación ética y moral sólida, vivenciada en la práctica cotidiana de los derechos humanos y la conservación del medio ambiente. c- Implementar procesos de formación y reflexión que permitan la relación y convivencia con respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. d- Dar a conocer a la Comunidad Educativa los derechos y deberes de los estudiantes, de acuerdo con la norma en estos casos. e- Propiciar y proporcionar una sólida formación cristiana, intelectual, democrática, física y psicológica a sus educandos. f- Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura, trabajo en equipo, convivencia y mutuo apoyo. g- Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología y las artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere el momento de desarrollo económico y político del país. h- Encausar al estudiante hacia la adquisición y refuerzo de hábitos de comportamiento que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle. i- Fomentar en los estudiantes desde los niveles de preescolar y básica primaria, una actitud positiva hacia el aprendizaje de otro idioma. j- Desarrollar en el niño un excelente nivel académico, expresado a través del dominio de los contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa dinámica y lógica, acorde con su desarrollo personal y social.
  • 13. 2. MARCOS DE REFERENCIA: 2.1 Marco Legal. Según el articulo 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 se exige: Toda Institución Educativa debe tener como parte integral del Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener una definición de los derechos, deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que tienen los Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia. Se debe contemplar los siguientes aspectos:  Reglas de higiene, personal y salud publica que presentan el bienestar de la comunidad educativa.  Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo.  Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.  Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto.  Procedimiento para resolver conflictos individuales y colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad.  Pautas de representación personal.  Definición de sanciones disciplinarias y procedimientos, incluyendo el derecho a la defensa.  Reglas para elección de representantes al Consejo Directivo, demás estamentos del gobierno escolar.  Reglas para el uso de la biblioteca escolar y demás espacios de la Institución. La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual los siguientes:  Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).  Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art. 28 decreto 1860)
  • 14.  La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 DEC 1860)  Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante (Art. 23 DEC. 1860).  Funciones disciplinarias del Rector (a) (Art. 25 DEC 1860)  Las actividades del Gobierno Estudiantil.  Integración del Consejo Directivo (Art. 21 DEC 1860)  Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)  Asociación de padres de familia (Art. 30)  Consejo de padres de familia (Art. 31)  Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)  El manual de convivencia se ha realizado con base a la Constitución Política de Colombia y con plena aplicación del niño, la niña y el adolecente. Ley 1098 de 2006.  Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37)  Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de 2006.  Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Art. 42 al 45) de la Ley 1098 de 2006 2.2 Marco Teórico. LA INSTITUCION ANTONIO NARIÑO, centro de cultura regional, debe proporcionar a sus estudiantes una formación integral que les permita participar en la sociedad y que les permita convivir en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para con la comunidad. El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular, la practica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus
  • 15. mas importantes medios de realización personal, la convivencia pacifica, y la solidaridad, entre otros. Enseñar la disciplina es un proceso largo, Se necesita indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño o de un adolescente, una persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas ayuda a consolidar la personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuales son las reglas del sistema, por que existen, por que son importantes, que sucedería si no existiesen y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante para ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad. Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas que serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la Comunidad Educativa de la Institución, ellos incluyen derechos y deberes de los estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la sociedad, como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad humana. Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y procedimientos que gobiernan el Colegio, así como de sus responsabilidades. Tal información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la vida estudiantil y alas actividades académicas. 3. SIMBOLOS INSTITUCIONALES: 3.1 Escudo
  • 18. Es brillante cual perla sagrada En el sur del Tolima la luz Que en los jóvenes la llama ilumine Hoy la paz, el saber, la virtud (Bis) II Antonio Nariño es el centro Cual antorcha irradia esa luz Del Paujil sus rayos extiende Y en sus hijos saber y virtud (Bis) III El saber hoy nos abre caminos Y esperanza de un mundo mejor Con agrado me llegan las brisas Del jazmín oloroso hoy en flor(bis) IV Con la paz de bandera marchemos Y sembremos saber por doquier Nuestra vida estudiando cambiemos Y del sur del Tolima también (bis) Autor: Luis Fernando Cossio. Rector. 4. CAPITULO I 4.1 LOS ESTUDIANTES ARTICULO 1: PERFIL DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION. El estudiante del Colegio debe llegar a ser y caracterizarse por:
  • 19.  Valorar la formación que ofrece la Institución, como una oportunidad para construir su proyecto de vida, fundamentado en los valores.  Crecer como persona integra, autónoma y social, capaz de construir su vida mediante la toma de decisiones libres y responsables.  Auto estimarse, practicar la responsabilidad, la puntualidad, la organización, la honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actuase con madurez, racionalidad, justicia y honradez.  Asumir con compromiso y responsabilidad el cuidado del medio que lo rodea. ARTICULO 2: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.  Al iniciar el año escolar el estudiante deberá conocer el Manual de Convivencia.  Recibir el carné estudiantil que le permita identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel.  Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas.  Elegir y ser elegido para el Consejo de Estudiantes, Personero o Monitor.  Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya cometido una falta, para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales.  Recibir atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo y de servicio de la Institución.  Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral.  Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para actividades propias de la vida escolar.  Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético.  Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su rendimiento académico, responsabilidad, comportamiento y solidaridad.  Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido para ello.  Aprovechar el tiempo libre en la realización de trabajos y lectura.  Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación en la búsqueda de soluciones.  Participar en la plantación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.  Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre cualquier tema, en la forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda opinión ajena.  Ser eximido por parte de Directivos y Docentes de algún requerimiento de la Institución cuando por justa causa y meritoriamente se haga acreedor.
  • 20.  Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio con las normas fijadas por la Institución.  Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y de un ambiente sano, alegre y tranquilo en beneficio de su salud y bienestar.  Pertenecer y participar de los planes de bienestar estudiantil (comités, clubes deportivos, grupos de teatro, coros, estudiantinas, danzas, etc.) ARTICULO 3: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.  Conocer y aplicar el Manual de Convivencia.  Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución.  Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y demás personas vinculadas a la Institución.  Asistir puntualmente y cumplir con la intensidad horaria establecida. PARAGRAFO 1 Los estudiantes que presenten más de 8 fallas de asistencia a clase, en cualquiera de las sedes serán reportados en los listados de familias en acción.  Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u otros actos que atenten contra la dignidad de cada uno.  Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar.  Asistir a las actividades pedagógicas complementarias que programe la Institución para superar insuficiencias presentadas.  Facilitar la comunicación Colegio-Familia, entregando a tiempo y a quien corresponda las circulares y citaciones que le sean dadas.  Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Consejo Directivo, y demás que se vayan creando.  Colaborar con las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar.  Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, e instalaciones en consideración a que son bienes de uso común, y responder por daños ocasionados por descuido o mal uso.  Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas.  Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución.  Evitar el porte de sustancias psicoactivas y objetos cortantes que atenten contra la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad.  Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos.  Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las mismas.
  • 21.  Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de educación física de acuerdo a las indicaciones del horario.  Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas y demás accesorios, con el uniforme.  Evitar traer celulares u otros aparatos que generen distracción de sus obligaciones como estudiante.  Permanecer siempre dentro del aula de clase, con o sin la presencia del profesor, observando buen comportamiento como una forma de expresar su autonomía y el manejo adecuado del tiempo libre.  Cumplir puntualmente con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los profesores dentro de los términos establecidos en el calendario académico o plan operacional, procurando la excelencia en la presentación y manejo de los contenidos.  Respetar el reglamento establecido en cada una del las dependencias de la institución: Restaurante, sala de sistemas, escenarios deportivos, etc. ARTICULO 4: ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES.  Derecho a izar el Pabellón Nacional cada periodo por sobresalir en conducta y rendimiento académico.  Medalla de honor en el acto de clausura para los estudiantes que sobre salgan por su colaboración, compañerismo, buena conducta, rendimiento académico, puntualidad, aptitudes artísticas o cualquier otro valor.  Medalla a la excelencia para el mejor/a estudiante de toda la institución.  Medalla para el mejor resultado en las pruebas saber grado 11 y demás pruebas externas que se apliquen en la institución  Participación en salidas pedagógicas, centro literario y de las diferentes actividades programadas por la Institución.  Reconocimiento a los esfuerzos realizados mediante felicitación verbal y escrita en el observador del alumno.  Ser elegido como monitor de curso, de disciplina o acadêmico.  Trofeos y menciones a los equipos campeones en los torneos deportivos internos.  Celebración de los días destinados a los niños, niñas y adolecentes. ARTICULO 5: EXCUSAS POR AUSENCIA:
  • 22. Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de una incapacidad médica, o personalmente ante la dirección del colegio o profesora del grado correspondiente. ARTICULO 6: FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES. PROCESO DE ORIENTACION Y SEGUIMIENTO POR EL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES: La orientación es el proceso que se sigue a los estudiantes cuando presentan dificultades en el cumplimiento de los deberes contemplados en el manual de convivencia. El proceso que se desarrolla debe quedar claramente consignado en el observador del alumno. Los pasos a seguir son en el siguiente orden: 1. Identificación del deber incumplido o la falta cometida. 2. Dialogo de el/la estudiante con el profesor/a con el fin de determinar la responsabilidad y el compromiso que el/la estudiante asume frente a la falta cometida. 3. Si el hecho reconocido se da por segunda vez, habrá dialogo entre el estudiante, el o la profesora con el director de grado y se citara al padre de familia para acordar un compromiso conjunto en busca del cambio de actitud del estudiante. 4. Entrevista del estudiante con el coordinador y demás personas que requiera el caso e informar de este hecho al rector. PARAGRAFO: Si el estudiante reincide en más de dos ocasiones en la misma falta leve, se tipificará esta como falta grave.  El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma que se beneficie, tanto el, como la comunidad educativa, de las normas que facilitan la convivencia. FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, la familia y la Institución Educativa consagrados en este manual de convivencia. Las faltas se categorizar en: FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a un estimulo exterior sin perjuicio material, físico, étnico o moral para los demás. FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen causando perjuicio material, físico, étnico o moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los objetivos y el ambiente Institucional. FALTAS LEVES
  • 23.  Retardo Injustificado e impuntualidad en la llegada a la Institución y a las actividades programadas.  Entrar y salir sin autorización del salón de clase.  Consumir alimentos en clase o en formación.  Permanecer en la entrada a la Institución en horas de clase.  Comprar en la cafetería en horas de clase.  Masticar chicle en el salón de clase o en formación.  Utilizar el uniforme de diario y de Educación física cuando no le corresponde.  Dejar en desorden el salón de clase.  Mal comportamiento en la biblioteca, cafetería y demás dependencias de la institución.  Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y autorizadas para el descanso.  Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de aula u otras actividades.  Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la Institución.  Portar el uniforme incompleto, desordenado y presentar inadecuada presentación personal.  Conversar con vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta de respeto con sus semejantes.  Llevar aditamentos que no sean acordes con el uniforme (aretes extravagantes, camisetas de colores, adornos, etc)  Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes las circulares y citaciones que le sean enviadas.  Hacer uso del teléfono celular sin autorización en horas de clase y/o utilizar en el mismo equipo electrónico que interfieran el normal desarrollo de la clase.  Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios para el desarrollo de las clases.  Promover y participar en actividades económicas dentro de la institución en beneficio particular sin previa autorización.
  • 24.  Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos.  Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas.  Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución.  El uso de apodos que atenten contra la autoestima y la dignidad de la persona.  Emplear formas, sustancias (huevos, agua, harina u otros) para celebrar cumpleaños, triunfos, finalización del año u otros actos dentro y fuera de la institución.  Y todas las demás que contravengan la definición sobre falta leve establecida FALTAS GRAVES  La reincidencia en más de dos faltas leves.  Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o plantas ornamentales.  Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes eléctricas, equipos de cómputo, material de trabajo, muros y ornamentación de la misma.  Emplear el nombre del Colegio para cualquier actividad diferente a las labores académicas, culturales, científicas y artísticas autorizadas por las Directivas.  Rayar o escribir en las paredes, baños, pupitres, aulas de clase y demás dependencias.  El porte y promoción de material pornográfico y el diseño o traficación de letreros o expresiones irrespetuosas en cualquier sitio de la institución.  El hurto comprobado de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad Educativa.  Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la institución.  Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de sustancias psicoactivas, licores, cigarrillos, u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que lo hagan.  Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa.
  • 25.  Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral a un miembro de la comunidad educativa.  Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer ilícitos, irrespetar o crear problemas sociales.  Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa.  Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro de las instalaciones.  Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de la comunidad educativa.  Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo u otros elementos que puedan utilizarse contra la integridad física de las personas.  Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas de dinero o especie.  Falsificar, suplantar, cometer fraude en avaluaciones, trabajos o documentos.  Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución.  Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave. CORRECTIVOS Y SANCIONES Basados en los principios del debido proceso, de formación integral como fin de la educación y en la visión y misión institucional de formar ciudadanos útiles a la sociedad, respetuosos de los derechos ajenos y con personalidad para reclamar los propios, se establecen correctivos y sanciones aplicables a quienes incurran en comportamientos inadecuados o irregularidades. CORRECTIVOS FORMATIVOS Son las respuestas formativas aplicables por un docente, director de grado, profesor de disciplina, coordinador o rector a las conductas inadecuadas que en materia leve o grave afecten a uno o varios miembros de la comunidad educativa y a la institución. Entre estas:  El llamado de atención en privado.  Llamado de atención con anotación de la falta y compromiso en el observador.  Notificación por escrito al padre o representante del estudiante.
  • 26.  Citación al padre o representante del estudiante para firmar acta de compromiso y recibir apoyo por parte de orientación escolar. Claridad: 1- Si el correctivo impuesto es un compromiso (pagar, resarcir, o reparar ó asistencia conjunta de estudiante y padre o representante); el estudiante no será aceptado en clase mientras no se cumpla el compromiso. SANCIONES Tienen la finalidad de procurar eliminar de la Institución las oportunidades, los factores y consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el desarrollo del (P.E.I.) y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución. A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de las siguientes sanciones por cada conducta irregular.  Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su representante.  Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo.  Condicionamiento de observar determinada conducta dentro y fuera de la Institución educativa.  Suspensión temporal hasta por tres (3) días con la obligación de nivelar por su cuenta.  Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con cancelación de matricula.  Envío de la queja y pruebas a la Inspección de Policía, Fiscalía, Instituto de Bienestar Familiar, o ante la autoridad competente en el caso de que las conductas irregulares cometidas sean competencia de cualquiera de las autoridades Judiciales o Administrativas según la Ley. CLARIDAD: La enumeración anterior implica gradualidad y su aplicación obedece a la gravedad de la falta considerada esta de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada. ARTICULO 7: PROCEDIMIENTOS
  • 27. Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido procesos en la aplicación de correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos. PROCESO DISCIPLINARIO PARA FALTAS GRAVES. El proceso se hará de la siguiente manera: 1.-Tipificacion de la falta 2.-Comunicación por escrito el/la Estudiante implicado. 3.-Derecho de defensa: El/la Estudiante debe presentar descargos por escrito en un periodo o termino de tiempo de 2 (dos) días hábiles, anexando las pruebas respectivas. 4.-Analisis de pruebas o descargos por parte del coordinador o del rector. 5.-Analisis de los antecedentes del/la estudiante, del hecho, de sus causas y de sus efectos. 5.-Determinacion de culpabilidad o inocencia 7.-Aplicación de correctivos o sanciones. Según se trate de faltas graves o leves o archivo del proceso. 8. Acto administrativo mediante el cual se establecen los correctivos/sanciones, este se hará mediante resolución motivada de la rectoría, con copia para la carpeta del estudiante, que reposa en el archivo de la institución. 9. Remisión del estudiante al docente orientador, psicólogo o quien cumpla esas funciones en la institución. PARAGRAFO 1: En caso de faltas leves, los correctivos estarán orientados especialmente a restituir el daño causado, cualquiera que el sea y a establecer compromisos inmediatos que estimulen a los estudiantes a un cambio positivo en su actitud y comportamiento. PARAGRAFO 2. Cuando el estudiante reincida en un comportamiento social que no permita el desarrollo normal de las actividades académicas del grupo y que por tanto afecte su rendimiento académico, la institución le fijará un cronograma para que solo asista a presentar la evaluaciones con base en los estándares, niveles de desempeño, temas y actividades dadas por cada profesor para el resto del año lectivo. CORRECTIVOS/SANCIONES PARA FALTAS GRAVES 1.-Remicion a la coordinación para que se haga el correspondiente registro en el libro observador del alumno, se informe al padre de familia y se firme con el padre de familia y/o acudiente. 2.-Suspensión de clases de uno (1) a tres (3) días, esta decisión será tomada por el rector o quien ejerza esa función bajo la resolución motivada, en la cual se estipule el plan de actividades dirigidas que desarrollará el estudiante durante el tiempo que esté impedido para asistir a clase. 3.-Negacion del cupo para el año siguiente. 4.-El estudiante que haya sido sancionado por falta grave, su comportamiento social será valorado como insuficiente. 5.-El padre de familia pagará a la institución todo el daño causado por su hijo/a. PROCESOS SANCIONATORIOS:
  • 28. Corresponde al Rector-Director de la Institución, o quien en ese momento cumpla esa función, su aplicación mediante Resolución motivada previo el concepto de no vinculante de la Comisión de Convivencia. PROCEDIMIENTO: Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, informará al coordinador que corresponda o por escrito al Rector-Director indicando la falta e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer valer. En el caso de que el informe se recibido por el coordinador, este hará las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector-Director. Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector- Director citará al estudiante, al padre o representante de este si se trata de estudiante y al Personero Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular del estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la comunicación que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la misma. El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la Institución. Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector-Director tomará la decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la gravedad de la falta, el Rector-Director, mediante citación integrará la comisión de Convivencia para que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la correspondiente Resolución. 5. CAPITULO II PROCEDIMIENTO ACADEMICO
  • 29. ARTICULO 8: SISTEMAS DE EVALUACION: Entendemos la evaluación como un proceso sistemático, permanente y progresivo de valoración intersubjetiva mediada por dinámicas de interacción que permite acceder al aprendizaje significativo. La evaluación se define como el proceso pedagógico que realiza el profesor destinado a recoger información para conocer y analizar los niveles de aprendizaje alcanzados por los estudiantes y visualizar los resultados en todo el proceso de enseñanza aprendizaje . La evaluación es una forma de aprender, una manera de reconocer avances por parte del mismo evaluado, una estrategia para aprovechar las potencialidades del alumno y hacer que supere sus limitaciones. Por lo anterior, siempre al evaluar se está pensando con un sentido positivo antes que una manera de reprobar. En este sentido, a través del proceso de evaluación se obtienen evidencias que permiten juzgar a nivel de logro de aprendizaje; la información obtenida se considera para la toma de decisiones , orientadas principalmente a producir un mejoramiento en los aprendizajes de los estudiantes así como también a la renovación y cambio en la acción docente e interacción pedagógica. ARTICULO 9: MEDIOS DE EVALUACION: Para efectos de emisión de boletines se tendrán en cuenta cuatro periodos de 10 semanas en cada una de las áreas, se les tendrán en cuenta los siguientes parámetros de valoración: · Cuando un área se encuentre conformada por dos o más asignaturas según el plan de estudios vigente, éstas se promediaran teniendo en cuenta el porcentaje de sus respectivas intensidades horarias. · Se harán valoraciones numéricas de 1.0 a 10.0 en cada área. · Esta escala numérica se equivaldrá cada bimestre a la escala nacional de desempeños Superior, Alto, Básico y Bajo; por lo tanto los boletines se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, · Además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre el estado de desempeño de los logros , las fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes en su desempeño integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento. La escala del informe final, se expedirá en los certificados definitivos También en dos columnas, una numérica de 1 a 10 y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo de manera descriptiva, explicativa, en lenguaje objetivo y comprensible para la comunidad educativa.
  • 30. El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del estudiante en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI. La escala de valoración del plantel será la siguiente: - Desempeño Superior 9.0 a 10.0 - Desempeño Alto 7.5 a 8.99 - Desempeño Básico 6.0 a 7.49 - Desempeño Bajo 1.0 a 5.99 Conforme a lo establecido por la ley 115 / 94, ley 715 / 01. Decreto 1860 /94, Decreto 1290 abril 16 de 2009 y demás normas de evaluación del rendimiento escolar, el educador realizara un continuo y procesal seguimiento del estudiante, se realizara una evaluación acumulativa al finalizar cada periodo. El sistema de evaluación aprobado en el SIEE de la Institución Educativa ANTONIO NARIÑO de Ataco, se aplicara a cabalidad en las modalidades de educación flexibles como son CAFAM, APT. Para favorecer el sistema de aprendizaje se realizaran los siguientes planes de apoyo:  Actividades de profundización, para superar logros que se realizaran en concertación con el educador responsable.  A actividades complementarias, se realizaran en casa con compromiso del padre de familia.  Sustentación de actividades complementarias.  Comisión de evaluación. Destinado a estudiantes que persisten en las dificultades académicas, después de haber presentado la actividad complementaria.  Al finalizar cada periodo se entregara a los padres de familia o acudientes un informe escrito en el cual se identifiquen los avances de los educandos. ARTICULO 10:
  • 31. PROMOCION. Los estudiantes serán promovidos al grado siguiente cuando en todas las áreas hayan obtenido calificación por encima de la valoración básica. PARAGRAFO: 1. PROMOCION ANTICIPADA Las comisiones de evaluación y promoción recomendarán ante la Rectoría, la promoción anticipada de grado a grado, de los estudiantes antes de que termine el primer periodo del año lectivo en curso, que demuestren persistentemente un desempeño superior en la adquisición de los indicadores y logros, y reúnan condiciones excepcionales de desarrollo cognitivo, actitudinal y procedimental entre otros. Los docentes titulares de los grados en el caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), aconsejará a las comisiones la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. Si las comisiones encuentran mérito para atender la solicitud hecha por los profesores al director de curso, se elabora un Acta para el Rector debidamente sustentada, con el fin de que éste produzca la Resolución Rectoral que ordena la realización de las evaluaciones respectivas que garanticen las capacidades del estudiante que solicita la promoción anticipada, una vez evaluada las capacidades y se obtiene un desempeño de alto a superior en todas las áreas se procederá legalice dicha situación mediante una resolución rectoral , previa consulta que hará éste con el padre de familia y estudiante que se promueve en forma anticipada. Se expiden las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada y con estas notas se expedirá el certificado del año que en ese momento estaba cursando el alumno, y copia de estas notas reposará en el libro de calificaciones, además de entregarla al estudiante promovido. De igual forma se procederá para aquellos estudiantes que fueron reprobados y se encuentren repitiendo el año, que soliciten por escrito a la Comisión de Evaluación y Promoción respectiva la promoción anticipada y esta programará en común acuerdo con el Consejo Académico una evaluación integral de la totalidad de los logros previstos en todas las áreas impartidas para el grado, y de obtener una calificación mínima de ALTO se procederá a recomendar su promoción en los mismos términos que el caso anterior. Es requisito para la promoción de los estudiantes del grado 11° de la media y el ciclo 26 de educación flexible (grado 11°), cumplir con 80 horas de trabajo social en las actividades que para este fin programe la institución ARTICULO 11: REPROBACION
  • 32. Al finalizar el año escolar la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado se encargará de determinar cuáles estudiantes deben repetir un grado determinado, atendiendo a las directrices consignadas en la Ley o en nuestro Manual de Convivencia. La Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado podrá determinar que un estudiante es candidato para repetir el año cuando se encuentre en algunas de las siguientes situaciones: a. Estudiantes con evaluación final con desempeño bajo en tres o más áreas b. Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar. Cuando un área está conformada por dos asignaturas o más, según el plan de estudios definido para ese grado y año respectivo, es condición necesaria para aprobar el área el que en todas las asignaturas se superen los logros mínimos definidos en un 60%. Los demás estudiantes serán promovidos al siguiente grado. ARTICULO 12: PERDIDA DE CUPO Cuando presenta notoria y constante insuficiencia en su comportamiento. Y cuando el estudiante incurra en faltas consideradas como graves en este manual 6. CAPITULO III EDUCADOR ARTICULO 13: PERFIL DEL EDUCADOR El colegio busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo tanto nuestro educador debe:  Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y espirituales. “ El ejemplo arrastra”  Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo.  Poseer talento y prudencia en el uso de correctivos.  Preocuparse no solo por enseñar unos conocimientos, sino que trabaje en procura de orientar su conducta hacia el logro de objetivos de la Institución  Ser maestro competente en su campo laboral, concientizándose de que la labor docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como un compromiso con el colegio.  Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y flexivas.
  • 33.  Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales, científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad. ARTICULO 14: DEBERES DEL DOCENTE  Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del estudiante durante su permanencia en el plantel.  Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su responsabilidad.  Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia Social.  Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones humanas.  Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo.  Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del PEI.  Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o el Núcleo Educativo programen.  Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean formuladas oportuna y respetuosamente.  Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, como las fallas de los estudiantes a cargo.  Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios correspondientes.  Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel.  Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el desarrollo de los procesos y velar por su cuidado.  Permanecer en el Colegio o en la sede durante la jornada de trabajo y dedicar su tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la Institución.  Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político – Social, religioso, o de cualquier índole.  Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuando sea el caso.  Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo a las fechas.  Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes a su cargo.  Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo aprendido en clase.
  • 34.  Atender de manera respetuosa y oportuna a los padres de familia o demás miembros de la comunidad educativa.  Citar a los padres de familia cuando se requiera de mejorar el desarrollo cognitivo y comportamental del estudiante.  Seguir el conducto regular para realizar cualquier actividad de índole personal, laboral que afecte el normal desarrollo de las actividades académicas. ARTICULO 15: DEBERES DEL DIRECTIVO DOCENTE  Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.  Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos.  Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones.  Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la intención de facilitar el logro de objetivos comunes.  Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos.  Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en el Colegio y velar por crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas.  Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.  Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional.  Promover el proceso de mejoramiento continuo de la localidad de la educación en el establecimiento.  Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.  Atender de manera respetuosa y oportuna a los padres de familia o demás miembros de la comunidad educativa. ARTICULO 16: DERECHOS DE LOS DOCENTES  Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su labor.  Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones.  Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la elaboración y desarrollo del PEI.  Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo amerite, previo seguimiento del conducto regular.  Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos del plantel.  Elegir y ser elegido para el Consejo Académico.
  • 35.  Solicitar hasta tres días de permiso remunerados en el mes, no acumulables, cuando requiera por calamidad domestica o por enfermedad presentando los respectivos soportes originales. ARTICULO 17: ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES  Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida.  Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar.  Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc.  Participar en curso, conferencias y otras actividades de actualización, profundización o perfeccionamiento. ARTICULO 18: FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente.  No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas.  Incumplir con el plan de estudios, el parcelador, planilla y control de asistencia.  El tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o documentos públicos.  La aplicación de castigos denigrantes, físicos o psicológicos a los educandos.  El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el escalafón.  El abandono del cargo.  Fomentar la desconfianza, desunión y enfrentamiento entre los profesores y las directivas, o entre padres de familia y directivas.  El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en actos comunitarios.  Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el correspondiente permiso.  Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores académicas y o disciplinarias.  Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familia  La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de fármacos.  Acoso sexual y/o conductas inapropiadas con los estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa.  Realizar actividades económicas de carácter personal usando el nombre de la institución.  Apropiarse de dineros, bienes o elementos de la institución.  Utilizar bienes de la institución para lucrarse de ellos.
  • 36. ARTICULO 19: SANCIONES  Amonestaciones verbales por parte de las directivas y registro de la misma.  Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida cuando la gravedad lo amerite o si hay reincidencia en la falta. Anexando los descargos respetivos  Reporte de inasistencia injustificada para el descuento en la asignación básica mensual.  Suspensión indefinida del ejercicio de su cargo.(sanción a cargo del departamento de control y vigilancia de la secretaria de Educación del Tolima)  Cancelación definitiva del contrato de trabajo.( sanción a cargo del departamento de control y vigilancia de la secretaria de Educación del Tolima) 7. CAPITULO IV PADRES DE FAMILIA ARTICULO 20: PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos propuestos.  Deben ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su buen desarrollo escolar.  Complementar los conocimientos que el niño adquiera en el colegio.  Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por parte de la Institución, para darle cumplimiento a las mismas.  Formar en sus hijos valores que contribuyan a formar una persona de bien.  Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades.  Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con el Colegio en el momento de la matricula.  Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones.  Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias.  Participar en todas las actividades programadas por la Institución.  Dar a sus hijos oportunamente los materiales o elementos que se le soliciten para el desarrollo de las actividades pedagógicas.
  • 37. ARTICULO 21: DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES.  Recibir y conocer el Manual de Convivencia.  Conocer el estado académico de sus hijos.  Hablar con la directiva, profesores o personas encargadas, sobre el estado general del estudiante.  Analizar con el rector/a, Coordinador/a y el profesor/a, sanciones y amonestaciones, producto del mal comportamiento de su hijo.  Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se informa sobre el compromiso con la institución.  Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.  Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Concejo de padres de familia.  Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de su hijo.  Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.  Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa.  Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su intimidad personal y familiar, a su buen nombre, a sus creencias, y opiniones.  Solicitar y obtener constancias y certificados.  Presentar oportunamente toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular.  Recibir el mejor servicio educativo para sus hijos, y la asesoría de los profesionales vinculados al plantel con el fin de apoyar en su formación integral. ARTICULO 22: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.  Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus hijos.  Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con el colegio, ya que al momento de tomar la decisión de matricular al estudiante en el plantel, ha implicado la aceptación del reglamento interno y el presente Manual de Convivencia.  Interés a que su hijo asista al Colegio con absoluta puntualidad, con el uniforme completo y excelente presentación.  Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares.  Mantener contacto con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de los hijos.
  • 38.  Asistir a entregas oficiales de reportes evaluativos, a reuniones, a asambleas programadas en la Institución.  Cumplir con el pago correspondiente a las actividades que en asamblea general los padres de familia aprueben.  Justificar personalmente o por escrito, ante quien corresponda, los retardos forzosos o inasistencias al plantel de sus hijos.  Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos.  Brindar amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades de los hijos, propias de la edad. Colaborar con todo lo que programe la asociación de padres de familia.  Ser leal con la Institución, manifestando a quien corresponda, en forma cortes y oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias y demás informaciones que se estén presentando y se consideren, que demeritan el buen nombre del plantel.  Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a los elementos que el Colegio pone a su servicio. ARTICULO 23: ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES  Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario de su hijo.  Participar en el Consejo de Padres. Junta Directiva de la Asociación de Padres, o Consejo Directivo.  Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las actividades de la Institución. 8. CAPITULO V ARTICULO 24: OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 1- Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. 2- Brindar una educación pertinente y de calidad. 3- Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad Educativa. 4- Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 5- Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.
  • 39. 6- Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. 7- Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. 8- Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 9- Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 10-Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 11- Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 12-Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. ARTICULO 25: OBLIGACION ETICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Las instituciones de educación primaria y secundaria, publicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1- Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades con capacidades sobresalientes o especiales. ARTICULO 26: OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1- Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento, tarjeta de identidad o cedula de ciudadanía. 2- Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.
  • 40. 3- Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 4- Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes, con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7- Prevenir el trafico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el trafico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8- Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña y adolescente con discapacidad. 9- Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños niñas y adolescentes. 10-Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. 11- 9. CAPITULO VI DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS ARTICULO 27: GOBIERNO ESCOLAR El sentido de instaurar el gobierno escolar en nuestra comunidad educativa, es ejercitar gradualmente la vivencia de la democracia a través de la participación de todos los estamentos y permitir el desarrollo en los diferentes miembros de la comunidad, de mayor grado de responsabilidad, autonomía, liderazgo, conocimiento, convivencia y compromisos. El Gobierno Escolar está conformado por: A) Consejo Directivo B) Consejo Académico C) Comisiones de Evaluación y Promoción. D) Comité de Convivencia. E) Personero Estudiantil. F) Contralor Estudiantil. G) Consejo de Estudiantes. H) Asamblea de Padres de Familia. I) Consejo de Padres de Familia. ARTICULO 28: RECTOR (A)
  • 41. El rector (a) de la Institución o quien ejerza dicha función, es el representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno escolar. ARTICULO 29: CONSEJO DIRECTIVO Estará integrado así:  El rector(a) quien lo preside.  Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría simple en Asamblea de profesores.  Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación de padres de familia.  Un representante de los estudiantes, elegido por el concejo de Estudiantes, entre los estudiantes que se encuentran en último grado.  Un representante de los exalumnos elegido por el Consejo directivo de terna presentada por la asociación de exalumnos.  Un representante del sector productivo elegido en asamblea de padres. ARTICULO 30: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO A- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean de competencia de otra autoridad. B- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos en las aulas del Plantel Educativo. C- Adoptar el reglamento de la Institución regido a las normas vigentes. D- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa. E- Participar en la planeación y evaluación del PEI. F- Controlar y estimular el buen funcionamiento de la Institución Educativa. G- Participar en la evaluación anual de docentes. H- Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias. I- Promover las relaciones de tipo cultural con las demás Instituciones. Darse su propio reglamento. ARTICULO 31: CONSEJO ACADEMICO Es una instancia consultora que vela por la coherencia del plantel, esta integrado por: · Directivos docentes.
  • 42. · Directores de grupo. · Los jefes de área · ARTICULO 32: FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO · Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión de la propuesta del PEI. · Revisar el currículo y propiciar su mejoramiento continuo anexando las modificaciones y ajustes correspondientes. · Organizar el plan de estudios. · Participar en la evaluación institucional anual. · Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre aspectos academicos. COMITE DE CONVIVENCIA Tiene como finalidad rendir concepto a la Rectoría, antes que se aplique sanción por faltas graves. El concepto es necesario y orientador de las acciones futuras pero no vinculantes con relación a las decisiones. Deberá rendirse por escrito el mismo día de la reunión o más tardar el día siguiente. INTEGRACION: Según la gravedad de la falta, el comité se integrará así:  La comisión de convivencia estará integrada por : El/la Coordinador/a,el/la directora/a de curso, el representante del Consejo Estudiantil, el Personero Estudiantil, el Orientador Escolar (si lo hay), un representante de la Asociación de Padres de Familia. La comisión de convivencia se integrará mediante la citación que hace el Rector – Director. Las decisiones del Comité convivencial se tomarán por mayoría simple. El Rector o el Coordinador delegado formulará los respectivos cargos y el estudiante o su representante legal podrá presentar los descargos pertinentes por escrito, en un término no mayor a tres días hábiles. Durante las deliberaciones no estarán presentes ni el estudiante ni su representante legal. Tomada la decisión se notificara al estudiante y a su representante y se firmaran las respectivas actas. Para este caso preceden los mismos recursos que establece la ley. En todo caso el Comité Convivencial buscara la prevalencia de los procesos pedagógicos. Artículo 56. FUNCIONES DE COMITÉ CONVIVENCIAL
  • 43.  Velar por la correcta y justa aplicación del Manual de convivencia, teniendo en cuenta la Filosofía Institucional, la ley y el principio de diferenciación.  Revisar y analizar el debido proceso para cada caso.  Propender por la armonía y convivencia entre los distintos estamentos de la Institución.  Solicitar, atender y analizar los cargos, descargos y recursos de apelación y reposición presentados por el estudiante incurso en un proceso.  Sancionar o absolver al estudiante incurso en el proceso.  Responder los recursos presentados por parte del estudiante ya sea ratificando o modificando una decisión anterior en los términos y plazos fijados por la Ley.  Elaborar actas sobre el desarrollo de cada sesión en las que conste fecha, hora, lugar, asistentes, motivaciones, análisis, cargos, descargos, recursos, decisión, compromisos. PARAGRAFO: En el caso de decidirse la exclusión inmediata o posterior del a estudiante, el Rector llevara el caso ante e Consejo Directivo, quien la aprobara o no previa autorización de la asociación de padres de familia (Articulo 319 del código de la infancia y la adolescencia). APELACIONES: Contra las sanciones impuestas por el Rector o quien cumple la función, puede interponerse recurso de apelación dentro de los tres (3) días siguientes ante el consejo directivo de la Institución Educativa Antonio Nariño, quién decidirá en reunión en la cual no participará el Rector o Director. ARTICULO 33: PERSONERO ESTUDIANTIL Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de clases del año lectivo. Es el encargado de promover el ejercicio de los derechos de los estudiantes consagrándose a la Institución, mediante las leyes, reglamentos, códigos y Manual de Convivencia. ARTICULO 34: FUNCIONES DEL PERSONERO · Presentar su propuesta de trabajo ante los estudiantes y ante la directivas a más tardar treinta (30) días después de su nombramiento. · Concurrir a las reuniones del Consejo Directivo cuando sea solicitado, o cuando el lo haya solicitado previamente. · Velar por el cumplimiento del manual de convivencia. · Asistir a las reuniones de comité de convivencia.
  • 44. · Ser intermediario entre los estudiantes y docentes en la solución de conflictos. · Asistir a los actos en que sea solicitada su presencia. ARTICULO 35: CONTRALOR ESTUDIANTIL Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de clases del año lectivo. Es el encargado de participar en el control de los gastos e inversiones que se hagan en la institución. Consagrándose a la Institución, mediante las leyes, reglamentos, códigos y Manual de Convivencia. ARTICULO 36 FUNCIONES DEL CONTRALOR · Presentar su propuesta de trabajo ante los estudiantes y ante las directivas a más tardar treinta (30) días después de su nombramiento. · Velar por el cumplimiento del manual de convivencia. · Asistir a las reuniones en las que sea convocado. · Velar por el buen manejo de los recursos asignados por cualquier organismo a la institución ARTICULO 37: CONSEJO ESTUDIANTIL Conformado por un estudiante de cada grado, quien es elegido por sus compañeros mediante voto democrático. Se destacara por mantener excelente comunicación de los alumnos, educadores y directivos. ARTICULO 38: FUNCIONES DEL CONCEJO ESTUDIANTIL · Llevar la vocería con el fin de estudiar, buscar soluciones a las necesidades, problemas o inquietudes que se presenten en el grado. · Coordinar la buena presentación del salón. · Informar sobre los hechos graves que detecte; como hurto, daños, abusos, etc. · Presentar propuesta en beneficio del mejoramiento institucional. ARTICULO 39: ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA Las directivas de la institución Educativa Antonio Nariño promoverán la organización de una asociación de padres de familia, para lo cual podrán citar a asamblea general; en donde se elegirá un integrante por cada grado. La asociación además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar actividades como las siguientes:
  • 45. · Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los padres de familia con la institución. · Contribuir al recaudo de cuotas de suministro o apoyar iniciativas existentes que beneficien el funcionamiento de la institución. · Velar por el buen funcionamiento de la institución. 10. CAPITULO VII DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 40: SERVICIO BIENESTAR La Instituciòn preocupada por el bienestar de la comunidad cuenta con una serie de servicios que contemplan la labor y contribuyen a la formación integral de cada uno de los miembros del Colegio. Son sus servicios: a) C.R.A Centro de recursos para el Aprendizaje. b) Sala de informática. c) Laboratorio de física y química. d) Refrigerio escolar. ARTICULO 41: MEDIOS DE COMUNICACIÓN, PROFESORES, PADRES DE FAMILIA Para la comunicación eficiente los miembros y estamentos de la comunidad educativa de la Instituciòn Educativa disponen los siguientes: · Cuaderno viajero según modalidad escuela nueva y pos primaria, de uso diario de cada estudiante para ayudarlo en la organización de sus actividades, y un canal diario de comunicación con el padre de familia. · Circulares. · Periódico mural en el que se publican las informaciones que tienen que ver con la comunidad estudiantil. · Cartelera, en la cual se rinde honor a las fechas patrias, o se escribe una frase reflexiva. ARTICULO 42: MATRICULA La matricula es un acto por el cual el aspirante seleccionado adquiere la calidad de estudiante de la Instituciòn. Se realizara al firmar junto con el padre o madre de familia, o acudiente la hoja de matricula, comprometiéndose a actuar siguiendo las disposiciones vigentes. ARTICULO 43:
  • 46. PROCEDIMIENTO PARA LA MATRICULA · Haber sido oficialmente admitido. · Presencia del estudiante y de por lo menos con uno de los padres o acudientes, en la hora y fecha indicada por La Institución. · Presentar al día los siguientes documentos:  Copia del registro civil, tarjeta de identidad o cedula de ciudadanía. (según la modalidad).  Copia documentos de identidad de los padres y/o acudientes.  Constancia del último grado el cual haya cursado  2 fotos 3 x 4.  Copia certificado de vacunación.  Copia del sisben y/o EPS. 11. CAPITULO VIII ARTICULO 44: OTROS COBROS Corresponde a costos generados durante el desarrollo de los procesos formativos en el transcurso del año, y son: · Constancia y certificados. · Uso de la sala de sistemas en horarios contrarios a las clases. · Carné estudiantil. · Manual de Convivencia 12. CAPITULO IX ARTICULO 45: HORARIO 1- Pre–escolar: 07 a 11. Desescolarizado 2- Básica Primaria: 07:00 a 12:00 3- Básica Secundaria: 07:00 a 01:00 4- Media rural: 07:00 a 01:00 HORARIO METODOLOGIA FLEXIBLE CAFAM, APT Ciclo I Ciclo II Ciclo III Ciclo IV Ciclo 25 Ciclo 26
  • 47. El horario podrá ser programado en las noches o en los fines de semana, la intensidad horaria corresponde a un mínimo de 10 horas semanales, los estudiantes deben de desarrollar 400 horas de las cuales 250 son presenciales y el resto de trabajo tutorial. ARTICULO 46: UNIFORME Traje que identifica, distingue y expresa sentido de pertenencia, su uso es obligatorio, única y exclusivamente para las actividades programadas por la Institución. ARTICULO 47: UNIFORME DE DIARIO  Niñas: falda verde a cuadros largo a la rodilla. camisa blanca con escudo, medias blancas a la rodilla, zapatos negros, según aprobación del consejo directivo y asamblea de padres.  Niños: Pantalón azul oscuro, camisa según modelo ( Guayabera), medias azul oscura, zapatos negros. ARTICULO 48: UNIFORME DE EDUCACION DE FISICA NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES. Sudadera azul, camiseta blanca con escudo, medias blancas y tenis.