El documento resume un caso legal sobre una disputa entre una compañía de seguros y un propietario sobre el pago de una póliza de seguro para la construcción de viviendas. Se detallan los hechos del caso, incluyendo los contratos y pagos involucrados. Finalmente, la corte revisa la evidencia y argumentos presentados para tomar una decisión sobre el recurso de apelación.
1. El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente. 2. Alega que trabajó para la demandada por más de un año de forma ininterrumpida y que su despido se realizó sin causa justa. 3. Sostiene que de no concederse la medida cautelar se produciría un perjuicio irreparable al privarlo de su sustento económico.
Este resumen contiene 3 oraciones:
El documento describe una resolución que revoca una decisión anterior que declaró fundada una denuncia contra una empresa inmobiliaria por una presunta cláusula abusiva en un contrato de separación. Luego de analizar los argumentos de la apelación, la resolución declara infundada la denuncia al considerar que el contrato establecía claramente las obligaciones de las partes y no había evidencia de una cláusula abusiva. Por lo tanto, no se acreditó que el contrato contenía una cláusula
Este contrato de arrendamiento establece los términos y condiciones entre el arrendador y el arrendatario para el uso de una propiedad por un plazo de hasta 20 años. Incluye detalles sobre las partes involucradas, la renta, las responsabilidades de mantenimiento, y las consecuencias de incumplimiento.
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativonaddyacarrillo
El documento presenta una solicitud de medida cautelar innovativa ante el juzgado para ordenar la reposición del demandante en su puesto de trabajo. El demandante alega haber sido despedido arbitrariamente a pesar de contar con más de un año de servicios ininterrumpidos. Solicita la medida cautelar debido al peligro de perjuicio irreparable si no se repone en su trabajo, y por tratarse de una medida excepcional para restablecer el estado de hecho original. Adjunta documentos que acreditan sus alegatos y la
Este documento presenta el resumen de un recurso de revisión (R.I. 107/2015) relacionado con un incidente de suspensión en un juicio de amparo. El quejoso impugnó varias disposiciones del programa de verificación vehicular obligatoria del Estado de México y el Distrito Federal. El juez de distrito negó la suspensión provisional y definitiva. El quejoso recurrió esta decisión. El tribunal colegiado es competente para conocer el recurso de revisión.
Este contrato de arrendamiento establece los términos y condiciones entre el arrendador y el arrendatario para el alquiler de una propiedad. El arrendatario pagará una renta mensual de $X para usar el local comercial por un año, pudiendo renovarse. El arrendatario es responsable de pagar los servicios y obtener los permisos necesarios para operar su negocio. El contrato describe las obligaciones de ambas partes, causales de rescisión y estipula un depósito en garantía y la designación de un fiador
FORMULARIOS DE CONTRATOS - TOMO I - Formularios de contratos, Cláusulas, Comparecencias, Actas, Documentos, Listados, Individualización de Bienes, Ejemplos, Notas Explicativas, y Otros.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Gerencia de Inversiones del Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año de forma ininterrumpida, lo que le otorga protección contra el despido sin justa causa. Solicita la medida cautelar debido al peligro de perjuicio irreparable si no se reintegra rápidamente a su trabajo, poniendo en riesgo su sustento y el de su familia
1. El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente. 2. Alega que trabajó para la demandada por más de un año de forma ininterrumpida y que su despido se realizó sin causa justa. 3. Sostiene que de no concederse la medida cautelar se produciría un perjuicio irreparable al privarlo de su sustento económico.
Este resumen contiene 3 oraciones:
El documento describe una resolución que revoca una decisión anterior que declaró fundada una denuncia contra una empresa inmobiliaria por una presunta cláusula abusiva en un contrato de separación. Luego de analizar los argumentos de la apelación, la resolución declara infundada la denuncia al considerar que el contrato establecía claramente las obligaciones de las partes y no había evidencia de una cláusula abusiva. Por lo tanto, no se acreditó que el contrato contenía una cláusula
Este contrato de arrendamiento establece los términos y condiciones entre el arrendador y el arrendatario para el uso de una propiedad por un plazo de hasta 20 años. Incluye detalles sobre las partes involucradas, la renta, las responsabilidades de mantenimiento, y las consecuencias de incumplimiento.
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativonaddyacarrillo
El documento presenta una solicitud de medida cautelar innovativa ante el juzgado para ordenar la reposición del demandante en su puesto de trabajo. El demandante alega haber sido despedido arbitrariamente a pesar de contar con más de un año de servicios ininterrumpidos. Solicita la medida cautelar debido al peligro de perjuicio irreparable si no se repone en su trabajo, y por tratarse de una medida excepcional para restablecer el estado de hecho original. Adjunta documentos que acreditan sus alegatos y la
Este documento presenta el resumen de un recurso de revisión (R.I. 107/2015) relacionado con un incidente de suspensión en un juicio de amparo. El quejoso impugnó varias disposiciones del programa de verificación vehicular obligatoria del Estado de México y el Distrito Federal. El juez de distrito negó la suspensión provisional y definitiva. El quejoso recurrió esta decisión. El tribunal colegiado es competente para conocer el recurso de revisión.
Este contrato de arrendamiento establece los términos y condiciones entre el arrendador y el arrendatario para el alquiler de una propiedad. El arrendatario pagará una renta mensual de $X para usar el local comercial por un año, pudiendo renovarse. El arrendatario es responsable de pagar los servicios y obtener los permisos necesarios para operar su negocio. El contrato describe las obligaciones de ambas partes, causales de rescisión y estipula un depósito en garantía y la designación de un fiador
FORMULARIOS DE CONTRATOS - TOMO I - Formularios de contratos, Cláusulas, Comparecencias, Actas, Documentos, Listados, Individualización de Bienes, Ejemplos, Notas Explicativas, y Otros.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Gerencia de Inversiones del Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año de forma ininterrumpida, lo que le otorga protección contra el despido sin justa causa. Solicita la medida cautelar debido al peligro de perjuicio irreparable si no se reintegra rápidamente a su trabajo, poniendo en riesgo su sustento y el de su familia
El documento presenta un resumen de un caso judicial relacionado con un contrato de arrendamiento y una demanda de terminación del contrato. En el documento, la corte fija los hechos sustanciales en disputa, las partes presentan documentación de respaldo, y observan la documentación presentada por la otra parte. La corte recibe la documentación y ordena su custodia, sin que las partes rindan prueba testimonial o de confesión. El caso involucra una demanda reconvencional relacionada con el pago de una multa.
Medida cautelar de reposición en contensioso administrativolizetsilva
El demandante solicita una medida cautelar innovativa de reposición en su puesto de trabajo anterior, alegando que fue despedido arbitrariamente sin causa justificada. Argumenta que tiene derecho a protección contra el despido por haber laborado para la misma entidad por más de un año de forma ininterrumpida. Sostiene que un retraso en la medida le causaría un perjuicio irreparable al privarle de su sustento. Pide que se ordene al demandado reponerlo en su trabajo mientras se resuelve el caso principal.
Presentación 2874 de 2008 versional finalJuan Cubillos
Este documento resume 14 procesos de acción de nulidad ante el Consejo de Estado relacionados con el Decreto 2474 de 2008, que reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 sobre modalidades de selección y contratación estatal. Se describen los artículos demandados, las partes involucradas, y en algunos casos el resultado de la acción de nulidad. El documento provee información sobre las actualizaciones y vigencias del Decreto 2474 de 2008 a través de estas decisiones del Consejo de Estado.
Este documento contiene varias constancias y actas relacionadas con una audiencia de conciliación llevada a cabo en el Centro de Conciliación VERSAR. Incluye una constancia de suspensión de la audiencia, citaciones a las partes, constancias de no acuerdo o inasistencia, y un acta final de conciliación donde se detallan los puntos de acuerdo alcanzados entre las partes.
El documento contiene 458 cláusulas modelo para la redacción de contratos. Las cláusulas cubren una variedad de temas como la venta de inmuebles, arrendamientos, seguros, usufructos y viajes. Cada cláusula presenta un texto modelo breve con notas explicativas sobre su aplicación.
FORMULARIOS DE CONTRATOS - TOMO I - Formularios de contratos, Cláusulas, Comparecencias, Actas, Documentos, Listados, Individualización de Bienes, Ejemplos, Notas Explicativas, y Otros.
I. ABSUELVO TRASLADO DE SU CARTA NOTARIAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: 1. La obligación de pago por parte del arrendatario, durante el periodo de la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional se extingue y al haberse extinguido la obligación de pago de la renta por parte del arrendatario, no podrá invocarse una resolución contractual por incumplimiento en el pago de la renta. En ese sentido, el arrendatario actuó con diligencia ordinaria en tanto la causa no le resulta imputable al existir una ausencia de culpa de parte de quien incumplió. 2. Por lo que pasaremos a explicar el motivo por el cual no me será imputable el incumplimiento contractual o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, haciendo hincapié en los siguientes puntos centrales de la obligación.
Este documento contiene las declaraciones y cláusulas de un contrato celebrado entre el INFONAVIT y un trabajador para otorgar un crédito hipotecario destinado a la construcción de una vivienda. El INFONAVIT otorga un crédito al trabajador por una cantidad específica. El trabajador se compromete a pagar el crédito en ciertos términos y condiciones. El crédito se destinará a la construcción de una casa en un terreno descrito en el documento.
Demanda de medida cautelar de reposición en contencioso administrativojoseluiscuadros
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa de reposición en su puesto de trabajo anterior en el Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de tener más de un año de servicios ininterrumpidos, lo que viola la ley. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable, dado que necesita el trabajo para sustentar a su familia. Adjunta documentos que respaldan sus afirmaciones.
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de haber superado el periodo de prueba y cuenta con una sentencia favorable de primera instancia. Sostiene que sin su trabajo se encuentra en peligro de no poder subsistir él ni su familia y que el daño sería irreparable de no concederse la medida cautelar antes del fallo definitivo. Pide que se declare fundada su solicitud con
Este documento es un contrato de arrendamiento entre un arrendador, un arrendatario y un fiador. El arrendador acuerda rentar una propiedad al arrendatario por un periodo de un año. El arrendatario debe pagar la renta mensualmente por adelantado. Si el arrendatario no desocupa la propiedad al final del contrato, deberá pagar un incremento del 40% en la renta hasta que desocupe. El fiador garantiza el contrato con una propiedad suya.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativoMary Aceca
El demandante solicita una Medida Cautelar Innovativa a fin de que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año, vulnerando así su protección frente al despido injustificado. Sostiene que de no concederse la medida sufriría un perjuicio irreparable al verse privado de su sustento económico, y que la medida es procedente para restablecer el estado de cosas previo a su despido. Adjunta documentos que acredit
Este documento presenta el reglamento para la distribución de artículos clase I y clase II en el Ministerio de Defensa. Establece los tipos de artículos, beneficiarios, procedimientos y responsabilidades. Los beneficiarios incluyen personal militar y civil activo y pasivo. Se especifican los plazos y procesos para la entrega, transferencia y registro de beneficiarios de los artículos.
El documento presenta los principios generales de las obligaciones de dar y hacer según el Código Civil. Establece que en las obligaciones de dar un bien cierto, el acreedor no puede ser obligado a recibir otro bien, y analiza las reglas de preferencia cuando hay varios acreedores sobre un mismo bien. También examina las consecuencias de la pérdida o deterioro del bien, distinguiendo si es por culpa del deudor, del acreedor o sin culpa de las partes. En las obligaciones de hacer, explica los derechos del acreedor ante el
Este documento es un contrato de arrendamiento entre Hortencia Moreno De Laya como la arrendadora y Lola Rosalía Loreto Medina como la arrendataria. La arrendadora da en arriendo a la arrendataria dos habitaciones ubicadas en la Calle Camaleones Sur # 161 en Valle de la Pascua, Estado Guárico. La arrendataria pagará $2,000 bolívares mensuales como canon de arrendamiento. El contrato tendrá una duración de 6 meses y la arrendataria se compromete a mantener la propiedad y devolverla
Este documento presenta un modelo de contrato de arrendamiento con cláusula penal que incluye: las partes involucradas, el objeto del contrato, la renta y forma de pago, el plazo, las obligaciones de cada parte, la cláusula de garantía, la cláusula penal por mora en el pago, los gastos y tributos, la competencia territorial, el domicilio de las partes y la aplicación supletoria de la ley.
Este documento establece las bases para participar en dos licitaciones públicas nacionales en México para asignar cupos de importación. La licitación No. 008/2009 asignará cupos para importar juguetes, mientras que la licitación No. 009/2009 asignará cupos libres de medidas de transición para importaciones de China. El documento describe los objetivos de cada licitación, los participantes elegibles, los requisitos para obtener la constancia de calificación, y los procedimientos generales que se seguirán para las licitaciones.
Este documento discute la importancia de enseñar inglés en educación infantil. Explica que aunque los niños mayores progresan más rápido al principio, los niños más pequeños eventualmente los alcanzan y superan. También señala que los niños más pequeños tienen actitudes más positivas hacia el aprendizaje de idiomas. Finalmente, enfatiza que la educación infantil es el momento ideal para comenzar a enseñar inglés debido a la capacidad de los niños para adquirir nuevos idiomas a una edad temprana.
Este documento presenta un curso básico de programación en C. Explica los elementos básicos del lenguaje C como comentarios, identificadores, constantes, variables y operadores. También describe tipos de datos, declaraciones, sentencias, funciones, arrays, punteros, entrada y salida, el preprocesador y bibliotecas. El curso proporciona ejemplos de código C para ilustrar los conceptos.
Este documento habla sobre la importancia del reciclaje y cómo funciona. Explica que hay diferentes materiales reciclables que requieren contenedores de colores diferentes y que los trabajadores clasifican los elementos. También menciona que al reciclar se pueden reutilizar los materiales de diferentes formas y que es importante reciclar para mantener un medio ambiente sano.
Este documento discute varias estrategias y configuraciones para mejorar la seguridad de una base de datos Oracle, incluyendo aplicar el principio del menor privilegio, administrar cuentas de usuario por defecto, implementar características de seguridad estándar como autenticación y monitoreo, y auditar la actividad de la base de datos.
El documento presenta un manual de uso para un menú de programas que determina características de números ingresados. El objetivo general es desarrollar este menú usando Visual Basic para crear un menú principal que enlace otros programas, y determinar cuántos números son pares e impares, su suma y promedio. El manual guía al usuario a instalar Visual Basic 6.0, crear un proyecto con 5 formularios enlazados, y programar opciones en el menú principal para clasificar y analizar números.
El documento presenta un resumen de un caso judicial relacionado con un contrato de arrendamiento y una demanda de terminación del contrato. En el documento, la corte fija los hechos sustanciales en disputa, las partes presentan documentación de respaldo, y observan la documentación presentada por la otra parte. La corte recibe la documentación y ordena su custodia, sin que las partes rindan prueba testimonial o de confesión. El caso involucra una demanda reconvencional relacionada con el pago de una multa.
Medida cautelar de reposición en contensioso administrativolizetsilva
El demandante solicita una medida cautelar innovativa de reposición en su puesto de trabajo anterior, alegando que fue despedido arbitrariamente sin causa justificada. Argumenta que tiene derecho a protección contra el despido por haber laborado para la misma entidad por más de un año de forma ininterrumpida. Sostiene que un retraso en la medida le causaría un perjuicio irreparable al privarle de su sustento. Pide que se ordene al demandado reponerlo en su trabajo mientras se resuelve el caso principal.
Presentación 2874 de 2008 versional finalJuan Cubillos
Este documento resume 14 procesos de acción de nulidad ante el Consejo de Estado relacionados con el Decreto 2474 de 2008, que reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 sobre modalidades de selección y contratación estatal. Se describen los artículos demandados, las partes involucradas, y en algunos casos el resultado de la acción de nulidad. El documento provee información sobre las actualizaciones y vigencias del Decreto 2474 de 2008 a través de estas decisiones del Consejo de Estado.
Este documento contiene varias constancias y actas relacionadas con una audiencia de conciliación llevada a cabo en el Centro de Conciliación VERSAR. Incluye una constancia de suspensión de la audiencia, citaciones a las partes, constancias de no acuerdo o inasistencia, y un acta final de conciliación donde se detallan los puntos de acuerdo alcanzados entre las partes.
El documento contiene 458 cláusulas modelo para la redacción de contratos. Las cláusulas cubren una variedad de temas como la venta de inmuebles, arrendamientos, seguros, usufructos y viajes. Cada cláusula presenta un texto modelo breve con notas explicativas sobre su aplicación.
FORMULARIOS DE CONTRATOS - TOMO I - Formularios de contratos, Cláusulas, Comparecencias, Actas, Documentos, Listados, Individualización de Bienes, Ejemplos, Notas Explicativas, y Otros.
I. ABSUELVO TRASLADO DE SU CARTA NOTARIAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: 1. La obligación de pago por parte del arrendatario, durante el periodo de la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional se extingue y al haberse extinguido la obligación de pago de la renta por parte del arrendatario, no podrá invocarse una resolución contractual por incumplimiento en el pago de la renta. En ese sentido, el arrendatario actuó con diligencia ordinaria en tanto la causa no le resulta imputable al existir una ausencia de culpa de parte de quien incumplió. 2. Por lo que pasaremos a explicar el motivo por el cual no me será imputable el incumplimiento contractual o el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, haciendo hincapié en los siguientes puntos centrales de la obligación.
Este documento contiene las declaraciones y cláusulas de un contrato celebrado entre el INFONAVIT y un trabajador para otorgar un crédito hipotecario destinado a la construcción de una vivienda. El INFONAVIT otorga un crédito al trabajador por una cantidad específica. El trabajador se compromete a pagar el crédito en ciertos términos y condiciones. El crédito se destinará a la construcción de una casa en un terreno descrito en el documento.
Demanda de medida cautelar de reposición en contencioso administrativojoseluiscuadros
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa de reposición en su puesto de trabajo anterior en el Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de tener más de un año de servicios ininterrumpidos, lo que viola la ley. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable, dado que necesita el trabajo para sustentar a su familia. Adjunta documentos que respaldan sus afirmaciones.
El solicitante solicita una medida cautelar innovativa a favor de su reposición en el puesto de trabajo que tenía en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Argumenta que fue despedido arbitrariamente a pesar de haber superado el periodo de prueba y cuenta con una sentencia favorable de primera instancia. Sostiene que sin su trabajo se encuentra en peligro de no poder subsistir él ni su familia y que el daño sería irreparable de no concederse la medida cautelar antes del fallo definitivo. Pide que se declare fundada su solicitud con
Este documento es un contrato de arrendamiento entre un arrendador, un arrendatario y un fiador. El arrendador acuerda rentar una propiedad al arrendatario por un periodo de un año. El arrendatario debe pagar la renta mensualmente por adelantado. Si el arrendatario no desocupa la propiedad al final del contrato, deberá pagar un incremento del 40% en la renta hasta que desocupe. El fiador garantiza el contrato con una propiedad suya.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativoMary Aceca
El demandante solicita una Medida Cautelar Innovativa a fin de que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año, vulnerando así su protección frente al despido injustificado. Sostiene que de no concederse la medida sufriría un perjuicio irreparable al verse privado de su sustento económico, y que la medida es procedente para restablecer el estado de cosas previo a su despido. Adjunta documentos que acredit
Este documento presenta el reglamento para la distribución de artículos clase I y clase II en el Ministerio de Defensa. Establece los tipos de artículos, beneficiarios, procedimientos y responsabilidades. Los beneficiarios incluyen personal militar y civil activo y pasivo. Se especifican los plazos y procesos para la entrega, transferencia y registro de beneficiarios de los artículos.
El documento presenta los principios generales de las obligaciones de dar y hacer según el Código Civil. Establece que en las obligaciones de dar un bien cierto, el acreedor no puede ser obligado a recibir otro bien, y analiza las reglas de preferencia cuando hay varios acreedores sobre un mismo bien. También examina las consecuencias de la pérdida o deterioro del bien, distinguiendo si es por culpa del deudor, del acreedor o sin culpa de las partes. En las obligaciones de hacer, explica los derechos del acreedor ante el
Este documento es un contrato de arrendamiento entre Hortencia Moreno De Laya como la arrendadora y Lola Rosalía Loreto Medina como la arrendataria. La arrendadora da en arriendo a la arrendataria dos habitaciones ubicadas en la Calle Camaleones Sur # 161 en Valle de la Pascua, Estado Guárico. La arrendataria pagará $2,000 bolívares mensuales como canon de arrendamiento. El contrato tendrá una duración de 6 meses y la arrendataria se compromete a mantener la propiedad y devolverla
Este documento presenta un modelo de contrato de arrendamiento con cláusula penal que incluye: las partes involucradas, el objeto del contrato, la renta y forma de pago, el plazo, las obligaciones de cada parte, la cláusula de garantía, la cláusula penal por mora en el pago, los gastos y tributos, la competencia territorial, el domicilio de las partes y la aplicación supletoria de la ley.
Este documento establece las bases para participar en dos licitaciones públicas nacionales en México para asignar cupos de importación. La licitación No. 008/2009 asignará cupos para importar juguetes, mientras que la licitación No. 009/2009 asignará cupos libres de medidas de transición para importaciones de China. El documento describe los objetivos de cada licitación, los participantes elegibles, los requisitos para obtener la constancia de calificación, y los procedimientos generales que se seguirán para las licitaciones.
Este documento discute la importancia de enseñar inglés en educación infantil. Explica que aunque los niños mayores progresan más rápido al principio, los niños más pequeños eventualmente los alcanzan y superan. También señala que los niños más pequeños tienen actitudes más positivas hacia el aprendizaje de idiomas. Finalmente, enfatiza que la educación infantil es el momento ideal para comenzar a enseñar inglés debido a la capacidad de los niños para adquirir nuevos idiomas a una edad temprana.
Este documento presenta un curso básico de programación en C. Explica los elementos básicos del lenguaje C como comentarios, identificadores, constantes, variables y operadores. También describe tipos de datos, declaraciones, sentencias, funciones, arrays, punteros, entrada y salida, el preprocesador y bibliotecas. El curso proporciona ejemplos de código C para ilustrar los conceptos.
Este documento habla sobre la importancia del reciclaje y cómo funciona. Explica que hay diferentes materiales reciclables que requieren contenedores de colores diferentes y que los trabajadores clasifican los elementos. También menciona que al reciclar se pueden reutilizar los materiales de diferentes formas y que es importante reciclar para mantener un medio ambiente sano.
Este documento discute varias estrategias y configuraciones para mejorar la seguridad de una base de datos Oracle, incluyendo aplicar el principio del menor privilegio, administrar cuentas de usuario por defecto, implementar características de seguridad estándar como autenticación y monitoreo, y auditar la actividad de la base de datos.
El documento presenta un manual de uso para un menú de programas que determina características de números ingresados. El objetivo general es desarrollar este menú usando Visual Basic para crear un menú principal que enlace otros programas, y determinar cuántos números son pares e impares, su suma y promedio. El manual guía al usuario a instalar Visual Basic 6.0, crear un proyecto con 5 formularios enlazados, y programar opciones en el menú principal para clasificar y analizar números.
Este documento describe los conceptos básicos de la programación en C. Explica que C es un lenguaje de medio nivel que ofrece un conjunto básico de sentencias de control y manipulación de datos. Detalla las cuatro fases de creación de un programa en C: preprocesado, compilación, ensamblado y enlazado. Finalmente, indica que un programa C está formado exclusivamente por funciones independientes distribuidas en varios ficheros fuente.
1) Un archivo ASP contiene texto, etiquetas HTML y comandos del servidor. 2) Se pueden crear archivos ASP cambiando la extensión de archivos HTML a .asp. 3) Los comandos del servidor van entre los delimitadores <% y %> y se procesan con el lenguaje de scripting predeterminado como VBScript.
El documento reconoce la labor de los profesionales administrativos del Recinto Universitario de Mayagüez. Recientemente fueron homenajeados por su dedicación y esfuerzo, que va más allá de tareas administrativas básicas y es esencial para el funcionamiento de la universidad. Como parte del homenaje, participaron en diversas conferencias y talleres sobre crecimiento profesional a lo largo de la semana. Varios profesionales administrativos y decanos elogiaron su trabajo y la importancia de reconocer y motivar a este personal.
En política, una simple frase puede ser trascendental; puede sumar votos, puede restar votos, puede mejorar la reputación de un político o convertirlo en el personaje más antipático y criticado del país y, por supuesto, las redes sociales cumplen un rol importante en ese contexto.
Este documento resume los conceptos básicos sobre las computadoras, incluyendo:
1) La historia de la computadora desde Charles Babbage en el siglo 19 hasta las 4 generaciones más recientes.
2) Los componentes principales de hardware como procesador, memoria, almacenamiento y periféricos de entrada/salida.
3) Conceptos de software incluyendo sistemas operativos populares como Windows y Linux, y diferentes tipos de software.
El calentamiento del sistema climático es inequívoco,
como evidencian ya los aumentos observados del promedio
mundial de la temperatura del aire y del océano, el
deshielo
generalizado de nieves y hielos, y el aumento del
promedio
mundial del nivel del mar (Figura RRP.1).
{1.1}
De los doce últimos años (1995-2006), once fi guran entre
los doce más cálidos en los registros instrumentales de la
temperatura de la superfi cie mundial (desde 1850). La tendencia
lineal a 100 años (1906-2005), cifrada en 0,74°C [entre 0,56°C
y 0,92°C]
es superior a la tendencia correspondiente de 0,6ºC
[entre 0,4ºC y 0,8ºC] (1901-2000) indicada en el Tercer
Informe de Evaluación (TIE) (Figura RRP.1). Este aumento
de temperatura está distribuido por todo el planeta y es más
acentuado en las latitudes septentrionales superiores. Las
regiones terrestres se han calentado más aprisa que los océanos
(Figuras RRP.2, RRP.4).
{1.1, 1.2}
1
El aumento de nivel del mar concuerda con este calentamiento
(Figura RRP.1). En promedio, el nivel de los océanos
mundiales
ha aumentado desde 1961 a un promedio de 1,8 [entre
1,3
y 2,3] mm/año, y desde 1993 a 3,1 [entre 2,4 y 3,8] mm/año,
en
parte por efecto de la dilatación térmica y del deshielo de los
glaciares,
de los casquetes de hielo y de los mantos de hielo polares.
No es posible dilucidar hasta qué punto esa mayor rapidez
evidenciada
entre 1993 y 2003 refl
eja
una variación decenal, o
bien
un aumento de la tendencia a largo plazo.
{1.1}
La disminución observada de las extensiones de nieve y de
hielo concuerda también con el calentamiento (Figura RRP.1).
Datos satelitales obtenidos desde 1978 indican que el promedio
anual de la extensión de los hielos marinos árticos ha disminuido
en un 2,7 [entre 2,1 y 3,3] % por decenio, con disminuciones
estivales aun más acentuadas, de 7,4 [entre 5,0 y 9,8] % por
decenio. En promedio, los glaciares de montaña y la cubierta
de nieve han disminuido en ambos hemisferios.
{1.1}
Este documento describe los principales componentes de la arquitectura de Oracle, incluyendo la estructura de memoria (SGA y PGA) y la estructura física de archivos de la base de datos (archivos de control, datos y registro de transacciones). También explica cómo un usuario se conecta a una instancia Oracle y establece una sesión, y los procesos involucrados como el proceso de usuario y el proceso del servidor.
Este documento define una leyenda como una narración tradicional corta que se transmite de generación en generación. Las leyendas generalmente involucran eventos sobrenaturales o seres humanos que representan arquetipos. La palabra "leyenda" proviene del latín y originalmente se refería a biografías de santos. Con la Reforma Protestante, el término adquirió el significado moderno de una narración no histórica. El documento también clasifica varios tipos de leyendas, incluyendo etiológicas, históricas
Este documento analiza la especie del panda gigante que se encuentra en peligro de extinción. Explica que el panda mide 1.8 metros y vive en los bosques de bambú en China. Su hábitat se ha reducido debido a la tala de árboles y su reproducción es difícil cuando están en cautiverio. El principal causante de su disminución es la actividad humana como la destrucción de su hábitat y la falta de un ambiente adecuado para su reproducción.
Tercera reunion publica macondo natural vfBernardo Calle
Lanzamineto de Acciones de la Ruta Competitiva Macondo Natural, liderado por la Cámara de Comercio de Santa Marta, para trabajar en el fortalecimiento competitivo y empresarial de los actores de toda la cadena de valor del sector de Turismo de Naturaleza en el Departamento del Magdalena.
El documento presenta a Juan Carlos Martín, quien vive en Madrid y trabaja en la Administración Pública. Este es su primer curso en la UNED titulado "TICS PARA ENSEÑAR Y APRENDER" y espera que le brinde herramientas para mejorar su comunicación y hacer su trabajo más efectivo y agradable.
Este documento discute dos problemas y sus posibles soluciones. El primer problema es que los peatones corren peligro al cruzar la calle debido al alto tráfico vehicular. La solución propuesta es construir un puente peatonal que una dos colegios. El segundo problema es que los baños de un colegio carecen de papel higiénico, jabón y secadores de manos. La solución sugerida es que los estudiantes junten dinero en una alcancía para comprar estos artículos de limpieza.
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo debido a los cierres generalizados y las restricciones a los viajes. Aunque las vacunas ofrecen esperanza de una recuperación económica en 2021, el panorama a corto plazo sigue siendo incierto dado el resurgimiento de casos en algunas partes del mundo.
El documento define los derechos humanos, describe sus características generales y cómo se clasifican. Explica los derechos de primera generación (civiles y políticos), segunda generación (económicos, sociales y culturales) y tercera generación (colectivos). También describe varios mecanismos de participación democrática como la revocatoria de mandato, el voto, la consulta popular y el plebiscito/referéndum.
Auto seccin 18 ap madrid 3 febrero 2011[1]Xente Xen
El documento resume un auto judicial sobre un recurso de apelación relacionado con un seguro de vivienda. La demanda original solicitaba la devolución de cantidades anticipadas para la adquisición de una vivienda. La compañía aseguradora alegó que el contrato no era un seguro de refianzamiento según la ley, sino un seguro de caución normal. El auto confirma la sentencia recurrida y desestima la oposición, considerando que el contrato cumple con los requisitos legales para ser un seguro de refianzamiento según la
Revision de medidas caso mop 19 de marzo de 2014Óscar Luna
1) El documento es una solicitud para una audiencia de revisión de medidas cautelares para el Licenciado Jorge Isidoro Nieto Méndez. 2) Se argumenta que han surgido nuevos elementos que demuestran que ya no existen los motivos para la detención provisional. 3) Entre la nueva evidencia se encuentran declaraciones de testigos del arbitraje que indican que el proceso se desarrolló con normalidad y no hubo un acuerdo previo como alega la fiscalía.
Sentencia del Supremo que han originado el cambio jurisprudencial sobre devolución del dinero pagado a promotoras por viviendas que nunca fueron entregadas.
Este documento presenta un resumen de una sentencia del Tribunal Supremo de España sobre un caso de nulidad de contrato. En concreto, trata sobre si una empresa llamada I3E Ingeniería de Infraestructuras Informáticas Especializadas SL firmó un contrato de gestión de riesgos con el banco Bankinter SA por error en el consentimiento. El Tribunal Supremo estima el recurso de casación y considera que el banco no proporcionó suficiente información sobre los riesgos del contrato.
Este documento presenta un resumen de un taller práctico sobre accidentes de tránsito dictado por la Dra. Mónica M. Fernández. Incluye información sobre la carrera y experiencia profesional de la Dra. Fernández, así como conceptos clave sobre cómo redactar una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, incluyendo detalles sobre competencia, forma de la demanda, monto reclamado e intereses, entre otros aspectos procesales relevantes. Finaliza con un ejemplo de cómo redactar el inicio de
El documento presenta un caso legal sobre una disputa entre una sociedad inmobiliaria y una caja de ahorros por transferencias bancarias erróneas. La sentencia de primera instancia falló a favor de la sociedad, mientras que la apelación falló a favor de la caja de ahorros. El Tribunal Supremo ahora debe decidir sobre el recurso de casación presentado por la sociedad.
Este documento presenta un resumen del trámite procesal de un arbitramento entre Constructora de Infraestructura Vial S.A.S. - Coninvial S.A.S. y Gisaico S.A. Luego de instalarse el tribunal arbitral y presentarse las demandas y reconvenciones, se realizaron varios traslados, contestaciones y reformas. Finalmente, el tribunal admitió pruebas periciales de ambas partes antes de emitir su laudo definitivo.
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La resolución falla a favor de los denunciantes en el proceso administrativo en contra de la sociedad conyugal Orbegoso-Wasiw por incumplimiento de obligaciones. Se ordena a la sociedad conyugal a pagar una multa de S/. 3,600 y las costas del proceso por S/. 36 dentro de 5 días. Adicionalmente, se informa que esta resolución puede ser apelada ante la Comisión en un plazo de 5 días, de lo contrario quedará consentida.
Este documento resume una sentencia del Tribunal Supremo sobre un caso de convenio especial para la jubilación. Se presenta un recurso de casación para la unificación de doctrina al considerar que la sentencia contradice otra sentencia previa de un tribunal superior. El Tribunal Supremo admite el recurso y traslada el caso a las partes para que presenten sus alegaciones.
Este documento resume un caso judicial en el Juzgado de 1a Instancia No1 de Cádiz. Se presentó una demanda por Sinergy H.G. Limited contra Eduarda Tapia Gómez, Antonio Muñoz Vera y Muñoz Vera e Hijos S.L. por incumplimiento de contrato de compraventa de acciones de 2012. Los demandados presentaron una demanda reconvencional. Se celebró la vista y se practicaron pruebas documentales y testificales. El juez debe ahora dictar sentencia resolviendo el litigio y las pretensiones
Este documento resume un fallo judicial admitiendo a trámite una demanda y ordenando emplazar a la parte demandada para que la conteste en el plazo de 20 días. El juez determina que tiene jurisdicción y competencia para conocer el caso, que debe sustanciarse por juicio ordinario y emplaza a la parte demandada para que conteste la demanda en 20 días bajo apercibimiento.
Este documento resume un caso judicial sobre si un artículo periodístico vulneró el derecho al honor de una parte actora. El artículo discutía la actuación de la parte actora en representación de personas afectadas por Afinsa. El fiscal concluye que el artículo debía prevalecer dado que incluía datos contrastados de interés público y una crítica legítima, aunque con palabras intensas. El juez falla desestimando la demanda al entender que prevalece la libertad de expresión.
Este documento trata sobre un caso de suspensión temporal del contrato de trabajo y salario de un empleado debido a una falta grave. Se analizan las implicaciones legales de dicha suspensión en el empleado y la empresa durante el período de suspensión, como la falta de derecho a salario del empleado y la obligación de la empresa de readmitirlo una vez finalizada la suspensión. También se mencionan sentencias relacionadas con casos similares.
El documento describe un contrato entre la Municipalidad Provincial de Virú y el Consorcio Mochica para la elaboración del expediente técnico y ejecución de la obra de mejoramiento y ampliación del Coliseo Cerrado de Virú por un monto de S/. 3'697,134.00. El contrato establece los plazos, partes integrantes, garantías, y participación de los consorciados en la obra.
Sentencia contra Targobank que declara la nulidad de las cláusulas que establecen una comisión de apertura como un porcentaje sobre el capital prestado, se argumentó por el Letrado que no hay un servicio concreto remunerado y que se trata en realidad de un sobrecoste añadido, la entidad bancaria percibe por el préstamo un rendimiento en forma de intereses no cabe añadir vía comisiones injustificadas un rendimiento injustificable.
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10. Gaia: Behin Betiko ezintasuna. 12. AriketaEgoitz
1) Un trabajador fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta por el Equipo de Valoración de Incapacidades y la Dirección Provincial del INSS. El trabajador tenía 24 años y 8 meses de edad y había cotizado de forma ininterrumpida durante los últimos 80 meses.
2) El trabajador solicita la prestación económica por incapacidad permanente absoluta. Cumplía con el requisito mínimo de cotización, que era de 34 meses en los últimos 16 años.
3) Por lo tanto, el trabajador tiene derecho a la prestación econ
Similar a Auto seccin 13 ap madrid mayo 2011 hcc[1] (20)
1. "n
I~ • ••••• .,
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN DECIMOTERCERA
Rollo: RECURSO DE APELACION 761 /2010
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ-RICO
D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
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Articulo 151.2 1F r.<e
.8.J,r.,. • 1/2000
I
I
En Madrid, a diecisiete de mayo de dos mil once. VISTOS en grado de
apelación ante esta Sección 13 de la Audiencia Provincial de MADRID, los
Autos de EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 517/2010, procedentes
del JDO. la INSTANCIA E INSTRUCCION N. 1 de MAJADAHONDA, a los
que ha correspondido el Rollo 761/2010, en los que aparece como parte apelante
HOUSTON CASUALTY COMPANY EUROPE COMPAÑÍA DE SEGUROS
Y REASEGUROS S.A. (HCCE) representado por el procurador D. Marcelino
Barto1ome Garretas, y asistido por el Letrado D. Luis Alfonso Fernández
Manzano, y como apelado D. RAFAEL CASADO ORTEGA representado por
la procuradora D", Nuria Munar Serrano, y asistido por el Letrado D. Antonio
Jurado Grana, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. IVIODESTODE
BUSTOS GÓMEZ-RICO .
-:" ... -:- ....
2. 1.- ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia n° 1, de los de
Majadahonda, en fecha seis de septiembre de dos mil diez, se dictó auto, cuya
parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que DESESTIMANDO
TOTALMENTE la oposición formulada por la ejecutada, HOUSTON
CASUALTY COMPANY EUROPE SEGUROS y REASEGUROS, S.A., debo
DECLARAR y DECLARO que procede seguir ade1ante la ejecución por la
cantidad despachada y todo ello con expresa imposición a la ejecutada de las
costas procesales. ".
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de
apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual
se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en
fecha veintinueve de noviembre de 2010, para resolver el recurso.
TERCERO.- Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno
Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta
Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento
Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN,
VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día once de
mayo de dos mil once.
CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado todas
las disposiciones legales,
2
. .. . .... ',' ~
3. 110 RAZONAMIENTOS JURIDICOS
M
PRIMERO 0- Se acepta íntegramente y se da por reproducida la
fundamentación jurídica del auto apelado.
SEGUNDO.- Para resolver las alegaciones que dan sustento al recurso de
apelación interpuesto por Houston Casualty Company Europe Compañía de
Seguros y Reaseguros, S.A. (en lo sucesivo HCCE) contra el auto que,
desestimando la oposición que dicha entidad aseguradora formuló frente a la
ejecución despachada por el Juzgado en auto de fecha 18 de junio de 2010 -
folios 49 y 50-, puso fin al procedimiento en la anterior instancia, resulta
necesario conocer los negocios jurídicos concertados entre las palies litigantes y
los hechos sobrevenidos más relevantes, a cuyo fin incorporamos a esta
resolución y completamos la exposición contenida en el fundamento de derecho
segundo del auto recurrido de fecha 6 de septiembre de 2010, que es la
siguiente:
Don Rafael Casado Ortega suscribió el 16 de julio de 2004 con la.
Cooperativa de Viviendas "Valle El Capitán Sociedad Cooperativa Andaluza"
un contrato de adhesión, en el que consta: "que la Cooperativa tiene una opción
de compra sobre la parcela A3. de la Cañada del Capitán, integrante en la
Urbanización "El Capitán" del término municipal de Vélez-Málaga"; "que en
dicha parcela, la Cooperativa está promoviendo la construcción de un total de 55
viviendas unifamiliares adosadas, según proyecto redactado por don Carlos
Morales Vallejo"; que "está solicitada ante el Ayuntamiento la correspondiente
licencia de obras"; que " la ejecución de la promoción será realizada por
UICESA, construcciones y obras S.A."; "que Don Rafael Casado Ortega ha
resultado admitido como socio de la Cooperativa"; y "que está interesado en
adherirse al proyecto de promoción inmobiliaria que tiene previsto desarrollar la
Cooperativa y ser adjudicatario de la vivienda unifamiliar designada
provisionalmente como chalet n" 12, tipo A2".
3
4. En la Estipulación Quinta de dicho contrato se establece que "las cantidades que
el socio aporte en concepto de precio de la vivienda y demás departamentos
hasta la adjudicación de la vivienda mediante escritura pública,serán ingresadas
en la cuenta corriente de la Cooperativa aperturada en el BBVA, n" 0182, oficina
0464, D.C. 54, n" c/c 0201549629, donde quedan depositadas sin poderse
utilizar más que para efectuar pagos que están previstos en el Plan de Actuación
de la promoción; dichas cantidades entregadas a cuenta del precio por el socio/a
estarán avaladas por la compañía HCC EUROPE S.A.. Asimismo, a cada socio
se le hará entrega de una póliza individual que cubra los riesgos de la no
terminación del edificio, que será concertada de conformidad con la Ley
57/68, de 27 de julio y LOE de 5 de noviembre 1999. Los gastos de dicha
póliza correrán por cuenta de la Cooperativa".
En la Estipulación Tercera del precitado contrato de adhesión se dice que "la
fecha de entrega de llaves está prevista para diciembre de 2006";
Es un hecho indiscutido por la ejecutada que las cantidades entregadas
por el ejecutante a cuenta del precio de dicha vivienda ascendieron a: 6.420
euros en concepto de reserva, 14.267,96 euros a la firma del contrato de
adhesión y 25.285,29 euros mediante 27 efectos debidamente aceptados _
estipulación segunda del contrato-o
El 8 de julio de 2004 Valle El Capitán solicitó a HCE, a través del
Corredor Euroadinor, la contratación de una póliza ("Propuesta de Seguro de
afianzamiento de Cantidades Anticipadas para compra de Viviendas en régimen
de Cooperativa"), sin que en ninguna parte del documento se denomine "Tramo
1". En la presentación del proyecto se indica la fecha de comienzo de las obras
(12 de abril de 2005) y de entrega de las viviendas (noviembre de 2006)~entidad
depositaria de los anticipos y cuantos datos eran precisos para la mencionada
contratación -folios 222 y 223-,
4
5. Asimismo como documento n" 5 de la oposición RCCE incorpora un
"acta de clasificación de la Cooperativa de Viviendas" (Póliza 28029900869),
meramente interna y no firmada por la Cooperativa, en la que se relacionan
los documentos que se deben aportar para la emisión de la certificación de
garantía individual, y el concurso de los requisitos a que se subordine la
posterior emisión de lo que se titula "Póliza de Afianzamiento de Cantidades
Anticipadas"), pese a que ninguno de ellos es exigido por las disposiciones
legales vigentes y aplicables -folios 225 a 232-.
La Cooperativa el 31 de agosto de 2004 suscribió con la compañía HCCE
la "póliza de seguro colectiva de obligaciones legales y contractuales-
sociedades cooperativas de viviendas" número 28029900869, (documento n" 1
de la oposición a la ejecución) -folio 190-. La operación garantizada, según la
citada póliza, era el "buen fin de las cantidades entregadas por los socios
cooperativistas para el desarrollo del proyecto promotor: promoción de 55
viviendas de renta libre en Alfayate, Torre del Mar, Vélez-Málaga", figurando
como entidad bancaria donde deberán hacerse los ingresos BBVA, 0201549629.
Junto a dicha póliza, aportada como pnmer documento del bloque
documental n" 1 del escrito de oposición, se incorporan por la ejecutada en el
mismo bloque documental n° 1, unas condiciones generales que no se
corresponden con la póliza colectiva que nos ocupa, sino con la número
28029900865 y que, a mayor abundamiento, no aparecen suscritas por la
Sociedad Cooperativa. Lo mismo cabe decir respecto del anexo a las cláusulas
generales de "póliza de seguro de garantía de cumplimiento de obligaciones
legales y contractuales" que se incorpora al mismo bloque documental n° 1 del
escrito de oposición y que tampoco aparece firmado por la Cooperativa -folios
191 a 202-.
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6. •...
Por contra, la ejecutante presenta con el escrito de la oposición
impugnación de la oposición un "anexo a las cláusulas generales" de "póliza
colectiva de afianzamiento de cantidades anticipadas para la adquisición de
inmuebles", que sí aparecen firmadas no sólo por la Cooperativa, sino
también por la compañía aseguradora, cuyo contenido es el siguiente:
"HOUSTON CASULATY COMPANY EUROPE, Seguros y Reaseguros S.A.,
en base a las condiciones generales y particulares de esta póliza y en armonía
con la ley 57/68 de 27 de julio, Ley de Ordenación de la Edificación (LOE de 5
de noviembre de 1999) y demás disposiciones concordantes y los arts. 114 y 116
del Reglamento del Texto Refundido de fecha 24 de julio de 1968 (Decreto
2114/68), garantiza a los asegurados que figuren en los certificados individuales,
que formando parte integrante de este contrato de seguros serán emitidos,la
devolución de las cantidades anticipadas para la compra de inmuebles que hayan
pagado al tomador incrementadas en el interés legal anual correspondiente y con
el límite máximo de capital asegurado establecido en cada certificado individual,
siempre que dichos asegurados puedan exigir al tomador tales cantidades por
incumplimiento de este último de lo dispuesto en los preceptos legales indicados
en cuanto se refiere a la falta de: iniciación de la construcción del inmueble,
buen fin de la misma, entrega del inmueble en plazos convenidos en los
contratos correspondientes y no les fueran devueltas por dicho tomador las
cantidades percibidas a cuenta más su interés legal anual correspondiente".
Añade que "los contratos de cesión de los inmuebles suscritos por el tomador y
los asegurados forman parte integrante de la póliza con su misma fuerza y
validez".
En cuanto a la duración del seguro, se estipula que tendrá su vencimiento
"en el momento en que el tomador haya cumplido con la entrega de los
inmuebles una vez expedidas las cédulas de habitabilidad de los mismos o, en su
lugar, cuando el tomador devuelva las cantidades anticipadas más el interés legal
6
. :'!:'~ .:',',;,
.~" .
7. correspondiente como consecuencia del incumplimiento por el tomador de la
cláusula sexta".
Se prevé, asimismo, en la cláusula séptima, que "en caso de que la construcción
no se inicie o no se hayan entregado los inmuebles en los plazos convenidos y
siempre que no se haya producido prórroga (condición general cuarta), se
entenderá producido el siniestro cuando además hayan sido cumplidos los
siguientes requisitos: 1.- que las cantidades anticipadas por los asegurados a
cuenta del inmueble y que son objeto del seguro hayan sido ingresadas en la
cuenta especial que establece la Ley y que se especifica en las condiciones
particulares para los ingresos de los anticipos de los asegurados; 2.- que por el
asegurado se haya requerido notarialmente o de otra manera indubitada al
tomador y éste no de cumplimiento al apartado a del artículo segundo de la
citada ley, negándose a devolver las cantidades percibidas a cuenta del inmueble
más el interés lega; 3.- que el titular del contrato de cesión del inmueble esté
provisto del oportuno Certificado Individual relativo al inmueble o inmuebles y
cantidad objeto de la reclamación" -folios 498 a 505-.
El contenido de esta póliza, aportada como documento tres del escrito de
impugnación y suscrita por Houston es precisamente idéntica a la que, según la
propia ejecutada -página cuatro, párrafo segundo- constituye un modelo de
póliza de afianzamiento de la ley 57/1968 (documento dos del escrito de
oposición -folios 206 a 212-).
La ejecutada otorgó en favor del Sr. Casado en fecha 31 de agosto de
2004 (esto es con posterioridad a la firma del contrato de adhesión) el
certificado de garantía individual número once de la póliza colectiva
28029900869 (doc. 2 de 1a demanda), por un capital asegurado de 42.965,65
euros, siendo el contenido de dicho certificado el siguiente: "HCC Europe, de
acuerdo con las condiciones generales, particulares y especiales de la póliza y
mediante este certificado, garantiza al asegurado la devolución de las cantidades
7
8. entregadas a cuenta del desarrollo del proyecto promotor en que éste participa
como socio cooperativista, y que efectivamente haya pagado al tomador
Sociedad Cooperativa, y con el límite máximo del capital asegurado indicado,
siempre que dicho asegurado pueda exigir del tomador tales cantidades por
incumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales",; "a los efectos de
esta póliza, exclusivamente podrá entenderse consumado dicho incumplimiento
como circunstancia desencadenante del siniestro, cuando las cantidades
entregadas por el asegurado fueren destinadas por el tomador o sus
representantes legales a fines distintos y ajenos a los que se refieren al desarrollo
de] proceso promotor"; "el presente certificado será prorrogado anualmente
teniendo su vencimiento una vez que sean cumplidos los requisitos técnicos
exigidos para la contratación de la póliza de afianzamiento (57/68), momento a
partir del cual se entenderá cancelado a todos los efectos" -folio 31-.
Según certificación del arquitecto director de las obras (documento cuatro
de la demanda), éstas se encuentran paralizadas desde el6 de febrero de 2008
y, según la última certificación emitida por la dirección facultativa con esa
fecha, estaba ejecutado "el 87,53% sobre el precio de ejecución contratado
con la empresa constructora desde el inicio de la obra firmado el 25 de julio
de 2006". El estado de paralización de las obras se refleja también en el acta
notarial de fecha 18 de noviembre de 2009 (documentos tres y cuatro) -folios 32
a 40-.
El 23 de abril de 2010 D. Rafael Casado, dado el estado en que se
hallaban las obras, rescindió (resolvió) el contrato y solicitó a la Cooperativa
Valle del Capitán la devolución de las cantidades entregadas con sus intereses -
documento 5, folio 41-.
El 28 de abril de 2010, el ejecutante remitió burofax a la ejecutada,
comunicándole la rescisión del contrato de adhesión y solicitándole que hiciera
efectiva la póliza de afianzamiento mediante la devolución de las cantidades
8
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9. entregadas a cuenta (doc. 6 de la demanda). Consta, asimismo, entregada en
fecha 5 de mayo de 2010 carta dirigida a la Cooperativa notificándole la
rescisión del contrato y solicitándole la devolución de las cantidades entregadas
así como los intereses legales (documento 6 de la demanda -folios 42 a 48-).
Por último, las entidades Caja General de AhOlTOSde Granada y BBV A,
certificaron el 18 de junio de 2004 (esto es antes de la firma del contrato de
seguro) que las cuentas O115186004 y 0201549629, abiertas, respectivamente en
dichas entidades a nombre de la Cooperativa, son cuentas destinadas en
exclusiva a recibir las cantidades anticipadas por los socios cooperativistas de la
promoción que nos ocupa, con separación de cualesquiera otros fondos de su
titular, y tienen el tratamiento especial en los términos y condiciones
establecidas en la Ley 57/68, de 27 de julio, especialmente en su artículo
1°,2. Los fondos destinados en dichas cuentas se destinarán en exclusiva, según
dichas certificaciones, a atender necesidades de la promoción y serán
indisponibles salvo contra facturas o certificaciones aprobadas por HCCE,
mediante firma de un representante autorizado de la compañía de seguros ante el
banco. Además la compañía aseguradora está autorizada para solicitar extractos
de cuenta y aclaraciones a los apuntes y movimientos que se produzcan en la
misma. La misma certificación aparece emitida por Banco de Andalucía en
fecha 18 de julio de 2006 en relación con la cuenta 0601123448 de dicha entidad
-folios 506 a 508-.
Las entidades Caja Granada y BBV A certificaron los días 11 y 10 de marzo de
2010, respectivamente, que las cuentas indicadas se encuentran intervenidas por
la compañía HCCE y están destinadas a recibir las cantidades anticipadas por los
socios cooperativistas de la promoción -folios 509 y 510-.
Como HCCE no atendiera el requerimiento extrajudicial de pago, D.
Rafael Casado Ortega, el 28 de mayo de 2010 presentó demanda de ejecución de
9
~..
10. título no judicial, que concluyó en el primer grado de jurisdicción por el auto
que ahora se recurre.
TERCERO.- El recurso de apelación interpuesto por RCCE VIene
motivado sustancialmente, según ésta, por tres errores cometidos por la Ilma.
Sra. Magistrada-Jueza de Primera Instancia, uno, considerar que el certificado
individual de seguro constituye titulo ejecutivo de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 517.2.9° de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con el
artículo 3 de la Ley 57/1968, de 27 de julio, dado que la póliza de seguro de
caución suscrita por Valle El Capitán, Sociedad Cooperativa Andaluza no es la
póliza de seguro de afianzamiento a que se refiere la Ley 57/1968; dos, entender
que la póliza suscrita con la Cooperativa no es la que RCCE presenta con la
oposición, como documento n" 1, sino una póliza de afianzamiento de
cantidades anticipadas, conclusión que alcanza la Juzgadora tras examinar las
Condiciones Generales de afianzamiento presentadas por el ejecutante junto con
la impugnación de la oposición, que RCCE le remitió por error; y tres, estimar
que D. Rafael Casado Ortega había suscrito un contrato de compraventa o de
adjudicación de vivienda, cuando únicamente había firmado IDl contrato de
adhesión en vüiud del cual, sólo adquiría un derecho a la adjudicación de una
vivienda futura.
El demandante-ejecutante y apelado se opuso al recurso y solicitó la
confirmación del auto dictado e16 de septiembre de 2010.
Nulidad radical del despacho de ejecución por no llevar aparejada
ejecución los documentos presentados.
En la Exposición de Motivos de la Ley 57/1962, de 27 de julio, se explica
la razón de su promulgación con los siguientes términos:
"La justificada alarma que en la opinión pública ha producido la
reiterada comisión de abusos que, de una parte, constituyen grave alteración de
10
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•. ".
11. la convivencia social, y de otra, evidentes hechos delictivos, ocasionando
además perjuicios irreparables a quienes confiados y de buena fe aceptan sin
reparo alguno aquellos ofrecimientos, obliga a establecer con carácter general
normas preventivas que garanticen tanto la aplicación real JI efectiva de los
medios económicos anticipados por los adquirientes y futuros usuarios a la
construcción de su vivienda como su devolución en el supuesto de que ésta no
se lleve a efecto. "
El artículo primero, con carácter imperativo dispone:
"Las personas físicas y jurídicas que promuevan la construcción de
viviendas que no sean de protección oficial, destinadas a domicilio o residencia
familiar, con carácter permanente o bien a residencia de temporada, accidental
o circunstancial y que pretendan obtener de los cesionarios entregas de dinero
antes de iniciar la construcción o durante la misma, deberán cumplir las
condiciones siguientes:
• Primera. Garantizar la devolución de las cantidades entregadas
más el 6% de interés anual, mediante contrato de seguro otorgado
con Entidad aseguradora inscrita y autorizada en el Registro de la
Subdirección General de Seguros o por aval solidario prestado por
Entidad inscrita en el Registro de Bancos JI banqueros, o Caja de
Ahorros, para el caso de que la construcción no se inicie o no
llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido.
• Segunda. Percibir las cantidades anticipadas por los adquirentes a
través de una Entidad Bancaria o Cala de Ahorros, en las que
habrán de depositarse en cuenta especial, con separación de
cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor y de las
que únicamente podrá disponer para las atenciones derivadas de
la construcción de las viviendas: para la apertura de estas cuentas
o depósitos la Entidad hancaria o Caja de Ahorros, bajo su
responsabilidad, exigirá la garantía a que se refiere la condición
anterior.
11
12. Es decir, quien pretenda promover la construcción de viviendas que no
sean de protección oficial y que pretendan obtener entregas de dinero de los
cesionarios o futuros adquirentes, cualquiera que sea el móvil que determina la
adquisición y su patrimonio o situación económica, deberá cumplir las
exigencias expuestas. Siendo obligado que en el contrato de cesión de las
viviendas se haga referencia al avalo contrato de seguro y se designe la entidad
bancaria y la cuenta a través de la cual se ha de hacer la entrega -artículo 2, b) Y
c)-.
y el artículo 3, determinante en la creación del título ejecutivo, dice:
"Expirado el plazo de iniciación de las obras o de entrega de la vivienda sin
que una u otra hubiesen tenido lugar, el cesionario podrá optar entre la
rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta,
incrementadas con el 6% de interés anual, o conceder al cedente prórroga, que
se hará constar en una cláusula adicional del contrato otorgado, especificando
en nuevo período con. la fecha de terminación de la construcción y entrega de la
vivienda.
El contrato de seguro o el aval unido al documento fehaciente en que se
acredite la no iniciación de las obras o entrega de la vivienda tendrá carácter
ejecutivo a los efectos prevenidos en el título XV del libro 1/ de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, para exigir al asegurador o avalista la entrega de las
cantidades a que el cesionario tuviera derecho, de acuerdo con lo establecido
en esta Ley. "
De todos estos preceptos necesariamente se infiere que la entidad avalista
o aseguradora ha de conocer el contenido del contrato de cesión del que surge la
obligación garantizada o avalada en función de las cantidades entregadas por el
adquirente o cesionario de la vivienda individualizada o determinada aunque aún
no se haya construido.
12
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13. El carácter obligado de la prestación de las garantías establecidas por la
::
Ley 57/1968, Y la vinculación del avalista o asegurador a sus términos y
exigencias, se ven reforzados por la irrenunciabilidad de los derechos que
aquélla otorga a los cesionarios en su artículo 7.
La Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1999, de 5 de
noviembre, de Ordenación de la Edificación, extiende la normativa contenida
en la Ley 57/1968 a la promoción de toda clase de viviendas, cualquiera que
sea su destino y la finalidad buscada por el adquirente, incluso a las que se
realicen en régimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa.
El propósito del legislador es proteger a quien hace entregas de dinero en
contemplación a la adquisición de un inmueble cuya construcción no se ha
iniciado y si lo ha sido aún no ha concluido.
En sentido análogo la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades
Cooperativas Andaluzas. La Orden del Ministerio de Hacienda de 29 de
noviembre de 1968, complementa el inciso segundo del apartado e) del artículo
2 de la Ley 57/1968, al añadir que forman parte del seguro los respectivos
contrato de cesión de viviendas, cuyo contenido, por tanto, no puede resultar
desconocido al asegurador (punto 4°, apartado a).
Pues bien, a tenor de las precitadas disposiciones legales no puede
sostenerse en modo alguno que la Juzgadora haya cometido el error que se dice
en el recurso al despachar la ejecución, ya que efectivamente el contrato de
seguro concertado el 31 de agosto de 2004 entre Valle El Capitán, Sociedad
Cooperativa Andaluza, como tomador, y HCCE, como asegurador, bajo la
denominación "Póliza de Seguro Colectiva de obligaciones Legales y
Contractuales Sociedades Cooperativas de Viviendas", es de aquellos a que se
refiere la Ley 57/1968 con la finalidad específica en ella prevista, por lo que al
aportarse la documentación exigida en el artículo 1 de la mencionada Tley, la.
acción ejecutiva se halla correctamente fundada en el título a que se refiere el
artículo 517.2.9° de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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14. La ejecutada-apelante sostiene que la póliza de afianzamiento no es de
aquéllos a que se refiere la Ley 57/68, sino que se trata, de un contrato o póliza
global de caución que sólo garantiza que las cantidades aportadas se destinarán
exclusivamente al proyecto de promoción de viviendas, que comprende lo que
dicha aseguradora define o denomina como "Tramo 1", de modo que el Tramo II
o emisión de la verdadera póliza de Afianzamiento de Cantidades Anticipadas
quedaría condicionada a la aportación y verificación positiva de la
documentación que la propia HCCE relaciona (entre ellas un listado de
cooperativistas que sea al menos un 95%, préstamo hipotecario, etc) en una
denominada Acta de Clasificación creada unilateralmente y, por tanto, no
suscrita por la Cooperativa, que ni siquiera consta fuera acompañada con la
propuesta de seguro de afianzamiento de cantidades anticipadas -documentos 4
y 5 de la oposición a la ejecución-o
Tal pretensión resulta absolutamente insostenible por muchos dictámenes
que la avalen y sea sostenida por una exhaustiva argumentación, y ello por las
siguientes razones:
A) La póliza otorgada es de origen legal y tiene un contenido mínimo
imperativo y obligatorio que no es susceptible de ser modificado ni
derogado por las partes que la concretan, de forma que garantice la
devolución de las cantidades entregadas más el 6% de interés anual, sin
que su perfección o efectos queden condicionados al inicio de la
construcción (uno de los riesgos que asegura es que ésta no se inicie,
luego su existencia no es presupuesto del contrato) o a que exista un
número determinado de cooperativistas. El régimen normativo de la
póliza puede modularse por las partes, siempre que no afecte a la
finalidad legal esencial en cuya consideración se celebra el contrato, por
lo que no distinguiendo la Ley 57/68 dos fases o tramos distintos objeto
de distinto afianzamiento, no puede atribuirse a la póliza suscrita el
efecto limitado de garantizar que las cantidades aportadas se destinarán
exclusivamente al proyecto de promoción de viviendas, en perjuicio del
14
15. (,
adquirente, con clara vulneración de la Ley 57/1968, que es la que hace
obligatorio e impone su concierto, sin que pueda quedar derogado su
contenido por una mera comunicación del Corredor de Seguros dirigida a
un empleado o dependiente de la aseguradora -folios 234 y 235-, ni
desde Juego tener eficacia alguna entre las partes contratantes, cuando
sus términos o condiciones luego no se incorporan a la póliza que
firmaron aquéllas.
B) RCCE no puede oponer eficazmente el desconocimiento de que la póliza
tenía por objeto el afianzamiento a que se refiere la Ley 5711 968 cuando
a ella se incorporaba y formaba parte de la misma, según la Orden de 29
de noviembre de 1968, los respectivos contratos de cesión, y en el que
firmó el 16 de julio de 2004 D. Rafael Casado Ortega se indica
expresamente en su estipulación quinta: "Las cantidades que el Socio/a
aporte en concepto de precio de la vivienda y demás departamentos,
hasta la adjudicación de la vivienda mediante escritura pública, serán
ingresadas en la Cuenta Corriente de la Cooperativa aperturaza en el
ssv» ENTIDAD 0182 -- OFICINA 0464, D.C. 54, N° DE CUENTA
0201549629, donde quedarán depositadas in poderse utilizar más que
para efectuar pagos que estén previstos en el Plan de Actuación de la
promoción, dichas cantidades entregadas a cuenta del precio por el
socio/a estarán avaladas por la Compañía de Seguros HCC EUROPE
S.A., con domicilio social en Plaza Carlos Trías Bertrán 7, 28020 _
Madrid. Asimismo a cada socio se le hará entrega de una Póliza
individual que cubra los riesgos de la 110 terminación del edificio, que
se concertará de conformidad COII la Ley 57/1968 de 27 de Julio, LOE
de 5 de Noviembre de 1.999. Los gastos de dicha póliza serán por
cuenta de la cooperativa. "
Asimismo la intervención de las cuentas en que se ingresaron las
cantidades anticipadas y el carácter indisponible de los fondos sin la
autorización de RCCE, como consecuencia del tratamiento especial
15
16. 1';
establecido por la Ley 57/68, necesariamente disipa cualquier duda sobre
el objeto, finalidad y contenido del aseguramiento concertado. Al efecto
resultan determinantes las certificaciones obrantes a los folios 506 a 510,
cuya aportación al procedimiento es licita consecuencia procesal de la
oposición a la ejecución formulada por HCCE, que para supuestos
semejantes, con relación al procedimiento ordinario, expresamente
autoriza el artículo 426-5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
C) La Póliza suscrita por las partes, además y sobre todo, no puede ser más
contundente en sus cláusulas, a cuyos fines basta examinar la condición
general 1a de las aportadas por D. Rafael Casado Ortega, firmadas y
rubricadas sus hojas por HCCE y la Cooperativa -folios 498 a 505-. La .
aseguradora afirma que fueron remitidas por error a la Cooperativa
y que no corresponde al contrato de seguro de caución suscrito (sólo) por
RCCE. Tal alegación carece de la más mínima prueba demostrativa del
error, que suponemos debe extenderse también al hecho material de su
firma, que aún se comprende menos, pero es que si ello no fuera
bastante, la que HCCE aporta como realmente concertada sólo figura
firmada por ella y se refiere a una póliza colectiva con número distinto
(28029900865) del que corresponde a la realmente concertada y firmada
por la Cooperativa (N° 28029900869).
Así pues, los párrafos segundo y tercero del Certificado de Garantía
Individual n" 11 entregado al ejecutante única y exclusivamente han de
interpretarse en el sentido del contrato de seguro realmente
perfeccionado, sujeto y acorde a cuanto se dispone en la Ley 57/1968.
D) El contrato de adhesión suscrito el 16 de julio de 2004 entre D. Rafael
Casado Ortega y la Cooperativa de Viviendas Valle El Capitán Sociedad
Cooperativa Andaluza, por el que el primero adquiere el derecho a que le
sea adjudicado un chalet totalmente identificado y determinado, objeto
de una futura construcción, por el que se fija un precio que se comienza a
satisfacer, tiene naturaleza adquisitiva de una vivienda en fase de
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.......................................................................
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17. ',l' /',
construcción en sistema o régimen de cooperativa y se halla plenamente
1:
incardinado en el ámbito de la Ley 57/1968 y de la Ley 38/1999 a los
efectos aquí enjuiciados.
Por lo expuesto, y por 10 argumentado en el auto apelado, desestimamos
el recurso.
CUARTO.- Las costas procesales generadas por el recurso, dada su
desestimación, se impondrán a la apelante, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 398-1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.
111.-PARTE DISPOSITIVA
LA SALA ACUERDA: Desestimar el recurso de apelación interpuesto
por Houston Casualty Company Europe Compañía de Seguros y Reaseguros,
S.A. (HCCE) contra el auto dictado el 6 de septiembre de 2010 por la Ilma. Sra.
Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia n" 1 de los de Majadahonda
en los autos de Ejecución de Título No Judicial n" 517/10, seguido a instancia de
D. Rafael Casado Ortega; resolución que se CONFIRMA íntegramente.
Condenar a la apelante al pago de las costas causadas por el recurso.
Al notificarse esta resolución instrúyase a las partes si es o no firme y, en
su caso, los recursos que pudieran caber contra la misma, de conformidad con lo
dispuesto en al artículo 248-4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
ASÍ, por este nuestro auto, del que se unirá certificación literal al rollo de
sala 761/10 10 acordamos, mandamos y firmamos.
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