El modelo de contrato de renta de Lamudi ha sido creado para ayudar a los usuarios a acelerar el proceso a la hora de rentar o comprar una propiedad, ya sea una casa, un departamento o un local comercial. El modelo sigue las pautas generales de este tipo de acuerdos, por lo que solo es necesario imprimir el documento y rellenarlo con la información necesaria.
Este es un formato de alquiler que puede ser usado para una arrendamiento.
Muy interesante, espero que lo saquen provecho es bien comprensible su lectura y entendido las cláusulas que se mencionan en dicho documento.
El modelo de contrato de renta de Lamudi ha sido creado para ayudar a los usuarios a acelerar el proceso a la hora de rentar o comprar una propiedad, ya sea una casa, un departamento o un local comercial. El modelo sigue las pautas generales de este tipo de acuerdos, por lo que solo es necesario imprimir el documento y rellenarlo con la información necesaria.
Este es un formato de alquiler que puede ser usado para una arrendamiento.
Muy interesante, espero que lo saquen provecho es bien comprensible su lectura y entendido las cláusulas que se mencionan en dicho documento.
Bidang garapan kesiswaan adalah apa saja yang di kerjakan oleh suatu lembaga pendidikan untuk mengurusi siswa yang di batasi ruang lingkupnya, bidang garapan sering disamakan dengan manajemen peserta didik karena idak jauh beda keduanya saling berhubungan.
Manajemen penggunaan sumber daya secara efektif untuk mencapai suatu sasaran yang dituju (sesuai dengan tujuan).
Didik/ kata kerjanya mendidik memelihara (mengajarkan), memberi latihan (ajaran, tuntunan, pimpinan) menenai aklak dan kecerdasan berfikir.
Manajemen peserta didik adalah individu yang tercatat atau terdaftar sebagai peserta dalam aktivitas pembelajaran /pendidik dalam suatu satuan pendidikan. Peserta didik merupakan sasaran yang harus diarahkan, diproses guna memiliki sejumlah kopetensi yang diharapkan, untk mencapai kopetensi tersebut diperlukan suatu pengelolaan yang baik.
Menurut ketentuan umum Undang-Undang RI No.20 Tahun 2003 tenteng sistem pendidikan nasional adalah anggota masyarakat yang berusaha menembangkan potensi diri melalui proses pembelajaran yang tesedia pada jalur, jenjang dan jenis pendidikan tertentu.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
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1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA ESTADO GUÁRICO
EL CONTRATO
Participante:
Ramírez, Veruzka C.I. Nº 26.620.057
Valle de la Pascua; Diciembre de 2016
2. Los Sujetos de un Contrato
Los sujetos del contrato en estudio son:
-Hortencia Moreno De Laya, la cual en este contrato se denomina “la
Arrendadora”,
- Lola Rosalía Loreto Medina, en este contrato se denomina “la
arrendataria”
El Objeto del Contrato
“LA ARRENDADORA” da en arrendamiento a “LA ARRENDATARIA” (O),
quien lo toma en tal concepto, DOS (2) HABITACIONES ubicadas dentro de
su propiedad, situada en la Calle Camaleones Sur # 161, en el Municipio
Infante, Valle de la Pascua del Estado Guárico y está constituida CON
DERECHO A UN (1) BAÑO, RECIBO, COCINA, PATIO, LAVADERO,
destinada exclusivamente para vivienda residencial. Para uso solo y
exclusivo de la arrendadora como vivienda familiar.
El Consentimiento en el contrato
“LA ARRENDADORA” tendrá derecho a inspeccionar el inmueble dado en
arrendamiento por medio de la persona que al efecto designe visitas de
inspección al inmueble con el fin de asegurarse que este de que esta se
mantenga en perfecta condición y “LA ARRENDATARIA” (O), se
compromete a estos fines a facilitarle la entrada a sus dependencias e
instalaciones y a dar cumplimiento a las objeciones que tales le formule “LA
ARRENDADORA” directamente o por medio de sus apoderados.
En este sentido. La arrendadora consiente que la arrendadora o propietaria
pueda hacer inspección del objeto arrendado.
La Capacidad de los Sujetos
“LA ARRENDATARIA” (O), pagará a la “LA ARRENDADORA” la cantidad de
DOS MIL BOLÍVARES FUERTES con cero céntimos (Bs. 2.000,00) Mensual
(este monto no incluye los gastos de servicios básicos tales como agua, luz,
aseo urbano), pagos que deberán ser pagados por “LA ARRENDATARIA”
(O), a “LA ARRENDADORA” en el lugar de ubicación del INMUEBLE
entendido así por ambas partes
3. Voluntad de los sujetos
En caso de que “LA ARRENDATARIA” (O), fallara en cumplimiento con
cualesquiera otros términos, condiciones o cláusulas del presente contrato
“LA ARRENDADORA” estará facultada para demandar la resolución del
presente contrato y en consecuencia recuperar de inmediato la posesión del
inmueble arrendado.
DECIMA SEGUNDA: “LA ARRENDATARIA” se obliga a no molestar con
sonidos ni ruidos que perturben la tranquilidad y a los que prohíbe la ley y
normas contenidas en la materia inclinaría, que declara conocer y se dan
aquí por reproducidas
4. ANEXO
Ejemplo de contrato de arrendamiento
Entre HORTENCIA MORENO DE LAYA, Venezolana, Mayor de edad, de
este domicilio, y titular de la Cedula de Identidad Numero V-4.831.890, quien
en lo adelante y para todos los efectos de este contrato se denomina “LA
ARRENDADORA”, por una parte y por la otras LORETO MEDINA LOLA
ROSALÍA, Venezolana, Mayor de edad, de este domicilio, de este domicilio,
titular de la Cedula de Identidad Numero V-5.619.578 quien en lo adelante y
para los efectos de este contrato se denomina “LA ARRENDATARIA” (O),
se ha convenido en celebrar de mutuo y amistoso acuerdo el siguiente
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, contenido en las clausulas siguientes:-
OBJETIVO DEL CONTRATO
PRIMERA: “LA ARRENDADORA” da en arrendamiento a “LA
ARRENDATARIA” (O), quien lo toma en tal concepto, DOS (2)
HABITACIONES ubicadas dentro de su propiedad, situada en la Calle
Camaleones Sur # 161, en el Municipio Infante, Valle de la Pascua del
Estado Guárico y está constituida CON DERECHO A UN (1) BAÑO,
RECIBO, COCINA, PATIO, LAVADERO, destinada exclusivamente para
vivienda residencial.---------------------------------------------------------------------------
DURACIÓN DEL CONTRATO
SEGUNDA: La duración del presente contrato será de SEIS (6) meses fijos,
contado a partir del extinguirá el y no prorrogable bajo ningún concepto.
Vencido el tiempo de duración del contrato, LA ARRENDATARIA (O),
deberá entregar el inmueble solvente de cualquier deuda.
TERCERA: arrendado en perfecto estado de friso, pintura, piso, puertas,
vidrios, instalaciones eléctricas, sanitarias se comprometen a conservarlo y
devolverlo, al final el contrato por cualquier causa, en el mismo buen estado
en que lo recibe.-------------------------------------------------------------------------------
CANON DE ARRENDAMIENTO
CUARTO: A titulo de canon de arrendamiento mensual “LA
ARRENDATARIA” (O), pagará a la “LA ARRENDADORA” la cantidad de
DOS MIL BOLÍVARES FUERTES con cero céntimos (Bs. 2.000,00)
Mensual (este monto no incluye los gastos de servicios básicos tales como
agua, luz, aseo urbano), pagos que deberán ser pagados por “LA
ARRENDATARIA” (O), a “LA ARRENDADORA” en el lugar de ubicación
del INMUEBLE entendido así por ambas partes.---------------------------------------
5. DEPOSITO
QUINTA: “LA ARRENDADORA” Declara no haber recibido depósito de
garantía, por tanto “LA ARRENDATARIA” (O), se hace responsable de los
daños que se llegaran a ocasionar en el inmueble.------------------------------------
NO CESIÓN NI SUBARRENDAMIENTO
SEXTO: Este es un contrato que se considera rigurosamente celebrado en
forma personal, por lo que respecta a “LA ARRENDADORA” quien no
podrá ceder los derechos derivados de este ni su subarrendar el inmueble
sin el consentimiento previo de “LA ARRENDATARIA” (O), de forma escrita,
ni permitir el uso del inmueble a terceras personas, el incumplimiento de esta
clausula dará derecho a la “LA ARRENDADORA” ejercer las acciones
pertinentes inclusive el desalojo de los ocupantes en consecuencia.
SÉPTIMA: En caso de que la “LA ARRENDATARIA” (O), fallara en pagar
una mensualidad consecutiva del canon de arrendamiento dará derecho “LA
ARRENDADORA” de pedir la desocupación inmediata y así la resolución del
presente de pleno derecho.------------------------------------------------------------------
RIESGOS Y PERDIDAS
OCTAVO: “LA ARRENDADORA” no asume responsabilidad alguna por los
daños, perdidas, robos, desperfectos, roturas y/o deterioros que puedan
sufrir “LA ARRENDATARIA” (O). “LA ARRENDADORA” tampoco será
responsable por las reparaciones de los daños y perjuicios ya que serán por
cuenta de “LA ARRENDATARIA” (O).--------------------------------------------------
CONSERVACIÓN. REPARACIÓN. MEJORAS
NOVENA: “LA ARRENDATARIA” (O) no podrá hacer por su cuenta
modificaciones, alteraciones ni mejoras de ningún género en el inmueble, sin
el consentimiento de “LA ARRENDADORA” expresado por escrito. En todo
caso a la terminación del contrato, las mejoras quedaran en beneficio del
inmueble sin que “LA ARRENDADORA” tenga que pagar precio ni
indemnización alguna por los costos de la misma. No obstante lo anterior,
“LA ARRENDATARIA” (O), deberá devolver en inmueble en las mismas
condiciones y forma en que lo recibió, realizando y pagando entonces
aquellos trabajos necesarios para reponerlo a su estado inicial.-------------------
INSPECCIONES DEL LOCAL
DECIMA: “LA ARRENDADORA” tendrá derecho a inspeccionar el inmueble
dado en arrendamiento por medio de la persona que al efecto designe
visitas de inspección al inmueble con el fin de asegurarse que este de que
esta se mantenga en perfecta condición y “LA ARRENDATARIA” (O), se
compromete a estos fines a facilitarle la entrada a sus dependencias e
6. instalaciones y a dar cumplimiento a las objeciones que tales le formule “LA
ARRENDADORA” directamente o por medio de sus apoderados.----------------
CUMPLIMIENTO
DECIMA PRIMERA: En caso de que “LA ARRENDATARIA” (O), fallara en
cumplimiento con
cualesquiera otros términos, condiciones o cláusulas del presente contrato
“LA ARRENDADORA” estará facultada para demandar la resolución del
presente contrato y en consecuencia recuperar de inmediato la posesión del
inmueble arrendado.
DECIMA SEGUNDA: “LA ARRENDATARIA” se obliga a no molestar con
sonidos ni ruidos que perturben la tranquilidad y a los que prohíbe la ley y
normas contenidas en la materia inclinaría, que declara conocer y se dan
aquí por reproducidas.------------------------------------------------------------------------
GASTOS
DECIMA TERCERA: Todos los gastos que ocasione esta negociación por
redacción de documentos y autentificación de los mismos, inclusive
honorarios de abogado por cualquier gestión judicial y extrajudicial así como
los que genere la desocupación del inmueble por cualesquiera de las causas
de resolución del contrario, por el incumplimiento por parte de “LA
ARRENDATARIA” (O), de las obligaciones que contrae conforme a este
contrato son por cuenta exclusiva de “LA ARRENDATARIA” (O), quien
deberá satisfacerlo en su momento.
DECIMA CUARTA: Si se presentara el caso de que los compromisos
económicos no cumplidos, sobre pasen al cincuenta por ciento (50%) del
monto del depósito “LA ARRENDADORA” podrá proceder inmediatamente
a la rescisión del presente contrato.---------
DOMICILIO
DECIMA QUINTA: Para todos los efectos de este contrato, sus derivados y
consecuencias, “LA ARRENDADORA” y “LA ARRENDATARIA” (O), elige
como domicilio la ciudad de Valle de la Pascua. En consideración a lo arriba
escrito, los firmantes de este contrato suscribe el presente documento en
señal de aceptación. Se hacen dos (2) ejemplares de un mismo tenor y aun
solo efecto, en Valle de la Pascua a los 01 días del mes de Octubre del 2013.
_________________________ __________________________
HORTENCIA M. DE LAYA LOLA LORETO MEDINA
LA ARRENDATARIA LA ARRENDADORA
7. instalaciones y a dar cumplimiento a las objeciones que tales le formule “LA
ARRENDADORA” directamente o por medio de sus apoderados.----------------
CUMPLIMIENTO
DECIMA PRIMERA: En caso de que “LA ARRENDATARIA” (O), fallara en
cumplimiento con
cualesquiera otros términos, condiciones o cláusulas del presente contrato
“LA ARRENDADORA” estará facultada para demandar la resolución del
presente contrato y en consecuencia recuperar de inmediato la posesión del
inmueble arrendado.
DECIMA SEGUNDA: “LA ARRENDATARIA” se obliga a no molestar con
sonidos ni ruidos que perturben la tranquilidad y a los que prohíbe la ley y
normas contenidas en la materia inclinaría, que declara conocer y se dan
aquí por reproducidas.------------------------------------------------------------------------
GASTOS
DECIMA TERCERA: Todos los gastos que ocasione esta negociación por
redacción de documentos y autentificación de los mismos, inclusive
honorarios de abogado por cualquier gestión judicial y extrajudicial así como
los que genere la desocupación del inmueble por cualesquiera de las causas
de resolución del contrario, por el incumplimiento por parte de “LA
ARRENDATARIA” (O), de las obligaciones que contrae conforme a este
contrato son por cuenta exclusiva de “LA ARRENDATARIA” (O), quien
deberá satisfacerlo en su momento.
DECIMA CUARTA: Si se presentara el caso de que los compromisos
económicos no cumplidos, sobre pasen al cincuenta por ciento (50%) del
monto del depósito “LA ARRENDADORA” podrá proceder inmediatamente
a la rescisión del presente contrato.---------
DOMICILIO
DECIMA QUINTA: Para todos los efectos de este contrato, sus derivados y
consecuencias, “LA ARRENDADORA” y “LA ARRENDATARIA” (O), elige
como domicilio la ciudad de Valle de la Pascua. En consideración a lo arriba
escrito, los firmantes de este contrato suscribe el presente documento en
señal de aceptación. Se hacen dos (2) ejemplares de un mismo tenor y aun
solo efecto, en Valle de la Pascua a los 01 días del mes de Octubre del 2013.
_________________________ __________________________
HORTENCIA M. DE LAYA LOLA LORETO MEDINA
LA ARRENDATARIA LA ARRENDADORA