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Institución Educativa “Anaime” 
Cajamarca Tolima 
I 
Manual de Convivencia
Manual de Convivencia 
“Institución Educativa Anaime, Valores, Ciencia y 
Trabajo” 
2 .0 1 4 
CONTENIDO GENERAL 
TITULO I. DE LA INSTITUCION 
CAPITULO 1. Preámbulo 
CAPITULO 2. Objetivos Institucionales 
CAPITULO 3. Modelo Pedagógico 
TITULO II. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL 
CAPITULO 1 Presentación 
CAPITULO 2 Acuerdo N° 01 De (fecha del manual) 
TITULO III. DE LOS ESTUDIANTES 
CAPITULO 1. De la condición y perdida de la condición de estudiante 
CAPITULO 2. Derechos de los estudiantes 
CAPITULO 3. Deberes de los estudiantes 
CAPITULO 4. Normas referidas al uso del uniforme 
TITULO IV. TIPIFICACION DE LAS FALTAS 
CAPITULO 1. Faltas leves 
CAPITULO 2. Faltas graves 
CAPITULO 3. Faltas muy graves 
TITULO V. DEL DEBIDO PROCESO 
CAPITULO 1. Preámbulos 
CAPITULO 2. Proceso Disciplinario 
TITULO VI. DEL CONDUCTO REGULAR 
TITULO VII. ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS 
TITULO VIII. DE LOS HORARIOS Y ASISTENCIA 
CAPITULO 1. Horarios 
CAPITULO 2. Retardos, permisos e inasistencias 
TITULO IX. INSTANCIAS DE PARTICIPACION 
CAPITULO 1. De la Organización de los Estudiantes 
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime 
Página 2
Manual de Convivencia 
CAPITULO 2. Del Gobierno de aula 
CAPITULO 3. Del Gobierno Escolar 
TITULO X. DE LOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y ADMINISTRATIVOS 
CAPITULO 1. Docentes 
CAPITULO 2. Padres de familia 
CAPITULO 3. De los exalumnos 
CAPITULO 4. Del personal Administrativo 
TITULO I. DE LA INSTITUCION 
CAPITULO 1: PREAMBULO 
1.1. Identificación 
RAZON SOCIAL: INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANAIME 
DIRECCION: Vereda las Hormas Corregimiento de Anaime 
Municipio de Cajamarca 
CODIGO DANE: 273124000943 
REGISTRO EDUCATIVO: 231102 
NIT: 800.004.163-2 
CODIGO ICFES: 047951 
MODALIDAD: Bachillerato Académico con énfasis microempresarial 
JORNADA: Mañana 
CALENDARIO: A 
NATURALEZA: Público 
CARÁCTER: Mixto 
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Manual de Convivencia 
CREACION: Decreto 0114 de Enero 21 de 1986 
RECONOCIMIENTO DE 
ESTUDIOS: Resolución de aprobación Nº 2006, Agosto 23/2.010 
1.2Marco Legal 
La Institución Educativa Anaime es un plantel democrático y pluralista, fiel a los fines y 
objetivos de la educación Colombiana, señalados por los artículos 5, 13, 14, 20, 22 y 30 de 
la ley 115 de 1994. 
Igualmente la Institución se ajusta a los lineamientos legales indicados por la nación, el 
departamento, el municipio, la jefatura de Núcleo Educativo No 17 y los conceptos del 
servicio oficial de asesoría. 
Constitución Política de Colombia 
Ley 115 del 8 de febrero de 1994 
Ley 715 del 21 de diciembre de 2001 
Código de la infancia y la adolescencia ley 1098 de 2006 
Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 
Decreto 1290 de 2.009 
Ley 1620 de 15 de Marzo de 2.013 
Decreto 1108 de 1994 (porte, consumo y expendio de drogas psicotrópicas) 
Decreto 2247 de 1997 (Ed. Preescolar) 
Decreto ley 2277 de 1979 (estatuto docente) 
Decreto 1278 de 2002 
Decreto 98 de 1995 (izadas de bandera y eventos cívicos) 
Decreto 1857 de 1994 (manejo y administración de los recursos) 
Ley del medio ambiente y decretos reglamentarios 
Ley 1153 del 31 de julio de 2007 (de pequeñas causas en materia penal) 
1.3 Reseña histórica de la institución Educativa Anaime 
La escuela, en el comienzo, funcionó en el marco del parque de la localidad en donde 
actualmente funcionan: el puesto de salud y el polideportivo. 
Como todas las escuelas de la época, operaban independientemente la sección femenina 
y la sección masculina. Sobre la fecha exacta de su iniciación de labores, no se tiene una 
referencia precisa. 
Es muy importante reseñar el aporte que en un principio hizo el señor Edilberto Moscoso 
quien enseñaba en su casa de habitación ubicada donde hoy es el preescolar Piolín. 
La escuela funciona sin el nivel de educación preescolar hasta el año de 1986 cuando por 
medio de la resolución 517 del 15 de mayo, la secretaria de educación legaliza su 
creación, siendo jefe de núcleo el señor José Siervo Sanabria Rincón. 
En el año de 1971, según placa conmemorativa del ICCE, se da al servicio de la 
comunidad la sede actual con 7 aulas. 
El colegio nació como respuesta muy merecida a las necesidades, aspiraciones y 
esfuerzos de la comunidad que veía, con mucha preocupación, como año tras año los 
niños que culminaban su quinto año de primaria, debían ser trasladados a Cajamarca para 
seguir sus estudios. 
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Página 4
Manual de Convivencia 
La creciente demanda del servicio y la conciencia de su necesidad, motivo a que el padre: 
Gerardo Guzmán, interpretando el sentir de la comunidad, como integrante de la junta de 
acción comunal, propusiera la creación de una institución Educativa en la localidad 
propuesta que fue acogida por unanimidad y que floreció a finales de 1974 cuando se 
decide, por parte de las Autoridades Educativas, que funcionara en Anaime un plantel 
satélite del colegio Ismael Perdomo de Cajamarca y que Iniciara labores a partir de 1975. 
El 7 de Noviembre de 1974 la mencionada junta de acción comunal compró, al señor José 
Miguel Gaona Duarte, el lote donde hoy funciona el colegio, por un valor de $ 80.000.oo 
Ochenta mil pesos, según escritura pública No 278 del circulo de Cajamarca. 
El satélite de Anaime, inicia sus labores el 4 de Febrero de 1975 en la biblioteca del 
corregimiento, con la llamada: Reunión de Fundación, en donde hicieron presencia, entre 
otras, las siguientes personas: 
Jorge Delgadillo Parra, Rector del colegio Ismael Perdomo, Reverendo Padre Gerardo 
Guzmán: Gestor y fundador, Eduardo Ortiz Cárdenas: secretario habilitado, Jesús Antonio 
Páez Carvajal: Coordinador, José Tobías Caro: Profesor, Gustavo Yara: Agente de 
Policía: Colaborador como profesor. 
El plantel se traslada a la llamada: Escuela Vieja e inicia con 45 alumnos para el grado 6º. 
En 1976 el colegio funciona con los grados sexto y séptimo, 81 alumnos y 3 profesores. 
En 1977, el plantel opera con los grados: sexto, séptimo, y octavo y 83 alumnos. 
En el año de 1978, funcionan los cuatro grados del bachillerato básico, 119 alumnos, 1 
coordinador y 3 profesores. Se termina la primera parte de la planta física. 
En 1979 continúan funcionando los cuatro grados de bachillerato básico. Los alumnos 
deben desplazarse a Cajamarca para continuar con el nivel de Educación media, 
incrementando los costos para las familias y justificando la necesidad de que el plantel 
ofrezca ese nivel en su sede. 
En 1980, el colegio sigue funcionando con los anteriores cuatro grados, se adecua espacio 
para biblioteca, sala de material y tienda escolar. 
El centro docente sigue funcionando con el bachillerato básico hasta 1985. 
El 21 de enero de 1986, por decreto 0114, se creó el COLEGIO DE BACHILLERATO 
ANAIME, a partir del primero de enero, como institución independiente y como respuesta 
al esfuerzo y constancia de la comunidad. 
El 31 de octubre de 1986, por resolución Número 15965, se aprueban sus estudios de 
sexto a noveno. 
En 1987, la resolución número 019 del 2 de febrero, autoriza el funcionamiento del grado 
décimo y el 12 de enero de 1988, por resolución número 05, se autoriza el funcionamiento 
del grado undécimo, cristalizándose así la legítima aspiración de los Anaimunos. 
La resolución número 1898 del 14 de diciembre de 1988, aprobó los estudios en los dos 
niveles hasta 1990. 
El plantel lleva a cabo su primera promoción con 23 bachilleres. 
La resolución 540 del 31 de diciembre de 1991, aprueba los estudios de sexto a 
undécimo, hasta 1993, inclusive. 
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Manual de Convivencia 
En 1994 mediante resolución No 607 del 11 de noviembre, se aprueban estudios hasta 
1997. 
En 1998 el plantel se dinamiza en cuanto a su desarrollo físico con la construcción de la 
cafetería. 
El 3 de diciembre de 1998, mediante resolución No 1775, se reconocen estudios de sexto 
a undécimo, de conformidad con lo establecido en la ley 115 de 1995. 
En 1999, se construye la sala de profesores con dos dependencias básicas anexas. 
En el año 2001 se logra un importante avance para el Colegio al conseguirse la 
adjudicación de un aula de nuevas tecnologías por parte del Ministerio de Educación 
Nacional. 
En el año 2002 nace la INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME como consecuencia de la 
fusión de la Escuela Rural Mixta Anaime y el Colegio de Bachillerato Anaime Según 
Resolución 0766 del 26 de julio. 
Mediante la resolución No. 0771 del 14 de agosto de 2.003, emanada de la Secretaría 
de educación del Departamento, se integraron a la Institución las escuelas de la 
Fonda Puente Hierro, Recreo Alto, Recreo Bajo, la Plata Montebello Las Hormas, El 
Ródano y la Judea 
SEDES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME 
SEDE RURAL 1. BACHILLERATO 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 2. ESCUELA ANAIME 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 3. LA FONDA PUENTE HIERRO 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 5. LAS HORMAS 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 6. EL RECREO BAJO 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 7. LA JUDEA 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 8. EL RODANO 
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Manual de Convivencia 
SEDE RURAL 9. EL RECREO ALTO 
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Página 13
Manual de Convivencia 
1.4Simbolos Institucionales 
1.4.1 Himno 
CORO 
Avanzad ardoroso estudiante, 
Avanzas oh princesa del sol. 
Por caminos de ciencia y trabajo, 
Por senderos de paz y amor. 
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I 
Este claustro que arrulla El Anaime 
Es fanal de cristiana labor, 
Es un faro que guía las almas 
Hacia puertos de fe y esplendor 
II 
A tu huerto afluyen con ansia 
Los enjambres del regio Cañón 
A extraer la sapiencia que guardas 
A libar en tu fulgida flor 
III 
Son obreras y obreros que luego 
Partirán con tu egregio pendón 
Impartiendo tu sacra consigna: 
Hermandad, Libertad, Comprensión 
IV 
Adelante valiente estudiante 
Por la vía que Cristo indicó. 
El camino, la verdad y la vida 
Sean la meta de tu gran corazón 
. 
Letra: Héctor Melo 
Música: Germán Camacho Serrano 
1.4.2 Nuestro Escudo 
El color rojo representa la sangre derramada por los 
Indios Pijaos defendiendo este territorio. 
El amarillo la riqueza minera 
El verde el paisaje y las grandes montañas 
El azul representa la riqueza hídrica. 
1.4.3 Bandera 
La bandera de nuestra institución está representada 
por los siguientes colores: 
El rojo representa la sangre derramada por los indios 
Pijaos 
Verde representa la riqueza agrícola de la región. 
El blanco representa la paz que se necesita en
Manual de Convivencia 
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Nuestro país. 
1.5 Nuestra Filosofía 
En la institución Educativa Anaime. Se busca construir y ofrecer una educación integral 
que atienda al desarrollo de todas las dimensiones de sus estudiantes, basados en 
procesos comunicativos sinceros y creativos que permitan potenciar todas sus 
capacidades intelectuales, éticas, morales, estéticas y tecnológicas, para lograr personas 
autónomas, responsables y honestas que busquen construir su proyecto de vida y ser 
capaces de transformar su realidad social. 
Como cada persona es única e irrepetible, la Institución busca descubrir los talentos y 
aptitudes de cada dicente. 
La Institución se enmarca dentro de una concepción bio-centrista en donde la vida del ser 
humano y de todo lo que nos rodea, es norma o fundamento de acción. 
Las acciones de la comunidad educativa en general, apuntan hacia el desarrollo y el 
crecimiento de la integralidad humana, concebida como inacabada pero susceptibles de 
mejoramiento y superación permanente. 
El trabajo académico y pedagógico, escrita en la convivencia de que cada uno es el 
protagonista o autogestor de su propio desarrollo y en consecuencia el docente, la 
institución, la familia y otros estamentos, son facilitadores e impulsores de ese proceso. 
1.6 Lema De La Institución 
Institución Educativa Anaime. “Valores, Ciencia y Trabajo” 
VALORES: Deben ser la expresión cotidiana de nuestra comunidad educativa que 
reflejaran un progreso paulatino en las relaciones, cumplimientos de los deberes y 
proyección de nuestros educandos. 
CIENCIA: Es instrumento que dinamiza el proceso educativo facilitando las herramientas 
que propicien el desarrollo y ejecución de sus proyectos. En un equilibrio dinámico con su 
entorno que permita un desarrollo sostenible. 
TRABAJO: Es el fundamento practico y dinámico que permite la evaluación y proyección 
del proceso educativo hacia la comunidad; que permitirá un impacto socioeconómico para 
el corregimiento de Anaime y sus veredas colmando y sucintado nuevas expectativas. 
1.7 Visión 
La INSTITUCIÒN EDUCATIVA ANAIME Hacia el año 2018, se consolidará como una 
institución, comprometida y coherente con la comunidad, que reflejará un mejoramiento de 
la calidad de vida en los ambientes físico, pedagógico y de emprendimiento que favorezca 
al corregimiento de Anaime, su entorno, al municipio y al país mediante la aplicación de 
los referentes nacionales de calidad emanados del MEN. 
1.8 Misión
Manual de Convivencia 
Facilitar, animar, dinamizar y asesorar a todos los niños (as) y jóvenes que ingresen a la 
institución, para que basados en los referentes nacionales de calidad emanados del MEN, 
construyan su aprendizaje y desarrollen habilidades que les 
permitan gestionar, ejecutar recursos y realizar actividades o 
programas de emprendimiento que les generen ingresos 
económicos y contribuyan al desarrollo de sus proyectos de 
vida y de la región, mediante la práctica de una sana 
convivencia, el respeto por la dignidad humana y el medio 
ambiente. 
1.9Oracion Del Estudiante 
¡Oh creador! Tú que eres fuente de luz, de sabiduría y principio supremos de todas las 
cosas. 
Infunde sobre mi entendimiento la luz de tu claridad 
Tu qué haces elocuente la lengua de los hombres, mueve también la mía e infunde en 
mis labios la gracia de tus bendiciones. 
Dadme entendimiento, facilidad y modo para aprender, sutilidad para interpretar y gracia 
abundante para hablar. 
Instrúyeme al comenzar, dirígeme al trabajar y perfecciona el fin mis obras por Jesucristo 
Nuestro señor. 
Amén. 
CAPITULO 2. OBJETIVOS INSTITUCIONALES 
1. Construir una comunidad educativa con sentido de pertenencia institucional. 
2. Formar integralmente y dentro del marco de las limitaciones, alumnos con capacidad 
para enfrentar la vida universitaria o desempeñarse adecuadamente en el medio. 
3. Armonizar y sincronizar las relaciones entre los diferentes estamentos de la comunidad. 
4. Lograr bachilleres con una concepción más humana en el contexto, capaces de 
enfrentar la vida con éxito. 
5. Preparar a los integrantes de la comunidad educativa para la convivencia, la armonía 
social, la solidaridad, la justicia y su incidencia en el desarrollo local. 
2.1 Principios que regulan la actividad en la institución 
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Página 16
Manual de Convivencia 
Propiciar un clima de convivencia 
social dentro del respeto y la 
democracia, que permita una 
identificación de cada uno de los 
integrantes de la comunidad educativa 
Anaime. 
 Prevalencia de la calidad sobre 
la cantidad en todos los eventos del 
proceso educativo. 
 Prelación al desarrollo humano 
integral y al crecimiento personal sobre 
los demás componentes del currículo. 
 El reconocimiento del ser 
humano como persona portadora de 
un potencial que con la debida estimulación, debe lograr su desarrollo. 
 La apertura y el dialogo como medios para la convivencia y la participación 
responsable en la construcción de una verdadera comunidad educativa. 
 Prioridad en la relación pedagógica a la individualidad del estudiante como ser 
único e irrepetible. 
 Administración del servicio educativo de manera colegiada y participativa. 
 Racionalización de los recursos humanos y materiales. 
 Reconocimiento de la significación del error en el proceso de mejoramiento 
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime 
Página 17 
humano. 
CAPITULO 3: NUESTRO MODELO PEDAGÓGICO 
La Institución Educativa Anaime 
centrará su quehacer pedagógico en un 
modelo constructivista apoyado en lo 
pragmático, lo lúdico y la sana 
convivencia para formar personas 
integras y competentes. 
El educando será el autogestor o 
constructor de su propia formación y la 
Institución a través de sus docentes, 
directivos y medios será facilitador, 
animador, dinamizador y asesor del 
proceso. 
El docente, tanto en el aula como a 
través de su vivencia cotidiana creará 
las condiciones para que el estudiante gestione su aprendizaje. 
La acción educativa irá acompañada de actividades prácticas, habituales y lúdicas que 
motiven al estudiante, como por ejemplo: Desarrollo de guías de trabajo, uso de juegos,
Manual de Convivencia 
trabajo en grupo, desarrollo de talleres, creación del proyecto de vida y búsqueda de 
aplicaciones de conceptos. 
La autogestión del aprendizaje deberá reflejarse en un crecimiento personal e integral del 
estudiante. 
La concientización del educando sobre el sentido que tiene el proceso pedagógico en 
torno a APRENDER A APRENDER es decir Qué aprender, Cómo aprender, Porqué 
aprender y Para qué aprender. 
Lo anterior significa que antes de intentar aprender: Matemáticas, Sociales, Filosofía y 
otras áreas, es necesario: APRENDER A APRENDERLAS. 
Los anteriores conceptos se identifican con lo establecido por el artículo 91 de la ley 115 
de 1994, el cual dice: 
“El alumno es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia 
formación integral…” 
3.1 Metodología 
Es de resaltar que nuestra institución cuenta con niveles educativos desde preescolar 
hasta la media, lo cual genera la necesidad de utilizar diferentes metodologías de 
enseñanza entre las que se destaca la activa, el socio constructivismo, inductivo deductivo 
con el fin de satisfacer las necesidades de cada uno de los niveles y la metodología 
dispuesta por el gobierno para determinados proyectos educativos (CIDEP-ESCUELA 
NUEVA Y ESCUELA TRADICIONAL). 
 Se desarrollarán los temas en forma participativa hasta alcanzar los logros 
propuestos. 
 Aplicación del método científico en el proceso de conocimiento en la modalidad, 
deductivo, inductivo, mixta en los temas a tratar. 
 Crear el hábito a la lectura como fundamento indispensable en todo el proceso de 
conocimiento. 
 Hacer de la evaluación un medio de autocrítica que examine al estudiante en el 
mejoramiento de los valores permitiendo el crecer el interés por su propia 
superación en el saber y saber hacer. 
 La metodología activa es donde el estudiante puede desarrollar sus habilidades y 
destrezas y su aspecto cognoscitivo y social. 
TITULO II. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL 
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Página 18
Manual de Convivencia 
CAPITULO 1. PRESENTACIÓN 
El presente Manual de Convivencia fue elaborado con la participación de los diferentes 
estamentos de la comunidad; para su construcción se reunieron los grupos 
representativos del colegio, como fueron, la asamblea de profesores y el Consejo de 
padres; el aporte de los alumnos se hizo mediante las clases de orientación en las cuales 
se estudió y analizó el manual, todo ello con el objeto de que los agentes involucrados, a 
partir de procesos de concertación y diálogo, hagan uso acorde a los principios de 
igualdad, ecuanimidad, justicia y tolerancia que respondan al proceso de formación, en el 
cual todos los miembros de la comunidad educativa están involucrados. 
Vale la pena recordar que los derechos son valores de convivencia cuyo fundamento es la 
dignidad humana. Implican el reconocimiento de unas condiciones mínimas que deben ser 
garantizadas a todas las personas. Los deberes por su parte, son los comportamientos 
exigidos por la sociedad, en su conjunto, a los individuos para posibilitar el desarrollo de la 
dignidad humana. 
La definición de los conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa y los 
procedimientos que permitan conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las 
personas, posibilitan el no tener que recurrir a la violencia en forma alguna, puesto que 
uno de los compromisos más importantes de cualquier ser humano, es propender por el 
logro y mantenimiento de la paz. 
En conclusión, el Manual de Convivencia es el conjunto de valores, principios, derechos y 
deberes que iluminan y regulan el comportamiento de todos y cada uno de los miembros 
de la comunidad educativa. Deberá ser ampliamente conocido y difundido a toda la 
comunidad educativa de Anaime, al iniciar el año lectivo. 
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime 
Página 19 
1.1 Objetivos
Manual de Convivencia 
Cumpliendo con lo dispuesto en la ley general articulo 73 y 87 reglamentado por el artículo 
7 del decreto 1860, que establece el manual de convivencia, como parte integrante del 
funcionamiento de la institución con los siguientes objetivos: 
 Ajustar la vida del centro educativo al nuevo orden social, jurídico y cultural 
consagrado en la constitución política, en el código del menor, en los artículos 73 y 
87 de la ley general de educación y en el artículo 7 del decreto 1860. 
 Proveer a la comunidad educativa de un medio que le permita conocer las normas 
de convivencia de la gran familia del centro educativo 
 Dar a conocer los derechos, deberes, estímulos y correctivos que tiene la 
comunidad educativa. 
 Propiciar un espacio de reflexión para la convivencia feliz y la participación de todos 
los estamentos básicos de la comunidad del 
centro educativo. 
 Cultivar en los estudiantes los valores 
éticos y morales que permitan el respeto por si 
mismo y por los demás y desarrollar la 
capacidad de asumir con responsabilidad y 
autonomía sus deberes y derechos. 
 Formar en el respeto a la vida, los 
derechos humanos, la paz y los principios 
democráticos de igualdad, justicia, solidaridad 
y equidad, el ejercicio de la libertad y la 
tolerancia es fundamental para la convivencia 
en el centro. 
 Facilitar la participación de la comunidad educativa en los entes educativos 
ordenados por la ley. 
 Educar en el respeto a la autoridad legítimamente constituida, en el respeto por la 
cultura nacional, por nuestra historia y por los símbolos patrios. 
 Valorar, respetar y preservar el medio ambiente y los recursos naturales. Proteger 
los bienes y el patrimonio histórico, cultural y ecológico del centro. 
 Orientar una formación integral de los estudiantes, que les permita proyectarse 
positivamente hacia el futuro. 
 Señalar las funciones, derechos, deberes y límites de autoridad que corresponden a 
los diferentes estamentos y unidades de mando. 
 Estamos comprometidos con la mejora continua del sistema de gestión de calidad 
que permita incrementar el nivel de satisfacción de nuestros jóvenes. 
1.2 Justificacion: 
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Manual de Convivencia 
El presente Manual de Convivencia, 
está enmarcado en lo dispuesto por 
la Constitución Colombiana, el 
Código del Menor (Decreto 2737 de 
1980) Los Derechos del Niño 
(Artículo 44 de la Constitución 
Política Nacional), La ley 1620 de 
2.013, El Proyecto Educativo de la 
Institución Educativa Anaime, la Ley 
General de Educación y sus 
respectivos decretos y reglamentos. 
Así se definen los criterios 
previamente acordados en forma 
democrática y participativa por los 
diferentes miembros de la comunidad 
educativa, sobre comportamientos, disciplina, conductas, derechos, deberes, estímulos, 
correctivos pedagógicos, intereses, necesidades, funciones de los alumnos, del grupo y 
padres de familia, en bien de la convivencia escolar y con el fin de clarificar la operatividad 
y el proceso formativo de la Institución Educativa Anaime. 
En la Constitución Nacional se destacan los artículos que aportan elementos para una 
sana convivencia y formación democrática. 
Artículo 1: Las normas colombianas se fundamentan en el respeto por la dignidad 
humana, en eltrabajo y la solidaridad de las personas. 
Artículo 2: El estado debe asegurar la convivencia pacífica y la vivencia de un orden 
justo. 
Artículo 13: Igualdad de derecho de las personas ante la Ley 
Artículo 16: Libre desarrollo al desarrollo de la personalidad. 
Artículo 27: Libertad de enseñanza 
Artículo 41: Fomentar las prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y 
valores de la participación ciudadana 
Artículo 44: Son derechos fundamentales de los niños la educación, la cultura, la 
recreación y la libre expresión. 
Artículo 67: La educación como derecho de todo individuo cuya función es rescatar los 
valores como la paz, la democracia, relación y cultura. 
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime 
Página 21
Manual de Convivencia 
Ley de infancia y adolescencia SUPRIMIR TODO LO REFERENTE AL CODIGO DEL 
MENOR 
Código del Menor: Transcribimos también el decreto 2737 de 1989 conocido como el 
código del menor aquellos artículos que son significativos para la convivencia social y la 
defensa de los derechos humanos. 
Artículo 311: Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para la 
formación integral. 
Artículo 314: Para el cumplimiento del artículo anterior el rector del establecimiento 
educativo citará a los padres del menor cuando se presenten dos o más ausencias 
injustificadas en el mes. 
Artículo 317: Los directivos de centros educativos organizarán programas institucionales 
de asesoría Psicológica, recreativa y cultural, así como deportiva. 
Artículo 319: Los directivos no podrán imponer sanciones que afecten la dignidad del 
educando. 
La expulsión sólo podrá ser impuesta con fundamento en una causal previamente 
establecida en el Manual de Convivencia y con la autorización de padres de familia. 
Ley General de Educación: estamos convencidos de que con la Ley General de 
Educación, Ley 115 se inicia un camino nuevo en el proceso educativo, la 
complementarán la Ley 715 y su Decreto 0230. Artículo 5: Apoyada en la Constitución 
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime 
Página 22
Manual de Convivencia 
artículo 67, presenta con claridad los trece fines de la educación centrados en el 
desarrollo pleno del estudiante como un proceso de formación integral donde se ha de 
aprender primero a respetar, valorar, cuidar y defender la vida, creer en la participación 
democrática, conservación y cuidado del medio ambiente, la adquisición de conciencia 
crítica con la formación de una conciencia racional donde la práctica de la solidaridad 
defensa y valoración de la cultura aportan a la formación integral de se hablaba antes. 
Artículo 6: Este artículo se apoya en el artículo 63 de la Constitución Nacional y presenta 
con claridad la identidad de la Comunidad Educativa y su tarea y responsabilidad en la 
buena marcha de la institución educativa. 
Artículo 7: Presenta el rol definitivo de la familia en la tarea educativa como la primera 
responsable de la educación de los hijos en directa colaboración con la institución en la 
formación integral. Por esto la familia a de empeñarse con la institución educativa en la 
continuidad y conservación del medio ambiente educativo en el hogar. 
Artículo 24: Garantizar el derecho a recibir educación religiosa, presenta también la 
libertad de cultos, el derecho de los padres de familia a escoger el tipo de educación para 
sus hijos. 
Artículo 25: Habla de la necesidad de promover en la institución la formación ética y 
moral a través del currículo. 
Artículo 91: Presenta al educando como el centro de todo el proceso educativo, y la 
necesidad de su participación activa en la 
formación integral que recibe. 
Artículo 92: Hace expresa la forma como se ha 
de llevar concretamente el proceso formativo del 
educando, para que no solo reciba formación 
intelectual sino que sea crítico, participativo y 
comprometido con su propia formación. 
Artículo 95: Habla sobre la validez de la 
matrícula como acta de vinculación del educando 
con determinada institución educativa. 
Artículo 96: Habla sobre las condiciones de 
permanencia en el establecimiento educativo, 
aspecto éste, que ha de ser considerado en el 
Manual de convivencia. 
Artículo 97: Presenta la obligatoriedad del 
servicio social del estudiante. 
Con este marco legal el estudiante aprende a 
relacionarse y ajustarse racionalmente las normas, porque descubre en ellos pautas 
valederas para una acción cada vez más humanas. 
Ley General de Educación: 
Artículo 101: Premio al rendimiento escolar, los estudiantes de las instituciones 
educativas estatales que obtengan en cada grado los primeros lugares en rendimiento 
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Página 23
Manual de Convivencia 
académico, serán exonerados del pago de matrículas y pensiones correspondientes al 
siguiente grado. 
Artículo 192: Incentivos de capacitación y profesionalización. La nación y las entidades 
territoriales podrán crear incentivos de capacitación, docentes, cuyas instituciones y 
educandos se destaquen en los procesos evaluativos que se convoquen para el efecto. 
Artículo 142: Conformación del gobierno escolar: cada establecimiento educativo del 
Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el 
Consejo Académico. 
En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los 
educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la 
adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, 
deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones 
juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en 
la vida escolar. 
El presente manual incluye todo lo establecido por la ley 1620 y su decereto 
reglamentario No. 1965 del 11 de septiembre d 2013. 
Ley 1620 del 15 de marzo de 2013: Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia 
escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la 
prevención y mitigación de la violencia escolar . 
Articulo 143: 
Conformación del comité de convivencia escolar será asì: 
 El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité, 
 El personero estudiantil, 
 El docente con función de orientación 
 El presidente del consejo de padres de familia 
 El presidente del consejo de estudiantes, 
 Un docente que lidere procesos de convivencia escolar. 
Funciones del comité de convivencia: 
Desarrollar acciones para la promoción y fortalecimiento, a partir de las estrategias y 
programas trazados por los comités Nacional, municipal y departamental de convivencia 
escolar. 
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Manual de Convivencia 
1.3 Sentencias Y Fallos De La Corte 
La Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus 
aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias. 
Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica desde el punto de 
vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres. 
Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de 
presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases, 
descansos, salidas pedagógicas, y las diferentes actividades realizadas en la institución; 
igualmente el estudiante deberá conservar el debido comportamiento y respeto por sus 
profesores y compañeros. 
Igualmente se pronunció frente a los siguientes aspectos: 
Evaluación y Promoción en la Ley General de Educación (Artículo 96.) 
Permite la reprobación de estudiantes, sin restricción; por lo tanto puede darse en todos 
los grados. 
Permite la exclusión de la institución por bajo rendimiento y por mala disciplina bajo el 
cumplimiento de dos condiciones: que dicha sanción esté contemplada en el Manual de 
Convivencia y que se lleve el debido proceso. 
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Manual de Convivencia 
La promoción y el derecho a la Educación: 
No se vulnera el derecho a la Educación por pérdida del año (098 3-III-94). 
No se vulnera el derecho a la Educación por sanciones al mal rendimiento (596-7-XII-94). 
No se vulnera el derecho a la Educación por normas de rendimiento y disciplina (316-12- 
VII-94). 
No se vulnera el derecho a la Educación por la exigencia al buen rendimiento (439-12-X- 
94). 
No se vulnera el derecho a la Educación por expulsión debido al mal rendimiento o faltas 
de disciplina (439-2-X-94). 
El derecho a la Educación lo viola el estudiante que no estudia porque viola el derecho de 
los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la 
institución (Ejemplo: cuando un alumno comete un delito). 
Doctrina Constitucional sobre el derecho a la Educación: 
El derecho a la Educación no es absoluto, es derecho- deber. (Tiene que cumplir con el 
Manual de Convivencia) 
El derecho–deber exige, en todos, deberes. El derecho-deber exige a los estudiantes un 
buen rendimiento académico. 
Todos los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden. 
El derecho a los demás limita el derecho propio a la educación y al libre desarrollo de la 
personalidad. 
El derecho a la Educación permite sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento 
académico, hasta la exclusión. 
El bajo rendimiento vulnera el derecho a la Educación de los estudiantes que rinden y 
aprovechan eltiempo. 
CAPITULO 2. ACUERDO N° 00000 FECHA DEL MANUAL 
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Manual de Convivencia 
POR EL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION 
EDUCATICA ANAIME DEL MUNICIPIO DE CAJAMARCA TOLIMA. 
El consejo directivo del LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, municipio de Cajamarca 
Tolima, en uso de sus facultades legales y 
Considerando: 
Que el artículo 87 de la Ley General de Educación, establece que, las Instituciones 
Educativas deben tener un Manual de Convivencia que contemplen los derechos y 
deberes de los miembros de la Comunidad Educativa……. 
Que el PEI, Proyecto Educativo Institucional de LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, 
municipio de Cajamarca, contempla las bases sobre las cuales se desarrollará el Manual 
de Convivencia para la institución, y 
Que para cumplir con la misión y la visión deLA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, 
municipio de Cajamarca es fundamental regular las relaciones entre los miembros de la 
comunidad educativa, (Artículo 17 del Decreto 1860/94), 
ACUERDA: 
ARTICULO 1: Aprobar, adoptar, sancionar y promulgar el presente manual de convivencia 
con el fin de garantizar a todos los miembros de la comunidad educativa LA INSTITUCION 
EDUCATIVA ANAIME, el respeto de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, de 
acuerdo con la Constitución Política de Colombia y la Ley, para brindar un espacio 
propicio para el ejercicio de la democracia participativa, la justicia, la igualdad, la 
socialización, la adquisición y la construcción de conocimientos, la libertad, la paz y en 
general el logro de sus objetivos educativos. 
PARAGRAFO 1. El Manual de Convivencia hace parte del Proyecto Educativo Institucional 
(PEI.) 
TITULO III. DE LOS ESTUDIANTES 
CAPITULO 1. DE LA CONDICIÓN Y PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE 
ESTUDIANTE 
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Manual de Convivencia 
ARTICULO 2. Son estudiantes de la Institución Educativa Anaime quienes se matriculen 
de acuerdo con las normas internas y del estado, y deberá evidenciar, entre otros, los 
siguientes comportamientos: 
 Ser una persona autónoma y responsable de sus actos. 
 Controvertir con altura, tanto con sus compañeros como con sus profesores y demás 
integrantes de la comunidad. 
 Asumir posiciones y sustentarlas. 
 Asumir que los derechos de las personas no son absolutos, que suponen el 
cumplimiento de deberes para que haya equilibrio social. 
 Evidenciar respeto por su propia persona y por la de los demás, por su espacio y por 
su diferencia. 
 Ser un individuo capaz de hacer el bien y evitar el mal. 
 Ser alguien deseable y útil para la sociedad. 
 Ser un estudiante conocedor de la realidad con capacidad en la solución de los 
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Página 28 
problemas. 
 Ser un estudiante predispuesto a la formación permanente a la apropiación de los 
avances científicos del momento. 
 Cuidar el entorno conservando la belleza orden y aseo del lugar donde se encuentre. 
 Practicar los valores necesarios en su actuar, y de manera especial los valores de la 
institución. 
ARTICULO 3.Para adquirir la condición de estudiante LA INSTITUCION EDUCATIVA 
ANAIME, municipio de Cajamarca es necesario: 
a) Conocer y aceptar, por si mismos y por sus padres, acudiente o representante legal el 
manual de convivencia. 
b) Haber sido oficialmente admitidos en el establecimiento educativo mediante el 
cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, Las 
secretarías de educación Departamental y Municipal. 
c) Una vez el estudiante haya cumplido con los anteriores requisitos, se registrara 
oficialmente en la plataforma sistematizada SIMAT, por internet. 
ARTICULO 4. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 42 de la ley 1098 de 2006 
cuyo numeral primero estipula que está dentro de las obligaciones especiales de las 
instituciones educativas el facilitar el acceso de los niños, las niñas y los adolecentes al 
sistema educativo y garantizar su permanencia; el ingreso de los estudiantes y la 
continuación en el servicio educativo. 
PARAGRAFO 
En casos excepcionales la institución podrá permitir la asistencia a algunos aspirantes a 
dicente, con carácter muy temporal mientras llenan requisitos legales. Ellos deberán 
cumplir las mismas normas de los estudiantes matriculados. 
ARTICULO 5. MATRÍCULAS 
La matricula es el contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las 
normas legales e institucionales vigentes por el termino de un año escolar, lo cual indica 
que terminado este periodo tanto la institución como el padre de familia quedara en
Manual de Convivencia 
libertad de renovar el contrato para el año siguiente. En caso de incumplimiento de los 
compromisos que se pactan en este, se podrá dar por terminado por cualquiera de las 
partes. 
ARTICULO 6. PROCESO DE RENOVACIÓN DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES 
ANTIGUOS 
Presentarse personalmente con los 
padres de familia o acudientes en 
la fecha indicada, cumplir con el 
pago de los derechos académicos 
establecidos y entregar los 
documentos requeridos por la 
secretaria de la institución para 
diligenciar el respectivo formulario. 
Para renovar matricula se 
requiere: 
 Boletín del último periodo 
escolar 
 Dos fotos recientes 
 Carné del Sisbén actualizado 
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 Paz y salvo 
ARTICULO 7. PROCESO DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES NUEVOS 
Se procede de la misma forma que con los estudiantes antiguos y anexando la siguiente 
documentación: 
 Registro civil original. 
 Fotocopia del documento de identidad (tarjeta de identidad o cédula), o constancia de 
trámite cuando sea necesario. 
 Certificación del grado anterior y/o constancia cuando sea pertinente. 
 Fotocopia de los documentos de identidad de los padres o acudientes 
 Dos fotos recientes 
 Carné del Sisbén actualizado, (si tiene) 
 Pago de costos educativos. 
ARTICULO 8. CANCELACION DE LA MATRICULA 
Se cancelara la matricula en cualquiera de los siguientes casos: 
ARTICULO9.Se perderá la condición de estudiante DE LA INSTITUCION EDUCATIVA 
ANAIME: 
a) si cursa y aprueba el último grado de bachillerato, caso en el cual pasara a llamarse: 
Exalumno Egresado. 
b) por la exclusión del alumno, una vez agotadas las instancias legales mencionadas en el 
presente manual para la aplicación de sanciones, previa cancelación de la matricula por la 
comisión de convivencia
Manual de Convivencia 
c) cuando no se formalice la renovación de la matricula dentro de los plazos fijados por la 
Secretaria de educación y en pleno, los requisitos previstos por la Institución Educativa 
Anaime, 
d) Por retiro voluntario de su acudiente o padre de familia. 
e) Cuando el estudiante ha superado el 25 % de la inasistencia permitida por la ley con o 
sin excusa. 
CAPITULO 2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 
ARTICULO 10. Los estudiantes de la I.E .Anaime, tienen derecho a: 
1. Los derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la 
recreación y la libre expresión de opinión. 
2 Al respeto por su dignidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas, sin que el 
proselitismo perjudique el bien común. 
3. A recibir copia del presente manual de convivencia 
4. A una formación integral en valores con el sentido del bien común. 
5. A ser atendidos con amabilidad de acuerdo con su dignidad de seres humanos, cuando 
formulen sugerencias, reclamos justos y respetuosos con la finalidad de mejorar su 
proceso de formación o para buscar la solución de conflictos personales, grupales o 
institucionales (título preliminar Cap. II, Art. 8-1 y 16 del código del menor). 
6. A participar directamente o a través de representantes elegidos democráticamente en 
los diferentes organismos colegiales, en la planeación, realización y evaluación del 
proceso educativo y a elegir y ser elegido para dichos organismos. 
7. A la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, siempre y cuando 
no atente contra los demás ni entorpezca la buena marcha del plantel (Art. 20 C. N. C. ). 
8. A la libre asociación para formar el Consejo Estudiantil. 
9. A que los educadores sean equilibrados y justos, respeten el ritmo personal de 
aprendizaje y la individualidad, fijen pautas de trabajo claro, las comuniquen 
oportunamente, las cumplan y las hagan cumplir; a que no empleen la amenaza, ni trato 
que implique de alguna manera afectar los derechos fundamentales. 
10. A solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del aula o plantel, cuando 
existan causas justificadas (por calamidad familiar o enfermedad) presentadas por el 
acudiente y siguiendo el conducto regular. 
11. A recibir por primera vez el carné estudiantil que le permite identificarse en cualquier 
lugar como miembro del plantel (el carné será cambiado o renovado según 
reglamentación). 
12. A conocer el Manual de Convivencia, la Hoja de Vida, el Observador y su evaluación 
oportunamente. 
13. A solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre 
aspectos relacionados con su formación integral. 
14. A disfrutar de los descansos, deportes y actividades recreativas, programadas en los 
lugares y tiempos disponibles para ello. 
15. A participar en la construcción de los procesos que lo lleven a la apropiación de 
conocimientos científicos, tecnológicos, culturales, literarios, recreativos y deportivos. 
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Manual de Convivencia 
16. A conocer oportunamente los planes de cada asignatura, los logros y los indicadores 
de logros de cada unidad y a una programación dosificada de talleres, trabajos, 
actividades y evaluaciones. 
17. A conocer el resultado y correcciones u observaciones de su proceso de evaluación en 
un término entre 8 y máximo 15 días calendario, contados desde la fecha de su 
presentación. 
18. A recibir formación cristiana, artística, física y cultural acorde a la filosofía de nuestra 
I.E. Anaime, al plan de estudio y a las exigencias curriculares establecidas por el M. E. N. 
y el PEI. 
19. A ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes, e igualmente 
conocer los resultados de todo el proceso evaluativo. 
20. A solicitar y obtener constancia y certificado de estudio de acuerdo con las normas 
fijadas por la Institución y el M. E. N. 
21. A obtener el título ofrecido y concedido por la Institución al cumplir los requisitos 
exigidos por la legislación vigente. 
22. A solicitar oportunamente y con el debido respeto, la corrección de notas erróneas. 
23. El cumplimiento de los deberes concernientes al cuidado del medio ambiente unido al 
respeto por la salud y el cuidado propio y ajeno permitirán disfrutar de un ambiente sano, 
limpio y organizado. 
24. Los alumnos tienen derecho a disfrutar de espacios sanitarios limpios, y adecuados, 
con aguas limpias y potables, asi como a un ambiente sano, y armónico que contribuya a 
un adecuado proceso psicosocial. 
25. A utilizar adecuada y responsablemente los recursos y servicios que ofrezca la 
institución, (refrigerio, restaurante, cooperativa escolar, etc.) de acuerdo con la 
organización estipulada. 
26. A disfrutar de todos los servicios de bienestar institucional, cumpliendo las exigencias 
que existan en cada caso. 
27. A obtener calidad acorde con los parámetros de costo- beneficio en los servicios extra 
que presta la Institución como son el transporte escolar (como subsidio del gobierno) y 
otros que pudieran ofrecerse en un futuro. 
28. A recibir al iniciar el año un pupitre en óptimas condiciones que le permita desarrollar 
su actividad en clase de manera cómoda. 
29. A concertar la metodología y criterios de evaluación de cada asignatura para los 
diferentes períodos del año escolar. 
30. A ser atendido oportunamente en sus solicitudes de certificados, constancias de 
estudio, paz y salvos o demás documentos, dentro de los horarios establecidos para este 
fin. 
31. A recibir orientación psicológica en el transcurso de su permanencia en el colegio, 
atendiendo la reglamentación interna, ya sea a través de asesoría del ICBF o Alcaldía 
Municipal. 
32. A representar a la institución en eventos deportivos, culturales o sociales y a recibir 
apoyo de la institución para ello. 
CAPITULO 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: 
ARTICULO11. El estudiante de la I.E. Anaime, se compromete con la institución a: 
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Manual de Convivencia 
1. Ser leal y tener sentido de pertenecía con la institución. 
2. Concurrir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución, 
debidamente uniformado y a comportarse de manera decorosa. 
3. Portar con elegancia y respeto el uniforme de la institución según los horarios 
establecidos por la misma. 
4. Practicar las más elementales normas de vida en comunidad: Aseo, disciplina, 
presentación personal, respeto por sí mismo, por los demás y los bienes ajenos 
5. Cuidar de los enseres del colegio o cualquier otro que pongan a mi disposición y si 
los daños los arreglaré o responderé. 
6. Atender las señales para entrar, salir o cambiar de actividad y no contaminar de 
manera visual, auditiva, con basura u otra forma, el medio ambiente. Repararé los 
daños que cause en este sentido. 
7. colaboraré en todo lo que sea constructivo para mi colegio y aportare ideas para el 
mejoramiento permanente. 
8. Asumiré responsablemente las consecuencias de mis actuaciones. 
9. Respetare el conducto regular para el análisis y tratamiento de los problemas y 
situaciones de orden disciplinario. 
10. Daré prioridad a mi estudio y a los compromisos con la institución. 
11. Respetare los símbolos de mi país a través de mi actitud en los actos cívicos y patrios. 
12. Seré respetuoso de la autoridad educativa. 
13. Actuare con justicia y honestidad en la comunidad educativa. 
14. Justificaré mis ausencias al plantel o a sus actividades. 
15. Pondré en conocimiento de directivos y/o docentes cualquier actividad que atente 
contra integridad y la moral de los principios básicos de la institución. 
CAPITULO 4. NORMAS REFERIDAS AL USO DEL UNIFORME 
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Manual de Convivencia 
ARTICULO12. El uniforme constituye un distintivo institucional, unifica y establece las 
mismas condiciones para todos los estudiantes, constituye la imagen propia del plantel 
dentro y fuera de las instalaciones educativas, de allí, la responsabilidad de su porte, 
cuidado y manejo. Su buen uso y una adecuada presentación personal influyen 
decididamente en la evaluación del comportamiento. 
La institución educativa adoptará los uniformes que los estudiantes deben portar, 
respetando los parámetros establecidos en el Código de la Infancia y la Adolescencia y 
respetando el libre desarrollo de la personalidad de la comunidad estudiantil; pero a su vez 
ellos (as) estarán obligados a llevarlo con elegancia, decoro y buena presentación 
personal. 
a) Para las niñas: falda escocesa con tonalidad blanco, azul y rojo, con cuatro prenses 
chatos en la parte delantera y cuatro prenses en la parte trasera, cremallera al lado 
izquierdo y a la mitad de la rodilla; camibuso blanco manga corta, con el escudo de la 
institución al lado izquierdo; chaqueta azul de nylon o algodón, de cierre, con bolsillos 
discretos; zapatos negros lustrados permanentemente, con cordones del mismo color o 
zapato hebilla estilo Mafalda; medias completamente blancas a la rodilla. 
b)Para los caballeros: pantalón azul oscuro según modelo, camibuso blanco manga corta, 
con el escudo de la institución al lado izquierdo; chaqueta azul de nylon o algodón, de 
cierre, con bolsillos discretos; zapatos negros de cuero lustrados permanentemente, con 
cordones del mismo color o zapato mocasín; medias azul oscuro. 
c) Está conformado por sudadera pantalón vinotinto con franja amarilla, bolsillos discretos, 
en material nylon o semipermeable; camiseta blanca estilo lacos de cuello en V, con el 
escudo de la institución bordado al lado izquierdo; medias y tenis completamente blancos. 
La camiseta debe permanecer siempre dentro del pantalón o sudadera. 
d) Los alumnos deberán conservar una excelente presentación, en donde prime el aseo y 
la organización, evitando modas extravagantes y tinturas de colores diferentes a los tonos 
naturales. 
ARTICULO 13. USO DE ACCESORIOS 
Los niños y jóvenes, varones, deben asistir a la institución con cabello corto, sin 
presentaciones extravagantes, usar corte de cabello clásico con peinados acordes con el 
uniforme, no tinturar el cabello de colores exagerados y en caso de raparse, no usar 
ningún tipo de figuras, letras o símbolos. Abstenerse de usar aretes. 
Las damas deben evitar adornos extravagantes que redunden con la buena presentación 
del uniforme. Pueden portar aretes discretos y pequeños; moños o bambas que combinen 
con los colores del uniforme y evitar cortes de cabello y tinturas estrambóticas. 
Por motivos de presentación, salud y de autoestima las damas y los caballeros deben 
abstenerse del uso de piercings. 
ARTICULO 14. CUIDADOS DE LOS BIENES Y ENSERES 
La convivencia ciudadana permite forjar acuerdos de beneficio mutuo convertidos en 
oportunidades para el crecimiento, sin vulnerar las necesidades de las otras personas por 
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Manual de Convivencia 
tanto los espacios físicos y pertenencias de la institución son de obligatorio cuidado por 
todos. 
Obligaciones: 
 Los estudiantes se deben comprometer a hacer buen uso del pupitre asignado y a fin 
de año, o al retirarse, entregarlo en perfectas condiciones. 
 Los salones deben permanecer limpios y organizado, las paredes libres de rayones al 
igual que los accesorios que acompañan cada aula. 
 Los padres o acudientes deben responder por los daños que los estudiantes causen a 
la planta física o a los muebles, enseres, libros, elementos tecnológicos o de 
laboratorio, así como de cualquier elemento que se confíe al estudiante y que por su 
uso irresponsable se vea afectado. 
 Las unidades sanitarias deben permanecer en excelentes condiciones de asepsia y 
en buen estado. 
TITULO IV. TIPIFICACION DE LAS SITUACIONES 
La ley 1620 y el decreto reglamentario 1965 plantea tres tipos de situaciones: 
CAPÍTULO 1. Situación tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados 
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el 
clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud física o mental 
(Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
ARTICULO 18. Se consideran situaciones de Tipo I: 
1. Llegar tarde a la institución, a clase o a eventos pedagógicos programados. 
2. Perder tiempo y hacerlo perder a sus compañeros, entorpeciendo el normal desarrollo 
de las clases y demás actividades curriculares. 
3. La permanencia de alumnos en las aulas de clase sin autorización, antes de iniciar la 
jornada y en los descansos. 
4. Participar en juegos bruscos y malintencionados. 
5. Permanecer en sitios no autorizados. 
8. El desacato a observaciones dadas. 
9. Masticar chicle, consumir bebidas o alimentos en clase, en formación o en espacios 
académicos, religiosos, cívicos, y otros que merezcan respeto y compostura. 
10. Llamar por el sobrenombre a un compañero 
11. Arrojar basuras, desperdicios al piso. 
12. No ser acudido por el padre de familia o acudiente a una citación. 
13. Portar cadenas, aretes, manillas o cualquier otra joya de alto valor. 
14. No traer al colegio los materiales necesarios para las prcticas pedagógicas 
programadas. 
15. Permanecer fuera del aula sin autorización en momentos de cambio de clase. 
16. Llevar a cabo apuestas, juegos de azar o similares 
17. La venta de rifas, alimentos, frutas, o cualquier producto o articulo no autorizado, 
dentro de la institución 
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Manual de Convivencia 
18. Irrespeto a las insignias patrias o del colegio. 
19. adoptar una actitud hostil y grosera realizando gestos o mímicas irrespetuosas 
20. Evidenciar desaseo o falta de higiene personal. 
21. Presentarse con el uniforme sucio, rasgado, incompleto, con adornos o parches que 
no correspondan. 
22. Indisciplina en la clase o cualquier evento programado. 
23. No portar de manera visible e carnet estudiantil. 
24. El uso de maquillaje, aretes extravagantes, pircings, uñas de colores extravagantes, y 
cualquier accesorio que desentone con la buena presentación y porte del uniforme. 
25. Demostrar irresponsabilidad con los materiales confiados. 
26. Faltar a clases injustificadamente. 
27. Otras que atenten en contra de algún miembro de la comunidad, o de la institución, y 
que afecten en menor proporción. 
CAPITULO 2. SITUACIONES TIPO II 
ARTICULO 19. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso 
escolar y ciberacoso, que no presenten revista las características de la comisión de un 
delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades: a) Que se 
presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud 
(física o mental) sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas 
involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). 
ARTICULO 20. Se consideran Situaciones de tipo II las siguientes: 
1. Numerosas inasistencias a clase sin causa justificada. 
2. La evasión del establecimiento. 
3. Entrar o salir de la institución por sitios no autorizados. 
4. Irrespeto verbal o físico a cualquier miembro de la comunidad educativa. 
5. Las excesivas caricias y demostraciones de amor a compañeros producto de la 
amistad o el noviazgo. 
6. Dañar y hacer mal uso de los implementos escolares proporcionados por la institución 
incluyendo los de sus compañeros, docentes o de los libros de la biblioteca. 
7. Reiteración en la comisión de la misma falta leve. 
8. Rayar pupitres y paredes de la institución educativa. 
9. Realizar cualquier tipo de intimidación o extorsión a compañeros o personal de la 
institución educativa. 
10. Asumir juegos que impliquen morbosidad, contactos físicos intencionales y demás 
acciones enmarcadas en el irrespeto al otro género. 
11. Utilizar palabras soeces en el saludo a compañeros y compañeras dentro y fuera de la 
institución educativa. 
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Manual de Convivencia 
12. Utilizar el uniforme de la institución (diario o de educación física) en horarios no 
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habituales. 
13. Dejar de asistir a la institución educativa y, portando el uniforme, realizar otras 
actividades que no correspondan a la respectiva jornada de estudio. 
14. Utilizar celular, ipods o cualquier otro tipo de equipo tecnológico que perturbe el 
normal desarrollo de las clases. 
15. Participar o motivar los juegos de azar (naipes, apuestas). 
16. Portar y/o difundir material pornográfico o esotérico. 
17. Crear falsas alarmas tendientes a conseguir el pánico colectivo, tales como: estallar 
fulminantes, mechas, provocar quemas de basura dentro o fuera del aula, enrarecer el 
ambiente con sustancias de olor desagradable. 
18. El consumo de licor o cigarrillo o sustancias psicoactivas dentro y fuera de la 
institución, portando el uniforme. 
19. Fraudes académicos en evaluaciones, trabajos, copia de información, suplantación de 
personas en firmas, exámenes, alteración de notas, etc. 
20. El uso de apodos y vocabulario soez con cualquier miembro de la comunidad 
educativa. 
21. Violentar ventanas, techos, puertas, candados o cerraduras. 
22. Impedir el desarrollo de las actividades atreves de conductas indecentes o 
irrespetuosas. 
23. Prestar el carnet o el uniforme a personas ajenas a la institución para beneficiarse de 
algún servicio. 
24. Ejecutar acciones que contaminen el ambiente a nivel olfativo, auditivo, o visual. 
25. Denigrar, mancillar, ofender, deshonrar a cualquier miembro de la comunidad a través 
de pasquines, grafitis, dibujos, letreros, mensajes o cualquier medio difamando su buen 
nombre y su dignidad. 
26. Utilizar equipos y materiales de la institución de manera irresponsable o sin 
autorización. 
27. Encubrir a alguien en una falta de gravedad. 
28. Entrevistarse con persona ajena a la institución en horario académico sin autorización. 
29. No entregar notas, citaciones e informes escritos a su acudiente o padre de familia. 
30. Desacatar órdenes u observaciones, adoptando una conducta ofensiva. 
31. Utilizar el nombre de la institución, de un docente u otra persona, sin ninguna 
autorización. 
32. Portar, vender o consumir cigarrillos, dentro de la institución o mientras use el 
uniforme. 
33. Asistir a cualquier evento institucional en manifiesto estado de alicoramiento. 
34. Tratar de forma soez a cualquier miembro de la comunidad. 
35. Realizar demostraciones afectivas indecorosas entre estudiante-estudiante y/o 
estudiante-docente dentro del plantel o mientras se use el uniforme. 
36. Inducir o Participar o en peleas, dentro o fuera del plantel. 
37. Usar el servicio de internet para fines de ocio, pornográficos, violentos, de acoso 
escolar (bullying o intimidación escolar), esotéricos, chat, música, videos, paginas 
sociales y otros no educativos.
Manual de Convivencia 
En algunos casos, como el navegar paginas sociales o música, el docente encargado 
supervisara o autorizara al alumno 
32. Inducir a las prácticas esotéricas, de magia negra, blanca o eventos similares. 
33. Usar el servidor del equipo de sistema. 
34. Llevar a cabo conductas que atenten en contra de su propia integridad física, la de un 
compañero, docente, persona de la comunidad y el buen nombre del establecimiento 
dentro o fuera del plantel 
35. Otras que vayan en contra del proceso de formación y afecten física o moralmente en 
mediana proporción. 
CAPITULO 3. SITUACIONES TIPO III 
ARTICULO 21. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean 
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, 
referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier 
otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 
40). 
ARTICULO 22. Se consideran situaciones de Tipo III: 
1. La reincidencia en cualquiera de las faltas graves. 
2. Adulterar evaluaciones, registros académicos, u otro documento con la intención de 
cometer fraude, robo, y/o la mutilación de documentos como observadores, actas de 
calificaciones, hojas de vida y documentos relacionados con el colegio. 
3. Encontrarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas. 
4. Portar armas de cualquier tipo, o usarlas en contra de cualquier persona. 
5. La organización de grupos o pandillas para expender drogas, intimidar, extorsionar, 
robar, agredir a cualquier persona. 
6. Quemar bienes, destruir, tumbar muros, puertas, muebles, sillas, baños o cualquier 
inmueble que corresponda a la planta física de la institución o de otra a la cual tenga 
acceso. 
7. El robo de objetos, materiales del plantel educativo, de cualquier miembro de la 
comunidad educativa u otras instituciones que visite temporalmente en visitas o 
integraciones interinstitucionales. 
8. Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad. 
9. Usar estratagemas, calumnias, engaños o difamaciones que afecten la dignidad y el 
buen nombre de un docente, alumno o cualquier miembro de la comunidad 
10. Participar en hechos graves como el atraco a mano armada, robo, corrupción de 
menores, violación, y otras formas graves de delincuencia que se pudiera llegar a 
presentar 
11. Cualquier causa que ocasione intervención judicial, pérdida de la libertad o reclusión 
en una cárcel o casa correccional para menores de edad. 
12. Utilizar los espacios del plantel para prácticas sexuales, de reuniones esotéricas, 
rituales satánicos o prácticas de magia blanca, negra o espiritismo. 
13. Todas aquellas que atenten contra la integridad física, moral o material de los demás. 
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Manual de Convivencia 
TITULO V. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN 
Previo proceso de descripción de la situación en la que se describa los detalles del/los 
incidente(s), incluyendo nombres de las y los involucrados, qué ocurrió (por ejemplo, tipo 
de agresión), en dónde, lo que dijo cada persona involucrada, si hay evidencia, y nombre 
las y los testigos, se procede a clasificar el nivel de atención correspondiente. 
SITUACIONES TIPO I 
-El Directivo Docente o Docente se reúnen inmediatamente con las partes involucradas en 
el conflicto. 
-Se realiza una intervención por medio de la cual cada parte pudo exponer su punto de 
vista. 
-Se busca entre las personas involucradas la estrategia para reparar los daños causados, 
restablecer los derechos e iniciar una reconciliación. 
-Se fija una solución de manera imparcial, equitativa y justa. 
-Se deja constancia de dicha solución en el observador del alumno. 
-Se hace seguimiento al caso y a los compromisos establecidos. 
SITUACIONES TIPO II 
Se reúne toda la información de la situación, realizando entrevistas individuales, primero 
con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas. 
• En caso de daño al cuerpo o a la salud, se garantiza la atención inmediata a las 
personas involucradas mediante su remisión a las entidades competentes y se deja 
constancia de dicha actuación, en el observador del alumno como en los registros de 
coordinación. 
• En caso de haberse requerido medidas de restablecimiento de derechos, se remitió la 
situación a las autoridades administrativas y se dejó constancia de dicha actuación. 
• Se adoptaron medidas de protección para las personas involucradas y se dejó 
constancia de dicha actuación. 
• Se informa inmediatamente a las familias (padres, madres o acudientes) de todas las 
personas involucradas y se deja constancia de la actuación. 
• Se brindan espacios para que las partes involucradas y sus representantes expongan y 
precisen lo acontecido, manteniendo la información confidencial. 
• Se determinan las acciones restaurativas para reparar los daños causados y el 
restablecimiento de los derechos y la reconciliación. 
• Se definen las consecuencias para quienes promovieron, contribuyeron o participaron en 
la situación reportada. 
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Manual de Convivencia 
• El presidente del Comité Escolar de Convivencia informa a las demás personas de este 
comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas. 
• El Comité Escolar de Convivencia realiza el análisis y seguimiento a la situación 
presentada para verificar la efectividad de la solución dada o acudir al protocolo de 
atención a situaciones tipo III, en caso de ser necesario. 
• El Comité Escolar de Convivencia deja constancia en acta de la situación y su manejo. 
• El presidente del Comité Escolar de Convivencia reporta el caso a través del Sistema de 
Información unificado de Convivencia Escolar. 
SITUACIONES TIPO III 
En el caso de situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos: 
• Se denuncia por escrito ante la autoridad competente presente en el ámbito local. 
• Se remiten a las personas involucradas al servicio de salud con el que contaban. 
• Se comunican por escrito a los representantes legales de las personas involucradas las 
medidas tomadas para el manejo de la situación 
• La institución educativa garantiza los derechos de las personas implicadas según los 
protocolos. Se deja constancia de dicha actuación. 
• Se reporta el caso al Sistema de Información Unificado. 
COMPONENTE DE PROMOCIÓN 
1. Socialización a docentes, estudiantes y padres de familia de la Institución Educativa 
Anaime de la Ley 1620 de 2013 (Ley de convivencia escolar) y el Decreto 
reglamentario 1965 de 2013. 
2. Creación del comité de convivencia escolar y socialización a la comunidad 
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educativa. 
3. Ajustar el manual de convivencia teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre 
convivencia escolar. 
4. Articulación de los proyectos pedagógicos transversales como: Educación de la 
sexualidad y construcción de ciudadanía, estilos de vida saludables en la 
prevención de consumo de S.P.A, escuela de padres, ética y valores, democracia y 
cátedra de la paz; en los estudiantes de preescolar a once y comunidad educativa 
en general, en los cuales se transversalice los PPT con las áreas básicas, en la 
promoción de estilos de vida saludables, escala de valores, competencias 
ciudadanas y derechos y deberes humanos, derechos humanos sexuales 
reproductivos y habilidades sociales. 
5. Articulación de las competencias ciudadanas que promuevan un clima escolar y 
aula positivos en la definición de normas y cumplimiento del manual de convivencia.
Manual de Convivencia 
6. Definición de estrategias para la toma de decisiones, diálogo, concertación y 
negociación. 
7. Afianzar habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas que mejoren la 
convivencia escolar. 
8. Elaboración de carteleras institucionales en la que se promueva la convivencia 
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escolar. 
COMPONENTE DE PREVENCIÓN 
1. Capacitación a docentes sobre la identificación de factores de riesgo y factores 
protectores a nivel personal, familiar y social que afectan la convivencia escolar y la 
adopción de situaciones vulnerables. 
2. Creación de centros de escucha activa que promuevan la expresión de 
sentimientos y la mitigación de situaciones problemáticas, tanto a estudiantes como 
a padres de familia. 
3. Implementación de grupos de apoyo que promuevan el establecimiento de 
ambientes de aprendizaje democráticos. 
4. Salidas pedagógicas con el objetivo de brindar estrategias en la prevención de 
situaciones de alto riesgo como el matoneo, el abuso sexual, violencia intrafamiliar, 
embarazo en adolescentes, consumo de sustancias psicoactivas. 
5. Realización de actividades lúdicas, recreativas, culturales como: encuentros 
deportivos, el folclorito, semanas culturales, ferias del conocimiento, dentro y fuera 
de la institución y en la cual se integren los padres de familia y la comunidad en 
general. 
6. Desarrollo de los proyectos pedagógicos transversales como: Educación de la 
sexualidad y construcción de ciudadanía, estilos de vida saludables en la 
prevención de consumo de S.P.A, escuela de padres, ética y valores, democracia y 
cátedra de la paz a estudiantes, padres de familia y docentes. 
COMPONENTE DE ATENCIÓN 
1. Asistencia por parte de docente y directivos docentes a los estudiantes y padres de 
familia en situaciones que atenten contra la convivencia escolar en las cuales se 
implementen estrategias de dialogo, concertación y resolución de conflictos. 
2. Aplicación de los protocolos internos referente a la remisión de situaciones 
especiales al comité de convivencia escolar.
Manual de Convivencia 
3. Adopción e implementación de estrategias pedagógicas por parte del comité de 
convivencia para mitigar los factores que afectan la convivencia escolar. 
4. Reconocimiento por parte del comité de convivencia escolar del tipo de faltas que 
se presentan y la definición de los protocolos a implementar según corresponda. 
5. Establecer mecanismos pedagógicos de mediación, reparación de daños, 
restablecimiento de derechos que mejoren la convivencia escolar. 
COMPONENTE DE SEGUIMIENTO 
1. Realizar ajustes del manual de convivencia anualmente, de manera que se 
involucre todos los actores de la comunidad educativa. 
2. Verificación de la funcionalidad del comité de convivencia escolar. 
3. Evaluación de las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas de los 
proyectos pedagógicos transversales y definición de estrategias pedagógicas 
acordes al contexto, necesidades e interés de la comunidad educativa. 
4. Registro y análisis de todas las actividades propuestas en la presente ruta de 
atención y planeación permanente. 
5. Reuniones periódicas del comité de convivencia escolar. 
6. Jornadas pedagógicas con docentes para identificar logros y aprendizajes 
adquiridos durante el año lectivo respecto a la convivencia escolar. 
7. Entrega de informes a la comunidad educativa, alcaldías y secretaría de educación 
departamental como evidencia del desarrollo de la ruta de atención y su respectiva 
retroalimentación. 
CAPITULO 4. PROCESO DISCIPLINARIO 
ARTICULO 23. En el proceso de formación todo estudiante evidencia ciertos 
comportamientos que son característicos del proceso de adaptación social de su contexto 
y que en muchas ocasiones atentan contra el buen desarrollo institucional. Es necesario 
que la institución adopte un conducto regular para prevenir que esos comportamientos no 
se conviertan en patrones de conducta, mediante la aplicación de correctivos y haciendo 
referencia al debido proceso que tiene derecho toda persona que se encuentre amparada 
por la Constitución Nacional. 
Los procesos establecidos, se fundamentan en lo estipulado en el Artículo 45 del Código 
de la infancia y la Adolescencia, referente a la prohibición de sanciones crueles, 
humillantes o degradantes. 
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Manual de Convivencia 
ARTICULO 24 .CONDUCTO REGULAR 
Para la discusión y solución de dificultades que se pueden presentar durante las 
actividades escolares, se debe agotar en estricto orden el siguiente conducto regular. 
 Docente conocedor de la falta. 
 Director de grupo. 
 Coordinador. 
 Docente Orientadora 
 Comité de Convivencia Escolar. 
 Rector. 
 Consejo Directivo. 
ARTICULO 25. EL DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO 
Para la aplicación del debido proceso se aplicaran los siguientes términos. 
1. Indagación preliminar: tiempo máximo de duración ocho (8) días. 
2. Evaluación del proceso para continuarlo o archivarlo: tiempo máximo de duración 
tres (3) días. 
3. Investigación y recolección de pruebas: tiempo máximo de duración diez (10) días. 
4. Verificación de las pruebas, recepción de descargos y emisión del fallo (absolutorio 
o sancionatorio): tiempo máximo de duración diez (10) días. 
El proceso disciplinario inicia cuando un estudiante comete una falta; sea de Tipo i, Tipo II 
o Tipo III cuando incurre en la falta a un deber o a una prohibición. Igualmente, se puede 
llevar a cabo un proceso disciplinario a un padre/ madre de familia o acudiente que falte a 
un deber u obligación. 
Cuando la falta sea cometida por un docente, le corresponde al coordinador comunicar el 
hecho al Rector. Según sea el caso, se dará trámite a lo estipulado en el Código Único 
Disciplinario. 
El proceso disciplinario se efectúa por la comisión de una acción u omisión que 
verdaderamente amerite la imposición de un correctivo o de una sanción. No se realiza un 
proceso disciplinario por acumulación de faltas ni se puede asumir el bajo rendimiento 
académico como falta disciplinaria. 
Este manual de convivencia contiene los deberes, las obligaciones y las faltas que sirven 
de fundamento para determinar el comportamiento que conlleva a una sanción o 
correctivo. El coordinador tiene la responsabilidad de evaluar la acción u omisión cometida 
por el estudiante o padre de familia para definir si ésta amerita correctivo o sanción. 
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Manual de Convivencia 
De todas maneras la comisión de una Tipo II o Tipo III o el incumplimiento de un deber o 
una obligación que genere consecuencias graves para la formación del estudiante, para la 
sana convivencia institucional o para la misma imagen de la institución, no requieren ser 
evaluadas sino que, inmediatamente obligan a la apertura de un proceso disciplinario. 
ARTICULO 26. PARA CASOS QUE SÓLO AMERITAN CORRECTIVOS 
Para el caso de acciones cometidas por estudiantes o acudientes que no ameriten la 
apertura de un proceso disciplinario que conlleven a una sanción, y que sólo requiera la 
imposición de correctivos, se debe cumplir con los siguientes pasos: 
ARTICULO 27. REGISTRO DE LA FALTA 
La falta cometida debe ser registrada en el observador del estudiante. Esto puede hacerlo 
un docente, director de grupo o el coordinador. El registro debe describi r, exactamente, la 
acción cometida. Debe nombrarse la falta, la prohibición o el deber establecido en el 
manual de convivencia que se relacione con dicha acción; y, obviamente, debe tener la 
firma del estudiante. 
En caso en que el estudiante se niegue a firmar, quien registre la falta puede pedirle a un 
compañero del mismo, que haya sido testigo de la acción, que firme, corroborando la 
veracidad del hecho. Una vez consignada la falta, el docente informa al respectivo director 
de grupo y al coordinador, quienes evaluaran si la falta amerita aplicación de correctivo. 
ARTICULO 28. IMPOSICIÓN DEL CORRECTIVO 
Sólo el coordinador o el docente de disciplina podrán imponer correctivos disciplinarios o 
pedagógicos. Según sea la situación, el coordinador o el docente de disciplina determina 
qué correctivo amerita ser aplicado al estudiante o al acudiente y se le notifica por escrito. 
Si el correctivo es impuesto por el docente de disciplina deberá informar al coordinador y 
realizar la respectiva anotación en el observador del estudiante. 
Para llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de este correctivo, el coordinador puede 
delegar a un docente la responsabilidad de revisar la ejecución de las actividades 
impuestas. El docente debe registrar en el observador del estudiante su concepto sobre la 
actividad desarrollada y comunicarla a la respectiva coordinación. 
ARTICULO 29. PARA CASOS QUE AMERITAN SANCIÓN 
El proceso disciplinario es la suma de las diferentes fases o etapas que se cumplen, 
siguiendo el debido proceso y permitiendo el derecho a la defensa, contra un estudiante o 
padre de familia que haya faltado a un deber o a una obligación, o que haya cometido una 
falta establecida en el manual de convivencia. El procedimiento para efectos del debido 
proceso, en caso de que éste conlleve a una sanción, se da así: 
ARTICULO 30. REGISTRO DE LA FALTA 
La falta cometida debe ser registrada en el observador del estudiante, esto puede hacerlo 
un docente, el director de grupo o el coordinador. El registro debe describir, exactamente, 
la acción cometida. Debe nombrarse la falta, la prohibición o el deber estableado en el 
manual de convivencia que se relacione con dicha acción; y, obviamente debe tener la 
firma del estudiante. 
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Manual de Convivencia 
En caso de que el estudiante se niegue a firmar, quien registre la falta puede pedirle a un 
compañero del mismo, que haya sido testigo de la acción, que firme, corroborando la 
veracidad del hecho. 
La falta cometida debe ser comunicada, inmediatamente a la respectiva coordinación para 
que se dé inicio al proceso disciplinario. 
ARTICULO 31. IMPUTACIÓN DE LA FALTA 
La imputación de la falta, la realiza el coordinador mediante oficio al estudiante o al 
acudiente, y debe contener: 
 La identidad del implicado. 
 La falta, el deber o la obligación, mencionada en el manual de convivencia, que fue 
violentada con la acción o la omisión cometida. 
 Las acciones posteriores a las que tiene derecho el imputado. 
PARÁGRAFO: En caso de que la falta cometida sea de carácter leve o que la acción 
cometida no amerite una acción disciplinaria, el coordinador determinará el correctivo que 
debe ser aplicado y lo notificará, por escrito al estudiante y a su acudiente. Todo esto debe 
quedar consignado en el observador del estudiante. 
ARTICULO 32. NOTIFICACION DE APERTURA DEL PROCESO DISCIPLINARIO 
En caso de que la acción u omisión cometida amerite un proceso disciplinario, al imputado 
se le debe notificar por escrito, que se le hace apertura del mismo. 
Esta notificación la hace el coordinador y debe contener: 
 La identidad del imputado. 
 La falta, el deber o la obligación, mencionada en el manual de convivencia que fue 
violentada con la acción o la omisión cometida. 
 Las acciones posteriores a las que tiene derecho el imputado, mencionando su 
derecho a la defensa estipulando la fecha para la presentación de descargos y de 
pruebas. 
PARÁGRAFO 1: Contra esta notificación no procede ningún recurso. 
PARÁGRAFO 2: El coordinador, ante de convocar al equipo de conciliación, debe solicitar 
los descargos por escrito y las respectivas pruebas a las que el imputado tiene derecho, 
para llevarlos al equipo de conciliación y darles a conocer en análisis de los hechos. 
ARTICULO 33. ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN DE LOS HECHOS POR PARTE DEL 
EQUIPO DE CONCILIACIÓN 
El/la docente encargado de presidir el Equipo de Conciliación, lo convoca para efectos de 
estudiar el/los caso(s) disciplinario(S). Cada Equipo debe estudiar los casos por 
separado y tener en cuenta que las imputaciones sean por una acción u omisión cometida, 
que esté debidamente registrada en el Observador del Estudiante, que corresponda con el 
Manual de Convivencia y que amerite como resultado una sanción. 
Además, debe revisar que el estudiante o el padre de familia, a quien se le inició el 
proceso, haya sido debidamente imputado de su falta y notificado de la apertura del 
proceso. 
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Manual de Convivencia 
En aras de garantizar el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, el Equipo de 
Conciliación debe estudiar el caso, revisar los descargos y sopesar las pruebas, teniendo 
en cuenta atenuantes y agravantes de la situación, antes de emitir un fallo. Si es el caso, 
puede llamar al imputado o a testigos para ampliar las versiones y hacer las respectivas 
consideraciones. 
ARTICULO 34. EMISIÓN DE FALLO EN PRIMERA INSTANCIA, POR PARTE DEL 
EQUIPO DE CONCILIACIÓN 
Una vez analizado el caso, le concierne al Equipo de Conciliación emitir un fallo 
sancionatorio. Este fallo debe corresponder con la falta cometida. El fallo debe ser 
comunicado al coordinador o coordinadora para que el/ella, a su vez, lo comunique al 
imputado, mediante notificación escrita y personal. 
Esta notificación deben hacerla los coordinadores, por escrito, en un texto que contenga: 
 LA IDENTIDAD DEL IMPUTADO 
 LA FALTA COMETIDA 
 LAS CONSIDERACIONES DISCUTIDAS 
 LA DECISIÓN O FALLO 
Este primer fallo del Equipo de Conciliación quedará en firme si el imputado no presenta el 
recurso de reposición a que tiene derecho, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a 
la notificación. En este caso, el/la Coordinador (a) informará a la rectoría para que se 
produzca el acto administrativo sancionatorio y lo comunicará al estudiante, padre de 
familia o acudiente sancionado. Contra este acto administrativo ya no procederá ningún 
recurso. La sanción deberá ser consignada en el Observador del Estudiante. 
PARÁGRAFO 1º: El Recurso de Reposición deberá presentarlo el imputado, dentro de los 
cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de este primer fallo, 
ante el mismo Equipo de Conciliación. 
PARÁGRAFO 2º: Si el imputado presenta Recurso de Reposición, la sanción no se le 
podrá aplicar. Se debe esperar el fallo en segunda instancia. 
ARTICULO 35. EMISIÓN DE FALLO EN SEGUNDA INSTANCIA, POR PARTE DEL 
EQUIPO DE CONCILIACIÓN 
Para resolver el recurso de reposición impuesto por el imputado, el Equipo de Conciliación 
se reúne nuevamente; esta vez presidido por el/la Coordinador(a). El caso se vuelve a 
analizar y si amerita se solicitan nuevas pruebas o ampliación de descargos o versiones 
de testigos o implicados. Este estudio debe permitir que la sanción se anule, se cambie o 
se ratifique. 
Cualquiera que sea la decisión, se comunica al imputado, mediante notificación escrita y 
personal. Esta notificación la hace el/la Coordinador(a), en un texto que debe contener: 
 LA IDENTIDAD DEL IMPUTADO 
 LA FALTA COMETIDA 
 LAS NUEVAS CONSIDERACIONES DISCUTIDAS. 
 LA NEGACIÓN, MODIFICACIÓN, O RATIFICACIÓN DEL FALLO ANTERIOR. 
Este fallo quedará en firme si el imputado no hace uso de su derecho al recurso de 
apelación, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. En este caso 
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Manual de Convivencia 
el/la Coordinador(a) informará a la rectoría para que se produzca el Acto administrativo 
sancionatorio y lo comunicará al estudiante, padre de familia, o acudiente sancionado. 
Contra este Acto administrativo ya no procederá ningún recurso. La sanción deberá ser 
consignada en el Observador del Estudiante. 
PARAGRAFO 1º: El Recurso de Apelación deberá presentarlo el imputado durante los 
cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de este segundo fallo, 
ante el mismo Equipo de Conciliación. 
PARAGRAFO 2º: Si el imputado presenta Recurso de Apelación, la sanción no se le podrá 
aplicar. Se debe esperar el fallo definitivo. 
ARTICULO 36. EMISIÓN DE FALLO DEFINITIVO 
Para resolver el recurso de apelación interpuesto por el imputado, el Rector estudiará el 
caso, revisando que el debido proceso se haya cumplido, que el derecho a la defensa se 
haya garantizado y que el Equipo de Conciliación haya obrado de manera imparcial y 
justa. También, tendrá en cuenta los atenuantes y agravantes relacionados con el caso; y 
dará su decisión en cualquiera de los siguientes términos: 
 ANULACIÓN DEL FALLO, por el no cumplimiento del debido proceso, por violación al 
derecho a la defensa o por falta de pruebas contundentes. 
 NOTIFICACIÓN DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, ampliando o disminuyendo 
la sanción impuesta. 
 RATIFICACIÓN DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA 
Esta decisión será comunicada, mediante notificación escrita y de manera personal, por 
parte de el/la Coordinador(a), sustentado por el Acto Administrativo que motiva y resuelve 
la sanción. Esta deberá ser consignada en el Observador del Estudiante. Ante este fallo 
definitivo no procede ningún recurso. 
ARTICULO 37. APLICACIÓN DE LA SANCIÓN 
La sanción que surja, en cualquiera de las instancias y que quede en firme mediante Acto 
Administrativo firmado por el rector de la institución, deberá ser aplicada al estudiante o al 
padre de familia durante los tres (3) días siguientes a su notificación. El/la Coordinador(a) 
comunicará al sancionado los términos de modo, lugar y tiempo de la sanción. 
En caso de que la sanción impuesta implique exclusión de la institución o pérdida del 
cupo, la Rectoría deberá informar a la Comisaría de familia y a la Procuraduría de familia, 
mediante oficio que contenga, como anexo, todo el expediente del proceso disciplinario. 
El/la Coordinador(a) hará seguimiento al cumplimiento de la sanción y, una vez finalizada, 
consignará en el Observador del Estudiante su concepto y lo dará a conocer al Director de 
Grupo. 
El no cumplimiento de una sanción pedagógica o pecuniaria, sin justificación debidamente 
motivada, dará lugar a una sanción administrativa o de exclusión. Esto deberá quedar 
consignado en el Observador del Estudiante y ser informado a la Rectoría. 
En este caso el rector convocará al respectivo Equipo de Conciliación y estudiará el caso. 
Atendiendo a la gravedad de la omisión, expedirá un nuevo Acto Administrativo, 
debidamente motivado, en el que comunica la nueva sanción. Ante este Acto 
Administrativo no procederá ningún recurso. 
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Manual de Convivencia 
ARTICULO 38. CLASES DE CORRECTIVOS 
Los correctivos se clasifican como Pedagógicos y Disciplinarios 
ARTICULO 39. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS 
1. Realización de un trabajo escrito personal o en equipo y a mano sin el 
acompañamiento de padres de familia o acudiente y elaborado dentro de la institución. 
Este trabajo no implica ausencia de las clases. 
2. Realización de un trabajo personal o en equipo con el acompañamiento del padre de 
familia o acudiente. Este trabajo no implica ausencia de sus clases. 
3. Realización de un taller y socialización ante uno o varios grupos de la institución. 
4. Servicio de monitoria en grupos inferiores. 
5. Realización de un trabajo social con estudiantes de la institución y con personal de la 
tercera edad. 
6. Elaboración de material didáctico para la institución. 
ARTICULO 40. CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS 
1. Acciones de embellecimiento de la institución: aseo de salones, patios, baños, arreglo 
de pupitres, pintura de planta física, embellecimiento de zonas verdes. 
2. Donación de elementos de aseo y pedagógico para uso de la institución. 
3. Servicio de vigilancia en espacios de la institución en jornada contraria. 
4. Realización de trabajo social o comunitario en jornada contraria. 
5. Decomiso de elementos ajenos a materiales didácticos requeridos en el proceso de 
aprendizaje (celulares, ipods, auriculares y otros aparatos electrónicos). 
ARTICULO 41. CLASES DE SANCIONES 
Las sanciones pueden ser Pedagógicas, Pecuniarias, administrativas, de tipo Extraclase o 
de exclusión, según establecen los artículos siguientes. 
ARTICULO 42. SANCIONES PEDAGÓGICAS 
1. Valoración insuficiente en un área específica y para un periodo. Para este caso, el 
estudiante tiene oportunidad de nivelar. 
2. Realización de un trabajo escrito sobre un tema específico, personal o en equipo 
durante uno o varios periodos de clases diario, dentro del horario escolar. La 
realización de esta actividad no debe afectar las evaluaciones finales de periodo. El 
estudiante debe responder por las actividades académicas dejadas de asistir. 
3. Realización de un trabajo con sustentación durante la jornada escolar. La realización 
de esta actividad no debe afectar las evaluaciones finales de periodo. El estudiante 
debe responder por las actividades académicas dejadas de asistir. 
4. Exclusión temporal o permanente de actividades deportivas, artísticas o culturales que 
se realicen en la institución. 
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Manual de Convivencia 
5. Realización y socialización de un trabajo dirigido a padres de familia en un grupo 
determinado por el coordinador o el comité de disciplina. Esta actividad se debe 
realizar en jornada contraria. 
6. Planeación y ejecución de una actividad deportiva o cultural (campeonato de fútbol o 
semana de la ciencia) en una de las sedes y jornada de la institución. 
ARTICULO 43. SANCIONES PECUNIARIAS 
1. Multa equivalente a tres veces el valor del daño ocasionado. 
2. Dotar a la institución educativa con elementos didácticos, de aseo o de oficina que 
corresponda tres veces al daño ocasionado. 
ARTICULO 44.SANCIONES ADMINISTRATIVAS 
1. Amonestación verbal: En concordancia con lo estipulado por el código de la infancia y 
la adolescencia, y siguiendo el conducto regular y de procedimiento, se le hará un 
llamado de atención al estudiante indicándole a su vez que la reincidencia en esta 
conducta le ocasionará seguidamente una amonestación escrita. 
2. Amonestación escrita: Se harán las amonestaciones pertinentes en la ficha, la cual 
será firmada por los padres de familia o acudientes, dependiendo de la falta cometida. 
Si el estudiante se niega a firmar la notificación se deja constancia del hecho en el 
observador del estudiante. 
3. Matrícula en observación: Esta será impuesta durante un periodo determinado. 
ARTICULO 45. SANCIONES DE TIPO EXTRACLASE 
Esta sanción se aplica cuando el estudiante ha cometido una falta grave o gravísima; o 
presenta reiteración en la comisión de faltas leves relacionadas con indisciplina o irrespeto 
a algún integrante de la comunidad educativa; y el comité de conciliación considera que la 
permanencia del estudiante afecta el comportamiento del grupo al que pertenece. 
Para este caso, al estudiante se le aplica un PLAN PARTICULAR DE ESTUDIOS para 
que lo desarrolle en un espacio diferente al aula de clase. Sin desvincularse de la 
institución educativa, el estudiante debe realizar todas las actividades académicas por 
fuera de la institución basadas en talleres entregados por los docentes. El estudiante solo 
asiste a la institución educativa a las actividades de evaluación y nivelación. 
ARTICULO 46. RETIRO DE LA INSTITUCIÓN 
1. Pérdida de cupo para el año siguiente 
2. Cancelación inmediata de matrícula (atendiendo al debido proceso). 
TITULO VI. DEL CONDUCTO REGULAR 
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Manual de Convivencia 
Articulo47. Si se consideran los derechos vulnerados, se podrán hacer las reclamaciones 
pertinentes, atendiendo el siguiente conducto regular: 
1. Dialogo directo con la persona que presuntamente vulnera sus derechos. 
2. Dialogo directo ante el personero de los estudiantes. 
3. Dialogo directo con el docente de la clase. 
4. Dialogo directo con el docente de disciplina. 
5. Informe por escrito al Director del plantel, quien remitirá el caso al consejo Directivo. 
6. Presentación formal de la queja ante el Consejo Directivo. 
TITULO VII. ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS 
ARTICULO 48. ESTÍMULOS 
La caballerosidad, el esfuerzo, el respeto, la conducta, el estudio, los logros y las buenas 
maneras del estudiante serán premiados así: 
1. Exoneración de pagos conforme a la ley. 
2. Izar el pabellón nacional por alguna actuación destacada en las izadas periódicas del 
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Página 49 
año escolar. 
3. Promoción anticipada. 
4. Integración a las delegaciones deportivas, artísticas o culturales que ocurran en el 
plantel. 
5. Distinción especial para los mejores en conducta, rendimiento, compañerismo, 
deportes, colaboración y otros aspectos de la vida escolar. 
6. Estimulo Especial al mejor puntaje en exámenes de Estado, siempre que esté por 
encima de lo establecido por el Icfes. 
7. Registros positivos en su hoja de vida. 
8. Condecoración, Gerardo Guzmán en honor al sacerdote fundador de la Institución 
Educativa. 
ARTICULO 49. CORRECTIVOS 
La Institución Educativa Anaime podrá aplicar los siguientes correctivos sin que sea 
necesario recurrir a la secuencia que se observa. 
1. Amonestación verbal. 
El desacato a las observaciones sugerencias hechas por: maestro, coordinador o 
directivo, así como el incumplimiento de los deberes establecidos en este manual. 
2. Amonestación escrita y/o registro de la conducta. 
Reconvención que se hace al estudiante, cuando ha incumplido en forma reiterada su 
compromiso en el aspecto académico y/o disciplinario. Corresponde a la coordinación 
citar al padre de familia o acudiente legal para aplicar la sanción y establecer un 
compromiso por parte del estudiante, para mejorar los aspectos deficientes. En el caso 
de las escuelas unitarias este procedimiento lo llevaran a cabo el docente o los 
docentes encargados de la misma. 
3. Rebaja en la evaluación del comportamiento. 
4. Enviar al alumno a casa para que regrese con su acudiente con el fin de tratar el 
caso. 
5. Trabajo físico y/o intelectual en la Institución Educativa.
Manual de Convivencia 
6. Reposición o arreglo de daños causados. 
7. Suspensión temporal de las actividades en el aula. Este correctivo se aplicará para 
cumplimiento dentro o fuera de la Institución. 
De uno a tres días, según la gravedad de la falta cometida, esta sanción deberá ser 
investigada y aplicada por la coordinación. Al padre de familia o acudiente legal, se le 
notificara personalmente de la suspensión y firmara junto con el estudiante un acta de 
compromiso que implique el cambio de conducta. El estudiante suspendido tendrá una 
valoración de Deficiente en las actividades que transcurran durante su suspensión. 
8. Perdida de cupo para el año siguiente. 
9. Cancelación de matrícula. 
TITULO VIII. DE LOS HORARIOS, RETARDOS, PERMISOS E 
INASISTENCIAS 
Capitulo 1. Horarios 
Articulo 50. Atendiendo la normatividad vigente, los Horarios, para la actividad academica 
son los siguientes: 
1. Pre escolar: 
2. Basica primaria: 
3. Basica secundaria 
4. Horarios de trabajo social grado undécimo: 
Capitulo 2. Retardos, inasistencias y permisos 
ARTICULO 51. Teniendo en cuenta las características geográficas de la región y los 
mecanismos usados como medio de transporte por los estudiantes que residen en otras 
veredas o en fincas apartadas, y ante las dificultades generadas en el desplazamiento, y 
solo durante los periodos de lluvias, se les reconocerá como válida la justificación de llegar 
tarde, situación que determinara el docente encargado de la disciplina, para los demás 
casos, se desarrollara el siguiente procedimiento: 
1. El estudiante que llegue después de la hora indicadaa cualquiera que fuere la actividad 
académica, deportiva, lúdica o demás, deberá presentarse ante el docente de disciplina y 
tendrá una anotación por falta leve. 
2. En casos de reincidencia se citara al acudiente para ser analizada la situación e 
implementar los correctivos necesarios, los cuales podrán llegar a una suspensión por un 
día de clase. 
ARTICULO 52. Para las ausencias a clase, se aplicara el siguiente procedimiento. 
1. Cuando el alumno no asista a clase, a su regreso debe traer excusa por escrito, firmada 
por el acudiente, con número de cédula, número de celular y la causa por la cual no 
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Página 50
Manual de Convivencia 
asistió. Esta debe presentarse al Profesor de disciplina o director de grupo, y si es por un 
timpo mayor a 2 días, el acudiente o padre deberá solicitarlo personalmente. 
2. La excusa no sirve para exonerar la inasistencia. La inasistencia se registrara de todas 
formas, la excusa aplazara evaluaciones, talleres, trabajos o demás que se realizaron el 
día de la inasistencia. Cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes 
se procederá de acuerdo al Código del Menor Art. 313 – 314 (Ver fundamentación legal 
del presente manual). 
3. Las excusas justificadas no eximirán al estudiante de las fallas para efectos de 
reprobación por inasistencia, constancias de estudio, o reporte de asistencia para familias 
en acción. 
4. Los causales considerados justos para ausentarse a las labores académicas u otras, 
son solamente aquellos correspondientes a calamidad domestica o asuntos relacionados 
con la salud del estudiante, nunca a motivos de trabajo u otros. 
5. Cuando el estudiante necesite salir antes de terminada la jornada, deberá presentar por 
escrito la solicitud del permiso plenamente justificada, o si es un asunto de último 
momento, el padre de familia deberá dirigirse personalmente o a través de una llamada 
telefónica. 
6. Cuando alguna causa impida solicitar oportunamente el permiso, el estudiante tendrá 
máximo 2 dias hábiles, para presentar la debida justificación escrita. 
7. Los casos de reincidencia continua de inasistencias a clase injustificadas, se reportaran 
a Bienestar Familiar. 
8. El porcentaje de inasistencias que reprueba académicamente al estudiante corresponde 
al 25%, según Sistema Institucional de Evaluacion del Estudiante (SIEE) aprobado por el 
Consejo Directivo, en ordenanza del Decreto 1290 de 2.009 
9. En caso de que el alumno esté representando el Colegio, el Municipio, el Departamento 
o la Nación en actividades, culturales, deportivas y otras debe solicitar la autorización para 
ausentarse, anexando el permiso de sus padres o acudientes y la solicitud hecha por la 
entidad organizadora del evento sea ésta de carácter público o privado 
TITULO IX. INSTANCIAS DE PARTICIPACION 
Articulo 53. Los padres de familia, estudiantes, docentes, incluso otras personas de la 
comunidad, podrán intervenir en los diferentes comités de participación escolar. 
CAPITULO 1. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. 
COMPLETAR 
ARTICULO 57. Los estudiantes, 
podrán participar como: 
1. Personero de los estudiantes 
2. Miembro del consejo estudiantil 
3. Representante de los estudiantes 
ante el consejo directivo. 
4. Estudiantes representantes al 
comité de convivencia del plantel. 
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  • 1. Institución Educativa “Anaime” Cajamarca Tolima I Manual de Convivencia
  • 2. Manual de Convivencia “Institución Educativa Anaime, Valores, Ciencia y Trabajo” 2 .0 1 4 CONTENIDO GENERAL TITULO I. DE LA INSTITUCION CAPITULO 1. Preámbulo CAPITULO 2. Objetivos Institucionales CAPITULO 3. Modelo Pedagógico TITULO II. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL CAPITULO 1 Presentación CAPITULO 2 Acuerdo N° 01 De (fecha del manual) TITULO III. DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO 1. De la condición y perdida de la condición de estudiante CAPITULO 2. Derechos de los estudiantes CAPITULO 3. Deberes de los estudiantes CAPITULO 4. Normas referidas al uso del uniforme TITULO IV. TIPIFICACION DE LAS FALTAS CAPITULO 1. Faltas leves CAPITULO 2. Faltas graves CAPITULO 3. Faltas muy graves TITULO V. DEL DEBIDO PROCESO CAPITULO 1. Preámbulos CAPITULO 2. Proceso Disciplinario TITULO VI. DEL CONDUCTO REGULAR TITULO VII. ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS TITULO VIII. DE LOS HORARIOS Y ASISTENCIA CAPITULO 1. Horarios CAPITULO 2. Retardos, permisos e inasistencias TITULO IX. INSTANCIAS DE PARTICIPACION CAPITULO 1. De la Organización de los Estudiantes I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 2
  • 3. Manual de Convivencia CAPITULO 2. Del Gobierno de aula CAPITULO 3. Del Gobierno Escolar TITULO X. DE LOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y ADMINISTRATIVOS CAPITULO 1. Docentes CAPITULO 2. Padres de familia CAPITULO 3. De los exalumnos CAPITULO 4. Del personal Administrativo TITULO I. DE LA INSTITUCION CAPITULO 1: PREAMBULO 1.1. Identificación RAZON SOCIAL: INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANAIME DIRECCION: Vereda las Hormas Corregimiento de Anaime Municipio de Cajamarca CODIGO DANE: 273124000943 REGISTRO EDUCATIVO: 231102 NIT: 800.004.163-2 CODIGO ICFES: 047951 MODALIDAD: Bachillerato Académico con énfasis microempresarial JORNADA: Mañana CALENDARIO: A NATURALEZA: Público CARÁCTER: Mixto I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 3
  • 4. Manual de Convivencia CREACION: Decreto 0114 de Enero 21 de 1986 RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS: Resolución de aprobación Nº 2006, Agosto 23/2.010 1.2Marco Legal La Institución Educativa Anaime es un plantel democrático y pluralista, fiel a los fines y objetivos de la educación Colombiana, señalados por los artículos 5, 13, 14, 20, 22 y 30 de la ley 115 de 1994. Igualmente la Institución se ajusta a los lineamientos legales indicados por la nación, el departamento, el municipio, la jefatura de Núcleo Educativo No 17 y los conceptos del servicio oficial de asesoría. Constitución Política de Colombia Ley 115 del 8 de febrero de 1994 Ley 715 del 21 de diciembre de 2001 Código de la infancia y la adolescencia ley 1098 de 2006 Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 Decreto 1290 de 2.009 Ley 1620 de 15 de Marzo de 2.013 Decreto 1108 de 1994 (porte, consumo y expendio de drogas psicotrópicas) Decreto 2247 de 1997 (Ed. Preescolar) Decreto ley 2277 de 1979 (estatuto docente) Decreto 1278 de 2002 Decreto 98 de 1995 (izadas de bandera y eventos cívicos) Decreto 1857 de 1994 (manejo y administración de los recursos) Ley del medio ambiente y decretos reglamentarios Ley 1153 del 31 de julio de 2007 (de pequeñas causas en materia penal) 1.3 Reseña histórica de la institución Educativa Anaime La escuela, en el comienzo, funcionó en el marco del parque de la localidad en donde actualmente funcionan: el puesto de salud y el polideportivo. Como todas las escuelas de la época, operaban independientemente la sección femenina y la sección masculina. Sobre la fecha exacta de su iniciación de labores, no se tiene una referencia precisa. Es muy importante reseñar el aporte que en un principio hizo el señor Edilberto Moscoso quien enseñaba en su casa de habitación ubicada donde hoy es el preescolar Piolín. La escuela funciona sin el nivel de educación preescolar hasta el año de 1986 cuando por medio de la resolución 517 del 15 de mayo, la secretaria de educación legaliza su creación, siendo jefe de núcleo el señor José Siervo Sanabria Rincón. En el año de 1971, según placa conmemorativa del ICCE, se da al servicio de la comunidad la sede actual con 7 aulas. El colegio nació como respuesta muy merecida a las necesidades, aspiraciones y esfuerzos de la comunidad que veía, con mucha preocupación, como año tras año los niños que culminaban su quinto año de primaria, debían ser trasladados a Cajamarca para seguir sus estudios. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 4
  • 5. Manual de Convivencia La creciente demanda del servicio y la conciencia de su necesidad, motivo a que el padre: Gerardo Guzmán, interpretando el sentir de la comunidad, como integrante de la junta de acción comunal, propusiera la creación de una institución Educativa en la localidad propuesta que fue acogida por unanimidad y que floreció a finales de 1974 cuando se decide, por parte de las Autoridades Educativas, que funcionara en Anaime un plantel satélite del colegio Ismael Perdomo de Cajamarca y que Iniciara labores a partir de 1975. El 7 de Noviembre de 1974 la mencionada junta de acción comunal compró, al señor José Miguel Gaona Duarte, el lote donde hoy funciona el colegio, por un valor de $ 80.000.oo Ochenta mil pesos, según escritura pública No 278 del circulo de Cajamarca. El satélite de Anaime, inicia sus labores el 4 de Febrero de 1975 en la biblioteca del corregimiento, con la llamada: Reunión de Fundación, en donde hicieron presencia, entre otras, las siguientes personas: Jorge Delgadillo Parra, Rector del colegio Ismael Perdomo, Reverendo Padre Gerardo Guzmán: Gestor y fundador, Eduardo Ortiz Cárdenas: secretario habilitado, Jesús Antonio Páez Carvajal: Coordinador, José Tobías Caro: Profesor, Gustavo Yara: Agente de Policía: Colaborador como profesor. El plantel se traslada a la llamada: Escuela Vieja e inicia con 45 alumnos para el grado 6º. En 1976 el colegio funciona con los grados sexto y séptimo, 81 alumnos y 3 profesores. En 1977, el plantel opera con los grados: sexto, séptimo, y octavo y 83 alumnos. En el año de 1978, funcionan los cuatro grados del bachillerato básico, 119 alumnos, 1 coordinador y 3 profesores. Se termina la primera parte de la planta física. En 1979 continúan funcionando los cuatro grados de bachillerato básico. Los alumnos deben desplazarse a Cajamarca para continuar con el nivel de Educación media, incrementando los costos para las familias y justificando la necesidad de que el plantel ofrezca ese nivel en su sede. En 1980, el colegio sigue funcionando con los anteriores cuatro grados, se adecua espacio para biblioteca, sala de material y tienda escolar. El centro docente sigue funcionando con el bachillerato básico hasta 1985. El 21 de enero de 1986, por decreto 0114, se creó el COLEGIO DE BACHILLERATO ANAIME, a partir del primero de enero, como institución independiente y como respuesta al esfuerzo y constancia de la comunidad. El 31 de octubre de 1986, por resolución Número 15965, se aprueban sus estudios de sexto a noveno. En 1987, la resolución número 019 del 2 de febrero, autoriza el funcionamiento del grado décimo y el 12 de enero de 1988, por resolución número 05, se autoriza el funcionamiento del grado undécimo, cristalizándose así la legítima aspiración de los Anaimunos. La resolución número 1898 del 14 de diciembre de 1988, aprobó los estudios en los dos niveles hasta 1990. El plantel lleva a cabo su primera promoción con 23 bachilleres. La resolución 540 del 31 de diciembre de 1991, aprueba los estudios de sexto a undécimo, hasta 1993, inclusive. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 5
  • 6. Manual de Convivencia En 1994 mediante resolución No 607 del 11 de noviembre, se aprueban estudios hasta 1997. En 1998 el plantel se dinamiza en cuanto a su desarrollo físico con la construcción de la cafetería. El 3 de diciembre de 1998, mediante resolución No 1775, se reconocen estudios de sexto a undécimo, de conformidad con lo establecido en la ley 115 de 1995. En 1999, se construye la sala de profesores con dos dependencias básicas anexas. En el año 2001 se logra un importante avance para el Colegio al conseguirse la adjudicación de un aula de nuevas tecnologías por parte del Ministerio de Educación Nacional. En el año 2002 nace la INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME como consecuencia de la fusión de la Escuela Rural Mixta Anaime y el Colegio de Bachillerato Anaime Según Resolución 0766 del 26 de julio. Mediante la resolución No. 0771 del 14 de agosto de 2.003, emanada de la Secretaría de educación del Departamento, se integraron a la Institución las escuelas de la Fonda Puente Hierro, Recreo Alto, Recreo Bajo, la Plata Montebello Las Hormas, El Ródano y la Judea SEDES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME SEDE RURAL 1. BACHILLERATO I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 6
  • 7. Manual de Convivencia SEDE RURAL 2. ESCUELA ANAIME I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 7
  • 8. Manual de Convivencia SEDE RURAL 3. LA FONDA PUENTE HIERRO I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 8
  • 9. Manual de Convivencia SEDE RURAL 5. LAS HORMAS I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 9
  • 10. Manual de Convivencia SEDE RURAL 6. EL RECREO BAJO I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 10
  • 11. Manual de Convivencia SEDE RURAL 7. LA JUDEA I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 11
  • 12. Manual de Convivencia SEDE RURAL 8. EL RODANO I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 12
  • 13. Manual de Convivencia SEDE RURAL 9. EL RECREO ALTO I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 13
  • 14. Manual de Convivencia 1.4Simbolos Institucionales 1.4.1 Himno CORO Avanzad ardoroso estudiante, Avanzas oh princesa del sol. Por caminos de ciencia y trabajo, Por senderos de paz y amor. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 14 I Este claustro que arrulla El Anaime Es fanal de cristiana labor, Es un faro que guía las almas Hacia puertos de fe y esplendor II A tu huerto afluyen con ansia Los enjambres del regio Cañón A extraer la sapiencia que guardas A libar en tu fulgida flor III Son obreras y obreros que luego Partirán con tu egregio pendón Impartiendo tu sacra consigna: Hermandad, Libertad, Comprensión IV Adelante valiente estudiante Por la vía que Cristo indicó. El camino, la verdad y la vida Sean la meta de tu gran corazón . Letra: Héctor Melo Música: Germán Camacho Serrano 1.4.2 Nuestro Escudo El color rojo representa la sangre derramada por los Indios Pijaos defendiendo este territorio. El amarillo la riqueza minera El verde el paisaje y las grandes montañas El azul representa la riqueza hídrica. 1.4.3 Bandera La bandera de nuestra institución está representada por los siguientes colores: El rojo representa la sangre derramada por los indios Pijaos Verde representa la riqueza agrícola de la región. El blanco representa la paz que se necesita en
  • 15. Manual de Convivencia I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 15 Nuestro país. 1.5 Nuestra Filosofía En la institución Educativa Anaime. Se busca construir y ofrecer una educación integral que atienda al desarrollo de todas las dimensiones de sus estudiantes, basados en procesos comunicativos sinceros y creativos que permitan potenciar todas sus capacidades intelectuales, éticas, morales, estéticas y tecnológicas, para lograr personas autónomas, responsables y honestas que busquen construir su proyecto de vida y ser capaces de transformar su realidad social. Como cada persona es única e irrepetible, la Institución busca descubrir los talentos y aptitudes de cada dicente. La Institución se enmarca dentro de una concepción bio-centrista en donde la vida del ser humano y de todo lo que nos rodea, es norma o fundamento de acción. Las acciones de la comunidad educativa en general, apuntan hacia el desarrollo y el crecimiento de la integralidad humana, concebida como inacabada pero susceptibles de mejoramiento y superación permanente. El trabajo académico y pedagógico, escrita en la convivencia de que cada uno es el protagonista o autogestor de su propio desarrollo y en consecuencia el docente, la institución, la familia y otros estamentos, son facilitadores e impulsores de ese proceso. 1.6 Lema De La Institución Institución Educativa Anaime. “Valores, Ciencia y Trabajo” VALORES: Deben ser la expresión cotidiana de nuestra comunidad educativa que reflejaran un progreso paulatino en las relaciones, cumplimientos de los deberes y proyección de nuestros educandos. CIENCIA: Es instrumento que dinamiza el proceso educativo facilitando las herramientas que propicien el desarrollo y ejecución de sus proyectos. En un equilibrio dinámico con su entorno que permita un desarrollo sostenible. TRABAJO: Es el fundamento practico y dinámico que permite la evaluación y proyección del proceso educativo hacia la comunidad; que permitirá un impacto socioeconómico para el corregimiento de Anaime y sus veredas colmando y sucintado nuevas expectativas. 1.7 Visión La INSTITUCIÒN EDUCATIVA ANAIME Hacia el año 2018, se consolidará como una institución, comprometida y coherente con la comunidad, que reflejará un mejoramiento de la calidad de vida en los ambientes físico, pedagógico y de emprendimiento que favorezca al corregimiento de Anaime, su entorno, al municipio y al país mediante la aplicación de los referentes nacionales de calidad emanados del MEN. 1.8 Misión
  • 16. Manual de Convivencia Facilitar, animar, dinamizar y asesorar a todos los niños (as) y jóvenes que ingresen a la institución, para que basados en los referentes nacionales de calidad emanados del MEN, construyan su aprendizaje y desarrollen habilidades que les permitan gestionar, ejecutar recursos y realizar actividades o programas de emprendimiento que les generen ingresos económicos y contribuyan al desarrollo de sus proyectos de vida y de la región, mediante la práctica de una sana convivencia, el respeto por la dignidad humana y el medio ambiente. 1.9Oracion Del Estudiante ¡Oh creador! Tú que eres fuente de luz, de sabiduría y principio supremos de todas las cosas. Infunde sobre mi entendimiento la luz de tu claridad Tu qué haces elocuente la lengua de los hombres, mueve también la mía e infunde en mis labios la gracia de tus bendiciones. Dadme entendimiento, facilidad y modo para aprender, sutilidad para interpretar y gracia abundante para hablar. Instrúyeme al comenzar, dirígeme al trabajar y perfecciona el fin mis obras por Jesucristo Nuestro señor. Amén. CAPITULO 2. OBJETIVOS INSTITUCIONALES 1. Construir una comunidad educativa con sentido de pertenencia institucional. 2. Formar integralmente y dentro del marco de las limitaciones, alumnos con capacidad para enfrentar la vida universitaria o desempeñarse adecuadamente en el medio. 3. Armonizar y sincronizar las relaciones entre los diferentes estamentos de la comunidad. 4. Lograr bachilleres con una concepción más humana en el contexto, capaces de enfrentar la vida con éxito. 5. Preparar a los integrantes de la comunidad educativa para la convivencia, la armonía social, la solidaridad, la justicia y su incidencia en el desarrollo local. 2.1 Principios que regulan la actividad en la institución I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 16
  • 17. Manual de Convivencia Propiciar un clima de convivencia social dentro del respeto y la democracia, que permita una identificación de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa Anaime.  Prevalencia de la calidad sobre la cantidad en todos los eventos del proceso educativo.  Prelación al desarrollo humano integral y al crecimiento personal sobre los demás componentes del currículo.  El reconocimiento del ser humano como persona portadora de un potencial que con la debida estimulación, debe lograr su desarrollo.  La apertura y el dialogo como medios para la convivencia y la participación responsable en la construcción de una verdadera comunidad educativa.  Prioridad en la relación pedagógica a la individualidad del estudiante como ser único e irrepetible.  Administración del servicio educativo de manera colegiada y participativa.  Racionalización de los recursos humanos y materiales.  Reconocimiento de la significación del error en el proceso de mejoramiento I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 17 humano. CAPITULO 3: NUESTRO MODELO PEDAGÓGICO La Institución Educativa Anaime centrará su quehacer pedagógico en un modelo constructivista apoyado en lo pragmático, lo lúdico y la sana convivencia para formar personas integras y competentes. El educando será el autogestor o constructor de su propia formación y la Institución a través de sus docentes, directivos y medios será facilitador, animador, dinamizador y asesor del proceso. El docente, tanto en el aula como a través de su vivencia cotidiana creará las condiciones para que el estudiante gestione su aprendizaje. La acción educativa irá acompañada de actividades prácticas, habituales y lúdicas que motiven al estudiante, como por ejemplo: Desarrollo de guías de trabajo, uso de juegos,
  • 18. Manual de Convivencia trabajo en grupo, desarrollo de talleres, creación del proyecto de vida y búsqueda de aplicaciones de conceptos. La autogestión del aprendizaje deberá reflejarse en un crecimiento personal e integral del estudiante. La concientización del educando sobre el sentido que tiene el proceso pedagógico en torno a APRENDER A APRENDER es decir Qué aprender, Cómo aprender, Porqué aprender y Para qué aprender. Lo anterior significa que antes de intentar aprender: Matemáticas, Sociales, Filosofía y otras áreas, es necesario: APRENDER A APRENDERLAS. Los anteriores conceptos se identifican con lo establecido por el artículo 91 de la ley 115 de 1994, el cual dice: “El alumno es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral…” 3.1 Metodología Es de resaltar que nuestra institución cuenta con niveles educativos desde preescolar hasta la media, lo cual genera la necesidad de utilizar diferentes metodologías de enseñanza entre las que se destaca la activa, el socio constructivismo, inductivo deductivo con el fin de satisfacer las necesidades de cada uno de los niveles y la metodología dispuesta por el gobierno para determinados proyectos educativos (CIDEP-ESCUELA NUEVA Y ESCUELA TRADICIONAL).  Se desarrollarán los temas en forma participativa hasta alcanzar los logros propuestos.  Aplicación del método científico en el proceso de conocimiento en la modalidad, deductivo, inductivo, mixta en los temas a tratar.  Crear el hábito a la lectura como fundamento indispensable en todo el proceso de conocimiento.  Hacer de la evaluación un medio de autocrítica que examine al estudiante en el mejoramiento de los valores permitiendo el crecer el interés por su propia superación en el saber y saber hacer.  La metodología activa es donde el estudiante puede desarrollar sus habilidades y destrezas y su aspecto cognoscitivo y social. TITULO II. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 18
  • 19. Manual de Convivencia CAPITULO 1. PRESENTACIÓN El presente Manual de Convivencia fue elaborado con la participación de los diferentes estamentos de la comunidad; para su construcción se reunieron los grupos representativos del colegio, como fueron, la asamblea de profesores y el Consejo de padres; el aporte de los alumnos se hizo mediante las clases de orientación en las cuales se estudió y analizó el manual, todo ello con el objeto de que los agentes involucrados, a partir de procesos de concertación y diálogo, hagan uso acorde a los principios de igualdad, ecuanimidad, justicia y tolerancia que respondan al proceso de formación, en el cual todos los miembros de la comunidad educativa están involucrados. Vale la pena recordar que los derechos son valores de convivencia cuyo fundamento es la dignidad humana. Implican el reconocimiento de unas condiciones mínimas que deben ser garantizadas a todas las personas. Los deberes por su parte, son los comportamientos exigidos por la sociedad, en su conjunto, a los individuos para posibilitar el desarrollo de la dignidad humana. La definición de los conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa y los procedimientos que permitan conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, posibilitan el no tener que recurrir a la violencia en forma alguna, puesto que uno de los compromisos más importantes de cualquier ser humano, es propender por el logro y mantenimiento de la paz. En conclusión, el Manual de Convivencia es el conjunto de valores, principios, derechos y deberes que iluminan y regulan el comportamiento de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Deberá ser ampliamente conocido y difundido a toda la comunidad educativa de Anaime, al iniciar el año lectivo. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 19 1.1 Objetivos
  • 20. Manual de Convivencia Cumpliendo con lo dispuesto en la ley general articulo 73 y 87 reglamentado por el artículo 7 del decreto 1860, que establece el manual de convivencia, como parte integrante del funcionamiento de la institución con los siguientes objetivos:  Ajustar la vida del centro educativo al nuevo orden social, jurídico y cultural consagrado en la constitución política, en el código del menor, en los artículos 73 y 87 de la ley general de educación y en el artículo 7 del decreto 1860.  Proveer a la comunidad educativa de un medio que le permita conocer las normas de convivencia de la gran familia del centro educativo  Dar a conocer los derechos, deberes, estímulos y correctivos que tiene la comunidad educativa.  Propiciar un espacio de reflexión para la convivencia feliz y la participación de todos los estamentos básicos de la comunidad del centro educativo.  Cultivar en los estudiantes los valores éticos y morales que permitan el respeto por si mismo y por los demás y desarrollar la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus deberes y derechos.  Formar en el respeto a la vida, los derechos humanos, la paz y los principios democráticos de igualdad, justicia, solidaridad y equidad, el ejercicio de la libertad y la tolerancia es fundamental para la convivencia en el centro.  Facilitar la participación de la comunidad educativa en los entes educativos ordenados por la ley.  Educar en el respeto a la autoridad legítimamente constituida, en el respeto por la cultura nacional, por nuestra historia y por los símbolos patrios.  Valorar, respetar y preservar el medio ambiente y los recursos naturales. Proteger los bienes y el patrimonio histórico, cultural y ecológico del centro.  Orientar una formación integral de los estudiantes, que les permita proyectarse positivamente hacia el futuro.  Señalar las funciones, derechos, deberes y límites de autoridad que corresponden a los diferentes estamentos y unidades de mando.  Estamos comprometidos con la mejora continua del sistema de gestión de calidad que permita incrementar el nivel de satisfacción de nuestros jóvenes. 1.2 Justificacion: I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 20
  • 21. Manual de Convivencia El presente Manual de Convivencia, está enmarcado en lo dispuesto por la Constitución Colombiana, el Código del Menor (Decreto 2737 de 1980) Los Derechos del Niño (Artículo 44 de la Constitución Política Nacional), La ley 1620 de 2.013, El Proyecto Educativo de la Institución Educativa Anaime, la Ley General de Educación y sus respectivos decretos y reglamentos. Así se definen los criterios previamente acordados en forma democrática y participativa por los diferentes miembros de la comunidad educativa, sobre comportamientos, disciplina, conductas, derechos, deberes, estímulos, correctivos pedagógicos, intereses, necesidades, funciones de los alumnos, del grupo y padres de familia, en bien de la convivencia escolar y con el fin de clarificar la operatividad y el proceso formativo de la Institución Educativa Anaime. En la Constitución Nacional se destacan los artículos que aportan elementos para una sana convivencia y formación democrática. Artículo 1: Las normas colombianas se fundamentan en el respeto por la dignidad humana, en eltrabajo y la solidaridad de las personas. Artículo 2: El estado debe asegurar la convivencia pacífica y la vivencia de un orden justo. Artículo 13: Igualdad de derecho de las personas ante la Ley Artículo 16: Libre desarrollo al desarrollo de la personalidad. Artículo 27: Libertad de enseñanza Artículo 41: Fomentar las prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana Artículo 44: Son derechos fundamentales de los niños la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión. Artículo 67: La educación como derecho de todo individuo cuya función es rescatar los valores como la paz, la democracia, relación y cultura. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 21
  • 22. Manual de Convivencia Ley de infancia y adolescencia SUPRIMIR TODO LO REFERENTE AL CODIGO DEL MENOR Código del Menor: Transcribimos también el decreto 2737 de 1989 conocido como el código del menor aquellos artículos que son significativos para la convivencia social y la defensa de los derechos humanos. Artículo 311: Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para la formación integral. Artículo 314: Para el cumplimiento del artículo anterior el rector del establecimiento educativo citará a los padres del menor cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes. Artículo 317: Los directivos de centros educativos organizarán programas institucionales de asesoría Psicológica, recreativa y cultural, así como deportiva. Artículo 319: Los directivos no podrán imponer sanciones que afecten la dignidad del educando. La expulsión sólo podrá ser impuesta con fundamento en una causal previamente establecida en el Manual de Convivencia y con la autorización de padres de familia. Ley General de Educación: estamos convencidos de que con la Ley General de Educación, Ley 115 se inicia un camino nuevo en el proceso educativo, la complementarán la Ley 715 y su Decreto 0230. Artículo 5: Apoyada en la Constitución I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 22
  • 23. Manual de Convivencia artículo 67, presenta con claridad los trece fines de la educación centrados en el desarrollo pleno del estudiante como un proceso de formación integral donde se ha de aprender primero a respetar, valorar, cuidar y defender la vida, creer en la participación democrática, conservación y cuidado del medio ambiente, la adquisición de conciencia crítica con la formación de una conciencia racional donde la práctica de la solidaridad defensa y valoración de la cultura aportan a la formación integral de se hablaba antes. Artículo 6: Este artículo se apoya en el artículo 63 de la Constitución Nacional y presenta con claridad la identidad de la Comunidad Educativa y su tarea y responsabilidad en la buena marcha de la institución educativa. Artículo 7: Presenta el rol definitivo de la familia en la tarea educativa como la primera responsable de la educación de los hijos en directa colaboración con la institución en la formación integral. Por esto la familia a de empeñarse con la institución educativa en la continuidad y conservación del medio ambiente educativo en el hogar. Artículo 24: Garantizar el derecho a recibir educación religiosa, presenta también la libertad de cultos, el derecho de los padres de familia a escoger el tipo de educación para sus hijos. Artículo 25: Habla de la necesidad de promover en la institución la formación ética y moral a través del currículo. Artículo 91: Presenta al educando como el centro de todo el proceso educativo, y la necesidad de su participación activa en la formación integral que recibe. Artículo 92: Hace expresa la forma como se ha de llevar concretamente el proceso formativo del educando, para que no solo reciba formación intelectual sino que sea crítico, participativo y comprometido con su propia formación. Artículo 95: Habla sobre la validez de la matrícula como acta de vinculación del educando con determinada institución educativa. Artículo 96: Habla sobre las condiciones de permanencia en el establecimiento educativo, aspecto éste, que ha de ser considerado en el Manual de convivencia. Artículo 97: Presenta la obligatoriedad del servicio social del estudiante. Con este marco legal el estudiante aprende a relacionarse y ajustarse racionalmente las normas, porque descubre en ellos pautas valederas para una acción cada vez más humanas. Ley General de Educación: Artículo 101: Premio al rendimiento escolar, los estudiantes de las instituciones educativas estatales que obtengan en cada grado los primeros lugares en rendimiento I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 23
  • 24. Manual de Convivencia académico, serán exonerados del pago de matrículas y pensiones correspondientes al siguiente grado. Artículo 192: Incentivos de capacitación y profesionalización. La nación y las entidades territoriales podrán crear incentivos de capacitación, docentes, cuyas instituciones y educandos se destaquen en los procesos evaluativos que se convoquen para el efecto. Artículo 142: Conformación del gobierno escolar: cada establecimiento educativo del Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. El presente manual incluye todo lo establecido por la ley 1620 y su decereto reglamentario No. 1965 del 11 de septiembre d 2013. Ley 1620 del 15 de marzo de 2013: Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar . Articulo 143: Conformación del comité de convivencia escolar será asì:  El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité,  El personero estudiantil,  El docente con función de orientación  El presidente del consejo de padres de familia  El presidente del consejo de estudiantes,  Un docente que lidere procesos de convivencia escolar. Funciones del comité de convivencia: Desarrollar acciones para la promoción y fortalecimiento, a partir de las estrategias y programas trazados por los comités Nacional, municipal y departamental de convivencia escolar. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 24
  • 25. Manual de Convivencia 1.3 Sentencias Y Fallos De La Corte La Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias. Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres. Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases, descansos, salidas pedagógicas, y las diferentes actividades realizadas en la institución; igualmente el estudiante deberá conservar el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. Igualmente se pronunció frente a los siguientes aspectos: Evaluación y Promoción en la Ley General de Educación (Artículo 96.) Permite la reprobación de estudiantes, sin restricción; por lo tanto puede darse en todos los grados. Permite la exclusión de la institución por bajo rendimiento y por mala disciplina bajo el cumplimiento de dos condiciones: que dicha sanción esté contemplada en el Manual de Convivencia y que se lleve el debido proceso. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 25
  • 26. Manual de Convivencia La promoción y el derecho a la Educación: No se vulnera el derecho a la Educación por pérdida del año (098 3-III-94). No se vulnera el derecho a la Educación por sanciones al mal rendimiento (596-7-XII-94). No se vulnera el derecho a la Educación por normas de rendimiento y disciplina (316-12- VII-94). No se vulnera el derecho a la Educación por la exigencia al buen rendimiento (439-12-X- 94). No se vulnera el derecho a la Educación por expulsión debido al mal rendimiento o faltas de disciplina (439-2-X-94). El derecho a la Educación lo viola el estudiante que no estudia porque viola el derecho de los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la institución (Ejemplo: cuando un alumno comete un delito). Doctrina Constitucional sobre el derecho a la Educación: El derecho a la Educación no es absoluto, es derecho- deber. (Tiene que cumplir con el Manual de Convivencia) El derecho–deber exige, en todos, deberes. El derecho-deber exige a los estudiantes un buen rendimiento académico. Todos los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden. El derecho a los demás limita el derecho propio a la educación y al libre desarrollo de la personalidad. El derecho a la Educación permite sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento académico, hasta la exclusión. El bajo rendimiento vulnera el derecho a la Educación de los estudiantes que rinden y aprovechan eltiempo. CAPITULO 2. ACUERDO N° 00000 FECHA DEL MANUAL I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 26
  • 27. Manual de Convivencia POR EL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATICA ANAIME DEL MUNICIPIO DE CAJAMARCA TOLIMA. El consejo directivo del LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, municipio de Cajamarca Tolima, en uso de sus facultades legales y Considerando: Que el artículo 87 de la Ley General de Educación, establece que, las Instituciones Educativas deben tener un Manual de Convivencia que contemplen los derechos y deberes de los miembros de la Comunidad Educativa……. Que el PEI, Proyecto Educativo Institucional de LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, municipio de Cajamarca, contempla las bases sobre las cuales se desarrollará el Manual de Convivencia para la institución, y Que para cumplir con la misión y la visión deLA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, municipio de Cajamarca es fundamental regular las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa, (Artículo 17 del Decreto 1860/94), ACUERDA: ARTICULO 1: Aprobar, adoptar, sancionar y promulgar el presente manual de convivencia con el fin de garantizar a todos los miembros de la comunidad educativa LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, el respeto de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, de acuerdo con la Constitución Política de Colombia y la Ley, para brindar un espacio propicio para el ejercicio de la democracia participativa, la justicia, la igualdad, la socialización, la adquisición y la construcción de conocimientos, la libertad, la paz y en general el logro de sus objetivos educativos. PARAGRAFO 1. El Manual de Convivencia hace parte del Proyecto Educativo Institucional (PEI.) TITULO III. DE LOS ESTUDIANTES CAPITULO 1. DE LA CONDICIÓN Y PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE ESTUDIANTE I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 27
  • 28. Manual de Convivencia ARTICULO 2. Son estudiantes de la Institución Educativa Anaime quienes se matriculen de acuerdo con las normas internas y del estado, y deberá evidenciar, entre otros, los siguientes comportamientos:  Ser una persona autónoma y responsable de sus actos.  Controvertir con altura, tanto con sus compañeros como con sus profesores y demás integrantes de la comunidad.  Asumir posiciones y sustentarlas.  Asumir que los derechos de las personas no son absolutos, que suponen el cumplimiento de deberes para que haya equilibrio social.  Evidenciar respeto por su propia persona y por la de los demás, por su espacio y por su diferencia.  Ser un individuo capaz de hacer el bien y evitar el mal.  Ser alguien deseable y útil para la sociedad.  Ser un estudiante conocedor de la realidad con capacidad en la solución de los I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 28 problemas.  Ser un estudiante predispuesto a la formación permanente a la apropiación de los avances científicos del momento.  Cuidar el entorno conservando la belleza orden y aseo del lugar donde se encuentre.  Practicar los valores necesarios en su actuar, y de manera especial los valores de la institución. ARTICULO 3.Para adquirir la condición de estudiante LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, municipio de Cajamarca es necesario: a) Conocer y aceptar, por si mismos y por sus padres, acudiente o representante legal el manual de convivencia. b) Haber sido oficialmente admitidos en el establecimiento educativo mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, Las secretarías de educación Departamental y Municipal. c) Una vez el estudiante haya cumplido con los anteriores requisitos, se registrara oficialmente en la plataforma sistematizada SIMAT, por internet. ARTICULO 4. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 42 de la ley 1098 de 2006 cuyo numeral primero estipula que está dentro de las obligaciones especiales de las instituciones educativas el facilitar el acceso de los niños, las niñas y los adolecentes al sistema educativo y garantizar su permanencia; el ingreso de los estudiantes y la continuación en el servicio educativo. PARAGRAFO En casos excepcionales la institución podrá permitir la asistencia a algunos aspirantes a dicente, con carácter muy temporal mientras llenan requisitos legales. Ellos deberán cumplir las mismas normas de los estudiantes matriculados. ARTICULO 5. MATRÍCULAS La matricula es el contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes por el termino de un año escolar, lo cual indica que terminado este periodo tanto la institución como el padre de familia quedara en
  • 29. Manual de Convivencia libertad de renovar el contrato para el año siguiente. En caso de incumplimiento de los compromisos que se pactan en este, se podrá dar por terminado por cualquiera de las partes. ARTICULO 6. PROCESO DE RENOVACIÓN DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS Presentarse personalmente con los padres de familia o acudientes en la fecha indicada, cumplir con el pago de los derechos académicos establecidos y entregar los documentos requeridos por la secretaria de la institución para diligenciar el respectivo formulario. Para renovar matricula se requiere:  Boletín del último periodo escolar  Dos fotos recientes  Carné del Sisbén actualizado I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 29  Paz y salvo ARTICULO 7. PROCESO DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES NUEVOS Se procede de la misma forma que con los estudiantes antiguos y anexando la siguiente documentación:  Registro civil original.  Fotocopia del documento de identidad (tarjeta de identidad o cédula), o constancia de trámite cuando sea necesario.  Certificación del grado anterior y/o constancia cuando sea pertinente.  Fotocopia de los documentos de identidad de los padres o acudientes  Dos fotos recientes  Carné del Sisbén actualizado, (si tiene)  Pago de costos educativos. ARTICULO 8. CANCELACION DE LA MATRICULA Se cancelara la matricula en cualquiera de los siguientes casos: ARTICULO9.Se perderá la condición de estudiante DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME: a) si cursa y aprueba el último grado de bachillerato, caso en el cual pasara a llamarse: Exalumno Egresado. b) por la exclusión del alumno, una vez agotadas las instancias legales mencionadas en el presente manual para la aplicación de sanciones, previa cancelación de la matricula por la comisión de convivencia
  • 30. Manual de Convivencia c) cuando no se formalice la renovación de la matricula dentro de los plazos fijados por la Secretaria de educación y en pleno, los requisitos previstos por la Institución Educativa Anaime, d) Por retiro voluntario de su acudiente o padre de familia. e) Cuando el estudiante ha superado el 25 % de la inasistencia permitida por la ley con o sin excusa. CAPITULO 2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ARTICULO 10. Los estudiantes de la I.E .Anaime, tienen derecho a: 1. Los derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la recreación y la libre expresión de opinión. 2 Al respeto por su dignidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas, sin que el proselitismo perjudique el bien común. 3. A recibir copia del presente manual de convivencia 4. A una formación integral en valores con el sentido del bien común. 5. A ser atendidos con amabilidad de acuerdo con su dignidad de seres humanos, cuando formulen sugerencias, reclamos justos y respetuosos con la finalidad de mejorar su proceso de formación o para buscar la solución de conflictos personales, grupales o institucionales (título preliminar Cap. II, Art. 8-1 y 16 del código del menor). 6. A participar directamente o a través de representantes elegidos democráticamente en los diferentes organismos colegiales, en la planeación, realización y evaluación del proceso educativo y a elegir y ser elegido para dichos organismos. 7. A la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, siempre y cuando no atente contra los demás ni entorpezca la buena marcha del plantel (Art. 20 C. N. C. ). 8. A la libre asociación para formar el Consejo Estudiantil. 9. A que los educadores sean equilibrados y justos, respeten el ritmo personal de aprendizaje y la individualidad, fijen pautas de trabajo claro, las comuniquen oportunamente, las cumplan y las hagan cumplir; a que no empleen la amenaza, ni trato que implique de alguna manera afectar los derechos fundamentales. 10. A solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del aula o plantel, cuando existan causas justificadas (por calamidad familiar o enfermedad) presentadas por el acudiente y siguiendo el conducto regular. 11. A recibir por primera vez el carné estudiantil que le permite identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel (el carné será cambiado o renovado según reglamentación). 12. A conocer el Manual de Convivencia, la Hoja de Vida, el Observador y su evaluación oportunamente. 13. A solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre aspectos relacionados con su formación integral. 14. A disfrutar de los descansos, deportes y actividades recreativas, programadas en los lugares y tiempos disponibles para ello. 15. A participar en la construcción de los procesos que lo lleven a la apropiación de conocimientos científicos, tecnológicos, culturales, literarios, recreativos y deportivos. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 30
  • 31. Manual de Convivencia 16. A conocer oportunamente los planes de cada asignatura, los logros y los indicadores de logros de cada unidad y a una programación dosificada de talleres, trabajos, actividades y evaluaciones. 17. A conocer el resultado y correcciones u observaciones de su proceso de evaluación en un término entre 8 y máximo 15 días calendario, contados desde la fecha de su presentación. 18. A recibir formación cristiana, artística, física y cultural acorde a la filosofía de nuestra I.E. Anaime, al plan de estudio y a las exigencias curriculares establecidas por el M. E. N. y el PEI. 19. A ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes, e igualmente conocer los resultados de todo el proceso evaluativo. 20. A solicitar y obtener constancia y certificado de estudio de acuerdo con las normas fijadas por la Institución y el M. E. N. 21. A obtener el título ofrecido y concedido por la Institución al cumplir los requisitos exigidos por la legislación vigente. 22. A solicitar oportunamente y con el debido respeto, la corrección de notas erróneas. 23. El cumplimiento de los deberes concernientes al cuidado del medio ambiente unido al respeto por la salud y el cuidado propio y ajeno permitirán disfrutar de un ambiente sano, limpio y organizado. 24. Los alumnos tienen derecho a disfrutar de espacios sanitarios limpios, y adecuados, con aguas limpias y potables, asi como a un ambiente sano, y armónico que contribuya a un adecuado proceso psicosocial. 25. A utilizar adecuada y responsablemente los recursos y servicios que ofrezca la institución, (refrigerio, restaurante, cooperativa escolar, etc.) de acuerdo con la organización estipulada. 26. A disfrutar de todos los servicios de bienestar institucional, cumpliendo las exigencias que existan en cada caso. 27. A obtener calidad acorde con los parámetros de costo- beneficio en los servicios extra que presta la Institución como son el transporte escolar (como subsidio del gobierno) y otros que pudieran ofrecerse en un futuro. 28. A recibir al iniciar el año un pupitre en óptimas condiciones que le permita desarrollar su actividad en clase de manera cómoda. 29. A concertar la metodología y criterios de evaluación de cada asignatura para los diferentes períodos del año escolar. 30. A ser atendido oportunamente en sus solicitudes de certificados, constancias de estudio, paz y salvos o demás documentos, dentro de los horarios establecidos para este fin. 31. A recibir orientación psicológica en el transcurso de su permanencia en el colegio, atendiendo la reglamentación interna, ya sea a través de asesoría del ICBF o Alcaldía Municipal. 32. A representar a la institución en eventos deportivos, culturales o sociales y a recibir apoyo de la institución para ello. CAPITULO 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: ARTICULO11. El estudiante de la I.E. Anaime, se compromete con la institución a: I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 31
  • 32. Manual de Convivencia 1. Ser leal y tener sentido de pertenecía con la institución. 2. Concurrir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución, debidamente uniformado y a comportarse de manera decorosa. 3. Portar con elegancia y respeto el uniforme de la institución según los horarios establecidos por la misma. 4. Practicar las más elementales normas de vida en comunidad: Aseo, disciplina, presentación personal, respeto por sí mismo, por los demás y los bienes ajenos 5. Cuidar de los enseres del colegio o cualquier otro que pongan a mi disposición y si los daños los arreglaré o responderé. 6. Atender las señales para entrar, salir o cambiar de actividad y no contaminar de manera visual, auditiva, con basura u otra forma, el medio ambiente. Repararé los daños que cause en este sentido. 7. colaboraré en todo lo que sea constructivo para mi colegio y aportare ideas para el mejoramiento permanente. 8. Asumiré responsablemente las consecuencias de mis actuaciones. 9. Respetare el conducto regular para el análisis y tratamiento de los problemas y situaciones de orden disciplinario. 10. Daré prioridad a mi estudio y a los compromisos con la institución. 11. Respetare los símbolos de mi país a través de mi actitud en los actos cívicos y patrios. 12. Seré respetuoso de la autoridad educativa. 13. Actuare con justicia y honestidad en la comunidad educativa. 14. Justificaré mis ausencias al plantel o a sus actividades. 15. Pondré en conocimiento de directivos y/o docentes cualquier actividad que atente contra integridad y la moral de los principios básicos de la institución. CAPITULO 4. NORMAS REFERIDAS AL USO DEL UNIFORME I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 32
  • 33. Manual de Convivencia ARTICULO12. El uniforme constituye un distintivo institucional, unifica y establece las mismas condiciones para todos los estudiantes, constituye la imagen propia del plantel dentro y fuera de las instalaciones educativas, de allí, la responsabilidad de su porte, cuidado y manejo. Su buen uso y una adecuada presentación personal influyen decididamente en la evaluación del comportamiento. La institución educativa adoptará los uniformes que los estudiantes deben portar, respetando los parámetros establecidos en el Código de la Infancia y la Adolescencia y respetando el libre desarrollo de la personalidad de la comunidad estudiantil; pero a su vez ellos (as) estarán obligados a llevarlo con elegancia, decoro y buena presentación personal. a) Para las niñas: falda escocesa con tonalidad blanco, azul y rojo, con cuatro prenses chatos en la parte delantera y cuatro prenses en la parte trasera, cremallera al lado izquierdo y a la mitad de la rodilla; camibuso blanco manga corta, con el escudo de la institución al lado izquierdo; chaqueta azul de nylon o algodón, de cierre, con bolsillos discretos; zapatos negros lustrados permanentemente, con cordones del mismo color o zapato hebilla estilo Mafalda; medias completamente blancas a la rodilla. b)Para los caballeros: pantalón azul oscuro según modelo, camibuso blanco manga corta, con el escudo de la institución al lado izquierdo; chaqueta azul de nylon o algodón, de cierre, con bolsillos discretos; zapatos negros de cuero lustrados permanentemente, con cordones del mismo color o zapato mocasín; medias azul oscuro. c) Está conformado por sudadera pantalón vinotinto con franja amarilla, bolsillos discretos, en material nylon o semipermeable; camiseta blanca estilo lacos de cuello en V, con el escudo de la institución bordado al lado izquierdo; medias y tenis completamente blancos. La camiseta debe permanecer siempre dentro del pantalón o sudadera. d) Los alumnos deberán conservar una excelente presentación, en donde prime el aseo y la organización, evitando modas extravagantes y tinturas de colores diferentes a los tonos naturales. ARTICULO 13. USO DE ACCESORIOS Los niños y jóvenes, varones, deben asistir a la institución con cabello corto, sin presentaciones extravagantes, usar corte de cabello clásico con peinados acordes con el uniforme, no tinturar el cabello de colores exagerados y en caso de raparse, no usar ningún tipo de figuras, letras o símbolos. Abstenerse de usar aretes. Las damas deben evitar adornos extravagantes que redunden con la buena presentación del uniforme. Pueden portar aretes discretos y pequeños; moños o bambas que combinen con los colores del uniforme y evitar cortes de cabello y tinturas estrambóticas. Por motivos de presentación, salud y de autoestima las damas y los caballeros deben abstenerse del uso de piercings. ARTICULO 14. CUIDADOS DE LOS BIENES Y ENSERES La convivencia ciudadana permite forjar acuerdos de beneficio mutuo convertidos en oportunidades para el crecimiento, sin vulnerar las necesidades de las otras personas por I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 33
  • 34. Manual de Convivencia tanto los espacios físicos y pertenencias de la institución son de obligatorio cuidado por todos. Obligaciones:  Los estudiantes se deben comprometer a hacer buen uso del pupitre asignado y a fin de año, o al retirarse, entregarlo en perfectas condiciones.  Los salones deben permanecer limpios y organizado, las paredes libres de rayones al igual que los accesorios que acompañan cada aula.  Los padres o acudientes deben responder por los daños que los estudiantes causen a la planta física o a los muebles, enseres, libros, elementos tecnológicos o de laboratorio, así como de cualquier elemento que se confíe al estudiante y que por su uso irresponsable se vea afectado.  Las unidades sanitarias deben permanecer en excelentes condiciones de asepsia y en buen estado. TITULO IV. TIPIFICACION DE LAS SITUACIONES La ley 1620 y el decreto reglamentario 1965 plantea tres tipos de situaciones: CAPÍTULO 1. Situación tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud física o mental (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). ARTICULO 18. Se consideran situaciones de Tipo I: 1. Llegar tarde a la institución, a clase o a eventos pedagógicos programados. 2. Perder tiempo y hacerlo perder a sus compañeros, entorpeciendo el normal desarrollo de las clases y demás actividades curriculares. 3. La permanencia de alumnos en las aulas de clase sin autorización, antes de iniciar la jornada y en los descansos. 4. Participar en juegos bruscos y malintencionados. 5. Permanecer en sitios no autorizados. 8. El desacato a observaciones dadas. 9. Masticar chicle, consumir bebidas o alimentos en clase, en formación o en espacios académicos, religiosos, cívicos, y otros que merezcan respeto y compostura. 10. Llamar por el sobrenombre a un compañero 11. Arrojar basuras, desperdicios al piso. 12. No ser acudido por el padre de familia o acudiente a una citación. 13. Portar cadenas, aretes, manillas o cualquier otra joya de alto valor. 14. No traer al colegio los materiales necesarios para las prcticas pedagógicas programadas. 15. Permanecer fuera del aula sin autorización en momentos de cambio de clase. 16. Llevar a cabo apuestas, juegos de azar o similares 17. La venta de rifas, alimentos, frutas, o cualquier producto o articulo no autorizado, dentro de la institución I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 34
  • 35. Manual de Convivencia 18. Irrespeto a las insignias patrias o del colegio. 19. adoptar una actitud hostil y grosera realizando gestos o mímicas irrespetuosas 20. Evidenciar desaseo o falta de higiene personal. 21. Presentarse con el uniforme sucio, rasgado, incompleto, con adornos o parches que no correspondan. 22. Indisciplina en la clase o cualquier evento programado. 23. No portar de manera visible e carnet estudiantil. 24. El uso de maquillaje, aretes extravagantes, pircings, uñas de colores extravagantes, y cualquier accesorio que desentone con la buena presentación y porte del uniforme. 25. Demostrar irresponsabilidad con los materiales confiados. 26. Faltar a clases injustificadamente. 27. Otras que atenten en contra de algún miembro de la comunidad, o de la institución, y que afecten en menor proporción. CAPITULO 2. SITUACIONES TIPO II ARTICULO 19. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no presenten revista las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud (física o mental) sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). ARTICULO 20. Se consideran Situaciones de tipo II las siguientes: 1. Numerosas inasistencias a clase sin causa justificada. 2. La evasión del establecimiento. 3. Entrar o salir de la institución por sitios no autorizados. 4. Irrespeto verbal o físico a cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Las excesivas caricias y demostraciones de amor a compañeros producto de la amistad o el noviazgo. 6. Dañar y hacer mal uso de los implementos escolares proporcionados por la institución incluyendo los de sus compañeros, docentes o de los libros de la biblioteca. 7. Reiteración en la comisión de la misma falta leve. 8. Rayar pupitres y paredes de la institución educativa. 9. Realizar cualquier tipo de intimidación o extorsión a compañeros o personal de la institución educativa. 10. Asumir juegos que impliquen morbosidad, contactos físicos intencionales y demás acciones enmarcadas en el irrespeto al otro género. 11. Utilizar palabras soeces en el saludo a compañeros y compañeras dentro y fuera de la institución educativa. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 35
  • 36. Manual de Convivencia 12. Utilizar el uniforme de la institución (diario o de educación física) en horarios no I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 36 habituales. 13. Dejar de asistir a la institución educativa y, portando el uniforme, realizar otras actividades que no correspondan a la respectiva jornada de estudio. 14. Utilizar celular, ipods o cualquier otro tipo de equipo tecnológico que perturbe el normal desarrollo de las clases. 15. Participar o motivar los juegos de azar (naipes, apuestas). 16. Portar y/o difundir material pornográfico o esotérico. 17. Crear falsas alarmas tendientes a conseguir el pánico colectivo, tales como: estallar fulminantes, mechas, provocar quemas de basura dentro o fuera del aula, enrarecer el ambiente con sustancias de olor desagradable. 18. El consumo de licor o cigarrillo o sustancias psicoactivas dentro y fuera de la institución, portando el uniforme. 19. Fraudes académicos en evaluaciones, trabajos, copia de información, suplantación de personas en firmas, exámenes, alteración de notas, etc. 20. El uso de apodos y vocabulario soez con cualquier miembro de la comunidad educativa. 21. Violentar ventanas, techos, puertas, candados o cerraduras. 22. Impedir el desarrollo de las actividades atreves de conductas indecentes o irrespetuosas. 23. Prestar el carnet o el uniforme a personas ajenas a la institución para beneficiarse de algún servicio. 24. Ejecutar acciones que contaminen el ambiente a nivel olfativo, auditivo, o visual. 25. Denigrar, mancillar, ofender, deshonrar a cualquier miembro de la comunidad a través de pasquines, grafitis, dibujos, letreros, mensajes o cualquier medio difamando su buen nombre y su dignidad. 26. Utilizar equipos y materiales de la institución de manera irresponsable o sin autorización. 27. Encubrir a alguien en una falta de gravedad. 28. Entrevistarse con persona ajena a la institución en horario académico sin autorización. 29. No entregar notas, citaciones e informes escritos a su acudiente o padre de familia. 30. Desacatar órdenes u observaciones, adoptando una conducta ofensiva. 31. Utilizar el nombre de la institución, de un docente u otra persona, sin ninguna autorización. 32. Portar, vender o consumir cigarrillos, dentro de la institución o mientras use el uniforme. 33. Asistir a cualquier evento institucional en manifiesto estado de alicoramiento. 34. Tratar de forma soez a cualquier miembro de la comunidad. 35. Realizar demostraciones afectivas indecorosas entre estudiante-estudiante y/o estudiante-docente dentro del plantel o mientras se use el uniforme. 36. Inducir o Participar o en peleas, dentro o fuera del plantel. 37. Usar el servicio de internet para fines de ocio, pornográficos, violentos, de acoso escolar (bullying o intimidación escolar), esotéricos, chat, música, videos, paginas sociales y otros no educativos.
  • 37. Manual de Convivencia En algunos casos, como el navegar paginas sociales o música, el docente encargado supervisara o autorizara al alumno 32. Inducir a las prácticas esotéricas, de magia negra, blanca o eventos similares. 33. Usar el servidor del equipo de sistema. 34. Llevar a cabo conductas que atenten en contra de su propia integridad física, la de un compañero, docente, persona de la comunidad y el buen nombre del establecimiento dentro o fuera del plantel 35. Otras que vayan en contra del proceso de formación y afecten física o moralmente en mediana proporción. CAPITULO 3. SITUACIONES TIPO III ARTICULO 21. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). ARTICULO 22. Se consideran situaciones de Tipo III: 1. La reincidencia en cualquiera de las faltas graves. 2. Adulterar evaluaciones, registros académicos, u otro documento con la intención de cometer fraude, robo, y/o la mutilación de documentos como observadores, actas de calificaciones, hojas de vida y documentos relacionados con el colegio. 3. Encontrarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas. 4. Portar armas de cualquier tipo, o usarlas en contra de cualquier persona. 5. La organización de grupos o pandillas para expender drogas, intimidar, extorsionar, robar, agredir a cualquier persona. 6. Quemar bienes, destruir, tumbar muros, puertas, muebles, sillas, baños o cualquier inmueble que corresponda a la planta física de la institución o de otra a la cual tenga acceso. 7. El robo de objetos, materiales del plantel educativo, de cualquier miembro de la comunidad educativa u otras instituciones que visite temporalmente en visitas o integraciones interinstitucionales. 8. Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad. 9. Usar estratagemas, calumnias, engaños o difamaciones que afecten la dignidad y el buen nombre de un docente, alumno o cualquier miembro de la comunidad 10. Participar en hechos graves como el atraco a mano armada, robo, corrupción de menores, violación, y otras formas graves de delincuencia que se pudiera llegar a presentar 11. Cualquier causa que ocasione intervención judicial, pérdida de la libertad o reclusión en una cárcel o casa correccional para menores de edad. 12. Utilizar los espacios del plantel para prácticas sexuales, de reuniones esotéricas, rituales satánicos o prácticas de magia blanca, negra o espiritismo. 13. Todas aquellas que atenten contra la integridad física, moral o material de los demás. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 37
  • 38. Manual de Convivencia TITULO V. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN Previo proceso de descripción de la situación en la que se describa los detalles del/los incidente(s), incluyendo nombres de las y los involucrados, qué ocurrió (por ejemplo, tipo de agresión), en dónde, lo que dijo cada persona involucrada, si hay evidencia, y nombre las y los testigos, se procede a clasificar el nivel de atención correspondiente. SITUACIONES TIPO I -El Directivo Docente o Docente se reúnen inmediatamente con las partes involucradas en el conflicto. -Se realiza una intervención por medio de la cual cada parte pudo exponer su punto de vista. -Se busca entre las personas involucradas la estrategia para reparar los daños causados, restablecer los derechos e iniciar una reconciliación. -Se fija una solución de manera imparcial, equitativa y justa. -Se deja constancia de dicha solución en el observador del alumno. -Se hace seguimiento al caso y a los compromisos establecidos. SITUACIONES TIPO II Se reúne toda la información de la situación, realizando entrevistas individuales, primero con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas. • En caso de daño al cuerpo o a la salud, se garantiza la atención inmediata a las personas involucradas mediante su remisión a las entidades competentes y se deja constancia de dicha actuación, en el observador del alumno como en los registros de coordinación. • En caso de haberse requerido medidas de restablecimiento de derechos, se remitió la situación a las autoridades administrativas y se dejó constancia de dicha actuación. • Se adoptaron medidas de protección para las personas involucradas y se dejó constancia de dicha actuación. • Se informa inmediatamente a las familias (padres, madres o acudientes) de todas las personas involucradas y se deja constancia de la actuación. • Se brindan espacios para que las partes involucradas y sus representantes expongan y precisen lo acontecido, manteniendo la información confidencial. • Se determinan las acciones restaurativas para reparar los daños causados y el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. • Se definen las consecuencias para quienes promovieron, contribuyeron o participaron en la situación reportada. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 38
  • 39. Manual de Convivencia • El presidente del Comité Escolar de Convivencia informa a las demás personas de este comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas. • El Comité Escolar de Convivencia realiza el análisis y seguimiento a la situación presentada para verificar la efectividad de la solución dada o acudir al protocolo de atención a situaciones tipo III, en caso de ser necesario. • El Comité Escolar de Convivencia deja constancia en acta de la situación y su manejo. • El presidente del Comité Escolar de Convivencia reporta el caso a través del Sistema de Información unificado de Convivencia Escolar. SITUACIONES TIPO III En el caso de situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos: • Se denuncia por escrito ante la autoridad competente presente en el ámbito local. • Se remiten a las personas involucradas al servicio de salud con el que contaban. • Se comunican por escrito a los representantes legales de las personas involucradas las medidas tomadas para el manejo de la situación • La institución educativa garantiza los derechos de las personas implicadas según los protocolos. Se deja constancia de dicha actuación. • Se reporta el caso al Sistema de Información Unificado. COMPONENTE DE PROMOCIÓN 1. Socialización a docentes, estudiantes y padres de familia de la Institución Educativa Anaime de la Ley 1620 de 2013 (Ley de convivencia escolar) y el Decreto reglamentario 1965 de 2013. 2. Creación del comité de convivencia escolar y socialización a la comunidad I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 39 educativa. 3. Ajustar el manual de convivencia teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre convivencia escolar. 4. Articulación de los proyectos pedagógicos transversales como: Educación de la sexualidad y construcción de ciudadanía, estilos de vida saludables en la prevención de consumo de S.P.A, escuela de padres, ética y valores, democracia y cátedra de la paz; en los estudiantes de preescolar a once y comunidad educativa en general, en los cuales se transversalice los PPT con las áreas básicas, en la promoción de estilos de vida saludables, escala de valores, competencias ciudadanas y derechos y deberes humanos, derechos humanos sexuales reproductivos y habilidades sociales. 5. Articulación de las competencias ciudadanas que promuevan un clima escolar y aula positivos en la definición de normas y cumplimiento del manual de convivencia.
  • 40. Manual de Convivencia 6. Definición de estrategias para la toma de decisiones, diálogo, concertación y negociación. 7. Afianzar habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas que mejoren la convivencia escolar. 8. Elaboración de carteleras institucionales en la que se promueva la convivencia I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 40 escolar. COMPONENTE DE PREVENCIÓN 1. Capacitación a docentes sobre la identificación de factores de riesgo y factores protectores a nivel personal, familiar y social que afectan la convivencia escolar y la adopción de situaciones vulnerables. 2. Creación de centros de escucha activa que promuevan la expresión de sentimientos y la mitigación de situaciones problemáticas, tanto a estudiantes como a padres de familia. 3. Implementación de grupos de apoyo que promuevan el establecimiento de ambientes de aprendizaje democráticos. 4. Salidas pedagógicas con el objetivo de brindar estrategias en la prevención de situaciones de alto riesgo como el matoneo, el abuso sexual, violencia intrafamiliar, embarazo en adolescentes, consumo de sustancias psicoactivas. 5. Realización de actividades lúdicas, recreativas, culturales como: encuentros deportivos, el folclorito, semanas culturales, ferias del conocimiento, dentro y fuera de la institución y en la cual se integren los padres de familia y la comunidad en general. 6. Desarrollo de los proyectos pedagógicos transversales como: Educación de la sexualidad y construcción de ciudadanía, estilos de vida saludables en la prevención de consumo de S.P.A, escuela de padres, ética y valores, democracia y cátedra de la paz a estudiantes, padres de familia y docentes. COMPONENTE DE ATENCIÓN 1. Asistencia por parte de docente y directivos docentes a los estudiantes y padres de familia en situaciones que atenten contra la convivencia escolar en las cuales se implementen estrategias de dialogo, concertación y resolución de conflictos. 2. Aplicación de los protocolos internos referente a la remisión de situaciones especiales al comité de convivencia escolar.
  • 41. Manual de Convivencia 3. Adopción e implementación de estrategias pedagógicas por parte del comité de convivencia para mitigar los factores que afectan la convivencia escolar. 4. Reconocimiento por parte del comité de convivencia escolar del tipo de faltas que se presentan y la definición de los protocolos a implementar según corresponda. 5. Establecer mecanismos pedagógicos de mediación, reparación de daños, restablecimiento de derechos que mejoren la convivencia escolar. COMPONENTE DE SEGUIMIENTO 1. Realizar ajustes del manual de convivencia anualmente, de manera que se involucre todos los actores de la comunidad educativa. 2. Verificación de la funcionalidad del comité de convivencia escolar. 3. Evaluación de las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas de los proyectos pedagógicos transversales y definición de estrategias pedagógicas acordes al contexto, necesidades e interés de la comunidad educativa. 4. Registro y análisis de todas las actividades propuestas en la presente ruta de atención y planeación permanente. 5. Reuniones periódicas del comité de convivencia escolar. 6. Jornadas pedagógicas con docentes para identificar logros y aprendizajes adquiridos durante el año lectivo respecto a la convivencia escolar. 7. Entrega de informes a la comunidad educativa, alcaldías y secretaría de educación departamental como evidencia del desarrollo de la ruta de atención y su respectiva retroalimentación. CAPITULO 4. PROCESO DISCIPLINARIO ARTICULO 23. En el proceso de formación todo estudiante evidencia ciertos comportamientos que son característicos del proceso de adaptación social de su contexto y que en muchas ocasiones atentan contra el buen desarrollo institucional. Es necesario que la institución adopte un conducto regular para prevenir que esos comportamientos no se conviertan en patrones de conducta, mediante la aplicación de correctivos y haciendo referencia al debido proceso que tiene derecho toda persona que se encuentre amparada por la Constitución Nacional. Los procesos establecidos, se fundamentan en lo estipulado en el Artículo 45 del Código de la infancia y la Adolescencia, referente a la prohibición de sanciones crueles, humillantes o degradantes. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 41
  • 42. Manual de Convivencia ARTICULO 24 .CONDUCTO REGULAR Para la discusión y solución de dificultades que se pueden presentar durante las actividades escolares, se debe agotar en estricto orden el siguiente conducto regular.  Docente conocedor de la falta.  Director de grupo.  Coordinador.  Docente Orientadora  Comité de Convivencia Escolar.  Rector.  Consejo Directivo. ARTICULO 25. EL DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO Para la aplicación del debido proceso se aplicaran los siguientes términos. 1. Indagación preliminar: tiempo máximo de duración ocho (8) días. 2. Evaluación del proceso para continuarlo o archivarlo: tiempo máximo de duración tres (3) días. 3. Investigación y recolección de pruebas: tiempo máximo de duración diez (10) días. 4. Verificación de las pruebas, recepción de descargos y emisión del fallo (absolutorio o sancionatorio): tiempo máximo de duración diez (10) días. El proceso disciplinario inicia cuando un estudiante comete una falta; sea de Tipo i, Tipo II o Tipo III cuando incurre en la falta a un deber o a una prohibición. Igualmente, se puede llevar a cabo un proceso disciplinario a un padre/ madre de familia o acudiente que falte a un deber u obligación. Cuando la falta sea cometida por un docente, le corresponde al coordinador comunicar el hecho al Rector. Según sea el caso, se dará trámite a lo estipulado en el Código Único Disciplinario. El proceso disciplinario se efectúa por la comisión de una acción u omisión que verdaderamente amerite la imposición de un correctivo o de una sanción. No se realiza un proceso disciplinario por acumulación de faltas ni se puede asumir el bajo rendimiento académico como falta disciplinaria. Este manual de convivencia contiene los deberes, las obligaciones y las faltas que sirven de fundamento para determinar el comportamiento que conlleva a una sanción o correctivo. El coordinador tiene la responsabilidad de evaluar la acción u omisión cometida por el estudiante o padre de familia para definir si ésta amerita correctivo o sanción. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 42
  • 43. Manual de Convivencia De todas maneras la comisión de una Tipo II o Tipo III o el incumplimiento de un deber o una obligación que genere consecuencias graves para la formación del estudiante, para la sana convivencia institucional o para la misma imagen de la institución, no requieren ser evaluadas sino que, inmediatamente obligan a la apertura de un proceso disciplinario. ARTICULO 26. PARA CASOS QUE SÓLO AMERITAN CORRECTIVOS Para el caso de acciones cometidas por estudiantes o acudientes que no ameriten la apertura de un proceso disciplinario que conlleven a una sanción, y que sólo requiera la imposición de correctivos, se debe cumplir con los siguientes pasos: ARTICULO 27. REGISTRO DE LA FALTA La falta cometida debe ser registrada en el observador del estudiante. Esto puede hacerlo un docente, director de grupo o el coordinador. El registro debe describi r, exactamente, la acción cometida. Debe nombrarse la falta, la prohibición o el deber establecido en el manual de convivencia que se relacione con dicha acción; y, obviamente, debe tener la firma del estudiante. En caso en que el estudiante se niegue a firmar, quien registre la falta puede pedirle a un compañero del mismo, que haya sido testigo de la acción, que firme, corroborando la veracidad del hecho. Una vez consignada la falta, el docente informa al respectivo director de grupo y al coordinador, quienes evaluaran si la falta amerita aplicación de correctivo. ARTICULO 28. IMPOSICIÓN DEL CORRECTIVO Sólo el coordinador o el docente de disciplina podrán imponer correctivos disciplinarios o pedagógicos. Según sea la situación, el coordinador o el docente de disciplina determina qué correctivo amerita ser aplicado al estudiante o al acudiente y se le notifica por escrito. Si el correctivo es impuesto por el docente de disciplina deberá informar al coordinador y realizar la respectiva anotación en el observador del estudiante. Para llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de este correctivo, el coordinador puede delegar a un docente la responsabilidad de revisar la ejecución de las actividades impuestas. El docente debe registrar en el observador del estudiante su concepto sobre la actividad desarrollada y comunicarla a la respectiva coordinación. ARTICULO 29. PARA CASOS QUE AMERITAN SANCIÓN El proceso disciplinario es la suma de las diferentes fases o etapas que se cumplen, siguiendo el debido proceso y permitiendo el derecho a la defensa, contra un estudiante o padre de familia que haya faltado a un deber o a una obligación, o que haya cometido una falta establecida en el manual de convivencia. El procedimiento para efectos del debido proceso, en caso de que éste conlleve a una sanción, se da así: ARTICULO 30. REGISTRO DE LA FALTA La falta cometida debe ser registrada en el observador del estudiante, esto puede hacerlo un docente, el director de grupo o el coordinador. El registro debe describir, exactamente, la acción cometida. Debe nombrarse la falta, la prohibición o el deber estableado en el manual de convivencia que se relacione con dicha acción; y, obviamente debe tener la firma del estudiante. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 43
  • 44. Manual de Convivencia En caso de que el estudiante se niegue a firmar, quien registre la falta puede pedirle a un compañero del mismo, que haya sido testigo de la acción, que firme, corroborando la veracidad del hecho. La falta cometida debe ser comunicada, inmediatamente a la respectiva coordinación para que se dé inicio al proceso disciplinario. ARTICULO 31. IMPUTACIÓN DE LA FALTA La imputación de la falta, la realiza el coordinador mediante oficio al estudiante o al acudiente, y debe contener:  La identidad del implicado.  La falta, el deber o la obligación, mencionada en el manual de convivencia, que fue violentada con la acción o la omisión cometida.  Las acciones posteriores a las que tiene derecho el imputado. PARÁGRAFO: En caso de que la falta cometida sea de carácter leve o que la acción cometida no amerite una acción disciplinaria, el coordinador determinará el correctivo que debe ser aplicado y lo notificará, por escrito al estudiante y a su acudiente. Todo esto debe quedar consignado en el observador del estudiante. ARTICULO 32. NOTIFICACION DE APERTURA DEL PROCESO DISCIPLINARIO En caso de que la acción u omisión cometida amerite un proceso disciplinario, al imputado se le debe notificar por escrito, que se le hace apertura del mismo. Esta notificación la hace el coordinador y debe contener:  La identidad del imputado.  La falta, el deber o la obligación, mencionada en el manual de convivencia que fue violentada con la acción o la omisión cometida.  Las acciones posteriores a las que tiene derecho el imputado, mencionando su derecho a la defensa estipulando la fecha para la presentación de descargos y de pruebas. PARÁGRAFO 1: Contra esta notificación no procede ningún recurso. PARÁGRAFO 2: El coordinador, ante de convocar al equipo de conciliación, debe solicitar los descargos por escrito y las respectivas pruebas a las que el imputado tiene derecho, para llevarlos al equipo de conciliación y darles a conocer en análisis de los hechos. ARTICULO 33. ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN DE LOS HECHOS POR PARTE DEL EQUIPO DE CONCILIACIÓN El/la docente encargado de presidir el Equipo de Conciliación, lo convoca para efectos de estudiar el/los caso(s) disciplinario(S). Cada Equipo debe estudiar los casos por separado y tener en cuenta que las imputaciones sean por una acción u omisión cometida, que esté debidamente registrada en el Observador del Estudiante, que corresponda con el Manual de Convivencia y que amerite como resultado una sanción. Además, debe revisar que el estudiante o el padre de familia, a quien se le inició el proceso, haya sido debidamente imputado de su falta y notificado de la apertura del proceso. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 44
  • 45. Manual de Convivencia En aras de garantizar el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, el Equipo de Conciliación debe estudiar el caso, revisar los descargos y sopesar las pruebas, teniendo en cuenta atenuantes y agravantes de la situación, antes de emitir un fallo. Si es el caso, puede llamar al imputado o a testigos para ampliar las versiones y hacer las respectivas consideraciones. ARTICULO 34. EMISIÓN DE FALLO EN PRIMERA INSTANCIA, POR PARTE DEL EQUIPO DE CONCILIACIÓN Una vez analizado el caso, le concierne al Equipo de Conciliación emitir un fallo sancionatorio. Este fallo debe corresponder con la falta cometida. El fallo debe ser comunicado al coordinador o coordinadora para que el/ella, a su vez, lo comunique al imputado, mediante notificación escrita y personal. Esta notificación deben hacerla los coordinadores, por escrito, en un texto que contenga:  LA IDENTIDAD DEL IMPUTADO  LA FALTA COMETIDA  LAS CONSIDERACIONES DISCUTIDAS  LA DECISIÓN O FALLO Este primer fallo del Equipo de Conciliación quedará en firme si el imputado no presenta el recurso de reposición a que tiene derecho, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. En este caso, el/la Coordinador (a) informará a la rectoría para que se produzca el acto administrativo sancionatorio y lo comunicará al estudiante, padre de familia o acudiente sancionado. Contra este acto administrativo ya no procederá ningún recurso. La sanción deberá ser consignada en el Observador del Estudiante. PARÁGRAFO 1º: El Recurso de Reposición deberá presentarlo el imputado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de este primer fallo, ante el mismo Equipo de Conciliación. PARÁGRAFO 2º: Si el imputado presenta Recurso de Reposición, la sanción no se le podrá aplicar. Se debe esperar el fallo en segunda instancia. ARTICULO 35. EMISIÓN DE FALLO EN SEGUNDA INSTANCIA, POR PARTE DEL EQUIPO DE CONCILIACIÓN Para resolver el recurso de reposición impuesto por el imputado, el Equipo de Conciliación se reúne nuevamente; esta vez presidido por el/la Coordinador(a). El caso se vuelve a analizar y si amerita se solicitan nuevas pruebas o ampliación de descargos o versiones de testigos o implicados. Este estudio debe permitir que la sanción se anule, se cambie o se ratifique. Cualquiera que sea la decisión, se comunica al imputado, mediante notificación escrita y personal. Esta notificación la hace el/la Coordinador(a), en un texto que debe contener:  LA IDENTIDAD DEL IMPUTADO  LA FALTA COMETIDA  LAS NUEVAS CONSIDERACIONES DISCUTIDAS.  LA NEGACIÓN, MODIFICACIÓN, O RATIFICACIÓN DEL FALLO ANTERIOR. Este fallo quedará en firme si el imputado no hace uso de su derecho al recurso de apelación, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. En este caso I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 45
  • 46. Manual de Convivencia el/la Coordinador(a) informará a la rectoría para que se produzca el Acto administrativo sancionatorio y lo comunicará al estudiante, padre de familia, o acudiente sancionado. Contra este Acto administrativo ya no procederá ningún recurso. La sanción deberá ser consignada en el Observador del Estudiante. PARAGRAFO 1º: El Recurso de Apelación deberá presentarlo el imputado durante los cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de este segundo fallo, ante el mismo Equipo de Conciliación. PARAGRAFO 2º: Si el imputado presenta Recurso de Apelación, la sanción no se le podrá aplicar. Se debe esperar el fallo definitivo. ARTICULO 36. EMISIÓN DE FALLO DEFINITIVO Para resolver el recurso de apelación interpuesto por el imputado, el Rector estudiará el caso, revisando que el debido proceso se haya cumplido, que el derecho a la defensa se haya garantizado y que el Equipo de Conciliación haya obrado de manera imparcial y justa. También, tendrá en cuenta los atenuantes y agravantes relacionados con el caso; y dará su decisión en cualquiera de los siguientes términos:  ANULACIÓN DEL FALLO, por el no cumplimiento del debido proceso, por violación al derecho a la defensa o por falta de pruebas contundentes.  NOTIFICACIÓN DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, ampliando o disminuyendo la sanción impuesta.  RATIFICACIÓN DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA Esta decisión será comunicada, mediante notificación escrita y de manera personal, por parte de el/la Coordinador(a), sustentado por el Acto Administrativo que motiva y resuelve la sanción. Esta deberá ser consignada en el Observador del Estudiante. Ante este fallo definitivo no procede ningún recurso. ARTICULO 37. APLICACIÓN DE LA SANCIÓN La sanción que surja, en cualquiera de las instancias y que quede en firme mediante Acto Administrativo firmado por el rector de la institución, deberá ser aplicada al estudiante o al padre de familia durante los tres (3) días siguientes a su notificación. El/la Coordinador(a) comunicará al sancionado los términos de modo, lugar y tiempo de la sanción. En caso de que la sanción impuesta implique exclusión de la institución o pérdida del cupo, la Rectoría deberá informar a la Comisaría de familia y a la Procuraduría de familia, mediante oficio que contenga, como anexo, todo el expediente del proceso disciplinario. El/la Coordinador(a) hará seguimiento al cumplimiento de la sanción y, una vez finalizada, consignará en el Observador del Estudiante su concepto y lo dará a conocer al Director de Grupo. El no cumplimiento de una sanción pedagógica o pecuniaria, sin justificación debidamente motivada, dará lugar a una sanción administrativa o de exclusión. Esto deberá quedar consignado en el Observador del Estudiante y ser informado a la Rectoría. En este caso el rector convocará al respectivo Equipo de Conciliación y estudiará el caso. Atendiendo a la gravedad de la omisión, expedirá un nuevo Acto Administrativo, debidamente motivado, en el que comunica la nueva sanción. Ante este Acto Administrativo no procederá ningún recurso. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 46
  • 47. Manual de Convivencia ARTICULO 38. CLASES DE CORRECTIVOS Los correctivos se clasifican como Pedagógicos y Disciplinarios ARTICULO 39. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS 1. Realización de un trabajo escrito personal o en equipo y a mano sin el acompañamiento de padres de familia o acudiente y elaborado dentro de la institución. Este trabajo no implica ausencia de las clases. 2. Realización de un trabajo personal o en equipo con el acompañamiento del padre de familia o acudiente. Este trabajo no implica ausencia de sus clases. 3. Realización de un taller y socialización ante uno o varios grupos de la institución. 4. Servicio de monitoria en grupos inferiores. 5. Realización de un trabajo social con estudiantes de la institución y con personal de la tercera edad. 6. Elaboración de material didáctico para la institución. ARTICULO 40. CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS 1. Acciones de embellecimiento de la institución: aseo de salones, patios, baños, arreglo de pupitres, pintura de planta física, embellecimiento de zonas verdes. 2. Donación de elementos de aseo y pedagógico para uso de la institución. 3. Servicio de vigilancia en espacios de la institución en jornada contraria. 4. Realización de trabajo social o comunitario en jornada contraria. 5. Decomiso de elementos ajenos a materiales didácticos requeridos en el proceso de aprendizaje (celulares, ipods, auriculares y otros aparatos electrónicos). ARTICULO 41. CLASES DE SANCIONES Las sanciones pueden ser Pedagógicas, Pecuniarias, administrativas, de tipo Extraclase o de exclusión, según establecen los artículos siguientes. ARTICULO 42. SANCIONES PEDAGÓGICAS 1. Valoración insuficiente en un área específica y para un periodo. Para este caso, el estudiante tiene oportunidad de nivelar. 2. Realización de un trabajo escrito sobre un tema específico, personal o en equipo durante uno o varios periodos de clases diario, dentro del horario escolar. La realización de esta actividad no debe afectar las evaluaciones finales de periodo. El estudiante debe responder por las actividades académicas dejadas de asistir. 3. Realización de un trabajo con sustentación durante la jornada escolar. La realización de esta actividad no debe afectar las evaluaciones finales de periodo. El estudiante debe responder por las actividades académicas dejadas de asistir. 4. Exclusión temporal o permanente de actividades deportivas, artísticas o culturales que se realicen en la institución. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 47
  • 48. Manual de Convivencia 5. Realización y socialización de un trabajo dirigido a padres de familia en un grupo determinado por el coordinador o el comité de disciplina. Esta actividad se debe realizar en jornada contraria. 6. Planeación y ejecución de una actividad deportiva o cultural (campeonato de fútbol o semana de la ciencia) en una de las sedes y jornada de la institución. ARTICULO 43. SANCIONES PECUNIARIAS 1. Multa equivalente a tres veces el valor del daño ocasionado. 2. Dotar a la institución educativa con elementos didácticos, de aseo o de oficina que corresponda tres veces al daño ocasionado. ARTICULO 44.SANCIONES ADMINISTRATIVAS 1. Amonestación verbal: En concordancia con lo estipulado por el código de la infancia y la adolescencia, y siguiendo el conducto regular y de procedimiento, se le hará un llamado de atención al estudiante indicándole a su vez que la reincidencia en esta conducta le ocasionará seguidamente una amonestación escrita. 2. Amonestación escrita: Se harán las amonestaciones pertinentes en la ficha, la cual será firmada por los padres de familia o acudientes, dependiendo de la falta cometida. Si el estudiante se niega a firmar la notificación se deja constancia del hecho en el observador del estudiante. 3. Matrícula en observación: Esta será impuesta durante un periodo determinado. ARTICULO 45. SANCIONES DE TIPO EXTRACLASE Esta sanción se aplica cuando el estudiante ha cometido una falta grave o gravísima; o presenta reiteración en la comisión de faltas leves relacionadas con indisciplina o irrespeto a algún integrante de la comunidad educativa; y el comité de conciliación considera que la permanencia del estudiante afecta el comportamiento del grupo al que pertenece. Para este caso, al estudiante se le aplica un PLAN PARTICULAR DE ESTUDIOS para que lo desarrolle en un espacio diferente al aula de clase. Sin desvincularse de la institución educativa, el estudiante debe realizar todas las actividades académicas por fuera de la institución basadas en talleres entregados por los docentes. El estudiante solo asiste a la institución educativa a las actividades de evaluación y nivelación. ARTICULO 46. RETIRO DE LA INSTITUCIÓN 1. Pérdida de cupo para el año siguiente 2. Cancelación inmediata de matrícula (atendiendo al debido proceso). TITULO VI. DEL CONDUCTO REGULAR I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 48
  • 49. Manual de Convivencia Articulo47. Si se consideran los derechos vulnerados, se podrán hacer las reclamaciones pertinentes, atendiendo el siguiente conducto regular: 1. Dialogo directo con la persona que presuntamente vulnera sus derechos. 2. Dialogo directo ante el personero de los estudiantes. 3. Dialogo directo con el docente de la clase. 4. Dialogo directo con el docente de disciplina. 5. Informe por escrito al Director del plantel, quien remitirá el caso al consejo Directivo. 6. Presentación formal de la queja ante el Consejo Directivo. TITULO VII. ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS ARTICULO 48. ESTÍMULOS La caballerosidad, el esfuerzo, el respeto, la conducta, el estudio, los logros y las buenas maneras del estudiante serán premiados así: 1. Exoneración de pagos conforme a la ley. 2. Izar el pabellón nacional por alguna actuación destacada en las izadas periódicas del I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 49 año escolar. 3. Promoción anticipada. 4. Integración a las delegaciones deportivas, artísticas o culturales que ocurran en el plantel. 5. Distinción especial para los mejores en conducta, rendimiento, compañerismo, deportes, colaboración y otros aspectos de la vida escolar. 6. Estimulo Especial al mejor puntaje en exámenes de Estado, siempre que esté por encima de lo establecido por el Icfes. 7. Registros positivos en su hoja de vida. 8. Condecoración, Gerardo Guzmán en honor al sacerdote fundador de la Institución Educativa. ARTICULO 49. CORRECTIVOS La Institución Educativa Anaime podrá aplicar los siguientes correctivos sin que sea necesario recurrir a la secuencia que se observa. 1. Amonestación verbal. El desacato a las observaciones sugerencias hechas por: maestro, coordinador o directivo, así como el incumplimiento de los deberes establecidos en este manual. 2. Amonestación escrita y/o registro de la conducta. Reconvención que se hace al estudiante, cuando ha incumplido en forma reiterada su compromiso en el aspecto académico y/o disciplinario. Corresponde a la coordinación citar al padre de familia o acudiente legal para aplicar la sanción y establecer un compromiso por parte del estudiante, para mejorar los aspectos deficientes. En el caso de las escuelas unitarias este procedimiento lo llevaran a cabo el docente o los docentes encargados de la misma. 3. Rebaja en la evaluación del comportamiento. 4. Enviar al alumno a casa para que regrese con su acudiente con el fin de tratar el caso. 5. Trabajo físico y/o intelectual en la Institución Educativa.
  • 50. Manual de Convivencia 6. Reposición o arreglo de daños causados. 7. Suspensión temporal de las actividades en el aula. Este correctivo se aplicará para cumplimiento dentro o fuera de la Institución. De uno a tres días, según la gravedad de la falta cometida, esta sanción deberá ser investigada y aplicada por la coordinación. Al padre de familia o acudiente legal, se le notificara personalmente de la suspensión y firmara junto con el estudiante un acta de compromiso que implique el cambio de conducta. El estudiante suspendido tendrá una valoración de Deficiente en las actividades que transcurran durante su suspensión. 8. Perdida de cupo para el año siguiente. 9. Cancelación de matrícula. TITULO VIII. DE LOS HORARIOS, RETARDOS, PERMISOS E INASISTENCIAS Capitulo 1. Horarios Articulo 50. Atendiendo la normatividad vigente, los Horarios, para la actividad academica son los siguientes: 1. Pre escolar: 2. Basica primaria: 3. Basica secundaria 4. Horarios de trabajo social grado undécimo: Capitulo 2. Retardos, inasistencias y permisos ARTICULO 51. Teniendo en cuenta las características geográficas de la región y los mecanismos usados como medio de transporte por los estudiantes que residen en otras veredas o en fincas apartadas, y ante las dificultades generadas en el desplazamiento, y solo durante los periodos de lluvias, se les reconocerá como válida la justificación de llegar tarde, situación que determinara el docente encargado de la disciplina, para los demás casos, se desarrollara el siguiente procedimiento: 1. El estudiante que llegue después de la hora indicadaa cualquiera que fuere la actividad académica, deportiva, lúdica o demás, deberá presentarse ante el docente de disciplina y tendrá una anotación por falta leve. 2. En casos de reincidencia se citara al acudiente para ser analizada la situación e implementar los correctivos necesarios, los cuales podrán llegar a una suspensión por un día de clase. ARTICULO 52. Para las ausencias a clase, se aplicara el siguiente procedimiento. 1. Cuando el alumno no asista a clase, a su regreso debe traer excusa por escrito, firmada por el acudiente, con número de cédula, número de celular y la causa por la cual no I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 50
  • 51. Manual de Convivencia asistió. Esta debe presentarse al Profesor de disciplina o director de grupo, y si es por un timpo mayor a 2 días, el acudiente o padre deberá solicitarlo personalmente. 2. La excusa no sirve para exonerar la inasistencia. La inasistencia se registrara de todas formas, la excusa aplazara evaluaciones, talleres, trabajos o demás que se realizaron el día de la inasistencia. Cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes se procederá de acuerdo al Código del Menor Art. 313 – 314 (Ver fundamentación legal del presente manual). 3. Las excusas justificadas no eximirán al estudiante de las fallas para efectos de reprobación por inasistencia, constancias de estudio, o reporte de asistencia para familias en acción. 4. Los causales considerados justos para ausentarse a las labores académicas u otras, son solamente aquellos correspondientes a calamidad domestica o asuntos relacionados con la salud del estudiante, nunca a motivos de trabajo u otros. 5. Cuando el estudiante necesite salir antes de terminada la jornada, deberá presentar por escrito la solicitud del permiso plenamente justificada, o si es un asunto de último momento, el padre de familia deberá dirigirse personalmente o a través de una llamada telefónica. 6. Cuando alguna causa impida solicitar oportunamente el permiso, el estudiante tendrá máximo 2 dias hábiles, para presentar la debida justificación escrita. 7. Los casos de reincidencia continua de inasistencias a clase injustificadas, se reportaran a Bienestar Familiar. 8. El porcentaje de inasistencias que reprueba académicamente al estudiante corresponde al 25%, según Sistema Institucional de Evaluacion del Estudiante (SIEE) aprobado por el Consejo Directivo, en ordenanza del Decreto 1290 de 2.009 9. En caso de que el alumno esté representando el Colegio, el Municipio, el Departamento o la Nación en actividades, culturales, deportivas y otras debe solicitar la autorización para ausentarse, anexando el permiso de sus padres o acudientes y la solicitud hecha por la entidad organizadora del evento sea ésta de carácter público o privado TITULO IX. INSTANCIAS DE PARTICIPACION Articulo 53. Los padres de familia, estudiantes, docentes, incluso otras personas de la comunidad, podrán intervenir en los diferentes comités de participación escolar. CAPITULO 1. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. COMPLETAR ARTICULO 57. Los estudiantes, podrán participar como: 1. Personero de los estudiantes 2. Miembro del consejo estudiantil 3. Representante de los estudiantes ante el consejo directivo. 4. Estudiantes representantes al comité de convivencia del plantel. I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime Página 51