2. Manual de Convivencia
“Institución Educativa Anaime, Valores, Ciencia y
Trabajo”
2 .0 1 4
CONTENIDO GENERAL
TITULO I. DE LA INSTITUCION
CAPITULO 1. Preámbulo
CAPITULO 2. Objetivos Institucionales
CAPITULO 3. Modelo Pedagógico
TITULO II. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL
CAPITULO 1 Presentación
CAPITULO 2 Acuerdo N° 01 De (fecha del manual)
TITULO III. DE LOS ESTUDIANTES
CAPITULO 1. De la condición y perdida de la condición de estudiante
CAPITULO 2. Derechos de los estudiantes
CAPITULO 3. Deberes de los estudiantes
CAPITULO 4. Normas referidas al uso del uniforme
TITULO IV. TIPIFICACION DE LAS FALTAS
CAPITULO 1. Faltas leves
CAPITULO 2. Faltas graves
CAPITULO 3. Faltas muy graves
TITULO V. DEL DEBIDO PROCESO
CAPITULO 1. Preámbulos
CAPITULO 2. Proceso Disciplinario
TITULO VI. DEL CONDUCTO REGULAR
TITULO VII. ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS
TITULO VIII. DE LOS HORARIOS Y ASISTENCIA
CAPITULO 1. Horarios
CAPITULO 2. Retardos, permisos e inasistencias
TITULO IX. INSTANCIAS DE PARTICIPACION
CAPITULO 1. De la Organización de los Estudiantes
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 2
3. Manual de Convivencia
CAPITULO 2. Del Gobierno de aula
CAPITULO 3. Del Gobierno Escolar
TITULO X. DE LOS DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y ADMINISTRATIVOS
CAPITULO 1. Docentes
CAPITULO 2. Padres de familia
CAPITULO 3. De los exalumnos
CAPITULO 4. Del personal Administrativo
TITULO I. DE LA INSTITUCION
CAPITULO 1: PREAMBULO
1.1. Identificación
RAZON SOCIAL: INSTITUCIÓN EDUCATIVA ANAIME
DIRECCION: Vereda las Hormas Corregimiento de Anaime
Municipio de Cajamarca
CODIGO DANE: 273124000943
REGISTRO EDUCATIVO: 231102
NIT: 800.004.163-2
CODIGO ICFES: 047951
MODALIDAD: Bachillerato Académico con énfasis microempresarial
JORNADA: Mañana
CALENDARIO: A
NATURALEZA: Público
CARÁCTER: Mixto
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 3
4. Manual de Convivencia
CREACION: Decreto 0114 de Enero 21 de 1986
RECONOCIMIENTO DE
ESTUDIOS: Resolución de aprobación Nº 2006, Agosto 23/2.010
1.2Marco Legal
La Institución Educativa Anaime es un plantel democrático y pluralista, fiel a los fines y
objetivos de la educación Colombiana, señalados por los artículos 5, 13, 14, 20, 22 y 30 de
la ley 115 de 1994.
Igualmente la Institución se ajusta a los lineamientos legales indicados por la nación, el
departamento, el municipio, la jefatura de Núcleo Educativo No 17 y los conceptos del
servicio oficial de asesoría.
Constitución Política de Colombia
Ley 115 del 8 de febrero de 1994
Ley 715 del 21 de diciembre de 2001
Código de la infancia y la adolescencia ley 1098 de 2006
Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994
Decreto 1290 de 2.009
Ley 1620 de 15 de Marzo de 2.013
Decreto 1108 de 1994 (porte, consumo y expendio de drogas psicotrópicas)
Decreto 2247 de 1997 (Ed. Preescolar)
Decreto ley 2277 de 1979 (estatuto docente)
Decreto 1278 de 2002
Decreto 98 de 1995 (izadas de bandera y eventos cívicos)
Decreto 1857 de 1994 (manejo y administración de los recursos)
Ley del medio ambiente y decretos reglamentarios
Ley 1153 del 31 de julio de 2007 (de pequeñas causas en materia penal)
1.3 Reseña histórica de la institución Educativa Anaime
La escuela, en el comienzo, funcionó en el marco del parque de la localidad en donde
actualmente funcionan: el puesto de salud y el polideportivo.
Como todas las escuelas de la época, operaban independientemente la sección femenina
y la sección masculina. Sobre la fecha exacta de su iniciación de labores, no se tiene una
referencia precisa.
Es muy importante reseñar el aporte que en un principio hizo el señor Edilberto Moscoso
quien enseñaba en su casa de habitación ubicada donde hoy es el preescolar Piolín.
La escuela funciona sin el nivel de educación preescolar hasta el año de 1986 cuando por
medio de la resolución 517 del 15 de mayo, la secretaria de educación legaliza su
creación, siendo jefe de núcleo el señor José Siervo Sanabria Rincón.
En el año de 1971, según placa conmemorativa del ICCE, se da al servicio de la
comunidad la sede actual con 7 aulas.
El colegio nació como respuesta muy merecida a las necesidades, aspiraciones y
esfuerzos de la comunidad que veía, con mucha preocupación, como año tras año los
niños que culminaban su quinto año de primaria, debían ser trasladados a Cajamarca para
seguir sus estudios.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 4
5. Manual de Convivencia
La creciente demanda del servicio y la conciencia de su necesidad, motivo a que el padre:
Gerardo Guzmán, interpretando el sentir de la comunidad, como integrante de la junta de
acción comunal, propusiera la creación de una institución Educativa en la localidad
propuesta que fue acogida por unanimidad y que floreció a finales de 1974 cuando se
decide, por parte de las Autoridades Educativas, que funcionara en Anaime un plantel
satélite del colegio Ismael Perdomo de Cajamarca y que Iniciara labores a partir de 1975.
El 7 de Noviembre de 1974 la mencionada junta de acción comunal compró, al señor José
Miguel Gaona Duarte, el lote donde hoy funciona el colegio, por un valor de $ 80.000.oo
Ochenta mil pesos, según escritura pública No 278 del circulo de Cajamarca.
El satélite de Anaime, inicia sus labores el 4 de Febrero de 1975 en la biblioteca del
corregimiento, con la llamada: Reunión de Fundación, en donde hicieron presencia, entre
otras, las siguientes personas:
Jorge Delgadillo Parra, Rector del colegio Ismael Perdomo, Reverendo Padre Gerardo
Guzmán: Gestor y fundador, Eduardo Ortiz Cárdenas: secretario habilitado, Jesús Antonio
Páez Carvajal: Coordinador, José Tobías Caro: Profesor, Gustavo Yara: Agente de
Policía: Colaborador como profesor.
El plantel se traslada a la llamada: Escuela Vieja e inicia con 45 alumnos para el grado 6º.
En 1976 el colegio funciona con los grados sexto y séptimo, 81 alumnos y 3 profesores.
En 1977, el plantel opera con los grados: sexto, séptimo, y octavo y 83 alumnos.
En el año de 1978, funcionan los cuatro grados del bachillerato básico, 119 alumnos, 1
coordinador y 3 profesores. Se termina la primera parte de la planta física.
En 1979 continúan funcionando los cuatro grados de bachillerato básico. Los alumnos
deben desplazarse a Cajamarca para continuar con el nivel de Educación media,
incrementando los costos para las familias y justificando la necesidad de que el plantel
ofrezca ese nivel en su sede.
En 1980, el colegio sigue funcionando con los anteriores cuatro grados, se adecua espacio
para biblioteca, sala de material y tienda escolar.
El centro docente sigue funcionando con el bachillerato básico hasta 1985.
El 21 de enero de 1986, por decreto 0114, se creó el COLEGIO DE BACHILLERATO
ANAIME, a partir del primero de enero, como institución independiente y como respuesta
al esfuerzo y constancia de la comunidad.
El 31 de octubre de 1986, por resolución Número 15965, se aprueban sus estudios de
sexto a noveno.
En 1987, la resolución número 019 del 2 de febrero, autoriza el funcionamiento del grado
décimo y el 12 de enero de 1988, por resolución número 05, se autoriza el funcionamiento
del grado undécimo, cristalizándose así la legítima aspiración de los Anaimunos.
La resolución número 1898 del 14 de diciembre de 1988, aprobó los estudios en los dos
niveles hasta 1990.
El plantel lleva a cabo su primera promoción con 23 bachilleres.
La resolución 540 del 31 de diciembre de 1991, aprueba los estudios de sexto a
undécimo, hasta 1993, inclusive.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 5
6. Manual de Convivencia
En 1994 mediante resolución No 607 del 11 de noviembre, se aprueban estudios hasta
1997.
En 1998 el plantel se dinamiza en cuanto a su desarrollo físico con la construcción de la
cafetería.
El 3 de diciembre de 1998, mediante resolución No 1775, se reconocen estudios de sexto
a undécimo, de conformidad con lo establecido en la ley 115 de 1995.
En 1999, se construye la sala de profesores con dos dependencias básicas anexas.
En el año 2001 se logra un importante avance para el Colegio al conseguirse la
adjudicación de un aula de nuevas tecnologías por parte del Ministerio de Educación
Nacional.
En el año 2002 nace la INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME como consecuencia de la
fusión de la Escuela Rural Mixta Anaime y el Colegio de Bachillerato Anaime Según
Resolución 0766 del 26 de julio.
Mediante la resolución No. 0771 del 14 de agosto de 2.003, emanada de la Secretaría
de educación del Departamento, se integraron a la Institución las escuelas de la
Fonda Puente Hierro, Recreo Alto, Recreo Bajo, la Plata Montebello Las Hormas, El
Ródano y la Judea
SEDES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME
SEDE RURAL 1. BACHILLERATO
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 6
7. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 2. ESCUELA ANAIME
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 7
8. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 3. LA FONDA PUENTE HIERRO
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 8
9. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 5. LAS HORMAS
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 9
10. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 6. EL RECREO BAJO
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 10
11. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 7. LA JUDEA
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 11
12. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 8. EL RODANO
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 12
13. Manual de Convivencia
SEDE RURAL 9. EL RECREO ALTO
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 13
14. Manual de Convivencia
1.4Simbolos Institucionales
1.4.1 Himno
CORO
Avanzad ardoroso estudiante,
Avanzas oh princesa del sol.
Por caminos de ciencia y trabajo,
Por senderos de paz y amor.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 14
I
Este claustro que arrulla El Anaime
Es fanal de cristiana labor,
Es un faro que guía las almas
Hacia puertos de fe y esplendor
II
A tu huerto afluyen con ansia
Los enjambres del regio Cañón
A extraer la sapiencia que guardas
A libar en tu fulgida flor
III
Son obreras y obreros que luego
Partirán con tu egregio pendón
Impartiendo tu sacra consigna:
Hermandad, Libertad, Comprensión
IV
Adelante valiente estudiante
Por la vía que Cristo indicó.
El camino, la verdad y la vida
Sean la meta de tu gran corazón
.
Letra: Héctor Melo
Música: Germán Camacho Serrano
1.4.2 Nuestro Escudo
El color rojo representa la sangre derramada por los
Indios Pijaos defendiendo este territorio.
El amarillo la riqueza minera
El verde el paisaje y las grandes montañas
El azul representa la riqueza hídrica.
1.4.3 Bandera
La bandera de nuestra institución está representada
por los siguientes colores:
El rojo representa la sangre derramada por los indios
Pijaos
Verde representa la riqueza agrícola de la región.
El blanco representa la paz que se necesita en
15. Manual de Convivencia
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 15
Nuestro país.
1.5 Nuestra Filosofía
En la institución Educativa Anaime. Se busca construir y ofrecer una educación integral
que atienda al desarrollo de todas las dimensiones de sus estudiantes, basados en
procesos comunicativos sinceros y creativos que permitan potenciar todas sus
capacidades intelectuales, éticas, morales, estéticas y tecnológicas, para lograr personas
autónomas, responsables y honestas que busquen construir su proyecto de vida y ser
capaces de transformar su realidad social.
Como cada persona es única e irrepetible, la Institución busca descubrir los talentos y
aptitudes de cada dicente.
La Institución se enmarca dentro de una concepción bio-centrista en donde la vida del ser
humano y de todo lo que nos rodea, es norma o fundamento de acción.
Las acciones de la comunidad educativa en general, apuntan hacia el desarrollo y el
crecimiento de la integralidad humana, concebida como inacabada pero susceptibles de
mejoramiento y superación permanente.
El trabajo académico y pedagógico, escrita en la convivencia de que cada uno es el
protagonista o autogestor de su propio desarrollo y en consecuencia el docente, la
institución, la familia y otros estamentos, son facilitadores e impulsores de ese proceso.
1.6 Lema De La Institución
Institución Educativa Anaime. “Valores, Ciencia y Trabajo”
VALORES: Deben ser la expresión cotidiana de nuestra comunidad educativa que
reflejaran un progreso paulatino en las relaciones, cumplimientos de los deberes y
proyección de nuestros educandos.
CIENCIA: Es instrumento que dinamiza el proceso educativo facilitando las herramientas
que propicien el desarrollo y ejecución de sus proyectos. En un equilibrio dinámico con su
entorno que permita un desarrollo sostenible.
TRABAJO: Es el fundamento practico y dinámico que permite la evaluación y proyección
del proceso educativo hacia la comunidad; que permitirá un impacto socioeconómico para
el corregimiento de Anaime y sus veredas colmando y sucintado nuevas expectativas.
1.7 Visión
La INSTITUCIÒN EDUCATIVA ANAIME Hacia el año 2018, se consolidará como una
institución, comprometida y coherente con la comunidad, que reflejará un mejoramiento de
la calidad de vida en los ambientes físico, pedagógico y de emprendimiento que favorezca
al corregimiento de Anaime, su entorno, al municipio y al país mediante la aplicación de
los referentes nacionales de calidad emanados del MEN.
1.8 Misión
16. Manual de Convivencia
Facilitar, animar, dinamizar y asesorar a todos los niños (as) y jóvenes que ingresen a la
institución, para que basados en los referentes nacionales de calidad emanados del MEN,
construyan su aprendizaje y desarrollen habilidades que les
permitan gestionar, ejecutar recursos y realizar actividades o
programas de emprendimiento que les generen ingresos
económicos y contribuyan al desarrollo de sus proyectos de
vida y de la región, mediante la práctica de una sana
convivencia, el respeto por la dignidad humana y el medio
ambiente.
1.9Oracion Del Estudiante
¡Oh creador! Tú que eres fuente de luz, de sabiduría y principio supremos de todas las
cosas.
Infunde sobre mi entendimiento la luz de tu claridad
Tu qué haces elocuente la lengua de los hombres, mueve también la mía e infunde en
mis labios la gracia de tus bendiciones.
Dadme entendimiento, facilidad y modo para aprender, sutilidad para interpretar y gracia
abundante para hablar.
Instrúyeme al comenzar, dirígeme al trabajar y perfecciona el fin mis obras por Jesucristo
Nuestro señor.
Amén.
CAPITULO 2. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
1. Construir una comunidad educativa con sentido de pertenencia institucional.
2. Formar integralmente y dentro del marco de las limitaciones, alumnos con capacidad
para enfrentar la vida universitaria o desempeñarse adecuadamente en el medio.
3. Armonizar y sincronizar las relaciones entre los diferentes estamentos de la comunidad.
4. Lograr bachilleres con una concepción más humana en el contexto, capaces de
enfrentar la vida con éxito.
5. Preparar a los integrantes de la comunidad educativa para la convivencia, la armonía
social, la solidaridad, la justicia y su incidencia en el desarrollo local.
2.1 Principios que regulan la actividad en la institución
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 16
17. Manual de Convivencia
Propiciar un clima de convivencia
social dentro del respeto y la
democracia, que permita una
identificación de cada uno de los
integrantes de la comunidad educativa
Anaime.
Prevalencia de la calidad sobre
la cantidad en todos los eventos del
proceso educativo.
Prelación al desarrollo humano
integral y al crecimiento personal sobre
los demás componentes del currículo.
El reconocimiento del ser
humano como persona portadora de
un potencial que con la debida estimulación, debe lograr su desarrollo.
La apertura y el dialogo como medios para la convivencia y la participación
responsable en la construcción de una verdadera comunidad educativa.
Prioridad en la relación pedagógica a la individualidad del estudiante como ser
único e irrepetible.
Administración del servicio educativo de manera colegiada y participativa.
Racionalización de los recursos humanos y materiales.
Reconocimiento de la significación del error en el proceso de mejoramiento
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 17
humano.
CAPITULO 3: NUESTRO MODELO PEDAGÓGICO
La Institución Educativa Anaime
centrará su quehacer pedagógico en un
modelo constructivista apoyado en lo
pragmático, lo lúdico y la sana
convivencia para formar personas
integras y competentes.
El educando será el autogestor o
constructor de su propia formación y la
Institución a través de sus docentes,
directivos y medios será facilitador,
animador, dinamizador y asesor del
proceso.
El docente, tanto en el aula como a
través de su vivencia cotidiana creará
las condiciones para que el estudiante gestione su aprendizaje.
La acción educativa irá acompañada de actividades prácticas, habituales y lúdicas que
motiven al estudiante, como por ejemplo: Desarrollo de guías de trabajo, uso de juegos,
18. Manual de Convivencia
trabajo en grupo, desarrollo de talleres, creación del proyecto de vida y búsqueda de
aplicaciones de conceptos.
La autogestión del aprendizaje deberá reflejarse en un crecimiento personal e integral del
estudiante.
La concientización del educando sobre el sentido que tiene el proceso pedagógico en
torno a APRENDER A APRENDER es decir Qué aprender, Cómo aprender, Porqué
aprender y Para qué aprender.
Lo anterior significa que antes de intentar aprender: Matemáticas, Sociales, Filosofía y
otras áreas, es necesario: APRENDER A APRENDERLAS.
Los anteriores conceptos se identifican con lo establecido por el artículo 91 de la ley 115
de 1994, el cual dice:
“El alumno es el centro del proceso educativo y debe participar activamente en su propia
formación integral…”
3.1 Metodología
Es de resaltar que nuestra institución cuenta con niveles educativos desde preescolar
hasta la media, lo cual genera la necesidad de utilizar diferentes metodologías de
enseñanza entre las que se destaca la activa, el socio constructivismo, inductivo deductivo
con el fin de satisfacer las necesidades de cada uno de los niveles y la metodología
dispuesta por el gobierno para determinados proyectos educativos (CIDEP-ESCUELA
NUEVA Y ESCUELA TRADICIONAL).
Se desarrollarán los temas en forma participativa hasta alcanzar los logros
propuestos.
Aplicación del método científico en el proceso de conocimiento en la modalidad,
deductivo, inductivo, mixta en los temas a tratar.
Crear el hábito a la lectura como fundamento indispensable en todo el proceso de
conocimiento.
Hacer de la evaluación un medio de autocrítica que examine al estudiante en el
mejoramiento de los valores permitiendo el crecer el interés por su propia
superación en el saber y saber hacer.
La metodología activa es donde el estudiante puede desarrollar sus habilidades y
destrezas y su aspecto cognoscitivo y social.
TITULO II. DEL MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 18
19. Manual de Convivencia
CAPITULO 1. PRESENTACIÓN
El presente Manual de Convivencia fue elaborado con la participación de los diferentes
estamentos de la comunidad; para su construcción se reunieron los grupos
representativos del colegio, como fueron, la asamblea de profesores y el Consejo de
padres; el aporte de los alumnos se hizo mediante las clases de orientación en las cuales
se estudió y analizó el manual, todo ello con el objeto de que los agentes involucrados, a
partir de procesos de concertación y diálogo, hagan uso acorde a los principios de
igualdad, ecuanimidad, justicia y tolerancia que respondan al proceso de formación, en el
cual todos los miembros de la comunidad educativa están involucrados.
Vale la pena recordar que los derechos son valores de convivencia cuyo fundamento es la
dignidad humana. Implican el reconocimiento de unas condiciones mínimas que deben ser
garantizadas a todas las personas. Los deberes por su parte, son los comportamientos
exigidos por la sociedad, en su conjunto, a los individuos para posibilitar el desarrollo de la
dignidad humana.
La definición de los conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa y los
procedimientos que permitan conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las
personas, posibilitan el no tener que recurrir a la violencia en forma alguna, puesto que
uno de los compromisos más importantes de cualquier ser humano, es propender por el
logro y mantenimiento de la paz.
En conclusión, el Manual de Convivencia es el conjunto de valores, principios, derechos y
deberes que iluminan y regulan el comportamiento de todos y cada uno de los miembros
de la comunidad educativa. Deberá ser ampliamente conocido y difundido a toda la
comunidad educativa de Anaime, al iniciar el año lectivo.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 19
1.1 Objetivos
20. Manual de Convivencia
Cumpliendo con lo dispuesto en la ley general articulo 73 y 87 reglamentado por el artículo
7 del decreto 1860, que establece el manual de convivencia, como parte integrante del
funcionamiento de la institución con los siguientes objetivos:
Ajustar la vida del centro educativo al nuevo orden social, jurídico y cultural
consagrado en la constitución política, en el código del menor, en los artículos 73 y
87 de la ley general de educación y en el artículo 7 del decreto 1860.
Proveer a la comunidad educativa de un medio que le permita conocer las normas
de convivencia de la gran familia del centro educativo
Dar a conocer los derechos, deberes, estímulos y correctivos que tiene la
comunidad educativa.
Propiciar un espacio de reflexión para la convivencia feliz y la participación de todos
los estamentos básicos de la comunidad del
centro educativo.
Cultivar en los estudiantes los valores
éticos y morales que permitan el respeto por si
mismo y por los demás y desarrollar la
capacidad de asumir con responsabilidad y
autonomía sus deberes y derechos.
Formar en el respeto a la vida, los
derechos humanos, la paz y los principios
democráticos de igualdad, justicia, solidaridad
y equidad, el ejercicio de la libertad y la
tolerancia es fundamental para la convivencia
en el centro.
Facilitar la participación de la comunidad educativa en los entes educativos
ordenados por la ley.
Educar en el respeto a la autoridad legítimamente constituida, en el respeto por la
cultura nacional, por nuestra historia y por los símbolos patrios.
Valorar, respetar y preservar el medio ambiente y los recursos naturales. Proteger
los bienes y el patrimonio histórico, cultural y ecológico del centro.
Orientar una formación integral de los estudiantes, que les permita proyectarse
positivamente hacia el futuro.
Señalar las funciones, derechos, deberes y límites de autoridad que corresponden a
los diferentes estamentos y unidades de mando.
Estamos comprometidos con la mejora continua del sistema de gestión de calidad
que permita incrementar el nivel de satisfacción de nuestros jóvenes.
1.2 Justificacion:
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 20
21. Manual de Convivencia
El presente Manual de Convivencia,
está enmarcado en lo dispuesto por
la Constitución Colombiana, el
Código del Menor (Decreto 2737 de
1980) Los Derechos del Niño
(Artículo 44 de la Constitución
Política Nacional), La ley 1620 de
2.013, El Proyecto Educativo de la
Institución Educativa Anaime, la Ley
General de Educación y sus
respectivos decretos y reglamentos.
Así se definen los criterios
previamente acordados en forma
democrática y participativa por los
diferentes miembros de la comunidad
educativa, sobre comportamientos, disciplina, conductas, derechos, deberes, estímulos,
correctivos pedagógicos, intereses, necesidades, funciones de los alumnos, del grupo y
padres de familia, en bien de la convivencia escolar y con el fin de clarificar la operatividad
y el proceso formativo de la Institución Educativa Anaime.
En la Constitución Nacional se destacan los artículos que aportan elementos para una
sana convivencia y formación democrática.
Artículo 1: Las normas colombianas se fundamentan en el respeto por la dignidad
humana, en eltrabajo y la solidaridad de las personas.
Artículo 2: El estado debe asegurar la convivencia pacífica y la vivencia de un orden
justo.
Artículo 13: Igualdad de derecho de las personas ante la Ley
Artículo 16: Libre desarrollo al desarrollo de la personalidad.
Artículo 27: Libertad de enseñanza
Artículo 41: Fomentar las prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y
valores de la participación ciudadana
Artículo 44: Son derechos fundamentales de los niños la educación, la cultura, la
recreación y la libre expresión.
Artículo 67: La educación como derecho de todo individuo cuya función es rescatar los
valores como la paz, la democracia, relación y cultura.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 21
22. Manual de Convivencia
Ley de infancia y adolescencia SUPRIMIR TODO LO REFERENTE AL CODIGO DEL
MENOR
Código del Menor: Transcribimos también el decreto 2737 de 1989 conocido como el
código del menor aquellos artículos que son significativos para la convivencia social y la
defensa de los derechos humanos.
Artículo 311: Todo menor tiene derecho a recibir la educación necesaria para la
formación integral.
Artículo 314: Para el cumplimiento del artículo anterior el rector del establecimiento
educativo citará a los padres del menor cuando se presenten dos o más ausencias
injustificadas en el mes.
Artículo 317: Los directivos de centros educativos organizarán programas institucionales
de asesoría Psicológica, recreativa y cultural, así como deportiva.
Artículo 319: Los directivos no podrán imponer sanciones que afecten la dignidad del
educando.
La expulsión sólo podrá ser impuesta con fundamento en una causal previamente
establecida en el Manual de Convivencia y con la autorización de padres de familia.
Ley General de Educación: estamos convencidos de que con la Ley General de
Educación, Ley 115 se inicia un camino nuevo en el proceso educativo, la
complementarán la Ley 715 y su Decreto 0230. Artículo 5: Apoyada en la Constitución
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 22
23. Manual de Convivencia
artículo 67, presenta con claridad los trece fines de la educación centrados en el
desarrollo pleno del estudiante como un proceso de formación integral donde se ha de
aprender primero a respetar, valorar, cuidar y defender la vida, creer en la participación
democrática, conservación y cuidado del medio ambiente, la adquisición de conciencia
crítica con la formación de una conciencia racional donde la práctica de la solidaridad
defensa y valoración de la cultura aportan a la formación integral de se hablaba antes.
Artículo 6: Este artículo se apoya en el artículo 63 de la Constitución Nacional y presenta
con claridad la identidad de la Comunidad Educativa y su tarea y responsabilidad en la
buena marcha de la institución educativa.
Artículo 7: Presenta el rol definitivo de la familia en la tarea educativa como la primera
responsable de la educación de los hijos en directa colaboración con la institución en la
formación integral. Por esto la familia a de empeñarse con la institución educativa en la
continuidad y conservación del medio ambiente educativo en el hogar.
Artículo 24: Garantizar el derecho a recibir educación religiosa, presenta también la
libertad de cultos, el derecho de los padres de familia a escoger el tipo de educación para
sus hijos.
Artículo 25: Habla de la necesidad de promover en la institución la formación ética y
moral a través del currículo.
Artículo 91: Presenta al educando como el centro de todo el proceso educativo, y la
necesidad de su participación activa en la
formación integral que recibe.
Artículo 92: Hace expresa la forma como se ha
de llevar concretamente el proceso formativo del
educando, para que no solo reciba formación
intelectual sino que sea crítico, participativo y
comprometido con su propia formación.
Artículo 95: Habla sobre la validez de la
matrícula como acta de vinculación del educando
con determinada institución educativa.
Artículo 96: Habla sobre las condiciones de
permanencia en el establecimiento educativo,
aspecto éste, que ha de ser considerado en el
Manual de convivencia.
Artículo 97: Presenta la obligatoriedad del
servicio social del estudiante.
Con este marco legal el estudiante aprende a
relacionarse y ajustarse racionalmente las normas, porque descubre en ellos pautas
valederas para una acción cada vez más humanas.
Ley General de Educación:
Artículo 101: Premio al rendimiento escolar, los estudiantes de las instituciones
educativas estatales que obtengan en cada grado los primeros lugares en rendimiento
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 23
24. Manual de Convivencia
académico, serán exonerados del pago de matrículas y pensiones correspondientes al
siguiente grado.
Artículo 192: Incentivos de capacitación y profesionalización. La nación y las entidades
territoriales podrán crear incentivos de capacitación, docentes, cuyas instituciones y
educandos se destaquen en los procesos evaluativos que se convoquen para el efecto.
Artículo 142: Conformación del gobierno escolar: cada establecimiento educativo del
Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el
Consejo Académico.
En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, de los
educadores, de los administradores y de los padres de familia en aspectos tales como la
adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades sociales,
deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de organizaciones
juveniles y demás acciones que redunden en la práctica de la participación democrática en
la vida escolar.
El presente manual incluye todo lo establecido por la ley 1620 y su decereto
reglamentario No. 1965 del 11 de septiembre d 2013.
Ley 1620 del 15 de marzo de 2013: Por la cual se crea el sistema nacional de convivencia
escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia escolar .
Articulo 143:
Conformación del comité de convivencia escolar será asì:
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité,
El personero estudiantil,
El docente con función de orientación
El presidente del consejo de padres de familia
El presidente del consejo de estudiantes,
Un docente que lidere procesos de convivencia escolar.
Funciones del comité de convivencia:
Desarrollar acciones para la promoción y fortalecimiento, a partir de las estrategias y
programas trazados por los comités Nacional, municipal y departamental de convivencia
escolar.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 24
25. Manual de Convivencia
1.3 Sentencias Y Fallos De La Corte
La Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus
aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias.
Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica desde el punto de
vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres.
Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de
presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases,
descansos, salidas pedagógicas, y las diferentes actividades realizadas en la institución;
igualmente el estudiante deberá conservar el debido comportamiento y respeto por sus
profesores y compañeros.
Igualmente se pronunció frente a los siguientes aspectos:
Evaluación y Promoción en la Ley General de Educación (Artículo 96.)
Permite la reprobación de estudiantes, sin restricción; por lo tanto puede darse en todos
los grados.
Permite la exclusión de la institución por bajo rendimiento y por mala disciplina bajo el
cumplimiento de dos condiciones: que dicha sanción esté contemplada en el Manual de
Convivencia y que se lleve el debido proceso.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 25
26. Manual de Convivencia
La promoción y el derecho a la Educación:
No se vulnera el derecho a la Educación por pérdida del año (098 3-III-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por sanciones al mal rendimiento (596-7-XII-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por normas de rendimiento y disciplina (316-12-
VII-94).
No se vulnera el derecho a la Educación por la exigencia al buen rendimiento (439-12-X-
94).
No se vulnera el derecho a la Educación por expulsión debido al mal rendimiento o faltas
de disciplina (439-2-X-94).
El derecho a la Educación lo viola el estudiante que no estudia porque viola el derecho de
los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la
institución (Ejemplo: cuando un alumno comete un delito).
Doctrina Constitucional sobre el derecho a la Educación:
El derecho a la Educación no es absoluto, es derecho- deber. (Tiene que cumplir con el
Manual de Convivencia)
El derecho–deber exige, en todos, deberes. El derecho-deber exige a los estudiantes un
buen rendimiento académico.
Todos los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden.
El derecho a los demás limita el derecho propio a la educación y al libre desarrollo de la
personalidad.
El derecho a la Educación permite sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento
académico, hasta la exclusión.
El bajo rendimiento vulnera el derecho a la Educación de los estudiantes que rinden y
aprovechan eltiempo.
CAPITULO 2. ACUERDO N° 00000 FECHA DEL MANUAL
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 26
27. Manual de Convivencia
POR EL CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION
EDUCATICA ANAIME DEL MUNICIPIO DE CAJAMARCA TOLIMA.
El consejo directivo del LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME, municipio de Cajamarca
Tolima, en uso de sus facultades legales y
Considerando:
Que el artículo 87 de la Ley General de Educación, establece que, las Instituciones
Educativas deben tener un Manual de Convivencia que contemplen los derechos y
deberes de los miembros de la Comunidad Educativa…….
Que el PEI, Proyecto Educativo Institucional de LA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME,
municipio de Cajamarca, contempla las bases sobre las cuales se desarrollará el Manual
de Convivencia para la institución, y
Que para cumplir con la misión y la visión deLA INSTITUCION EDUCATIVA ANAIME,
municipio de Cajamarca es fundamental regular las relaciones entre los miembros de la
comunidad educativa, (Artículo 17 del Decreto 1860/94),
ACUERDA:
ARTICULO 1: Aprobar, adoptar, sancionar y promulgar el presente manual de convivencia
con el fin de garantizar a todos los miembros de la comunidad educativa LA INSTITUCION
EDUCATIVA ANAIME, el respeto de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, de
acuerdo con la Constitución Política de Colombia y la Ley, para brindar un espacio
propicio para el ejercicio de la democracia participativa, la justicia, la igualdad, la
socialización, la adquisición y la construcción de conocimientos, la libertad, la paz y en
general el logro de sus objetivos educativos.
PARAGRAFO 1. El Manual de Convivencia hace parte del Proyecto Educativo Institucional
(PEI.)
TITULO III. DE LOS ESTUDIANTES
CAPITULO 1. DE LA CONDICIÓN Y PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE
ESTUDIANTE
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 27
28. Manual de Convivencia
ARTICULO 2. Son estudiantes de la Institución Educativa Anaime quienes se matriculen
de acuerdo con las normas internas y del estado, y deberá evidenciar, entre otros, los
siguientes comportamientos:
Ser una persona autónoma y responsable de sus actos.
Controvertir con altura, tanto con sus compañeros como con sus profesores y demás
integrantes de la comunidad.
Asumir posiciones y sustentarlas.
Asumir que los derechos de las personas no son absolutos, que suponen el
cumplimiento de deberes para que haya equilibrio social.
Evidenciar respeto por su propia persona y por la de los demás, por su espacio y por
su diferencia.
Ser un individuo capaz de hacer el bien y evitar el mal.
Ser alguien deseable y útil para la sociedad.
Ser un estudiante conocedor de la realidad con capacidad en la solución de los
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 28
problemas.
Ser un estudiante predispuesto a la formación permanente a la apropiación de los
avances científicos del momento.
Cuidar el entorno conservando la belleza orden y aseo del lugar donde se encuentre.
Practicar los valores necesarios en su actuar, y de manera especial los valores de la
institución.
ARTICULO 3.Para adquirir la condición de estudiante LA INSTITUCION EDUCATIVA
ANAIME, municipio de Cajamarca es necesario:
a) Conocer y aceptar, por si mismos y por sus padres, acudiente o representante legal el
manual de convivencia.
b) Haber sido oficialmente admitidos en el establecimiento educativo mediante el
cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, Las
secretarías de educación Departamental y Municipal.
c) Una vez el estudiante haya cumplido con los anteriores requisitos, se registrara
oficialmente en la plataforma sistematizada SIMAT, por internet.
ARTICULO 4. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 42 de la ley 1098 de 2006
cuyo numeral primero estipula que está dentro de las obligaciones especiales de las
instituciones educativas el facilitar el acceso de los niños, las niñas y los adolecentes al
sistema educativo y garantizar su permanencia; el ingreso de los estudiantes y la
continuación en el servicio educativo.
PARAGRAFO
En casos excepcionales la institución podrá permitir la asistencia a algunos aspirantes a
dicente, con carácter muy temporal mientras llenan requisitos legales. Ellos deberán
cumplir las mismas normas de los estudiantes matriculados.
ARTICULO 5. MATRÍCULAS
La matricula es el contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las
normas legales e institucionales vigentes por el termino de un año escolar, lo cual indica
que terminado este periodo tanto la institución como el padre de familia quedara en
29. Manual de Convivencia
libertad de renovar el contrato para el año siguiente. En caso de incumplimiento de los
compromisos que se pactan en este, se podrá dar por terminado por cualquiera de las
partes.
ARTICULO 6. PROCESO DE RENOVACIÓN DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES
ANTIGUOS
Presentarse personalmente con los
padres de familia o acudientes en
la fecha indicada, cumplir con el
pago de los derechos académicos
establecidos y entregar los
documentos requeridos por la
secretaria de la institución para
diligenciar el respectivo formulario.
Para renovar matricula se
requiere:
Boletín del último periodo
escolar
Dos fotos recientes
Carné del Sisbén actualizado
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 29
Paz y salvo
ARTICULO 7. PROCESO DE MATRÍCULA PARA ESTUDIANTES NUEVOS
Se procede de la misma forma que con los estudiantes antiguos y anexando la siguiente
documentación:
Registro civil original.
Fotocopia del documento de identidad (tarjeta de identidad o cédula), o constancia de
trámite cuando sea necesario.
Certificación del grado anterior y/o constancia cuando sea pertinente.
Fotocopia de los documentos de identidad de los padres o acudientes
Dos fotos recientes
Carné del Sisbén actualizado, (si tiene)
Pago de costos educativos.
ARTICULO 8. CANCELACION DE LA MATRICULA
Se cancelara la matricula en cualquiera de los siguientes casos:
ARTICULO9.Se perderá la condición de estudiante DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
ANAIME:
a) si cursa y aprueba el último grado de bachillerato, caso en el cual pasara a llamarse:
Exalumno Egresado.
b) por la exclusión del alumno, una vez agotadas las instancias legales mencionadas en el
presente manual para la aplicación de sanciones, previa cancelación de la matricula por la
comisión de convivencia
30. Manual de Convivencia
c) cuando no se formalice la renovación de la matricula dentro de los plazos fijados por la
Secretaria de educación y en pleno, los requisitos previstos por la Institución Educativa
Anaime,
d) Por retiro voluntario de su acudiente o padre de familia.
e) Cuando el estudiante ha superado el 25 % de la inasistencia permitida por la ley con o
sin excusa.
CAPITULO 2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 10. Los estudiantes de la I.E .Anaime, tienen derecho a:
1. Los derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la
recreación y la libre expresión de opinión.
2 Al respeto por su dignidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas, sin que el
proselitismo perjudique el bien común.
3. A recibir copia del presente manual de convivencia
4. A una formación integral en valores con el sentido del bien común.
5. A ser atendidos con amabilidad de acuerdo con su dignidad de seres humanos, cuando
formulen sugerencias, reclamos justos y respetuosos con la finalidad de mejorar su
proceso de formación o para buscar la solución de conflictos personales, grupales o
institucionales (título preliminar Cap. II, Art. 8-1 y 16 del código del menor).
6. A participar directamente o a través de representantes elegidos democráticamente en
los diferentes organismos colegiales, en la planeación, realización y evaluación del
proceso educativo y a elegir y ser elegido para dichos organismos.
7. A la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, siempre y cuando
no atente contra los demás ni entorpezca la buena marcha del plantel (Art. 20 C. N. C. ).
8. A la libre asociación para formar el Consejo Estudiantil.
9. A que los educadores sean equilibrados y justos, respeten el ritmo personal de
aprendizaje y la individualidad, fijen pautas de trabajo claro, las comuniquen
oportunamente, las cumplan y las hagan cumplir; a que no empleen la amenaza, ni trato
que implique de alguna manera afectar los derechos fundamentales.
10. A solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del aula o plantel, cuando
existan causas justificadas (por calamidad familiar o enfermedad) presentadas por el
acudiente y siguiendo el conducto regular.
11. A recibir por primera vez el carné estudiantil que le permite identificarse en cualquier
lugar como miembro del plantel (el carné será cambiado o renovado según
reglamentación).
12. A conocer el Manual de Convivencia, la Hoja de Vida, el Observador y su evaluación
oportunamente.
13. A solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre
aspectos relacionados con su formación integral.
14. A disfrutar de los descansos, deportes y actividades recreativas, programadas en los
lugares y tiempos disponibles para ello.
15. A participar en la construcción de los procesos que lo lleven a la apropiación de
conocimientos científicos, tecnológicos, culturales, literarios, recreativos y deportivos.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 30
31. Manual de Convivencia
16. A conocer oportunamente los planes de cada asignatura, los logros y los indicadores
de logros de cada unidad y a una programación dosificada de talleres, trabajos,
actividades y evaluaciones.
17. A conocer el resultado y correcciones u observaciones de su proceso de evaluación en
un término entre 8 y máximo 15 días calendario, contados desde la fecha de su
presentación.
18. A recibir formación cristiana, artística, física y cultural acorde a la filosofía de nuestra
I.E. Anaime, al plan de estudio y a las exigencias curriculares establecidas por el M. E. N.
y el PEI.
19. A ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes, e igualmente
conocer los resultados de todo el proceso evaluativo.
20. A solicitar y obtener constancia y certificado de estudio de acuerdo con las normas
fijadas por la Institución y el M. E. N.
21. A obtener el título ofrecido y concedido por la Institución al cumplir los requisitos
exigidos por la legislación vigente.
22. A solicitar oportunamente y con el debido respeto, la corrección de notas erróneas.
23. El cumplimiento de los deberes concernientes al cuidado del medio ambiente unido al
respeto por la salud y el cuidado propio y ajeno permitirán disfrutar de un ambiente sano,
limpio y organizado.
24. Los alumnos tienen derecho a disfrutar de espacios sanitarios limpios, y adecuados,
con aguas limpias y potables, asi como a un ambiente sano, y armónico que contribuya a
un adecuado proceso psicosocial.
25. A utilizar adecuada y responsablemente los recursos y servicios que ofrezca la
institución, (refrigerio, restaurante, cooperativa escolar, etc.) de acuerdo con la
organización estipulada.
26. A disfrutar de todos los servicios de bienestar institucional, cumpliendo las exigencias
que existan en cada caso.
27. A obtener calidad acorde con los parámetros de costo- beneficio en los servicios extra
que presta la Institución como son el transporte escolar (como subsidio del gobierno) y
otros que pudieran ofrecerse en un futuro.
28. A recibir al iniciar el año un pupitre en óptimas condiciones que le permita desarrollar
su actividad en clase de manera cómoda.
29. A concertar la metodología y criterios de evaluación de cada asignatura para los
diferentes períodos del año escolar.
30. A ser atendido oportunamente en sus solicitudes de certificados, constancias de
estudio, paz y salvos o demás documentos, dentro de los horarios establecidos para este
fin.
31. A recibir orientación psicológica en el transcurso de su permanencia en el colegio,
atendiendo la reglamentación interna, ya sea a través de asesoría del ICBF o Alcaldía
Municipal.
32. A representar a la institución en eventos deportivos, culturales o sociales y a recibir
apoyo de la institución para ello.
CAPITULO 3. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
ARTICULO11. El estudiante de la I.E. Anaime, se compromete con la institución a:
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 31
32. Manual de Convivencia
1. Ser leal y tener sentido de pertenecía con la institución.
2. Concurrir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución,
debidamente uniformado y a comportarse de manera decorosa.
3. Portar con elegancia y respeto el uniforme de la institución según los horarios
establecidos por la misma.
4. Practicar las más elementales normas de vida en comunidad: Aseo, disciplina,
presentación personal, respeto por sí mismo, por los demás y los bienes ajenos
5. Cuidar de los enseres del colegio o cualquier otro que pongan a mi disposición y si
los daños los arreglaré o responderé.
6. Atender las señales para entrar, salir o cambiar de actividad y no contaminar de
manera visual, auditiva, con basura u otra forma, el medio ambiente. Repararé los
daños que cause en este sentido.
7. colaboraré en todo lo que sea constructivo para mi colegio y aportare ideas para el
mejoramiento permanente.
8. Asumiré responsablemente las consecuencias de mis actuaciones.
9. Respetare el conducto regular para el análisis y tratamiento de los problemas y
situaciones de orden disciplinario.
10. Daré prioridad a mi estudio y a los compromisos con la institución.
11. Respetare los símbolos de mi país a través de mi actitud en los actos cívicos y patrios.
12. Seré respetuoso de la autoridad educativa.
13. Actuare con justicia y honestidad en la comunidad educativa.
14. Justificaré mis ausencias al plantel o a sus actividades.
15. Pondré en conocimiento de directivos y/o docentes cualquier actividad que atente
contra integridad y la moral de los principios básicos de la institución.
CAPITULO 4. NORMAS REFERIDAS AL USO DEL UNIFORME
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 32
33. Manual de Convivencia
ARTICULO12. El uniforme constituye un distintivo institucional, unifica y establece las
mismas condiciones para todos los estudiantes, constituye la imagen propia del plantel
dentro y fuera de las instalaciones educativas, de allí, la responsabilidad de su porte,
cuidado y manejo. Su buen uso y una adecuada presentación personal influyen
decididamente en la evaluación del comportamiento.
La institución educativa adoptará los uniformes que los estudiantes deben portar,
respetando los parámetros establecidos en el Código de la Infancia y la Adolescencia y
respetando el libre desarrollo de la personalidad de la comunidad estudiantil; pero a su vez
ellos (as) estarán obligados a llevarlo con elegancia, decoro y buena presentación
personal.
a) Para las niñas: falda escocesa con tonalidad blanco, azul y rojo, con cuatro prenses
chatos en la parte delantera y cuatro prenses en la parte trasera, cremallera al lado
izquierdo y a la mitad de la rodilla; camibuso blanco manga corta, con el escudo de la
institución al lado izquierdo; chaqueta azul de nylon o algodón, de cierre, con bolsillos
discretos; zapatos negros lustrados permanentemente, con cordones del mismo color o
zapato hebilla estilo Mafalda; medias completamente blancas a la rodilla.
b)Para los caballeros: pantalón azul oscuro según modelo, camibuso blanco manga corta,
con el escudo de la institución al lado izquierdo; chaqueta azul de nylon o algodón, de
cierre, con bolsillos discretos; zapatos negros de cuero lustrados permanentemente, con
cordones del mismo color o zapato mocasín; medias azul oscuro.
c) Está conformado por sudadera pantalón vinotinto con franja amarilla, bolsillos discretos,
en material nylon o semipermeable; camiseta blanca estilo lacos de cuello en V, con el
escudo de la institución bordado al lado izquierdo; medias y tenis completamente blancos.
La camiseta debe permanecer siempre dentro del pantalón o sudadera.
d) Los alumnos deberán conservar una excelente presentación, en donde prime el aseo y
la organización, evitando modas extravagantes y tinturas de colores diferentes a los tonos
naturales.
ARTICULO 13. USO DE ACCESORIOS
Los niños y jóvenes, varones, deben asistir a la institución con cabello corto, sin
presentaciones extravagantes, usar corte de cabello clásico con peinados acordes con el
uniforme, no tinturar el cabello de colores exagerados y en caso de raparse, no usar
ningún tipo de figuras, letras o símbolos. Abstenerse de usar aretes.
Las damas deben evitar adornos extravagantes que redunden con la buena presentación
del uniforme. Pueden portar aretes discretos y pequeños; moños o bambas que combinen
con los colores del uniforme y evitar cortes de cabello y tinturas estrambóticas.
Por motivos de presentación, salud y de autoestima las damas y los caballeros deben
abstenerse del uso de piercings.
ARTICULO 14. CUIDADOS DE LOS BIENES Y ENSERES
La convivencia ciudadana permite forjar acuerdos de beneficio mutuo convertidos en
oportunidades para el crecimiento, sin vulnerar las necesidades de las otras personas por
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 33
34. Manual de Convivencia
tanto los espacios físicos y pertenencias de la institución son de obligatorio cuidado por
todos.
Obligaciones:
Los estudiantes se deben comprometer a hacer buen uso del pupitre asignado y a fin
de año, o al retirarse, entregarlo en perfectas condiciones.
Los salones deben permanecer limpios y organizado, las paredes libres de rayones al
igual que los accesorios que acompañan cada aula.
Los padres o acudientes deben responder por los daños que los estudiantes causen a
la planta física o a los muebles, enseres, libros, elementos tecnológicos o de
laboratorio, así como de cualquier elemento que se confíe al estudiante y que por su
uso irresponsable se vea afectado.
Las unidades sanitarias deben permanecer en excelentes condiciones de asepsia y
en buen estado.
TITULO IV. TIPIFICACION DE LAS SITUACIONES
La ley 1620 y el decreto reglamentario 1965 plantea tres tipos de situaciones:
CAPÍTULO 1. Situación tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el
clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud física o mental
(Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
ARTICULO 18. Se consideran situaciones de Tipo I:
1. Llegar tarde a la institución, a clase o a eventos pedagógicos programados.
2. Perder tiempo y hacerlo perder a sus compañeros, entorpeciendo el normal desarrollo
de las clases y demás actividades curriculares.
3. La permanencia de alumnos en las aulas de clase sin autorización, antes de iniciar la
jornada y en los descansos.
4. Participar en juegos bruscos y malintencionados.
5. Permanecer en sitios no autorizados.
8. El desacato a observaciones dadas.
9. Masticar chicle, consumir bebidas o alimentos en clase, en formación o en espacios
académicos, religiosos, cívicos, y otros que merezcan respeto y compostura.
10. Llamar por el sobrenombre a un compañero
11. Arrojar basuras, desperdicios al piso.
12. No ser acudido por el padre de familia o acudiente a una citación.
13. Portar cadenas, aretes, manillas o cualquier otra joya de alto valor.
14. No traer al colegio los materiales necesarios para las prcticas pedagógicas
programadas.
15. Permanecer fuera del aula sin autorización en momentos de cambio de clase.
16. Llevar a cabo apuestas, juegos de azar o similares
17. La venta de rifas, alimentos, frutas, o cualquier producto o articulo no autorizado,
dentro de la institución
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 34
35. Manual de Convivencia
18. Irrespeto a las insignias patrias o del colegio.
19. adoptar una actitud hostil y grosera realizando gestos o mímicas irrespetuosas
20. Evidenciar desaseo o falta de higiene personal.
21. Presentarse con el uniforme sucio, rasgado, incompleto, con adornos o parches que
no correspondan.
22. Indisciplina en la clase o cualquier evento programado.
23. No portar de manera visible e carnet estudiantil.
24. El uso de maquillaje, aretes extravagantes, pircings, uñas de colores extravagantes, y
cualquier accesorio que desentone con la buena presentación y porte del uniforme.
25. Demostrar irresponsabilidad con los materiales confiados.
26. Faltar a clases injustificadamente.
27. Otras que atenten en contra de algún miembro de la comunidad, o de la institución, y
que afecten en menor proporción.
CAPITULO 2. SITUACIONES TIPO II
ARTICULO 19. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso
escolar y ciberacoso, que no presenten revista las características de la comisión de un
delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes particularidades: a) Que se
presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud
(física o mental) sin generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas
involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
ARTICULO 20. Se consideran Situaciones de tipo II las siguientes:
1. Numerosas inasistencias a clase sin causa justificada.
2. La evasión del establecimiento.
3. Entrar o salir de la institución por sitios no autorizados.
4. Irrespeto verbal o físico a cualquier miembro de la comunidad educativa.
5. Las excesivas caricias y demostraciones de amor a compañeros producto de la
amistad o el noviazgo.
6. Dañar y hacer mal uso de los implementos escolares proporcionados por la institución
incluyendo los de sus compañeros, docentes o de los libros de la biblioteca.
7. Reiteración en la comisión de la misma falta leve.
8. Rayar pupitres y paredes de la institución educativa.
9. Realizar cualquier tipo de intimidación o extorsión a compañeros o personal de la
institución educativa.
10. Asumir juegos que impliquen morbosidad, contactos físicos intencionales y demás
acciones enmarcadas en el irrespeto al otro género.
11. Utilizar palabras soeces en el saludo a compañeros y compañeras dentro y fuera de la
institución educativa.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 35
36. Manual de Convivencia
12. Utilizar el uniforme de la institución (diario o de educación física) en horarios no
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 36
habituales.
13. Dejar de asistir a la institución educativa y, portando el uniforme, realizar otras
actividades que no correspondan a la respectiva jornada de estudio.
14. Utilizar celular, ipods o cualquier otro tipo de equipo tecnológico que perturbe el
normal desarrollo de las clases.
15. Participar o motivar los juegos de azar (naipes, apuestas).
16. Portar y/o difundir material pornográfico o esotérico.
17. Crear falsas alarmas tendientes a conseguir el pánico colectivo, tales como: estallar
fulminantes, mechas, provocar quemas de basura dentro o fuera del aula, enrarecer el
ambiente con sustancias de olor desagradable.
18. El consumo de licor o cigarrillo o sustancias psicoactivas dentro y fuera de la
institución, portando el uniforme.
19. Fraudes académicos en evaluaciones, trabajos, copia de información, suplantación de
personas en firmas, exámenes, alteración de notas, etc.
20. El uso de apodos y vocabulario soez con cualquier miembro de la comunidad
educativa.
21. Violentar ventanas, techos, puertas, candados o cerraduras.
22. Impedir el desarrollo de las actividades atreves de conductas indecentes o
irrespetuosas.
23. Prestar el carnet o el uniforme a personas ajenas a la institución para beneficiarse de
algún servicio.
24. Ejecutar acciones que contaminen el ambiente a nivel olfativo, auditivo, o visual.
25. Denigrar, mancillar, ofender, deshonrar a cualquier miembro de la comunidad a través
de pasquines, grafitis, dibujos, letreros, mensajes o cualquier medio difamando su buen
nombre y su dignidad.
26. Utilizar equipos y materiales de la institución de manera irresponsable o sin
autorización.
27. Encubrir a alguien en una falta de gravedad.
28. Entrevistarse con persona ajena a la institución en horario académico sin autorización.
29. No entregar notas, citaciones e informes escritos a su acudiente o padre de familia.
30. Desacatar órdenes u observaciones, adoptando una conducta ofensiva.
31. Utilizar el nombre de la institución, de un docente u otra persona, sin ninguna
autorización.
32. Portar, vender o consumir cigarrillos, dentro de la institución o mientras use el
uniforme.
33. Asistir a cualquier evento institucional en manifiesto estado de alicoramiento.
34. Tratar de forma soez a cualquier miembro de la comunidad.
35. Realizar demostraciones afectivas indecorosas entre estudiante-estudiante y/o
estudiante-docente dentro del plantel o mientras se use el uniforme.
36. Inducir o Participar o en peleas, dentro o fuera del plantel.
37. Usar el servicio de internet para fines de ocio, pornográficos, violentos, de acoso
escolar (bullying o intimidación escolar), esotéricos, chat, música, videos, paginas
sociales y otros no educativos.
37. Manual de Convivencia
En algunos casos, como el navegar paginas sociales o música, el docente encargado
supervisara o autorizara al alumno
32. Inducir a las prácticas esotéricas, de magia negra, blanca o eventos similares.
33. Usar el servidor del equipo de sistema.
34. Llevar a cabo conductas que atenten en contra de su propia integridad física, la de un
compañero, docente, persona de la comunidad y el buen nombre del establecimiento
dentro o fuera del plantel
35. Otras que vayan en contra del proceso de formación y afecten física o moralmente en
mediana proporción.
CAPITULO 3. SITUACIONES TIPO III
ARTICULO 21. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual,
referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier
otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo
40).
ARTICULO 22. Se consideran situaciones de Tipo III:
1. La reincidencia en cualquiera de las faltas graves.
2. Adulterar evaluaciones, registros académicos, u otro documento con la intención de
cometer fraude, robo, y/o la mutilación de documentos como observadores, actas de
calificaciones, hojas de vida y documentos relacionados con el colegio.
3. Encontrarse en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias psicoactivas.
4. Portar armas de cualquier tipo, o usarlas en contra de cualquier persona.
5. La organización de grupos o pandillas para expender drogas, intimidar, extorsionar,
robar, agredir a cualquier persona.
6. Quemar bienes, destruir, tumbar muros, puertas, muebles, sillas, baños o cualquier
inmueble que corresponda a la planta física de la institución o de otra a la cual tenga
acceso.
7. El robo de objetos, materiales del plantel educativo, de cualquier miembro de la
comunidad educativa u otras instituciones que visite temporalmente en visitas o
integraciones interinstitucionales.
8. Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad.
9. Usar estratagemas, calumnias, engaños o difamaciones que afecten la dignidad y el
buen nombre de un docente, alumno o cualquier miembro de la comunidad
10. Participar en hechos graves como el atraco a mano armada, robo, corrupción de
menores, violación, y otras formas graves de delincuencia que se pudiera llegar a
presentar
11. Cualquier causa que ocasione intervención judicial, pérdida de la libertad o reclusión
en una cárcel o casa correccional para menores de edad.
12. Utilizar los espacios del plantel para prácticas sexuales, de reuniones esotéricas,
rituales satánicos o prácticas de magia blanca, negra o espiritismo.
13. Todas aquellas que atenten contra la integridad física, moral o material de los demás.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 37
38. Manual de Convivencia
TITULO V. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Previo proceso de descripción de la situación en la que se describa los detalles del/los
incidente(s), incluyendo nombres de las y los involucrados, qué ocurrió (por ejemplo, tipo
de agresión), en dónde, lo que dijo cada persona involucrada, si hay evidencia, y nombre
las y los testigos, se procede a clasificar el nivel de atención correspondiente.
SITUACIONES TIPO I
-El Directivo Docente o Docente se reúnen inmediatamente con las partes involucradas en
el conflicto.
-Se realiza una intervención por medio de la cual cada parte pudo exponer su punto de
vista.
-Se busca entre las personas involucradas la estrategia para reparar los daños causados,
restablecer los derechos e iniciar una reconciliación.
-Se fija una solución de manera imparcial, equitativa y justa.
-Se deja constancia de dicha solución en el observador del alumno.
-Se hace seguimiento al caso y a los compromisos establecidos.
SITUACIONES TIPO II
Se reúne toda la información de la situación, realizando entrevistas individuales, primero
con la persona o personas afectadas y luego con las otras personas implicadas.
• En caso de daño al cuerpo o a la salud, se garantiza la atención inmediata a las
personas involucradas mediante su remisión a las entidades competentes y se deja
constancia de dicha actuación, en el observador del alumno como en los registros de
coordinación.
• En caso de haberse requerido medidas de restablecimiento de derechos, se remitió la
situación a las autoridades administrativas y se dejó constancia de dicha actuación.
• Se adoptaron medidas de protección para las personas involucradas y se dejó
constancia de dicha actuación.
• Se informa inmediatamente a las familias (padres, madres o acudientes) de todas las
personas involucradas y se deja constancia de la actuación.
• Se brindan espacios para que las partes involucradas y sus representantes expongan y
precisen lo acontecido, manteniendo la información confidencial.
• Se determinan las acciones restaurativas para reparar los daños causados y el
restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
• Se definen las consecuencias para quienes promovieron, contribuyeron o participaron en
la situación reportada.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 38
39. Manual de Convivencia
• El presidente del Comité Escolar de Convivencia informa a las demás personas de este
comité sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas.
• El Comité Escolar de Convivencia realiza el análisis y seguimiento a la situación
presentada para verificar la efectividad de la solución dada o acudir al protocolo de
atención a situaciones tipo III, en caso de ser necesario.
• El Comité Escolar de Convivencia deja constancia en acta de la situación y su manejo.
• El presidente del Comité Escolar de Convivencia reporta el caso a través del Sistema de
Información unificado de Convivencia Escolar.
SITUACIONES TIPO III
En el caso de situaciones que sean constitutivas de presuntos delitos:
• Se denuncia por escrito ante la autoridad competente presente en el ámbito local.
• Se remiten a las personas involucradas al servicio de salud con el que contaban.
• Se comunican por escrito a los representantes legales de las personas involucradas las
medidas tomadas para el manejo de la situación
• La institución educativa garantiza los derechos de las personas implicadas según los
protocolos. Se deja constancia de dicha actuación.
• Se reporta el caso al Sistema de Información Unificado.
COMPONENTE DE PROMOCIÓN
1. Socialización a docentes, estudiantes y padres de familia de la Institución Educativa
Anaime de la Ley 1620 de 2013 (Ley de convivencia escolar) y el Decreto
reglamentario 1965 de 2013.
2. Creación del comité de convivencia escolar y socialización a la comunidad
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 39
educativa.
3. Ajustar el manual de convivencia teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre
convivencia escolar.
4. Articulación de los proyectos pedagógicos transversales como: Educación de la
sexualidad y construcción de ciudadanía, estilos de vida saludables en la
prevención de consumo de S.P.A, escuela de padres, ética y valores, democracia y
cátedra de la paz; en los estudiantes de preescolar a once y comunidad educativa
en general, en los cuales se transversalice los PPT con las áreas básicas, en la
promoción de estilos de vida saludables, escala de valores, competencias
ciudadanas y derechos y deberes humanos, derechos humanos sexuales
reproductivos y habilidades sociales.
5. Articulación de las competencias ciudadanas que promuevan un clima escolar y
aula positivos en la definición de normas y cumplimiento del manual de convivencia.
40. Manual de Convivencia
6. Definición de estrategias para la toma de decisiones, diálogo, concertación y
negociación.
7. Afianzar habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas que mejoren la
convivencia escolar.
8. Elaboración de carteleras institucionales en la que se promueva la convivencia
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 40
escolar.
COMPONENTE DE PREVENCIÓN
1. Capacitación a docentes sobre la identificación de factores de riesgo y factores
protectores a nivel personal, familiar y social que afectan la convivencia escolar y la
adopción de situaciones vulnerables.
2. Creación de centros de escucha activa que promuevan la expresión de
sentimientos y la mitigación de situaciones problemáticas, tanto a estudiantes como
a padres de familia.
3. Implementación de grupos de apoyo que promuevan el establecimiento de
ambientes de aprendizaje democráticos.
4. Salidas pedagógicas con el objetivo de brindar estrategias en la prevención de
situaciones de alto riesgo como el matoneo, el abuso sexual, violencia intrafamiliar,
embarazo en adolescentes, consumo de sustancias psicoactivas.
5. Realización de actividades lúdicas, recreativas, culturales como: encuentros
deportivos, el folclorito, semanas culturales, ferias del conocimiento, dentro y fuera
de la institución y en la cual se integren los padres de familia y la comunidad en
general.
6. Desarrollo de los proyectos pedagógicos transversales como: Educación de la
sexualidad y construcción de ciudadanía, estilos de vida saludables en la
prevención de consumo de S.P.A, escuela de padres, ética y valores, democracia y
cátedra de la paz a estudiantes, padres de familia y docentes.
COMPONENTE DE ATENCIÓN
1. Asistencia por parte de docente y directivos docentes a los estudiantes y padres de
familia en situaciones que atenten contra la convivencia escolar en las cuales se
implementen estrategias de dialogo, concertación y resolución de conflictos.
2. Aplicación de los protocolos internos referente a la remisión de situaciones
especiales al comité de convivencia escolar.
41. Manual de Convivencia
3. Adopción e implementación de estrategias pedagógicas por parte del comité de
convivencia para mitigar los factores que afectan la convivencia escolar.
4. Reconocimiento por parte del comité de convivencia escolar del tipo de faltas que
se presentan y la definición de los protocolos a implementar según corresponda.
5. Establecer mecanismos pedagógicos de mediación, reparación de daños,
restablecimiento de derechos que mejoren la convivencia escolar.
COMPONENTE DE SEGUIMIENTO
1. Realizar ajustes del manual de convivencia anualmente, de manera que se
involucre todos los actores de la comunidad educativa.
2. Verificación de la funcionalidad del comité de convivencia escolar.
3. Evaluación de las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas de los
proyectos pedagógicos transversales y definición de estrategias pedagógicas
acordes al contexto, necesidades e interés de la comunidad educativa.
4. Registro y análisis de todas las actividades propuestas en la presente ruta de
atención y planeación permanente.
5. Reuniones periódicas del comité de convivencia escolar.
6. Jornadas pedagógicas con docentes para identificar logros y aprendizajes
adquiridos durante el año lectivo respecto a la convivencia escolar.
7. Entrega de informes a la comunidad educativa, alcaldías y secretaría de educación
departamental como evidencia del desarrollo de la ruta de atención y su respectiva
retroalimentación.
CAPITULO 4. PROCESO DISCIPLINARIO
ARTICULO 23. En el proceso de formación todo estudiante evidencia ciertos
comportamientos que son característicos del proceso de adaptación social de su contexto
y que en muchas ocasiones atentan contra el buen desarrollo institucional. Es necesario
que la institución adopte un conducto regular para prevenir que esos comportamientos no
se conviertan en patrones de conducta, mediante la aplicación de correctivos y haciendo
referencia al debido proceso que tiene derecho toda persona que se encuentre amparada
por la Constitución Nacional.
Los procesos establecidos, se fundamentan en lo estipulado en el Artículo 45 del Código
de la infancia y la Adolescencia, referente a la prohibición de sanciones crueles,
humillantes o degradantes.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 41
42. Manual de Convivencia
ARTICULO 24 .CONDUCTO REGULAR
Para la discusión y solución de dificultades que se pueden presentar durante las
actividades escolares, se debe agotar en estricto orden el siguiente conducto regular.
Docente conocedor de la falta.
Director de grupo.
Coordinador.
Docente Orientadora
Comité de Convivencia Escolar.
Rector.
Consejo Directivo.
ARTICULO 25. EL DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO
Para la aplicación del debido proceso se aplicaran los siguientes términos.
1. Indagación preliminar: tiempo máximo de duración ocho (8) días.
2. Evaluación del proceso para continuarlo o archivarlo: tiempo máximo de duración
tres (3) días.
3. Investigación y recolección de pruebas: tiempo máximo de duración diez (10) días.
4. Verificación de las pruebas, recepción de descargos y emisión del fallo (absolutorio
o sancionatorio): tiempo máximo de duración diez (10) días.
El proceso disciplinario inicia cuando un estudiante comete una falta; sea de Tipo i, Tipo II
o Tipo III cuando incurre en la falta a un deber o a una prohibición. Igualmente, se puede
llevar a cabo un proceso disciplinario a un padre/ madre de familia o acudiente que falte a
un deber u obligación.
Cuando la falta sea cometida por un docente, le corresponde al coordinador comunicar el
hecho al Rector. Según sea el caso, se dará trámite a lo estipulado en el Código Único
Disciplinario.
El proceso disciplinario se efectúa por la comisión de una acción u omisión que
verdaderamente amerite la imposición de un correctivo o de una sanción. No se realiza un
proceso disciplinario por acumulación de faltas ni se puede asumir el bajo rendimiento
académico como falta disciplinaria.
Este manual de convivencia contiene los deberes, las obligaciones y las faltas que sirven
de fundamento para determinar el comportamiento que conlleva a una sanción o
correctivo. El coordinador tiene la responsabilidad de evaluar la acción u omisión cometida
por el estudiante o padre de familia para definir si ésta amerita correctivo o sanción.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 42
43. Manual de Convivencia
De todas maneras la comisión de una Tipo II o Tipo III o el incumplimiento de un deber o
una obligación que genere consecuencias graves para la formación del estudiante, para la
sana convivencia institucional o para la misma imagen de la institución, no requieren ser
evaluadas sino que, inmediatamente obligan a la apertura de un proceso disciplinario.
ARTICULO 26. PARA CASOS QUE SÓLO AMERITAN CORRECTIVOS
Para el caso de acciones cometidas por estudiantes o acudientes que no ameriten la
apertura de un proceso disciplinario que conlleven a una sanción, y que sólo requiera la
imposición de correctivos, se debe cumplir con los siguientes pasos:
ARTICULO 27. REGISTRO DE LA FALTA
La falta cometida debe ser registrada en el observador del estudiante. Esto puede hacerlo
un docente, director de grupo o el coordinador. El registro debe describi r, exactamente, la
acción cometida. Debe nombrarse la falta, la prohibición o el deber establecido en el
manual de convivencia que se relacione con dicha acción; y, obviamente, debe tener la
firma del estudiante.
En caso en que el estudiante se niegue a firmar, quien registre la falta puede pedirle a un
compañero del mismo, que haya sido testigo de la acción, que firme, corroborando la
veracidad del hecho. Una vez consignada la falta, el docente informa al respectivo director
de grupo y al coordinador, quienes evaluaran si la falta amerita aplicación de correctivo.
ARTICULO 28. IMPOSICIÓN DEL CORRECTIVO
Sólo el coordinador o el docente de disciplina podrán imponer correctivos disciplinarios o
pedagógicos. Según sea la situación, el coordinador o el docente de disciplina determina
qué correctivo amerita ser aplicado al estudiante o al acudiente y se le notifica por escrito.
Si el correctivo es impuesto por el docente de disciplina deberá informar al coordinador y
realizar la respectiva anotación en el observador del estudiante.
Para llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de este correctivo, el coordinador puede
delegar a un docente la responsabilidad de revisar la ejecución de las actividades
impuestas. El docente debe registrar en el observador del estudiante su concepto sobre la
actividad desarrollada y comunicarla a la respectiva coordinación.
ARTICULO 29. PARA CASOS QUE AMERITAN SANCIÓN
El proceso disciplinario es la suma de las diferentes fases o etapas que se cumplen,
siguiendo el debido proceso y permitiendo el derecho a la defensa, contra un estudiante o
padre de familia que haya faltado a un deber o a una obligación, o que haya cometido una
falta establecida en el manual de convivencia. El procedimiento para efectos del debido
proceso, en caso de que éste conlleve a una sanción, se da así:
ARTICULO 30. REGISTRO DE LA FALTA
La falta cometida debe ser registrada en el observador del estudiante, esto puede hacerlo
un docente, el director de grupo o el coordinador. El registro debe describir, exactamente,
la acción cometida. Debe nombrarse la falta, la prohibición o el deber estableado en el
manual de convivencia que se relacione con dicha acción; y, obviamente debe tener la
firma del estudiante.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 43
44. Manual de Convivencia
En caso de que el estudiante se niegue a firmar, quien registre la falta puede pedirle a un
compañero del mismo, que haya sido testigo de la acción, que firme, corroborando la
veracidad del hecho.
La falta cometida debe ser comunicada, inmediatamente a la respectiva coordinación para
que se dé inicio al proceso disciplinario.
ARTICULO 31. IMPUTACIÓN DE LA FALTA
La imputación de la falta, la realiza el coordinador mediante oficio al estudiante o al
acudiente, y debe contener:
La identidad del implicado.
La falta, el deber o la obligación, mencionada en el manual de convivencia, que fue
violentada con la acción o la omisión cometida.
Las acciones posteriores a las que tiene derecho el imputado.
PARÁGRAFO: En caso de que la falta cometida sea de carácter leve o que la acción
cometida no amerite una acción disciplinaria, el coordinador determinará el correctivo que
debe ser aplicado y lo notificará, por escrito al estudiante y a su acudiente. Todo esto debe
quedar consignado en el observador del estudiante.
ARTICULO 32. NOTIFICACION DE APERTURA DEL PROCESO DISCIPLINARIO
En caso de que la acción u omisión cometida amerite un proceso disciplinario, al imputado
se le debe notificar por escrito, que se le hace apertura del mismo.
Esta notificación la hace el coordinador y debe contener:
La identidad del imputado.
La falta, el deber o la obligación, mencionada en el manual de convivencia que fue
violentada con la acción o la omisión cometida.
Las acciones posteriores a las que tiene derecho el imputado, mencionando su
derecho a la defensa estipulando la fecha para la presentación de descargos y de
pruebas.
PARÁGRAFO 1: Contra esta notificación no procede ningún recurso.
PARÁGRAFO 2: El coordinador, ante de convocar al equipo de conciliación, debe solicitar
los descargos por escrito y las respectivas pruebas a las que el imputado tiene derecho,
para llevarlos al equipo de conciliación y darles a conocer en análisis de los hechos.
ARTICULO 33. ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN DE LOS HECHOS POR PARTE DEL
EQUIPO DE CONCILIACIÓN
El/la docente encargado de presidir el Equipo de Conciliación, lo convoca para efectos de
estudiar el/los caso(s) disciplinario(S). Cada Equipo debe estudiar los casos por
separado y tener en cuenta que las imputaciones sean por una acción u omisión cometida,
que esté debidamente registrada en el Observador del Estudiante, que corresponda con el
Manual de Convivencia y que amerite como resultado una sanción.
Además, debe revisar que el estudiante o el padre de familia, a quien se le inició el
proceso, haya sido debidamente imputado de su falta y notificado de la apertura del
proceso.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 44
45. Manual de Convivencia
En aras de garantizar el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, el Equipo de
Conciliación debe estudiar el caso, revisar los descargos y sopesar las pruebas, teniendo
en cuenta atenuantes y agravantes de la situación, antes de emitir un fallo. Si es el caso,
puede llamar al imputado o a testigos para ampliar las versiones y hacer las respectivas
consideraciones.
ARTICULO 34. EMISIÓN DE FALLO EN PRIMERA INSTANCIA, POR PARTE DEL
EQUIPO DE CONCILIACIÓN
Una vez analizado el caso, le concierne al Equipo de Conciliación emitir un fallo
sancionatorio. Este fallo debe corresponder con la falta cometida. El fallo debe ser
comunicado al coordinador o coordinadora para que el/ella, a su vez, lo comunique al
imputado, mediante notificación escrita y personal.
Esta notificación deben hacerla los coordinadores, por escrito, en un texto que contenga:
LA IDENTIDAD DEL IMPUTADO
LA FALTA COMETIDA
LAS CONSIDERACIONES DISCUTIDAS
LA DECISIÓN O FALLO
Este primer fallo del Equipo de Conciliación quedará en firme si el imputado no presenta el
recurso de reposición a que tiene derecho, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a
la notificación. En este caso, el/la Coordinador (a) informará a la rectoría para que se
produzca el acto administrativo sancionatorio y lo comunicará al estudiante, padre de
familia o acudiente sancionado. Contra este acto administrativo ya no procederá ningún
recurso. La sanción deberá ser consignada en el Observador del Estudiante.
PARÁGRAFO 1º: El Recurso de Reposición deberá presentarlo el imputado, dentro de los
cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de este primer fallo,
ante el mismo Equipo de Conciliación.
PARÁGRAFO 2º: Si el imputado presenta Recurso de Reposición, la sanción no se le
podrá aplicar. Se debe esperar el fallo en segunda instancia.
ARTICULO 35. EMISIÓN DE FALLO EN SEGUNDA INSTANCIA, POR PARTE DEL
EQUIPO DE CONCILIACIÓN
Para resolver el recurso de reposición impuesto por el imputado, el Equipo de Conciliación
se reúne nuevamente; esta vez presidido por el/la Coordinador(a). El caso se vuelve a
analizar y si amerita se solicitan nuevas pruebas o ampliación de descargos o versiones
de testigos o implicados. Este estudio debe permitir que la sanción se anule, se cambie o
se ratifique.
Cualquiera que sea la decisión, se comunica al imputado, mediante notificación escrita y
personal. Esta notificación la hace el/la Coordinador(a), en un texto que debe contener:
LA IDENTIDAD DEL IMPUTADO
LA FALTA COMETIDA
LAS NUEVAS CONSIDERACIONES DISCUTIDAS.
LA NEGACIÓN, MODIFICACIÓN, O RATIFICACIÓN DEL FALLO ANTERIOR.
Este fallo quedará en firme si el imputado no hace uso de su derecho al recurso de
apelación, durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. En este caso
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 45
46. Manual de Convivencia
el/la Coordinador(a) informará a la rectoría para que se produzca el Acto administrativo
sancionatorio y lo comunicará al estudiante, padre de familia, o acudiente sancionado.
Contra este Acto administrativo ya no procederá ningún recurso. La sanción deberá ser
consignada en el Observador del Estudiante.
PARAGRAFO 1º: El Recurso de Apelación deberá presentarlo el imputado durante los
cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de este segundo fallo,
ante el mismo Equipo de Conciliación.
PARAGRAFO 2º: Si el imputado presenta Recurso de Apelación, la sanción no se le podrá
aplicar. Se debe esperar el fallo definitivo.
ARTICULO 36. EMISIÓN DE FALLO DEFINITIVO
Para resolver el recurso de apelación interpuesto por el imputado, el Rector estudiará el
caso, revisando que el debido proceso se haya cumplido, que el derecho a la defensa se
haya garantizado y que el Equipo de Conciliación haya obrado de manera imparcial y
justa. También, tendrá en cuenta los atenuantes y agravantes relacionados con el caso; y
dará su decisión en cualquiera de los siguientes términos:
ANULACIÓN DEL FALLO, por el no cumplimiento del debido proceso, por violación al
derecho a la defensa o por falta de pruebas contundentes.
NOTIFICACIÓN DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA, ampliando o disminuyendo
la sanción impuesta.
RATIFICACIÓN DEL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA
Esta decisión será comunicada, mediante notificación escrita y de manera personal, por
parte de el/la Coordinador(a), sustentado por el Acto Administrativo que motiva y resuelve
la sanción. Esta deberá ser consignada en el Observador del Estudiante. Ante este fallo
definitivo no procede ningún recurso.
ARTICULO 37. APLICACIÓN DE LA SANCIÓN
La sanción que surja, en cualquiera de las instancias y que quede en firme mediante Acto
Administrativo firmado por el rector de la institución, deberá ser aplicada al estudiante o al
padre de familia durante los tres (3) días siguientes a su notificación. El/la Coordinador(a)
comunicará al sancionado los términos de modo, lugar y tiempo de la sanción.
En caso de que la sanción impuesta implique exclusión de la institución o pérdida del
cupo, la Rectoría deberá informar a la Comisaría de familia y a la Procuraduría de familia,
mediante oficio que contenga, como anexo, todo el expediente del proceso disciplinario.
El/la Coordinador(a) hará seguimiento al cumplimiento de la sanción y, una vez finalizada,
consignará en el Observador del Estudiante su concepto y lo dará a conocer al Director de
Grupo.
El no cumplimiento de una sanción pedagógica o pecuniaria, sin justificación debidamente
motivada, dará lugar a una sanción administrativa o de exclusión. Esto deberá quedar
consignado en el Observador del Estudiante y ser informado a la Rectoría.
En este caso el rector convocará al respectivo Equipo de Conciliación y estudiará el caso.
Atendiendo a la gravedad de la omisión, expedirá un nuevo Acto Administrativo,
debidamente motivado, en el que comunica la nueva sanción. Ante este Acto
Administrativo no procederá ningún recurso.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 46
47. Manual de Convivencia
ARTICULO 38. CLASES DE CORRECTIVOS
Los correctivos se clasifican como Pedagógicos y Disciplinarios
ARTICULO 39. CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS
1. Realización de un trabajo escrito personal o en equipo y a mano sin el
acompañamiento de padres de familia o acudiente y elaborado dentro de la institución.
Este trabajo no implica ausencia de las clases.
2. Realización de un trabajo personal o en equipo con el acompañamiento del padre de
familia o acudiente. Este trabajo no implica ausencia de sus clases.
3. Realización de un taller y socialización ante uno o varios grupos de la institución.
4. Servicio de monitoria en grupos inferiores.
5. Realización de un trabajo social con estudiantes de la institución y con personal de la
tercera edad.
6. Elaboración de material didáctico para la institución.
ARTICULO 40. CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS
1. Acciones de embellecimiento de la institución: aseo de salones, patios, baños, arreglo
de pupitres, pintura de planta física, embellecimiento de zonas verdes.
2. Donación de elementos de aseo y pedagógico para uso de la institución.
3. Servicio de vigilancia en espacios de la institución en jornada contraria.
4. Realización de trabajo social o comunitario en jornada contraria.
5. Decomiso de elementos ajenos a materiales didácticos requeridos en el proceso de
aprendizaje (celulares, ipods, auriculares y otros aparatos electrónicos).
ARTICULO 41. CLASES DE SANCIONES
Las sanciones pueden ser Pedagógicas, Pecuniarias, administrativas, de tipo Extraclase o
de exclusión, según establecen los artículos siguientes.
ARTICULO 42. SANCIONES PEDAGÓGICAS
1. Valoración insuficiente en un área específica y para un periodo. Para este caso, el
estudiante tiene oportunidad de nivelar.
2. Realización de un trabajo escrito sobre un tema específico, personal o en equipo
durante uno o varios periodos de clases diario, dentro del horario escolar. La
realización de esta actividad no debe afectar las evaluaciones finales de periodo. El
estudiante debe responder por las actividades académicas dejadas de asistir.
3. Realización de un trabajo con sustentación durante la jornada escolar. La realización
de esta actividad no debe afectar las evaluaciones finales de periodo. El estudiante
debe responder por las actividades académicas dejadas de asistir.
4. Exclusión temporal o permanente de actividades deportivas, artísticas o culturales que
se realicen en la institución.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 47
48. Manual de Convivencia
5. Realización y socialización de un trabajo dirigido a padres de familia en un grupo
determinado por el coordinador o el comité de disciplina. Esta actividad se debe
realizar en jornada contraria.
6. Planeación y ejecución de una actividad deportiva o cultural (campeonato de fútbol o
semana de la ciencia) en una de las sedes y jornada de la institución.
ARTICULO 43. SANCIONES PECUNIARIAS
1. Multa equivalente a tres veces el valor del daño ocasionado.
2. Dotar a la institución educativa con elementos didácticos, de aseo o de oficina que
corresponda tres veces al daño ocasionado.
ARTICULO 44.SANCIONES ADMINISTRATIVAS
1. Amonestación verbal: En concordancia con lo estipulado por el código de la infancia y
la adolescencia, y siguiendo el conducto regular y de procedimiento, se le hará un
llamado de atención al estudiante indicándole a su vez que la reincidencia en esta
conducta le ocasionará seguidamente una amonestación escrita.
2. Amonestación escrita: Se harán las amonestaciones pertinentes en la ficha, la cual
será firmada por los padres de familia o acudientes, dependiendo de la falta cometida.
Si el estudiante se niega a firmar la notificación se deja constancia del hecho en el
observador del estudiante.
3. Matrícula en observación: Esta será impuesta durante un periodo determinado.
ARTICULO 45. SANCIONES DE TIPO EXTRACLASE
Esta sanción se aplica cuando el estudiante ha cometido una falta grave o gravísima; o
presenta reiteración en la comisión de faltas leves relacionadas con indisciplina o irrespeto
a algún integrante de la comunidad educativa; y el comité de conciliación considera que la
permanencia del estudiante afecta el comportamiento del grupo al que pertenece.
Para este caso, al estudiante se le aplica un PLAN PARTICULAR DE ESTUDIOS para
que lo desarrolle en un espacio diferente al aula de clase. Sin desvincularse de la
institución educativa, el estudiante debe realizar todas las actividades académicas por
fuera de la institución basadas en talleres entregados por los docentes. El estudiante solo
asiste a la institución educativa a las actividades de evaluación y nivelación.
ARTICULO 46. RETIRO DE LA INSTITUCIÓN
1. Pérdida de cupo para el año siguiente
2. Cancelación inmediata de matrícula (atendiendo al debido proceso).
TITULO VI. DEL CONDUCTO REGULAR
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 48
49. Manual de Convivencia
Articulo47. Si se consideran los derechos vulnerados, se podrán hacer las reclamaciones
pertinentes, atendiendo el siguiente conducto regular:
1. Dialogo directo con la persona que presuntamente vulnera sus derechos.
2. Dialogo directo ante el personero de los estudiantes.
3. Dialogo directo con el docente de la clase.
4. Dialogo directo con el docente de disciplina.
5. Informe por escrito al Director del plantel, quien remitirá el caso al consejo Directivo.
6. Presentación formal de la queja ante el Consejo Directivo.
TITULO VII. ESTIMULOS Y RECONOCIMIENTOS
ARTICULO 48. ESTÍMULOS
La caballerosidad, el esfuerzo, el respeto, la conducta, el estudio, los logros y las buenas
maneras del estudiante serán premiados así:
1. Exoneración de pagos conforme a la ley.
2. Izar el pabellón nacional por alguna actuación destacada en las izadas periódicas del
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 49
año escolar.
3. Promoción anticipada.
4. Integración a las delegaciones deportivas, artísticas o culturales que ocurran en el
plantel.
5. Distinción especial para los mejores en conducta, rendimiento, compañerismo,
deportes, colaboración y otros aspectos de la vida escolar.
6. Estimulo Especial al mejor puntaje en exámenes de Estado, siempre que esté por
encima de lo establecido por el Icfes.
7. Registros positivos en su hoja de vida.
8. Condecoración, Gerardo Guzmán en honor al sacerdote fundador de la Institución
Educativa.
ARTICULO 49. CORRECTIVOS
La Institución Educativa Anaime podrá aplicar los siguientes correctivos sin que sea
necesario recurrir a la secuencia que se observa.
1. Amonestación verbal.
El desacato a las observaciones sugerencias hechas por: maestro, coordinador o
directivo, así como el incumplimiento de los deberes establecidos en este manual.
2. Amonestación escrita y/o registro de la conducta.
Reconvención que se hace al estudiante, cuando ha incumplido en forma reiterada su
compromiso en el aspecto académico y/o disciplinario. Corresponde a la coordinación
citar al padre de familia o acudiente legal para aplicar la sanción y establecer un
compromiso por parte del estudiante, para mejorar los aspectos deficientes. En el caso
de las escuelas unitarias este procedimiento lo llevaran a cabo el docente o los
docentes encargados de la misma.
3. Rebaja en la evaluación del comportamiento.
4. Enviar al alumno a casa para que regrese con su acudiente con el fin de tratar el
caso.
5. Trabajo físico y/o intelectual en la Institución Educativa.
50. Manual de Convivencia
6. Reposición o arreglo de daños causados.
7. Suspensión temporal de las actividades en el aula. Este correctivo se aplicará para
cumplimiento dentro o fuera de la Institución.
De uno a tres días, según la gravedad de la falta cometida, esta sanción deberá ser
investigada y aplicada por la coordinación. Al padre de familia o acudiente legal, se le
notificara personalmente de la suspensión y firmara junto con el estudiante un acta de
compromiso que implique el cambio de conducta. El estudiante suspendido tendrá una
valoración de Deficiente en las actividades que transcurran durante su suspensión.
8. Perdida de cupo para el año siguiente.
9. Cancelación de matrícula.
TITULO VIII. DE LOS HORARIOS, RETARDOS, PERMISOS E
INASISTENCIAS
Capitulo 1. Horarios
Articulo 50. Atendiendo la normatividad vigente, los Horarios, para la actividad academica
son los siguientes:
1. Pre escolar:
2. Basica primaria:
3. Basica secundaria
4. Horarios de trabajo social grado undécimo:
Capitulo 2. Retardos, inasistencias y permisos
ARTICULO 51. Teniendo en cuenta las características geográficas de la región y los
mecanismos usados como medio de transporte por los estudiantes que residen en otras
veredas o en fincas apartadas, y ante las dificultades generadas en el desplazamiento, y
solo durante los periodos de lluvias, se les reconocerá como válida la justificación de llegar
tarde, situación que determinara el docente encargado de la disciplina, para los demás
casos, se desarrollara el siguiente procedimiento:
1. El estudiante que llegue después de la hora indicadaa cualquiera que fuere la actividad
académica, deportiva, lúdica o demás, deberá presentarse ante el docente de disciplina y
tendrá una anotación por falta leve.
2. En casos de reincidencia se citara al acudiente para ser analizada la situación e
implementar los correctivos necesarios, los cuales podrán llegar a una suspensión por un
día de clase.
ARTICULO 52. Para las ausencias a clase, se aplicara el siguiente procedimiento.
1. Cuando el alumno no asista a clase, a su regreso debe traer excusa por escrito, firmada
por el acudiente, con número de cédula, número de celular y la causa por la cual no
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 50
51. Manual de Convivencia
asistió. Esta debe presentarse al Profesor de disciplina o director de grupo, y si es por un
timpo mayor a 2 días, el acudiente o padre deberá solicitarlo personalmente.
2. La excusa no sirve para exonerar la inasistencia. La inasistencia se registrara de todas
formas, la excusa aplazara evaluaciones, talleres, trabajos o demás que se realizaron el
día de la inasistencia. Cuando se presenten dos o más ausencias injustificadas en el mes
se procederá de acuerdo al Código del Menor Art. 313 – 314 (Ver fundamentación legal
del presente manual).
3. Las excusas justificadas no eximirán al estudiante de las fallas para efectos de
reprobación por inasistencia, constancias de estudio, o reporte de asistencia para familias
en acción.
4. Los causales considerados justos para ausentarse a las labores académicas u otras,
son solamente aquellos correspondientes a calamidad domestica o asuntos relacionados
con la salud del estudiante, nunca a motivos de trabajo u otros.
5. Cuando el estudiante necesite salir antes de terminada la jornada, deberá presentar por
escrito la solicitud del permiso plenamente justificada, o si es un asunto de último
momento, el padre de familia deberá dirigirse personalmente o a través de una llamada
telefónica.
6. Cuando alguna causa impida solicitar oportunamente el permiso, el estudiante tendrá
máximo 2 dias hábiles, para presentar la debida justificación escrita.
7. Los casos de reincidencia continua de inasistencias a clase injustificadas, se reportaran
a Bienestar Familiar.
8. El porcentaje de inasistencias que reprueba académicamente al estudiante corresponde
al 25%, según Sistema Institucional de Evaluacion del Estudiante (SIEE) aprobado por el
Consejo Directivo, en ordenanza del Decreto 1290 de 2.009
9. En caso de que el alumno esté representando el Colegio, el Municipio, el Departamento
o la Nación en actividades, culturales, deportivas y otras debe solicitar la autorización para
ausentarse, anexando el permiso de sus padres o acudientes y la solicitud hecha por la
entidad organizadora del evento sea ésta de carácter público o privado
TITULO IX. INSTANCIAS DE PARTICIPACION
Articulo 53. Los padres de familia, estudiantes, docentes, incluso otras personas de la
comunidad, podrán intervenir en los diferentes comités de participación escolar.
CAPITULO 1. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
COMPLETAR
ARTICULO 57. Los estudiantes,
podrán participar como:
1. Personero de los estudiantes
2. Miembro del consejo estudiantil
3. Representante de los estudiantes
ante el consejo directivo.
4. Estudiantes representantes al
comité de convivencia del plantel.
I n s t i t u c i ó n E d u c a t i v a A n a ime
Página 51