SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 46
Descargar para leer sin conexión
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Política
Institucional de
Derechos Humanos
Libertad y Orden
Unidad Administrativa Especial
Migración Colombia
© República de Colombia - Derechos Reservados
María Ángela Holguín Cuéllar
Ministra de Relaciones Exteriores
Ancizar Silva Robayo
Presidente Consejo Directivo
Secretario General de Cancillería
Sergio Bueno Aguirre
Director
Antonio Hernández Llamas
Subdirector de Extranjería
Humberto Velásquez Ardila
Subdirector de Control Migratorio
Jorge Arturo Sánchez Hernández
Subdirector de Verificación Migratoria
Christian Krüger Sarmiento
Secretario General
Rosemberg Leguizamón Vargas
Jefe Oficina Asesora de Planeación
María del Pilar Lugo González
Oficina de Control Interno
Winston Andrés Martínez
Oficina Asesora Jurídica
Ivone Venegas Molano
Oficina Asesora de Comunicaciones
Rodrigo Amórtegui Aros
Oficina de Tecnología de la Información
María Deissy Castiblanco Ruíz
Subdirectora de Talento Humano
Elizabeth Jauregui Reina
Subdirectora de Control Disciplinario
Interno
Directores Regionales
Edison Córdoba Chicango 	 		
Regional Amazonas
Maria Clemencia Pérez Uribe			
Regional Andina
Wilson Patiño Sánchez 			
Regional Antioquia
Néstor Edilson Castro Castañeda 		
Regional Caribe
Hernando Juan Ferrucho Vergara 		
Regional Eje Cafetero
Miguel Enrique Romo Barreto 			
Regional La Guajira
(Con asignación de funciones)
Dario Fernando Daza Dorado			
Regional Occidente
Claudia Sofía Barón Baquero. 			
Regional Oriente
Dalgen Constanza Gómez Rubio 		
Regional Orinoquía
Henry Corredor Hernández			
Regional Nariño
Carlos Humberto García López		
Regional San Andrés y Providencia
Elaboró
Leidy Andrea Martínez Gutiérrez
Deicy Andrea Méndez Aguirre
Diseño y diagramación
Susana Bonilla Guzmán
Alejandra Duarte
Oficina Asesora de Comunicaciones
Noviembre de 2013
Bogotá D.C. - Colombia
-UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL-
MIGRACIÓN COLOMBIA
Política Institucional de Derechos Humanos
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
4
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
5
Ministerio de Relaciones Exteriores
TABLA DE CONTENIDO
1.	 MARCO LEGAL	
1.1.	 Instrumentos jurídicos de orden Internacional	
1.2.	 Instrumentos jurídicos de orden Regional	
1.2.1	Comunidad Andina de Naciones CAN	
1.2.2	Mercado Común del Sur - MERCOSUR	
1.3.	 Instrumentos jurídicos de orden Nacional	
2.	ANTECEDENTES	
2.1.	 Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para Todos”
2.2.	 Plan Estratégico Institucional “Fronteras en Línea 2012 – 2014”	
3.	DIMENSIONES	
3.1.	 Dinámica Migratoria en Colombia	
3.1.1.	Cifras migratorias.	
4.	 FINALIDAD DE LA POLÍTICA	
5.	 ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN	
6.	 DIRECTRICES GENERALES Y ESPECÍFICAS	
6.1.	 ProteccióndelosDerechosHumanosenelejerciciodelcontrolmigratorio
6.1.1.	Ejes de la Política	
6.1.2.	Derechos	
6.1.3.	Principios Generales	
6.1.4.	Prohibiciones	
6.2.	 Procesos Misionales	
6.2.1.	Control Migratorio	
6.2.2.	Extranjería	
6.2.3.	Verificación Migratoria	
7.	 LÍNEAS DE ACCIÓN INSTITUCIONAL	
7.1.	 En materia de Prevención	
7.2.	 En materia de Protección y Asistencia	
7.3.	 En materia de Cooperación Interinstitucional	
7.4.	 En materia de Investigación y Judicialización
		
ANEXO–AVANCESINSTITUCIONALESENMATERIADEDERECHOSHUMANOS
6
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
7
Ministerio de Relaciones Exteriores
1.	 MARCO LEGAL
En orden cronológico
1.1.	 Instrumentos jurídicos de orden Internacional
•	 Declaración Universal de Derechos Humanos (1948).
•	 Convenio de la OIT (núm. 97) relativo a los trabajadores migrantes
(1949).
•	 Convención relativa al Estatuto de los Refugiados (1951) y su Protocolo
(1967).
•	 Convención sobre Derechos Políticos de las Mujeres (1953).
•	 Acuerdo sobre el Refugio de los Hombres del Mar (1957) y su Protocolo
(1973).
•	 Convenio de la OIT (núm. 111) relativo a la discriminación en materia
de empleo y ocupación (1958).
•	 Convención sobre la reducción de Apátridas (1961).
•	 Convenio de la OIT (núm. 118) relativo a la igualdad de trato de
nacionales y extranjeros en materia de seguridad social (1962).
•	 Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial (1965).
•	 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo
Opcional (1966).
•	 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(1966).
•	 Convenio de la OIT (núm. 143) sobre las migraciones en condiciones
abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de
los trabajadores migrantes (1975).
•	 Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación
en contra de las mujeres (1979).
•	 Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento
automatizado de datos de carácter personal y otros instrumentos
internacionales y comunitarios (1981).
•	 Convenio de la OIT (núm. 157) sobre el establecimiento de un sistema
internacional para la conservación de los derechos en materia de
seguridad social (1982).
8
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
•	 Convención contra la Tortura y otros Tratos o penas Crueles, Inhumanos
o Degradantes (1984).
•	 Convención relativa a la Cooperación Internacional sobre la Asistencia
Administrativa a los refugiados (1985).
•	 Resolución 40/144 de la Asamblea General ONU - Declaración sobre
los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país
en que viven (1985).
•	 Convención sobre los derechos del Niño (1989).
•	 Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos
los trabajadores Migrantes y Miembros de sus familias (1990).
•	 Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1999/44
- Derechos Humanos de los Migrantes (1999).
•	 Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia Organizada
Trasnacional (2000).
•	 Protocolo de Palermo “Para prevenir, suprimir y castigar la Trata de
Personas, especialmente Mujeres y Menores”, que complementa la
Convención de las naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Trasnacional (2000).
•	 Protocolo contra el Tráfico de Migrantes por tierra, mar y aire, que
complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Trasnacional (2000).
•	 Reglamento Sanitario Internacional (2005).
•	 Convención Internacional sobre los derechos de las personas con
discapacidad (2006).
•	 Convención Internacional para la protección de todas las personas
contra la desaparición forzada (2006).
1.2.	 Instrumentos jurídicos de orden Regional
•	 Convención de los Estados Americanos sobre Asilo Político (1935).
•	 Tratado de los Estados Americanos sobre Asilo Político y Refugio
(1939).
•    Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948).
•	 Convención Interamericana sobre Asilo Territorial (1954).
•	 Convención Interamericana sobre Asilo Diplomático (1954).
•	 Convención Americana sobre Derechos Humanos: “Pacto de San José
de Costa Rica”. (1969).
•	 Declaración de Cartagena sobre Refugiados (1984).
•    Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura (1986).
•	 Convención Interamericana sobre tráfico internacional de menores (1994).
9
Ministerio de Relaciones Exteriores
•	 Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas
(1994).
•	 Convención Interamericana sobre la Prevención, Castigo y Erradicación
de la Violencia contra las Mujeres (1994).
•	 Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos en el Área de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
“Protocolo de San Salvador” (1998). Declaración de Río de Janeiro
sobre la institución del Refugio (2000).
•	 Opinión Consultiva sobre Condición jurídica y Derechos de los
Migrantes Indocumentados de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (2003).
•	 Declaración y Plan de Acción de México para Fortalecer la Protección
Internacional de los Refugiados en América Latina (2004).
•	 Declaración de Brasilia sobre la Protección de Personas Refugiadas y
Apátridas en el Continente Americano (2010).
1.2.1	 Comunidad Andina de Naciones - CAN
•	 Decisión 397 - Uso de la Tarjeta Andina Migratoria (1996).
•	 Decisión 398 - Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera
(1997).
•	 Decisión 399 - Transporte Internacional de Mercancías por Carretera
(1997).
•	 Decisión 459 - Política Comunitaria para la Integración y el Desarrollo
Fronterizo (1999).
•	 Decisión 501 - Zona de Integración Fronteriza (2001).
•	 Decisión 502 - Centros Binacionales de Atención en Frontera – CEBAF
(2001).
•	 Decisión 503 - Reconocimiento de documentos nacionales (2001).
•	 Decisión 504 - Pasaporte Andino (2001).
•	 Decisión 525 - Características técnicas específicas mínimas de
nomenclatura y seguridad del Pasaporte Andino (2001).
•	 Decisión 526 - Ventanillas Entrada Aeropuertos (2002).
•  Decisión 529 - Crea el Comité Andino para la Prevención y Atención
de Desastres.
•	 Decisión 545 - Instrumento Andino de Migración Laboral (2003).
•	 Decisión 548 - Mecanismo andino de cooperación en materia de
asistencia y protección consular y asuntos migratorios (2003).
•	 Decisión 561 - Modificación de la Decisión 398 transporte internacional
de pasajeros por carretera (condiciones técnicas para la habilitación y
10
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
permanencia de los ómnibuses o autobuses en el servicio) (2003)
•	 Decisión 583 - Sustitución de la Decisión 546, Instrumento Andino de
Seguridad Social (2004).
•	 Decisión 613 -Asociación de la República deArgentina,de la República
Federativa de Brasil, de la República del Paraguay y de la República
Oriental del Uruguay, Estados Parte del MERCOSUR, a la Comunidad
Andina (2005).
•	 Decisión 750 - Sistema Estadístico de la Tarjeta Andina de Migración
(2011).
•	 Decisión 755 - Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones
en la Comunidad Andina (2011).
•	 Decisión 768 - Sistema de Información de Estadísticas de Turismo de la
Comunidad Andina (2011).
•	 Resolución 1507 de la Secretaría General - Publicación del Acuerdo
de Colombia y Ecuador para ampliación de la Zona de Integración
Fronteriza Colombo-Ecuatoriana para efectos turísticos a la totalidad
de cada uno de los territorios nacionales de ambos Países Miembros;
así como las Notas Reversales que contienen dicho Acuerdo (2012).
1.2.2	 Mercado Común del Sur - MERCOSUR
•	 Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del
MERCOSUR, Bolivia y Chile (2002).
•	 Decisión 18 -Acuerdo sobre documentos de viaje de los Estados partes
del MERCOSUR y Estados Asociados (2008).
•	 Decisión 14 - Acuerdo modificatorio del anexo del acuerdo sobre
documentos de viaje de los estados partes del MERCOSUR y Estados
Asociados (2011).
•	 Guía de actuación regional para la detección temprana de situaciones
de trata de personas en pasos fronterizos del Mercosur y Estados
Asociados (2012).
1.3.	 Instrumentos jurídicos de orden Nacional
•	 Constitución Política de Colombia (1991). En su Artículo 93 establece
que los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso,
que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en
los estados de excepción, prevalecen en el orden interno.A su vez en el
Art. 9, 24, 96, 97, 100, 189, 227, 289, 337 y el Preámbulo, señala entre
otros los derechos y garantías de los extranjeros en el territorio nacional.
11
Ministerio de Relaciones Exteriores
•	 Ley 43 de 1993. Por medio de la cual se establecen normas relativas
a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad
Colombiana, se desarrolla el numeral séptimo del artículo 40 de la
Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
•	 Ley 599 de 2000. Código Penal, tipifica el tráfico de Migrantes (Art.
188), la trata de personas (Art. 188A), tráfico de niñas, niños y
adolescentes (Art. 188C), uso de menores de edad en la comisión de
delitos (Art. 188D) y de la explotación sexual (Capítulo IV).
•	 Decreto 1239 de 2003. Por medio el cual se crea la Comisión Nacional
Intersectorial de Migración, como un órgano para la coordinación y
orientación en la ejecución de la Política Integral Migratoria del país.
•	 Ley 985 de 2005. Por medio de la cual se adoptan medidas contra
la trata de personas y normas para la atención y protección de las
víctimas de la misma.
•	 Ley 1098 de 2006. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la
Adolescencia.
•	 Ley 1203 de 2008. Por medio de la cual se aprueba el Estatuto
Migratorio Permanente entre Colombia y Ecuador, firmado en Bogotá,
el 24 de agosto de 2000.
•	 Ley 1273 de 2009. De la protección de la información y de los datos.
•	 Ley 1336 de 2009. Por medio del cual se adiciona y robustece la Ley
679 de 2001,de lucha contra la explotación,la pornografía y el turismo
sexual con niños, niñas y adolescentes.
•	 Decreto 4503 de 2009. Por el cual se modifica el procedimiento para
el reconocimiento de la condición de refugiado.
•	 Documento CONPES 3603 de 2009. Por el cual se establece la Política
Integral Migratoria.
•	 Ley 1450 de 2011. Por la cual se expide el Plan Nacional de
Desarrollo“Prosperidad para Todos” 2010-2014.
•	 Ley 1465 de 2011. Por la cual se crea el Sistema Nacional de
Migraciones y se expiden normas para la protección de los colombianos
en el exterior.
•	 Decreto 4976 de 2011. Por medio del cual se reglamenta el “Fondo
Especial para las Migraciones” del Sistema Nacional de Migraciones y
se dictan otras disposiciones
•	 Decreto Ley 4062 de 2011. Por el cual se crea la UnidadAdministrativa
Especial Migración Colombia como única Autoridad Migratoria del
País.
•	 Decreto 4100 de 2011. Por el cual se crea y organiza el Sistema
Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario,
12
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
se modifica la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario y se dictan otras disposiciones.
•	 Ley 1565 de 2012. Por medio de la cual se dictan disposiciones y se
fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el
extranjero.
•	 Ley 1581 de 2012. De la protección de datos personales.
•   Ley 1523 del 24 de abril de 2012. Por la cual se adoptó la Política
Nacional de Gestión de Riesgos y Atención a Desastres.
•	 Decreto 0936 de 2013. Por el cual se reorganiza el Sistema Nacional
de Bienestar Familiar.
•	 Decreto 0834 de 2013. Por el cual se establecen disposiciones en
materia migratoria de la República de Colombia.
13
Ministerio de Relaciones Exteriores
2.	ANTECEDENTES
La prestación integral de los servicios migratorios brindados por Migración
Colombia, en relación con el respeto, protección y garantía de los derechos
humanos,sedebeefectuarenprimerainstanciabajounenfoquenormativo
de los derechos los migrantes1
, en el cual la administración migratoria
basa sus actuaciones, incorporándolos a la legislación nacional2
como lo
establece la Constitución Política de Colombia para su referida aplicación.
El carácter universal, inderogable, indivisible e interdependiente de los
Derechos Humanos, los instrumentos, la doctrina y la jurisprudencia
internacional le imponen al Estado la obligación de garantizar la
protección de los individuos, especialmente de las personas migrantes
y sujetas de protección especial3
, brindando a la vez a sus instituciones
lineamientos para garantizar el pleno goce de los mismos, a través de
la formulación y definición de políticas, programas y acciones internas
perdurables en el tiempo.
De esta manera, las fuentes del Sistema Universal y el Sistema
Interamericano en esta materia, han creado mecanismos para supervisar
la aplicación de los instrumentos sobre derechos humanos, en particular,
los relacionados intrínsecamente con la migración, que precisan a los
migrantes independiente de su situación migratoria, como sujetos de
pleno reconocimiento de derechos y garantías frente a la vida, la libertad
y la seguridad de su persona.
A continuación se citan algunos apartes de normas representativas en el
escenario internacional por su carácter vinculante y su sentido histórico en
el reconocimiento de los derechos de los migrantes:
1
Derecho Internacional y Derecho Migratorio Internacional. (Derecho consuetudinario,
jurisprudencia internacional, acuerdos regionales y convenios bilaterales entre estados,
entre otros).
2
Derecho Interno. (Constitución, legislación específica migratoria, entre otros.)
3
Personas solicitantes de asilo, refugiadas, apátridas, entre otros.
14
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
Declaración Universal de Derechos Humanos
Artículo 3.
“Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la
seguridad de su persona”.
(…)
Artículo 9
“Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”
Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre
Artículo 8.
“Toda persona tiene el derecho de fijar su residencia en el territorio
del Estado de que es nacional, de transitar por él libremente y no
abandonarlo sino por su voluntad”.
(…)
Artículo 27
“Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en
territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada
por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de
cada país y con los convenios internacionales”.
(…)
Artículo 33
“Toda persona tiene el deber de obedecer a la Ley y demás
mandamientos legítimos de las autoridades de su país y de aquél
en que se encuentre”
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 12
“1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un
Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a escoger
libremente en él su residencia.
2. Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier
país, incluso del propio.
3. Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de
restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean
15
Ministerio de Relaciones Exteriores
necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público,
la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros,
y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el
presente Pacto.
4. Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar
en su propio país”.
(…)
Artículo 13
“El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado
Parte en el presente Pacto sólo podrá ser expulsado de él en
cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley; y, a
menos que razones imperiosas de seguridad nacional se opongan
a ello, se permitirá a tal extranjero exponer las razones que lo
asistan en contra de su expulsión, así como someter su caso a
revisión ante la autoridad competente o bien ante la persona
o personas designadas especialmente por dicha autoridad
competente, y hacerse representar con tal fin ante ellas”.
Convención Americana sobre Derechos Humanos
Artículo 22
“1. Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en
territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o
comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación
de cada Estado y los convenios internacionales.
(…)
8. En ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto
a otro país, sea o no de origen, donde su derecho a la vida o
a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de
raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones
políticas.
9. Es prohibida la expulsión colectiva de extranjeros”.
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos
de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
Esta convención fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas en su Resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990 y es
precedente en las disposiciones inherentes en materia migratoria para la
protección de los trabajadores migratorios y su entorno familiar:
16
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
Artículo 7
“Los Estados Partes se comprometerán, de conformidad con los
instrumentos internacionales sobre derechos humanos, a respetar
y asegurar a todos los trabajadores migratorios y sus familiares que
se hallen dentro de su territorio o sometidos a su jurisdicción los
derechos previstos en la presente Convención, sin distinción alguna
por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción,
opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social,
nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil,
nacimiento o cualquier otra condición”.
Artículo 8
“1. Los trabajadores migratorios y sus familiares podrán salir
libremente de cualquier Estado, incluido su Estado de origen.
Ese derecho no estará sometido a restricción alguna, salvo las
que sean establecidas por ley, sean necesarias para proteger la
seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas
o los derechos y libertades ajenos y sean compatibles con otros
derechos reconocidos en la presente parte de la Convención.
2. Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho
a regresar en cualquier momento a su Estado de origen y
permanecer en él”.
(…)
Artículo 16
“Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a
la libertad y la seguridad personales”.
Se señalan como mecanismos de protección de los derechos de los
migrantes, entre otros las Relatorías Especiales de la Organización de las
Naciones Unidas, el Comité de Expertos Independientes sobre Derechos
Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el
Comité Contra la Tortura y el Comité de Protección de los Derechos de
todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias. Estas instancias emiten
observaciones o recomendaciones generales a los Estados, dados sus
propósitos y contenidos altamente interpretativos en la materia. En los
asuntos migratorios se concentran en asegurar la movilidad humana en
condiciones seguras y ordenadas, beneficiando con ello a las personas
migrantes y sus familias, promoviendo el desarrollo económico, social,
laboral y cultural para los países.
17
Ministerio de Relaciones Exteriores
En este contexto se resalta la Relatoría Especial sobre Trabajadores
Migrantes y Miembros de sus Familias (Felipe González, 2008) y la
Relatoría sobre Derechos de Migrantes de la Asamblea de las Naciones
Unidas (Jorge Bustamante, 2010 y François Crèpeau, 2012) en las que
recomiendan acciones del Estado frente a las siguientes cuestiones:
•	 El uso no apropiado del término “ilegal” para caracterizar a los
migrantes.
•	 El establecimiento de perfiles de comunidades de migrantes.
•	 La protección de las víctimas del abuso laboral, la explotación y la trata
de seres humanos.
•	 La protección de los niños y las mujeres migrantes.
•	 La privación de la libertad por motivos relacionados con la migración.
•	 El uso desproporcionado de la detención en la gestión de la migración.
Así mismo, se destaca la Resolución4
23/20 sobre derechos humanos
de los migrantes, aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de
Naciones Unidas el 14 de junio de 2013. Este documento exhorta a los
Estados y a las organizaciones regionales e internacionales que tengan
competencia en el ámbito de la regulación de la migración y la aplicación
de las políticas migratorias a que:
(…) “b. Adopten medidas concretas para impedir la vulneración
de los derechos humanos de los migrantes mientras se encuentren
en tránsito en puertos y aeropuertos y en las fronteras y puestos
de control de la migración, entre otros lugares, capaciten a los
agentes públicos que trabajan en esos servicios y en las zonas
fronterizas para que traten a los migrantes y sus familiares con
respeto y de conformidad con las obligaciones que les impone
el derecho internacional de los derechos humanos, y presten
especial atención a las mujeres y las niñas, que pueden verse
expuestas a la violencia sexual”.
De esta manera identifica claramente el rol de la autoridad migratoria en
la garantía, respeto y protección de los derechos humanos. Así mismo,
le insta a asumir mayores retos y desafíos en su función que permitan
contribuir a la política migratoria de cada país.
4
Tomado el 20 de septiembre de 2013 de la Página Web:http://daccess-dds-ny.un.org/doc
18
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
Aspectos nacionales
La visión estratégica del Estado,incorporada en los documentos de política
pública5
, señala la necesidad de proyectar e integrar a Colombia con el
mundo, dada su posición geográfica privilegiada y con ello fortalecer sus
relaciones internacionales promoviendo el desarrollo económico, social
y cultural, entre otros. Para este fin, Colombia ha venido asumiendo
importantes retos internos en el fortalecimiento de sus políticas,
normatividad e institucionalidad que le garanticen gobernabilidad,  
desarrollo económico y social de largo plazo.
En el 2009 el Ministerio de Relaciones Exteriores lideró la construcción de
una Política de Estado en temas migratorios entre entidades vinculadas a
la misma6
y la sociedad civil, fijando la Política Integral Migratoria (PIM)7
a través del Documento Conpes 3603, que integra los lineamientos,
estrategias y acciones de intervención para los colombianos que viven en
el exterior y los extranjeros que residen en el país. Los objetivos en este
documento se enfocan en: (…) i) “dar un tratamiento integral a cada
una de las dimensiones de desarrollo de esta población y ii) mejorar la
efectividad de los instrumentos utilizados para la implementación de
estrategias y programas referentes a la población migrante”.
Igualmente,el CONPES 3603 promociona la defensa,protección y garantía
de los derechos humanos de las personas vinculadas en los procesos
5
Visión Colombia II Centenario: 2019 Propuesta para discusión, (…)”Plantea, a través
de 17 estrategias fundamentales, y en concordancia con las metas establecidas en otros
ejercicios actualmente en curso - como laAgenda Interna y la Misión contra la Pobreza - un
panorama de formulación de políticas públicas sectoriales, en materias como crecimiento
económico, infraestructura física, capital humano, y desarrollo social y territorial, entre
otras”.Tomado el 20 de Septiembre de 2013 de la Página Web https://www.dnp.gov.co
6
Decreto 1239 de 2003.Artículo 2. Integrantes de la Comisión Nacional Intersectorial de
Migración.
7
Según la Opinión Consultiva de la Corte Nº18 la política migratoria “está constituida
por todo acto, medida u omisión institucional (leyes, decretos, resoluciones, directrices,
actos administrativos, etc.) que versa sobre la entrada, salida o permanencia de población
nacional o extranjera dentro de su territorio” (...) y que “no basta con que el ordenamiento
jurídico interno se adecue al derecho internacional, sino que es menester que los órganos
o funcionarios de cualquier poder estatal, sea ejecutivo, legislativo o judicial, ejerzan sus
funciones y realicen o emitan sus actos,resoluciones y sentencias de manera efectivamente
acorde con el derecho internacional aplicable”.Tomado el 20 de Septiembre de 2014 de la
página web http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_18_esp.pdf
19
Ministerio de Relaciones Exteriores
migratorios y promueve la “creación de escenarios que beneficien la
decisión de migrar bajo condiciones de libertad en las que los ciudadanos
construyan su propio destino con el acompañamiento y protección del
Estado”8-9
.
2.1. Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para
Todos”
En cumplimiento de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo
“Prosperidad para Todos” 2010-2014, Migración Colombia adopta los
lineamientos frente a la promoción a los Derechos Humanos señalados
así:
(…) “La promoción del respeto a los Derechos Humanos por
parte, no sólo de todas las entidades del Estado, sino de la misma
ciudadanía, así como el apoyo a las políticas de reparación,
resultan fundamentales para evitar recaer en conflictos y disputas
del pasado, y así propiciar unas condiciones de seguridad
consolidadas que permitan mayores avances en el fortalecimiento
institucional, el desarrollo económico y el bienestar social”.
De igual forma, el Gobierno Nacional dispuso crear el Sistema Nacional
de DD.HH. y DIH coordinado por la Comisión Intersectorial de DD.HH y
DIH, liderada por laVicepresidencia de la República, con el fin de “diseñar,
complementar y consolidar las políticas públicas sectoriales con enfoque
de derechos y enfoque diferencial”. Esta instancia será la que defina la
Política Nacional Integral de DD.HH y DIH de Colombia, destacándose
entre sus componentes la protección, la igualdad y no discriminación.
Por otra parte, en este documento el tema migratorio es priorizado,
estableciéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores “Impulsar la Política
Migratoria y fortalecer el servicio consular”, el cual “tendrá como objetivo
el afianzamiento de dicha política bajo el principio de coherencia en el
trato a los migrantes nacionales o extranjeros y sus familias, priorizando la
temáticamigratoriaentodaslasentidadesdenivelnacional,departamental
8-9
Documento CONPES 3603. Política Integral Migratoria.Agosto 2009
20
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
y municipal involucradas, promoviendo el trabajo interinstitucional que
garantice un impacto social de forma eficaz y eficiente”. De esta manera,
le da un enfoque integral a la política exterior más allá de sus relaciones
económicas y comerciales, incorporándole una dimensión prioritaria al
desarrollo humano. A su vez, señala la importancia estratégica de las
fronteras marítimas y terrestres de Colombia y la necesidad de incentivar
su desarrollo a partir de la aplicación de una estrategia diferenciada en
cada una de ellas10
.
2.2. Plan Estratégico Institucional“Fronteras en Línea 2012 – 2014”
Con fundamento en lo anterior, Migración Colombia desarrolló la
formulación de su Plan Estratégico Institucional “Fronteras en Línea 2012
– 2014” y lo integró al Plan Estratégico Sectorial en lo concerniente a su
misión como única Autoridad Migratoria del País11
.
El Plan Estratégico Institucional conformado por un total de 6 políticas,
6 objetivos estratégicos, 25 estrategias y 28 indicadores, se soporta en el
respeto, promoción y garantía de los Derechos Humanos, estableciendo
los criterios generales para la aplicación simultánea en sus procesos bajo
la premisa de “Garantías y servicio al ciudadano nacional y extranjero
como centro de acción institucional”.
En complemento, los valores institucionales fueron construidos
colectivamente con el fin de afianzar la disciplina en la actuación de sus
funcionarios y fortalecer la cultura organizacional en la entidad, lo que
provee herramientas integrales en la protección de los Derechos Humanos.
Éstos son: i). Compromiso, ii). Servicio, iii). Respeto, iv). Transparencia y
v). Equidad, incluidos en el Código de Ética, Buen Gobierno y Estilo de
Dirección.
10
Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 “Prosperidad para Todos”, Capitulo VII.
Soportes transversales de la prosperidad democrática. B. Relevancia Internacional
11
  Coadyuva en la Política Integral de Defensa y Seguridad para la Prosperidad, Política
Laboral, Política en Gestión Área y Portuaria, Orden Público, Impulso de la Política
Migratoria y al Servicio Consular; y Política de Desarrollo Fronterizo
21
Ministerio de Relaciones Exteriores
3. DIMENSIONES
Colombia es un país de origen, tránsito y destino en el movimiento de
personas; sumado a ello, el auge de la apertura económica, los procesos
de integración regional y la amplia cooperación internacional le imponen
nuevos retos frente a la administración de la migración y a la competitividad
en materia de turismo12
, negocios e inversión13
. Bajo esta perspectiva, el
Gobierno Nacional implementó una serie de políticas de modernización
en la Administración Pública, con el fin de aumentar su eficiencia para
la atención de nuevas dinámicas migratorias y la cimentación de una
adecuada gestión migratoria. La premisa es no restringir los movimientos
migratorios, sino procurar que los mismos se ejecuten de una manera
segura, ordenada y controlada.
De esta manera y señalando las directrices del Plan Nacional de Desarrollo
“Prosperidad para todos” (2010 – 2014), en cuanto a “fortalecer
el Control Migratorio en Colombia, a través de la creación de una
instancia especializada, con las herramientas tecnológicas, financieras y
presupuestales en aras de una mejor gestión, cobertura y resultados”14
se
crea mediante Decreto 4062 de 2011, la Unidad Administrativa Especial
Migración Colombia como única autoridad de control migratorio,  adscrita
al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Para cumplir con su misión, cuenta con una estructura operativa a nivel
nacional, conformada por 35 Puestos de Control Migratorio y 27 Centros
Facilitadores de Servicios Migratorios, cuya función se concentra en
procedimientos de Control Migratorio,Extranjería yVerificación Migratoria.
12
En la Feria de Turismo realizada a principios de 2012, el Viceministro de Turismo anunció
el objetivo de conseguir que para el año 2014 estén arribando al país 4 millones de
extranjeros para lo cual se invertirá en nuevas infraestructuras. Artículo en Portafolio, 29
de febrero de 2012.
13
Se evidencia en el incremento de la inversión extranjera directa, la cual a octubre de
2012 alcanzó los US$13.988 millones, 13.96% más que en el mismo período del año
anterior.Artículo en Revista Dinero de 14 de noviembre de 2012.
14
COLOMBIA. Departamento Nacional de Planeación. Bases del Plan Nacional de
Desarrollo 2010- 2014, Prosperidad para todos., Capítulo V, Consolidación de la paz.
22
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
3.1.	 Dinámica Migratoria en Colombia
En el 2012 se registraron 9,4 millones de flujos migratorios atendidos por
Migración Colombia, que significan un aumento del 18% frente al 2011.
Este incremento en los flujos migratorios le impone a la entidad adelantar
exhaustivos procedimientos de control en el ingreso y salida del país
de nacionales y extranjeros en apego a las normas migratorias internas
establecidas, el control en la permanencia y regularización de extranjeros
en el territorio nacional y la verificación migratoria a personas naturales
y jurídicas. Así mismo, le demanda contrarrestar efectos adversos de la
migración (migración irregular) y delitos conexos tales como la explotación
laboral, el tráfico de migrantes, la trata de personas, el turismo sexual,
la falsedad de documentos asociados a los procesos migratorios y la
corrupción, entre otros.
En este contexto, Migración Colombia ha venido avanzado hacia
dos objetivos: primero, modernizar y flexibilizar la gestión migratoria
orientándose a la facilitación para la libre movilidad de las personas,
trasformando criterios restrictivos concebidos tiempo atrás en materia
migratoria. Esta noción, en su momento, fue valorada por la Comisión
Nacional Intersectorial de Migración15
, buscando (…) i). “Flexibilidad y
adaptación a las nuevas circunstancias, necesidades y decisiones de
la política migratoria, ii). Facilidades para el ingreso y permanencia de
los extranjeros, aspectos que se reflejan en la agilización de trámites
y simplificación de requisitos en materia de expedición de visas,
iii). Protección y garantías consagradas en la legislación migratoria
respecto a la unidad familiar referidas al ingreso y regularización
de los padres, hijos y cónyuge del trabajador migrante” (…) iv).
Regularización migratoria de extranjeros permitiendo el acceso a
beneficios y evitar formas de explotación laboral v). Defensa de la no
criminalización de la situación del migrante irregular y garantizar la
observancia de sus derechos.
Es así que a partir de la nueva institucionalidad se han realizado
grandes esfuerzos por regular los procedimientos, adquirir herramientas
tecnológicas y construir políticas internas para mejorar el trato y servicio
hacia nacionales y extranjeros en el control migratorio.
El segundo objetivo es fortalecer el control migratorio en el ejercicio de la
15
El Decreto 1239 de 2003, crea la Comisión Nacional Intersectorial de Migración (CNIM)
como un órgano para la coordinación y orientación en la ejecución de la política migratoria
del país.
23
Ministerio de Relaciones Exteriores
soberanía nacional. Los Estados vienen adoptando las medidas necesarias
en el control de sus fronteras y en la regularización de los no nacionales
con el fin de facilitar la integración con su población y sus modelos
institucionales16
, preceptos reconocidos por el Derecho Internacional en
el que le concede a las entidades encargadas del control migratorio un
rol preponderante. Comprendiendo las circunstancias del país en materia
de amenazas a la seguridad nacional, Migración Colombia en su carácter
de organismo civil de seguridad ha venido coadyuvando frente a la lucha
contra organizaciones criminales y terroristas que en materia migratoria
tienen alcance trasnacional. De esta manera se garantiza una migración
segura, digna y controlada  a través de las facultades conferidas por la
ley para la aplicación de medidas administrativas de carácter preventivo
o sancionatorio frente a posibles vulneraciones de la normatividad.
El respeto por los Derechos Humanos y la adopción de medidas en materia
deseguridadnosoncontradictoriasysebuscaevitardiscriminacioneshacia
los extranjeros, arbitrariedades de los funcionarios en los procedimientos
o abusos en el ejercicio discrecional frente a la inadmisión, deportación o
expulsión; al respecto la entidad ha desarrollado las siguientes estrategias
para garantizar el respeto por los Derechos Humanos en doble vía, así:
•	 Actualizaciónnormativa,fortalecimientojurídicoyajusteprocedimental.
•	 Diseño de protocolos para el intercambio de información y cooperación
con autoridades nacionales e internacionales.
•	 Establecimiento de una la Política Institucional de Derechos Humanos
y promoción de los “Derechos del ciudadano frente al servicio”,
comprendidos en la Política institucional del Servicio al ciudadano.
•	 Fortalecimiento del soporte tecnológico, generación de controles en la
administración de las bases de datos y otros sistemas de información.
•	 Consolidación del Grupo de Análisis Migratorio17
para identificar
tendencias y comportamientos migratorios, evaluar fenómenos e
informaciones allegadas y brindar insumos para la contribución en
materia de formulación de políticas.
•	 Formación y capacitación de sus Oficiales de Migración de forma técnica y
especializada en todos los procesos misionales.
16
  Artículo 2º del decreto 0834 de 2013. (…) Competencia. Es competencia discrecional
del Gobierno Nacional,fundado en el principio de soberanía del Estado autorizar el ingreso,
permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional. Sin perjuicio de lo dispuesto
en los tratados internacionales, el ingreso, permanencia y salida de los extranjeros del
territorio nacional se regirá por las disposiciones del presente Decreto.
17
  Creado por la Resolución 1128 de 2013
24
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
3.1.1. Cifras migratorias.
•	 El último Censo 2005-2006 así como recientes estadísticas del
DANE, indican que los extranjeros residentes en Colombia ofrece el
1% del total de la población (menos de medio millón)18
. Aún así, se
requiere que Migración Colombia lidere acciones de articulación con
el sector público y privado para brindar a esta población la atención y
orientación necesaria frente a las necesidades previstas en su tránsito
y permanencia en el país19-20
.
18
Según el Censo, de un total de población en Colombia de 41.468.384, se registra que
109.971 personas dijeron haber nacido en otro país, de los cuales, 90.469 se identificaron
como extranjeros que residen en Colombia. DANE. Censo General de 2005-2006.
19
El Estado puede otorgar un trato distinto a los migrantes documentados con respecto
de los migrantes indocumentados, o entre migrantes y nacionales, siempre y cuando este
trato diferencial sea razonable, objetivo, proporcional, y no lesione los derechos humanos.
Corte Interamericana de Derechos Humanos, opinión Consultiva OC-18/03
20
  (…) La aplicación de medidas privativas a la libertad de carácter punitivo para el
control de los flujos migratorios deben de estar previstos en Ley, perseguir un fin legítimo
y ser idónea, necesaria y proporcional. http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/
seriec_218_esp2.pdf
25
Ministerio de Relaciones Exteriores
4. FINALIDAD DE LA POLÍTICA
Migración Colombia a través de la Política Institucional de los Derechos
Humanos garantizará el ejercicio de sus procesos misionales y
administrativos, con el pleno respeto y garantía de los Derechos Humanos,
delosnacionalesyextranjeros.LoanteriorenconcordanciaconlosTratados,
Convenciones y Acuerdos Internacionales sobre la materia ratificados por
Colombia y consagrados en su legislación interna, considerando también
para todas sus actuaciones la jurisprudencia y recomendaciones de los
mecanismos creados a nivel nacional e internacional, para la defensa de
los derechos de los migrantes.
En este contexto,la Política Institucional de Derechos Humanos establecida
por laAlta Dirección procura generar las bases de doctrina en la actuación
misional de Migración Colombia, enmarcando líneas de acción para la
puesta en marcha, a nivel interno, de protocolos que propendan, entre
otros, a asegurar también los Derechos Humanos de sus funcionarios.
La decisión de acoger integralmente una política de Derechos Humanos
desde una visión migratoria, significa que la Entidad debe asumir una
visión reflexiva frente a las nuevas dinámicas regionales y globales en
cuanto a la movilidad de personas, que le permita generar un nuevo
enfoque del manejo migratorio; afianzando los componentes de la
seguridad y la facilitación, en la administración migratoria.
26
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
27
Ministerio de Relaciones Exteriores
5.	 ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Política Institucional de los Derechos Humanos está dirigida a todos los
funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en
el nivel central y regional.
El equipo directivo, administrativo y operativo es responsable de la
aplicación de esta política en cada actuación institucional que se desarrolle
en el ejercicio de las actividades misionales de la Unidad. Lo anterior
dado que los directos beneficiarios de esta Política son los ciudadanos
nacionales y extranjeros que hacen uso de nuestros servicios.
28
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
29
Ministerio de Relaciones Exteriores
6.	 DIRECTRICES GENERALES Y ESPECÍFICAS
6.1.	 Protección de los Derechos Humanos en el Ejercicio del
Control Migratorio
En su actuar misional, Migración Colombia debe soportarse en el
conocimiento y respeto de los Derechos Humanos, bajo los siguientes
aspectos básicos para su aplicación:
6.1.1.	 Ejes de la Política
•	 Facilitar los flujos migratorios.
•	 Promocionar una migración responsable y transparente.
•	 Fomentar la participación ciudadana en la administración migratoria.
•	 Promover una atención migratoria con enfoque diferencial en el
territorio colombiano.
6.1.2.	Derechos
•	 Derecho a libertad personal y a la libre circulación 21
•	 Derecho a la no discriminación 22
21
(..) La libertad de circulación es una condición indispensable para el libre desarrollo de
la persona. También está relacionada con otros derechos consagrados en el Pacto, como
se observa a menudo en la práctica del Comité al examinar los informes de los Estados
Partes y las comunicaciones de los particulares. La libertad de circulación (artículo 12).
Observación general N° 27. Comité de Derechos Humanos
22
(…) La no discriminación, junto con la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley
sin ninguna discriminación constituye un principio básico y general relativo a la protección
de los derechos humanos.Así, el párrafo 1 del artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos establece la obligación de cada Estado Parte de respetar y garantizar a
todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, los
derechos reconocidos en el Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición social. Observación general N° 18. Comité de Derechos Humanos
23
(…) se prevé el derecho de toda persona a ser protegida respecto de injerencias arbitrarias o
ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, así como de ataques
ilegales a su honra y reputación Observación general N° 16. Comité de Derechos Humanos
30
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
•	 Derecho a la igualdad 23
•	 Derecho a la defensa
•	 Derecho al asilo 24
•	 Derecho a las garantías procesales 25
•	 Derecho a la intimidad y buen nombre
•	 Derechos laborales de los trabajadores extranjeros.
•	 Derecho a dejar un país y retornar al propio.
•	 Derecho a la reunificación familiar.
•	 Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
•	 Derecho a la presunción de inocencia
•	 Derecho a la no devolución26
•	 Derecho a la gratuidad
6.1.3.	 Principios generales
•  Principio de la no criminalización27
•  Principio de legalidad
•  Principio de favorabilidad
•  Principio de la proporcionalidad
•  Principio de la atención especializada
•  Principio de la universalidad
24
(…) “Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero
en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de
acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”.Artículo 22 de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969
25
(…) los extranjeros deben gozar de igualdad ante los tribunales y cortes de justicia,
y tener derecho a ser oídos públicamente y con las debidas garantías por un tribunal
competente, independiente e imparcial establecido por la ley, en la sustanciación de
cualquier acusación de carácter penal formulada contra ellos o para la determinación de
sus derechos u obligaciones en un procedimiento judicial…”. Observación General 15, La
situación de los extranjeros con arreglo al Pacto. Comité de Derechos Humanos
26
  Este principio abarca la obligación de no extraditar, deportar, expulsar ni trasladar de
cualquier otra forma a una persona del territorio, cuando haya motivos sustanciales para
creer que existan tales peligros. Esta prohibición rige también cuando el riesgo pueda
darse no solamente en el país al cual se va a efectuar el traslado, sino a cualquier otro
al cual la persona pueda ser enviada subsecuentemente. Corte IDH, Caso Vélez Loor Vs.
Panamá, cit., § 169
27
La detención de los migrantes con motivo de su condición irregular no debería bajo
ninguna circunstancia tener un carácter punitivo. Corte IDH, Caso Vélez Loor Vs. Panamá,
cit., § 169
31
Ministerio de Relaciones Exteriores
6.1.4.	Prohibiciones
•	 Prohibición de tortura u otro trato cruel, inhumano o degradante
•	 Prohibición de esclavitud, servidumbre, trabajo forzado u obligatorio
•	 Prohibición en contra de detención arbitraria prolongada
•	 Prohibición de privación arbitraria de la propiedad  
•	 Prohibición en contra de medidas penales retroactivas
•	 Prohibición de expulsiones colectivas  
6.2. Procesos Misionales
Enmarcados en el principio de legalidad, los procedimientos misionales
establecidos por la entidad, se deben adelantar bajo las siguientes
directrices:
6.2.1.	 Control Migratorio:
Los procedimientos administrativos de control migratorio (especialmente
en la autorización del ingreso y salida del país) deben estar enfocados
hacia el establecimiento de guías de actuación para la atención
especializada de:
•	 Menores de edad -Niños, niñas y adolescentes-.
•	 Mujeres -embarazadas o con niños de brazos-.
•	 Indígenas y grupos étnicos.
•  Lesbianas, gais, bisexuales, personas transgénero e intersexuales-LGBTI
•	 Adultos mayores.
•	 Víctimas de delitos conexos a la migración.
•	 Personas con Capacidades de Movilidad Reducida – PMR
•	 Personas enfermas o con síntomas que afecten gravemente su
salud.
•  Personas desplazadas transfronterizas por desastres naturales y efectos
del cambio climático.
Así mismo,velar primariamente por la protección del migrante en condiciones de:
•  Retornados
•  Refugiados
•  Asilados
•  Apátridas
32
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
Por su parte la decisión de inadmitir, bajo el principio de legalidad, es un
acto administrativo discrecional de la Autoridad Migratoria para autorizar
o no el ingreso de extranjeros al país, que se encuentra enmarcado en los
causales descritos en los artículos 28 y 29 del Decreto 834 de 2013. Sus
procedimientos deben contar con los suficientes soportes documentales
que den trazabilidad a cada caso y prevenir una posible afectación jurídica.
Es de aclarar, que en cumplimiento de los preceptos internacionales, (…)
“En ningún caso se puede privar arbitrariamente a una persona del
derecho de entrar a su país. La referencia concepto de arbitrariedad
en este contexto tiene por objeto subrayar que se aplica a toda
actuación del Estado, legislativa, administrativa o judicial; garantiza
que incluso las injerencias previstas por la ley estén en consonancia
con las disposiciones, los propósitos y objetivos del Pacto y sean en
todo caso, razonables en las circunstancias razonables”.28
6.2.2.	Extranjería:
En aras de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos,
especialmente promover el respeto por la intimidad,la entidad establece el
procedimiento de“Expedición de documentos de migración y extranjería”,
el cual dicta lineamientos frente al almacenamiento y procesamiento
de la información general, sustentado esencialmente en el artículo 32
del Decreto 834 de 2013, el cual define el carácter de “Reserva de la
Información” y establece disposiciones para su entrega.
Así mismo, Migración Colombia cumple con las políticas nacionales
relacionadas con el acceso del ciudadano a la información, trámites29
y
servicios.
6.2.3.	 Verificación Migratoria:
El proceso de verificación migratoria está conformado por los
procedimientos de carácter operativo (verificación) y administrativo
(sustanciación), a través de los cuales se determina la situación de
permanencia y el cumplimiento de la normatividad migratoria de los
28
Comité de Derechos Humanos
29
   Cédula de Extranjería, Registro de Visa, Prórroga mediante Permiso Temporal de
Permanencia, Certificado de Movimientos Migratorios y Salvoconductos
33
Ministerio de Relaciones Exteriores
30
      Decreto 834 de 2013
31
Estudio Técnico “Salas Transitorias de Migración” (STM). Unidad Administrativa
Especial de Migración, Subdirección de Control Migratorio. 22 de marzo de 2013. Pág. 6
extranjeros que se encuentran en el territorio nacional. En el ámbito
penal, la verificación migratoria aporta elementos probatorios para la
investigación de conductas tipificadas como punibles en el Código Penal
y en los Tratados Internacionales ratificados por Colombia.
En las sanciones pecuniarias impuestas por Migración Colombia,se respetan
las garantías legales, procesales y sustantivas de los ciudadanos nacionales
y extranjeros, de conformidad con las obligaciones internacionales,
promoviendo o facilitando para éstos su regularización en el país.
Adicionalmente,  la entidad impone sanciones migratorias de deportación y
expulsión,siendo esta  última en algunos casos y excepcionalmente,cuando
refiere a razones relacionadas con requerimientos judiciales internacionales
o situaciones que pongan en riesgo la seguridad, aun así prevalece en
sus motivaciones30
y procedimientos internos, el respeto por los derechos
fundamentales.
De igual manera, la entidad a través de la formulación de proyectos
institucionales ha priorizado su gestión hacia la adecuación de su
infraestructura para la óptima prestación del servicio durante el Control
Migratorio, especialmente en personas con movilidad reducida (PMR),
casos de vulnerabilidad o en condiciones especiales, por ejemplo,  frente
a las retenciones preventivas temporales en las que el extranjero es objeto
de una medida administrativa, entre otros.
Frente a estas últimas, la entidad viene adelantando la adecuación de
las Salas Transitorias de Migración consideradas (…) “Espacios físicos
dotados de las condiciones necesarias y establecidas por el Derecho
Internacional para la retención preventiva temporal de extranjeros a
quienes se le apliquen medidas de inadmisión, deportación, expulsión
o en aquellos casos que se requiera la verificación migratoria de
ciudadanos nacionales y extranjeros o ciudadanos nacionales
deportados a Colombia, garantizando el cumplimiento de la Ley y el
respeto de los derechos humanos ”.31
Atendiendo la jurisprudencia internacional en la materia, estas salas
transitorias garantizan la atención prioritaria y eficiente del servicio al
34
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
ciudadano en circunstancias especiales garantizando su trato humano (no
privación de la libertad de las personas, incomunicación o su aislamiento)  
igualmente (…) “hacen referencia al derecho que asiste a los estados
para reglamentar la estadía de extranjeros en su territorio y, que
considere necesario, adoptar las medidas que estime necesarias para
proteger a su nación de las conductas de estas personas cuando se
considere que atenta contra la seguridad, tranquilidad o higienes
públicas32
”.
32
EstudioTécnico “SalasTransitorias de Migración” (STM). UnidadAdministrativa Especial
de Migración, Subdirección de Control Migratorio. 22 de marzo de 2013. Pág. 31-32
35
Ministerio de Relaciones Exteriores
7.	 LÍNEAS DE ACCIÓN INSTITUCIONAL
Implementar la Red Migrante, como programa bandera de la entidad
para la promoción y garantía de los Derechos Humanos en el ejercicio del
control migratorio.
7.1.	 En materia de Prevención:
•	 Aplicar programas de capacitación en Derechos Humanos de los
Migrantes y de formación ética de los funcionarios de la Unidad.
•	 Promover la creación de un centro de pensamiento institucional para
el seguimiento de casos, investigaciones académicas y socialización de
instrumentos normativos en materia de derechos humanos.
•	 Fortalecer la instancia especializada dentro de la entidad para la
consolidación de la Política Institucional de Derechos Humanos.
•	 Diseñar e implementar una estrategia de comunicaciones para
promover y difundir buenas prácticas de respeto a los Derechos
Humanos en desarrollo de las actividades misionales de la Entidad.
•	 Establecer directrices en cada uno de los procesos internos de la
entidad que aseguren el respeto y garantía de los Derechos Humanos
de nacionales y extranjeros.
7.2.	 En materia de Protección y Asistencia:
•	 Revisión y adecuación normativa de los procesos de Migración
Colombia, relacionados con protocolos, guías y demás lineamientos
para la atención prioritaria, orientación efectiva y acompañamiento de
nacionales y extranjeros en el marco de la gestión migratoria.
•	 Hacer seguimiento mensual al recurso presupuestal destinado33
para
las necesidades de alojamiento, alimentación, atención médica y
transporte terrestre de migrantes en calidad de deportados.
33
Resolución 0016 de 2013. Por la cual se constituyen las cajas menores de Migración
Colombia, para la vigencia fiscal de 2013
36
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
•	 Fortalecer las capacidades técnicas y administrativas de la entidad,para
el servicio incluyente y atención en el control migratorio, especialmente
de la población vulnerable y en condiciones migratorias especiales.
7.3.	 En materia de Cooperación Interinstitucional:
•	 Participar en los diferentes escenarios36
(comités, eventos y reuniones)
de orden internacional,nacional,departamental y local,en los cuales se  
promueva la Política Institucional de Derechos Humanos, relacionados
con la misión de la Unidad.
•	 Promover encuentros, talleres y foros con el sector público, privado, la
sociedad civil y la ciudadanía, que contribuyan a la documentación de
buenas prácticas y promoción de los Derechos Humanos en el tema
migratorio.
•	 Difundir campañas institucionales frente a los compromisos y
responsabilidades asumidos por Migración Colombia, especialmente
contra la Trata de Personas y el Tráfico de Migrantes.
•	 Generar intercambio de buenas prácticas y lecciones aprendidas en la
materia con autoridades homólogas.
7.4.	 En materia de Investigación y Judicialización:
•	 Capacitar Oficiales de Migración con funciones de Policía Judicial frente
a la protección de los Derechos Humanos en las investigaciones de los
casos de trata de personas y tráfico de migrantes e identificación de
víctimas.
•	 Crear los procedimientos internos adelantados por los Oficiales de
Migración en apego al respeto y garantías de los Derechos Humanos,
soportados en el Código Penal, Manual Único de Policía Judicial,
Manual de Criminalística y Cadena de Custodia.
37
Ministerio de Relaciones Exteriores
ANEXO – AVANCES INSTITUCIONALES EN MATERIA
DE DERECHOS HUMANOS 2012 - 2013
En materia de Prevención
•	 Se dictaron 33 diplomados de “Formación en temas migratorios”,
en la Universidad   Javeriana a los Oficiales de Migración, el cual
incluía un módulo especializado de derechos humanos y derecho
internacional humanitario. Durante la vigencia 2013 se capacitaron a
168 funcionarios. En ella se incluyó la temática denominada “Trata de
Personas y Tráfico de Migrantes” que tuvo una duración de 20 horas.
•	 En coordinación con el Alto Comisionado para las Naciones Unidas
(ACNUR), se llevó a cabo una capacitación, liderada por Migración
Colombia, sobre la condición de refugiado en las regionales Nariño,
Andina,Antioquia, Guajira y Oriente.
En materia de Protección y Asistencia:
•	 Adecuación de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de
la Unidad para la prestación de servicios y trámites.
•	 Presentación del estudio técnico de Salas Transitorias de Migración
como parte del fortalecimiento en infraestructura de espacios que
permitan garantizar la asistencia a la población vulnerable en el país.
•	 Inicio de obras para la adecuación de seis (6) Salas Transitorias de
Migración en las Regionales Andina, Antioquia, Caribe, Guajira,
Occidente y Nariño; de conformidad con las especificaciones y
recomendaciones del Estudio Técnico.
•	 Apoyo en la construcción de la Guía para Entidades Públicas “Servicio
y Atención incluyente” como herramienta base para la optimización de
los servicios de atención y orientación para las personas con movilidad
reducida (PMR).
38
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
A su vez se desarrollaron las siguientes directrices frente a la materia:
	
•	 Directiva 026 del 12 de agosto de 2102: Fija los parámetros de
actuación para la atención a personas que solicitan asilo.
•	 Resolución 685 de septiembre de 2012:Establece la política de servicio
al ciudadano, con el objetivo de garantizar la eficiencia en la prestación
de los servicios y propender por la satisfacción del ciudadano dentro de
la normatividad migratoria.
•	 Directiva 029 del 2 de noviembre de 2012: Adopta el mecanismo
de traducción para víctimas denominado herramienta VITA (Victim
Translation Assistance),  suministrada  por la Oficina de las Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la cual permite detectar a
posibles víctimas de trata de personas y del tráfico de migrantes.
•	 Resolución 1184 del 28 de diciembre de 2012: Crea el Grupo de
Derechos Humanos de Migración Colombia, adscrito a la Oficina
Asesora Jurídica de la Entidad.
•	 Directiva 032-A del 30 de noviembre de 2012: Implementa un
protocolo interno de atención para la atención de víctimas o posibles
víctimas o victimarios nacionales o extranjeros de trata de personas,
así como el procedimiento que se debe adelantar con las autoridades
competentes  como el ICBF,  Policía de menores y Policía judicial de la
Policía Nacional.
•	 Directiva 042 del 14 de febrero de 2013:Adopta la Guía de actuación
regional para la detección temprana de situaciones de trata de
personas en pasos fronterizos del Mercosur y Estados Asociados.
En materia de Cooperación Interinstitucional:
•	 Migración Colombia integra el Comité Nacional de Sanidad
Portuaria, el Comité Nacional Interinstitucional para la prevención
y erradicación de la explotación sexual comercial de niñas, niños
y adolescentes – ESCNNA, el Consejo Nacional de Seguridad
Turística, la Comisión Intersectorial para el Retorno y el Comité
Evaluador de Casos del Fondo Especial para las Migraciones.
En el orden regional, el Comité Interinstitucional para la Lucha
39
Ministerio de Relaciones Exteriores
Contra la Trata de Personas, Consejos de Seguridad y Comités
de Orden Público, entre otros. Asiste en calidad de invitado al
Comité Municipal de Derechos Humanos y Derecho Internacional
Humanitario.
En los 22 meses que lleva en operación Migración Colombia en un periodo
de enero a septiembre de 2013 se han asistido, en el marco del Comité
Interinstitucional del Ministerio del Interior, 37 casos de posibles víctimas
de trata de personas, siendo la explotación sexual la tipología que mayor
victimas involucra en un 64.71% frente a  la explotación laboral con un
35.29%.
•	 Convenio Interadministrativo de Cooperación
Interinstitucional con la Policía Nacional de Colombia. Cuyo
objeto es la capacitación y movilidad oportuna en áreas apartadas
del territorio nacional con la cual se protege la vida de las personas
víctimas de tráfico de migrantes.
•	 Convenio Interadministrativo con el Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar “ICBF”. Su objeto es permitir que se
realice de manera más efectiva el control migratorio, brindando una
protección integral a la población vulnerable como son los niños, niñas
y adolescentes.
•	 Convenio marco de Cooperación Técnica con la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM).Para la implementación
de proyectos conjuntos en materia académica y técnica, entre otros.
•	 Convenio con la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito (UNODC). En este marco Migración Colombia ha
participado en escenarios importantes para la prevención de delitos
transnacionales así:
Noviembre de 2012. II Congreso Iberoamericano de Autoridades
Migratorias en el que el eje temático fue la “Prevención del Delito de la
Trata de Personas en América Latina”. La Entidad lideró la realización
de este evento reuniendo a las autoridades migratorias de 198 países y
organismos internacionales para el intercambio de buenas prácticas en
materia de prevención, lucha y judicialización de este delito.
40
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
	 Enero de 2013. Reunión con el Secretario de Gobierno y Director de
la Oficina de Derechos Humanos de la Alcaldía de Medellín para tratar
temas relacionados con controles y asistencia humanitaria que se debe
prestar a los ciudadanos extranjeros que son cobijados con medida de
deportación o expulsión por parte de Migración Colombia.
	 Febrero de 2013. Entra en operación la Red Iberoamericana
de Autoridades Migratorias - RIAM, como iniciativa de Migración
Colombia para la formulación de criterios básicos y orientadores en la
agenda de trabajo con las agencias migratorias homologas producto
del Congreso Iberoamericano de Autoridades Migratorias.
EVENTOS REGIONALES
	 Mayo de 2013. Conversatorio de las entidades que conforman
el Grupo de Protección al Turismo y Patrimonio Nacional. Taller
de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y
adolescentes, asociada a viajes y turismo en la ciudad de Medellín.
	 Junio de 2013.TallerestrategiaNacionaldePrevencióndeexplotación
sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en las instalaciones de
la Casa de la Juventud de Quibdó-Chocó.
	 Junio de 2013. Comité Departamental de Derechos Humanos y
Derecho Internacional Humanitario del Departamento de Caldas.
	 Julio de 2013. III Congreso Latinoamericano sobre Trata y Tráfico de
Personas. Realizado por la Universidad de los Andes.
	 Septiembre de 2013. Presentación Manual y Hoja de Ruta para
Investigación Delitos de Femenicidio y Trata de Personas, llevado a
cabo en la Biblioteca Pública Belén – Antioquia.
CAMPAÑAS
Campaña Contra la Trata: “Un Oficial de Migración Colombia
puede ser su última oportunidad” consiste en sensibilizar a las
personas que visitan los diferentes Puestos de Control Migratorio y
Centros Facilitadores en todo el país, informando sobre las modalidades
de Trata, en qué consiste, cómo se previene, a qué números telefónicos se
41
Ministerio de Relaciones Exteriores
puede acudir para pedir ayuda o información.
Campaña de sensibilización para prevenir y denunciar la Trata
de Personas. Entrega de 10.000 volantes informativos con datos y cifras
que permiten concientizar al público receptor de las posibles causas de
la consumación del delito. La campaña se adelantó en los terminales de
transporteterrestredelnorteysurdelaciudaddeMedellín,enelAeropuerto
Internacional José María Córdova con el gremio hotelero antioqueño,
instituciones educativas y a diferentes empresas de la jurisdicción.
Campaña “Toma” en el Aeropuerto Ernesto Cortissoz de
Barranquilla: Campaña adelantada por el Comité Institucional contra la
trata de personas con la participación de Migración Colombia,en donde se
informó sobre las modalidades, en qué consiste, cómo prevenirlo, a dónde
comunicarse para solicitar ayuda o información. Entrega de volantes y
manillas alusivas a la prevención de este delito.
Campaña Programa “Ruta Social”: Organizado por la Gobernación
del Atlántico, destacando el programa de prevención contra la trata de
personas, sensibilizando a 500 ciudadanos sobre este delito.
Campaña “Pare Educativo”: Jornada adelantada por Migración
Colombia, ICBF y la Gobernación del Departamento de San Andrés,
con la cual se alertó a padres de familia y cuidadores de niños, niñas y
adolescentes sobre los riesgos que genera el uso inadecuado de internet
y redes sociales.  Así mismo, se socializaron las características del delito de
trata de personas y los flagelos derivados del mismo.
Campaña contra la explotación sexual: Liderada por la Gobernación
de San Andrés y la participación de Migración Colombia, ICBF, Policía
Nacional; se realizó la entrega de volantes preventivos y socialización
con los ciudadanos sobre las posibles causas de delito de la explotación
sexual en menores de edad.
Taller de Capacitación en Inteligencia de Inmigración, Realizado
en Lima, Perú en febrero de 2013, apoyado por el Ministerio de Relaciones
de ese país y el Departamento de Inmigración y Ciudadanía de Australia.
Se reunieron autoridades migratorias de nueve países y de la Organización
Internacional para las Migraciones (OIM).
42
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
Talleres de Sensibilización ESCNNA: En articulación con el Ministerio
de Industria, Comercio y Turismo, el Ministerio de Trabajo, el ICBF y la
Policía Nacional, se adelantan “talleres de sensibilización estrategia
nacional de prevención de la explotación sexual comercial de niñas,
niños y adolescentes –ESCNNA- en viajes y turismo” en 32 ciudades del
territorio nacional.
Taller de Buenas Prácticas y Experiencias Compartidas en la
Prevención del Delito de Trata de Personas: En cumplimiento
de los compromisos adquiridos en el Iberoamericano de Autoridades
Migratorias, en articulación con la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM) y La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y
el Delito (UNODC), se realizó los días 12 y 13 de septiembre de 2013, el
TALLER DE BUENAS PRACTICAS Y EXPERIENCIAS COMPARTIDAS EN LA
PREVENCIÓN DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS, en Bogotá, al cual
asistieron Oficiales de Migración de la entidad, delegados de los países
miembros de la Red Iberoamericana de Autoridades Migratorias, Fiscalía
General de la Nación y la Policía Nacional.
Taller de Buenas Prácticas y Experiencias Compartidas en
la Prevención del Delito de Trata de Personas y Tráfico de
Migrantes: Dirigido al equipo Directivo de la entidad.
Primera Semana Internacional de las Migraciones: Septiembre de
2013. Orientada a acercar a la comunidad migrante con la sociedad en
general en cumplimiento de los objetivos de desarrollo humano, buscando
facilitar su inserción a los grupos de acogida de migrantes.
43
Ministerio de Relaciones Exteriores
FUENTES DOCUMENTALES
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL
CIUDADANO.Agosto 26 de 1789.
GLOSARIO SOBRE MIGRACIÓN No 7. Derecho Internacional sobre
Migración. Organización Internacional para las Migraciones – OIM. 2006
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2010-2014 “PROSPERIDAD PARA
TODOS”. Presidencia de la República, Bogotá 2011.
PROGRAMA VISIÓN COLOMBIA. Presidencia de la República, Bogotá.
PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL “FRONTERAS EN LÍNEA 2012 –
2014”. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Bogotá
2012.
MANUALDEPROCEDIMIENTOSDELPROCESODECONTROLMIGRATORIO
v3. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Bogotá 2013.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN MIGRATORIA v3.
Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Bogotá 2013.
44
“Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
Ministerio de Relaciones Exteriores
Para comentarios o sugerencias sobre la Política
Institucional de Derechos Humanos “Red Migrante –
Garantías y Servicios para el Migrante en Colombia” puede
remitirse al correo:
redmigrante@migracioncolombia.gov.co
Quedan reservados todos los derechos. La presente
publicación no podrá ser reproducida íntegra o
parcialmente, ni archivada o transmitida por ningún medio
(ya sea electrónico, mecánico, fotocopiado, grabado u otro),
sin la autorización previa del editor.
Ministerio de Relaciones Exteriores
Calle 24 A No. 59 - 42
Edificio Argos Torre 3 Piso 4
Centro de Contacto Ciudadano: (57-1) 6055-454
Línea Nacional Gratuita: 018000-510454
MigracionCol
www.migracioncolombia.gov.co

Más contenido relacionado

Similar a Cartilla red migrante

Presentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdf
Presentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdfPresentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdf
Presentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdf
BrandonLeyton2
 
Política exterior colombiana
Política exterior colombianaPolítica exterior colombiana
Política exterior colombiana
luispachon
 
Módulo policía nacional
Módulo policía nacionalMódulo policía nacional
Módulo policía nacional
moquiroz
 
A dónde van los desaparecidosmodif
A dónde van los desaparecidosmodifA dónde van los desaparecidosmodif
A dónde van los desaparecidosmodif
dimelocantando
 

Similar a Cartilla red migrante (20)

Data encuesta justicia y paz
 Data encuesta justicia y paz Data encuesta justicia y paz
Data encuesta justicia y paz
 
Derechos humanos en nicaragua
Derechos humanos en nicaraguaDerechos humanos en nicaragua
Derechos humanos en nicaragua
 
Pastor murillo
Pastor murilloPastor murillo
Pastor murillo
 
Convencion onu discap
Convencion onu discapConvencion onu discap
Convencion onu discap
 
buenas_practicas.pdf
buenas_practicas.pdfbuenas_practicas.pdf
buenas_practicas.pdf
 
Presentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdf
Presentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdfPresentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdf
Presentación-ODS-migraciones-Gabriela-Agosto-4-10-1.pdf
 
Migración y derechos humanos_IAFJSR
Migración y derechos humanos_IAFJSRMigración y derechos humanos_IAFJSR
Migración y derechos humanos_IAFJSR
 
Política exterior colombiana
Política exterior colombianaPolítica exterior colombiana
Política exterior colombiana
 
Cartilla completa UNODC
Cartilla completa UNODCCartilla completa UNODC
Cartilla completa UNODC
 
Acuerdo para eliminar la trata de NNA SECTUR_MÓDULO 6_ Redes de referencia_24...
Acuerdo para eliminar la trata de NNA SECTUR_MÓDULO 6_ Redes de referencia_24...Acuerdo para eliminar la trata de NNA SECTUR_MÓDULO 6_ Redes de referencia_24...
Acuerdo para eliminar la trata de NNA SECTUR_MÓDULO 6_ Redes de referencia_24...
 
Convención interamericana. derechos de las personas con discapacidad.
Convención interamericana. derechos de las personas con discapacidad.Convención interamericana. derechos de las personas con discapacidad.
Convención interamericana. derechos de las personas con discapacidad.
 
Paremos el crimen corporativo y la impunidad
Paremos el crimen corporativo y la impunidadParemos el crimen corporativo y la impunidad
Paremos el crimen corporativo y la impunidad
 
Niñez, Migraciones y Derechos Humanos en Argentina
Niñez, Migraciones y Derechos Humanos en ArgentinaNiñez, Migraciones y Derechos Humanos en Argentina
Niñez, Migraciones y Derechos Humanos en Argentina
 
2016.05.18 tráficos internacionales personas uni_belgrano
2016.05.18 tráficos internacionales personas uni_belgrano2016.05.18 tráficos internacionales personas uni_belgrano
2016.05.18 tráficos internacionales personas uni_belgrano
 
PPT 02.pptx medio ambiente
PPT 02.pptx medio ambientePPT 02.pptx medio ambiente
PPT 02.pptx medio ambiente
 
Debate en Matadero Madrid, 17 marzo 2017
Debate en Matadero Madrid, 17 marzo 2017Debate en Matadero Madrid, 17 marzo 2017
Debate en Matadero Madrid, 17 marzo 2017
 
Módulo policía nacional
Módulo policía nacionalMódulo policía nacional
Módulo policía nacional
 
Boletin nº 3 especial mtm el alto
Boletin nº 3 especial mtm el altoBoletin nº 3 especial mtm el alto
Boletin nº 3 especial mtm el alto
 
Boletin nº 3 especial mtm el alto
Boletin nº 3 especial mtm el altoBoletin nº 3 especial mtm el alto
Boletin nº 3 especial mtm el alto
 
A dónde van los desaparecidosmodif
A dónde van los desaparecidosmodifA dónde van los desaparecidosmodif
A dónde van los desaparecidosmodif
 

Último

UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docxUNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
anaalmeyda1998
 
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasosLa tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
ChristianFernndez41
 

Último (15)

UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docxUNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
 
UNIDAD 3.1, 3.2 y 3.3 3.5 FUNCIÓN PÚBLICA 2.pptx
UNIDAD 3.1, 3.2 y 3.3 3.5 FUNCIÓN PÚBLICA 2.pptxUNIDAD 3.1, 3.2 y 3.3 3.5 FUNCIÓN PÚBLICA 2.pptx
UNIDAD 3.1, 3.2 y 3.3 3.5 FUNCIÓN PÚBLICA 2.pptx
 
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
 
Procuraduría general del estado bolivia.pptx
Procuraduría general del estado bolivia.pptxProcuraduría general del estado bolivia.pptx
Procuraduría general del estado bolivia.pptx
 
manejo de encaste en ovinos pdti indap PLC
manejo de encaste en ovinos pdti indap PLCmanejo de encaste en ovinos pdti indap PLC
manejo de encaste en ovinos pdti indap PLC
 
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdfHACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
HACIEDA MUNICIPAL 1ER TRIMESTRE 2024.pdf
 
PLAN DE MEJORA DE BIOSEGURIDAD EN HOSPITALES.pptx
PLAN DE MEJORA DE BIOSEGURIDAD EN  HOSPITALES.pptxPLAN DE MEJORA DE BIOSEGURIDAD EN  HOSPITALES.pptx
PLAN DE MEJORA DE BIOSEGURIDAD EN HOSPITALES.pptx
 
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasosLa tributación municipal en el Perú y sus pasos
La tributación municipal en el Perú y sus pasos
 
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
Radar de algoritmos de IA y procesos de decisión automatizada para el acceso ...
 
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdfUNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
 
Pensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemaniaPensamiento administrativo público en alemania
Pensamiento administrativo público en alemania
 
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las MujeresBoletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
 
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanasPrograma electoral de Vox para las elecciones catalanas
Programa electoral de Vox para las elecciones catalanas
 
Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Imbabura.pptx
Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Imbabura.pptxPlan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Imbabura.pptx
Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Imbabura.pptx
 
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el TrabajoDecreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
Decreto Ejecutivo 255 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
 

Cartilla red migrante

  • 1. “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Política Institucional de Derechos Humanos Libertad y Orden
  • 2. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia © República de Colombia - Derechos Reservados María Ángela Holguín Cuéllar Ministra de Relaciones Exteriores Ancizar Silva Robayo Presidente Consejo Directivo Secretario General de Cancillería Sergio Bueno Aguirre Director Antonio Hernández Llamas Subdirector de Extranjería Humberto Velásquez Ardila Subdirector de Control Migratorio Jorge Arturo Sánchez Hernández Subdirector de Verificación Migratoria Christian Krüger Sarmiento Secretario General Rosemberg Leguizamón Vargas Jefe Oficina Asesora de Planeación María del Pilar Lugo González Oficina de Control Interno Winston Andrés Martínez Oficina Asesora Jurídica Ivone Venegas Molano Oficina Asesora de Comunicaciones Rodrigo Amórtegui Aros Oficina de Tecnología de la Información María Deissy Castiblanco Ruíz Subdirectora de Talento Humano Elizabeth Jauregui Reina Subdirectora de Control Disciplinario Interno Directores Regionales Edison Córdoba Chicango Regional Amazonas Maria Clemencia Pérez Uribe Regional Andina Wilson Patiño Sánchez Regional Antioquia Néstor Edilson Castro Castañeda Regional Caribe Hernando Juan Ferrucho Vergara Regional Eje Cafetero Miguel Enrique Romo Barreto Regional La Guajira (Con asignación de funciones) Dario Fernando Daza Dorado Regional Occidente Claudia Sofía Barón Baquero. Regional Oriente Dalgen Constanza Gómez Rubio Regional Orinoquía Henry Corredor Hernández Regional Nariño Carlos Humberto García López Regional San Andrés y Providencia Elaboró Leidy Andrea Martínez Gutiérrez Deicy Andrea Méndez Aguirre Diseño y diagramación Susana Bonilla Guzmán Alejandra Duarte Oficina Asesora de Comunicaciones Noviembre de 2013 Bogotá D.C. - Colombia
  • 3. -UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL- MIGRACIÓN COLOMBIA Política Institucional de Derechos Humanos MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES “Garantías y servicios para el migrante en Colombia”
  • 4. 4 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores
  • 5. 5 Ministerio de Relaciones Exteriores TABLA DE CONTENIDO 1. MARCO LEGAL 1.1. Instrumentos jurídicos de orden Internacional 1.2. Instrumentos jurídicos de orden Regional 1.2.1 Comunidad Andina de Naciones CAN 1.2.2 Mercado Común del Sur - MERCOSUR 1.3. Instrumentos jurídicos de orden Nacional 2. ANTECEDENTES 2.1. Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para Todos” 2.2. Plan Estratégico Institucional “Fronteras en Línea 2012 – 2014” 3. DIMENSIONES 3.1. Dinámica Migratoria en Colombia 3.1.1. Cifras migratorias. 4. FINALIDAD DE LA POLÍTICA 5. ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN 6. DIRECTRICES GENERALES Y ESPECÍFICAS 6.1. ProteccióndelosDerechosHumanosenelejerciciodelcontrolmigratorio 6.1.1. Ejes de la Política 6.1.2. Derechos 6.1.3. Principios Generales 6.1.4. Prohibiciones 6.2. Procesos Misionales 6.2.1. Control Migratorio 6.2.2. Extranjería 6.2.3. Verificación Migratoria 7. LÍNEAS DE ACCIÓN INSTITUCIONAL 7.1. En materia de Prevención 7.2. En materia de Protección y Asistencia 7.3. En materia de Cooperación Interinstitucional 7.4. En materia de Investigación y Judicialización ANEXO–AVANCESINSTITUCIONALESENMATERIADEDERECHOSHUMANOS
  • 6. 6 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores
  • 7. 7 Ministerio de Relaciones Exteriores 1. MARCO LEGAL En orden cronológico 1.1. Instrumentos jurídicos de orden Internacional • Declaración Universal de Derechos Humanos (1948). • Convenio de la OIT (núm. 97) relativo a los trabajadores migrantes (1949). • Convención relativa al Estatuto de los Refugiados (1951) y su Protocolo (1967). • Convención sobre Derechos Políticos de las Mujeres (1953). • Acuerdo sobre el Refugio de los Hombres del Mar (1957) y su Protocolo (1973). • Convenio de la OIT (núm. 111) relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación (1958). • Convención sobre la reducción de Apátridas (1961). • Convenio de la OIT (núm. 118) relativo a la igualdad de trato de nacionales y extranjeros en materia de seguridad social (1962). • Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965). • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Opcional (1966). • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966). • Convenio de la OIT (núm. 143) sobre las migraciones en condiciones abusivas y la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato de los trabajadores migrantes (1975). • Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación en contra de las mujeres (1979). • Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal y otros instrumentos internacionales y comunitarios (1981). • Convenio de la OIT (núm. 157) sobre el establecimiento de un sistema internacional para la conservación de los derechos en materia de seguridad social (1982).
  • 8. 8 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores • Convención contra la Tortura y otros Tratos o penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984). • Convención relativa a la Cooperación Internacional sobre la Asistencia Administrativa a los refugiados (1985). • Resolución 40/144 de la Asamblea General ONU - Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven (1985). • Convención sobre los derechos del Niño (1989). • Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los trabajadores Migrantes y Miembros de sus familias (1990). • Resolución de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU 1999/44 - Derechos Humanos de los Migrantes (1999). • Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia Organizada Trasnacional (2000). • Protocolo de Palermo “Para prevenir, suprimir y castigar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Menores”, que complementa la Convención de las naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (2000). • Protocolo contra el Tráfico de Migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (2000). • Reglamento Sanitario Internacional (2005). • Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006). • Convención Internacional para la protección de todas las personas contra la desaparición forzada (2006). 1.2. Instrumentos jurídicos de orden Regional • Convención de los Estados Americanos sobre Asilo Político (1935). • Tratado de los Estados Americanos sobre Asilo Político y Refugio (1939). • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948). • Convención Interamericana sobre Asilo Territorial (1954). • Convención Interamericana sobre Asilo Diplomático (1954). • Convención Americana sobre Derechos Humanos: “Pacto de San José de Costa Rica”. (1969). • Declaración de Cartagena sobre Refugiados (1984). • Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura (1986). • Convención Interamericana sobre tráfico internacional de menores (1994).
  • 9. 9 Ministerio de Relaciones Exteriores • Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas (1994). • Convención Interamericana sobre la Prevención, Castigo y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (1994). • Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en el Área de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: “Protocolo de San Salvador” (1998). Declaración de Río de Janeiro sobre la institución del Refugio (2000). • Opinión Consultiva sobre Condición jurídica y Derechos de los Migrantes Indocumentados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2003). • Declaración y Plan de Acción de México para Fortalecer la Protección Internacional de los Refugiados en América Latina (2004). • Declaración de Brasilia sobre la Protección de Personas Refugiadas y Apátridas en el Continente Americano (2010). 1.2.1 Comunidad Andina de Naciones - CAN • Decisión 397 - Uso de la Tarjeta Andina Migratoria (1996). • Decisión 398 - Transporte Internacional de Pasajeros por Carretera (1997). • Decisión 399 - Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (1997). • Decisión 459 - Política Comunitaria para la Integración y el Desarrollo Fronterizo (1999). • Decisión 501 - Zona de Integración Fronteriza (2001). • Decisión 502 - Centros Binacionales de Atención en Frontera – CEBAF (2001). • Decisión 503 - Reconocimiento de documentos nacionales (2001). • Decisión 504 - Pasaporte Andino (2001). • Decisión 525 - Características técnicas específicas mínimas de nomenclatura y seguridad del Pasaporte Andino (2001). • Decisión 526 - Ventanillas Entrada Aeropuertos (2002). • Decisión 529 - Crea el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres. • Decisión 545 - Instrumento Andino de Migración Laboral (2003). • Decisión 548 - Mecanismo andino de cooperación en materia de asistencia y protección consular y asuntos migratorios (2003). • Decisión 561 - Modificación de la Decisión 398 transporte internacional de pasajeros por carretera (condiciones técnicas para la habilitación y
  • 10. 10 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores permanencia de los ómnibuses o autobuses en el servicio) (2003) • Decisión 583 - Sustitución de la Decisión 546, Instrumento Andino de Seguridad Social (2004). • Decisión 613 -Asociación de la República deArgentina,de la República Federativa de Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Parte del MERCOSUR, a la Comunidad Andina (2005). • Decisión 750 - Sistema Estadístico de la Tarjeta Andina de Migración (2011). • Decisión 755 - Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones en la Comunidad Andina (2011). • Decisión 768 - Sistema de Información de Estadísticas de Turismo de la Comunidad Andina (2011). • Resolución 1507 de la Secretaría General - Publicación del Acuerdo de Colombia y Ecuador para ampliación de la Zona de Integración Fronteriza Colombo-Ecuatoriana para efectos turísticos a la totalidad de cada uno de los territorios nacionales de ambos Países Miembros; así como las Notas Reversales que contienen dicho Acuerdo (2012). 1.2.2 Mercado Común del Sur - MERCOSUR • Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile (2002). • Decisión 18 -Acuerdo sobre documentos de viaje de los Estados partes del MERCOSUR y Estados Asociados (2008). • Decisión 14 - Acuerdo modificatorio del anexo del acuerdo sobre documentos de viaje de los estados partes del MERCOSUR y Estados Asociados (2011). • Guía de actuación regional para la detección temprana de situaciones de trata de personas en pasos fronterizos del Mercosur y Estados Asociados (2012). 1.3. Instrumentos jurídicos de orden Nacional • Constitución Política de Colombia (1991). En su Artículo 93 establece que los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno.A su vez en el Art. 9, 24, 96, 97, 100, 189, 227, 289, 337 y el Preámbulo, señala entre otros los derechos y garantías de los extranjeros en el territorio nacional.
  • 11. 11 Ministerio de Relaciones Exteriores • Ley 43 de 1993. Por medio de la cual se establecen normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad Colombiana, se desarrolla el numeral séptimo del artículo 40 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. • Ley 599 de 2000. Código Penal, tipifica el tráfico de Migrantes (Art. 188), la trata de personas (Art. 188A), tráfico de niñas, niños y adolescentes (Art. 188C), uso de menores de edad en la comisión de delitos (Art. 188D) y de la explotación sexual (Capítulo IV). • Decreto 1239 de 2003. Por medio el cual se crea la Comisión Nacional Intersectorial de Migración, como un órgano para la coordinación y orientación en la ejecución de la Política Integral Migratoria del país. • Ley 985 de 2005. Por medio de la cual se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma. • Ley 1098 de 2006. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. • Ley 1203 de 2008. Por medio de la cual se aprueba el Estatuto Migratorio Permanente entre Colombia y Ecuador, firmado en Bogotá, el 24 de agosto de 2000. • Ley 1273 de 2009. De la protección de la información y de los datos. • Ley 1336 de 2009. Por medio del cual se adiciona y robustece la Ley 679 de 2001,de lucha contra la explotación,la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes. • Decreto 4503 de 2009. Por el cual se modifica el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado. • Documento CONPES 3603 de 2009. Por el cual se establece la Política Integral Migratoria. • Ley 1450 de 2011. Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo“Prosperidad para Todos” 2010-2014. • Ley 1465 de 2011. Por la cual se crea el Sistema Nacional de Migraciones y se expiden normas para la protección de los colombianos en el exterior. • Decreto 4976 de 2011. Por medio del cual se reglamenta el “Fondo Especial para las Migraciones” del Sistema Nacional de Migraciones y se dictan otras disposiciones • Decreto Ley 4062 de 2011. Por el cual se crea la UnidadAdministrativa Especial Migración Colombia como única Autoridad Migratoria del País. • Decreto 4100 de 2011. Por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario,
  • 12. 12 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores se modifica la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y se dictan otras disposiciones. • Ley 1565 de 2012. Por medio de la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero. • Ley 1581 de 2012. De la protección de datos personales. • Ley 1523 del 24 de abril de 2012. Por la cual se adoptó la Política Nacional de Gestión de Riesgos y Atención a Desastres. • Decreto 0936 de 2013. Por el cual se reorganiza el Sistema Nacional de Bienestar Familiar. • Decreto 0834 de 2013. Por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia.
  • 13. 13 Ministerio de Relaciones Exteriores 2. ANTECEDENTES La prestación integral de los servicios migratorios brindados por Migración Colombia, en relación con el respeto, protección y garantía de los derechos humanos,sedebeefectuarenprimerainstanciabajounenfoquenormativo de los derechos los migrantes1 , en el cual la administración migratoria basa sus actuaciones, incorporándolos a la legislación nacional2 como lo establece la Constitución Política de Colombia para su referida aplicación. El carácter universal, inderogable, indivisible e interdependiente de los Derechos Humanos, los instrumentos, la doctrina y la jurisprudencia internacional le imponen al Estado la obligación de garantizar la protección de los individuos, especialmente de las personas migrantes y sujetas de protección especial3 , brindando a la vez a sus instituciones lineamientos para garantizar el pleno goce de los mismos, a través de la formulación y definición de políticas, programas y acciones internas perdurables en el tiempo. De esta manera, las fuentes del Sistema Universal y el Sistema Interamericano en esta materia, han creado mecanismos para supervisar la aplicación de los instrumentos sobre derechos humanos, en particular, los relacionados intrínsecamente con la migración, que precisan a los migrantes independiente de su situación migratoria, como sujetos de pleno reconocimiento de derechos y garantías frente a la vida, la libertad y la seguridad de su persona. A continuación se citan algunos apartes de normas representativas en el escenario internacional por su carácter vinculante y su sentido histórico en el reconocimiento de los derechos de los migrantes: 1 Derecho Internacional y Derecho Migratorio Internacional. (Derecho consuetudinario, jurisprudencia internacional, acuerdos regionales y convenios bilaterales entre estados, entre otros). 2 Derecho Interno. (Constitución, legislación específica migratoria, entre otros.) 3 Personas solicitantes de asilo, refugiadas, apátridas, entre otros.
  • 14. 14 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Declaración Universal de Derechos Humanos Artículo 3. “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. (…) Artículo 9 “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado” Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre Artículo 8. “Toda persona tiene el derecho de fijar su residencia en el territorio del Estado de que es nacional, de transitar por él libremente y no abandonarlo sino por su voluntad”. (…) Artículo 27 “Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de cada país y con los convenios internacionales”. (…) Artículo 33 “Toda persona tiene el deber de obedecer a la Ley y demás mandamientos legítimos de las autoridades de su país y de aquél en que se encuentre” Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Artículo 12 “1. Toda persona que se halle legalmente en el territorio de un Estado tendrá derecho a circular libremente por él y a escoger libremente en él su residencia. 2. Toda persona tendrá derecho a salir libremente de cualquier país, incluso del propio. 3. Los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley, sean
  • 15. 15 Ministerio de Relaciones Exteriores necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el presente Pacto. 4. Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país”. (…) Artículo 13 “El extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado Parte en el presente Pacto sólo podrá ser expulsado de él en cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley; y, a menos que razones imperiosas de seguridad nacional se opongan a ello, se permitirá a tal extranjero exponer las razones que lo asistan en contra de su expulsión, así como someter su caso a revisión ante la autoridad competente o bien ante la persona o personas designadas especialmente por dicha autoridad competente, y hacerse representar con tal fin ante ellas”. Convención Americana sobre Derechos Humanos Artículo 22 “1. Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales. (…) 8. En ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país, sea o no de origen, donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones políticas. 9. Es prohibida la expulsión colectiva de extranjeros”. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Esta convención fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990 y es precedente en las disposiciones inherentes en materia migratoria para la protección de los trabajadores migratorios y su entorno familiar:
  • 16. 16 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Artículo 7 “Los Estados Partes se comprometerán, de conformidad con los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, a respetar y asegurar a todos los trabajadores migratorios y sus familiares que se hallen dentro de su territorio o sometidos a su jurisdicción los derechos previstos en la presente Convención, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición”. Artículo 8 “1. Los trabajadores migratorios y sus familiares podrán salir libremente de cualquier Estado, incluido su Estado de origen. Ese derecho no estará sometido a restricción alguna, salvo las que sean establecidas por ley, sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o los derechos y libertades ajenos y sean compatibles con otros derechos reconocidos en la presente parte de la Convención. 2. Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a regresar en cualquier momento a su Estado de origen y permanecer en él”. (…) Artículo 16 “Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a la libertad y la seguridad personales”. Se señalan como mecanismos de protección de los derechos de los migrantes, entre otros las Relatorías Especiales de la Organización de las Naciones Unidas, el Comité de Expertos Independientes sobre Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el Comité Contra la Tortura y el Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias. Estas instancias emiten observaciones o recomendaciones generales a los Estados, dados sus propósitos y contenidos altamente interpretativos en la materia. En los asuntos migratorios se concentran en asegurar la movilidad humana en condiciones seguras y ordenadas, beneficiando con ello a las personas migrantes y sus familias, promoviendo el desarrollo económico, social, laboral y cultural para los países.
  • 17. 17 Ministerio de Relaciones Exteriores En este contexto se resalta la Relatoría Especial sobre Trabajadores Migrantes y Miembros de sus Familias (Felipe González, 2008) y la Relatoría sobre Derechos de Migrantes de la Asamblea de las Naciones Unidas (Jorge Bustamante, 2010 y François Crèpeau, 2012) en las que recomiendan acciones del Estado frente a las siguientes cuestiones: • El uso no apropiado del término “ilegal” para caracterizar a los migrantes. • El establecimiento de perfiles de comunidades de migrantes. • La protección de las víctimas del abuso laboral, la explotación y la trata de seres humanos. • La protección de los niños y las mujeres migrantes. • La privación de la libertad por motivos relacionados con la migración. • El uso desproporcionado de la detención en la gestión de la migración. Así mismo, se destaca la Resolución4 23/20 sobre derechos humanos de los migrantes, aprobada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas el 14 de junio de 2013. Este documento exhorta a los Estados y a las organizaciones regionales e internacionales que tengan competencia en el ámbito de la regulación de la migración y la aplicación de las políticas migratorias a que: (…) “b. Adopten medidas concretas para impedir la vulneración de los derechos humanos de los migrantes mientras se encuentren en tránsito en puertos y aeropuertos y en las fronteras y puestos de control de la migración, entre otros lugares, capaciten a los agentes públicos que trabajan en esos servicios y en las zonas fronterizas para que traten a los migrantes y sus familiares con respeto y de conformidad con las obligaciones que les impone el derecho internacional de los derechos humanos, y presten especial atención a las mujeres y las niñas, que pueden verse expuestas a la violencia sexual”. De esta manera identifica claramente el rol de la autoridad migratoria en la garantía, respeto y protección de los derechos humanos. Así mismo, le insta a asumir mayores retos y desafíos en su función que permitan contribuir a la política migratoria de cada país. 4 Tomado el 20 de septiembre de 2013 de la Página Web:http://daccess-dds-ny.un.org/doc
  • 18. 18 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Aspectos nacionales La visión estratégica del Estado,incorporada en los documentos de política pública5 , señala la necesidad de proyectar e integrar a Colombia con el mundo, dada su posición geográfica privilegiada y con ello fortalecer sus relaciones internacionales promoviendo el desarrollo económico, social y cultural, entre otros. Para este fin, Colombia ha venido asumiendo importantes retos internos en el fortalecimiento de sus políticas, normatividad e institucionalidad que le garanticen gobernabilidad, desarrollo económico y social de largo plazo. En el 2009 el Ministerio de Relaciones Exteriores lideró la construcción de una Política de Estado en temas migratorios entre entidades vinculadas a la misma6 y la sociedad civil, fijando la Política Integral Migratoria (PIM)7 a través del Documento Conpes 3603, que integra los lineamientos, estrategias y acciones de intervención para los colombianos que viven en el exterior y los extranjeros que residen en el país. Los objetivos en este documento se enfocan en: (…) i) “dar un tratamiento integral a cada una de las dimensiones de desarrollo de esta población y ii) mejorar la efectividad de los instrumentos utilizados para la implementación de estrategias y programas referentes a la población migrante”. Igualmente,el CONPES 3603 promociona la defensa,protección y garantía de los derechos humanos de las personas vinculadas en los procesos 5 Visión Colombia II Centenario: 2019 Propuesta para discusión, (…)”Plantea, a través de 17 estrategias fundamentales, y en concordancia con las metas establecidas en otros ejercicios actualmente en curso - como laAgenda Interna y la Misión contra la Pobreza - un panorama de formulación de políticas públicas sectoriales, en materias como crecimiento económico, infraestructura física, capital humano, y desarrollo social y territorial, entre otras”.Tomado el 20 de Septiembre de 2013 de la Página Web https://www.dnp.gov.co 6 Decreto 1239 de 2003.Artículo 2. Integrantes de la Comisión Nacional Intersectorial de Migración. 7 Según la Opinión Consultiva de la Corte Nº18 la política migratoria “está constituida por todo acto, medida u omisión institucional (leyes, decretos, resoluciones, directrices, actos administrativos, etc.) que versa sobre la entrada, salida o permanencia de población nacional o extranjera dentro de su territorio” (...) y que “no basta con que el ordenamiento jurídico interno se adecue al derecho internacional, sino que es menester que los órganos o funcionarios de cualquier poder estatal, sea ejecutivo, legislativo o judicial, ejerzan sus funciones y realicen o emitan sus actos,resoluciones y sentencias de manera efectivamente acorde con el derecho internacional aplicable”.Tomado el 20 de Septiembre de 2014 de la página web http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_18_esp.pdf
  • 19. 19 Ministerio de Relaciones Exteriores migratorios y promueve la “creación de escenarios que beneficien la decisión de migrar bajo condiciones de libertad en las que los ciudadanos construyan su propio destino con el acompañamiento y protección del Estado”8-9 . 2.1. Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para Todos” En cumplimiento de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos” 2010-2014, Migración Colombia adopta los lineamientos frente a la promoción a los Derechos Humanos señalados así: (…) “La promoción del respeto a los Derechos Humanos por parte, no sólo de todas las entidades del Estado, sino de la misma ciudadanía, así como el apoyo a las políticas de reparación, resultan fundamentales para evitar recaer en conflictos y disputas del pasado, y así propiciar unas condiciones de seguridad consolidadas que permitan mayores avances en el fortalecimiento institucional, el desarrollo económico y el bienestar social”. De igual forma, el Gobierno Nacional dispuso crear el Sistema Nacional de DD.HH. y DIH coordinado por la Comisión Intersectorial de DD.HH y DIH, liderada por laVicepresidencia de la República, con el fin de “diseñar, complementar y consolidar las políticas públicas sectoriales con enfoque de derechos y enfoque diferencial”. Esta instancia será la que defina la Política Nacional Integral de DD.HH y DIH de Colombia, destacándose entre sus componentes la protección, la igualdad y no discriminación. Por otra parte, en este documento el tema migratorio es priorizado, estableciéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores “Impulsar la Política Migratoria y fortalecer el servicio consular”, el cual “tendrá como objetivo el afianzamiento de dicha política bajo el principio de coherencia en el trato a los migrantes nacionales o extranjeros y sus familias, priorizando la temáticamigratoriaentodaslasentidadesdenivelnacional,departamental 8-9 Documento CONPES 3603. Política Integral Migratoria.Agosto 2009
  • 20. 20 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores y municipal involucradas, promoviendo el trabajo interinstitucional que garantice un impacto social de forma eficaz y eficiente”. De esta manera, le da un enfoque integral a la política exterior más allá de sus relaciones económicas y comerciales, incorporándole una dimensión prioritaria al desarrollo humano. A su vez, señala la importancia estratégica de las fronteras marítimas y terrestres de Colombia y la necesidad de incentivar su desarrollo a partir de la aplicación de una estrategia diferenciada en cada una de ellas10 . 2.2. Plan Estratégico Institucional“Fronteras en Línea 2012 – 2014” Con fundamento en lo anterior, Migración Colombia desarrolló la formulación de su Plan Estratégico Institucional “Fronteras en Línea 2012 – 2014” y lo integró al Plan Estratégico Sectorial en lo concerniente a su misión como única Autoridad Migratoria del País11 . El Plan Estratégico Institucional conformado por un total de 6 políticas, 6 objetivos estratégicos, 25 estrategias y 28 indicadores, se soporta en el respeto, promoción y garantía de los Derechos Humanos, estableciendo los criterios generales para la aplicación simultánea en sus procesos bajo la premisa de “Garantías y servicio al ciudadano nacional y extranjero como centro de acción institucional”. En complemento, los valores institucionales fueron construidos colectivamente con el fin de afianzar la disciplina en la actuación de sus funcionarios y fortalecer la cultura organizacional en la entidad, lo que provee herramientas integrales en la protección de los Derechos Humanos. Éstos son: i). Compromiso, ii). Servicio, iii). Respeto, iv). Transparencia y v). Equidad, incluidos en el Código de Ética, Buen Gobierno y Estilo de Dirección. 10 Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 “Prosperidad para Todos”, Capitulo VII. Soportes transversales de la prosperidad democrática. B. Relevancia Internacional 11 Coadyuva en la Política Integral de Defensa y Seguridad para la Prosperidad, Política Laboral, Política en Gestión Área y Portuaria, Orden Público, Impulso de la Política Migratoria y al Servicio Consular; y Política de Desarrollo Fronterizo
  • 21. 21 Ministerio de Relaciones Exteriores 3. DIMENSIONES Colombia es un país de origen, tránsito y destino en el movimiento de personas; sumado a ello, el auge de la apertura económica, los procesos de integración regional y la amplia cooperación internacional le imponen nuevos retos frente a la administración de la migración y a la competitividad en materia de turismo12 , negocios e inversión13 . Bajo esta perspectiva, el Gobierno Nacional implementó una serie de políticas de modernización en la Administración Pública, con el fin de aumentar su eficiencia para la atención de nuevas dinámicas migratorias y la cimentación de una adecuada gestión migratoria. La premisa es no restringir los movimientos migratorios, sino procurar que los mismos se ejecuten de una manera segura, ordenada y controlada. De esta manera y señalando las directrices del Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para todos” (2010 – 2014), en cuanto a “fortalecer el Control Migratorio en Colombia, a través de la creación de una instancia especializada, con las herramientas tecnológicas, financieras y presupuestales en aras de una mejor gestión, cobertura y resultados”14 se crea mediante Decreto 4062 de 2011, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia como única autoridad de control migratorio, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores. Para cumplir con su misión, cuenta con una estructura operativa a nivel nacional, conformada por 35 Puestos de Control Migratorio y 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios, cuya función se concentra en procedimientos de Control Migratorio,Extranjería yVerificación Migratoria. 12 En la Feria de Turismo realizada a principios de 2012, el Viceministro de Turismo anunció el objetivo de conseguir que para el año 2014 estén arribando al país 4 millones de extranjeros para lo cual se invertirá en nuevas infraestructuras. Artículo en Portafolio, 29 de febrero de 2012. 13 Se evidencia en el incremento de la inversión extranjera directa, la cual a octubre de 2012 alcanzó los US$13.988 millones, 13.96% más que en el mismo período del año anterior.Artículo en Revista Dinero de 14 de noviembre de 2012. 14 COLOMBIA. Departamento Nacional de Planeación. Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010- 2014, Prosperidad para todos., Capítulo V, Consolidación de la paz.
  • 22. 22 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores 3.1. Dinámica Migratoria en Colombia En el 2012 se registraron 9,4 millones de flujos migratorios atendidos por Migración Colombia, que significan un aumento del 18% frente al 2011. Este incremento en los flujos migratorios le impone a la entidad adelantar exhaustivos procedimientos de control en el ingreso y salida del país de nacionales y extranjeros en apego a las normas migratorias internas establecidas, el control en la permanencia y regularización de extranjeros en el territorio nacional y la verificación migratoria a personas naturales y jurídicas. Así mismo, le demanda contrarrestar efectos adversos de la migración (migración irregular) y delitos conexos tales como la explotación laboral, el tráfico de migrantes, la trata de personas, el turismo sexual, la falsedad de documentos asociados a los procesos migratorios y la corrupción, entre otros. En este contexto, Migración Colombia ha venido avanzado hacia dos objetivos: primero, modernizar y flexibilizar la gestión migratoria orientándose a la facilitación para la libre movilidad de las personas, trasformando criterios restrictivos concebidos tiempo atrás en materia migratoria. Esta noción, en su momento, fue valorada por la Comisión Nacional Intersectorial de Migración15 , buscando (…) i). “Flexibilidad y adaptación a las nuevas circunstancias, necesidades y decisiones de la política migratoria, ii). Facilidades para el ingreso y permanencia de los extranjeros, aspectos que se reflejan en la agilización de trámites y simplificación de requisitos en materia de expedición de visas, iii). Protección y garantías consagradas en la legislación migratoria respecto a la unidad familiar referidas al ingreso y regularización de los padres, hijos y cónyuge del trabajador migrante” (…) iv). Regularización migratoria de extranjeros permitiendo el acceso a beneficios y evitar formas de explotación laboral v). Defensa de la no criminalización de la situación del migrante irregular y garantizar la observancia de sus derechos. Es así que a partir de la nueva institucionalidad se han realizado grandes esfuerzos por regular los procedimientos, adquirir herramientas tecnológicas y construir políticas internas para mejorar el trato y servicio hacia nacionales y extranjeros en el control migratorio. El segundo objetivo es fortalecer el control migratorio en el ejercicio de la 15 El Decreto 1239 de 2003, crea la Comisión Nacional Intersectorial de Migración (CNIM) como un órgano para la coordinación y orientación en la ejecución de la política migratoria del país.
  • 23. 23 Ministerio de Relaciones Exteriores soberanía nacional. Los Estados vienen adoptando las medidas necesarias en el control de sus fronteras y en la regularización de los no nacionales con el fin de facilitar la integración con su población y sus modelos institucionales16 , preceptos reconocidos por el Derecho Internacional en el que le concede a las entidades encargadas del control migratorio un rol preponderante. Comprendiendo las circunstancias del país en materia de amenazas a la seguridad nacional, Migración Colombia en su carácter de organismo civil de seguridad ha venido coadyuvando frente a la lucha contra organizaciones criminales y terroristas que en materia migratoria tienen alcance trasnacional. De esta manera se garantiza una migración segura, digna y controlada a través de las facultades conferidas por la ley para la aplicación de medidas administrativas de carácter preventivo o sancionatorio frente a posibles vulneraciones de la normatividad. El respeto por los Derechos Humanos y la adopción de medidas en materia deseguridadnosoncontradictoriasysebuscaevitardiscriminacioneshacia los extranjeros, arbitrariedades de los funcionarios en los procedimientos o abusos en el ejercicio discrecional frente a la inadmisión, deportación o expulsión; al respecto la entidad ha desarrollado las siguientes estrategias para garantizar el respeto por los Derechos Humanos en doble vía, así: • Actualizaciónnormativa,fortalecimientojurídicoyajusteprocedimental. • Diseño de protocolos para el intercambio de información y cooperación con autoridades nacionales e internacionales. • Establecimiento de una la Política Institucional de Derechos Humanos y promoción de los “Derechos del ciudadano frente al servicio”, comprendidos en la Política institucional del Servicio al ciudadano. • Fortalecimiento del soporte tecnológico, generación de controles en la administración de las bases de datos y otros sistemas de información. • Consolidación del Grupo de Análisis Migratorio17 para identificar tendencias y comportamientos migratorios, evaluar fenómenos e informaciones allegadas y brindar insumos para la contribución en materia de formulación de políticas. • Formación y capacitación de sus Oficiales de Migración de forma técnica y especializada en todos los procesos misionales. 16 Artículo 2º del decreto 0834 de 2013. (…) Competencia. Es competencia discrecional del Gobierno Nacional,fundado en el principio de soberanía del Estado autorizar el ingreso, permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional. Sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales, el ingreso, permanencia y salida de los extranjeros del territorio nacional se regirá por las disposiciones del presente Decreto. 17 Creado por la Resolución 1128 de 2013
  • 24. 24 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores 3.1.1. Cifras migratorias. • El último Censo 2005-2006 así como recientes estadísticas del DANE, indican que los extranjeros residentes en Colombia ofrece el 1% del total de la población (menos de medio millón)18 . Aún así, se requiere que Migración Colombia lidere acciones de articulación con el sector público y privado para brindar a esta población la atención y orientación necesaria frente a las necesidades previstas en su tránsito y permanencia en el país19-20 . 18 Según el Censo, de un total de población en Colombia de 41.468.384, se registra que 109.971 personas dijeron haber nacido en otro país, de los cuales, 90.469 se identificaron como extranjeros que residen en Colombia. DANE. Censo General de 2005-2006. 19 El Estado puede otorgar un trato distinto a los migrantes documentados con respecto de los migrantes indocumentados, o entre migrantes y nacionales, siempre y cuando este trato diferencial sea razonable, objetivo, proporcional, y no lesione los derechos humanos. Corte Interamericana de Derechos Humanos, opinión Consultiva OC-18/03 20 (…) La aplicación de medidas privativas a la libertad de carácter punitivo para el control de los flujos migratorios deben de estar previstos en Ley, perseguir un fin legítimo y ser idónea, necesaria y proporcional. http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/ seriec_218_esp2.pdf
  • 25. 25 Ministerio de Relaciones Exteriores 4. FINALIDAD DE LA POLÍTICA Migración Colombia a través de la Política Institucional de los Derechos Humanos garantizará el ejercicio de sus procesos misionales y administrativos, con el pleno respeto y garantía de los Derechos Humanos, delosnacionalesyextranjeros.LoanteriorenconcordanciaconlosTratados, Convenciones y Acuerdos Internacionales sobre la materia ratificados por Colombia y consagrados en su legislación interna, considerando también para todas sus actuaciones la jurisprudencia y recomendaciones de los mecanismos creados a nivel nacional e internacional, para la defensa de los derechos de los migrantes. En este contexto,la Política Institucional de Derechos Humanos establecida por laAlta Dirección procura generar las bases de doctrina en la actuación misional de Migración Colombia, enmarcando líneas de acción para la puesta en marcha, a nivel interno, de protocolos que propendan, entre otros, a asegurar también los Derechos Humanos de sus funcionarios. La decisión de acoger integralmente una política de Derechos Humanos desde una visión migratoria, significa que la Entidad debe asumir una visión reflexiva frente a las nuevas dinámicas regionales y globales en cuanto a la movilidad de personas, que le permita generar un nuevo enfoque del manejo migratorio; afianzando los componentes de la seguridad y la facilitación, en la administración migratoria.
  • 26. 26 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores
  • 27. 27 Ministerio de Relaciones Exteriores 5. ALCANCE O ÁMBITO DE APLICACIÓN La Política Institucional de los Derechos Humanos está dirigida a todos los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia en el nivel central y regional. El equipo directivo, administrativo y operativo es responsable de la aplicación de esta política en cada actuación institucional que se desarrolle en el ejercicio de las actividades misionales de la Unidad. Lo anterior dado que los directos beneficiarios de esta Política son los ciudadanos nacionales y extranjeros que hacen uso de nuestros servicios.
  • 28. 28 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores
  • 29. 29 Ministerio de Relaciones Exteriores 6. DIRECTRICES GENERALES Y ESPECÍFICAS 6.1. Protección de los Derechos Humanos en el Ejercicio del Control Migratorio En su actuar misional, Migración Colombia debe soportarse en el conocimiento y respeto de los Derechos Humanos, bajo los siguientes aspectos básicos para su aplicación: 6.1.1. Ejes de la Política • Facilitar los flujos migratorios. • Promocionar una migración responsable y transparente. • Fomentar la participación ciudadana en la administración migratoria. • Promover una atención migratoria con enfoque diferencial en el territorio colombiano. 6.1.2. Derechos • Derecho a libertad personal y a la libre circulación 21 • Derecho a la no discriminación 22 21 (..) La libertad de circulación es una condición indispensable para el libre desarrollo de la persona. También está relacionada con otros derechos consagrados en el Pacto, como se observa a menudo en la práctica del Comité al examinar los informes de los Estados Partes y las comunicaciones de los particulares. La libertad de circulación (artículo 12). Observación general N° 27. Comité de Derechos Humanos 22 (…) La no discriminación, junto con la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley sin ninguna discriminación constituye un principio básico y general relativo a la protección de los derechos humanos.Así, el párrafo 1 del artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece la obligación de cada Estado Parte de respetar y garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, los derechos reconocidos en el Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Observación general N° 18. Comité de Derechos Humanos 23 (…) se prevé el derecho de toda persona a ser protegida respecto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, así como de ataques ilegales a su honra y reputación Observación general N° 16. Comité de Derechos Humanos
  • 30. 30 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores • Derecho a la igualdad 23 • Derecho a la defensa • Derecho al asilo 24 • Derecho a las garantías procesales 25 • Derecho a la intimidad y buen nombre • Derechos laborales de los trabajadores extranjeros. • Derecho a dejar un país y retornar al propio. • Derecho a la reunificación familiar. • Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. • Derecho a la presunción de inocencia • Derecho a la no devolución26 • Derecho a la gratuidad 6.1.3. Principios generales • Principio de la no criminalización27 • Principio de legalidad • Principio de favorabilidad • Principio de la proporcionalidad • Principio de la atención especializada • Principio de la universalidad 24 (…) “Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales”.Artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 25 (…) los extranjeros deben gozar de igualdad ante los tribunales y cortes de justicia, y tener derecho a ser oídos públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ellos o para la determinación de sus derechos u obligaciones en un procedimiento judicial…”. Observación General 15, La situación de los extranjeros con arreglo al Pacto. Comité de Derechos Humanos 26 Este principio abarca la obligación de no extraditar, deportar, expulsar ni trasladar de cualquier otra forma a una persona del territorio, cuando haya motivos sustanciales para creer que existan tales peligros. Esta prohibición rige también cuando el riesgo pueda darse no solamente en el país al cual se va a efectuar el traslado, sino a cualquier otro al cual la persona pueda ser enviada subsecuentemente. Corte IDH, Caso Vélez Loor Vs. Panamá, cit., § 169 27 La detención de los migrantes con motivo de su condición irregular no debería bajo ninguna circunstancia tener un carácter punitivo. Corte IDH, Caso Vélez Loor Vs. Panamá, cit., § 169
  • 31. 31 Ministerio de Relaciones Exteriores 6.1.4. Prohibiciones • Prohibición de tortura u otro trato cruel, inhumano o degradante • Prohibición de esclavitud, servidumbre, trabajo forzado u obligatorio • Prohibición en contra de detención arbitraria prolongada • Prohibición de privación arbitraria de la propiedad • Prohibición en contra de medidas penales retroactivas • Prohibición de expulsiones colectivas 6.2. Procesos Misionales Enmarcados en el principio de legalidad, los procedimientos misionales establecidos por la entidad, se deben adelantar bajo las siguientes directrices: 6.2.1. Control Migratorio: Los procedimientos administrativos de control migratorio (especialmente en la autorización del ingreso y salida del país) deben estar enfocados hacia el establecimiento de guías de actuación para la atención especializada de: • Menores de edad -Niños, niñas y adolescentes-. • Mujeres -embarazadas o con niños de brazos-. • Indígenas y grupos étnicos. • Lesbianas, gais, bisexuales, personas transgénero e intersexuales-LGBTI • Adultos mayores. • Víctimas de delitos conexos a la migración. • Personas con Capacidades de Movilidad Reducida – PMR • Personas enfermas o con síntomas que afecten gravemente su salud. • Personas desplazadas transfronterizas por desastres naturales y efectos del cambio climático. Así mismo,velar primariamente por la protección del migrante en condiciones de: • Retornados • Refugiados • Asilados • Apátridas
  • 32. 32 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Por su parte la decisión de inadmitir, bajo el principio de legalidad, es un acto administrativo discrecional de la Autoridad Migratoria para autorizar o no el ingreso de extranjeros al país, que se encuentra enmarcado en los causales descritos en los artículos 28 y 29 del Decreto 834 de 2013. Sus procedimientos deben contar con los suficientes soportes documentales que den trazabilidad a cada caso y prevenir una posible afectación jurídica. Es de aclarar, que en cumplimiento de los preceptos internacionales, (…) “En ningún caso se puede privar arbitrariamente a una persona del derecho de entrar a su país. La referencia concepto de arbitrariedad en este contexto tiene por objeto subrayar que se aplica a toda actuación del Estado, legislativa, administrativa o judicial; garantiza que incluso las injerencias previstas por la ley estén en consonancia con las disposiciones, los propósitos y objetivos del Pacto y sean en todo caso, razonables en las circunstancias razonables”.28 6.2.2. Extranjería: En aras de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, especialmente promover el respeto por la intimidad,la entidad establece el procedimiento de“Expedición de documentos de migración y extranjería”, el cual dicta lineamientos frente al almacenamiento y procesamiento de la información general, sustentado esencialmente en el artículo 32 del Decreto 834 de 2013, el cual define el carácter de “Reserva de la Información” y establece disposiciones para su entrega. Así mismo, Migración Colombia cumple con las políticas nacionales relacionadas con el acceso del ciudadano a la información, trámites29 y servicios. 6.2.3. Verificación Migratoria: El proceso de verificación migratoria está conformado por los procedimientos de carácter operativo (verificación) y administrativo (sustanciación), a través de los cuales se determina la situación de permanencia y el cumplimiento de la normatividad migratoria de los 28 Comité de Derechos Humanos 29 Cédula de Extranjería, Registro de Visa, Prórroga mediante Permiso Temporal de Permanencia, Certificado de Movimientos Migratorios y Salvoconductos
  • 33. 33 Ministerio de Relaciones Exteriores 30 Decreto 834 de 2013 31 Estudio Técnico “Salas Transitorias de Migración” (STM). Unidad Administrativa Especial de Migración, Subdirección de Control Migratorio. 22 de marzo de 2013. Pág. 6 extranjeros que se encuentran en el territorio nacional. En el ámbito penal, la verificación migratoria aporta elementos probatorios para la investigación de conductas tipificadas como punibles en el Código Penal y en los Tratados Internacionales ratificados por Colombia. En las sanciones pecuniarias impuestas por Migración Colombia,se respetan las garantías legales, procesales y sustantivas de los ciudadanos nacionales y extranjeros, de conformidad con las obligaciones internacionales, promoviendo o facilitando para éstos su regularización en el país. Adicionalmente, la entidad impone sanciones migratorias de deportación y expulsión,siendo esta última en algunos casos y excepcionalmente,cuando refiere a razones relacionadas con requerimientos judiciales internacionales o situaciones que pongan en riesgo la seguridad, aun así prevalece en sus motivaciones30 y procedimientos internos, el respeto por los derechos fundamentales. De igual manera, la entidad a través de la formulación de proyectos institucionales ha priorizado su gestión hacia la adecuación de su infraestructura para la óptima prestación del servicio durante el Control Migratorio, especialmente en personas con movilidad reducida (PMR), casos de vulnerabilidad o en condiciones especiales, por ejemplo, frente a las retenciones preventivas temporales en las que el extranjero es objeto de una medida administrativa, entre otros. Frente a estas últimas, la entidad viene adelantando la adecuación de las Salas Transitorias de Migración consideradas (…) “Espacios físicos dotados de las condiciones necesarias y establecidas por el Derecho Internacional para la retención preventiva temporal de extranjeros a quienes se le apliquen medidas de inadmisión, deportación, expulsión o en aquellos casos que se requiera la verificación migratoria de ciudadanos nacionales y extranjeros o ciudadanos nacionales deportados a Colombia, garantizando el cumplimiento de la Ley y el respeto de los derechos humanos ”.31 Atendiendo la jurisprudencia internacional en la materia, estas salas transitorias garantizan la atención prioritaria y eficiente del servicio al
  • 34. 34 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores ciudadano en circunstancias especiales garantizando su trato humano (no privación de la libertad de las personas, incomunicación o su aislamiento) igualmente (…) “hacen referencia al derecho que asiste a los estados para reglamentar la estadía de extranjeros en su territorio y, que considere necesario, adoptar las medidas que estime necesarias para proteger a su nación de las conductas de estas personas cuando se considere que atenta contra la seguridad, tranquilidad o higienes públicas32 ”. 32 EstudioTécnico “SalasTransitorias de Migración” (STM). UnidadAdministrativa Especial de Migración, Subdirección de Control Migratorio. 22 de marzo de 2013. Pág. 31-32
  • 35. 35 Ministerio de Relaciones Exteriores 7. LÍNEAS DE ACCIÓN INSTITUCIONAL Implementar la Red Migrante, como programa bandera de la entidad para la promoción y garantía de los Derechos Humanos en el ejercicio del control migratorio. 7.1. En materia de Prevención: • Aplicar programas de capacitación en Derechos Humanos de los Migrantes y de formación ética de los funcionarios de la Unidad. • Promover la creación de un centro de pensamiento institucional para el seguimiento de casos, investigaciones académicas y socialización de instrumentos normativos en materia de derechos humanos. • Fortalecer la instancia especializada dentro de la entidad para la consolidación de la Política Institucional de Derechos Humanos. • Diseñar e implementar una estrategia de comunicaciones para promover y difundir buenas prácticas de respeto a los Derechos Humanos en desarrollo de las actividades misionales de la Entidad. • Establecer directrices en cada uno de los procesos internos de la entidad que aseguren el respeto y garantía de los Derechos Humanos de nacionales y extranjeros. 7.2. En materia de Protección y Asistencia: • Revisión y adecuación normativa de los procesos de Migración Colombia, relacionados con protocolos, guías y demás lineamientos para la atención prioritaria, orientación efectiva y acompañamiento de nacionales y extranjeros en el marco de la gestión migratoria. • Hacer seguimiento mensual al recurso presupuestal destinado33 para las necesidades de alojamiento, alimentación, atención médica y transporte terrestre de migrantes en calidad de deportados. 33 Resolución 0016 de 2013. Por la cual se constituyen las cajas menores de Migración Colombia, para la vigencia fiscal de 2013
  • 36. 36 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores • Fortalecer las capacidades técnicas y administrativas de la entidad,para el servicio incluyente y atención en el control migratorio, especialmente de la población vulnerable y en condiciones migratorias especiales. 7.3. En materia de Cooperación Interinstitucional: • Participar en los diferentes escenarios36 (comités, eventos y reuniones) de orden internacional,nacional,departamental y local,en los cuales se promueva la Política Institucional de Derechos Humanos, relacionados con la misión de la Unidad. • Promover encuentros, talleres y foros con el sector público, privado, la sociedad civil y la ciudadanía, que contribuyan a la documentación de buenas prácticas y promoción de los Derechos Humanos en el tema migratorio. • Difundir campañas institucionales frente a los compromisos y responsabilidades asumidos por Migración Colombia, especialmente contra la Trata de Personas y el Tráfico de Migrantes. • Generar intercambio de buenas prácticas y lecciones aprendidas en la materia con autoridades homólogas. 7.4. En materia de Investigación y Judicialización: • Capacitar Oficiales de Migración con funciones de Policía Judicial frente a la protección de los Derechos Humanos en las investigaciones de los casos de trata de personas y tráfico de migrantes e identificación de víctimas. • Crear los procedimientos internos adelantados por los Oficiales de Migración en apego al respeto y garantías de los Derechos Humanos, soportados en el Código Penal, Manual Único de Policía Judicial, Manual de Criminalística y Cadena de Custodia.
  • 37. 37 Ministerio de Relaciones Exteriores ANEXO – AVANCES INSTITUCIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS 2012 - 2013 En materia de Prevención • Se dictaron 33 diplomados de “Formación en temas migratorios”, en la Universidad Javeriana a los Oficiales de Migración, el cual incluía un módulo especializado de derechos humanos y derecho internacional humanitario. Durante la vigencia 2013 se capacitaron a 168 funcionarios. En ella se incluyó la temática denominada “Trata de Personas y Tráfico de Migrantes” que tuvo una duración de 20 horas. • En coordinación con el Alto Comisionado para las Naciones Unidas (ACNUR), se llevó a cabo una capacitación, liderada por Migración Colombia, sobre la condición de refugiado en las regionales Nariño, Andina,Antioquia, Guajira y Oriente. En materia de Protección y Asistencia: • Adecuación de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios de la Unidad para la prestación de servicios y trámites. • Presentación del estudio técnico de Salas Transitorias de Migración como parte del fortalecimiento en infraestructura de espacios que permitan garantizar la asistencia a la población vulnerable en el país. • Inicio de obras para la adecuación de seis (6) Salas Transitorias de Migración en las Regionales Andina, Antioquia, Caribe, Guajira, Occidente y Nariño; de conformidad con las especificaciones y recomendaciones del Estudio Técnico. • Apoyo en la construcción de la Guía para Entidades Públicas “Servicio y Atención incluyente” como herramienta base para la optimización de los servicios de atención y orientación para las personas con movilidad reducida (PMR).
  • 38. 38 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores A su vez se desarrollaron las siguientes directrices frente a la materia: • Directiva 026 del 12 de agosto de 2102: Fija los parámetros de actuación para la atención a personas que solicitan asilo. • Resolución 685 de septiembre de 2012:Establece la política de servicio al ciudadano, con el objetivo de garantizar la eficiencia en la prestación de los servicios y propender por la satisfacción del ciudadano dentro de la normatividad migratoria. • Directiva 029 del 2 de noviembre de 2012: Adopta el mecanismo de traducción para víctimas denominado herramienta VITA (Victim Translation Assistance), suministrada por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la cual permite detectar a posibles víctimas de trata de personas y del tráfico de migrantes. • Resolución 1184 del 28 de diciembre de 2012: Crea el Grupo de Derechos Humanos de Migración Colombia, adscrito a la Oficina Asesora Jurídica de la Entidad. • Directiva 032-A del 30 de noviembre de 2012: Implementa un protocolo interno de atención para la atención de víctimas o posibles víctimas o victimarios nacionales o extranjeros de trata de personas, así como el procedimiento que se debe adelantar con las autoridades competentes como el ICBF, Policía de menores y Policía judicial de la Policía Nacional. • Directiva 042 del 14 de febrero de 2013:Adopta la Guía de actuación regional para la detección temprana de situaciones de trata de personas en pasos fronterizos del Mercosur y Estados Asociados. En materia de Cooperación Interinstitucional: • Migración Colombia integra el Comité Nacional de Sanidad Portuaria, el Comité Nacional Interinstitucional para la prevención y erradicación de la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes – ESCNNA, el Consejo Nacional de Seguridad Turística, la Comisión Intersectorial para el Retorno y el Comité Evaluador de Casos del Fondo Especial para las Migraciones. En el orden regional, el Comité Interinstitucional para la Lucha
  • 39. 39 Ministerio de Relaciones Exteriores Contra la Trata de Personas, Consejos de Seguridad y Comités de Orden Público, entre otros. Asiste en calidad de invitado al Comité Municipal de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. En los 22 meses que lleva en operación Migración Colombia en un periodo de enero a septiembre de 2013 se han asistido, en el marco del Comité Interinstitucional del Ministerio del Interior, 37 casos de posibles víctimas de trata de personas, siendo la explotación sexual la tipología que mayor victimas involucra en un 64.71% frente a la explotación laboral con un 35.29%. • Convenio Interadministrativo de Cooperación Interinstitucional con la Policía Nacional de Colombia. Cuyo objeto es la capacitación y movilidad oportuna en áreas apartadas del territorio nacional con la cual se protege la vida de las personas víctimas de tráfico de migrantes. • Convenio Interadministrativo con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “ICBF”. Su objeto es permitir que se realice de manera más efectiva el control migratorio, brindando una protección integral a la población vulnerable como son los niños, niñas y adolescentes. • Convenio marco de Cooperación Técnica con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).Para la implementación de proyectos conjuntos en materia académica y técnica, entre otros. • Convenio con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). En este marco Migración Colombia ha participado en escenarios importantes para la prevención de delitos transnacionales así: Noviembre de 2012. II Congreso Iberoamericano de Autoridades Migratorias en el que el eje temático fue la “Prevención del Delito de la Trata de Personas en América Latina”. La Entidad lideró la realización de este evento reuniendo a las autoridades migratorias de 198 países y organismos internacionales para el intercambio de buenas prácticas en materia de prevención, lucha y judicialización de este delito.
  • 40. 40 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Enero de 2013. Reunión con el Secretario de Gobierno y Director de la Oficina de Derechos Humanos de la Alcaldía de Medellín para tratar temas relacionados con controles y asistencia humanitaria que se debe prestar a los ciudadanos extranjeros que son cobijados con medida de deportación o expulsión por parte de Migración Colombia. Febrero de 2013. Entra en operación la Red Iberoamericana de Autoridades Migratorias - RIAM, como iniciativa de Migración Colombia para la formulación de criterios básicos y orientadores en la agenda de trabajo con las agencias migratorias homologas producto del Congreso Iberoamericano de Autoridades Migratorias. EVENTOS REGIONALES Mayo de 2013. Conversatorio de las entidades que conforman el Grupo de Protección al Turismo y Patrimonio Nacional. Taller de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, asociada a viajes y turismo en la ciudad de Medellín. Junio de 2013.TallerestrategiaNacionaldePrevencióndeexplotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en las instalaciones de la Casa de la Juventud de Quibdó-Chocó. Junio de 2013. Comité Departamental de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Departamento de Caldas. Julio de 2013. III Congreso Latinoamericano sobre Trata y Tráfico de Personas. Realizado por la Universidad de los Andes. Septiembre de 2013. Presentación Manual y Hoja de Ruta para Investigación Delitos de Femenicidio y Trata de Personas, llevado a cabo en la Biblioteca Pública Belén – Antioquia. CAMPAÑAS Campaña Contra la Trata: “Un Oficial de Migración Colombia puede ser su última oportunidad” consiste en sensibilizar a las personas que visitan los diferentes Puestos de Control Migratorio y Centros Facilitadores en todo el país, informando sobre las modalidades de Trata, en qué consiste, cómo se previene, a qué números telefónicos se
  • 41. 41 Ministerio de Relaciones Exteriores puede acudir para pedir ayuda o información. Campaña de sensibilización para prevenir y denunciar la Trata de Personas. Entrega de 10.000 volantes informativos con datos y cifras que permiten concientizar al público receptor de las posibles causas de la consumación del delito. La campaña se adelantó en los terminales de transporteterrestredelnorteysurdelaciudaddeMedellín,enelAeropuerto Internacional José María Córdova con el gremio hotelero antioqueño, instituciones educativas y a diferentes empresas de la jurisdicción. Campaña “Toma” en el Aeropuerto Ernesto Cortissoz de Barranquilla: Campaña adelantada por el Comité Institucional contra la trata de personas con la participación de Migración Colombia,en donde se informó sobre las modalidades, en qué consiste, cómo prevenirlo, a dónde comunicarse para solicitar ayuda o información. Entrega de volantes y manillas alusivas a la prevención de este delito. Campaña Programa “Ruta Social”: Organizado por la Gobernación del Atlántico, destacando el programa de prevención contra la trata de personas, sensibilizando a 500 ciudadanos sobre este delito. Campaña “Pare Educativo”: Jornada adelantada por Migración Colombia, ICBF y la Gobernación del Departamento de San Andrés, con la cual se alertó a padres de familia y cuidadores de niños, niñas y adolescentes sobre los riesgos que genera el uso inadecuado de internet y redes sociales. Así mismo, se socializaron las características del delito de trata de personas y los flagelos derivados del mismo. Campaña contra la explotación sexual: Liderada por la Gobernación de San Andrés y la participación de Migración Colombia, ICBF, Policía Nacional; se realizó la entrega de volantes preventivos y socialización con los ciudadanos sobre las posibles causas de delito de la explotación sexual en menores de edad. Taller de Capacitación en Inteligencia de Inmigración, Realizado en Lima, Perú en febrero de 2013, apoyado por el Ministerio de Relaciones de ese país y el Departamento de Inmigración y Ciudadanía de Australia. Se reunieron autoridades migratorias de nueve países y de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).
  • 42. 42 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Talleres de Sensibilización ESCNNA: En articulación con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Ministerio de Trabajo, el ICBF y la Policía Nacional, se adelantan “talleres de sensibilización estrategia nacional de prevención de la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes –ESCNNA- en viajes y turismo” en 32 ciudades del territorio nacional. Taller de Buenas Prácticas y Experiencias Compartidas en la Prevención del Delito de Trata de Personas: En cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Iberoamericano de Autoridades Migratorias, en articulación con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), se realizó los días 12 y 13 de septiembre de 2013, el TALLER DE BUENAS PRACTICAS Y EXPERIENCIAS COMPARTIDAS EN LA PREVENCIÓN DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS, en Bogotá, al cual asistieron Oficiales de Migración de la entidad, delegados de los países miembros de la Red Iberoamericana de Autoridades Migratorias, Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional. Taller de Buenas Prácticas y Experiencias Compartidas en la Prevención del Delito de Trata de Personas y Tráfico de Migrantes: Dirigido al equipo Directivo de la entidad. Primera Semana Internacional de las Migraciones: Septiembre de 2013. Orientada a acercar a la comunidad migrante con la sociedad en general en cumplimiento de los objetivos de desarrollo humano, buscando facilitar su inserción a los grupos de acogida de migrantes.
  • 43. 43 Ministerio de Relaciones Exteriores FUENTES DOCUMENTALES DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO.Agosto 26 de 1789. GLOSARIO SOBRE MIGRACIÓN No 7. Derecho Internacional sobre Migración. Organización Internacional para las Migraciones – OIM. 2006 PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2010-2014 “PROSPERIDAD PARA TODOS”. Presidencia de la República, Bogotá 2011. PROGRAMA VISIÓN COLOMBIA. Presidencia de la República, Bogotá. PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL “FRONTERAS EN LÍNEA 2012 – 2014”. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Bogotá 2012. MANUALDEPROCEDIMIENTOSDELPROCESODECONTROLMIGRATORIO v3. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Bogotá 2013. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACIÓN MIGRATORIA v3. Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Bogotá 2013.
  • 44. 44 “Garantías y servicios para el migrante en Colombia” Ministerio de Relaciones Exteriores Para comentarios o sugerencias sobre la Política Institucional de Derechos Humanos “Red Migrante – Garantías y Servicios para el Migrante en Colombia” puede remitirse al correo: redmigrante@migracioncolombia.gov.co Quedan reservados todos los derechos. La presente publicación no podrá ser reproducida íntegra o parcialmente, ni archivada o transmitida por ningún medio (ya sea electrónico, mecánico, fotocopiado, grabado u otro), sin la autorización previa del editor.
  • 46. Calle 24 A No. 59 - 42 Edificio Argos Torre 3 Piso 4 Centro de Contacto Ciudadano: (57-1) 6055-454 Línea Nacional Gratuita: 018000-510454 MigracionCol www.migracioncolombia.gov.co