El documento explica las 18 fracciones del Artículo 73 de la Ley de Amparo en las que un juicio de amparo es improcedente. Estas fracciones incluyen cuando se presenta un amparo contra resoluciones de la Suprema Corte, resoluciones previas de amparo, asuntos que ya están sujetos a litispendencia o cosa juzgada, actos no causan perjuicio directo, resoluciones electorales, actos consentidos, y otros casos establecidos en la ley.