El documento trata sobre la contratación y aplicación de contratos en el comercio electrónico. Explica que el contrato electrónico se produce por el intercambio de información entre personas a través de medios electrónicos que da lugar a una relación comercial. Además, señala que los contratos celebrados por Internet son vinculantes y obligatorios para las partes siempre que haya habido un acuerdo previo de voluntades, aunque deben respetar las leyes y derechos individuales. Por último, menciona que los contratos de adhesión y
Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí mismo efectuar la contratación Contratos “click“: La formalización del contrato exige del aceptante una manifestación expresa de voluntad, que otorga pulsando el botón que se indica a tal efecto y que habitualmente contiene la palabra “Acepto”. Ejemplo: Aceptación por medio click de las condiciones de uso de una red social online. Contratos “browse“: El contrato se formaliza con el mero acceso a la página web o sitio, sin necesidad de aceptación expresa.
Puede entenderse por contratación electrónica “aquella que se realiza mediante la utilización la utilización de algún “elemento electrónico” cuando éste tiene o puede tener una incidencia real y real sobre la formación de la voluntad o el desarrollo o interpretación futura del acuerdo.
Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí mismo efectuar la contratación Contratos “click“: La formalización del contrato exige del aceptante una manifestación expresa de voluntad, que otorga pulsando el botón que se indica a tal efecto y que habitualmente contiene la palabra “Acepto”. Ejemplo: Aceptación por medio click de las condiciones de uso de una red social online. Contratos “browse“: El contrato se formaliza con el mero acceso a la página web o sitio, sin necesidad de aceptación expresa.
Puede entenderse por contratación electrónica “aquella que se realiza mediante la utilización la utilización de algún “elemento electrónico” cuando éste tiene o puede tener una incidencia real y real sobre la formación de la voluntad o el desarrollo o interpretación futura del acuerdo.
Клиническое изучение фармакокинетики терапевтических белковPHARMADVISOR
[Guideline on the Clinical Investigation of the Pharmacokinetics of Therapeutic Proteins]
Руководство по клиническому изучению фармакокинетики терапевтических белков
#sawvlc TimeLine del Seminario gratuito de Analítica Web, organizado por KSchool y Marketing Online Valencia, el 21 de Sept. 2011 en el Parc Cientific de la Univ. Valencia.
Ponencia 1: Shafie Abla @shafie0
Ponencia 2: David Canós @canos
Ponencia 3: Miguel López @TallerSEO
Em 2013, PIB gaúcho cresce 5,8% e alcança o valor de R$ 310,5 bilhões
No quarto trimestre de 2013, contra igual trimestre do ano anterior, o PIB do Rio Grande do Sul cresceu 3,4%. Os Impostos cresceram 3,6% e o Valor Adicionado Bruto (VAB) total, 3,3%. A Agropecuária expandiu-se 3,2% no período, impulsionada pelo aumento da safra de trigo. A Indústria cresceu 3,6%. A Indústria de transformação expandiu-se 5,0%, com destaque para as atividades de Refino de petróleo (73,1%), Máquinas e equipamentos (16,0%), Outros produtos químicos (14,4%) e Veículos automotores (9,2%). Negativamente, sobressaíram-se as atividades de Calçados e artigos de couro (-6,1%) e Fumo (-4,2%). A Construção civil cresceu 1,1%, e as Demais indústrias recuaram 0,1%. Os Serviços apresentaram aumento de 3,7%, impulsionados pelo Comércio (6,0%) e pelos Transportes (8,3%). Também cresceram os Aluguéis (2,6%), a Administração pública (2,8%) e os Demais serviços (2,3%).
No acumulado de 2013, comparado com 2012, o PIB gaúcho cresceu 5,8%. Os Impostos aumentaram 4,3%, e o VAB total, 6,0%. A Agropecuária foi a atividade que mais cresceu em 2013, expandindo-se 39,7% no período. Para tanto, foram decisivos os aumentos das produções de soja (114,6%), arroz (5,3%), milho (69,6%), fumo (8,6%) e trigo (79,6%). A Indústria apresentou crescimento de 2,9%. A Indústria de transformação cresceu mais, 3,6%, com os impulsos positivos vindos das atividades de Veículos automotores (17,2%), Máquinas e equipamentos (9,4%), Borracha e plástico (9,8%) e Refino de petróleo (35,2%). Negativamente, pesaram mais as atividades de Calçados e artigos de couro (-4,2%) e Fumo (-5,5%). A Construção civil cresceu 2,0%, e as Demais indústrias, 0,3% no período. Os Serviços expandiram-se 3,2%, com destaque para as taxas de crescimento do Comércio (4,2%) e dos Transportes (6,8%). Igualmente cresceram as atividades de Aluguéis (2,5%), Administração pública (2,7%) e Demais serviços (2,5%).
A taxa de crescimento de 5,8% do PIB do Rio Grande do Sul, em 2013, foi superior à taxa nacional, de 2,3%. Na comparação com o Brasil, a economia gaúcha apresentou taxas maiores de crescimento nos três grandes setores, com destaque para as atividades da Agropecuária, Indústria de transformação, Comércio e Transportes.
Em valores monetários, o PIB do Rio Grande do Sul atingiu R$ 310,508 bilhões, significando uma participação de 6,42% no PIB nacional, uma alta em relação à participação de 2012, que era de 6,21%. O PIB per capita alcançou o valor de R$ 27.813,21, um aumento de 5,3% em relação ao ano anterior.
3. INTRODUCCION En el entorno del comercio por redes abiertas podemos distinguir dos tipos distintos: A) comercio electrónico directo, que se lleva a cabo íntegramente por vía electrónica, consistiendo en la entrega en línea de bienes intangibles; B) comercio electrónico indirecto, que se realiza mediante pedidos de bienes y servicios, tanto materiales como intangibles a través de las redes, pero que requieren un proceso de entrega a través de los canales normales de distribución física.
4. EL CONTRATO ELECTRONICO El contrato electrónico es el intercambio telemático de información entre personas que da lugar a una relación comercial, consistente en la entrega de bienes intangibles o en un pedido electrónico de bienes tangibles. Al respecto podemos decir que el contrato a través de Internet sin elemento extra nacionales, se considera perfeccionado con el intercambio de la oferta y la aceptación, sin modificaciones de las mismas. La voluntad de las partes de contratar va a ser exteriorizada a través de la computadora y de las telecomunicaciones en combinación.
5. EL CONTRATO ELECTRONICO Por lo tanto la contratación electrónica por medios digitales, es la que se lleva a cabo desde la formación del consentimiento hasta la ejecución del contrato, mediante dispositivos de enlaces electrónicos que se comunican interactivamente por canales de red basados en el procesamiento y transmisión de datos digitalizados, con el fin de crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.
6. EL CONTRATO ELECTRONICO Cuando estamos navegando en Internet y alguna empresa nos ofrece un artículo o servicios, al momento de teclear nuestro número de tarjeta de crédito nos saltan a la mente diversas preguntas, en específico, las relacionadas con la seriedad, validez y eficacia jurídica de ese contrato.
7. EL CONTRATO ELECTRONICO Debido a las características de libertad en las redes, es muy común pensar que el comercio electrónico, específicamente el que se realiza a través de Internet, ocurre en la nada jurídica, lo que se encuentra totalmente alejado de la realidad, toda vez que como hemos dejado señalado en el tema que antecede, los contratos se regulan por nuestras leyes civiles y mercantiles
8. EL CONTRATO ELECTRONICO Los contratos celebrados por medio de Internet dejan mucho que desear, pues podría darse el caso de que el contrato se celebre a nombre de cierta persona, con los datos de cuenta de ella, y ésta jamás lo haya celebrado, es decir, que una tercera persona a su nombre y sin su consentimiento haya realizado ese contrato, motivo por el cual, en nuestro caso muy particular, al no existir regulación al respecto, aplicaría el derecho común y el contrato estaría viciado de nulidad, a menos, que la persona afectada ratificara el mismo.
9. EL CONTRATO ELECTRONICO Los efectos de la realización de un contrato por medio de Internet, en el cual las partes hayan celebrado previo acuerdo de voluntades, tiene el carácter de obligatorio y, por tanto, fuerza de ley entre los contratantes.
10. En los contratos pueden insertarse cláusulas y condiciones que las partes pueden pactar de manera libre y de común acuerdo, respecto a los contratos en general EL CONTRATO ELECTRONICO
11. EL CONTRATO ELECTRONICO Los contratos que se celebran por medio de Internet, tienen límites enmarcados en las leyes que regulan éstos, así como en las garantías individuales, en relación a los límites de propiedad, a la libertad de trabajo, la libertad de asociación, así como los derechos humanos.
12. EL CONTRATO ELECTRONICO La forma de celebración de los contratos mas importante en Internet, es por medio del correo electrónico o bien los contratos de adhesión a los cuales se someten los usuarios al tratar de adquirir algún producto o servicio que se ofrecen por medio de Internet.